AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ)

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1 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Número de la sesión: 41 Fecha: 21 de octubre de 2016 Carácter: ordinaria Horario: de 9.00 a 9.20 h Lugar: sala de comisiones de la Casa de la Vila Asistentes: Joaquín A. Huguet Lecha, alcalde presidente (Grupo Socialista) María Carmen Aguilella García, primera teniente de alcalde (Grupo Socialista) Ángel Luis Badenas Donís, segundo teniente de alcalde (Grupo Socialista) Encarnación Ribes Rovira, tercera teniente de alcalde (Grupo Socialista) Andrés Vicente García García, interventor José-Blas Molés Alagarda, secretario Orden del día: 1. Parte resolutoria: 1.1.Propuesta de aprobación del acta de la sesión de 14 de octubre de Propuesta de aprobación de la autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones contenidas en la relación contable de obligaciones reconocidas núm. 2016/ Propuesta de aceptación de la subvención para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler con expediente núm. HBENER/2016/678/12 (solicitud núm. 13) para el ejercicio Propuesta de aceptación de la subvención para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler correspondiente al expediente HBENER/2016/20/12 del ejercicio Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) correspondiente al mes de septiembre de Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) correspondiente a las ayudas pendientes del mes de septiembre de Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) correspondiente a los atrasos del año 2016 (parte 5) Propuesta de aprobación y denegación de las ayudas individualizadas de servicios sociales de la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria) Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Quisqueya Ong de Onda para gastos de cooperación al desarrollo en Guayabal (República Dominicana) para el ejercicio Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Karit Solidarios por la paz para gastos de cooperación al desarrollo en Rilima (Ruanda) para el ejercicio Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Delwende al servicio de la vida para gastos de cooperación al desarrollo en Burkina Faso

2 para el ejercicio Propuesta de aprobación del convenio de colaboración entre el Colegio de Abogados de Castellón y el Ayuntamiento de Onda para el funcionamiento de la Oficina de Intermediación Hipotecaria Propuesta de aceptación del desistimiento de la solicitud de subvención de Ester Ibáñez Solsona para el programa de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, Propuesta de aceptación del desistimiento de la solicitud de subvención de Smail Aghnima para el programa de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, Propuesta de aprobación de la justificación y pago de la subvención concedida por ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, 2016 de Rafael Sansano Campos Propuesta de aprobación de los convenios de colaboración para la realización de prácticas formativas no laborales del alumnado del curso "Técnicas de venta y atención al cliente" Propuesta de aprobación de las bases de selección de alumnos de la acción formativa "Manejo seguro de carretillas elevadoras" Propuesta de incoación del expediente para la adjudicación del contrato de servicios: "Proyección de películas en las salas de la Cassola y Mónaco, alquiler y transporte de las películas del cine de estreno y mantenimiento de la sala de proyecciones del Mónaco" Propuesta de concesión de licencia municipal de obra mayor solicitada por Oscar Pradas Herrera para la construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras en la Avda. Luxemburgo, núm Propuesta de concesión de licencia municipal de obra mayor solicitada por la mercantil Cristal Cerámica, SA para la instalación de un centro de seccionamiento independiente de superficie en la calle Sis Quarts, núm Propuesta de concesión de licencia municipal de obra mayor solicitada por la mercantil Envases Cartón, SA para la instalación de un centro de seccionamiento independiente de superficie en la Avda. Extremadura, s/n Propuesta de concesión de licencia municipal de obra mayor solicitada por la mercantil Hijos de Francisco Gaya Forés, SL para la construcción de nave sin uso determinado en la CV-20, pk 7, Propuesta de aprobación y denegación de Ayudas de transporte interurbano línea regular, para el alumnado de Educación Postobligatoria: Educación Universitaria (Universitat Jaume I), Bachillerato y Formación Profesional, curso académico Propuesta de aprobación de la justificación del convenio de la Federación de Barrios en Fiestas de Onda 2016 y pago del 30% restante de la subvención Despacho extraordinario. 2. Control de los órganos de gobierno: 2.1. Dación de cuenta del Auto dictado en el Procedimiento Abreviado /2014 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón Dación de cuenta de la Sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario 4/000728/2015- BR del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Ruegos y preguntas. 1. Parte resolutoria:

3 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J 1.1. Propuesta de aprobación del acta de la sesión de 14 de octubre de La presidencia pregunta a los asistentes si desean formular alguna observación al borrador de la acta de la sesión ordinaria de 14 de octubre de Propuesta de aprobación de la autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones contenidas en la relación contable de obligaciones reconocidas núm. 2016/0008. Vista la propuesta de la concejala delegada de Intervención, Gestión Presupuestaria, Tesorería y Recaudación de 17 de octubre de 2016, que dice: Silvia Cerdá Alfonso, Concejala delegada de Intervención, Gestión presupuestaria y Recaudación, en uso de las facultades que me han sido delegadas por decreto de la alcaldía número 1337/2015 de 22 de junio, modificado por decreto de la alcaldía 1.896/2015, de modificación y ampliación de la Delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, reasignación de materias a Áreas Organizativas y ampliación y corrección de delegación de competencias en Tenientes de Alcalde y Concejales. Visto el anexo de operaciones a ordenar número 2016/0008, que recoge las facturas por gastos corrientes e inversiones presupuestarias. Vista la conformidad de las facturas incluidas en el anexo de los concejales responsables y de los técnicos del Área. Vista la fiscalización y conforme del Interventor municipal. Dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y el decreto de alcaldía número 1337/2015 de 22 de junio, de delegación de competencias, modificado por decreto de la alcaldía 1.896/2015, de modificación y ampliación de la Delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, reasignación de materias a Áreas Organizativas y ampliación y corrección de delegación de competencias en Tenientes de Alcalde y Concejales, que atribuye a la Junta de Gobierno: Autorizar y comprometer las gastos de su competencia. - Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridas legalmente, y ordenar el pago de estas obligaciones, excepto los relativos a gastos de personal y amortización de préstamos y liquidación de intereses. PROPONE: Primero. Aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones contenidas en la relación contable de obligaciones reconocidas núm. 2016/0008 por importe de ,38 euros correspondiente a gastos corrientes e inversiones presupuestarias.

4 Segundo. Ordenar el pago de las obligaciones contenidas en el punto primero Propuesta de aceptación de la subvención para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler con expediente núm. HBENER/2016/678/12 (solicitud núm. 13) para el ejercicio Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 10 de octubre de 2016, que dice: Vista la convocatoria de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, publicada en el DOCV núm. 7689, de 31 de diciembre de 2015, por la que se regulan y convocan subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler. Visto el expediente tramitado para la solicitud de subvención a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para evitar el corte de los suministros de energía eléctrica, agua y gas a familias en riesgo de exclusión social, así como para contribuir al pago del alquiler de la vivienda a personas que, por haber sido desahuciadas o haberse visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago, han accedido a un alquiler social y no pueden afrontarlo. Vista la resolución de fecha 26 de septiembre de 2016 (expediente HBENER/2016/678/12), de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana, sobre concesión al Ayuntamiento de Onda de la cantidad de euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en la misma. Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo del Equipo Social de Base. Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Dado lo que dispone el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias, en el punto cuarto, B, se atribuye a la Junta de Gobierno Local: 5. Solicitar y aceptar subvenciones. PROPONGO: Primero. Aceptar la subvención de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana con núm. de expediente HBENER/2016/678/12 por importe total de euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en la misma para el ejercicio 2016.

5 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J Segundo. Trasladar el presente acuerdo a la Intervención Municipal a los efectos oportunos. Tercero. Justificar la inversión, de acuerdo con la Orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de 23 de diciembre de 2015, y pedir el libramiento de la subvención Propuesta de aceptación de la subvención para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler correspondiente al expediente HBENER/2016/20/12 del ejercicio Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 10 de octubre de 2016, que dice: Vista la convocatoria de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, publicada en el DOCV núm. 7689, de 31 de diciembre de 2015, por la que se regulan y convocan subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler. Visto el expediente tramitado para la solicitud de subvención a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para evitar el corte de los suministros de energía eléctrica, agua y gas a familias en riesgo de exclusión social, así como para contribuir al pago del alquiler de la vivienda a personas que, por haber sido desahuciadas o haberse visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago, han accedido a un alquiler social y no pueden afrontarlo, correspondiente a la solicitud número 3 por importe de ,46 euros y para 24 unidades familiares. Vista la resolución de fecha 16 de mayo de 2016 (expediente HBENER/2016/20/12 solicitud número 3), de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana, sobre concesión al Ayuntamiento de Onda de la cantidad de 746,16 euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en la misma. Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 10 de junio de 2016, donde se acuerda no aceptar la subvención de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana (con núm. expediente HBENER/2016/20/12 solicitud número 3) por importe total de 746,16 euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en las mismas ejercicio 2016, por haber apreciado la existencia de errores en la relación de unidades familiares y en los importes desglosados. Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de junio de 2016, donde se acuerda interponer recurso de reposición contra la resolución de concesión de subvención de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana (con núm. expediente HBENER/2016/20/12 solicitud número 3) por importe total de 746,16 euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder

6 atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en las mismas ejercicio 2016, por haber apreciado la existencia de errores en la relación de unidades familiares y en los importes desglosados ya que sólo se resolvió la subvención para las 2 primeras unidades familiares sin que nada se diga respecto al resto de 22 unidades familiares incluídas en la misma relación. Vista la notificación de resolución de rectificación de la resolución de concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler, convocadas mediante Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, referencia expediente HBENER/2016/20/12, de fecha 16 de septiembre de 2016, en la que se resuelve conceder una subvención por importe de 6.057,46 euros para la totalidad de las 24 unidades familiares incluídas en la solicitud número 3. Visto el informe técnico de fecha 4 de octubre de 2016 emitido por la trabajadora social responsable del Programa de Ayudas de Pobreza Energética en el que se explica que la diferencia entre lo solicitado inicialmente y lo resuelto en el recurso se debe a que Consellería ha regularizado la concesión de las subvenciones en posteriores resoluciones. Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo del Equipo Social de Base. Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Dado lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias, en el punto cuarto, B, se atribuye a la Junta de Gobierno Local: 5. Solicitar y aceptar subvenciones. PROPONGO Primero. Aceptar la subvención de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana (con núm. expediente HBENER/2016/20/12 solicitud número 3) por importe total de 6.057,46 euros para evitar la pobreza energética y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler de las unidades familiares y por los importes desglosados en las mismas ejercicio Segundo. Trasladar el presente acuerdo a la Intervención Municipal a los efectos oportunos. Tercero. Justificar la inversión, de acuerdo con la Orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de 23 de diciembre de 2015, y pedir el libramiento de la subvención Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía

7 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J (RGC) correspondiente al mes de septiembre de Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 10 de octubre de 2016, que dice: Vistos los expedientes tramitados por los Servicios Sociales de Base sobre solicitudes de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el convenio de colaboración con la Consellería de Bienestar Social de la Generalidad para la gestión de la Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el seguimiento llevado a cabo, por el Equipo Social de Base, de las actividades establecidas como medidas de inserción social por los usuarios de Renta Garantizada de Ciudadanía que a continuación se detallan. Visto el informe del director-psicólogo del Equipo Social de Base de 4 de octubre de Considerando lo dispuesto en el Capítulo III, artículo 15.2 de la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalidad, de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunidad Valenciana y en el apartado núm. 2 de las Instrucciones 7/2009, de 22 de junio, a seguir en el procedimiento y tramitación de la prestación Renta Garantizada de Ciudadanía, ésta se entiende otorgada con carácter alimentario, para satisfacer las necesidades previstas en el artículo 142 del Código Civil (los beneficiarios no necesitarán cumplir ni acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo el Equipo Social de Base. Visto el intervenido y conforme de la propuesta por la intervención municipal. Dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el decreto de la alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias que atribuye a la Junta de Gobierno: Autorizar y comprometer a los gastos de su competencia. Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos legalmente, y ordenar el pago de estas obligaciones, excepto los relativos a gastos de personal y amortización de préstamos y liquidación de intereses. PROPONGO: Primero. Autorizar, disponer y reconocer la obligación de los gastos de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía, relacionados en el anexo I correspondientes al mes de septiembre de 2016, por importe total de ,54 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC con núm. operación ) del vigente presupuesto general. Segundo. Ordenar el pago de las mismas.

8 1.6. Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) correspondiente a las ayudas pendientes del mes de septiembre de Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 16 de octubre de 2016, que dice: Vistos los expedientes tramitados por los Servicios Sociales de Base sobre solicitudes de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el convenio de colaboración con la Consellería de Bienestar Social de la Generalidad para la gestión de la Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el seguimiento llevado a cabo, por el Equipo Social de Base, de las actividades establecidas como medidas de inserción social por los usuarios de Renta Garantizada de Ciudadanía que a continuación se detallan. Visto el informe del director-psicólogo del Equipo Social de Base de 13 de octubre de Considerando lo dispuesto en el Capítulo III, artículo 15.2 de la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalidad, de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunidad Valenciana y en el apartado núm. 2 de las Instrucciones 7/2009, de 22 de junio, a seguir en el procedimiento y tramitación de la prestación Renta Garantizada de Ciudadanía, ésta se entiende otorgada con carácter alimentario, para satisfacer las necesidades previstas en el artículo 142 del Código Civil (los beneficiarios no necesitarán cumplir ni acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo el Equipo Social de Base. Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el decreto de la alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias que atribuye a la Junta de Gobierno: Autorizar y comprometer a los gastos de su competencia. Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos legalmente, y ordenar el pago de estas obligaciones, excepto los relativos a gastos de personal y amortización de préstamos y liquidación de intereses. PROPONGO: Primero. Autorizar, disponer y reconocer la obligación de los gastos de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía, relacionados en el anexo I correspondientes a las

9 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J ayudas pendientes del mes de septiembre de 2016, por importe total de 3.292,66 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC con núm. operación ) del vigente presupuesto general. Segundo. Ordenar el pago de las mismas Propuesta de aprobación de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) correspondiente a los atrasos del año 2016 (parte 5). Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 16 de octubre de 2016, que dice: Vistos los expedientes tramitados por los Servicios Sociales de Base sobre solicitudes de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el convenio de colaboración con la Consellería de Bienestar Social de la Generalidad para la gestión de la Renta Garantizada de Ciudadanía. Visto el seguimiento llevado a cabo, por el Equipo Social de Base, de las actividades establecidas como medidas de inserción social por los usuarios de Renta Garantizada de Ciudadanía que a continuación se detallan. Visto el informe del director-psicólogo del Equipo Social de Base de 13 de octubre de Considerando lo dispuesto en el Capítulo III, artículo 15.2 de la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalidad, de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunidad Valenciana y en el apartado núm. 2 de las Instrucciones 7/2009, de 22 de junio, a seguir en el procedimiento y tramitación de la prestación Renta Garantizada de Ciudadanía, ésta se entiende otorgada con carácter alimentario, para satisfacer las necesidades previstas en el artículo 142 del Código Civil (los beneficiarios no necesitarán cumplir ni acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo el Equipo Social de Base. Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el decreto de la alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias que atribuye a la Junta de Gobierno: Autorizar y comprometer a los gastos de su competencia. Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos legalmente, y ordenar el pago de estas obligaciones, excepto los relativos a gastos de

10 personal y amortización de préstamos y liquidación de intereses. PROPONGO: Primero. Autorizar, disponer y reconocer la obligación de los gastos de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía, relacionados en el anexo I correspondientes a los atrasos del año 2016 (parte 5), por importe total de 5.715,56 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC con núm. operación ) del vigente presupuesto general. Segundo. Ordenar el pago de las mismas Propuesta de aprobación y denegación de las ayudas individualizadas de servicios sociales de la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria). Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 12 de octubre de 2016, que dice: Vistos los expedientes tramitados por los Servicios Sociales de Base sobre solicitudes de ayudas individualizadas. Visto el informe-propuesta técnica sobre valoración de tales expedientes, emitido por el director-psicólogo del Equipo Social de Base, de 29 de septiembre de 2016, que indica que la concesión y denegación de las ayudas se ajusta a lo que establecen las bases específicas reguladoras de las ayudas económicas municipales de emergencia para la atención de necesidades sociales vigentes. Visto el dictamen de la Comisión informativa permanente de Administración, Servicios Municipales y Política Social y Especial de Cuentas, de 4 de octubre de 2016, de valoración de las ayudas. Visto el informe del director-psicólogo del Equipo Social de Base de 10 de octubre de Considerando que todos los beneficiarios relacionados en la propuesta, correspondientes a las ayudas de emergencia de la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria), han firmado, y así consta en la solicitud de ayuda individual en el departamento de Servicios Sociales, la declaración de no estar sometido a ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/03) y del cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubieran exigido. Considerando que también consta en el expediente, el informe emitido por el servicio de recaudación municipal acreditativo que los beneficiarios están al corriente de las obligaciones tributarias con la Corporación, cuya validez acaba el 15 de diciembre de Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo del Equipo Social de Base.

11 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Vistas las bases específicas reguladoras de las ayudas económicas municipales de emergencia para la atención de necesidades sociales vigentes. Considerando que el artículo 6.1.e), de la Ley 5/1997, de 25 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana, establece que corresponde a las Entidades Locales Municipales, la gestión de los programas y de las ayudas económicas que le pueda encomendar la Administración de la Generalitat. Considerando lo que dispone el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución de la Alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. PROPONGO: Primero. Aprobar las ayudas individualizadas de Servicios Sociales correspondientes a la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria) según el detalle que se acompaña: A. Ayudas a abonar directamente a los solicitantes por transferencia bancaria NÚM. EXPEDIENTE CONCEPTO CUANTÍA 1 470/16 AFPE(***) 600, /16 AFPE(*) 476, /16 AFPE(*) 300, /16 AFPE(*) 374, /16 AFPE(*) 240, /16 AFPE(*) 260, /16 AFPE(*) 476, /16 AFPE(*) 220, /16 AFPE(*) 442, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE / AEGE-F(*) 204, /16 AFPE(*) 260, /16 AFPE / AEGE-F(*) 708, /16 AFPE(*) 420, /16 AFPE(*) 165, /16 AFPE(*) 330, /16 AFPE(*) 544, /16 AFPE(*) 390, /16 AFPE(*) 275, /16 AFPE(*) 300, /16 AFPE(*) 275, /16 AFPE(**) 487, /16 AFPE(*) 390, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE(***) 900,00

12 NÚM. EXPEDIENTE CONCEPTO CUANTÍA /16 AFPE(***) 550, /16 AFPE(***) 1.039, /16 AFPE(*) 360, /16 AFPE(*) 240, /16 AFPE(*) 210, /16 AFPE(*) 325, /16 AFPE(*) 195, /16 AFPE(*) 275, /16 AFPE(*) 200, /16 AFPE(*) 360, /16 AFPE(*) 320, /16 AFPE(***) 420, /16 AFPE(*) 420, /16 AFPE / AEAI(*) 584, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE(*) 442, /16 AFPE / AEGE-F(*) 243, /16 AFPE(*) 330, /16 AFPE(*) 400, /16 AFPE(*) 442, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE(*) 420, /16 AFPE(*) 390, /16 AFPE(*) 260, /16 AFPE(*) 320, /16 AFPE(*) 330, /16 AFPE(*) 275, /16 AFPE(*) 442, /16 AFPE(*) 200, /16 AFPE(*) 350, /16 AFPE(*) 300, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE(*) 510, /16 AFPE(*) 420, /16 AFPE(*) 420, /16 AFPE(*) 325, /16 AFPE(*) 476, /16 AFPE(**) 698,40 TOTAL ,82 B. Ayudas a abonar a los solicitantes en formato de vales semanales (ayudas de emergencia y PIF) NÚM. EXPEDIENTE CONCEPTO CUANTÍA (*) 1 469/16 PIF(*) 360,00 TOTAL 360,00 AFPE. Ayuda familiar polivalente de emergencia. AEGE. Ayuda de emergencia gastos extraordinarios. AEAI. Ayuda de emergencia alimentación infantil. PIF. Plan de intervención familiar. (*) Esta cuantía debe entenderse prorrateada entre 2 meses. (**) Esta cuantía debe entenderse prorrateada entre 3 meses.

13 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J (***) Esta cuantía debe entenderse prorrateada entre 4 meses. Segundo. Denegar las ayudas individualizadas de Servicios Sociales correspondientes a la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria), por el motivo que se indica en cada caso: NÚM. EXPEDIENTE CONCEPTO CAUSA DENEGACIÓN 1 43/16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE /16 AFPE 2 Causa de denegación: 1. Por no conseguir la puntuación mínima de 15 puntos para entrar en los módulos de las ayudas económicas. 2. Por no presentar la documentación requerida en forma y plazos. Tercero. Autorizar, disponer y reconocer la obligación de los gastos de las ayudas individualizadas de Servicios Sociales directos a los solicitantes, aprobadas en el punto primero A, relacionadas en el anexo I correspondientes a la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria), por importe total de ,82 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC con número de operación ) del vigente presupuesto general. Cuarto. Autorizar los gastos de ayudas de emergencia (vales) y de los planes de intervención familiar (vales), aprobadas en el punto primero B, relacionadas en el anexo II correspondientes a la comisión de valoración del mes de octubre de 2016 (ordinaria), por importe total de 360,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC con número de operación ) del vigente presupuesto general. Quinto. Ordenar el pago de las obligaciones reconocidas en el punto tercero. Sexto. Notificar la presente resolución a los interesados y trasladar el presente acuerdo al Área de Hacienda Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Quisqueya Ong de Onda para gastos de cooperación al desarrollo en Guayabal (República Dominicana) para el ejercicio Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 14 de octubre de 2016, que dice:

14 Visto el escrito de 29 de agosto de 2016 (registro entrada número ), presentado por Daniel García García, de solicitud de pago del 70% de la subvención concedida en materia de cooperación internacional a la Asociación Quisqueya Ong de Onda para el ejercicio 2016 Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 12 de agosto de 2016, por el que se aprobó la concesión de una subvención a la Asociación Quisqueya Ong de Onda para gastos de cooperación al desarrollo en Guayabal (República Dominicana) para el ejercicio 2016 por un importe, para el ejercicio 2016, de 5.515,14 euros. Visto que de acuerdo con las certificaciones correspondientes, Asociación Quisqueya Ong de Onda, cumple los requisitos establecidos en el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no siendo deudora con la Hacienda Local, la Hacienda Pública, ni con la Seguridad Social. Visto que el artículo 88.3b del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quede de manifiesto que no haya sido dictada una resolución declarativa de la procedencia del reintegro de la subvención o de la pérdida del derecho al cobro de la misma por alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Visto que el artículo 88.3c, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención, certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quedo de manifiesto que no ha sido acordada por el órgano concedente de la subvención, como medida cautelar, la retención de las entregas de pago o de las cantidades pendientes de abonar al beneficiario o entidad colaboradora, referidos a la misma subvención. Visto el informe favorable emitido por el director-psicólogo del Equipo Social de Base, de 10 de octubre de Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Considerando lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución de la Alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. PROPONGO Primero. Aprobar el reconocimiento de la obligación por la cantidad de 3.860,598 euros a Asociación Quisqueya Ong de Onda, con CIF, correspondiendo al 70% del importe total de la subvención concedida para el ejercicio 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC de 17/08/2016 con núm. de operación ) del vigente

15 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J Presupuesto General. Segundo. Aprobar la ordenación de pago de la obligación anterior. Tercero. Trasladar el presente acuerdo al Área de Hacienda Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Karit Solidarios por la paz para gastos de cooperación al desarrollo en Rilima (Ruanda) para el ejercicio Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 14 de octubre de 2016, que dice: Visto el escrito de 2 de septiembre de 2016 (registro entrada número ), presentado por Óscar Valero Manuel, de solicitud de pago del 70% de la subvención concedida en materia de cooperación internacional a la Asociación Karit Solidarios por la Paz para el ejercicio 2016 Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 12 de agosto de 2016, por el que se aprobó la concesión de una subvención a la Asociación Karit Solidarios por la Paz para gastos de cooperación al desarrollo en Rilima (Rwanda) para el ejercicio 2016 por un importe, para el ejercicio 2016, de 4.727,28 euros. Visto que de acuerdo con las certificaciones correspondientes, Asociación Karit Solidarios por la Paz, cumple los requisitos establecidos en el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no siendo deudora con la Hacienda Local, la Hacienda Pública, ni con la Seguridad Social. Visto que el artículo 88.3b del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quede de manifiesto que no haya sido dictada una resolución declarativa de la procedencia del reintegro de la subvención o de la pérdida del derecho al cobro de la misma por alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Visto que el artículo 88.3c, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención, certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quedo de manifiesto que no ha sido acordada por el órgano concedente de la subvención, como medida cautelar, la retención de las entregas de pago o de las cantidades pendientes de abonar al beneficiario o entidad colaboradora, referidos a la misma subvención. Visto el informe favorable emitido por el director-psicólogo del Equipo Social de Base, de 10 de octubre de 2016.

16 Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Considerando lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución de la Alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. PROPONGO Primero. Aprobar el reconocimiento de la obligación por la cantidad de 3.309,096 euros a Asociación Karit Solidarios por la Paz, con CIF, correspondiendo al 70% del importe total de la subvención concedida para el ejercicio 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC de 17/08/2016 con núm. de operación ) del vigente Presupuesto General. Segundo. Aprobar la ordenación de pago de la obligación anterior. Tercero. Trasladar el presente acuerdo al Área de Hacienda Propuesta de aprobación del pago del 70% de la subvención concedida a la Asociación Delwende al servicio de la vida para gastos de cooperación al desarrollo en Burkina Faso para el ejercicio Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 14 de octubre de 2016, que dice: Visto el escrito de 14 de septiembre de 2016 (registro entrada número ), presentado por Mª Dolores García Gómez, de solicitud de pago del 70% de la subvención concedida en materia de cooperación internacional a la Asociación Delwende al servicio de la vida para el ejercicio 2016 Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 12 de agosto de 2016, por el que se aprobó la concesión de una subvención a la Asociación Delwende al servicio de la vida para gastos de cooperación al desarrollo en Burkina Faso para el ejercicio 2016 por un importe, para el ejercicio 2016, de 4.727,28 euros. Visto que de acuerdo con las certificaciones correspondientes, Asociación Delwende al servicio de la vida, cumple los requisitos establecidos en el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no siendo deudora con la Hacienda Local, la Hacienda Pública, ni con la Seguridad Social. Visto que el artículo 88.3b del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que

17 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quede de manifiesto que no haya sido dictada una resolución declarativa de la procedencia del reintegro de la subvención o de la pérdida del derecho al cobro de la misma por alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Visto que el artículo 88.3c, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dice que deberá incorporarse al expediente que se tramite para el pago total o parcial de la subvención, certificación expedida por el órgano encargado del seguimiento de aquella en la que quedo de manifiesto que no ha sido acordada por el órgano concedente de la subvención, como medida cautelar, la retención de las entregas de pago o de las cantidades pendientes de abonar al beneficiario o entidad colaboradora, referidos a la misma subvención. Visto el informe favorable emitido por el director-psicólogo del Equipo Social de Base, de 10 de octubre de Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Considerando lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución de la Alcaldía número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. PROPONGO Primero. Aprobar el reconocimiento de la obligación por la cantidad de 3.309,096 euros a Asociación Delwende al servicio de la vida, con CIF, correspondiendo al 70% del importe total de la subvención concedida para el ejercicio 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC de 17/08/2016 con núm. de operación ) del vigente Presupuesto General. Segundo. Aprobar la ordenación de pago de la obligación anterior. Tercero. Trasladar el presente acuerdo al Área de Hacienda Propuesta de aprobación del convenio de colaboración entre el Colegio de Abogados de Castellón y el Ayuntamiento de Onda para el funcionamiento de la Oficina de Intermediación Hipotecaria Vista la propuesta de la teniente alcalde delegada del Área de Administración, Servicios Municipales y Política Social de 18 de octubre de 2016, que dice: Visto el artículo 25 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

18 Local, que con carácter genérico atribuye al municipio capacidad para promover cualquier clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, y en concreto la atención immediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. Visto el expediente tramitado por los Servicios Sociales de Base para la aprobación de convenio de colaboración entre Colegio de Abogados de Castellón y el Ayuntamiento de Onda para el funcionamiento de la Oficina de Intermediación Hipotecaria Visto el borrador del convenio cuya finalidad es la financiación del proyecto denominado "Servicio de asesoramiento y mediación en las reclamaciones de préstamos hipotecarios sobre la vivienda habitual": el asesoramiento jurídico a los deudores necesitados, que no puedan hacer frente a los préstamos hipotecarios obtenidos para financiar la adquisición de su vivienda habitual, frente a las entidades acreedoras de esos préstamos y la mediación entre los deudores de tales préstamos hipotecarios y sus respectivas entidades acreedoras. Vista la conformidad de la presente propuesta del director-psicólogo del Equipo Social de Base. Vista la conformidad del interventor municipal, manifestada mediante la firma del presente documento, de acuerdo con lo establecido en las normas de fiscalización aprobadas en las Bases de Ejecución del presupuesto. Considerando lo que dispone el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.337/2015, de 22 de junio, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. PROPONGO: Primero. Aprobar el convenio de colaboración a suscribir con el Colegio de Abogados de Castellón para el funcionamiento de la Oficina de Intermediación Hipotecaria , por importe de Segundo. Autorizar y disponer el gasto generado por el punto anterior con cargo a la aplicación presupuestaria del vigente presupuesto general (RC con número de operación ). Tercero. Facultar a la Alcaldía Presidencia para la firma de los documentos necesarios para su formalización. Cuarto. Trasladar el presente acuerdo a los interesados y a los servicios económicos a los efectos procedentes Propuesta de aceptación del desistimiento de la solicitud de subvención de Ester Ibáñez Solsona para el programa de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, 2016.

19 AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ) El Pla, 1 Tel: Fax: NIF: P J Vista la propuesta del teniente alcalde delegado del Área de Territorio, Sostenibilidad y Dinamización Económica de 13 de octubre de 2016, que dice: Visto el expediente tramitado para la aprobación de las bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, Visto que El Pleno Municipal, en sesión de 30 de enero de 2006 aprobó el Ordenanza General de Subvenciones que fue publicada en el BOP número 31 de 14 de marzo de Visto que la Junta de Gobierno Local, en sesión 29 de enero de 2016, aprobó las bases específicas que regulan la convocatoria de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, 2016, cuyo anuncio fue publicado en el tablón de edictos municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia número 15 de fecha 4 de febrero de Vista la solicitud de subvención de fecha 2 de septiembre de 2016 (NRE 16551) y el desistimiento a dicha solicitud por baja voluntaria de la trabajadora de fecha 6 de octubre de 2016 (NRE 19913) que presenta Ester Ibáñez Solsona con DNI. Visto el informe de la técnico de comercio, turismo y empleo de fecha 13 de octubre de 2016 unido al expediente de aceptación del desistimiento a la solicitud de subvención. Considerando lo que disponen en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en relación al desistimiento y la renuncia de los interesados. Considerando lo que dispone el artículo 23,2,b) de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local, en relación con el artículo 53,2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales; y en la resolución de la alcaldía número 1.337/2015, de fecha 22 de junio, de organización municipal y delegación de competencias, que en el punto cuarto, B atribuye a la Junta de Gobierno, 12. Aprobar todos los actos relativos a subvenciones que conceda el Ayuntamiento y que sean de su competencia. PROPONGO: Primero. Aceptar el desistimiento de la solicitud de subvención de Ester Ibáñez Solsona para el programa de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, 2016 y en consecuencia, declarar concluso el procedimiento y archivar el expediente núm /2016/67, de acuerdo con lo que disponen los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo. Notificar este acuerdo a la interesada, a los efectos oportunos Propuesta de aceptación del desistimiento de la solicitud de subvención de Smail Aghnima para el programa de ayudas a la contratación de personas desempleadas de Onda, 2016.

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