EL SISTEMA DE PRESUPUESTO

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1 EL SISTEMA DE PRESUPUESTO "No hay barómetro más exacto para medir el grado de sensatez y civilización de cada país que su ley de presupuesto. La ley de gastos (si habla la verdad) nos dice a punto fijo si el país se halla en manos de explotadores o está regido por hombres de honor; si marcha a la barbarie o camina a su engrandecimiento; si sabe dónde está y adónde va, o se encuentra a ciegas sobre su destino y posición" Juan Bautista Alberdi - Inspirador de la Constitución Argentina de 1853 CONTENIDO: 1. IMPORTANCIA Y CONCEPTO DE PRESUPUESTO 1.1. Carácter Integral del presupuesto 1.2. El Presupuesto es un instrumento de múltiples fines: 2. LAS NORMAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO 2.1. Concepto y Objeto del Sistema de Presupuesto Principios del Sistema de Presupuesto Interrelación del Sistema de Presupuesto con los Sistemas SAFCO 2.4. Políticas e instrumentos presupuestarios 2.5. Componentes del Sistema de Presupuesto Subsistema de formulación del presupuesto Subsistema de ejecución presupuestaria Subsistema de seguimiento y evaluación presupuestaria 3. ECUACIÓN PRESUPUESTARIA FUNDAMENTAL "EPF" 4. TÉCNICA DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS 4.1. Marco conceptual 4.2. Definiciones y Conceptos 4.3. Categorías programáticas 4.4. Metodología para el Diseño de Estructuras Programáticas 5. CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS 5.1. Clasificadores de GASTOS 5.2. Clasificadores de recursos OBJETIVO GENERAL Al finalizar de estudiar esta unidad podrán conocer conceptual y operativamente el proceso de elaboración del Presupuesto Público en Bolivia, así como su importancia e interrelación con los demás sistemas de administración y control gubernamentales. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1) Vincular el concepto de programación de operaciones con la asignación financiera de los recursos como base de las modernas técnicas de presupuesto 2) Comprender y explicar la importancia del Presupuesto como instrumento de asignación financiera para el cumplimiento de los propósitos estatales. 3) Describir los componentes de la ecuación presupuestaria. 4) Identificar los principios presupuestarios. 5) Identificar el presupuesto como un proceso cronológico legal y técnico. 6) Diferenciar las categorías programáticas 7) Elaborar redes de acciones presupuestarias y estructuras programáticas 8) Utilizar los clasificadores presupuestarios MGP. Freddy E. Aliendre España Página 1

2 1. IMPORTANCIA Y CONCEPTO DE PRESUPUESTO En el quehacer administrativo el presupuesto constituye el elemento de mayor trascendencia, tanto en la gestión pública como en la privada. No solo es un instrumento de control y coordinación, de cuya administración eficiente depende en gran medida el éxito de la gestión del Estado, sino que refleja las decisiones políticas de mayor trascendencia y que inevitablemente influyen en el desarrollo económico, social y gobernabilidad. De ahí que el presupuesto sea uno de los instrumentos fundamentales de la planificación estatal y represente, como es natural, la expresión financiera de los planes y proyectos del gobierno. En el Estado de Derecho, el presupuesto público reviste una gran importancia dado que su formulación, aprobación, ejecución y control esta normado en la Constitución Política del Estado y refleja, en unos casos más que en otros, el proceso político de concertación sociedad gobierno, y refleja la orientación y tipo de desarrollo que se aspira como país. El presupuesto público lleva implícito una profunda connotación jurídica y política; en países donde prima una pluralidad política, las grandes crisis institucionales que se presentan entre los Poderes del Estado, sobre todo, entre el Ejecutivo y Legislativo, tiene generalmente su origen en el proceso de discusión y aprobación del presupuesto público, por las implicancias ideológicas que se encuentran en éste. Un primer concepto de Presupuesto sería: El Presupuesto es el Programa de Operaciones en términos financieros. El Presupuesto es uno de los instrumentos de la planificación pública más importantes y como tal expresa objetivos, acciones, recursos, lugar y responsables de su ejecución. La Ley de Administración y Control Gubernamentales (Nº 1178) en el artículo 8 señala: El sistema de Presupuesto preverá, en función de la política gubernamental los montos y fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual y su asignación a los requerimientos monetarios de la Programación de Operaciones y de la Organización Administrativa adoptada. En nuestro país se señala que El Presupuesto es un instrumento de planificación económicofinanciero de corto plazo, en el que se expresa objetivos y metas del sector público, que son traducidos en programas operativos anuales, destinados a prestar bienes y servicios públicos, mediante la combinación adecuada y eficiente de los recursos 1. El presupuesto es concebido como un instrumento de programación, control y como es natural la principal herramienta técnico administrativa de los gobiernos para impulsar el desarrollo nacional. Al respecto Pedro Muñoz Amato 2 señala que: un presupuesto es, esencialmente, un plan de acción expresado en términos financieros. Si se concibe así, resulta evidente que constituye una fase de la planificación. Debe ser entonces, un conjunto bien integrado de decisiones que determine los propósitos de una Institución y los medios para lograrlos, incluyendo la disposición de los recursos materiales y humanos, las formas de organización, los métodos de trabajo, y las medidas de tiempo, cantidad y calidad. En consecuencia, el presupuesto general de un gobierno debe ser el programa 1 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto, R.S. Nº , art Amaro Guzmán; Introducción a la Administración Pública. Segunda Edición Mc Graw Hill MGP. Freddy E. Aliendre España Página 2

3 que dirija toda la actividad gubernamental en su función de orientar los procesos sociales y servir a los intereses del pueblo. Un destacado experto Venezolano nos enseña que: El presupuesto es el instrumento que limita la acción del Estado para el cumplimiento de los planes, coordinando las actividades del Sector Público; en él se establecen las autorizaciones máximas de gastos que podrán efectuarse en un período determinado para cumplir los propósitos o las metas de cada programa, y se incluyen las estimaciones de los recursos y las fuentes de fondos para su financiamiento 3. En esta definición se señalan los elementos más relevantes que caracterizan a un presupuesto moderno a saber: cumplimiento de planes, programas, coordinación de actividades, límites de gastos, estimación de fuentes de recursos, cumplimiento de objetivos y metas Carácter Integral del presupuesto 4 La concepción moderna del presupuesto está sustentada en el carácter de integridad de esta técnica. En la actualidad no se concibe el presupuesto sólo como la expresión financiera del plan de gobierno, sino como una expresión más amplia del mismo ya que constituye un instrumento del sistema de planificación, que refleja una política presupuestaria única, es un proceso vivo y permanente y se explicitan en él todos los elementos de la programación. Bajo este enfoque de la integridad se sustenta la necesidad de que las diversas etapas del proceso presupuestario sean consideradas como aspectos igualmente importantes del sistema presupuestario, y por lo tanto, estén debidamente realizadas. Carece de sentido mantener la idea o el concepto de que presupuestar es solamente prever. Los mismos tratadistas que parten con una definición que asigna al presupuesto el papel de simple proyección, por lo general tratan las etapas de aprobación, ejecución y control, aunque no establecen el equilibrio adecuado en el tratamiento de ellas. Es indudable que, de nada serviría una formulación presupuestaria técnica y eficientemente realizada, si no se adoptan las decisiones y medidas con la intención de convertirla en hechos. No puede existir divorcio ni siquiera desencuentros significativos entre la previsión y la ejecución. Naturalmente que las limitaciones humanas para conocer con anticipación el futuro y los cambios que se van ejerciendo en la realidad, hacen que surjan desajustes ex-ante, pero las labores de evaluación, efectuadas de manera eficiente y oportuna, permiten detectar y contribuir, a las correcciones a tiempo de las desviaciones indeseables entre la formulación o la modificación del presupuesto aprobado y la ejecución, de acuerdo con el mejor conocimiento de la realidad. Así se procura lograr el ajuste que permite alcanzar la igualdad ex-post de las dos etapas. De lo anterior se desprende que: Presupuesto es el proceso a través del cual se elabora, expresa, aprueba, coordina la ejecución y evalúa la producción pública, así como las asignaciones financieras de gastos y la evolución de los recursos necesarios para satisfacer necesidades colectivas por parte del Sector Público en un período de tiempo determinado. Es el más importante instrumento de Administración Financiera. 3. José Vicente Rodríguez; Elementos de Economía Presupuestaria 4. Marcos Makon, Segunda jornada de presupuesto por programas consejo federal de inversiones, Argentina capítulo segundo MGP. Freddy E. Aliendre España Página 3

4 El Presupuesto está concebido como un proceso cíclico, denominado ciclo presupuestario, este está enmarcado en el Proceso de Planificación Pública, sus etapas son las siguientes: Etapas del Ciclo Presupuestario: 1) Formulación 2) Discusión y aprobación 3) Ejecución 4) Control y Evaluación 1.2. El Presupuesto es un instrumento de múltiples fines: a) Herramienta de Política Económica: El presupuesto es el medio más idóneo para concretar y lograr el cumplimiento en lo que corresponde, de los objetivos de los planes de desarrollo económico y social. b) Herramienta de Gestión: El presupuesto al formularse con base el Programa de Operaciones permite identificar los objetivos de gestión y a las unidades responsables del cumplimiento de estos, así como las asignaciones presupuestarias que permita obtener los recursos necesarios para el desarrollo de actividades o proyectos ligados a los Programas Presupuestarios. Constituye una verdadera guía de acción que elimina o minimiza la necesidad de decisiones improvisadas. c) Instrumento de Administración. Gran parte de los actos administrativos de las Entidades Públicas tienen alguna relación directa o indirecta con el presupuesto, así por ejemplo en el tema de Administración de Personal, para los temas de remuneración, contratación, promoción, capacitación, jubilación e inclusive despedidos se debe considerar la existencia o limitaciones presupuestaria, para la contratación o compra de bienes y servicios el primer paso que se debe seguir es verificar la existencia de un crédito presupuestario suficiente. Las recaudaciones, gastos y endeudamiento se regulan o verifican en el marco del Presupuesto aprobado, todos estos actos son registrados en el Sistema de Contabilidad Integrada, que tiene como base el registro presupuestario. d) Instrumento de Control: El Presupuesto, conjuntamente el Programa de Operaciones, constituyen los parámetros de referencia (medidas estándar) para realizar los análisis de eficacia y eficiencia de gestión, es decir comparar lo ejecutado con lo programado, determinando las desviaciones y las acciones de ajuste correspondientes. Por otra parte los controles de legalidad y financieros se basan en los parámetros establecidos en el Presupuesto. A su vez el Órgano Legislativo para controlar y fiscalizar los Órganos del Estado y las Instituciones públicas, tiene en el Presupuesto un adecuado instrumento. e) Instrumento Político y acto Legislativo: El presupuesto debe ser un instrumento de concertación entre la ciudadanía el gobierno y los distintos actores económicos y sociales. Por intermedio de los representantes de la sociedad; Diputados y Senadores, se debe juzgar la validez del programa de gobierno expresada en el Presupuesto General del Estado. La Ley de Presupuesto Anual, cuando existe una amplia pluralidad política expresa algún grado de concertación y de velar los interés de todos o la mayoría, tiene un carácter imperativo, su no cumplimiento; por ejemplo gastar en lo no autorizado o gastar más allá de lo autorizado implica violación de la Ley, los hechos son tipificados como malversación de fondos y constituyen un delito. f) Instrumento de Expresión y Difusión: El presupuesto es un conjunto de documentos, que MGP. Freddy E. Aliendre España Página 4

5 contiene información de la más variada especie, decisiones sobre gran parte de los asuntos que conciernen a las actividades del gobierno, que están estructurados sobre la base de una metodología apropiada que permita no sólo difundir su contenido sino también interpretarlo. La puesta a disposición del Presupuesto General del Estado y de todas y cada una de sus instituciones, así como de su ejecución, sin lugar a dudas son una muestra de transparencia, su no acceso, por el contrario de un manejo de recursos carentes de legitimidad. Características y utilidades del Presupuesto Municipal: a) Herramienta de política Económica b) Instrumento de Gestión c) Instrumento de Administración. d) Instrumento de Control e) Instrumento político y acto Legislativo f) Documento de Difusión Pública 2. LAS NORMAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO Concepto y Objeto del Sistema de Presupuesto. El Sistema de Presupuesto es un conjunto ordenado y coherente de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación, de los presupuestos públicos, según los programas y proyectos definidos en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social del Estado. Tiene por objeto la generación y obtención de información confiable, útil y oportuna sobre la ejecución presupuestaria, para la evaluación del cumplimiento de la gestión pública Principios del Sistema de Presupuesto. Los principios que sustentan el Sistema de Presupuesto, además de la eficacia, eficiencia y oportunidad, establecidos en la Ley 1178, son: a) Equilibrio: Para cada gestión fiscal, en cada entidad y órgano público, el monto total del presupuesto de gastos debe corresponder al monto total de recursos incluido en el Presupuesto. b) Sostenibilidad: El Presupuesto de cada entidad debe sujetarse a las posibilidades reales de su financiamiento. c) Universalidad: El presupuesto de cada entidad y órgano público debe contener todos los recursos y gastos que se estiri1en disponer y realizar para cada gestión fiscal. d) Transparencia: El presupuesto debe ser expresado en términos claros, y difundido tanto al interior de cada entidad como para conocimiento público. e) Flexibilidad: El presupuesto puede ser objeto de ajustes o modificaciones, debiéndose sujetar los mismos a las disposiciones legales y técnicas establecidas o que se establezcan para este efecto. 5 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto aprobadas mediante Resolución Suprema Nº del 1 de diciembre del 2005 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 5

6 2.3. Interrelación del Sistema de Presupuesto con los Sistemas SAFCO El Sistema de Presupuesto se interrelaciona con los sistemas establecidos en la Ley de Administración y Control Gubernamentales Nº 1178 (SAFCO), en los siguientes términos: a) El Sistema de Programación de Operaciones es el marco de referencia de la formulación del presupuesto. Señala los objetivos, productos, acciones y estimación de recursos físicos que serán expresados en términos de categorías programáticas presupuestarias y partidas en el presupuesto. El Sistema de Presupuesto establece la política presupuestaria y los límites financieros para la elaboración del Programa de Operaciones. b) El Sistema de Organización Administrativa define la estructura organizacional que permitirá definir los centros de gestión productiva y unidades ejecutoras del presupuesto. El Sistema de Presupuesto provee información respecto la capacidad financiera que se tiene para el dimensionamiento de la estructura organizativa. c) El Sistema de Personal provee información y estimaciones respecto los recursos financieros necesarios para la administración de personal (sueldos, ascensos, jubilaciones, despidos, etc.). El Sistema de Presupuesto provee información respecto las políticas y límites presupuestarios para la administración de personal. d) El Sistema de Administración de Bienes y Servicios provee información respecto los precios estimativos de los bienes o servicios requeridos en la programación de operaciones, así como los inventarios de materiales de la gestión y la estimación de recursos por alquileres, venta o baja de bienes. El Sistema de Presupuesto provee información respecto las políticas y límites presupuestarios para la administración de bienes y servicios. INTERRELACION ENTRE SISTEMAS S.N.I.P. SISPLAN control externo posterior Programación de Operaciones control interno posterior Presupuesto Organización Administrativa Administración de Personal control interno previo Administracion de Bienes y Servicios Tesorería y Crédito Público Contabilidad Integrada e) El Sistema de Tesorería y Crédito Público, provee información respecto los recursos financieros disponibles a fin de gestión, así como las deudas y cuentas por cobrar y pagar. El Sistema de Presupuesto brinda el marco legal y técnico para la ejecución presupuestaria para MGP. Freddy E. Aliendre España Página 6

7 la captación y uso de los recursos financieros. f) El Sistema de Contabilidad Integrada, provee información sobre la ejecución presupuestaria e información contable y económica necesaria para la formulación presupuestaria. Integra las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema común. El Sistema de Presupuesto brinda la información base para el desarrollo del proceso contable. g) El Sistema de Control Gubernamental, señala las normas básicas necesarias para los procesos de elaboración presentación y ejecución del presupuesto. El Presupuesto fija los límites legales y estructuras programáticas a ser sujetas del control Políticas e Instrumentos Presupuestarios Política Presupuestaria. Sobre la base de las definiciones contenidas en los Planes Generales y Sectoriales de Desarrollo, y en las políticas y objetivos de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas establecerá, para cada gestión fiscal, la Política Presupuestaria a la que debe sujetarse la formulación y ejecución del presupuesto en cada una de las entidades y órganos públicos Directrices de Formulación Presupuestaria. I. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas emitirá, para cada gestión fiscal, las Directrices de Formulación Presupuestaria, disponiendo los lineamientos fundamentales de Política Presupuestaria y la técnica de formulación del presupuesto. II. La formulación, aprobación y presentación de los Anteproyectos de Presupuesto Institucionales deberá sujetarse a las Directrices de Formulación Presupuestaria emitidas Clasificadores Presupuestarios. Todas las entidades y órganos públicos deberán utilizar obligatoriamente los Clasificadores Presupuestarios emitidos y aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para cada gestión fiscal Sistemas de Información. Todas las entidades y órganos públicos deberán utilizar los Sistemas de Información, desarrollados e implantados por el Ministerio de Economía y finanzas Públicas Componentes del Sistema de Presupuesto El Sistema de Presupuesto consta de tres subsistemas: - Subsistema de formulación del presupuesto - Subsistema de Coordinación de la ejecución presupuestaria - Subsistema de Seguimiento y Evaluación presupuestaria Subsistema de Formulación del Presupuesto El Subsistema de Formulación Presupuestaria es el conjunto de acciones desarrolladas por el Ministerio de Economía y finanzas Públicas, vía Viceministerio de Presupuesto y todas las instituciones públicas, que se inicia con la fijación de políticas y Directrices de Formulación Presupuestaria, y continúa con la elaboración de los anteproyectos de presupuesto institucional y la formulación del proyecto del Presupuesto General de la Nación. 6 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto Arts. 14 al 17 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 7

8 Son requisitos imprescindibles para la formulación presupuestaria: 7 1. Política Presupuestaria; que comprende la definición de niveles globales de recursos y gastos públicos, nivel y composición del resultado financiero del sector público, nivel y composición de endeudamiento y principales prioridades sectoriales e institucionales, en base a parámetros macroeconómicos previamente definidos, destinados a orientar las decisiones de cada institución respecto de su gestión presupuestaria Directrices de Formulación Presupuestaria, definidas por el Órgano Rector, que constituyen un instrumento técnico operativo para orientar la formulación y presentación de los anteproyectos de presupuesto institucional, estableciendo objetivos, ámbito de aplicación, metodologías, responsabilidades, políticas generales y específicas Programación de Operaciones Anual de las instituciones, que tienen por propósito la elaboración de los Programas de Operaciones anual (POA) que señalan los objetivos de gestión concretos a realizar, las operaciones, los recursos físicos, los responsables, el momento y lugar a desarrollar las operaciones, así como los indicadores de eficacia y eficiencia que permitirían realizar el seguimiento, evaluación y ajuste los mismos Formulación de los Presupuestos institucionales. La formulación de los Presupuestos Institucionales contempla 10 : a) La estimación del Presupuesto de Recursos. b) La definición de la Estructura Programática, según los Programas y Proyectos vinculados con el Plan de Desarrollo Económico y Social. c) Programación del Presupuesto de Gastos. a) Estimación del Presupuesto de Recursos 11. Cada entidad y órgano público debe estimar el total de recursos a disponer para cada, gestión fiscal, observando las restricciones establecidas en las disposiciones legales y normativa inherentes a la materia y en las disposiciones específicas que para cada gestión fiscal se establezcan. A continuación se señalan las Directrices presupuestarias :12 I. Para la estimación de recursos específicos (por concepto de venta de bienes y servicios, tasas, patentes, tarifas y otros en el marco de la normativa vigente), las entidades del sector público deben sustentar sus proyecciones en las memorias de cálculo, considerando cuando corresponda: a) Tendencia del comportamiento histórico de sus ingresos. b) Contratos, convenios y otros inherentes a sus competencias. c) Proyección de las variables macroeconómicas. d) Incremento de la demanda. e) Otros. II. La estimación de ingresos del Tesoro General de la Nación por concepto de Ingresos Tributarios, Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) y Regalías establecidas por Ley, será efectuada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en coordinación con las instancias correspondientes. 7 R.S NBSP, art R.S NBSP, art R.S NBSP, art 22 inciso a) 10 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Directrices de formulación presupuestaria 2016 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 8

9 III. Los importes estimados de recursos tienen carácter indicativo, por lo que su recaudación puede ser menor o mayor durante la gestión fiscal. Recursos por Transferencias I. Las entidades beneficiarias de transferencias con recursos del TGN, IDH, IEHD, regalías departamentales y participaciones establecidas por norma expresa, deberán sujetarse a los techos presupuestarios determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. II. Las transferencias en efectivo o en especie, por administración directa o delegada, deberán sujetarse a los montos programados por las entidades otorgantes, previa suscripción de convenios y coordinación con las entidades beneficiarias; siendo facultad del MEFP efectuar el registro correspondiente. Recursos de Donación y Crédito I. Los recursos por Donación y Crédito en efectivo o en especie, destinados a proyectos y/o programas específicos financiados por Organismos Internacionales y/o instituciones nacionales, deberán sustentarse en convenios suscritos entre los financiadores, ejecutores y/o el Estado Plurinacional de Bolivia, adjuntando cronograma de desembolsos y la certificación de disponibilidad de recursos de acuerdo al siguiente detalle: - Donación externa y crédito externo: Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo. - Crédito interno: Viceministerio de Tesoro y Crédito Público. - Donación interna: según convenio. II. Las entidades beneficiarias de recursos de Donación, deberán presupuestar los impuestos emergentes de la ejecución de estos ingresos, con cargo a la contraparte nacional de acuerdo al convenio suscrito, siendo responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la entidad, prever este tipo gasto. III. Los saldos bancarios de Crédito y Donación, no utilizados en gestiones anteriores por las entidades del sector público, podrán ser inscritos conforme a convenios de financiamiento vigentes y normativa legal establecida para el efecto. Recursos de Caja y Bancos I. Los recursos de caja y bancos, deben considerar la proyección de saldos en cuentas bancarias al 31 de diciembre de cada gestión, en función a la ejecución presupuestaria programada. II. La programación de recursos de caja y bancos, deberá identificar su origen por fuente y organismo financiador de acuerdo al Clasificador Presupuestario. Estos deberán ser presupuestados priorizando el financiamiento de proyectos de inversión, gastos de capital, de operación, servicio de la deuda (interna y externa), que serán ajustados por el MEFP, cuando corresponda, en función de la meta fiscal. III. El Servicio de Impuestos Nacionales y la Aduana Nacional, adicionalmente a lo establecido en el parágrafo precedente, podrán utilizar saldos de caja y bancos para gasto corriente, conforme a normativa vigente. Otros Recursos I. La programación presupuestaria de cuentas y documentos por cobrar a corto y largo plazo, multas, intereses, ganancias por diferencias de cambio, renta consular y otras, debe estar justificada con documentación de respaldo. II. Los registros que correspondan a cuentas financieras (disminución de cuentas por cobrar y otros similares), deben efectuarse estimando su variación para el periodo fiscal. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 9

10 b) Definición de la Estructura Programática del Presupuesto 13 I. Cada entidad y órgano público deberá definir la Estructura Programática del presupuesto, estableciendo los planes y programas en base al Programa de Operaciones Anual y al Plan Estratégico Institucional, que deberán responder a su vez al Plan de Desarrollo Económico y Social, considerando además el ámbito de sus competencias institucionales establecidas en su norma legal de creación. II. La apertura de categorías programáticas deberá identificar: a) Los bienes y servicios que deben generar según las competencias definidas en la norma legal de creación de cada entidad. b) Los objetivos de gestión, los resultados esperados y los indicadores de desempeño inherentes a cada Programa. c) La asignación de recursos a cada categoría programática. Estas Categorías podrán desagregarse en otras de menor nivel, según disposiciones específicas que para cada gestión fiscal disponga el Órgano Rector, y siempre que su relevancia esté plenamente fundamentada. c) Programación del Gasto 14 I. La apertura de programas presupuestarios de gasto público debe responder a los objetivos de gestión institucional que se pretende alcanzar (Articulación del Plan Operativo Anual con el Presupuesto), para lo cual, las entidades deberán plasmar cada Objetivo de Gestión Institucional en un programa correspondiente. II. Las entidades del Sector Público formularán su presupuesto de gastos por programas, proyectos y actividades, Direcciones Administrativas, Unidades Ejecutoras, partidas de gasto, fuentes de financiamiento, organismos financiadores, finalidad y función, entidades de transferencia y sector económico que corresponda, con el respaldo de memorias de cálculo, en el marco de la normativa vigente. III. IV. La programación de gastos, debe corresponder a los recursos estimados. Las entidades del sector público definirán su Estructura Programática Institucional y considerando lo siguiente: a) Programas de Gestión Administrativa, para la asignación de recursos destinados a gastos de funcionamiento; no debe incluir proyectos de inversión. b) Programas Específicos para la producción de bienes y prestación de servicios que genere la entidad conforme sus competencias. c) Programas destinados al pago de deuda, previsiones financieras, transferencias y otras asignaciones. V. Para la formulación del presupuesto institucional, las entidades del Sector Público deben incorporar en el sistema oficial de gestión fiscal, el resumen del POA Presupuesto. d) Presupuesto Plurianual Las entidades públicas que se detallan a continuación, con carácter estratégico y en el marco del Plan de Desarrollo Económico Social, deberán elaborar su presupuesto plurianual, identificando programas y proyectos: 13 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Directrices de Formulación presupuestaria 2016 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 10

11 a) El ejercicio de presupuesto plurianual comprende a las siguientes entidades: 1. Empresas Públicas Nacionales Estratégicas EPNE 2. Ministerios del Órgano Ejecutivo 3. Banco Central de Bolivia BCB. 4. Autoridades de Fiscalización y Control Social. 5. Administradora Boliviana de Carreteras ABC. 6. Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social FPS. 7. Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR. 8. Servicio de Impuestos Nacionales SIN. 9. Aduana Nacional AN. 10. Órganos Legislativo, Judicial y Electoral 11. Tesoro General de la Nación TGN 12. Entidades Territoriales Autónomas (Municipios Capitales de Departamento, GAM de El Alto y Gobernaciones) b) El Ministerio de Planificación del Desarrollo remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas el presupuesto de inversión pública plurianual. c) El presupuesto plurianual será formulado con carácter indicativo, y agregado por el Viceministerio de Presupuesto y Contabilidad Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Procedimiento de formulación presupuestaria. El procedimiento, esquemático, para la elaboración y presentación del presupuesto es el siguiente: El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas fija la política presupuestaria para el ejercicio presupuestario, prepara las guías de aplicación de la política presupuestaria y en base a ellas, aprueba anualmente las Directrices de Formulación Presupuestaria. 2. Las instituciones públicas con base en las Directrices de Formulación Presupuestaria y el Programa de Operaciones Anual, elaboran sus anteproyectos de presupuesto, éstos constituyen las propuesta que formulan cada institución pública y que comprende los ingresos, gastos y financiamiento previstos para el ejercicio presupuestario y los resultados económicos, financieros y físicos de las operaciones programadas en base a los lineamientos generales de la política presupuestaria y directrices de formulación presupuestaria. 3. Las entidades públicas deberán registrar en el sistema oficial de gestión fiscal y presentar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Ministerio de Planificación del Desarrollo, según corresponda, el presupuesto institucional articulado a sus objetivos y metas de corto y mediano plazo, en el marco de las estrategias y programas de desarrollo. 4. El Viceministerio de Presupuesto establece la coherencia de los anteproyectos de presupuesto institucional, previamente aprobados por instancia competente de la institución. 5. El Ministerio de Planificación del Desarrollo previa evaluación, agregará los presupuestos de inversión pública, para su posterior remisión al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. 15 R.S NBSP, art. 25 y Directrices de formulación presupuestaria 2016 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 11

12 6. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, previa evaluación, agregará y consolidará los presupuestos institucionales con la finalidad de elaborar el proyecto de Presupuesto General del Estado para su consideración por el Órgano Ejecutivo. 7. El Presidente de la República y el Gabinete Ministerial analizan y revisan el Proyecto de Presupuesto General del Estado, señala los ajustes que corresponda al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para una vez ajustado el mismo, presenta al Órgano Legislativo el presupuesto agregado y consolidado, para su respectiva discusión y aprobación Discusión y aprobación del Presupuesto General de la Nación El Órgano Ejecutivo presentará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de las treinta primeras sesiones, el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado para la siguiente gestión (CPE Art ) Recibido el proyecto de ley de presupuesto, deberá ser considerados en la Asamblea Legislativa Plurinacional dentro del término de sesenta días. En caso de no ser aprobado en este plazo, el proyecto se dará por aprobado. 16 El Proyecto de Presupuesto General de la Nación es recepcionado en la Cámara de Diputados, su estudio se realiza por una comisión, que luego somete su opinión al pleno de la Cámara, ésta aprueba el Proyecto en grande, detalle y revisión, y luego se remite a la Cámara de Senadores. La Cámara de Senadores realiza igual proceso, y en el caso que realizara modificaciones al proyecto remitido de la Cámara de Diputados, deberá retornar a la misma para considerarlas las mismas. En caso de no observación se pasa a su aprobación. En caso de no aceptación de las modificaciones la Ley se trata en el pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional, se remite al Presidente de la República para su promulgación, publicación y puesta en vigencia por una gestión anual SUBSISTEMA DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA. Ejecución Presupuestaria. La ejecución del presupuesto comprende los procesos administrativos de captación de recursos, de realización de desembolsos o pagos, y de ajustes al presupuesto aprobado, sujetos a las regulaciones contenidas en las normas legales inherentes a la materia Programación de la Ejecución Presupuestaria 18 I. Cada entidad y órgano público deberá elaborar el cronograma de ejecución de gastos, a nivel agregado o institucional, y en detalle o por categoría programática, identificando: a) Las fuentes de financiamiento y organismos financiadores. b) Las partidas de gasto. c) Los cronogramas mensuales de desembolsos. d) Otra información que se considere relevante. 16 Constitución Política del Estado, art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art. 26 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 12

13 II. Esta Programación deberá ser compatibilizada con el flujo periódico estimado de recursos, observando fundamentalmente: a) Que el monto mensual de obligaciones a devengar no exceda la disponibilidad efectiva de recursos. En el caso de recursos del Tesoro General de la Nación según las cuotas de compromiso y desembolso fijadas por el Ministerio de Hacienda. b) Que se provean oportunamente los recursos para desarrollar las acciones previstas en el Programa de Operaciones Anual Ajustes a la ejecución del Presupuesto de Gastos. Cuando las disponibilidades efectivas de recursos no alcancen los niveles programados, deberá restringirse el compromiso y devengamiento del Presupuesto de Gastos a estas disponibilidades Modificaciones al Presupuesto 20 I. Durante el ejercicio fiscal, podrán efectuarse cambios al presupuesto por las siguientes causales: a) Modificación en el Programa de Operaciones Anual por la incorporación de nuevos objetivos, por cambios en los objetivos iniciales previstos, o por cambios en las metas de estos objetivos. b) Desviaciones respecto a las previsiones presupuestarias iniciales, sin cambios en los objetivos. II. La aprobación y vigencia de las modificaciones presupuestarias deberá sujetarse a las disposiciones legales y normativa inherentes a la materia. a) Para las entidades y órganos públicos del Nivel Central, el régimen de modificaciones presupuestarias se sujetará al Reglamento General aprobado por Decreto Supremo. b) Para las Autonomías reconocidas por la Constitución Política del Estado, el régimen de modificaciones: presupuestarias se sujetará a reglamentación aprobada por sus máximas.instancias resolutivas; y en observancia de las disposiciones legales inherentes SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA El Seguimiento y Evaluación Presupuestaria es el proceso de monitoreo de la ejecución presupuestaria, que realiza cada institución pública, el Órgano Rector y el Órgano Operativo y Coordinador del Sistema, destinado a evaluar la gestión presupuestaria, posibilitar la toma de decisiones correctivas durante la ejecución y alimentar la programación de ejercicios futuros. El Seguimiento y Evaluación Presupuestaria deben realizarse durante el ejercicio presupuestario en forma permanente, por períodos y/o al cierre del ejercicio 21. Los Requisitos para el funcionamiento del Subsistema son: Desarrollo de sistemas de información de la ejecución física y financiera del presupuesto institucional. 2. Los presupuestos institucionales aprobados y/o modificados. 3. La programación de operaciones institucional. 19 Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art R.S NBSP, art R.S NBSP, art. 32 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 13

14 El Procedimiento general del Subsistema es el siguiente: Emitir y presentar información periódica sobre la ejecución física y financiera de los presupuestos institucionales. 2. Analizar la información de la ejecución física y financiera de los presupuestos institucionales y comparar los resultados obtenidos con los establecidos en la programación de operaciones anual institucional, identificando los desvíos entre lo programado y lo ejecutado. 3. Emitir informes sobre el seguimiento y evaluación presupuestaria, explicando las causas de desvíos en caso de que existieran, analizarlos y recomendar propuestas de medidas correctivas Seguimiento de la Ejecución del Presupuesto 24 I. Cada entidad y órgano público deberá elaborar y emitir en forma periódica, reportes de ejecución financiera del presupuesto. Estos reportes deben ser preparados a nivel agregado o institucional y por categoría programática. II. Los reportes de ejecución financiera deberán considerar la relación con la ejecución física prevista en el Programa de Operaciones Anual Evaluación del Presupuesto 25 I. Cada entidad y órgano público deberá efectuada evaluación de la ejecución del presupuesto de recursos y gastos, vinculando esta evaluación con el cumplimiento gradual y total de los objetivos de gestión previstos. II. Esta evaluación deberá realizarse en forma periódica, durante la ejecución, y al cierre del ejercicio fiscal. La evaluación deberá posibilitar: a) La identificación de los factores o circunstancias que hubieran incidido en la ejecución del presupuesto. b) La adopción de medidas correctivas que permitan el cumplimiento de los objetivos de gestión. c) La evaluación de la gestión pública. III. A nivel institucional, cada entidad deberá presentar los informes de evaluación, al Órgano Rector y a las instancias de fiscalización previstas en disposiciones legales, al cierre de cada gestión fiscal o cuando los mismos les sean requeridos Auditoria de Gestión. Las Unidades de Auditoria Interna de cada entidad, deben priorizar en la programación de sus operaciones, la inclusión de la auditoria de gestión que permita verificar el grado de cumplimiento del Sistema de Presupuesto ECUACIÓN PRESUPUESTARIA FUNDAMENTAL "EPF" El presupuesto es una previsión (ex-ante) de gastos y recursos. Es un Balance Preventivo, que impactará sobre el patrimonio y resultados de la organización estadual. 23 R.S NBSP, art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art Normas Básicas del Sistema de Presupuesto art NBSP artículo 13 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 14

15 El Balance Preventivo, (denominado ECUACIÓN PRESUPUESTARIA FUNDAMENTAL [EPF]) está formada por: I Recursos... Bs... II Gastos... Resultado Financiero Bs... EQUILIBRADO Sí I = II SUPERÁVIT Sí I > II DÉFICIT Sí I < II Cada componente de la Ecuación Presupuestaria, tiene características distintivas: Características Distintivas Gastos Recursos 1. En su fijación 2. En su Topes 3. En su Plazos 4. En su Legalidad Preventivos Limitativos Periódicos Original Preventivos No limitativos No periódicos Derivada 1. En su fijación: Tanto gastos como recursos, inherentes a toda previsión, no son determinísticos sino probabilísticos, estimativos. 2. En sus topes: Los gastos pueden ejecutarse hasta el nivel máximo de las respectivas asignaciones presupuestarias. En cambio los recursos son "in Limini": no se deja de recaudar en el transcurso del año aunque cuando se haya llegado al nivel previsto, los montos señalados son de carácter indicativo. 3. En sus plazos: Las disposiciones de gastos nacen y fenecen en el transcurso del año. Las de recursos son de continuidad temporal indefinida, hasta su modificación o derogación. 4. En su legalidad: Las disposiciones de gastos se originan principalmente en la Ley de Presupuesto. En materia de recursos recepta legislación extraña (o derivada) de otras normas: por caso Ley de Reforma Tributaria de Bolivia Nº 843/ TÉCNICA DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS El artículo 20 de las Normas Básicas del Sistema de Presupuesto señala que el presupuesto de gastos debe ser estructurado en base a la técnica del Presupuesto por Programas y considerar los requerimientos de los Sistemas de Administración y de Control y de los Sistemas Nacionales de Planificación y de Inversión Pública. Una primera definición del Presupuesto por Programas señala que Es una metodología especifica de hacer Presupuestos, es una forma moderna de realizar asignaciones financieras (presupuesto de MGP. Freddy E. Aliendre España Página 15

16 gasto) en función de objetivos, proyectos y actividades concretos (de la Programación de Operaciones). Algunos conceptos sobre el presupuesto por programas se exponen a continuación: Entendemos por Presupuesto por Programas, a una clasificación de tipo presupuestario que tiene por finalidad presentar los propósitos y objetivos para los que se utilizan los fondos asignados, como también el costo de los programas para alcanzar dichos objetivos, la programación del trabajo que debe desarrollarse y la información cuantitativa adecuada que trata de medir los resultados que se esperan obtener 27 Un sistema en que se presta particular atención a las cosas que un Gobierno realiza, más bien que a las que adquiere. Las cosas que un Gobierno adquiere, tales como servicios personales, previsiones, equipos de transporte, etc., no son naturalmente sino medios que emplea para el cumplimiento de sus funciones. Las cosas que un Gobierno realiza en cumplimiento de sus funciones pueden ser carreteras, hospitales y escuelas construidas, soldados preparados, tierras bonificadas, casos tratados y resueltos, permisos expedidos, informes preparados, o cualesquiera de los innumerables casos que pueden definir 28. El presupuesto por programas constituye una presentación sistemática de las actividades que realizan los organismos del Gobierno, de las metas en función de los cuales se proyecta, el trabajo de la administración y, por último, el costo de ejecución de los programas y proyectos a desarrollarse anualmente. El presupuesto por programa permite conocer que actividades, se pretenden realizar, en que magnitud, a que costo y cual el organismo que se responsabiliza de la ejecución 29. El presupuesto por programas parte de la definición de objetivos que se pretenden alcanzar con el presupuesto asignado, concordante con las políticas públicas del Estado, que se traducen en los diferentes planes. Asimismo, establece metas, cuyos responsables son las unidades ejecutoras de las entidades públicas, dichas metas deben ser cuantificados, esto es posible a través de unidades de medidas útiles, para la asignación, reasignación y comparación. 30. Si analizamos los conceptos señalados precedentemente, podemos conducir que el presupuesto por programas representa, además de un moderno enfoque programático, uno de los instrumentos auxiliares de la planificación de mayor relevancia, toda vez que refleja las metas, programas y objetivos de los planes gubernamentales dirigidos al desarrollo socioeconómico. Es, el presupuesto por programas, una modalidad ajustada a las demandas de la planificación. Además, como instrumento de control y evaluación permite a los organismos de la Administración Pública, tanto a los altos ejecutivos como a los titulares de las funciones operativas, medir el resultado de su ejecución de acuerdo a lo programado en cada sector de actividades Marco Conceptual Bolivia ha adoptado, por su objetividad y sistematicidad, la metodología del Presupuesto por Programas, la cual se encuentra descrita en los distintos manuales para la formulación de 27 Instituto de Organización y Administración (INSORA) los presupuestos por Programas en las Actividades Públicas Pág Naciones Unidas, Presupuesto y Programas de Ejecución y Actividades 29 Marcos Makon Ob. Cit. 30 Directrices de formulación presupuestaria Amaro Guzmán Ob. cit. Pág. 299 MGP. Freddy E. Aliendre España Página 16

17 Anteproyectos de Presupuestos aprobados por el Ministerio de Finanzas (hoy Economía y Finanzas Públicas) y cuyo marco teórico y conceptual es el siguiente: El Estado, en sentido general, y las instituciones u organismos que lo conforman en particular, son entes que producen bienes y prestan servicios. Estos bienes o servicios son de dos tipos: terminales e intermedios. Los bienes y servicios terminales pueden clasificarse en acabados (cuando habiendo salido del proceso de producción durante el período presupuestario, está en condiciones de satisfacer la necesidad o la demanda que dio origen a su producción). Constituyen la razón de ser de una institución. La producción de estos tipos de bienes y servicios permite que la respectiva institución contribuya en forma directa al logro de objetivos y políticas, expresadas en operaciones. Los bienes y servicios intermedios, por su parte, son aquellos exigidos por la producción terminal y, por tanto, los que la condicionan de manera directa o indirecta. Es decir, la cantidad y calidad de los primeros determinan la cantidad y calidad de los segundos. Por otro lado, para producir dichos bienes y servicios se requieren cantidades y calidades adecuadas y precisas de insumos o recursos reales (servicios personales, servicios no personales, materiales, equipos, etc.). A su vez, la adquisición de los recursos reales determina la necesidad de medios monetarios, es decir, de recursos financieros.. Por tanto podemos concluir que no es posible producir bienes y servicios en determinada cantidad y calidad, si no se cuentan con los recursos reales en la cantidad y calidad precisas; por otro lado, los recursos reales se adquieren para incorporarlos a procesos productivos que dan como resultados bienes y/o servicios. La combinación de los dos elementos da origen a las relaciones insumo - producto. La relación insumo producto es la relación que se establece entre los diversos insumos, combinados en el proceso de producción, en cantidades y calidades adecuadas y precisas, con el respectivo producto que los requiere, un requisito básico para la existencia de una relación insumoproducto es que el respectivo producto sea único e independiente de otra relación insumo-producto. Estas relaciones insumo - producto se viabilizan anualmente en el presupuesto. Para que una relación insumo-producto sea objeto de presupuestación se requiere además, la existencia de un centro formal de asignación de recursos, es decir de una o varias unidades administrativas responsables de un proceso productivo. En síntesis, para que una acción productiva pública sea objeto de presupuestación se requiere que cuente simultáneamente con los siguientes tres elementos: a) producción de bienes y/o servicios b) utilización de insumos o recursos c) asignación formal de recursos a unidades administrativas ejecutoras del presupuesto. Estas acciones, se denominan acciones presupuestarias ya que son centros de programación y asignación de los recursos necesarios para la producción de bienes y/o servicios. La forma como se condicionan los bienes y servicios que producen y prestan las instituciones y, que se originan en cada una de las acciones presupuestarias, se denomina "red de acciones presupuestarias". MGP. Freddy E. Aliendre España Página 17

18 En el lenguaje de la técnica de la programación presupuestaria cada acción presupuestaria es una categoría programática. La red de acciones presupuestarias de una institución determina la estructura programática del presupuesto de dicha institución" Definiciones y Conceptos A continuación se presentan las definiciones y conceptos básicos que se utilizan en la programación presupuestaria, de acuerdo a lo señalado anteriormente. Relación insumo - producto Relación de condicionamiento INSUMOS Humanos Materiales Servicios Equipos Proceso Productivo PRODUCTOS INTERMEDIOS - Directos - Indirectos Proceso Productivo PRODUCTOS TERMINALES - Bienes - Servicios Tecnología de produccion CENTRO DE GESTIÓN PRODUCTIVA CENTROS LEGALES DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS a) Insumos INSUMOS, son los recursos humanos, materiales, equipos y servicios que se requieren para el logro de un producto, expresados en unidades físicas o en su valoración financiera. Es necesario distinguir entre dos conceptos: - Insumo - presupuestario, que se refiere a la dotación de recursos reales o su valoración financiera. Por ejemplo 12 meses/hombre, 1000 vacunas, 200 litros de gasolina. - Insumo - costo, que se refiere a la utilización de recursos para la producción del período presupuestario, sea en términos reales o financieros. 200 horas/pala retroescavadora, 2000 horas /equipo de computación, 100/horas/supervisión b) Producto PRODUCTO, es el bien o servicio que surge como resultado, cualitativamente diferente, de la combinación de los insumos que requiere su producción. El producto puede ser un bien o servicio cuantificable o de esencia predominantemente cualitativa. 32 Manual para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de las Instituciones Públicas Descentralizadas y las Corporaciones Regionales de Desarrollo. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 18

19 El producto puede ser: terminal, si el bien o servicio se proporciona a la sociedad u otras entidades (públicas o privadas), y por ende se está cumpliendo la misión de la Institución, por ejemplo el servicio de atención de salud, la instalación de red de agua potable, el servicio de educación escolar, dotación de alumbrado público. El producto es intermedio; si contribuye directa o indirectamente a la producción de un producto terminal. Por ejemplo la construcción de aulas, para el servicio de educación, la construcción de un tanque de agua para la dotación de agua, la producción de postes de luz, para el tendido de alumbrado eléctrico. Las actividades de supervisión de obras son servicios, por ejemplo, influyen indirectamente sobre el producto terminal de instalación de agua potable. c) Relación Insumo - Producto RELACIÓN INSUMO - PRODUCTO, es la relación técnica que expresa la combinación de diversos insumos en cantidades y calidades adecuadas y precisas para obtener un determinado producto. Define una Tecnología del Centro de gestión productiva. El proceso de combinar recursos humanos, materiales, energía y máquinas para obtener el producto final se llama proceso de producción y dado que existen diversas posibilidades recursos y de combinación de los mismos, ésta relación técnica (insumo-producto) expresa una de las diversas tecnologías de producción posibles. Como ejemplos de relación insumo-producto podemos observar que la cantidad de médicos, enfermeras, medicamentos, camas, afectan la cantidad y calidad del servicio de salud. Por otra parte, si deseamos construir aulas, las paredes de estas podrían ser: de adobe, de ladrillo o de bloques prefabricados de hormigón, la selección de cualquiera de estas alternativas implica la selección de una tecnología diferente, y por ende serán diferentes los requerimientos de mano de obra, de cemento, de piedra, etc. Para presupuestar es importante que los productos sean concretos e individuales, y que a su vez los insumos que se programan para la producción de estos sean exclusivos y precisos. Por ejemplo para aseo urbano, podemos asignar personal exclusivamente para este propósito, así como escobas, carretillas para transporte de basura. Pero no sería posible de presupuestar en este servicio por ejemplo los salarios del Intendente, dado que además de esta tarea supervisa mercados, mingitorios, lugares de expendio, etc. Estos casos se presupuestan en actividades comunes y centrales que se analizarán posteriormente. De lo anterior se deduce que, en una red de condicionamiento, los productos de ésta deben ser excluyentes a efectos de que el condicionamiento sea entre productos perfectamente diferenciados. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 19

20 d)tecnología Institucional de Producción SISTEMA DE PRESUPUESTO TECNOLOGÍA INSTITUCIONAL DE PRODUCCIÓN, es la forma y manera técnica elegida para el proceso productivo.por ejemplo en un programa de agua potable pueden elegirse el uso pozos, la extracción y distribución mediante bombas, traslado de agua mediante cañerías por gravedad, etc.. e) Relación de Condicionamiento RELACIÓN DE CONDICIONAMIENTO, es la relación técnica por la cual determinados productos condicionan y a la vez son condicionados por la producción y características de otros. Para obtener un producto final se requieren otras producciones que la apoyen, orienten y/o complementen. Ejemplo para producir el producto terminal Servicios de educación, se requieren otras producciones intermedias, por ejemplo, textos escolares, mobiliario escolar, formación de docentes. la cantidad y calidad de estos productos condicionaran la calidad y cantidad del producto terminal. Las relaciones de condicionamiento pueden ser unidireccionales cuando uno o varios productos condicionantes conectan a un sólo producto y pluridireccionales cuando un producto condicionante afecta a varios productos condicionados. f) Centro de Gestión Productiva o de Asignación de Recursos CENTRO DE GESTIÓN PRODUCTIVA, es un centro de planificación, combinación, asignación y uso formal de recursos en función de una producción previsible MGP. Freddy E. Aliendre España Página 20

21 Los Centros de gestión productiva deben ser relevantes, operativos y prácticos para su ejecución y control. En Bolivia, para efectos presupuestarios, la INSTITUCIÓN es la máxima organización formalizada de centros de gestión productiva, que tiene responsabilidad unitaria, en todo el proceso presupuestario, ante quien jurídicamente se aprueba el presupuesto. g) Acciones Presupuestarias El presupuesto por programas expresa la producción de bienes y servicios y los recursos reales y financieros que ésta demanda. Estos dos elementos de los procesos productivos están íntimamente relacionados y condicionados. Para que una relación insumo-producto sea objeto de presupuestación se requiere además, la existencia de un centro formal (unidad administrativa) de asignación de recursos responsable de un proceso productivo. Estos tres elementos integrados constituyen las acciones públicas, estas acciones, se denominan acciones presupuestarias ACCIONES PRESUPUESTARIAS, "son centros de programación y asignación de los recursos necesarios para la producción de bienes y servicios". Sus elementos son: - Insumo (recursos reales y financieros) - Producto (necesariamente excluyentes) - Centro de gestión productiva o asignación de recursos h) Red de Acciones Presupuestarias Con los elementos anteriores es posible construir una "Red de Acciones Presupuestarías" en base a: - Acciones Presupuestarías Terminales: para la obtención de productos terminales que satisfacen necesidades de la comunidad o de otra institución. - Acciones Presupuestarías Intermedias: que da lugar a productos intermedios, que condicionan y son condicionados por la producción terminal directa o indirectamente. LA RED DE ACCIONES PRESUPUESTARIAS, es una red de relaciones de condicionamiento de los bienes y servicios que producen y prestan las instituciones y que se originan en las acciones presupuestarias MGP. Freddy E. Aliendre España Página 21

22 4.3. Categorías programáticas 33 LAS CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS, constituyen la formalización y expresión, en el presupuesto, de las acciones presupuestarias. La función de las categorías programáticas es jerarquizar y delimitar el ámbito de las diversas acciones presupuestarias, de tal forma que se exprese fielmente, no solo la tecnología institucional de producción y las de sus centros de gestión productiva, sino además del grado de flexibilidad y responsabilidad en la significación y uso de los recursos para la obtención de los productos. El presupuesto por programas asigna los créditos presupuestarios (para recursos humanos, materiales, equipos, energía, etc.) "no" a unidades institucionales del Gobierno, sino a programas de acción. Los programas son encomendados a una determinada unidad orgánica que se convierte en la unidad ejecutora del programa y en responsable de su cumplimiento. Las categorías programáticas utilizadas son: Programa, Proyecto, Obra y Actividad Programa: Es la categoría programática de máximo nivel, tiene las siguientes características: - Su producción es terminal de una red de acciones. - Expresa la contribución a una política, la cual comprende el conjunto de acciones orientadas al logro de un objetivo concreto dentro de la labor de la institución pública, - Implica una asignación de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para desarrollar las acciones a través de una unidad administrativa responsable de su ejecución. - Se conforma por la agregación de categorías programáticas de menor nivel. 33 Matus Makon, Arrieche, Ob. cit.. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 22

23 Proyecto: Como parte del programa, comprende la fase de ejecución de un proyecto de inversión pública incluyendo la preinversión, así como la asignación de recursos para el inicio, continuidad y cierre de proyectos, cuyo resultado se refleja en el cumplimiento del objetivo (Ej. dique, hospital, escuela carretera, etc.). El proyecto tiene como objetivo la producción de bienes de capital destinados a la satisfacción de una necesidad; en este sentido, los proyectos se pueden clasificar en: a) específicos, condicionan a un solo programa, y b) Centrales, condicionan a todos los programas y actividades de la entidad.. Se considera proyecto a todo el conjunto de acciones operacionales cuyo proposito es la obtención de un bien de capital, es decir al incremento de la capacidad instalada en materia de inversión pública. En este sentido, cuando se hable de proyecto nos estaremos refiriendo a gastos de inversión. Pero debemos aclarar, que no solo es inversión aquello que se considera proyecto, así el Art. 81 de las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública dice: se entiende por inversión publica todo gasto de recursos de origen publico destinado a incrementar, mejorar o reponer las existencias de capital físico de dominio público o dominio privado (institucional) y/o de capital humano, con el objeto de ampliar la capacidad del país para la prestación de servicios o productos de bienes. El concepto de inversión publica incluye todas las actividades de preinversión e inversión que realizan las entidades del sector público. Los programas de fortalecimiento institucional deben ser considerados como proyectos de preinversión. Actividad: Se caracteriza porque: - Es la categoría programática de menor nivel e indivisible a los propósitos de la asignación de recursos. - Representa las acciones de un programa que pueden ser agrupadas en unidades que si bien no permiten por sí solas el logro del objetivo perseguido, al unirse a otras de similar categoría se complementan para alcanzarlo. - Es la produccion de bienes y servicios que contribuyen d emanera directa o indirecta al logro de los objetivos de gestión. - Es una categoría programática cuya producción es intermedia. En función de su relación de condicionamiento con los programas, las actividades podrán ser: - Específicas - Centrales Actividad Específica, es la acción presupuestaria que tiene como finalidad la provisión de productos intermedios directos, que es condición exclusiva de la provisión de un producto Terminal y forma parte integral del programa, o proyecto que la expresa. Actividad Central, es una categoría programática, cuya producción condiciona a todos los programas. Por ejemplo: las acciones dl Despacho del Ministro condiciona a todos los Programas del Ministerio MGP. Freddy E. Aliendre España Página 23

24 Dada la dificultad de asignar a cada programa el costo indirecto que estas acciones representan, se reúne el conjunto de ellas para formar las categorías denominadas: "Actividades Centrales". Previsiones Financieras: (Partidas no asignables a programas). Esta "categoría presupuestaría" responde a la necesidad de incluir créditos financieros que no representan un costo directo empleado en la realización de actividades programadas correspondientes al ejercicio presupuestario considerado. Esta categoría incluye Créditos Especiales, Crédito Adicional, Deuda Pública, Contribución a Organismos Descentralizados y Contribución a Cuentas Especiales, etc Metodología para el Diseño de Estructuras Programáticas 34 Sin pretender cubrir al máximo nivel de detalle todos los pasos que son necesarios llevar a cabo para definir las estructuras programáticas de las instituciones públicas; a continuación se señalan las principales tareas que deben realizarse:. 1. Con base en la política presupuestaria que se la ha definido a la institución y a las operaciones que son de su responsabilidad, se determinan los bienes y servicios que constituyen la producción terminal de la misma, es decir, los productos de los programas. 2. Identificados los productos terminales, se analiza cada uno de ellos en forma individual y se determinan los bienes y servicios (productos intermedios directos desarrollados por las actividades y/u obras) cuya producción condiciona directamente a cada producto terminal. Una vez finalizada esta tarea se dispondrá de un listado de todos los productos terminales y sus respectivos productos intermedios. 34 Ministerio de Finanzas, Manual para la formación de los anteproyectos de presupuesto de los organismos de la administración central, octubre 1989, págs MGP. Freddy E. Aliendre España Página 24

25 3. Se determinan, a un nivel de cada producto intermedio directo, es decir, a nivel de cada producto de las actividades, los tipos de recursos reales y financieros que requieren, lo que permite establecer la existencia de relaciones insumo-producto perfectamente definidas a nivel de cada uno de dichos productos. 4. En forma simultánea con la determinación de los productos y de las respectivas relaciones insumo-producto, se analiza la posibilidad y relevancia de asignar y disponer de información de ejecución de los recursos reales y financieros para cada producto intermedio directo. 5. Con base en lo anterior, se tendrá determinados los centros de gestión productiva a nivel de cada uno de los productos intermedios directos (obras o actividades). Con esta tarea se logra la determinación de establecer las acciones presupuestarias simples o de mínimo nivel. Estos centros de gestión productiva deben reunir, en forma simultánea, por lo menos los siguientes requisitos: - Ser relevante en la red de condicionamiento y justificar el costo de aplicación de todo el proceso presupuestario a ese nivel. - En la asignación de recursos deben contemplar una desagregación que no se torne costosa, rígida o ineficiente al proceso integral de producción. - Contar con una unidad administrativa responsable de planificar la gestión productiva y de combinar insumos en función de productos, por tanto, una unidad en que coincidan, en forma integral, la responsabilidad de la gestión productiva, con la de ser centro formal de asignación de recursos. 6. Una vez determinadas las acciones presupuestarias de mínimo nivel (actividades), se deben definir las acciones presupuestarias agregadas o de mayor nivel, es decir proyectos, y programas. 7. Se definen los productos intermedios indirectos que condicionan a todas las acciones presupuestarias agregadas que originan producción terminal (productos intermedios de las actividades centrales). 8. Se establecen los tipos de recursos reales que requiere cada uno de los productos intermedios indirectos indicados en el paso 9 y se le aplican los criterios de posibilidad y relevancia. 9. Se gráfica la red de acciones presupuestarias. 10. Definida la red de acciones presupuestarias, se tiene todos los elementos para identificar la tecnología institucional de producción. 11. El tipo de tecnología institucional de producción establecido implicará una determinada estructuración de las categorías PROGRAMÁTICAS. A su vez, el carácter terminal o intermedio de la producción de cada una de las acciones presupuestarias, define cada una de las categorías programáticas. 12. El último paso es la determinación de la estructura programática. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 25

26 Para efectos de estandarizar las codificaciones de las distintas categorías programáticas de la estructura programática, se usaran los siguientes criterios: a) Los "Programas de Actividades Centrales" será codificado con del 00 al 09", consignado las actividades propiamente como tales con códigos empezando del 01 hasta el número que se necesite. c) Los Programas Específicos Institucionales serán codificados del 10 al 95. El siguiente código corresponde a los proyectos que también lo serán iniciándose del 0001 hasta 9999, si existiera, de lo contrario se codificara "00", y por último los códigos correspondientes a las actividades específicas del programa, que empezaran del 01 hasta 99 o al número de actividades específicas que sea necesario. d) Programa gestión de Riesgos codificado con el numero 96 e) Programa Partidas no asignables a programas. Activos Financieros" codificado 97 f) Programa Partidas no asignables a programas Otras Transferencias codificado 98 g) Programa Partidas no asignables a programas- Deudas codificado 99. Caso practico El Gobierno Municipal de Pucarani se ha propuesto como objetivos de gestión: a) Incrementar la cobertura de educación en 5% b) Mejorar y ampliar la infraestructura urbana, e c) Mejorar la capacidad productiva de los actores productivos del municipio. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 26

27 Para este propósito se ha definido realizar las siguientes operaciones: a) Construcción de un sistema de riego para la zona Este b) Apoyar la asistencia técnica en actividades pecuarias (vacuna y ovina) a los productores del municipio c) Dotación de semillas para siembra de forraje para animales d) Enlosetado de avenidas Simón Bolivar y Eduardo Abaroa e) Refacción de la Alcaldía Municipal f) Desayuno escolar para los niñ@s del municipio g) Construcción de 2 escuelas en las comunidades de Kelviri y Palcoco h) Dotación de materiales educativos a las unidades educativas del municipio i) Estudio preinversión para la instalación de alcantarillado para la capital de Pucarani El Gobierno Municipal cuenta con instancias y acciones presupuestarias: el Concejo Municipal que Norma y Fiscaliza la gestión, y el Ejecutivo Municipal que mediante su Administración Municipal ejecuta el POA. Elaborar la red de acciones presupuestarias y estructura programática correspondiente MGP. Freddy E. Aliendre España Página 27

28 5. CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS Los clasificadores presupuestarios constituyen planes de cuentas del sistema de presupuesto, mediante los cuales se ordena, se registra y se presenta información de carácter presupuestario, que será utilizada para distintos fines y tipos de análisis 5.1. Clasificadores del Gasto Los clasificadores presupuestarios del gasto, constituyen las diversas formas de presentar los gastos públicos previstos en el presupuesto, con la finalidad de analizarlos, proporcionando además información para el estudio general de la economía y de la política económica aplicada y que tiene previsto poner en vigencia el gobierno, en un período determinado. Cada sistema de clasificación destaca aspectos concretos del presupuesto y suministra información que atiende a problemas diferentes pero conexos. Independiente de las contenidas en forma implícita en la definición, las clasificaciones de los gastos públicos posibilitan, además, los siguientes objetivos: a) Son instrumentos que utilizan los organismos centrales de asignación de recursos para determinar la política presupuestaria previa en un ejercicio cualquiera. b) Permiten observar las acciones del Estado en términos de las prioridades señaladas en los planes de desarrollo. En este sentido, hacen posible apreciar las relaciones de interdependencia que se establece entre los sectores económicos y sociales. c) Sirven para la determinación del ahorro o desahorro; superávit o déficit financiero de los organismos del sector público. d) Facilitan la ejecución financiera del presupuesto. e) Ofrecen información para efectuar una eficiente gestión de los organismos públicos. f) En concordancia con el punto anterior, permiten establecer la responsabilidad de los funcionarios en la administración de los recursos reales y financieros. g) Ofrecen a los usuarios la posibilidad de conocer cuál será la demanda de bienes y servicios MGP. Freddy E. Aliendre España Página 28

29 que realizará el Estado en un determinado período. h) Son instrumentos que permiten la proyección del gasto futuro. Al respecto, no sólo son utilizadas por el Sistema Presupuestario Público, sino también por el Sistema de Planificación y por otros especialistas en el análisis del gasto público. i) Permiten realizar la programación de desembolsos Tipos de Clasificadores Las clasificaciones de los gastos comúnmente empleadas son las siguientes: 1) Institucional 2) Por Objeto del Gasto 3) Económica a) Clasificación Institucional Mediante este clasificador se agrupa a las instituciones del Sector Público en sus diferentes niveles de agregación como ser: administración central, administración descentralizadas, empresas públicas y sector público financiero, con el propósito fundamental de establecer una relación, delimitación y coordinación de funciones, jurisdicción y competencia para que el Órgano Ejecutivo pueda actuar con la eficiencia administrativa que permita el registro sistemático de las transacciones económicofinancieras que éste realice. Finalidad i) Permite establecer la responsabilidad administrativa que tiene la institución en la fase del proceso presupuestario, ante quien jurídicamente aprueba su presupuesto. ii) Posibilita la apreciación de las orientaciones que el gobierno le da al gasto, por cuanto los bienes o servicios que producen los entes públicos, coadyuvan siempre, al logro de una o más políticas. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 29

30 b) Clasificación por Objeto del Gasto SISTEMA DE PRESUPUESTO Es la clasificación que permite identificar los bienes y servicios adquiridos con las apropiaciones previstas en el presupuesto, así como el destino que se les da a las transferencias. Importancia: i) Permite uniformar la presentación de los créditos presupuestarios utilizados en la compra de los bienes o servicios públicos. ii) Relacionar los bienes y servicios adquiridos con las apropiaciones previstas en el presupuesto y ofrecer información de la demanda de bienes y servicios que adquirirá el sector público en general. iii) Facilita la programación de las compras, el manejo de los inventarios y otras acciones relacionadas con la administración de las compras y suministros. iv) Ofrece las bases para la elaboración del resto de las clasificaciones presupuestarias. v) Permite ejercer el control tanto interno como externo de las transferencias del sector público. vi) Facilitar la ejecución financiera del presupuesto y hace posible la existencia de sistemas de contabilidad presupuestaria. vii) viii) Facilita la rendición de las cuentas. Permitir el establecimiento de la responsabilidad de los funcionarios en la administración de los recursos reales y financieros. CÓDIGO DENOMINACIÓN SERVICIOS PERSONALES (grupo) Empleados permanentes (Subgrupo) Haberes Básicos (partida presupuestaria Sueldos (partida presupuestaria) Gastos por concepto de servicios prestados por el personal permanente y no permanente, incluyendo el total de remuneraciones; así como los aportes al sistema de previsión social, otros aportes y previsiones para incrementos salariales SERVICIOS NO PERSONALES Gastos para atender los pagos por la prestación de servicios de carácter no personal, el uso de bienes muebles e inmuebles de terceros, así como por su mantenimiento y reparación. Incluye asignaciones para el pago de servicios profesionales y comerciales prestados por personas naturales o jurídicas y por organismos públicos o privados MATERIALES Y SUMINISTROS Comprende la adquisición de artículos, materiales y bienes que se consumen o cambien de valor durante la gestión. Se incluye los materiales que se destinan a conservación y reparación de bienes de capital ACTIVOS REALES Gastos para la adquisición de bienes duraderos, construcción de obras por terceros, compra de maquinaria y equipo y semovientes. Se incluyen los estudios, investigaciones y proyectos realizados por terceros y la contratación de servicios de supervisión de construcciones y mejoras de bienes de dominio privado y público, cuando corresponda incluirlos como parte del activo institucional. Incluye los activos intangibles. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 30

31 50000 ACTIVOS FINANCIEROS Compra de acciones, participaciones de capital, concesión de préstamos y adquisición de títulos y valores. Incluye el incremento de saldos del activo disponible y exigible SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA Y DISMINUCIÓN. DE PASIVOS Asignación de recursos para atender el pago de amortizaciones, intereses, comisiones de corto plazo y largo plazo con residentes (Deuda Interna) y no residentes (Deuda Externa); la disminución de cuentas a pagar de corto plazo y largo plazo, gastos devengados no pagados, disminución de depósitos de Instituciones Financieras; documentos y efectos a pagar y pasivos diferidos. Incluye el pago de beneficios sociales TRANSFERENCIAS Gastos que corresponden a transacciones que no suponen contraprestación en bienes o servicios y cuyos importes no son reintegrados por los beneficiarios IMPUESTOS REGALÍAS Y TASAS Gastos realizados por las instituciones públicas destinados a cubrir el pago de impuestos, regalías y tasas OTROS GASTOS Gastos destinados a intereses por operaciones de las instituciones financieras, pago de desahucios y otros beneficios sociales. c) Clasificación Económica de los Gastos Públicos La Clasificación Económica ordena los gastos públicos de acuerdo con la estructura básica del sistema de cuentas nacionales, con el propósito de acoplar los resultados de las transacciones públicas con dicho sistema y permitir el análisis de los efectos de la actividad pública sobre la economía nacional. Conviene destacar que los efectos económicos a que se hace referencia son los originados por el monto y la composición de las transacciones, no así los causados por la actividad de regulación pública, que afecta en mayor o menor grado, la actividad económica. Los gastos se clasifican en: a) gastos corrientes b) gastos de capital c) aplicaciones financieras La disponibilidad de información financiera sobre el sector público, agrupada en función del clasificador económico, persigue entre otros, los siguientes propósitos: a) Identificar las diferentes categorías económicas de los gastos, facilitando el cálculo de indicadores al relacionar estas magnitudes con otras variables macro del sistema económico nacional. b) En conjunción con la Clasificación Económica de los recursos, posibilita determinar el déficit o superávit financiero real del sector público en su conjunto, las fuentes de financiamiento interno y externo a que el mismo recurre y la presión que ejercerá sobre la totalidad de medios de financiamiento disponibles por la economía nacional. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 31

32 c) Su estructura de cuentas se diseña a partir del plan de cuentas básicas del Sistema de Cuentas Nacionales y debe permitir el acople automático de la información que aporta a dicho sistema. d) Servir como estructura básica de cuentas para elaborar el Presupuesto Consolidado del Sector Público y para relacionar las transacciones públicas con las cuentas nacionales. e) A efecto de la Clasificación Económica, la apertura del sector público en niveles institucionales se ha realizado siguiendo los criterios que al respecto se recogen en el documento de las Naciones Unidas. Un sistema de Cuentas Nacionales y del Fondo Monetario Internacional, Manual para las Estadísticas de las Finanzas Públicas Clasificadores de recursos Los clasificadores de los Recursos Públicos están agrupados de diversas formas, ordenar y presentar a los recursos públicos con la finalidad de realizar los análisis y proyecciones de tipo económico y financiero que se requieran en un período determinado. a) Clasificación Económica de los Recursos Permite conocer el ordenamiento y desarrollo del sistema tributario vinculado con la "clasificación económica de los gastos" provee la información de base para la definición del resultado económico y financiero del sector público (Cuenta Ahorro - Inversión - Financiamiento). Tipos de Recursos Económicos: - Ingresos corrientes: son los recursos tributarios, no tributarios y de transferencias recibidos para financiar prioritariamente gastos corrientes. - Recursos de capital: provienen de la venta de bienes de uso, de muebles e inmuebles, de indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, etc. - Fuentes financieras: se originan en disminución de activos financieros de cualquier tipo - venta de bonos, utilización de disponibilidades, devolución de préstamos, etc.- y el aumento de los pasivos -consecución de préstamos, elevación de las cuentas a pagar, etc. b) Clasificación en Rubros Este clasificador agrupa a los recursos según la similitud de las operaciones que lo generan. Mediante este clasificador los diferentes usuarios pueden apreciar los recursos que recauda la institución, en atención a los diferentes rubros que participan en el financiamiento de sus gastos. Por otra parte, permite a las instituciones disponer de una información que hace posible observar los ingresos o recursos que mayor rendimiento tienen y por tanto ejercer una mejor administración de los mismos. Finalmente, el conocimiento de la estructura y evolución de los recursos por rubros permite a las instituciones, entre otros aspectos, aplicar una política de ingresos acorde con la situación económica y social que impera en el país, en un momento dado. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 32

33 GRUPO INGRESOS DE OPERACIÓN VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS INGRESOS POR IMPUESTOS SISTEMA DE PRESUPUESTO DESCRIPCIÓN Comprende los ingresos que provienen de la venta de bienes y/o servicios que produce una institución, relacionados con el objeto principal de su actividad. Los mismos son percibidos por el sector público empresarial y el sector público financiero. No corresponde deducir las comisiones y bonificaciones aplicadas de acuerdo con la política comercial las que deberán ser consideradas como gastos de comercialización. Ingresos por la venta de bienes y/o servicios de los organismos de la Administración Central del Estado, Prefecturas, Municipalidades, Instituciones de Seguridad Social, Universidades e Instituciones Públicas Descentralizadas sin Fines Empresariales. Incluye los alquileres de edificios y/o equipos. Recaudaciones por impuestos establecidos en el Sistema Tributario vigente, percibidos exclusivamente por el Tesoro General de la Nación y las Municipalidades REGALÍAS Recursos que percibe el Estado por la explotación de recursos agropecuarios, yacimientos mineros, petrolíferos y otros, clasificados según la naturaleza de la actividad que origina el derecho de su percepción TASAS, DERECHOS Y OTROS INGRESOS INTERESES Y OTRAS RENTAS DE LA PROPIEDAD CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL DONACIONES CORRIENTES TRANSFERENCIAS CORRIENTES Recursos provenientes de fuentes no impositivas como ser tasas, derechos, patentes y concesiones, contribuciones por mejoras, multas y otros. Se efectúan con contraprestación y tienen el carácter de no recuperables. Recursos provenientes de arrendamientos, alquileres, intereses, dividendos y derechos derivados de la propiedad de activos como tierras y terrenos, activos intangibles y financieros propiedad de las entidades públicas. Recursos que se generan en pagos obligatorios y voluntarios, por concepto de aportes patronales y laborales destinados a las cajas de salud, con el fin de proporcionar a los asegurados prestaciones médicas y económicas, previstas en el Código de Seguridad Social y en disposiciones del Régimen de la Seguridad Social. Recursos que provienen de entidades residentes y no residentes en el país, en calidad de donación de naturaleza voluntaria, sin contraprestación de bienes o servicios por parte de la entidad receptora y aplicable al gasto corriente. Recursos que provienen de transferencias recibidas del sector público o privado, no sujetos a contraprestación en bienes y/o servicios en cumplimiento a disposiciones legales y contractuales previstas, aplicables a gastos corrientes RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL DONACIONES DE CAPITAL Recursos que se generan como resultado de la venta de activos fijos (edificios, maquinaria y equipo, semovientes, tierras y terrenos y otros) o intangibles propiedad de las entidades públicas. Recursos percibidos por el sector público de organismos internos y externos en calidad de donación de carácter voluntario, sin contraprestación de bienes o servicios por parte de la entidad receptora, destinados a financiar gastos de capital. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 33

34 23000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL VENTA DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS DE CORTO PLAZO RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS DE LARGO PLAZO VENTA DE TÍTULOS Y VALORES DISMINUCIÓN Y COBRO DE OTROS ACTIVOS FINANCIEROS OBTENCIÓN DE PRESTAMOS INTERNOS Y DE FONDOS EN FIDEICOMISO OBTENCIÓN DE PRESTAMOS DEL EXTERIOR EMISIÓN DE TÍTULOS DE DEUDA INCREMENTO DE OTROS PASIVOS Y APORTES DE CAPITAL Recursos que perciben las entidades del sector público sin contraprestación de bienes o servicios por parte de la entidad receptora, estos recursos se destinarán a financiar gastos de capital (formación de capital y/o adquisición de activos financieros). Recursos provenientes por la venta de acciones y cuotas partes de capital de otras empresas públicas o privadas, nacionales o internacionales, registradas en su oportunidad en la cuenta de Acciones y Participaciones de Capital. Recursos originados por la recuperación de préstamos a corto plazo otorgados al sector privado, público y externo, registrados en su oportunidad en la cuenta Concesión de Préstamos a Corto Plazo. Recursos originados por la recuperación de préstamos de largo plazo otorgados a los sectores privado, público y externo; registrados en oportunidad de su otorgación en la partida Concesión de Préstamos a Largo Plazo. Asimismo, incluye las recuperaciones por afectaciones al Tesoro General de la Nación. Recursos originados por la venta de títulos y valores registrados en su oportunidad como Inversión Financiera que no otorgan propiedad sobre el patrimonio de los entes emisores, ni reconocen derechos al valor residual y a la renta residual de las sociedades. Fuentes financieras que se originan en la disminución neta de saldos de cuentas del activo disponible y del activo exigible que constituyen las instituciones públicas. Incluye el cobro de recursos devengados no cobrados en gestiones anteriores aplicados por el Sector Público. Recursos generados en la realización de operaciones de crédito público interno a corto y largo plazo, efectuado por una institución pública, con instituciones financieras bancarias y no bancarias residentes en el país, prevista en el ordenamiento legal vigente. Asimismo, comprende el financiamiento por afectaciones al Tesoro General de la Nación. Recursos generados en la realización de operaciones de préstamos externos a corto y largo plazo, efectuado por una institución pública, con entidades financieras no residentes en el país, prevista en el ordenamiento legal vigente. Recursos generados por la emisión de títulos de deuda interna y externa tanto de corto plazo como de largo plazo garantizados con instrumentos de deuda, de acuerdo a disposiciones legales vigentes. Fuentes financieras que se originan en los incrementos netos de saldos de la deuda a corto plazo y largo plazo documentada o no, los aumentos de pasivos diferidos y las variaciones positivas de los depósitos que constituyen las instituciones financieras. El incremento de estos pasivos debe ser calculado por las instituciones públicas con excepción de la Administración Central del Estado. Incluye los aportes de capital tanto del sector público como privado. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 34

35 d) Por Organismos Financiadores Esta clasificación agrupa a diferentes entidades crediticias: internas, externas multilaterales externas bilaterales u otras, que financian los gastos que se efectúan en un período determinado. Se identifican en el presupuesto de recursos a través de su código correspondiente e) Clasificador por Fuente de Financiamiento Esta clasificación permite a los organismos centrales de asignación de recursos y a los demás entes que conforman el sector público, conocer donde se originan los recursos que les permiten financiar sus gastos. MGP. Freddy E. Aliendre España Página 35

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