INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO"

Transcripción

1 AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y COMPROMISO CLIMÁTICO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO PALIÁN-HUANCAYO Director General Dr. Juan Torres Valero. Jefe de Unidad Académica Mg. Rene Villavicencio Suasnabar Secretario Académico Ing. Mario Antonio Morales Reymundo

2 REGLAMENTO DE TITULACION DEL IESTP SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO FINALIDAD: El presente Reglamento tiene por finalidad orientar el proceso de titulación para los EGRESADOS de nuestras ocho Áreas Académicas con que cuenta la Institución, y que se encuentran inmersos en el nuevo diseño curricular básico (DCB), en amparo a la RD N ED.Asi como para los EGRESADOS del Sistema por Asignaturas. BASES LEGALES: Ley Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y su Reglamento D.S. N ED. R.D. N ED., Lineamientos para la titulación de los egresados de Institutos de Educación Superior Tecnológico y Pedagógico que aplican el nuevo DCB. R.D. N ED. Lineamientos para la Administración del Examen Teórico Práctico de los Egresados de Instituciones de Educación Superior que aplican la Estructura Curricular Reajustada por la Resolución Directoral N ED. Y de Instituciones de Educación Superior que desarrollan el nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica de ingresantes en los años 2007,2008 y R.D N ED., Directiva N /ME/VMGP-DIGESUTP.DESTP, Normas para la aplicación del nuevo DCB. Directiva N 0002-DIGES/ DIESTP 86, Normas para la Administración del Examen Teórico Práctico a los egresados de los Institutos y Escuelas Superiores de la República.-Sistema por Asignaturas. CAPITULO I TITULO QUE OTORGA EL IESTP SAM ARTICULO Nº 01 El Titulo que otorga el IESTP- Santiago Antúnez de Mayolo es el de Profesional Técnico, a nombre de la Nación, con mención en la especialidad respectiva, concluido los seis semestres (sistema por asignaturas), o concluido los Módulos Profesionales y Transversales. En ambos casos concluyen en tres años académicos. CAPITULO II DE LAS MODALIDADES PARA SUSTENTAR Y OBTENER EL TÍTULO PROFESIONAL ARTICULO Nº 02 Para titularse el EGRESADO podrá acogerse a cualquiera de las siguientes modalidades: a) Proyecto Productivo y/o empresarial. b) Proyecto de Investigación e Innovación Tecnológica c) Informe técnico de experiencia laboral (02 años) d) Haber obtenido el primer puesto en la etapa interna y/o Regional de la Feria de Ciencia y Tecnología. e) Informe de las Prácticas finales, para los egresados en el sistema por asignaturas. Vía Proyecto Productivo o Empresarial; para esta modalidad los estudiantes durante el cuarto semestre académico y con la orientación del docente asesor, se organizaran en grupos para efectos de titulación, entre dos (2) a cuatro (4) estudiantes e iniciaran el desarrollo del proyecto productivo y/o empresarial enmarcado en el ámbito de la carrera profesional, y que propicie el desarrollo de su carrera profesional, instituto, localidad o Región, el cual será sustentado en grupo e individualmente. La sustentación individual versará sobre la planificación, organización, ejecución y control del proyecto productivo y/o empresarial. Si por naturaleza del proyecto productivo y/o empresarial se necesitara incrementar el grupo para la titulación, con más estudiantes de la misma u otras carreras profesionales, se puede hacer siempre que la sustentación individual garantice el dominio eficiente de la competencia lograda y demostrada en el proyecto productivo y/o empresarial o proyecto de investigación.

3 Vía Proyecto de Investigación e Innovación Tecnológica; para la sustentación por esta modalidad, los estudiantes se organizarán de la misma forma que para el proyecto productivo, la sustentación individual versará sobre un problema de su especialidad con posibles soluciones (ver esquema del proyecto). Vía Experiencia Laboral; para esta modalidad el sustentante deberá tener la experiencia laboral de 01 años como mínimo en la especialidad de su formación. La sustentación será individual, y versará sobre la experiencia adquirida, para el que antes deberá presentar un informe respectivo, copia fedateada del contrato de locación de servicios, y las boletas de pago. Ganador del primer puesto en las diferentes etapas de la Feria de Ciencia y Tecnología: para esta modalidad los egresados integrantes del proyecto, presentarán las Resoluciones respectivas y copia del Proyecto. La sustentación versará sobre el contenido del proyecto. ARTÍCULO N 03 Los egresados en el sistema por asignaturas, se regirán de acuerdo a lo estipulado en la Directiva N 0002-DIGES/DIEST-86. ARTICULO Nº 04 Por ningún motivo los estudiantes realizaran la compra de un bien o construcción de infraestructura, para reemplazar o justificar el proyecto productivo y/o empresarial. CAPITULO III DE LOS REQUISITOS PARA EL PROCESO DE TITULACION ARTICULO N 05 El egresado para gestionar el proceso de titulación en el IEST SAM, debe cumplir los siguientes requisitos indispensables: SISTEMA POR ASIGNATURAS: -Haber aprobado todas las asignaturas y actividades del plan de estudios de la Carrera Profesional. -Haber aprobado las prácticas pre-profesionales (Inicial, Intermedia y Final) -Haber elaborado su informe de prácticas finales SISTEMA MODULAR: -Haber aprobado todas las unidades didácticas (UD) de los módulos técnicos profesionales, de los módulos transversales y las actividades con nota mínima de 13. -Haber aprobado las prácticas pre-profesionales de cada uno de los módulos técnico profesionales. -Haber implementado y ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial, Proyecto de investigación e innovación tecnológica, experiencia laboral, primeros puestos feria de ciencias, relacionado con su carrera profesional,y que propicie el desarrollo de la Institución, o de las Áreas Académicas de Producción Agropecuaria, Computación e Informática, Secretariado Ejecutivo, EnfermeríaTécnica, Técnica en Farmacia, Mecánica de Producción, Contabilidad, e Industrias Alimentarias. O también puede beneficiar a la localidad (Comunidad), o Región. -Haber rendido y aprobado el examen de SUFICIENCIA ACADEMICA de Matemáticas, Comunicación, segunda lengua y de las Tecnologías de la Información y Comunicación. ARTÍCULO N 06 Para los egresados antes del 2011, y quienes concluyan sus estudios en el Plan de Estudios de 1986, la titulación, procede con la Sustentación del informe de Prácticas Profesionales Finales. ARTICULO N 07 El examen de suficiencia académica no tendrá ningún costo y será presidida por la JEFE UNIDAD ACADÉMICA, e integrado por las jefaturas de las 08 áreas académicas y el coordinador de módulos transversales

4 CAPITULO IV DEL ASESOR PARA TITULACION ARTICULO Nº 08 El asesor para la titulación es el docente responsable de brindar asesoramiento al estudiante o grupo de estudiantes en todo el proceso para ser posible su titulación, será gratuito, el tiempo que dedique debe formar parte de su carga académica y será considerado como merito en su desempeño profesional. El asesor podrá ser cualquiera de los docentes con el perfil profesional coherente al proyecto que desean ejecutar. y debe ser designado desde el cuarto semestre académico, mediante Resolución Directoral. El o la jefe del Área Académica no podrá asesorar, toda vez que integra la mesa de Jurados en la sustentación y el examen teórico práctico. ARTICULO Nº 09 Las funciones del asesor son las siguientes: a) Orientar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional técnico, conjuntamente con el docente encargado del desarrollo de la UD proyectos de Investigación e Innovación tecnológica, sobre el perfil del proyecto productivo y/o empresarial que formularan los estudiantes en el desarrollo de dicha UD y que servirá de base para su implementación. b) Orientar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional técnico conjuntamente con el apoyo de los docentes encargados de las UD. de Organización y Constitución de Empresas y Proyecto Empresarial, sobre la implementación del proyecto productivo y/o empresarial que desarrollaran los estudiantes para su titulación. c) Acompañar y asesorar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional técnico en todo el proceso que implique la implementación, ejecución del proyecto productivo y/o empresarial, o cualquiera de las modalidades, así como en la elaboración del informe para su Sustentación y Titulación. CAPITULO V DE LA DECLARACION DE EXPEDITO ARTICULO N 10 Para ser declarado expedito, el egresado deberá presentar: Certificado de estudios que demuestre la aprobación de todas las unidades didácticas (UD) de los módulos técnicos profesionales, transversales y de las actividades, (sistema modular) o de las asignaturas y actividades (sistema por asignaturas) señalados en los planes de estudios de la carrera profesional visados por la DREJ. Constancia de haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre-profesionales, correspondiente a cada uno de los módulos técnico profesionales, o de cada una las Fases del sistema por asignaturas (Inicial, Intermedia y Final). Dicho documento deberá tener el V B de la coordinadora General de Prácticas Pre Profesionales del IESTP SAM. Constancia de haber ejecutado cualquiera de los proyectos de acuerdo a las modalidades establecidas. Constancia de haber aprobado las actividades de Cultura Física Deportiva, Cultura Artística y C. Consejería, esta última visadas por la Coordinadora de Consejería. (sistema modular); Educación Física, Arte, Talleres Artísticos y ODE. (Sistema por asignaturas). Constancia de haber aprobado los exámenes de suficiencia Académica de Matemática, Comunicación, Segunda lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación (Sistema Modular) Constancia de no tener deuda, ni compromiso pendiente de pago con el IEST SAM, expedido por la Jefatura de Unidad Administrativa. Presentar el recibo de pago por derecho de titulación. Todos los documentos antes señalados pasaran a ser parte del expediente de titulación. ARTICULO Nº11

5 Cumplidas estas condiciones, el Secretario Académico o quien haga sus veces proyectará la Resolución Directoral que declara expedito al egresado. El Director General mediante Resolución Directoral declarara expedito al egresado. CAPITULO VI DELOS REQUISITOS PARA SOLICITAR EXAMEN TEORICO PRÁCTICO RTICULO Nº 12 Para rendir el examen de logro de las competencias, el egresado debe cumplir con los siguientes requisitos: a) El egresado o grupo de egresados conformados, para la implementación del proyecto productivo y/o empresarial, investigación tecnológica o por cualquiera de las modalidades presentara una solicitud dirigida al Director General de la Institución, solicitando que la instancia correspondiente fije hora y fecha para la sustentación del proyecto, y el examen Teórico práctico. b) Presentar cuatro (4) ejemplares del Informe de ejecución de su proyecto respectivo de la modalidad optada. CAPITULO VII DE LA SUSTENTACION DEL PROYECTO Y EXAMEN- TEORICO Y PRACTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS ARTICULO Nº 13 La sustentación del proyecto productivo y el examen teórico-práctico del logro de las competencias será en un solo acto o en dos actos de acuerdo a la naturaleza de la Carrera Profesional, luego se procede a la absolución de preguntas del jurado referente a su perfil profesional y proyecto. Respectivo. ARTICULO Nº 14 Las evidencias de desempeño requeridas para la sustentación del logro de competencias son: a) de conocimiento, b) de proceso y c) de producto. ARTICULO Nº 15 Las evidencias de conocimiento, consisten en sustentar las competencias logradas a través de los diversos módulos educativos desarrollados durante el proceso de formación en la carrera profesional. La evaluación debe tener en cuenta las capacidades y criterios de evaluación establecidos en las unidades didácticas. ARTICULO Nº 16 Las evidencias de proceso, consisten en sustentar las competencias logradas a través de la resolución de problemas o ejecución de operaciones, que los estudiantes deben realizar en situaciones o contextos determinados. La evaluación debe tener en cuenta obligatoriamente las realizaciones y los criterios de realización de las unidades de competencia asociados a los módulos técnicos profesionales. ARTICULO Nº 17 Las evidencias de producto, se refieren al proyecto productivo y/o empresarial que los estudiantes han implementado y ejecutado como resultado del desarrollo del módulo Investigación Tecnológica, los módulos técnico profesionales y el apoyo del módulo Gestión Empresarial. ARTICULO Nº 18 Este examen busca verificar el nivel de logro de las competencias de la carrera profesional, alcanzado por el estudiante al final del proceso formativo, debe ser sustentado en forma personal y grupal, por los egresados. La evaluación debe comprender los aspectos relacionados a la planificación, organización, ejecución y control del proyecto, en los cuales se pondrá de manifiesto el dominio de las competencias de conocimiento, de desempeño y de producto. ARTICULO Nº 19 Todo el acto de sustentación y examen teórico-práctico serán registrados en los libros de actas respectivos del Área Académica. Posteriormente el secretario de la mesa de jurados rellenara las actas impresas, para

6 luego ser firmada por cada uno de los miembros de jurado, bajo la responsabilidad del Jefe del Área académica. CAPITULO VIII DE LA ADMINISTRACION DEL PROCESO DE EVALUACION ARTICULO Nº 20 El examen se realizara en el periodo inmediato posterior, luego que el estudiante haya aprobado todos los módulos educativos que corresponden a la carrera profesional, concluido satisfactoriamente tanto las practicas pre-profesionales requeridas como las pruebas de suficiencia académica y haber sido declarado expedito por Secretaria Académica con siete días hábiles de anticipación para rendir los exámenes pertinentes. ARTICULO Nº 21 Los exámenes teórico practico, se realizaran de acuerdo al rol elaborado por Secretaria Académica en coordinación con la Jefatura de la Carrera Profesional correspondiente. ARTICULO Nº 22 Los estudiantes, solo por causas debidamente justificadas con documentos probatorios, pueden solicitar la postergación del examen con 24 horas de anticipación, para el efecto deben presentar una solicitud, adjuntando los documentos probatorios. ARTICULO Nº 23 Los egresados que por alguna razón justificada no se presentaran al examen, tendrán una segunda y ultima oportunidad para su realización dentro de 30 días posteriores la fecha programada para la aplicación del examen. La justificación será por razones de salud u otros asuntos de emergencia personal y/o social; en ambos casos, debe ser rigurosamente documentada y será solicitada a la Dirección del IEST SAM, por el interesado. ARTICULO Nº 24 Solo por razones excepcionales, los egresados de otras instituciones públicas o privadas, pueden solicitar rendir el examen en el IESTP SAM, que oferta la carrera profesional cursada por el solicitante. ARTICULO Nº 25 Para el trámite del examen señalado en el artículo anterior, los egresados presentaran una solicitud, dirigida al Director General de la institución, adjuntando además, todos los requisitos para ser declarado expedito. ARTICULO Nº 26 El jurado evaluador está integrado por: a) Presidente: Jefe de la Unidad Académica o quien haga sus veces. b) Secretario: Jefe del Área Académica correspondiente o quien haga sus veces c) Vocal 1: Docente del Área Académicacon el perfil Profesional pertinente, elegido entre ellos. d) Vocal 2: Docente del Área Académica con el perfil Profesional pertinente, elegido entre ellos ARTICULO Nº 27 La oficialización del jurado evaluador es responsabilidad del Director General de la institución, quien en coordinación con el jefe de la Unidad Académica, conformaran el mencionado jurado, el que se da a conocer siete días hábiles antes del proceso del examen, mediante Resolución Directoral. ATICULO Nº 28 El jurado evaluador en el plazo de setenta y dos (72) horas antes de la fecha del examen elaborara los instrumentos de evaluación, considerando las evidencias requeridas para comprobar el logro de las competencias del perfil profesional, señaladas en los artículos 32 al 35.

7 ARTICULO Nº 29 El instrumento de evaluación elaborado debe expresar con claridad los criterios y los indicadores de evaluación, así como el puntaje establecido por cada indicador. ARTICULO Nº 30 Para la aplicación del examen se requiere la presencia del jurado en pleno. Si por alguna razón faltara alguno de los integrantes, este será sustituido por otro docente de la carrera profesional, designado por el jefe inmediato. ARTICULO Nº 31 En la evaluación del examen, intervienen todos los miembros de jurado designado, quien empleara instrumentos de evaluación y clave de respuestas. Cada miembro del jurado realizara la evaluación de la demostración de las competencias, de acuerdo a los criterios de realización e indicadores de desempeño establecido en los instrumentos de evaluación, obteniéndose el promedio respectivo. ARTICULO Nº 32 El resultado de la evaluación se expresa cuantitativamente en la escala vigesimal, anotándose en el acta la clasificación del jurado. La nota mínima aprobatoria es TRECE (13). ARTICULO Nº 33 El promedio y la duración del examen se determinan en función de la naturaleza de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional a demostrar. ARTICULO Nº 34 El instituto dispondrá la impresión del acta del examen, conforme al formato adjunto (Anexo Nº 02). Las actas se llenan por cuadruplicado, son individuales y los calificativos se anotan en letras y números con la misma tinta. Su distribución es la siguiente: a) Un ejemplar para la Dirección Regional de Educación. b) Un ejemplar para Secretaría Académica del IESTP SAM c) Un ejemplar para adquisición de títulos. d) Un ejemplar para Educación Superior. ARTICULO Nº 35 Si algún egresado que solicito examen, no se presentará en la fecha señalada en la respectiva Resolución Directoral, se anota en las actas la expresión No se presento, perdiendo a su vez, una de las dos oportunidades a las que tiene derecho. El presidente del jurado comunicara de inmediato tal situación a la Dirección General y a Secretaría Académica. ARTICULO Nº 36 Finalizado el examen, en un mismo acto el presidente del jurado dará a conocer a él sustentante o grupo de sustentantes el resultado, y entregara a Secretaria Académica, las actas y documentos utilizados en el proceso de evaluación. Se considera falta grave no entregar los resultados del examen a SecretaríaAcadémica, dentro de las 24 horas siguientes a su realización. La inasistencia injustificada de un miembro del jurado, será considerado demérito en su hoja personal y sancionado con el descuento equivalente a un día de trabajo. ARTICULO Nº 37 Los estudiantes que resultaran desaprobados solamente tendrán una segunda oportunidad en los siguientes 60 días. ARTICULO Nº 38 El examen tendrá su clave de respuestas u hoja de evaluación, esta última debidamente ponderada con aspectos precisos a evaluar. ARTICULO Nº 39 El resultado de la evaluación del examen teórico práctico de logro de competencias emitido por el jurado evaluador, es inapelable.

8 CAPITULO IX DEL EXPEDIENTE PARA LA TITULACION ARTICULO Nº 40 El expediente para la titulación de los egresados, deberá contener los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Director General de la Institución, solicitando se le otorgue el título de Profesional técnico. b) Partida de nacimiento original c) 3 Copias fotostáticas autenticadas del DNI (uno legalizado) d) Certificado de estudios superiores originales visados por la DREJ. e) Constancias del jefe de Área Académica, de haber realizado las prácticas pre-profesionales. f) Actas de la sustentación y del examen teórico - practico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional. g) Actas de las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. (sistema modular) h) Recibo por el valor del formato del titulo de conformidad con el TUPA. i) Recibo por el concepto de derecho de titulación, según la tasa educativa autorizada oficialmente en el TUPA. j) Constancias de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con el IESTP SAM, expedido por la jefatura de la Unidad Administrativa, Áreas Académicas y Áreas Administrativas k) Cuatro (4) fotografías tamaño pasaporte, de frente y en fondo blanco. l) 2 ejemplares y 2 CDs, del informe de ejecución del proyecto productivo y/o empresarial, y/o de Investigación y/o de experiencia laboral y/o haber sido ganador del primer puesto en la Feria de Ciencia Fase Provincial visado por el asesor. m) Certificado de conducta y actividades. n) Certificado de estudios secundarios. CAPITULO X RESPONSABILIDAD DEL SECRETARIO ACADEMICO ARTICULO Nº 41 Es responsabilidad del Secretario Académico lo siguiente: a) Organizar el proceso para la titulación de los interesados y gestionar su tramitación. b) Verificar, el expediente, actas demás documentos académicos de acuerdo a las normas. c) Formular el informe dirigido al Director General del IEST SAM, para declarar expedito al estudiante. d) Elaborar el proyecto de resolución que declara expedito al interesado y pueda rendir las pruebas de suficiencia académica y el examen teórico-práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional. e) Recepcionar las actas de sustentación y del examen teórico práctico para la titulación debidamente firmados por los miembros del jurado. f) Elaborar el proyecto de resolución que otorga el titulo; cuando en las actas de examen teórico práctico se indicara su aprobación. Si fuera desaprobatorio, la resolución así lo señalara, indicando el plazo para que el interesado pueda volver a solicitarlo. g) Disponer el caligrafiado del titulo. h) Registrar el titulo en el Libro Registro de Títulos de la institución, una vez que este haya sido emitido y registrado por la Dirección Regional de Educación. i) Entregar al interesado el Titulo. CAPITULO XI DEL OTORGAMIENTO DEL DIPLOMA DE TITULO

9 ARTICULO Nº 42 El Director general, otorgara el titulo mediante Resolución Directoral. CAPITULO XII DEL REGISTRO DE TITULOS ARTICULO Nº 43 El IEST SAM, que desarrolla el nuevo DCB, utilizara los actuales formatos de títulos que son proveídos por el Ministerio de Educación. ARTICULO Nº 44 El registro de los títulos es responsabilidad de la Direcciones Regional de Educación. ARTICULO Nº 45 Para el registro de los títulos otorgados, el IESTP SAM, deberá enviar a la Dirección Regional de Educación lo siguiente: a) Actas de examen de suficiencia académica. b) Acta de sustentación y de examen teórico practico. c) Certificado de estudios superiores. d) Formato del titulo caligrafiado, con la firma del Director General y del interesado. (El número de letra utilizado para el caligrafiado del nombre completo del instituto será tal que ocupe el espacio destinado para ello en el formato) e) Partida de nacimiento f) Una copia del DNI legalizado g) 2 fotocopias autenticados del diploma del título profesional caligrafiados y firmados por el Director General.. h) Recibo de pago por derecho de titulación y copia del recibo de compra de títulos. i) RD.Nº 0267 de autorización de funcionamiento institucional. j) RD. De conformidad de carpeta de titulación. k) RD. De declaración de expedito. l) Oficios de Registro e inscripción de título profesional. ARTICULO Nº 46 Es responsabilidad de la Dirección Regional de Educación cumplir con los siguientes procedimientos administrativos: a) Dar conformidad a los documentos presentados consignando su firma, post firma y sello respectivo en el diploma del titulo. b) Inscribir el titulo en el registro que obra en la Dirección Regional de Educación, de acuerdo a lo establecido en la R.M. Nº ED Manual de Registro de Títulos Pedagógicos y Tecnológicos. CAPITULO XIII DEL DUPLICADO DE TITULOS ARTICULO Nº 47 Los duplicados de diplomas de títulos son otorgados por el Director General del Instituto con la opinión favorable del Consejo Directivo, o el que haga sus veces. ARTICULO Nº 48 El duplicado de los diplomas de los títulos anula automáticamente el original más, no sus efectos. ARTICULO Nº 49 Para tener derecho al otorgamiento del duplicado del diploma el interesado presentara un expediente conteniendo lo siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Director General de la Institución solicitando duplicado de diploma de titulo.

10 b) Certificado original expedido por la autoridad competente, sobre la denuncia de pérdida del diploma del titulo, si ello corresponde. c) Diploma del titulo deteriorado, cuyas firmas y sellos ya no son visibles, si ello corresponde. d) Copia fedateada de la Resolución que otorgo el titulo profesional. e) 2 copias fotostáticas autenticadas del DNI. f) Recibo por el valor del formato del titulo de conformidad con el TUPA. g) Recibo por el concepto de derecho de duplicado de titulo, según la tasa educativa autorizada oficialmente en el TUPA. h) Cuatro (4) fotografías tamaño pasaporte, de frente a color y en fondo blanco. CAPITULO XIV DEL PROCESO PARA OTORGAMIENTO DEL DUPLICADO DE TITULO ARTICULO Nº 50 El expediente será remitido al Secretario Académico, quien ejecutara las siguientes acciones: a) Recepcionar para su revisión y conformidad el expediente presentado por el interesado. b) Elaborar el informe para el Consejo Directivo dando conformidad al expediente presentado. c) Elaborar el acta de sesión del Consejo Directivo, en la que se autoriza al Director General, el otorgamiento de duplicado del diploma del titulo. d) Elaborar el proyecto de Resolución que otorga el duplicado del titulo correspondiente. e) Controlar el caligrafiado del diploma de titulo correspondiente f) Asegurar las firmas en el diploma. CAPITULO XV DEL OTORGAMIENTO DEL DIPLOMA DE DUPLICADO DEL TITULO ARTICULO Nº 51 El Director General con la opinión favorable del Consejo Directivo, otorga el duplicado del diploma de título, mediante Resolución Directoral. CAPITULO XVI DEL REGISTRO DE DUPLICADO DE TITULOS ARTICULO Nº 52 El registro de los duplicados de títulos es responsabilidad de la Dirección Regional de Educación de Junín. ARTICULO Nº 53 Para el registro de los duplicados de títulos otorgados, el IEST SAM deberá enviar a la Dirección Regional de Educación lo siguiente: a) Formato del titulo caligrafiado y con las firmas del Director general y de la persona interesada. b) Copia de la Resolución que otorga el duplicado del titulo profesional. ARTICULO Nº 54 Es responsabilidad de la Dirección Regional de Educación cumplir con los siguientes procedimientos administrativos: a) Organizar el registro especial de duplicado de títulos. b) Dar conformidad a los documentos presentados. c) Inscribir el titulo correspondiente en el registro especial de duplicados de títulos. Palian, Junio 2015.

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN de Juliaca REGLAMENTO DE TITULACIÓN

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN de Juliaca REGLAMENTO DE TITULACIÓN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN de Juliaca REGLAMENTO DE TITULACIÓN 2015 REGLAMENTO DE TITULACIÓN I. FINALIDAD: El presente reglamento ha sido desarrollado con la

Más detalles

REGLAMENTO DEL EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS Y TÍTULACIÓN DEL IESTP PEDRO P. DÍAZ

REGLAMENTO DEL EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS Y TÍTULACIÓN DEL IESTP PEDRO P. DÍAZ REGLAMENTO DEL EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS Y TÍTULACIÓN DEL IESTP PEDRO P. DÍAZ I. FINALIDAD Orientar y establecer las responsabilidades, requisitos, procedimientos e instrumentos

Más detalles

Visto, el Reglamento de Titulación y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO:

Visto, el Reglamento de Titulación y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO: Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" RESOLUCION DIRECTORAL Nº -2018 IESTP-DIMAS/CAJ Cajamarca, 04 de enero de 2018 Visto, el Reglamento de Titulación y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO:

Más detalles

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ 2014 CAJABAMBA-CAJAMARCA PERÚ REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ

Más detalles

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO POR LOS EGRESADOS QUE ESTUDIARON CON EL NDCB Diciembre, 2017 REGLAMENTO PARA OPTAR EL

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE LOS EGRESADOS DEL IEST "MANUEL ARÉVALO CÁCERES QUE APLICAN EL DISEÑO CURRICULAR BASICO NACIONAL

REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE LOS EGRESADOS DEL IEST MANUEL ARÉVALO CÁCERES QUE APLICAN EL DISEÑO CURRICULAR BASICO NACIONAL REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE LOS EGRESADOS DEL IEST "MANUEL ARÉVALO CÁCERES QUE APLICAN EL DISEÑO CURRICULAR BASICO NACIONAL I. FINALIDAD Orientar el proceso de titulación de los egresados de las carreras

Más detalles

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO POR LOS EGRESADOS QUE ESTUDIARON CON EL PLAN DE ESTUDIOS POR ASIGNATURA Diciembre, 2017

Más detalles

REGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL

REGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL para la INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO DE LAS FUERZAS ARMADAS REGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL - 2016 1 para la INDICE INTRODUCCION 3 TITULO I.- ASPECTOS GENERALES

Más detalles

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO DEL EJÉRCITO SARGENTO 2DO. FERNANDO LORES TENAZOA REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO DEL EJÉRCITO SARGENTO 2DO. FERNANDO LORES TENAZOA REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO DEL EJÉRCITO SARGENTO 2DO. FERNANDO LORES TENAZOA REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN CAPITULO I El Instituto de Educación Superior Tecnológico

Más detalles

GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PÚBLICO NUEVA ESPERANZA

GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PÚBLICO NUEVA ESPERANZA LA ESPERANZA TRUJILLO Año: 2017 1 PRESENTACIÓN El Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Nueva Esperanza", emite el presente "REGLAMENTO DE TITULACIÓN", que se deberá aplicar a los estudiantes

Más detalles

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO "ARGENTINA" TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA 2018

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA 2018 ANEXO 0 TEXTO ÚNICO DE S ADMINISTRATIVOS - TUPA 08. CARNÉ INSTITUCIONAL (FUT solictarlo en ) Unidad.00. Recibo de Pago Administrativa. DUPLICADO CARNÉ INSTITUCIONAL Unidad.00. Recibo de Pago Administrativa

Más detalles

REGLAMENTO PARA SUSTENTACIÓN DE TESINA EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN RELIGIOSA CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA SUSTENTACIÓN DE TESINA EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN RELIGIOSA CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA SUSTENTACIÓN DE TESINA Y OBTENER LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN RELIGIOSA EN LA ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIÓN RELIGIOSA DE AREQUIPA 2015

Más detalles

REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL IESTP JCM

REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL IESTP JCM FINES Art. 1º INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO JOSE CARLOS MARIATEGUI M O Q U E G U A (Creado con Resolución Suprema Nº 131-83-ED. de fecha 03-09-1983) (Revalidado con Resolución Ministerial

Más detalles

DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL ÁREA DE SECRETARÍA ACADÉMICA

DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL ÁREA DE SECRETARÍA ACADÉMICA IESPP MARÍA MADRE DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL ÁREA DE SECRETARÍA ACADÉMICA ESTUDIANTES REGULARES Y EGRESADOS: TIPO DE DOCUMENTO: RECORD ACADÉMICO RECORD DE TALLERES CERTIFICADO DE ESTUDIOS SUPERIORES: INFORME

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS CUARTA VERSIÓN Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 20 de agosto de 2009 CHIMBOTE- PERÚ Versión: 004 Cod: GCORP-RGyT F.Implementación : 20-08-2009 Pag.

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS CUARTA VERSIÓN Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 20 de agosto de 2009 CHIMBOTE- PERÚ Versión: 004 Cod: GCORP-RGyT F.Implementación

Más detalles

TRÁMITE PARA INSCRIPCIÓN PARA EL EXAMEN EN LA MODALIDAD DE SUFICIENCIA PROFESIONAL

TRÁMITE PARA INSCRIPCIÓN PARA EL EXAMEN EN LA MODALIDAD DE SUFICIENCIA PROFESIONAL CONVOCATORIA PARA LA TITULACION DE PROFESIONAL TECNICO EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y POLICIALES PARA EL PERSONAL DE SUB OFICIALES PNP EGRESADOS DE LAS ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR TECNICO PROFESIONAL

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS VICEPRESIDENCIA ACADÉMICA REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS (Aprobado por Resolución N 033-2014 CO/UDL) CAPÍTULO I GENERALIDADES Artìculo1º.- El Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad de Lambayeque

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO

PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO ESPECIALIDAD TECNICO PRODUCTIVA TECNICO EN AVIACION COMERCIAL 2012 1 TÍTULO VII CAPITULO XXIX Normas para la titulación Articulo 209 Los estudiantes del

Más detalles

Viceministerio de Políticas para la Defensa

Viceministerio de Políticas para la Defensa 1 2 INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO DE LAS FUERZAS ARMADAS REGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL TECNICO - 2018 3 INDICE INTRODUCCION 3 TITULO I.- ASPECTOS GENERALES

Más detalles

NORMAS PARA LA FINALIZACIÓN DEL SEMESTRE IMPAR E INICIO DEL SEMESTRE PAR 2017

NORMAS PARA LA FINALIZACIÓN DEL SEMESTRE IMPAR E INICIO DEL SEMESTRE PAR 2017 INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PASCO Institución Revalidada Nº0123-2006-ED DIRECTIVA Nº 002-17-DREP-DG-IESTP-PASCO NORMAS PARA LA FINALIZACIÓN DEL SEMESTRE IMPAR E INICIO DEL SEMESTRE

Más detalles

INFORMACIÓN PARA EGRESADOS DE LA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN PROCEDIMIENTO Y TARIFAS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO

INFORMACIÓN PARA EGRESADOS DE LA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN PROCEDIMIENTO Y TARIFAS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO INFORMACIÓN PARA EGRESADOS DE LA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN PROCEDIMIENTO Y TARIFAS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Semestre de vigencia: 2017-II Fecha de última actualización: mayo de 2017

Más detalles

APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS

APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS www.uss.edu.pe VERSIÓN 03 APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N 009-2016/PD-USS Página 1 de 9 ÍNDICE TÍTULO I... 3 GENERALIDADES... 3 TÍTULO II... 3 DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS Y SU

Más detalles

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA TEXTO ÚNICO S ADMINISTRATIVOS- TUPA Unidad Orgánica : DIRECCIÓN EDUCACIÓN NOMINACIÓN L RECHO PENNCIA DON SE INICIA 7 CAMBIO INSTITUTO SUPERIOR PRIVADO a. Tecnológico b. Pedagógico c. Artístico D.Leg. Nº

Más detalles

Reglamento De Grados y Títulos

Reglamento De Grados y Títulos Reglamento De Grados y Títulos CHICLAYO PERÚ 2016 CONSTITUYE LA BASE LEGAL DEL PRESENTE REGLAMENTO LAS SIGUIENTES NORMAS: A. LEY UNIVERSITARIA N 30220 B. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N 009-2015/SUNEDU/CD

Más detalles

Concurso de Personal Docente 2015

Concurso de Personal Docente 2015 Concurso de Personal Docente 2015 CONSTITUYE LA BASE LEGAL DEL PRESENTE REGLAMENTO LAS SIGUIENTES NORMAS: REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS A. LEY UNIVERSITARIA N 30220. B. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Más detalles

Manual de Procedimientos Administrativos

Manual de Procedimientos Administrativos INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO Manual de Procedimientos Administrativos El Instituto de Educación Superior Tecnológico Público- Carhuaz de la Región Ancash, acoge la responsabilidad

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL "PEDRO RUIZ GALLO"

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO Anexo Resolución N 446-97-FACFyM Lamb, diciembre 31 de 1997 UNIVERSIDAD NACIONAL "PEDRO RUIZ GALLO" FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS Y MATEMATICAS DECANATO REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS CAPITULO I: DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA FIQT TÍTULO PROFESIONAL MODALIDAD DE TRABAJO POR SUFICIENCIA PROFESIONAL

REGLAMENTO INTERNO DE LA FIQT TÍTULO PROFESIONAL MODALIDAD DE TRABAJO POR SUFICIENCIA PROFESIONAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FIQT TÍTULO PROFESIONAL MODALIDAD DE TRABAJO POR SUFICIENCIA PROFESIONAL (Aprobado en Sesión Extraordinaria Nº2 de Consejo de Facultad del 26/04/2018) BASE LEGAL Constituye base

Más detalles

ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica

ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica Resolución Ministerial N 738-85-ED, Normas para la Programación, Ejecución y Evaluación de las Prácticas Profesionales

Más detalles

Unidad Orgánica : DIRECCIÓN DE REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA AÑO 2004 DERECHO DE PAGO

Unidad Orgánica : DIRECCIÓN DE REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA AÑO 2004 DERECHO DE PAGO TEXTO ÚNICO S ADMINISTRAS- TUPA Unidad Orgánica : DIRECCIÓN EDUCACIÓN NOMINACIÓN L RECHO PENNCIA DON SE INICIA IMPUGNA 7 CAMBIO INSTITUTO SUPERIOR PRIVADO - Solicitud de reconocimiento de nuevo Director

Más detalles

TEXTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNO 2015 DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIO PEDAGÒGICO PÙBLICO DAVID SANCHEZ INFANTE UIT ,850.

TEXTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNO 2015 DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIO PEDAGÒGICO PÙBLICO DAVID SANCHEZ INFANTE UIT ,850. TETO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNO 2015 DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIO PEDAGÒGICO PÙBLICO DAVID SANCHEZ INFANTE UIT 2014 3,850.00 Nº DENOMINACIÒN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE

Más detalles

Reglamento de Grados y títulos. Derechos Reservados 2013-PRGP 500 ejemplares Impreso en Huancayo. Reglamento de Grados y Títulos

Reglamento de Grados y títulos. Derechos Reservados 2013-PRGP 500 ejemplares Impreso en Huancayo. Reglamento de Grados y Títulos Reglamento de Grados y títulos Derechos Reservados 2013-PRGP 500 ejemplares Impreso en Huancayo Oficina de Grados y Títulos 2 REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PREGRADO

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PREGRADO UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PREGRADO Aprobado por Resolución Rectoral N 055-2018-R-UPA Lima, Abril 2018 REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA DE

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO

UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO 1 UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD SEMINARIO BÍBLICO ANDINO 2 TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENEALES Artículo 1. El presente Reglamento

Más detalles

UNSM-FISI REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

UNSM-FISI REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN FACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DE GRADOS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EN INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA CAPÍTULO

Más detalles

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación

Más detalles

CAPITULO I CAPITULO II

CAPITULO I CAPITULO II LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. TRABAJO PROFESIONAL Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de México. CAPITULO I DE LA JURISDICCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO OTORGAMIENTO DE GRADOS DE LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA UNJFSC

REGLAMENTO OTORGAMIENTO DE GRADOS DE LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA UNJFSC REGLAMENTO OTORGAMIENTO DE GRADOS DE LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA UNJFSC 2018 ~ 1 ~ TITULO V DEL GRADO DE MAESTRO y DOCTOR CAPITULO I Artículo 1º Para el grado de Maestro se requiere haber obtenido el

Más detalles

TASAS EDUCATIVAS. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS: *PREGRADO, *POSTGRADO, *2das. ESPECIALIDADES Gratuito.

TASAS EDUCATIVAS. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS: *PREGRADO, *POSTGRADO, *2das. ESPECIALIDADES Gratuito. TASAS EDUCATIVAS SUBPROCESO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS: *PREGRADO, *POSTGRADO, *2das. ESPECIALIDADES 1 Presentar solicitud según formato

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD DE LIMA PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA Abril, 2016 1 ÍNDICE Página TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Disposiciones preliminares 4 TÍTULO III

Más detalles

INSTRUCTIVO. Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva Área de Educación Superior Tecnológica

INSTRUCTIVO. Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva Área de Educación Superior Tecnológica Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva Área de Educación Superior Tecnológica INSTRUCTIVO USO DE REGISTRO DE EVALUACIÓN, ASISTENCIA Y ACTA DE UNIDAD DIDÁCTICA EN IEST e ISE QUE

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 006 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 1349-2014-CU-ULADECH Católica, de fecha 25 de noviembre de 2014.

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS (ESCUELA DE POSGRADO) Aprobado por Resolución Vicerrectoral N 006-2016-UPA Lima, octubre 2016

Más detalles

CAPITULO I CAPITULO II

CAPITULO I CAPITULO II LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. OBRA TERMINADA División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de México.

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 007 Aprobado por Consejo Universitario con Resolución N 0188-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 06 de febrero de 2016 CHIMBOTE PERÚ Versión:

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN Depto. de Servicios Escolares. Coordinación de Estudios Profesionales. Objetivo: Establecer las normas y lineamientos para la

Más detalles

DIRECTIVA N 147 /DINESST / UDCREES-2004

DIRECTIVA N 147 /DINESST / UDCREES-2004 DIRECTIVA N 147 /DINESST / UDCREES-2004 ORIENTACIONES DE FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2004 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA I. FINALIDAD Establecer las orientaciones técnico-pedagógicas

Más detalles

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico Reglamento General para la Obtención del Grado Académico MARCO De acuerdo a la Constitución Política del Estado, Artículo 188; Ley de la Reforma Educativa, Artículo 23; Reglamento Institucional de Universidades

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley Nº 25265)

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley Nº 25265) UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley Nº 25265) ESCUELA DE POSGRADO (Aprobado con Resolución Nº 736-2005-ANR) REGLAMENTO PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Y DOCTOR (APROBADO CON RESOLUCIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE POSGRADO (Aprobado por Resolución N 1469-2016-EPG del 31/12/16) (Ratificada por Resolución N 457-2017-R del

Más detalles

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS UNIVERSITARIOS (PAU) PLAZO (Días Hábiles) (EN S/.) 30,00 5, ,00 automático. 50,00 automático.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS UNIVERSITARIOS (PAU) PLAZO (Días Hábiles) (EN S/.) 30,00 5, ,00 automático. 50,00 automático. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS S (PAU) 1.1 1.2 DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS NUMERO Y DENOMINACIÓN 01 CENTRO PRE 2. Recibo de Pago por ESTUDIOS DUPLICADO DE CARNE 2. Recibo de Pago por (EN

Más detalles

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA Este diplomado está dirigido para los egresados de las carreras profesionales de Computación e Informática, Administración y Sistemas, Redes y Comunicaciones, Industrial y Sistemas. CALENDARIO Matrícula

Más detalles

Costo. Plazo de dias habiles S/.

Costo. Plazo de dias habiles S/. Nº Orden Denominación del Procedimiento Requisitos Costo S/. Plazo de dias habiles Dependencia donde se inicia el tramite Autoridades para resolver cada instancia Recurso de aprueba el tramite reconcideracion

Más detalles

Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 19 de setiembre del 2012 Señor Presente.- Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Unidad Orgánica: DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN N DE PAG. 1 1 CIERRE DE INSTITUTO SUPERIOR PRIVADO. - Solicitud suscrita por el propietario según formato de 0.02 UIT X TRAMITE DIRECTOR Reconsideración

Más detalles

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA Este diplomado está dirigido para los egresados de las carreras profesionales de Computación e Informática, Administración y Sistemas, Redes y Comunicaciones, Industrial y Sistemas. CALENDARIO Matrícula:

Más detalles

CAPITULO I CAPITULO II

CAPITULO I CAPITULO II LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. TALLER SEMINARIO DE TESIS División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma

Más detalles

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico GUIA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, MANEJO Y USO DEL SISTEMA ANTIPLAGIO Y PUBLICACIÓN EN EL REPOSITORIO CIENTIFICO DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

CAPITULO I CAPITULO II

CAPITULO I CAPITULO II LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. ALTO NIVEL ACADÉMICO División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma

Más detalles

TUPA Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado del Sur RM ED RD ED

TUPA Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado del Sur RM ED RD ED TUPA 2017 Documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos (trámites), que permite proporcionar óptimos servicios al usuario. Instituto de Educación

Más detalles

CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N CU/UDL Chiclayo, 06 de Julio del 2016

CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N CU/UDL Chiclayo, 06 de Julio del 2016 CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N 041-2016-CU/UDL Chiclayo, 06 de Julio del 2016 VISTOS: La propuesta de actualización del Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad de Lambayeque presentada por

Más detalles

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite:

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite: REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN PARA POSGRADO EDICIÓN: PERIODO OTOÑO 2003 Capítulo I GENERALIDADES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia general para los estudiantes que han cumplido con

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE RACIONALIZACIÓN REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES (Aprobado con Resolución N 186-2017-CU del 27 de junio de 2017) 2017 ÍNDICE

Más detalles

UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS LIMA - PERÚ 2018 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Base Legal Ley Universitaria No 30220 Estatuto

Más detalles

INSTRUCTIVO DE REGISTRO DE TITULOS Y GRADOS PROFESIONALES EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO

INSTRUCTIVO DE REGISTRO DE TITULOS Y GRADOS PROFESIONALES EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO INSTRUCTIVO DE REGISTRO DE TITULOS Y GRADOS PROFESIONALES EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO FINALIDAD: El presente instructivo tiene por finalidad establecer los procedimientos para la inscripción,

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI La Universidad que Siembra Consejo Directivo Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 1/7 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA UNELLEZ

Más detalles

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GAF UN (01) ASISTENTE ADMINISTRATIVO PARA LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GAF UN (01) ASISTENTE ADMINISTRATIVO PARA LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS CONVOCATORIA CAS Nº 047-2014-OSITRAN-GAF UN (01) ASISTENTE ADMINISTRATIVO PARA LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS I. OBJETIVO Contar con asistencia en la secretaría de la Gerencia de Administración

Más detalles

Año del Buen Servicio al Ciudadano

Año del Buen Servicio al Ciudadano BASES DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL CAS I. DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un mínimo de puntos distribuyéndose de la

Más detalles

REGLAMENTO DEL CURSO TALLER PARA EL DESARROLLO DE TESIS DE GRADO EN MAESTRÍA Y DOCTORADO 2015 ÍNDICE

REGLAMENTO DEL CURSO TALLER PARA EL DESARROLLO DE TESIS DE GRADO EN MAESTRÍA Y DOCTORADO 2015 ÍNDICE REGLAMENTO DEL CURSO TALLER PARA EL DESARROLLO DE TESIS DE GRADO EN MAESTRÍA Y DOCTORADO 2015 ÍNDICE Capítulo I Capítulo II Capítulo III Capítulo IV Capítulo V Capítulo VI Disposiciones generales De la

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN INTEGRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPÍTULO I DIPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE TITULACIÓN INTEGRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPÍTULO I DIPOSICIONES GENERALES La Junta Directiva del Instituto Tecnológico Superior de Cajeme con fundamento en lo establecido por los artículos 56 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y 7 fracción IV del Decreto

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 008 Aprobado por Consejo Universitario con Resolución N 0113-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 8 de Febrero del 2017 CHIMBOTE PERÚ Versión:

Más detalles

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA CONVOCATORIA CAS Nº 061-2015-OSITRAN-GA UN (01) ASISTENTE PARA ORIENTACIÓN DEL USUARIO EN PROCEDIMIENTOS TUPA Y RECEPCION DE VISITANTES PARA LA OFICINA DE GESTIÓN DOCUMENTARIA I. OBJETIVO Brindar orientación

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 007 Aprobado por Consejo Universitario con Resolución N 0188-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 06 de febrero de 2016 CHIMBOTE PERÚ Versión:

Más detalles

DIPLOMADO EN GESTIÓN EMPRESARIAL

DIPLOMADO EN GESTIÓN EMPRESARIAL Este diplomado está dirigido para los egresados de las carreras profesionales de Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales, Administración de Recursos Humanos, Administración

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Pág. Nº 1 de 16 REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Nº 37-R-2018 Pág. Nº 2 de 16 (A) GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Reglamento para los interesados que ingresaron a la

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO

UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TITULOS R-CS-12 FECHA DE EMISIÓN 18/12/2014 VERSIÓN 02 NÚMERO DE PÁGINAS 12 APROBADO POR Consejo Superior DE ACUERDO AL ACTA DE FECHA 16 DE

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para que a nombre de la Nación,

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS

PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS CARRERA PROFESIONAL TECNICA ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE HOSTELERIA 2016 1 TÍTULO VII CAPITULO XXIX Normas para la titulación Articulo 210 Para acceder a la Titulación

Más detalles

REGLAMENTO INSTITUCIONAL

REGLAMENTO INSTITUCIONAL . Resolución de Creación y Autorización de Funcionamiento: R.M.Nº 865-87-ED., Resolución de Renovación de Autorización de Funcionamiento RD. Nº0428-94-ED Resolución de Revalidación Institucional y de Carreras

Más detalles

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA TEXTO ÚNICO S ADMINISTRATIVOS- TUPA Unidad Orgánica : ESCUELAS E INSTITUTOS EDUCACIÓN PAG. 1 NOMINACIÓN L 24 VALORIZACIÓN APORTES REGLAMENTARIOS EN DINERO POR PROCESOS HABILITACIÓN URBANA. Dec. Urg. Nº

Más detalles

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BIBLIOTECA CENTRAL Repositorio Científico GUIA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, MANEJO Y USO DEL SISTEMA ANTIPLAGIO Y PUBLICACIÓN EN EL REPOSITORIO CIENTIFICO DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE INGENIERIA REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA (Aprobado con Resolución de Facultad No. 034-CF-2008-FAING/UPT) CAPITULO I GENERALIDADES:

Más detalles

CAPITULO I CAPITULO II

CAPITULO I CAPITULO II LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. CLAUSTRO DE TESIS División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de

Más detalles

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Unidad Orgánica: DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION N DE PAG. 24 24 VALORIZACIÓN DE APORTES REGLAMENTARIOS - Solicitud. 0.011 UIT X TRÁMITE DIRECTOR Reconsideración EN DINERO POR PROCESOS DE HABILITACIÓN

Más detalles

CONTENIDO CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II.- DE LAS DEFINICIONES CAPÍTULO III.- DEL PROCESO DE TITULACIÓN

CONTENIDO CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II.- DE LAS DEFINICIONES CAPÍTULO III.- DEL PROCESO DE TITULACIÓN CONTENIDO CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II.- DE LAS DEFINICIONES CAPÍTULO III.- DEL PROCESO DE TITULACIÓN CAPÍTULO IV.- DE LOS REQUISITOS Y LAS OPCIONES CAPÍTULO V.- DE LA INTEGRACIÓN DE

Más detalles

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA ASISTENTE EN SISTEMAS Y BASES DE DATOS ORACLE

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA ASISTENTE EN SISTEMAS Y BASES DE DATOS ORACLE I. OBJETIVO CONVOCATORIA CAS Nº 074-2015-OSITRAN-GA ASISTENTE EN SISTEMAS Y BASES DE DATOS ORACLE Brindar el mantenimiento, soporte y mejoras a los sistemas y bases de datos Oracle y otras existentes en

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DIRECCIÓN GRADOS Y TITULOS UNIVERSIDAD PRIVADA SAN CARLOS SAC VERSIÓN: 2.0

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DIRECCIÓN GRADOS Y TITULOS UNIVERSIDAD PRIVADA SAN CARLOS SAC VERSIÓN: 2.0 REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DIRECCIÓN GRADOS Y TITULOS VERSIÓN: 2.0 ELABORADO POR: Ruth Beatriz Pino Gómez David Moisés Calizaya Zevallos REVISADO POR: Dr. Mario Tito Soto Godoy D.Sc. Heber Nehemias

Más detalles

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA

DIPLOMADO EN INNOVACIÓN E INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA Este diplomado está dirigido para los egresados de las carreras profesionales de Computación e Informática, Administración y Sistemas, Redes y Comunicaciones, Electrónica Industrial y Electrotecnia Industrial

Más detalles

UNIVERSIDAD LA SALLE

UNIVERSIDAD LA SALLE UNIVERSIDAD LA SALLE REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS TITULO I GENERALIDADES Art. 1º El presente Reglamento regula los requisitos y procedimientos para otorgar el Grado Académico de Bachiller y el Título

Más detalles

Circular de Procesos y Procedimientos para la obtención de Título o Grado Académico. Universidad Autónoma de la Ciudad de México

Circular de Procesos y Procedimientos para la obtención de Título o Grado Académico. Universidad Autónoma de la Ciudad de México Circular de Procesos y Procedimientos para la obtención de Título o Grado Académico Universidad Autónoma de la Ciudad de México Marzo de 2008 CIRCULAR QUE EXPIDE LA COORDINACIÓN DE CERTIFICACIÓN Y REGISTRO

Más detalles

TUPA por módulo

TUPA por módulo TUPA 2017 Documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos (trámites), que permite proporcionar óptimos servicios al usuario. Instituto de Educación

Más detalles

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA UN ESPECIALISTA AMBIENTAL

CONVOCATORIA CAS Nº OSITRAN-GA UN ESPECIALISTA AMBIENTAL I. OBJETIVO CONVOCATORIA CAS Nº 064-2015-OSITRAN-GA UN ESPECIALISTA AMBIENTAL Verificar el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de los contratos de concesión de infraestructura portuaria

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACION. Capítulo Primero Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE TITULACION. Capítulo Primero Disposiciones Generales REGLAMENTO DE TITULACION Capítulo Primero Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que habrá de sujetarse el proceso de titulación profesional, en el Tecnológico

Más detalles