Resolución Nº SETENA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Resolución Nº SETENA"

Transcripción

1 Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 00 MINUTOS DEL 10 DE ABRIL DEL PROYECTO OFIBODEGAS EL ESPAVEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría el análisis del Formulario de Evaluación Ambiental y la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, del proyecto Ofibodegas El Espavel, expediente administrativo número D SETENA, presentado por el señor Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: RESULTANDO PRIMERO: El día 22 de octubre del 2013, es recibido en esta Secretaría el formulario de Evaluación Ambiental D1 y la declaración Jurada de Compromisos Ambientales del proyecto Ofibodegas El Espavel, expediente administrativo número D SETENA, presentado por el señor Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: SEGUNDO: El día 21 de enero del 2014, luego de que la analista Patricia Bolaños revisó la información contenida en el expediente administrativo Nº SETENA y aplicó el procedimiento de ubicación del proyecto por medio de coordenadas en el Sistema de Información Geográfica que maneja esta Secretaría, cumpliendo de esta manera con lo ordenado mediante Resolución Nº SETENA. Se determinó por parte del Departamento de Evaluación Ambiental, recomendar la no realización de la inspección de campo. Como elementos adicionales que sustentan el no realizar la visita de campo se tienen: 1. La naturaleza del proyecto. 2. La congruencia del proyecto propuesto con el entorno. 3. La significancia de impacto ambiental obtenida en el Documento de Evaluación Ambiental D1. 4. El contar con un registro fotográfico del área de proyecto. 5. Las conclusiones de los estudios adjuntos al instrumento de evaluación, no determinan indicios particulares que deban ser profundizados y corroborados con la inspección de campo. 1

2 TERCERO: Que mediante Oficio DEA SETENA, del 22 de enero del 2014, notificado el 24 del mismo mes y año, se le comunica al desarrollador que en un plazo de 45 días hábiles presente información complementaria. CUARTO: El día 28 de marzo del 2014, se recibe solicitud de prórroga para la presentación de la documentación solicitada mediante Oficio DEA Se otorga prórroga mediante Oficio SG-DEA , del 10/04/14 con un plazo de 22 días hábiles. QUINTO: El día 22 de mayo del 2014, se recibe solicitud de prórroga para la presentación de la documentación solicitada mediante Oficio DEA Se otorga prorroga mediante Oficio SG-DEA , 12/6/14 con un plazo de 11 días hábiles. SEXTO: El día 01 de julio del 2014, se recibe solicitud de prórroga para la presentación de la documentación solicitada mediante Oficio DEA Se otorga prorroga mediante Oficio SG-DEA , del 19/8/14 con un plazo de 06 días hábiles. SEPTMO: El día 03 de septiembre del 2014, se recibe solicitud de prórroga para la presentación de la documentación solicitada mediante Oficio DEA Se otorga prorroga mediante Oficio SG-DEA , 30/9//14 con un plazo de 03 días hábiles. OCTAVO: El día 09 de octubre del 2014, se recibe en esta Secretaría la información solicitada mediante Oficio DEA NOVENO: Mediante oficio DEA SETENA, del 08/01/15, para proceder a aclarar con respecto al contenido de la documentación aportada, se le solicita aclaración en un plazo de 30 días hábiles. Dicha información fue presentada ante la SETENA, el 11 de febrero del CONSIDERANDO PRIMERO: Que se ha de tener por legitimado al señor Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: , en representación del proyecto, para solicitar la evaluación ambiental, constituye el desarrollador del proyecto tramitado en este expediente. SEGUNDO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala que: "Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y organismos públicos." TERCERO: Que el artículo 6 de la Modificación del Artículo 45 al Reglamento General sobre los Procedimientos de EIA, del Decreto Ejecutivo No MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, indica sobre la Cláusula de Compromiso Ambiental Fundamental, lo siguiente: La Presente Viabilidad (licencia) Ambiental se otorga en el entendido de que el desarrollador del proyecto, obra o actividad cumplirá de forma íntegra y cabal con todas las regulaciones y normas 2

3 técnicas, legales y ambientales vigentes en el país y a ejecutarse ante otras autoridades del Estado Costarricense. El incumplimiento de esta cláusula por parte del desarrollador no solo lo hará acreedor de las sanciones que implica el no cumplimiento de dicha regulación, sino que además, al constituir la misma, parte de la base fundamental sobre el que se sustenta la VLA, hará que de forma automática dicha VLA se anule con las consecuencias técnicas, administrativas y jurídicas que ello tiene para la actividad, obra o proyecto y para su desarrollador, en particular respecto a los alcances que tiene la aplicación del artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente. CUARTO: Que de conformidad con el criterio del Departamento de Evaluación Ambiental y de la documentación que consta en el expediente administrativo se ha determinado lo siguiente: 1. Observaciones Específicas: El proyecto consiste en la construcción de un condominio constará de 10 fincas filiales con un área promedio de 230 m², estas fincas filiales se utilizarán para construir ofibodegas, las cuales serán edificadas por cada propietario de cada finca filial. Contará con la infraestructura necesaria para el proyecto, tal como vías de comunicación, sistema de alcantarillado pluvial y sanitario, sistema de agua potable, sistema de energía eléctrica, carreteras, aceras, zonas de recreo y áreas comunes. Construcción de proyecto industrial bajo la Ley de Condominio. Servicios Área de la Finca ,22 m² Área de Cobertura 5.929,73 m² Porcentaje sobre la finca 19.85% Área para condominio 8100,55 m² Reserva del propietario 21770,67 m² Básicos: Aguas Pluviales: Se debe construir una laguna de detención de aguas, la cual deberá tener una capacidad de almacenamiento igual o superior a 450 m³, el desfogue desde esta laguna será el Río Siquiares. Uso de Suelo: Zona clasificada como: Zona Semi Urbana, cobertura máxima de construcción 20%, el uso pretendio resulta PERMITIDO. Oficio MA-ACC-U , Municipalidad de Alajuela. Agua Potable: Será suministrada por el Instituto Costarricense de Acueducto y Alcantarillados (ICAA). Energía Eléctrica: Será suministrada por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Recolección de Basura: Será brindado por la Municipalidad de Alajuela. Manejo de aguas residuales: Se trataran las aguas residuales mediante Tanque Séptico: Fosa Biológica Tanque Diez y drenaje 3

4 2. Resultados del Análisis Espacial (GEDI): El análisis por medio del sistema de información geográfica reveló información con respecto a la ubicación del proyecto: Sobre el AP cruza el RIO SIQUIARES y a aprox a 191 mts lineales se ubica del AP la QUEBRADA SARDINAS, cobertura no forestal (FONAFIFO ), SUELOS: vertisoles. Se advierte al desarrollador que en la operación de las bodegas, las mismas no deben ser operadas por actividades industriales de Clase A de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo S, por el alto riesgo a la contaminación. Sólo se permiten otras actividades sujeto al tratamiento de efluentes y al almacenaje adecuado de sustancias peligrosas, con la impermeabilización de las áreas de almacenamiento y de manipulación de las sustancias. Por lo cual debe cumplir con esta restricción, caso contrario se le aplicara lo establecido por la normativa vigente. Para el desarrollo del proyecto debe el desarrollador toma en consideración el hecho de que el proyecto se ubica sobre un área con una moderada fragilidad ambiental, por lo tanto, se facilita la Alta densidad de ocupación humana entre 50% y 70%, desarrollo vertical, con plantas de tratamiento de aguas. Limitantes para infraestructura industrial y comercial. Por la naturaleza, magnitud e impactos identificados en el proyecto propuesto, debe el desarrollador cumplir con las recomendaciones de los estudios básicos y medidas ambientales presentadas en el proceso de evaluación de impacto ambiental. 3. Información Geotécnica Folio Según estudio aportado por el desarrollador: Tipo de cimentación se podría realizar la cimentación de estructuras de hasta dos niveles a 1.0 metros de profundidad, del nivel actual del terreno, se considera factible la utilización de placas corridas y por otra parte, deben cumplir con lo establecido en el apartado XVII del Código Sísmico 2010, para estructuras hasta dos niveles como máximo. Para estructuras prefabricadas tipo baldosa columna, se recomienda realizar la colocación material selecto con un espesor de 0.3 m o un sello de concreto pobre (175 kg/cm²) con un espesor de 0.1 m. Posteriormente se colocará el micropilote (columna prefabricada). La excavación realizada para este tipo de fundación deberá tener una sección transversal cuyo lado mínimo será de 0.3 m. El nivel de desplante para estructuras prefabricadas puede ser de hasta 0.8 m. La capacidad de carga admisible ronda 12.0 Ton/m² con factor de seguridad tres. Debe el desarrollador cumplir con las recomendaciones del Estudio de Ingeniería Básica, para la construcción del proyecto en cuanto al sistema de cimentación, excavaciones y capacidad de soporte. Caso contrario se le aplicará lo establecido en la normativa vigente. Presenta la justificación de no presentación del Estudio de Hidrología y Amenazas naturales (Folio 65 y 66) 4. Información de geología básica, hidrogeología ambiental y condición de amenazas naturales: Folio Según estudio aportado por el desarrollador: el terreno es de topografía plana ondulada. El subsuelo del AP está conformado por suelos arcillosos de moderada a alta plasticidad, por lo general de moderada a buena competencia a partir de los 1.5 m de profundidad. La condición geoaptitud del terreno es favorable para llevar a cabo la construcción. Los estudios revelaron la inexistencia de algún nivel freático en al menos 2 m de profundidad cercano al proyecto. El tiempo de transito de contaminantes es de días para el AP. Según el análisis realizado, la vulnerabilidad intrínseca a la contaminación del acuífero libre cubierto, se clasifica como DESPRECIABLE a la contaminación. De acuerdo al mapa Geológico, 4

5 Hoja Río Grande y el de Amenazas naturales de CNE, no existen fallas recientes en un radio de 1.0 km. Según indica el geólogo, Tomando en cuenta todas las condiciones que enmarca este proyecto, se considera viable, pues el contexto ambiental no se ve amenazado, ya que los aspectos constructivos y las condiciones geológicas, hidrogeológicas y de amenazas naturales son aptos para el proyecto. 5. Reporte Arqueológico: Folio Según estudio aportado por el desarrollador: No requiere más estudios arqueológicos, pero si al realizar los movimientos de tierra aparecen rasgos o materiales precolombinos, avisar de inmediato al museo y paralizar las obras. Caso contrario se le aplicara lo establecido en la normativa vigente. 6. Según información aportada por el desarrollador: No se requiere corta de árboles para la construcción del proyecto. 7. Monto de inversión del AP $ (folio 010). 8. Presenta los protocolos establecidos en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Nº Minae): Estudio de Ingeniería Básica, Justificación del Estudio Hidrológico, Certificación de Riesgo Antrópico, Estudio de geológico-hidrogeología del Terreno del AP y Protocolo técnico para el estudio arqueológico rápido del terreno del AP. 9. Los estudios básicos realizados señalan una serie de recomendaciones que deben acatarse según lo indicado, como parte de los compromisos ambientales del proyecto. Caso contrario se le aplicara lo establecido en la normativa vigente. 10. Si el proyecto requiere de corta de árboles, debe el desarrollador tramitar el permiso respectivo ante la Subregional del SINAC/MINAET de la zona. Caso contrario se le aplicara lo establecido por la normativa vigente. 11. Debe el desarrollador realizar un manejo adecuado de los desechos sólidos y escombros producto de las obras y disponerlo en un sitio autorizado por la Municipalidad. Es responsabilidad del desarrollador depositar los desechos sólidos de la construcción en un sitio adecuado, previniendo una contaminación al suelo, aire o aguas superficiales y subterráneas. Así como el manejo adecuado de la cobertura vegetal a ser eliminada, las emisiones de la maquinaria-equipo móvil propios de las obras, el ruido de la maquinaria-equipo. Caso contrario se le aplicará lo establecido en la normativa vigente. 12. El interesado adjunta en el expediente la siguiente información: personería jurídica, cédula jurídica, cédula de identidad del representante legal, certificación de la propiedad, planos catastrados, matriz básica de identificación de impactos, diseño de sitio de la actividad y las medidas ambientales correspondientes a cada impacto ambiental identificado. Notas de instituciones locales, el archivo de shapefile georeferenciado y fotografías. 13. El documento de evaluación ambiental D1 cumple con la información técnica, legal y complementaria, en los apartados 1.3 y 1.4. Igualmente la información complementaria presentada fue revisada y analizada, cumpliendo con lo establecido en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Nº Minae). 14. Revisada y Analizada la matriz SIA, se presentan las medidas de ambientales. Las cuales debe el desarrollador cumplir como parte de los compromisos ambientales adquiridos en el proceso de evaluación de impacto ambiental. Caso contrario se le aplicara lo establecido en la normativa vigente. 5

6 15. Con respecto a los criterios de ponderación, la calificación final de la SIA estableció un valor de 190 puntos. De conformidad con lo que establece el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la SETENA, según la ruta de decisión, la actividad requiere de la presentación de una DJCA. 16. Revisada la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales y la información complementaria aportada, se determina que la misma cumple con lo establecido por esta Secretaría. QUINTO: Que el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente señala que: Las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental creada en esta ley. Su aprobación previa, de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar las actividades, obras o proyectos. Las leyes y los reglamentos indicarán cuales actividades, obras o proyectos requerirán la evaluación de impacto ambiental. En el presente procedimiento administrativo, se presentó el instrumento de evaluación ambiental Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, junto al Formulario de Evaluación Ambiental (D1), de acuerdo al Manual de Instrumentos Técnicos para el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA, parte II), los cuales fueron debidamente analizados por el Departamento de Gestión Institucional, se concluyó que cumplen con los términos de referencia y los requerimientos técnicos emitidos por esta Secretaría. En virtud de lo anterior, y de conformidad con las facultades de control y seguimiento establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Ambiente, que señala: La Secretaría Técnica Nacional Ambiental establecerá instrumentos y medios para dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones de la evaluación de impacto ambiental. En los casos de violación de su contenido, podrá ordenar la paralización de las obras. El interesado, el autor del estudio y quienes lo aprueben serán, directa y solidariamente, responsables por los daños que se causen. De lo anterior, se ha analizado y se ha determinado que los mismos cumplen, por lo que lo procedente en el presente caso es aprobar el instrumento de evaluación de impacto ambiental Declaración Jurada de Compromisos Ambientales y las matrices de impacto ambiental, presentados en el Formulario D1 y otorgar la viabilidad ambiental. SEXTO: De conformidad con el Artículo Resolución y otorgamiento de la Viabilidad (o Licencia) Ambiental del reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto Ejecutivo No MINAE-MAG-MOPT,MEIC,S, señala: Los lineamientos o directrices ambientales de compromiso que enmarcan el otorgamiento de la viabilidad (licencia) ambiental, y que estarán basadas en todo el proceso de EIA, así como una serie de condiciones e instrumentos de control y seguimiento ambiental, que incluyen los siguientes elementos: Desarrollo e implementación de los Instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS), que comprenden 3 aspectos básicos como son: Nombramiento de un responsable ambiental, una Bitácora Ambiental y la garantía ambiental de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica del Ambiente, cuyo monto será fijado por la SETENA. Los cuales deberán ser presentado ante la SETENA, antes de iniciar obras. POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE 6

7 En sesión Ordinaria Nº de esta Secretaría, realizada el 09 de abril del 2015, en el Artículo No. 02 acuerda: PRIMERO: Aprobar la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, las medidas ambientales y las matrices de impacto ambiental, presentados junto al Formulario D1, los cuales fueron sometidos a evaluación por el proyectista. SEGUNDO: Ordenar al desarrollador cumplir con la legislación ambiental vigente y conexa en Costa Rica, con los artículos 20,98,99,100 y 101 de la Ley Orgánica del Ambiente y los artículos 89,90,92,93,94,95,96,98,99,100,101,103 y 105 Reglamento de procedimientos de Evaluación Ambiental Nº MINAE-MOPT-MAG-S-MEIC y con el Código de Buenas Prácticas Ambientales (CBPA). En caso de no cumplir con lo indicado se procederá aplicar lo establecido en la legislación ambiental vigente. TERCERO: Se ordena al desarrollador Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: , del proyecto Ofibodegas El Espavel, expediente administrativo No. D SETENA, depositar el monto de garantía ambiental por un monto de US $ (diez mil dólares o su equivalencia en colones), en la cuenta de Custodia de Valores No CV-7297-SETENA- MINAE, en el Banco Nacional de Costa Rica-San José. En caso de realizarse el depósito con cheque certificado o efectivo, deberá depositarse en la cuanta # en colones o cuenta # en dólares, del Ministerio de Hacienda con el Banco Nacional de Costa Rica. En ambos casos, se debe indicar el nombre del proyecto y el número de expediente y aportar a esta Secretaría el comprobante del depósito respectivo, el cual estará en custodia hasta por el tiempo que dure el proyecto, mínimo de un año. Nombrar un Responsable Ambiental, con su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la SETENA, mediante el envío de una nota firmada por el propietario con la aceptación del profesional asignado y presentar un Libro de Actas para habilitarlo como Bitácora, la misma deberá permanecer en las instalaciones del proyecto durante el tiempo de vigencia de la regencia ambiental, antes del inicio de las obras, debiendo presentar los documentos indicados a esta Secretaría en ese mismo plazo. En caso de no presentar los documentos indicados en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo que establece la legislación vigente. CUARTO: Con base en las características ambientales del AP y su interacción con las actividades que realizará el proyecto, se establece la periodicidad de presentación de informes regenciales ante la SETENA, para periodos de cada cuatro meses durante la fase constructiva y un informe final de cierre de dicha fase, dichos informes serán verificados por el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental (ASA) para lo que corresponda de acuerdo a la normativa ambiental y conexa. Los Informes regenciales deberán ser presentados en un plazo máximo de 10 días posteriores a la finalización del periodo que cubren. En el momento de iniciar actividades se inicia el periodo del primer informe de regencia ambiental. Para la elaboración de estos informes, de acuerdo al formato establecido por esta Secretaría, será responsabilidad del regente ambiental realizar el número de visitas necesarias, dependiendo de las características del proyecto. Con base en estos informes y al programa de monitoreo, la SETENA podrá ajustar el monto de garantía y dictar medidas de 7

8 acatamiento obligatorio para mantener al proyecto, obra o actividad dentro de un margen de impacto ambiental controlado. El responsable y el propietario deberán brindar apoyo a las labores de la SETENA, en las inspecciones que esta efectúe. QUINTO: El incumplimiento de los requerimientos de esta Secretaría, así como de cualquiera de las obligaciones contraídas en el Estudio de Impacto Ambiental, el Anexo al EsIA, la Información Complementaria del Anexo, la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales y las medidas ambientales presentadas en el Cuadro de gestión ambiental; podrá ser sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley Orgánica de Ambiente, así como la demás legislación vigente. SEXTO: Se le previene al desarrollador que los estudios básicos realizados en el Área del Proyecto (AP) señalan una serie de recomendaciones que deben acatarse según lo indicado, como parte de los compromisos ambientales del proyecto. SETIMO: Comunicar al interesado que, de conformidad con los artículos 17,18 y 19 de la Ley Orgánica del Ambiente, se ha cumplido con el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto que tiene las siguientes características: Nombre Proyecto: Ofibodegas El Espavel, expediente administrativo número D SETENA, presentado por el señor Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: Descripción del Proyecto: El proyecto consiste en la construcción de un condominio constará de 10 fincas filiales con un área promedio de 230 m², estas fincas filiales se utilizarán para construir ofibodegas, las cuales serán edificadas por cada propietario de cada finca filial. Contará con la infraestructura necesaria para el proyecto, tal como vías de comunicación, sistema de alcantarillado pluvial y sanitario, sistema de agua potable, sistema de energía eléctrica, carreteras, aceras, zonas de recreo y áreas comunes. Construcción de proyecto industrial bajo la Ley de Condominio. AREAS COMUNES CONSTRUIDAS Descripción Área (m²) Área Vehiculares 1.736,58 Estacionamientos 585,92 Bordillo 21,22 Aceras 288,63 Total 2.632,35 8

9 Área de la Finca ,22 m² Área de Cobertura 5.929,73 m² Porcentaje sobre la finca 19.85% Área para condominio 8100,55 m² Reserva del propietario 21770,67 m² AREA COMUN LIBRE (A.C.L) m² Z. Verde 514,26 Recreativa 389,82 Parque 340,48 Serv. Pluvial 66,94 Canal Retardo Pluvial 300,00 Patio 559,32 Total 2.170,82 Por lo que se le otorga la VIABILIDAD AMBIENTAL al proyecto, quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental y en el entendido de cumplir con la Cláusula de Compromiso Ambiental fundamental. OCTAVO: Prevenir al desarrollador Aldo Biamonte Castro, Cédula: , en calidad de representante legal de EIBICI S.R.L, Cédula Jurídica: , que la viabilidad ambiental, sólo contempla lo indicado en la descripción del proyecto y el diseño presentado (el que se adjuntó en el Formulario D1 y la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales), y ante una eventual modificación, esta debe ser informada a SETENA, para que se realice la evaluación ambiental correspondiente, caso contrario se procederá conforme a la normativa vigente. NOVENO: La vigencia de esta viabilidad será por un período de DOS AÑOS para el inicio de las obras. En caso de no iniciarse las actividades en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo que establece la normativa ambiental vigente. DECIMO: Ordenar a los desarrolladores de actividades, obras o proyectos que a partir de la resolución que otorga la Viabilidad Ambiental, se debe colocar un rótulo en la entrada del área del proyecto el cual debe cumplir con el formato establecido en la resolución Nº SETENA o bien en la siguiente dirección: 9

10 DECIMO PRIMERO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía, de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente. DÉCIMO SEGUNDO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicarse claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del proyecto y además indicar un correo electrónico para futuras notificaciones, en caso de no haberlo aportado antes. Atentamente, ING. FREDDY BOLAÑOS CESPEDES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA 10

11 En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó copia de la Resolución Nº_ SETENA de las 07 horas 00 minutos del 10 de ABRIL NOTIFÍQUESE: Representante legal: Aldo Felipe Biamonte Castro Empresa: EBICI S.R.L Fax: Correo electrónico: Firma: cédula A las horas y minutos del de del Notifica 11

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0827-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1799-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0457-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0420-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2365-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2198-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1506-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0435-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1822-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1779-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1540-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 036-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0421-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0456-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0574-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2305-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0887-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1349-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1762-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1297-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1637-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1805-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0463-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 021-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 469-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 15 MINUTOS DEL 19 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE AGUA DEL POZO SJ-20 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D1-20985-2017-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1802-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0680-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1729-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0952-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 296-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1196-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1583-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1537-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2376-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1459-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 471-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1737-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 875-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1798-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1123-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 004-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1608-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1190-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 013-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 172-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 159-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 975-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1780-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1466-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2237-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2121-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 064-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1462-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1121-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 105-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2377-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA PROYECTO BODEGA ALMACENAMIENTO PRODUCTO INDUSTRIAL PÉREZ ZELEDÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA

Resolución Nº SETENA PROYECTO BODEGA ALMACENAMIENTO PRODUCTO INDUSTRIAL PÉREZ ZELEDÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2329-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1550-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 202-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1914-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2344-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0382-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº 1401-2014-SETENA

Resolución Nº 1401-2014-SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1401-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1368-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0450-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1420-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2383-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1629-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1624-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1670-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2358-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1029-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 30 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA EL PARQUE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2128-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2199-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1832-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1108-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 20 MINUTOS DEL 13 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO LOCAL COMERCIAL AVENIDA 4 (AREA DE CONSTRUCCIÓN 728,72 M 2

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 049-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 55 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO CANCHA FÚTBOL 5 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 05 MINUTOS DEL 20 MARZO DEL 2018. PROYECTO SUPERMERCADO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21874-2018-SETENA Conoce

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2191-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1671-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 008-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 723-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 20 MINUTOS DEL 06 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE AGUAS DEL POZO BC-921 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO: D1-21758-2018-SETENA

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2174-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 046-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 40 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO OBRAS NUEVAS ESCUELA AGUAS CALIENTES,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO APARTAMENTOS CAMINOS DE ARANJUEZ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21518-2017-SETENA

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 029-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1724-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0740-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2356-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 11 HORAS 55 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE UNA RED ELÉCTRICA SECUNDARIA SOBRE CALLE PUBLICA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0582-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2196-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1768-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 45 MINUTOS DEL 09 DE MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 2 PISOS Y UNA PISCINA EXPEDIENTE

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 732-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles