AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. 10

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. 10"

Transcripción

1 Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona Concurso de Acreedores 930/2015-C PLUS POWER S.A. Sección 5ª. Plan de Liquidación AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. 10 VÍCTOR MARROQUÍN SAGALÉS, abogado, persona designada por BUFETE MARROQUIN ABOGADOS Y ECONOMISTAS, Administrador Concursal nombrado en el concurso de acreedores de la mercantil PLUS POWER, S.A., según consta acreditado en los autos al margen referenciados, con la voluntad de cumplir con los requisitos exigidos por la Ley, ante este Juzgado DIGO: Que, en cumplimiento del requerimiento contenido en el Auto de fecha 29 de enero de 2016, en el que se acordaba la apertura de la fase de liquidación paso a presentar el PLAN DE LIQUIDACIÓN a que se refiere el Art. 148 de la Ley Concursal, con base en las siguientes 1.- CONTEXTO DE LA LIQUIDACIÓN CONSIDERACIONES Aun cuando la prioridad en la liquidación concursal es la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de algunos de ellos, en el presente concurso de acreedores nos hallamos ante una sociedad, PLUS POWER S.A., que cesó su actividad con anterioridad a la declaración de concurso y que carece de trabajadores en su plantilla, de forma que a día de la fecha no existe unidad productiva autónoma susceptible de realización. Por tanto, a continuación se relacionan los activos objeto del Plan de Liquidación y los sistemas de realización que se proponen para los mismos, de conformidad a las previsiones contenidas en los artículos 148, 149 y 155 de la Ley Concursal, teniendo en cuenta la situación y naturaleza de los activos, procurando con los sistemas de realización la optimización de la liquidación. 2.- BIENES Y DERECHOS OBJETO DEL PLAN LIQUIDACIÓN. INVENTARIO DE LA MASA ACTIVA Inventario de bienes y derechos. Son objeto del Plan de liquidación todos los bienes y derechos que forman parte de la masa activa relacionada a continuación y que son realizables económicamente. 1

2 Son los que se resumen a continuación: ACTIVO VALOR INVENTARIO A) ACTIVO NO CORRIENTE ,34 I. Inmovilizado intangible Aplicaciones informáticas 0,00 II. Inmovilizado material ,34 Terrenos y Construcciones ,34 Mobiliario 4.556,00 Maquinaria Equipos para el proceso de información 0,00 V. Inversiones financieras a l/p 0,00 VI. Activos por impuestos diferidos 0,00 B) ACTIVO CORRIENTE ,24 II. Existencias ,25 III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 6.724,29 IV. Inversiones financieras a c/p 0,00 V. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes 1.874,70 Caja social 0,00 Cuentas Bancarias 1.874,70 T O T A L A C T I V O ,58 No son realizables, en principio, el inmovilizado intangible, ni las inversiones financieras a largo y corto plazo, activos por impuestos diferidos, los equipos para el proceso de información, todos ellos sin valor de realización, tal y como se relaciona en el anterior resumen del inventario. Deben realizarse las siguientes consideraciones en relación a los activos objeto de realización en el Plan de liquidación Inmovilizado material: Terrenos y construcciones. La partida de terrenos y construcciones está integrada únicamente por la nave industrial donde la Concursada desarrollaba su actividad económica y cuyos datos registrales se resumen a continuación: DATOS DE LA FINCA: Referencia Catastral: /DF0977S/0016/SZ Datos Registrales: Tomo: 2866 Libro: 164 de ABRERA Folio: 112 Finca: 7888 IDUFIR: IDENTIFICACION: URBANA: entidad número dieciséis. Recinto o nave industrial número dieciséis, Módulo o Illa- B, con frente a la calle Camí del Progrés, número veintiocho del Polígono Industrial "Sant 2

3 Ermengol II", en la población de Abrera. Tiene una superficie total construida de setecientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Compuesta de dos plantas denominadas planta baja, con una superficie de quinientos noventa y cuatro metros cuadrados, y planta piso, con una superficie de ciento cincuenta y un metros cuadrados; estando ambas plantas comunicadas entre sí mediante una escalera interior y de uso privativo. LINDA, la nave en su conjunto: al frente, noreste, mediante vial privado, con zona de aparcamiento y mediante esta con parcela destinada a equipamiento público; derecha, noroeste, con la nave número quince; izquierda, sureste, con la nave número diecisiete; y fondo, suroeste, con las naves números catorce y dieciocho. CUOTA: se le asigna una cuota de participación en los elementos y cosas comunes del total edificio del que forma parte, del 4,16 por ciento. TITULO: Titular/es: PLUS POWER SA, con DNI/CIF A Participación: La total finca Título : COMPRAVENTA Notario : FRANCISCO ARMAS OMEDES Población : BARCELONA Fecha escritura: 30/12/2009 Inscripción : 2ª Fecha inscripción: 29/01/2010 Tomo/Libro/Folio: 2688/124/95 Finca : 7888 CARGAS: Sobre dicho inmueble recaen varias cargas hipotecarias a favor de BANCO POPULAR, S.A. y CAIXA BANK, S.A., según consta en la nota simple solicitada al Registro de la Propiedad nº 3 de Martorell en fecha 23/12/2015. Se adjunta como Anexo I copia de la nota simple del Registro de la Propiedad donde se muestra el detalle de las citadas cargas que recaen sobre el inmueble Mobiliario Bajo este epígrafe se incluyen los bienes de mobiliario que se detallan en el siguiente cuadro: MOBILIARIO ( ) descripción Valor de Amortización Valor neto adquisición Acumulada contable Estanterías 9.999, , ,29 Estanterías mecánicas , ,75 0,00 Estanterías mecánicas 505,75 505,75 0,00 Bastidor 763,29 753,36 9,93 Bastidor 695,40 641,76 53,64 Estanterías 5.837, ,78 975,50 Estanterías metálicas 130,47 96,01 34,46 Estanterías metálicas 1.507, ,28 476,73 Estanterías 1.309,94 647,18 662,76 13 mesas, 20 sillas, 12 armarios grandes, 9 armarios pequeños y 16 estanterías , ,39 11,64 TOTAL , , , Maquinaria Si bien es cierto que los activos integrantes de esta partida están totalmente amortizados, no es menos cierto que la maquinaria detallada en el siguiente cuadro posee cierto valor económico y 3

4 que, por lo tanto, debe de ser liquidada de conformidad con lo dispuesto en el presente Plan de Liquidación. MAQUINARIA ( ) descripción Valor de Amortización Valor neto adquisición Acumulada contable Toro eléctrico , ,38 0,00 Traspalet manual 437,54 437,54 0,00 Traspalet eléctrico 4.207, ,08 0,00 TOTAL , ,00 0,00 Según se desprende del inventario de la masa activa que se presentó junto con el informe provisional en fecha 25 de enero del corriente, dicha partida fue valorada en 3.900, Activo corriente: Existencias. Son los activos que la sociedad ha adquirido con el fin de ser vendidos en el curso normal de la explotación, activos en proceso de producción o simples materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción. Compone este grupo las mercaderías, materias primas, otros aprovisionamientos, productos en curso, productos semi-terminados y productos terminados. El valor que esta Administración Concursal otorga a esta partida asciende a un importe de ,25 euros. Sin embargo, cabe destacar que existe un embargo sobre dichas existencias por valor de ,74, el cual fue realizado por parte del Juzgado de lo Social nº 5 de Barcelona, de acuerdo con la documentación facilitada por la concursada a esta Administración concursal. El detalle de esta partida se adjunta como Anexo II Clientes y deudores. Dentro de esta partida se encuentran los saldos de los clientes y deudores pendientes de cobro. 3.- LOTES Y SISTEMAS DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS QUE INTEGRAN LA MASA ACTIVA REALIZABLE Como hemos hecho referencia en el apartado 1 (Contexto de la Liquidación), la realización de los activos en conjunto, como un todo, no es posible si atendemos a que la actividad de PLUS POWER, S.A. ha cesado. Teniendo en cuenta la naturaleza de los activos, la prioridad en optimizar y maximizar el valor de realización y las reglas legales de liquidación, esta Administración concursal propone la agrupación de los activos liquidables en los siguientes LOTES, estableciendo en cada caso el sistema de realización aplicable: 4

5 LOTE 1: Terrenos y construcciones. Integra este lote la nave industrial de la que es propietaria la concursada, sita en Abrera y que se ha descrito en el apartado de este Plan. Su valor de liquidación es de ,34. Tras la modificación operada en la Ley Concursal por la Ley 9/2015 de 20 de mayo (aplicable a la fase de liquidación del presente Concurso), las reglas previstas en el art. 149,2,3,4 y 5 aplican obligatoriamente al contenido del plan de liquidación que presente la administración concursal. A falta de resoluciones judiciales que aclaren el alcance de la reforma, podrían existir dudas de si la enajenación directa del activo que integra el Lote 1, no es posible pues la realización del bien inmueble afecto al pago del privilegio especial debe realizarse en subasta una vez ha cesado la actividad del deudor concursado y, por tanto, no contemplarse la venta de las unidades productivas. En opinión de esta Administración Concursal la realización del Lote 1 en un sistema distinto a la subasta (por ejemplo, mediante adjudicación directa a la mejor oferta que se propone en la Fase 1 a la que nos referiremos a continuación) debe ser posible cuando, en todo caso, se protejan los intereses del acreedor con privilegio especial que es lo que pretende principalmente el art de la Ley Concursal y, además, se optimiza el valor de realización. Teniendo en cuenta la naturaleza del activo, los preceptos legales aludidos, la vocación de dar el máximo rendimiento a la liquidación con el fin de obtener el máximo valor de realización para alcanzar el máximo grado de satisfacción de los acreedores, esta Administración concursal propone la realización del lote 1 en las siguientes Fases: A.- Fase 1: realización mediante adjudicación directa. Reglas. Con el fin de optimizar el valor realización de los activos que integran el Lote 1 se propone una primera fase en su realización, Fase 1, por un término máximo de 6 meses desde la aprobación del Plan de liquidación, en el que se permitirá la presentación de ofertas por el Lote 1, sujetándose a las siguientes reglas: i. Cualquier oferta presentada en esta fase tendrá carácter vinculante para el ofertante. ii. iii. iv. Para participar en la licitación de los activos del Lote 1, será requisito indispensable la consignación de en la cuenta de consignaciones del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, debiendo acompañarse con la oferta copia del resguardo que acredite la consignación. La oferta indicará el precio por el Lote 1 sobre el que se está ofertando. El precio ofrecido será neto, sin considerar ni incorporar los impuestos que graven la adquisición de los activos que integran el lote. El precio ofrecido deberá pagarse al contado, en el plazo y forma que a continuación se hará referencia. 5

6 v. Las ofertas, que en ningún caso podrán estar condicionadas, deberán presentarse por escrito a la Administración Concursal, debiendo indicar los datos completos del oferente (nombre, dirección, población, NIF, correo electrónico y teléfono de contacto). vi. Las ofertas por el Lote 1 no podrán ser inferiores en ningún caso al 80% del valor de liquidación fijado en el presente plan, esto es vii. No obstante lo anterior, se admitirán ofertas que contemplen la transmisión del Lote 1 por el valor del crédito clasificado con privilegio especial pero con subsistencia del gravamen siempre y cuando la oferta acompañe una carta o certificación en la que indubitada y expresamente se manifieste por los acreedores privilegiados su consentimiento y aceptación a la transmisión con subsistencia del gravamen y, por tanto, a la subrogación del adquirente en las obligaciones de pago derivados de los créditos que otorgan el privilegio especial. A efectos meramente informativos, el privilegio especial que afecta a las fincas registrales que integran este Lote 1 se establece en ,82, según textos definitivos presentados por esta Administración concursal en fecha 29 de febrero de viii. La Administración Concursal vendrá obligada a presentar ante el Juzgado Mercantil 10 toda oferta recibida que supere el 80% del valor de liquidación, en el plazo de 5 días hábiles desde su recepción. ix. Presentada la oferta de compra del Lote 1 en el Juzgado, el Juez del Concurso dará traslado a todos los personados, publicándolo también en el tablón de anuncios del propio Juzgado, concediendo un plazo de 10 días hábiles para que cualquier interesado pueda presentar mejor oferta cumpliendo el requisito previo de consignación de antes señalado. x. En caso de que, dentro de dichos diez días hábiles estipulados, se presentare mejor postor, el juez señalará una comparecencia en acto único de todos los ofertantes que hubieran presentado postura ante el Juzgado, en la que se presente mejora en plica cerrada respecto del mejor precio ofertado por el Lote 1, declarándose como oferta ganadora del proceso de adjudicación del Lote 1 la que finalmente ofrezca, en su caso, un precio mayor. En caso de no existir mejor postor en el plazo de 10 días hábiles indicado, se dictará resolución señalando como oferta ganadora del proceso de adjudicación del Lote 1 la presentada por la Administración Concursal. xi. xii. En cualquiera de los supuestos previstos en el anterior epígrafe, el oferente declarado como ganador del proceso de adjudicación del Lote 1 tendrá 10 días hábiles a contar desde dicha declaración para consignar en el Juzgado Mercantil (en la misma cuenta del depósito referido en el epígrafe (ii) de esta fase) el diferencial entre el depósito efectuado ( ) y el precio ofrecido por el Lote del que resulte adjudicatario. Justificado el ingreso en la cuenta de consignaciones en el referido plazo, procederá la adjudicación de los bienes integrados en el Lote 1 mediante Auto. 6

7 xiii. xiv. xv. xvi. Conforme a lo previsto en el art. 149, 5 LC, en el Auto de adjudicación del bien que integra el Lote 1 se dispondrá la cancelación de todas las cargas que, en su caso, existan anteriores a la declaración del concurso. En caso de que no se haya consignado judicialmente el precio por el mejor postor, el derecho de adjudicación corresponderá al postor que haya presentado la segunda mejor oferta en el proceso de presentación de ofertas previsto, quien deberá proceder a la consignación del precio en el mismo plazo; y así sucesivamente hasta que se produzca la consignación y adjudicación. La Administración concursal informará cumplidamente de tal hecho a los postores sucesivos. Desde el momento en que se tenga conocimiento de que no ha resultado su oferta la mejor y que no se da la adjudicación sucesiva por falta de consignación, los oferentes podrán solicitar la devolución del depósito consignado. El oferente que hubiera presentado la mejor oferta, incluyendo los sucesivos, que no consigne el precio ofertado en el plazo indicado, perderá el depósito en favor del concurso de acreedores. xvii. En cualquiera supuesto, el oferente o postor que resulte adjudicatario del Lote 1, renunciará a cualquier reclamación por cualesquier defectos incluso ocultos en los bienes objeto de liquidación, por el mero hecho de participar en la licitación, conocer el estado de conservación, situación jurídica y uso de los bienes objeto de liquidación. Por otra parte, en opinión de esta Administración concursal, la propuesta de realización que contempla la Fase 1 es de claro interés para el concurso, puesto que maximiza el valor de realización a la vez que protege los intereses de los titulares de los créditos con privilegio especial, por ser obligatorio un precio mínimo superior a la deuda hipotecaria (lo que en realidad es lo que persigue el art LC) y se protegen los intereses del concurso de acreedores por respetar la mayor concurrencia posible a la realización. Al respecto cabe destacar el reciente Auto del Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid de 1 de septiembre de 2015, que establece lo siguiente en relación con la realización de los bienes afectos a privilegio especial en el marco de la liquidación: Es cierto que el art refiere la cesión en pago o para pago a favor del acreedor privilegiado especial, a instancia de la AC o del propio acreedor privilegiado, pero esa previsión no está contemplada en cualquier fase del concurso y desde luego no supone excepcionar la voluntad del acreedor. En este sentido el apartado cuarto del art 155 comprende tres párrafos. En el primero se establece la regla general de realización mediante pública subasta como regla de mantenimiento del valor de la garantía. Esa regla general se excepciona en el mismo párrafo en relación con uno de los mecanismos solutorios del concurso, como es el convenio, lo que a su vez hemos de relacionarlo con lo dispuesto en el art de la LC, referido a la prohibición de la cesión de bienes a los acreedores como contenido del convenio con la excepción del art En este párrafo donde se excepciona la necesidad de consentimiento del acreedor privilegiado especial, pero no porque se le pueda imponer la dación o cesión en pago, sino por la eficacia subjetiva del convenio y la imposibilidad de que el acreedor privilegiado quede vinculado por el mismo contra su voluntad (art 134 LC). Por el 7

8 contrario cuando la dación se quiere articular en liquidación es de aplicación el párrafo segundo del mismo precepto, que se refiere a la realización fuera de convenio, comprensivo por tanto de la realización del precepto en cualquier fase del concurso, ya sea liquidación o fase común. En este caso la norma no contiene ya referencia alguna a la dación o cesión para pago o en pago de acreedores, sin embargo no debemos entender que la misma quede excluida, siempre que esté prevista en el plan de liquidación (art 148 LC). Ahora bien incluso en ese caso y como señala la STS de 23 de julio de 2013, será necesario que se respeten los derechos del acreedor hipotecario contemplados en el art 155 de la LH. ( ) Haciendo interpretación conjunta del citado apartado 4º en relación con el apartado 3º del art. 155 L.Co. resulta, a criterio de éste Tribunal: (i) que atendiendo al volumen, características, circunstancias del mercado, existencia o no de interesados ciertos en la adquisición y demás elementos fácticos concurrentes, el Juez del concurso y dentro del plan de liquidación podrá autorizar la venta directa de dichos bienes inmuebles, su dación en pago o para pago, o su realización mediante subasta; pudiendo tales medios de realización articularse de modo único o alternativo, incluso de modo acumulativo; (ii) que de optarse por la venta directa o por la dación en pago o para pago [-sea a favor de acreedor hipotecario o sea a favor de tercero-] el precio mínimo obtenido deberá permitir la extinción total del crédito con garantía hipotecaria, salvo que de modo acumulativo el deudor y la entidad acreedora hipotecaria autoricen una rebaja de dicho precio; en cuyo caso se producirá una extinción parcial del crédito privilegiado siendo calificado de ordinario el resto del importe [art en relación con el art. 157 L.Co.] La importancia de este reciente Auto estriba en que no modifica un ápice la interpretación de la realización de los bienes afectos a privilegio especial dentro de la liquidación por efecto de la modificación operada en el art. 149,2 LC por la Ley 9/2015, subrayando que el art. 155,4 lo que contempla es un sistema de protección del acreedor privilegiado. Protegidos los intereses de los acreedores con privilegio especial en el presente Plan de Liquidación, no vemos inconveniente legal para admitir el sistema de realización previsto en la Fase 1. B.- Fase 2: Subasta judicial. En el supuesto de que resultare desierta la realización del activo integrado en el Lote 1 en la Fase 1, se procederá a su realización mediante subasta judicial. La subasta judicial se celebrará conforme a las normas establecidas en los arts. 643 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil con las salvedades propias de una ejecución colectiva en que no hay propiamente ejecutante. En concreto, se establecen las siguientes reglas: - No serán de aplicación las normas contenidas en los artículos 647.3, 650 (excepto su apartado 7º) y 651 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya que no hay propiamente ejecutante, por lo que debe prohibirse la cesión de remate a tercero. - Los postores deberán consignar el 5% (28.366,00 ) del valor de tasación/liquidación ( ,34 ) para poder tomar parte en la subasta. 8

9 - Se admitirán todo tipo de posturas, cualquiera que sea su importe, si bien queda supeditada la aprobación del remate y adjudicación ulterior, a su valoración por la Administración Concursal y a la aprobación judicial, en particular cuando la mejor postura resulte inferior al 50% de la valoración de los bienes, y todo ello siempre en atención al interés de concurso. - La enajenación conforme a lo dispuesto en el art. 149 LC, se verificará sin subsistencia de los gravámenes, destinándose la cantidad que se obtenga para la realización de dicho activo al pago de créditos hipotecarios y de existir remanente, al pago de los demás créditos, en el orden oportuno. - En caso de que lo obtenido en la relación del bien no cubriera íntegramente los créditos clasificados con privilegio especial, la diferencia no satisfecha tendrá la clasificación que le corresponda conforme a lo dispuesto en el art. 157 en relación con el art , ambos de la Ley Concursal. - La celebración de la subasta, que se realizará conforme a lo dispuesto en los arts. 648 y 649 LEC con las modificaciones derivadas de las reglas anteriores, se anunciará en la forma prevenida en los arts. 644 a 646 LEC, sin perjuicio de que por la Administración Concursal puedan aportarse las demás medidas de publicidad e la subasta que considere oportunas, siempre que no conlleven un gasto adicional para el concurso. - El precio del remate deberá satisfacerse en el plazo de los DIEZ días hábiles siguientes a la aprobación del remate, dictándose la oportuna resolución en orden a la adjudicación una vez satisfecho el mismo en su integridad, disponiendo la cancelación de todas las cargas que, en su caso, existan anteriores a la declaración del concurso. LOTE 2: Mobiliario y Maquinaria Integra este lote el conjunto de mobiliario y maquinaria, que se halla depositado en la nave de titularidad de la concursada. La valoración en junto de estas partidas en el inventario de bienes y derechos que se acompañó junto con el informe provisional y, por tanto, el valor de realización de referencia del Lote 2, asciende a ,95. Se propone como sistema de realización la adjudicación directa a la mejor oferta, ya sea por activos individuales o conjunta, que se presente a la Administración Concursal dentro de un plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha en que se dicte el auto de aprobación del Plan de liquidación. En el supuesto de que no se obtuvieran ofertas de adquisición por los referidos activos, la Administración Concursal procederá a donarlos a cualquier organización sin ánimo de lucro que pudiera estar interesada en la reutilización del mobiliario, o procurará su depósito en los vertederos autorizados. 9

10 LOTE 3: Existencias. Tal y como se ha avanzado en el anterior punto del presente Plan, los activos que integran este LOTE nº 3 son las existencias detalladas en el Anexo II, cuyo valor de liquidación fue fijado en por esta Administración concursal en ,25 euros. En este sentido, cabe destacar que en fecha 3 de noviembre de 2015, es decir, 23 días antes de la declaración de concurso de la compañía PLUS POWER S.A., el Juzgado de lo Social nº 5 de Barcelona dictó Diligencia de embargo en virtud de la cual se embargaron las existencias de la concursada que se detallaban en 10 folios (véase el detalle de las mismas en el Anexo II) y cuyo valor de coste asciende a ,74. Así las cosas, mediante escrito de fecha 8 de marzo de 2016, esta Administración concursal puso en conocimiento del Juzgado de lo Social nº 5 de Barcelona, ante el cual se está tramitando el Procedimiento de Ejecución nº 1162/2015, que la mercantil PLUS POWER se halla en concurso de acreedores. Habida cuenta de que al amparo de lo dispuesto en el art de la LC hasta la aprobación del Plan de Liquidación podrán continuarse ( ) las ejecuciones laborales en las que se hubieran embargado bienes del concursado, todo ello con anterioridad a la fecha de declaración del concurso, esta Administración concursal procede a incluir las existencias embargadas entre los activos a liquidar de conformidad con lo dispuesto en el presente Plan, pues hasta la fecha las mismas no han sido realizadas en el seno del referido procedimiento ejecutivo nº 1162/2015; y en cualquier caso, admitir la realización de las mismas de forma separada al procedimiento de ejecución universal, sería reconocer un privilegio a los ejecutantes singulares que no tienen reconocido en la Ley Concursal. Para el negado supuesto de que dichas existencias fueran objeto de realización en el ámbito del procedimiento ejecutivo nº 1162/2015 antes de que se dictara Auto aprobando el presente Plan, dicho activos ya no serían liquidados de conformidad con el sistema que se prevé a continuación. Para los referidos activos, se propone como sistema de realización la adjudicación directa a la mejor oferta, ya sea por activos individuales o conjunta, que se presente a la Administración concursal dentro de un plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha en que se dicte el auto de aprobación del Plan de liquidación. Finalmente, en el supuesto de que no se obtuvieran ofertas de adquisición por los referidos activos en el plazo indicado, la Administración concursal procederá a liquidarlos como chatarra. LOTE 4: Cuentas a cobrar. La Administración concursal proseguirá las gestiones que correspondan, a fin de recuperar las cantidades pendientes de cobro que arrojan las cuentas de saldos deudores, hasta la finalización del periodo de liquidación. La administración concursal podrá transaccionar con los deudores, tras las averiguaciones pertinentes sobre las posibilidades de cobro de las deudas. 10

11 Se informará en los sucesivos informes de liquidación del estado de las acciones de requerimiento y recuperación que se sigan. 4.- FLEXIBILIDAD DE PLAZOS EN LOS DISTINTOS SISTEMAS DE REALIZACIÓN Se hace constar expresamente que los distintos sistemas y fases de realización propuestos en el presente Plan de Liquidación, si bien se les ha asignado un plazo temporal para su ejercicio, el mero transcurso de dicho plazo no comportará automática y necesariamente el paso a la siguiente fase o sistema de realización y la imposibilidad de su prórroga, si el Administrador Concursal estimara que concurren razones y circunstancias que, en beneficio del Concurso, aconsejen prolongar el plazo de la fase vencida y de su correspondiente sistema de realización, pudiendo acogerse la Administración Concursal a cualquiera de los sistemas de realización propuestos en el presente Plan de liquidación si ello favorece la mejor realización y liquidación de los activos de la Concursada. 5.- PAGO A ACREEDORES El pago de los acreedores se realizará conforme a lo regulado en los artículos 154 y siguientes de la Ley Concursal así como cualesquiera otros de aplicación a aquéllos. En el hipotético caso de esta Administración concursal entienda que la realización de los activos en la presente liquidación previsiblemente no sea suficiente para atender la totalidad de los créditos contra la masa generados, se atenderán dichos créditos en base a lo estipulado en el punto 2 del artículo 176 bis LC. En su virtud, AL JUZGADO SUPLICAMOS que tenga por presentado este escrito junto con sus copias y documentos que lo acompañan, y evacuando el trámite conferido a esta parte mediante Auto de fecha 29 de enero de 2016, tenga por presentado PLAN DE LIQUIDACIÓN en el Concurso de acreedores de PLUS POWER, S.A. y, previo traslado a las partes personadas y su puesta de manifiesto en la Secretaría del Juzgado a los efectos previstos en el referido precepto legal, disponga su aprobación con los pronunciamientos legales oportunos. En Barcelona, 14 de marzo de

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2 JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2 PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD CEVEDIS,

Más detalles

CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016

CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016 CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016 EXTRACTO OFERTA VINCULANTE DE COMPRA DE UNIDAD PRODUCTIVA CONDICIONES DE VENTA DON JAUME LLOP BARCONS, en representación de AC

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

Plataforma de Rendición de Cuentas. Juego de reglas de validación de cuentas (2015)

Plataforma de Rendición de Cuentas. Juego de reglas de validación de cuentas (2015) Plataforma de Rendición de Cuentas Juego de reglas de validación de cuentas (2015) Índice 1. VALIDACIONES QUE IMPIDEN EL ENVÍO DE LA CUENTA GENERAL... 3 2. VALIDACIONES NO ARITMÉTICAS... 4 3. MODELO NORMAL...

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 714/2014-C2

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 714/2014-C2 JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 714/2014-C2 PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD VILDIS,

Más detalles

JDO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 Y DE LO MERCANTIL DE JAEN

JDO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 Y DE LO MERCANTIL DE JAEN JDO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 Y DE LO MERCANTIL DE JAEN Arquitecto Berges nº 16 Tlf.: 953 012733. Fax: 953 012735 NIG: 2305042M20120000239 Procedimiento: Apertura Sección 310.05/2012. Negociado: Sobre De: D/ña.

Más detalles

1.- CONSIDERACIONES PREVIAS.-

1.- CONSIDERACIONES PREVIAS.- Este inventario lo formula el AC designado en el expediente de Concurso Voluntario 301/2016 de la mercantil MADRE MIA DESIGN, S.L., que se tramita ante este Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona, y que contiene

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

Expedientes de Regulación de Empleo

Expedientes de Regulación de Empleo Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:

Más detalles

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión

Más detalles

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-Salamanca: Electricidad 2011/S

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-Salamanca: Electricidad 2011/S 1/6 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:349270-2011:text:es:html E-Salamanca: Electricidad 2011/S 214-349270 Anuncio de licitación Suministros Apartado I:

Más detalles

EDICTO DE VENTA MEDIANTE GESTION DIRECTA DOÑA TERESA ARRIBAS ROS, DIRECTORA DEL ORGANISMO AUTONOMO DE GESTION RECAUDATORIA DE CARTAGENA.

EDICTO DE VENTA MEDIANTE GESTION DIRECTA DOÑA TERESA ARRIBAS ROS, DIRECTORA DEL ORGANISMO AUTONOMO DE GESTION RECAUDATORIA DE CARTAGENA. EDICTO DE VENTA MEDIANTE GESTION DIRECTA DOÑA TERESA ARRIBAS ROS, DIRECTORA DEL ORGANISMO AUTONOMO DE GESTION RECAUDATORIA DE CARTAGENA. HACE SABER: De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 107 del

Más detalles

BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A.

BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. 14ª EMISION DE CÉDULAS HIPOTECARIAS Importe nominal 1.500.000.000,- Euros. Vencimiento: Enero de 2017 Emisión a realizar bajo el Documento de Registro de Banco Santander

Más detalles

Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal

Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal NOVEDADES EN LEY CONCURSAL Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones concursales recientemente

Más detalles

Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS)

Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS) Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS) Jornada del 23 de junio de 2015 Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA N.º 128 JUEVES 5 DE JULIO DE 2012 Pág. 25

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA N.º 128 JUEVES 5 DE JULIO DE 2012 Pág. 25 N.º 128 JUEVES 5 DE JULIO DE 2012 Pág. 25 Nº de orden: 446 / O12 IV. Administración Local Ayuntamientos Salamanca Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación Interesado: AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA

Más detalles

I) Aclaraciones de carácter general:

I) Aclaraciones de carácter general: CUESTIONES RELATIVAS A LAS VALIDACIONES APLICABLES A LAS CUENTAS GENERALES QUE SE FORMULEN A PARTIR DEL EJERCICIO 2015, DE ACUERDO A LAS NUEVAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD APROBADAS POR ORDEN HAP 1781/2013,

Más detalles

PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS 25 años de Experiencia PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS SERVICIO INTEGRAL DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES

Más detalles

RESUMEN REAL DECRETO 892/2013, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL

RESUMEN REAL DECRETO 892/2013, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL RESUMEN REAL DECRETO 892/2013, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL Introducción Los problemas que se fueron detectando tras la entrada en vigor de la Ley 22/2003, de

Más detalles

El Consejo de Administración de Telefónica, S.A., en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2000, aprobó el establecimiento de un

El Consejo de Administración de Telefónica, S.A., en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2000, aprobó el establecimiento de un INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE TELEFONICA, S.A., EN RELACION CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MEDIANTE LA AMORTIZACIÓN DE ACCIONES PROPIAS, CON EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE OPOSICIÓN

Más detalles

A U T O EL/LA MAGISTRADO-JUEZ D./Dª. ANA ISABEL VIAÑA RANILLA. En Santander, a 27 de mayo de 2013.

A U T O EL/LA MAGISTRADO-JUEZ D./Dª. ANA ISABEL VIAÑA RANILLA. En Santander, a 27 de mayo de 2013. JUZGADO DE LO MERCATIL Nº 1 CONCURSO VOLUNTARIO Nº 195/2013 A U T O EL/LA MAGISTRADO-JUEZ D./Dª. ANA ISABEL VIAÑA RANILLA. En Santander, a 27 de mayo de 2013. HECHOS PRIMERO.- Por la Procuradora Doña Esther

Más detalles

2. EL PLAN CONTABLE. Un PLAN DE CONTABILIDAD es el conjunto de cuentas que la empresa utiliza.

2. EL PLAN CONTABLE. Un PLAN DE CONTABILIDAD es el conjunto de cuentas que la empresa utiliza. 2. EL PLAN CONTABLE 2.1 QUE ES EL PLAN CONTABLE Un PLAN DE CONTABILIDAD es el conjunto de cuentas que la empresa utiliza. Para elaborar un PLAN DE CONTABILIDAD se hace una relación de todas las cosas que

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 268 Viernes 5 de noviembre de 2010 Sec. V-A. Pág. 121947 V. Anuncios A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones MINISTERIO DE FOMENTO 37740 Resolución de fecha

Más detalles

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones; Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación

Más detalles

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo) Consejería de Sanidad y Políticas Sociales JUNTA DE EXTREMADURA Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo Avenida de las Comunidades, s/n 06800 MÉRIDA http://www.gobex.es Teléfono:

Más detalles

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 DE SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA OBJETO: El objeto de la convocatoria a licitación de la Cartera

Más detalles

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10)

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) 1 2 3 OPEN BANK SANTANDER CONSUMER, S.A. Epígrafe 10 Página 4 de 5 Entrada en vigor 02.02.2009 OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) Nota 1 Las

Más detalles

Contrato de arras en una compraventa

Contrato de arras en una compraventa Contrato de arras en una compraventa En la ciudad de a de de. REUNIDOS De una parte, D./ DÑA, mayor de edad, separado/a judicialmente, con domicilio en en calle, nº y portador del D.N.I. número De otra

Más detalles

En este sentido entre las obligaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal (en los términos previstos tras su reforma, operada por la

En este sentido entre las obligaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal (en los términos previstos tras su reforma, operada por la Informe 0292/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y a su Reglamento de desarrollo, Real Decreto

Más detalles

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES. Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES. Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo 2009 Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo PONGA EN PRÁCTICA SU CONOCIMIENTO Resuelva los casos prácticos a continuación y ponga así

Más detalles

ANUNCIO recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia

ANUNCIO    recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia ANUNCIO Mediante Resolución núm. 186-TC, de fecha 12 de abril de 2016, dictada por la Concejal- Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, se ha dispuesto: Primero.- Aprobar las Bases por las que ha

Más detalles

En cumplimiento con las disposiciones que establecen los artículos 58 y 73 de

En cumplimiento con las disposiciones que establecen los artículos 58 y 73 de DATOS GENERALES En cumplimiento con las disposiciones que establecen los artículos 58 y 73 de la Ley de Bienes del Estado de Tamaulipas, 1, 3, 6, 23, 24 y 31 de la Ley de Adquisiciones para la Administración

Más detalles

España-Badajoz: Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con carreteras y otros equipos 2016/S

España-Badajoz: Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con carreteras y otros equipos 2016/S 1 / 5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:195236-2016:text:es:html -Badajoz: Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con

Más detalles

Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES

Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES HOSPITAL MIGUEL SERVET D. con D.N.I. nº domiciliado en calle o plaza nº teléfono: Como de la firma comercial (propietario,apoderado,etc)

Más detalles

-EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: Sí. Se podrá presentar oferta para uno, varios o todos los lotes.

-EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: Sí. Se podrá presentar oferta para uno, varios o todos los lotes. CARATULA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE JUEGOS INFANTILES Y FITNESS URBANO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. 1. -OBJETO DEL CONTRATO. Suministro y colocación

Más detalles

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX No. de Oficio RM 1828/2011. ASUNTO: CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P. 06700 TEL. (55) 5584 2121 FAX. 5584 8454. P R E S E N T E En acatamiento a lo dispuesto

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1014/2010-A PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO NECESARIO DE LA ENTIDAD BARNET,

Más detalles

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PNSP 2016/009 (BIS): Suministro de Medicamentos Exclusivos {Ce/genes) Página 1 de 45

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PNSP 2016/009 (BIS): Suministro de Medicamentos Exclusivos {Ce/genes) Página 1 de 45 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE: MEDICAMENTOS EXCLUSIVOS (CELGENE) A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.- PNSP 2016/009

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

Número 63 /Miércoles 1 de Abril de 2015 Página 39. Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de plasencia EDICTO SUBASTA JUDICIAL

Número 63 /Miércoles 1 de Abril de 2015 Página 39. Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de plasencia EDICTO SUBASTA JUDICIAL Número 63 /Miércoles 1 de Abril de 2015 Página 39 Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de plasencia ASUNTO. Ejecución hipotecaria 421/2012 EDICTO SUBASTA JUDICIAL DOÑA CRISTINA MARCELO MARTIN, SECRETARIA

Más detalles

Crónica normativa de banca y del mercado de valores (2.º semestre de 2014)

Crónica normativa de banca y del mercado de valores (2.º semestre de 2014) Crónica normativa de banca y del mercado de valores (2.º semestre de 2014) Banca y mercado de valores En la crónica de este número de AIS se incluyen además un apartado sobre el ICO y la Fundación ICO

Más detalles

Número 246 / Martes 23 de Diciembre de 2014 Página 81 JUZGADO.DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - 1. DE LOGROSáN

Número 246 / Martes 23 de Diciembre de 2014 Página 81 JUZGADO.DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - 1. DE LOGROSáN Número 246 / Martes 23 de Diciembre de 2014 Página 81 JUZGADO.DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - 1 DE LOGROSáN ASUNTO ejecución hipotecaria nº 87/2012 EDICTO SUBASTA JUDICIAL EJECUCIÓN HIPOTECARIA D.ª MARÍA

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 125/2014-A

JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 125/2014-A JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 125/2014-A PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD GECAI,

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al

Más detalles

CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L.

CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L. Concurso Voluntario Nº 986/2014 CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L. CUARTO INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN (Art. 152 LC) QUE AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. 1 DE GRANADA

Más detalles

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas TÍTULO: Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 165, "Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o

Más detalles

FIDEICOMISO MERCANTIL AGD-CFN NO MAS IMPUNIDAD CONVOCATORIA A PÚBLICA SUBASTA

FIDEICOMISO MERCANTIL AGD-CFN NO MAS IMPUNIDAD CONVOCATORIA A PÚBLICA SUBASTA FIDEICOMISO MERCANTIL AGD-CFN NO MAS IMPUNIDAD CONVOCATORIA A PÚBLICA SUBASTA El Comité de Subastas del Fideicomiso Mercantil AGD-CFN No Más Impunidad, por disposición de la Junta de Fideicomiso Mercantil

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 274 MARTES 4 DE FEBRERO DE 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 70 MORALZARZAL CONTRATACIÓN Don Mariano Herranz Iglesias, jefe de Rentas del Ayuntamiento de Moralzarzal (Madrid). Hago saber:

Más detalles

REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS. (Decreto 18/2015, de 27 de enero)

REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS. (Decreto 18/2015, de 27 de enero) REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS (Decreto 18/2015, de 27 de enero) REGLAMENTO QUE REGULA EL RÉGIMEN APLICABLE A LOS SUELOS CONTAMINADOS (Aprobado por Decreto 18/2015, de 27 de enero) Este Reglamento establece

Más detalles

CONVOCATORIA A SUBASTA DEL DERECHO DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL

CONVOCATORIA A SUBASTA DEL DERECHO DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL CONVOCATORIA A SUBASTA DEL DERECHO DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL DATOS DEL(OS) LOCAL(ES) Identificación: Local Museo 1 Ubicación Física: Museo Restaurante local 1 Área: 54,30 m2 Instalaciones: Eléctricas y

Más detalles

Concurso Necesario Abreviado 85/2012 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.- 8 Y MERCANTIL DE LEON

Concurso Necesario Abreviado 85/2012 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.- 8 Y MERCANTIL DE LEON PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 11 DE MADRID PRESENTA LA ADMINISTRACION CONCURSAL VERTICE CONCURSAL, S.L.P Francisco-Javier Tortuero Martínez (ECONOMISTA) Jesús Sánchez Rodríguez

Más detalles

PROYECTO DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO.

PROYECTO DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO. Don Luís García Martínez y Don Francisco Vizcaíno Sánchez, Administración Concursal designado en el presente procedimiento, ante este Juzgado de lo Mercantil, y como mejor proceda en derecho, comparece

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

RETOS DEL AUDITOR EN LA ACTIVIDAD CONCURSAL

RETOS DEL AUDITOR EN LA ACTIVIDAD CONCURSAL RETOS DEL AUDITOR EN LA ACTIVIDAD CONCURSAL SOLICITUD DE CONCURSO DOCUMENTACIÓN CONTABLE: CONCURSO VOLUNTARIO: Artículo 6 L.C. Cuentas Anuales, informe de gestión e informe de Auditoria Inventario de bienes

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD IBERPAPEL GESTIÓN, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD IBERPAPEL GESTIÓN, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD IBERPAPEL GESTIÓN, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO QUINTO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES INCLUIDA

Más detalles

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:391210-2011:text:es:html E-Valencia: Equipo de laboratorio, óptico y de precisión (excepto gafas) 2011/S 241-391210

Más detalles

CUENTAS ANUALES Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Fernando Baroja Toquero Socio Director

CUENTAS ANUALES Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Fernando Baroja Toquero Socio Director CUENTAS ANUALES Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre Fernando Baroja Toquero Socio Director 1 "VERSIONES" -Plan General de Contabilidad (R.D. 1514/2007, de 16 de noviembre) -Plan General de Contabilidad

Más detalles

MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS

MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS En este modelo, supondremos que la entidad otorga un crédito con las siguientes características: 1) Plazo de vigencia de

Más detalles

CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS

CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS Artículo 1. Responsable de la promoción La sociedad responsable de la presente promoción es KIKO RETAIL ESPAÑA, S.L.U. (en adelante KIKO ) con CIF B-64774102

Más detalles

TÍTULO: CONTABILIDAD 2000 Disponibilidad La empresa ente económico 2 Clasificación de las empresas 2 Clasificación de las empresas según su objetivo

TÍTULO: CONTABILIDAD 2000 Disponibilidad La empresa ente económico 2 Clasificación de las empresas 2 Clasificación de las empresas según su objetivo TÍTULO: CONTABILIDAD 2000 Disponibilidad La empresa ente económico 2 Clasificación de las empresas 2 Clasificación de las empresas según su objetivo 2 Según su actividad económica 3 Empresas agropecuarias

Más detalles

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES ADICIONALES Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.

Más detalles

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada. RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Más detalles

2. Criterios contables dispuestos por la Superintendencia de Servicios Financieros.

2. Criterios contables dispuestos por la Superintendencia de Servicios Financieros. NORMAS CONTABLES ADECUADAS PARA INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO, EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Y EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE CRÉDITOS DE MAYORES ACTIVOS 1. Normas contables

Más detalles

España-Alicante: Servicios de limpieza de oficinas 2015/S Anuncio de licitación. Servicios

España-Alicante: Servicios de limpieza de oficinas 2015/S Anuncio de licitación. Servicios 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:19469-2015:text:es:html España-Alicante: Servicios de limpieza de oficinas 2015/S 013-019469 Anuncio de licitación

Más detalles

Tesorería 4T2015 ANTECEDENTES

Tesorería 4T2015 ANTECEDENTES Tesorería 4T2015 INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVIS- TOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL CUARTO TRIMESTRE DE 2015. El funcionario que suscribe, en cumplimiento

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE

Más detalles

APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PARA EVITAR DESAHUCIOS DE LA

APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PARA EVITAR DESAHUCIOS DE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PARA EVITAR DESAHUCIOS DE LA NORMATIVA CATALANA CUANDO LA VIVIENDA YA HA SIDO ADJUDICADA, ANTE LA EXCLUSIÓN DE LA DT 2ª DE LA LEY 24/2015 AJPI nº 50 de Barcelona de 15 enero 2016

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 315 Viernes 30 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 91253 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 12484 Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN. A.- Planteamiento de las operaciones de liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

PLAN DE LIQUIDACIÓN. A.- Planteamiento de las operaciones de liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. ANEXO 4 PLAN DE LIQUIDACIÓN Que presenta el Administrador Concursal nombrado en el expediente de concurso de la mercantil HIERROS Y MONTAJES, S.A. de conformidad con lo ordenado por este Juzgado, y dentro

Más detalles

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:317795-2010:text:es:html E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 2010/S 208-317795 ANUNCIO DE LICITACIÓN Servicios

Más detalles

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar

Más detalles

Objetivos generales del módulo

Objetivos generales del módulo CURSO: 2011/2012 MÓDULO CICLO GRADO MEDIO HORAS: PROFESOR: OPERACIONES ADMINISTRATIVAS DE COMPRA-VENTA TÉCNICO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. 4 HORAS SEMANALES. ANA MARÍA ESQUINAS FERNÁNDEZ Objetivos generales

Más detalles

SOLICITUD DE SUBVENCIONES 2016 ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

SOLICITUD DE SUBVENCIONES 2016 ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITUD DE SUBVENCIONES ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DESTINADAS A LA ATENCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL DEL COLECTIVO DE MUJER Y FAMILIA HOJA DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD

Más detalles

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: 12128 ANUNCIO de 13 de mayo de 2016 por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, de la contratación del servicio de Transporte de intercambios con otras

Más detalles

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio

Más detalles

Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros

Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros PLANTEAMIENTO Definición de las situaciones problemáticas desde un punto de vista financiero de los municipios. Medidas

Más detalles

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización

Más detalles

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero Artículo 4. Contenido de la actividad formativa. 1. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado

Más detalles

Caja : Es el dinero efectivo del que dispone la empresa. (cuenta 570)

Caja : Es el dinero efectivo del que dispone la empresa. (cuenta 570) Tal y como vimos en la unidad anterior, en el balance de situación podemos apreciar dos grandes masas patrimoniales, el ACTIVO y el PASIVO. A continuación veremos qué cuentas son las que se encuentran

Más detalles

ANEXO XIV CAMBIO DE TITULARIDAD DE LOS VEHÍCULOS. (Incluye las modificaciones introducidas por el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio)

ANEXO XIV CAMBIO DE TITULARIDAD DE LOS VEHÍCULOS. (Incluye las modificaciones introducidas por el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio) ANEXO XIV CAMBIO DE TITULARIDAD DE LOS VEHÍCULOS (Incluye las modificaciones introducidas por el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio) I. Transmisiones ordinarias 1. Transmisiones entre personas que no

Más detalles

Registrador de la Propiedad de SUECA

Registrador de la Propiedad de SUECA expedida por LUIS ORTS HERRANZ Registrador de la Propiedad de SUECA correspondiente a la solicitud formulada por MARTINEZ Y OJEDA ASESORES SL. con DNI/CIF: B46748489 Interés legítimo alegado: Investigación

Más detalles

Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante. Concurso voluntario 771/2013 - E/C PLAN DE LIQUIDACIÓN MURALI ALIGERAMIENTOS Y AISLAMIENTOS, S.L.

Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante. Concurso voluntario 771/2013 - E/C PLAN DE LIQUIDACIÓN MURALI ALIGERAMIENTOS Y AISLAMIENTOS, S.L. Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante Concurso voluntario 771/2013 - E/C SECCIÓN QUINTA - LIQUIDACIÓN PLAN DE LIQUIDACIÓN Alicante, 21 de noviembre de 2013 1 Esta Administración Concursal (en adelante

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DESINFECCIÓN Y DESINSECTACIÓN.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DESINFECCIÓN Y DESINSECTACIÓN. AYUNTAMIENTO DE SANTANDER SERVICIO DE SALUD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DESINFECCIÓN Y DESINSECTACIÓN. I.- Objeto del Contrato. El objeto del contrato

Más detalles

Qué es el Catastro? Es un impuesto municipal? Qué es el valor catastral y cómo se determina? En qué consiste la revisión que se va a realizar?

Qué es el Catastro? Es un impuesto municipal? Qué es el valor catastral y cómo se determina? En qué consiste la revisión que se va a realizar? POSIBLES PREGUNTAS Qué es el Catastro? Es un impuesto municipal? Qué es el valor catastral y cómo se determina? En qué consiste la revisión que se va a realizar? Significa que vamos a pagar más? Quién

Más detalles

BASES ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA Nº MINCETUR/CEP ADQUISICIÓN DE MESAS DE TRABAJO Y SILLAS

BASES ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA Nº MINCETUR/CEP ADQUISICIÓN DE MESAS DE TRABAJO Y SILLAS BASES ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA Nº 80-2007-MINCETUR/CEP 01. ENTIDAD QUE CONVOCA Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares con domicilio legal en Calle

Más detalles

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado El Peritaje en el Proceso Civil M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado Juzgado de Primera Instancia núm... de (lugar). (dirección completa) PROVIDENCIA

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010 Informe 0035/2010 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la normativa de protección de datos de la publicación en la página web de un club deportivo de las clasificaciones de los

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS DE EMPRESARIOS. Prof. Dr. José Manuel Calavia Febrero 2014

ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS DE EMPRESARIOS. Prof. Dr. José Manuel Calavia Febrero 2014 ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS DE EMPRESARIOS Prof. Dr. José Manuel Calavia Febrero 2014 Noción Esta figura es una de las novedades más significativas que introduce la LE en materia concursal y consiste

Más detalles

Lote número 8: Unidad de almacenamiento de Ejea de los Caballeros (Zaragoza)

Lote número 8: Unidad de almacenamiento de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA POR LA QUE SE CONVOCA SUBASTA PÚBLICA PARA LA ENAJENACIÓN

Más detalles

TEMA: Sistema único de asignaciones familiares (SUAF).

TEMA: Sistema único de asignaciones familiares (SUAF). Rosario, 19 de octubre de 2007. DE: ESTUDIO JORGE L. FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: Sistema único de asignaciones familiares (SUAF). En la actualidad rigen dos mecanismos para el pago de asignaciones

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de

Más detalles

ESTRUCTURA PRODUCTIVA ENCUESTA DE LAS EMPRESAS MULTILOCALIZADAS EN GALICIA

ESTRUCTURA PRODUCTIVA ENCUESTA DE LAS EMPRESAS MULTILOCALIZADAS EN GALICIA ESTRUCTURA PRODUCTIVA ENCUESTA DE LAS EMPRESAS MULTILOCALIZADAS EN GALICIA Identificación de la empresa NIF: Tfno: Para consultas o aclaraciones contactar con: Teléfonos: c.electrónico: 1. Modificaciones

Más detalles

MEMORIA DESCRIPTIVA CONTRATO MENOR DENOMINADO GESTION DE LAS REDES SOCIALES Y PLAN DE CONTENIDOS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS DEL PILAR 2015.

MEMORIA DESCRIPTIVA CONTRATO MENOR DENOMINADO GESTION DE LAS REDES SOCIALES Y PLAN DE CONTENIDOS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS DEL PILAR 2015. MEMORIA DESCRIPTIVA CONTRATO MENOR DENOMINADO GESTION DE LAS REDES SOCIALES Y PLAN DE CONTENIDOS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS DEL PILAR 2015. 1.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato consiste en la

Más detalles

PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 223/2010 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA

PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 223/2010 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 223/2010 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PLAN DE LIQUIDACIÓN DE MATADERO SALIDA 13, S.A. Girona, a 11 de abril de 2014. ÍNDICE 1.- CONTEXTO DE LA LIQUIDACION. 2.- VENTA UNIDAD

Más detalles

Los parámetros base de la unidad productiva son los siguientes:

Los parámetros base de la unidad productiva son los siguientes: JUZGADO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA Procedimiento Concurso Voluntario 367/2011 - BR SOEXPA 97, S.L. De acuerdo con lo requerido por este Juzgado, a efectos de que se publique en el Tablón de anuncios,

Más detalles

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL CONCURSO VOLUNTARIO Nº 388/2008 A U T O María Del Mar Hernández Rodríguez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 10 (Mercantil) de Santander. En Santander,

Más detalles

AJUNTAMENT DE QUERALBS

AJUNTAMENT DE QUERALBS ANUNCIO LICITACIÓN PERMISOS DE CAZA De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 277.1 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Municipal y de Régimen

Más detalles