CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN

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1 CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN 2005

2 PROGRAMA CONSORCIOS DE EXPORTACION 2005 ÍNDICE 1. OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA REQUISITOS PARA ACCEDER AL PROGRAMA REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO Generales Específicos del Consorcio en Origen Específicos del Consorcio en Destino REQUISITOS FORMALES IMCOMPATIBILIDAD CONTENIDO DEL PROGRAMA APOYO DURACIÓN CONCEPTOS DE GASTO Gastos de Estructura Gastos de Promoción Otros Gastos CONSIDERACIONES DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LOS CONCEPTOS DE GASTO CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Criterios Relativos al Consorcio Criterios Relativos a las Empresas Socios. 10

3 4. TRAMITACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR AL IMPRESO DE SOLICITUD 4.1 DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR AL IMPRESO DE SOLICITUD Para Consorcios que solicitan ayuda por primera vez Para Consorcios que solicitan la renovación de la ayuda APROBACIÓN DOCUMENTACIÓN PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO AUDITORIA..16

4 CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA Las Pequeñas y Medianas empresas constituyen uno de los objetivos centrales de los instrumentos de apoyo a la exportación. Con el fin de fomentar y facilitar esta internacionalización, el ICEX ha diseñado programas de apoyo a PYMES entre los que se encuentra el Programa de Consorcios de Exportación. Este programa tiene como finalidad, por un lado, apoyar la agrupación de pequeñas y medianas empresas, con una estrategia de comercialización conjunta y unos objetivos similares para afrontar la actividad exportadora (Consorcios constituidos en España); y por otro, facilitar la presencia con implantación comercial agrupada de PYMES españolas en el exterior, siempre que tengan una misma estrategia de comercialización y promoción, y que se dirijan a los mismos canales de distribución, con el fin de abordar un mercado concreto de una forma más directa y con carácter permanente (Consorcios en destino, constituidos en el exterior). 2. REQUISITOS PARA ACCEDER AL PROGRAMA 2.1 REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERALES El Consorcio de Exportación tendrá personalidad jurídica propia independientemente de las empresas que lo componen (en adelante, Empresas Socio). El Consorcio puede estar constituido en España (en adelante, Consorcio en origen) o en el exterior (en adelante, Consorcio en destino). Debe tratarse de la creación de una estructura nueva, por lo que no se admite la toma de participación de sociedades o estructuras asociativas ya existentes. Se apoyarán los Consorcios de Exportación constituidos durante el año 2004 y También se apoyará el segundo y tercer año de los que hubieran tenido apoyo por parte del ICEX durante el año 2004, cuya valoración haya sido positiva y que cumplan los requisitos para renovar el apoyo. Asimismo, para tener apoyo durante el año 2005, tanto para nuevos proyectos como para aquellos que renuevan la ayuda, es necesario que la documentación acreditativa este en poder del ICEX antes del 31 de mayo de Los Consorcios constituidos después de esta fecha deberán presentar la solicitud para el año siguiente. Una Empresa Socio no podrá tener participaciones del capital de otra Empresa Socio, ni dos Empresas Socio podrán tener un accionista común. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

5 Se admite la participación como Empresa Socio de un Socio Financiero (entidad financiera, comercializadora, distribuidor, gerente del consorcio, etc. ) español o extranjero. Esta participación nunca podrá ser superior a la de la Empresa Socio fabricante española que menor participación tenga, excepto en aquellos países considerados de carácter preferente por razones de política comercial o en mercados muy poco desarrollados, en los cuales podrá llegar a tener una participación de hasta un 25%. La parte del Socio Financiero no recibirá apoyo por parte del ICEX. El Consorcio de Exportación contará con un gerente en exclusiva, independiente de las Empresas Socio, excepto si el gerente forma parte del Consorcio de Exportación como Socio Financiero. El Consorcio de Exportación presentará un Plan de Actuación en el exterior a tres años, con objetivos cuantificables por mercados. El Consorcio de Exportación deberá elaborar también un Plan de Viabilidad económico financiero a tres años ESPECÍFICOS DEL CONSORCIO EN ORIGEN Deberá estar formado por un mínimo de cuatro Empresas Socio españolas fabricantes o con producto o servicio propio. Excepcionalmente, se podría admitir un número inferior (nunca menos de tres empresas) por razones muy justificadas. La participación de las empresas socio en el Consorcio deberá estar equilibrada, para evitar posiciones dominantes, por lo que ninguna empresa socio podrá tener una participación superior al 25% del Consorcio de Exportación, salvo en aquellos formados por tres empresas a las que no podrá superar el 33%. El Consorcio en Origen podrá tener filiales o sucursales en el exterior, las cuales deberán estar participadas por el Consorcio en un porcentaje superior al 50%, salvo imperativo legal del país. El ICEX apoyará las filiales o sucursales del Consorcio en Origen según la participación de éste. En el caso de creación de filiales y sucursales el Consorcio deberá comunicar a la Oficina Económica y Comercial de España correspondiente, la apertura y existencia de estas filiales o sucursales, así como los datos identificativos de la misma, en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de apertura ESPECÍFICOS DEL CONSORCIO EN DESTINO Deberá estar formado por un mínimo de tres Empresas Socio españolas fabricantes o con producto o servicio propio. La participación de las Empresas Socio en el Consorcio de Exportación deberá estar equilibrada, para evitar posiciones dominantes, por lo que ninguna Empresa Socio podrá tener una participación superior al 33% del Consorcio de PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

6 Exportación, en el caso de estar constituido por tres empresas. En el caso de que estuviera constituido por cuatro o más empresas, ninguna Empresa Socio podrá tener una participación superior al 25% del Consorcio de Exportación. El Consorcio deberá comunicar a la Oficina Económica y Comercial de España del país correspondiente la apertura y existencia de su establecimiento comercial y los datos identificativos del mismo, así como mantener un contacto periódico con la misma sobre la evolución de su actividad. 2.2 REQUISITOS FORMALES Los beneficiarios del programa deberán informar en el momento de presentar su solicitud, si han recibido, van a recibir o han solicitado alguna ayuda a Comunidades Autónomas u otros organismos públicos o privados, en el presente ejercicio y/o en el inmediato anterior. El Consorcio y las empresas que forman parte del mismo deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y en materia laboral y de Seguridad Social. En el caso de Consorcios de nueva creación o que solicitan ayuda por primera vez, el Instituto realizará un análisis sobre la viabilidad del Consorcio y su adecuación a las condiciones y finalidad del programa con carácter previo a su aprobación. El Consorcio y las empresas que lo forman, cuando se trate de sociedades mercantiles, deberán cumplir con los trámites legalmente establecidos en lo relativo a la presentación de cuentas en el Registro Mercantil 2.3 INCOMPATIBILIDAD Este programa es compatible con programas similares de otros organismos excepto para los mismos conceptos de gasto, para los que la empresa deberá elegir a que institución presenta el gasto, pero en ningún caso se podrán acumular. 3. CONTENIDO DEL PROGRAMA 3.1 APOYO El apoyo al programa por parte del ICEX tendrá una duración de tres años. 50% del presupuesto estimado para los conceptos subvencionables tanto relativos a la estructura del Consorcio y sus filiales, como a la promoción exterior durante el primer año del Consorcio. 45% del presupuesto estimado para los gastos apoyables durante el segundo año de ayuda al Consorcio. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

7 40% del presupuesto estimado para los gastos apoyables durante el tercer año de ayuda al Consorcio. Bolsas de viaje: Las bolsas de viaje se fijarán anualmente por el Instituto, y se darán al 100%. Se entiende que la bolsa cubre los conceptos de pasaje, alojamiento, traslados y todo lo que conlleva de gastos un viaje. El 100% de apoyo en las bolsas de viaje se mantendrá los tres años. Tope máximo de ayuda: ε al año por Consorcio. 3.2 DURACIÓN Para Consorcios que renuevan la ayuda: Hasta 3 años consecutivos renovables anualmente, en las condiciones anteriormente indicadas. La aprobación se realizará anualmente. Para la renovación se tendrán en cuenta los siguientes puntos: Adecuación de los resultados a los objetivos marcados en el proyecto. Resultado de la auditoría financiera de la justificación de gastos. Colaboración con el ICEX. Para Consorcios nuevos: La fecha de inicio del apoyo para Consorcios nuevos será una de las dos siguientes: Si el Consorcio se ha constituido dentro del año natural en que se recibe apoyo por primera vez, el cómputo de los tres años se hará desde la fecha de su constitución legal, por lo que, en este caso, los tres años de duración del programa no coincidirán con años naturales. Si el Consorcio se ha constituido en los siete meses anteriores al año natural en que se recibe apoyo por primera vez, el cómputo de los tres años se hará desde el 1 de enero de ese año natural, coincidiendo por tanto los tres años de duración del programa con tres años naturales. Únicamente en este caso se subvencionarán los gastos relativos de estudio de viabilidad y los gastos de escritura y constitución de los últimos siete meses del año anterior, siempre que no se contemplen el año natural. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

8 3.3 CONCEPTOS DE GASTO GASTOS DE ESTRUCTURA Los gastos de estructura se apoyarán tanto para los Consorcios en Origen y para sus filiales y/o sucursales, como para los Consorcios en Destino. Estudio de Viabilidad Se incluye la contratación de una empresa especializada para la realización de un estudio de viabilidad previo a la constitución del Consorcio. Son apoyables dentro del programa los estudios realizados hasta con 6 meses de anterioridad a la fecha de constitución del Consorcio. Gastos de Constitución Escrituras, inscripciones, permisos administrativos, licencias y otros gastos que se realizan una sola vez al comienzo de la actividad. Asimismo, se incluirán en este apartado, aquellos gastos derivados de la modificación de la composición del Consorcio que supongan nuevas escrituraciones, inscripciones, permisos administrativos, licencias y otros gastos de este tipo. Personal Sueldos y salarios del personal del Consorcio y sus filiales y/o sucursal, así como las cotizaciones a la Seguridad Social y seguros de asistencia médica. Se excluyen comisiones, gastos de representación y agentes. Es necesario que haya un contrato laboral del personal del consorcio, fijo o eventual, para que sea objeto de apoyo. El importe del sueldo del gerente y del resto del personal del Consorcio deberá ser coherente con su experiencia profesional, el contenido de sus funciones, los objetivos fijados a su gestión y los resultados obtenidos, y ser equiparable su remuneración a la del personal de sus características en su mismo ámbito empresarial. Asimismo, el número de empleados del Consorcio deberá ser coherente con las características de éste y las necesidades de su proyecto en el exterior. Alquileres Alquiler de locales comerciales y de oficina, así como almacenes, que deberán ser independientes de los de las empresas que integran el Consorcio y del gerente del Consorcio, para ser considerados gastos subvencionables. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

9 Equipamiento de oficina Comprende la compra o arrendamiento del mobiliario, equipo informático, fotocopiadoras, fax, instalaciones telefónicas y todo el equipamiento necesario para el funcionamiento de la oficina. Material de oficina Comprende el material de oficina no inventariable. Comunicaciones Incluye los gastos de teléfono, fax, cuota de Internet, correo, gastos de mensajería y demás gastos de comunicación. Suministros Comprende los gastos de electricidad, agua, gas, etc. Seguros Recoge todos los seguros no incluidos en los gastos de personal, exceptuando aquellos de transporte y comercialización de los productos, que quedan expresamente excluidos. Asesores Externos Se incluyen aquí los gastos de asesoramiento profesional externo al Consorcio: asesores jurídicos, contables, financieros, fiscales, etc. siempre y cuando sean contratados por el Consorcio. Se incluyen aquí también los gastos derivados de la contratación de una empresa de selección de personal contratada a efectos de búsqueda del gerente del Consorcio exclusivamente. Servicios Contratación de empresas de servicios para la realización de tareas de seguridad y limpieza, almacenaje, administración, etc... Otros gastos de funcionamiento Se incluyen todos aquellos gastos que, no estando recogidos en los apartados anteriores, sean necesarios para el buen funcionamiento del Consorcio. Se excluye la adquisición de activos fijos y vehículos. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

10 GASTOS DE PROMOCIÓN Investigación Los estudios de investigación de mercado adquiridos a terceros y los proyectos de viabilidad comercial realizados por consultores. Los estudios deberán ser específicos para cada mercado de exportación del Consorcio, y deberán aportarse en el momento de la justificación del gasto. Material de difusión y promoción Elaboración de catálogos, folletos, carteles, páginas web (no se incluirá los gastos de mantenimiento de la web) y demás material informativo impreso o audiovisual, expositores punto de venta. Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse bajo la marca y nombre del Consorcio. En ningún caso se incluirán costes internos. El material deberá aportarse en el momento de la justificación de gasto. Publicidad Incluye tanto la creatividad del material utilizado para el exterior, como la adaptación del ya existente a cada mercado, así como el coste de la inserción en medios extranjeros. Deberá aportarse documentación de la publicidad realizada en el momento de la justificación del gasto. Acciones promocionales Se incluyen las promociones punto de venta, promociones en el canal, degustaciones, exposiciones puntuales, desfiles, seminarios, demostraciones, jornadas técnicas y todos los gastos inherentes a estas promociones. No se considerará la autofacturación, ni los viajes del personal de la empresa. Incluye los siguientes gastos: - Agencia organizadora - Alquiler y acondicionamiento de locales - Personal (azafatas, montadores, etc ) - Folletos específicos - Publicidad compartida - Otros gastos, que se analizarán caso a caso Relaciones Públicas Incluye exclusivamente los gastos de contratación de agencias de relaciones públicas contratadas para actividades promocionales en el exterior. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

11 Ferias En este concepto se engloban las participaciones en ferias en el exterior del Consorcio. Se incluirán para cada feria los gastos de alquiler del espacio, decoración de stand, transporte de material / productos a exponer y una bolsa de viaje a cualquier país para el Gerente del Consorcio o persona que desarrolle las labores comerciales, en su porcentaje correspondiente. Excepcionalmente, se podrá considerar apoyar con el porcentaje correspondiente de una bolsa de viaje a las empresas integrantes del Consorcio, y siempre que sea a países no pertenecientes a la Unión Europea, cuando se considere imprescindible su asistencia a esas ferias. Exposiciones permanentes Incluye los gastos de alquiler de espacio, tanto en corners en grandes almacenes o tiendas especializadas, como exposiciones permanentes en otros lugares (show rooms, ferias, etc ). Viajes comerciales - Se apoyarán los viajes del gerente del Consorcio en Origen o persona que desarrolle las labores comerciales, desde España a cualquier país objetivo del Consorcio. En este caso, se aplicará a la bolsa de viaje el 100% de financiación (se tomará como base la tabla anual establecida por el ICEX), no apoyándose ningún otro concepto. - Se apoyarán asimismo los viajes que tengan por medio de transporte único el automóvil. En este caso, se apoyará, aplicando el 100%, al kilometraje según tablas oficiales de distancias. - Se apoyarán los viajes del gerente del Consorcio en Destino o de la filial, a España. En este caso, se aplicará a la bolsa de viaje el 100% de la misma (según la tabla anual establecida por el ICEX), no apoyándose ningún otro concepto. - Se apoyarán los viajes del gerente del Consorcio en Destino o de la filial dentro del país donde esté ubicado el consorcio y a los países y áreas de destino de la promoción. - Se aplicará el 100% al coste del billete de avión en clase turista o en tren, también en clase turista, no apoyándose gastos de alojamiento, ni ningún otro. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

12 - Para los Consorcios constituidos en Destino, es decir, en otro país, se darán dos bolsas de viaje anualmente al país donde el Consorcio esté ubicado, al 100% para cada una de las empresas integrantes del mismo. - También se incluyen los viajes de compradores extranjeros a España para visitar las empresas hasta un máximo no superior al 10% del total invertido por el Consorcio en gastos de promoción. La subvención en este caso se calculará aplicando a la bolsa de viaje que corresponda, el porcentaje del programa. Otros gastos de promoción exterior Aquí se incluyen todas aquellas actividades orientadas a la promoción de la marca y productos del Consorcio en el exterior, que no se hayan recogido anteriormente y que no estén expresamente excluidas. Estas se analizarán caso a caso OTROS GASTOS Registro de patentes y marcas Incluye los gastos de registro de patentes y marcas, exclusivamente. Defensa jurídica de la marca Incluye los gastos de abogado por procedimientos de defensa de la marca española en el exterior. Homologación Se incluyen los gastos derivados de la homologación ante organismos oficiales extranjeros, así como las certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en el exterior. 3.4 CONSIDERACIONES DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LOS CONCEPTOS DE GASTOS Se recuerda que, como norma general, y para todos los conceptos antes citados, que sólo se considerarán los gastos facturados por terceros, quedando, por tanto, excluidos los costes internos del Consorcio o de las empresas del mismo. Al finalizar el año de la ayuda y antes del 31 de marzo del siguiente año será necesario presentar la justificación de gastos con la documentación solicitada en la carta de aprobación. El ICEX procederá a realizar la correspondiente auditoría de los gastos presentados y la liquidación de la ayuda. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

13 No se considerará apoyable ningún tipo de impuesto, incluido el IVA, que grave cualquier gasto objeto de apoyo, con independencia de que el mismo se devengue en el territorio nacional o en el extranjero. 3.5 CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Los criterios de priorización que se tendrán en cuenta para la negociación serán los siguientes: CRITERIOS RELATIVOS AL CONSORCIO Grado de integración en cuanto a empresas, objetivos y estrategias del Consorcio. Grado de desarrollo del plan de promoción, incluyendo la previsión de objetivos cuantitativos. Grado de equilibrio entre los socios. Adecuación del perfil del gerente al plan de promoción propuesto: experiencia previa en los mercados y sectores del consorcio o experiencia en comercio exterior. Se valorará positivamente el que un porcentaje importante del presupuesto se dedique a gastos de marketing y promoción CRITERIOS RELATIVOS A LAS EMPRESAS SOCIOS Facturación y su evolución. Experiencia previa en exportación: evolución de sus exportaciones, implantación en el exterior, etc. El esfuerzo de la empresa por desarrollar tecnología propias, productos con diseño, certificar la calidad de sus procesos y/o productos, seguir una política marquista y abordar mercados de difícil acceso. La mayor o menor diversificación de sus mercados de exportación. Antigüedad de la empresa. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

14 4. TRAMITACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR La fecha límite para presentar la solicitud de apoyo a los Consorcios de Exportación (tanto los que la presentan por primera vez como los que renuevan la ayuda) es él: 31 de mayo de 2005 La presentación de la solicitud para los Consorcios en Origen y en Destino se realizará en la Dirección Regional correspondiente, de acuerdo con el domicilio social del Consorcio o de las Empresas Socio. Los Consorcios domiciliados en la Comunidad Autónoma de Madrid presentarán su solicitud en el Departamento Sectorial correspondiente de los Servicios Centrales del ICEX, (Dirección General de Promoción, Paseo de la Castellana, Madrid - Tel.: Fax: y ). Es requisito imprescindible para tramitar el proyecto que el impreso de solicitud sea cumplimentado en su totalidad, debiéndose detallar al máximo las actividades y el presupuesto del Consorcio. Independientemente, si se desea, se puede adjuntar otro tipo de informe que se considere de interés. Por otra parte, es imprescindible para su aprobación que se acompañe la solicitud con toda la documentación requerida, descrita en el apartado siguiente. 4.1 DOCUMENTACIÓN A ADJUTAR AL IMPRESO DE SOLICITITUD PARA CONSORCIOS QUE SOLICITAN AYUDA POR PRIMERA VEZ Copia de la tarjeta de identificación fiscal. Solicitud debidamente cumplimentada. Escritura de Constitución del Consorcio para los Consorcios constituidos en España o documento acreditativo equivalente para los constituidos en el exterior, según la legislación del país donde se establezcan. Se podrá exigir también traducción jurada de estos documentos así como acreditación por parte de una entidad independiente sobre el tipo de personalidad jurídica que haya adoptado el consorcio. Estatutos del Consorcio. Datos de la Inscripción en el Registro Mercantil para los constituidos en España o en el organismo oficial equivalente para los constituidos en el exterior. Régimen de financiación del Consorcio y acreditación del mismo. Acreditación jurídicamente válida de entrega al presidente del consejo de administración de pagarés correspondientes a las cuotas de los socios al consorcio de los primeros 18 meses. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

15 Currículum vitae del gerente. Plan de viabilidad económico-financiera del Consorcio con una proyección a tres años. Plan de actuación del Consorcio: Objetivos y estrategia de exportación detallados por mercados, según el impreso de solicitud adjunto. Presupuesto detallado de gastos de estructura y promoción del Consorcio, así como de sus filiales si fueran objeto de apoyo, según el impreso de solicitud adjunto DOCUMENTACIÓN DE LAS FILIALES O SUCURSALES Si se trata de filiales de nueva creación: Presentación de la escritura de constitución o documento equivalente según exija la legislación del país donde se constituye. Acreditación de su inscripción en el correspondiente registro. Si se trata de toma de participación de una sociedad previamente existente: Título de adquisición de dicha participación, indicación del porcentaje que esta supone sobre la totalidad del capital y a quien corresponde la titularidad del resto de dicho capital. Para las restantes filiales se deberá facilitar información sobre su composición (titularidad de las participaciones, porcentaje y nacionalidad). Si se trata de sucursales de nueva creación: Documentación acreditativa de la constitución Inscripción en el correspondiente registro DOCUMENTACIÓN DE LAS EMPRESAS SOCIO Copia de la tarjeta de identificación fiscal Memoria anual de cada una de las empresas del último año disponible. Balance de situación y cuenta de resultados del último ejercicio fiscal disponible. Catálogo de productos PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

16 Nota informativa del Registro Mercantil indicado: el objetivo social, la cifra de capital social, los órganos de gobierno de la sociedad, representantes y apoderados de la misma. Composición del capital de las empresas participantes en el Consorcio. Certificación acreditativa del número de empleados de cada una de las empresas participantes en el Consorcio. Objetivos que las empresas pretenden conseguir con la constitución del Consorcio PARA CONSORCIOS QUE SOLICITAN LA RENOVACIÓN DE LA AYUDA Solicitud debidamente cumplimentada Memoria de actividades del Consorcio del ejercicio 2004 Plan de actuación del Consorcio: Objetivos y estrategia de exportación detallados por mercados, según el impreso de solicitud adjunto. Presupuesto detallado de gastos de estructura y promoción del Consorcio, así como de sus filiales o sucursales si fueran objeto de apoyo, según el impreso de solicitud adjunto DOCUMENTACIÓN DE LAS FILIALES O SUCURSALES Si se trata de filiales de nueva creación: Presentación de la escritura de constitución o documentación equivalente según exija la legislación del país donde se constituye. Acreditación de su inscripción en el correspondiente registro Si se trata de toma de participación de una sociedad previamente existente: Título de adquisición de dicha participación, indicación del porcentaje que esta supone sobre la totalidad del capital y a quien corresponde la titularidad del resto de dicho capital. Para las restantes filiales se deberá facilitar información sobre su composición (titularidad de sus participaciones, porcentaje y nacionalidad). Documentación de sucursales de nueva creación: Documentación acreditativa de la constitución PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

17 Inscripción en el correspondiente registro DOCUMENTACIÓN DE LAS EMPRESAS SOCIO Memoria anual de cada una de las empresas del último año disponible Balance de situación y cuenta de resultados del último ejercicio fiscal disponible DOCUMENTACIÓN QUE SE HA DE PRESENTAR SÓLO SI SE HAN RECOGIDO CAMBIOS DESDE LA PRIMERA SOLICITUD Para Consorcios: Escritura de Constitución del Consorcio para los Consorcios constituidos en España o documento acreditativo equivalente para los constituidos en el exterior, según la legislación del país donde se establezcan. Estatutos del Consorcio Datos de la Inscripción en el Registro Mercantil para los consorcios constituidos en España o en el organismo oficial equivalente para los constituidos en el exterior. Régimen de financiación del Consorcio y acreditación del mismo Currículum vitae del gerente Para Empresas Socio: Catálogo de productos Nota informativa del Registro Mercantil indicando: el objeto social, la cifra de capital social, los órganos de gobierno de la sociedad, representantes y apoderados de la misma. Composición del capital de las empresas participantes en el Consorcio. 5. APROBACIÓN En los Consorcios de nueva creación o que solicitan apoyo por primera vez, con carácter previo a su aprobación, se realizará por parte del Instituto un análisis sobre su viabilidad y adecuación a las condiciones y finalidad del programa. Dicho análisis determinará su aprobación o denegación siempre y cuando lo permitan las disponibilidades presupuestarias. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

18 Una vez aprobado el apoyo al Consorcio, éste recibirá una carta de la Dirección Económica-Financiera comunicándole el importe y el detalle de los conceptos aprobados, así como el procedimiento, la documentación y justificantes a aportar, relativos a las actividades que se apoyan en el mismo y fecha límite de recepción. En este comunicado la Dirección Económica-Financiera adjuntará una lista de documentos que el Consorcio deberá ir preparando para la auditoría. Si la solicitud no fuera aprobada, esta denegación se le comunicará por escrito al Consorcio. POSIBILIDAD DE LIQUIDACIÓN SEMESTRAL La justificación y liquidación de la ayuda se podrá realizar, a petición del Consorcio, semestralmente. Una vez transcurridos los primeros seis meses de actividad, y siempre que se haya realizado al menos el 40% del total del gasto aprobado para ese año. El Consorcio podrá solicitar que se realice la primera liquidación, contra la presentación de los correspondientes justificantes. Al finalizar el año, se presentarán los restantes justificantes para proceder a la liquidación total de la ayuda. 6. DOCUMENTACIÓN PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO En la carta de comunicación de aprobación de la ayuda, se indicarán el procedimiento, los justificantes y la documentación para la liquidación de la misma. En cualquier caso, además, deberán tener preparado lo siguiente: Con relación al material promocional, el ICEX podrá solicitar un ejemplar original de cada uno de los que se subvencionan: catálogo, revistas donde se realizan las inserciones, etc... En relación a su participación en una feria, se podrá solicitar una foto o vídeo del frontís del stand donde se pueda ver la marca española y razón social de la empresa. Informe sobre la ejecución del Plan. El ICEX podrá exigir una ampliación de la información contenida en este informe, e incluso, documentación adicional si se considera oportuno. Toda esta documentación deberá presentarse antes del 31 de marzo del año siguiente al de concesión de la ayuda. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

19 7. AUDITORIA La Dirección Económica-Financiera junto con la carta de aprobación de la ayuda enviará al Consorcio una lista de documentos que éste deberá ir preparando para la auditoría. La auditoría se realizará y finalizará antes del 30 de junio del año siguiente al de concesión de la ayuda. PROGRAMAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

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