AREA DE ORIGEN DE MERCADERÍAS
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- Nieves Poblete Venegas
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1 AREA DE ORIGEN DE MERCADERÍAS Implementación de la Certificación de Origen Digital - COD Ing. Claudio Levalle Coordinador del Area de Origen de Mercaderías de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial Secretaría de Industria y Comercio
2 Introducción al Sistema Digital La utilización en el ámbito regional de un sistema digital para la emisión, firma y transmisión de los Certificados de Origen, constituye un paso decisivo en la modernización de los procesos del comercio intrarregional.
3 Directiva MERCOSUR/CCM Nº 4/10: Los certificados de origen y demás documentos vinculados a la certificación de origen en formato digital tendrán la misma validez jurídica e idéntico valor que los emitidos en papel, siempre que sean emitidos y firmados electrónicamente, de conformidad con las respectivas legislaciones de los Estados Partes, por entidades y funcionarios debidamente habilitados por los Estados Partes, tomando como referencia las especificaciones técnicas, procedimientos y demás parámetros establecidos por la ALADI, incluyendo sus actualizaciones.
4 Documento ALADI/SEC/di 2327/Rev. 1 CERTIFICACION DE ORIGEN DIGITAL DE LA ALADI ESPECIFICACIONES TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES: Aprobado en la V Reunión Presencial del Grupo de Trabajo Ad-Hoc del Proyecto Piloto del COD, celebrada en la Sede de la ALADI en noviembre de En dicha reunión se aprobó la versión 1.8 del COD y su XSD.
5 PROCEDIMIENTOS BÁSICOS DEL SISTEMA ACTUAL DE EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ORIGEN Declaración Jurada Previa: Establecida en algunos Acuerdos, a fin de solicitar el solicitar la emisión del Certificado de Origen, demostrando que la mercancía para la cual se solicita el Certificado de Origen, cumple con los requisitos exigidos por el régimen de origen invocado. Mercancías que se exportan regularmente sin sufrir modificaciones en sus condiciones de producción: la Declaración Jurada Previa tiene un período de validez que puede variar de 180 días a dos años, según el Acuerdo. Responsable: Productor Final/Exportador.
6 Solicitud de emisión: El productor final/exportador debe realizar una Declaración acreditando cumplir con los requisitos de origen establecidos en dicho Acuerdo. Responsable: Productor Final/Exportador.
7 Certificación/Emisión: Expedida por un organismo del país exportador habilitado al efecto. La repartición oficial del país exportador habilitada para la emisión de la certificación, podrá delegar esta facultad en otras entidades públicas o privadas. Certificado de Origen: documento en papel que constituye una Declaración Jurada realizada y firmada por el productor final, o en su caso por el exportador, de que la mercancía que se exporta ha cumplido con las exigencias establecidas por las normas de origen del acuerdo de que se trate. La Entidad Habilitada interviniente en la certificación deja constancia de su actuación mediante el sello y la firma autógrafa de un funcionario autorizado a esos efectos. Responsable: Entidad Habilitada.
8 Entrega del Certificado de Origen al productor final/exportador: La Entidad Habilitada hace entrega del original del Certificado de Origen al productor final/exportador, archivando una copia y todos los antecedentes por el plazo que estipule cada Acuerdo. El exportador remite el original del Certificado de Origen al importador en el país de destino de las mercancías a través de los canales usuales en comercio exterior.
9 Presentación del Certificado de Origen ante la Aduana del país importador: El importador, por si o a través de su representante (Despachante o gente de Aduanas en caso que éste exista), presenta el original del Certificado de Origen en la Aduana de su país, conjuntamente con la Declaración Aduanera de Importación y el resto de la documentación de apoyo requerida (Factura comercial, Factura de Flete, Certificado de Seguro y otros certificados, en su caso), a los efectos de acogerse a las referencias pactadas en el Acuerdo correspondiente.
10 Rol desempeñado por la Secretaría General de la ALADI: Los Países Miembros de la ALADI comunican a la Secretaría General la relación de las Entidades Habilitadas para expedir Certificados de Origen, así como la nómina de funcionarios autorizados y sus correspondientes firmas autógrafas, para que ésta los incorpore al registro que mantiene al respecto. Modificaciones en la relación de Entidades Habilitadas o de funcionarios autorizados: será comunicada a la Secretaría General para ser puesta en conocimiento de las Representaciones Permanentes de los países miembros, las que la comunican, a su vez, a las respectivas autoridades nacionales. Dichas modificaciones, en general, entran en vigencia 15 días después de la comunicación realizada por la Secretaría General.
11 CERTIFICACION DE ORIGEN DIGITAL - REFERENCIAS AC: Autoridad de Certificació: responsable de la emisión de los CID utilizados por parte de todos los actores sobre los documentos electrónicos gestionados. AH: Autoridad Habilitante: organismo que habilita y controla a las EH que pueden emitir Certificados de Origen. EH: Entidad Habilitada: entidades autorizadas por la AH para la emisión de COD. Estas a su vez designan a los llamados Funcionarios Administradores (FE) los cuales serán responsables de realizar las modificaciones de los datos de los Funcionarios Habilitados (FH) para la firma de los COD. FH: Funcionario Habilitado: persona física autorizada por una EH para la firma de COD. CID: Certificado de Identificación Digital: archivo electrónico que permite establecer las credenciales de las personas participantes en transacciones electrónicas en internet. El archivo contiene entre otros campos, una copia de la clave pública del portador del certificado. El CID está firmado electrónicamente por la autoridad de certificación que lo emitió, de modo que el que lo reciba pueda verificar su autenticidad. COD: Certificado de Origen Digital: Certificado de Origen emitido en forma digital, firmado electrónicamente y enviado a través de redes de transmisión de datos como internet y almacenado en una base de datos.
12 SG-ALADI: Organo responsable de garantizar la seguridad de la información y datos incluidos en el SCOD. Su usuario en el SCOD es el Administrador General (AG), responsable de la carga inicial en el sistema y del mantenimiento del mismo. Exportador o su Representante Legal: responsable de enviar y firmar la solicitud del COD a través del sistema informático de la EH. Aduana y/o sus agentes Entidades Aduaneras (EA): repartición oficial responsable de recibir y validar el COD. El Usuario de Aduana (UA) o el Funcionario de la EA (FEA) será la persona física autorizada para interactuar con el SCOD durante la validación del COD.
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14 Altas (CID) AC (AFIP) 4 AH (AOM) 5 Altas (CID) Habilitaciones 3 1 Notificaciones y habilitación de c/fh AG ALADI ADUANAS - AC - AH - EH - FH CID-FA CID-FE CID-FH 2 Altas (CID) FH EH (Cámara) EXPO S C O D A L A D I (FLUJOGRAMAS DE LOS CID)
15 S C O D A L A D I (FLUJOGRAMAS DE LOS COD) FHS Solicita COD + envía CID Expo + DJ 1 EH (Cámara) EXPO 2 Envío COD + CID FH AC (AFIP) 3 Envío x mail COD + CID FH y Expo AG ALADI CID-FE CID-FH 6 Consulta CID (opcional) Valida CID y vigencia 4 IMPO ADUANA (IMPO) Envío COD + CID FH y Expo 5 7 Consulta CID Revocados (opcional)
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