MIEMBROS PRESENTES. Anchía Azofeifa Gerardo

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MIEMBROS PRESENTES. Anchía Azofeifa Gerardo"

Transcripción

1 1 CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CELEBRADA EL VEINTIOCHO DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, EN EL SALÓN DE SESIONES DE ESTA MUNICIPALIDAD, AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS. MIEMBROS PRESENTES Anchía Azofeifa Gerardo Benavides Morales Greivin González Sánchez Ángelo Lobo Cabezas Marianela Marín Delgado Lourdes Sibaja Montero José Ramón Solís Gómez Norma Téllez Urbina Jean Carlos Vargas Chavarría Luis Zumbado Vargas Damaris Delgado Solís Karen Liliana Artavia Mendoza Jenny Castro Araya José Roberto Chinchilla Ramírez Guido Fernández Rivera José Roberto Hernández Pérez Martha Eugenia Rivera Chaves Carmen Mayela Ureña Marín Danny Ricardo Valverde Guillén Marco Antonio Presidente Regidor suplente Regidor propietario Regidora propietaria Regidora suplente Regidor propietario Regidora suplente Regidor suplente Vice Presidente Regidora suplente Síndica suplente Síndica suplente Síndico propietario Síndico propietario Síndico propietario Síndica suplente Síndica propietaria Síndico propietario Síndico propietario MIEMBROS AUSENTES Castro Agüero Matilde Mayela Síndica suplente Preside: Gerardo Anchía Azofeifa. Alcalde: Gerardo Oviedo Espinoza. Vice Alcaldesa: Cristina Monge Acuña Secretario del Concejo Municipal: Jorge A. Fallas Moreno Abogado de la Fracción del Sol: Carlos Mejías Arguedas. Abogado de la Fracción de Liberación Nacional: Sergio Jiménez Guevara. Abogado de la Fracción Partido Acción Ciudadana: Jorge Gutiérrez Diermissen. ORDEN DEL DÍA 1. Lectura y aprobación del acta de la Sesión Ordinaria N y acta de la Sesión Extraordinaria Nº Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia.

2 2 3. Correspondencia. 4. Iniciativa de los Síndicos. 5. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal. 6. Dictámenes de comisiones. 7. Iniciativas de los Regidores. ARTÍCULO I. Lectura y aprobación del acta de la sesión Ordinaria N y acta de la Sesión Extraordinaria Nº Se procede a dar lectura del acta Ordinaria N Observación del señor regidor Ángelo González Sánchez en el sentido de que la intervención que realizó en el artículo VII, indicó que en la mayoría de los dictámenes de la Comisión de Gobierno y Administración, cuando se autoriza una actividad, siempre queda establecido que la organización que solicita el permiso coordina con las distintas organizaciones; pero más bien lo pretendió fue reafirmar dicho dato. Realizada dicha observación, se procede a aprobar el Acta Ordinaria No Votación unánime: ACUERDO N 1: SE APRUEBA POR UNANIMIDAD EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA N Se procede a dar lectura del acta Extraordinaria N y sin observaciones, se procede a efectuar la votación respectiva. Se aprueba por unanimidad. ACUERDO N 2: SE APRUEBA POR UNANIMIDAD EL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA N ARTÍCULO II. Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia ARTÍCULO III. Correspondencia. 1. Copia de memorial FECOCI dirigido a la Asociación Deportiva Prociclismo Santa Ana, de fecha 14 de julio de 2015, remitido por el Sr. Héctor Campos Araya, Presidente de la Federación Costarricense de Ciclismo, en el que le comunica que se otorga el respectivo aval para realizar la II Clásica Santaneña de Ciclismo 2015 a realizarse el 22 y 23 de agosto del presente año. SE TOMA NOTA Y SE TRASLADA AL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE DEPORTES PARA SU ATENCIÓN. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Don Gerardo, propongo que se someta a votación la dispensa del trámite de comisión, ya que en la nota viene establecido parte del croquis y hablé con don Gastón y me dijo que ellos lo que están realizando es el trámite con el Tránsito, para que les pueda ayudar con el resguardo de las vías en el proceso. Mi única duda es el horario en qué deba estar cerrada la calle, porque la FECOCI establece que debe ser desde el día anterior a la actividad. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Generalmente esas actividades son en la mañana, lo más tarde a la una de la tarde.

3 3 Vamos a someter a votación la moción presentada por la regidora Marianela Lobo Cabezas: Los señores regidores que estén de acuerdo con dispensar del trámite de comisión, la solicitud de la Asociación de Ciclismo Recreativo y Competitivo de Santa Ana del cierre de las vías que van de la oficina del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santa Ana hasta INASA,y desde INASA al Gimnasio Municipal, el 22 y 23 de agosto, con el fin de realizar de la Clásica Santaneña de Ciclismo, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. En discusión. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Lo único que quisiera que quede claro, es que las personas que habitan frente a las calles que se van a cerrar, puedan entrar y salir de sus casas. El señor presidente, Gerardo Anchía Azofeifa somete a votación el asunto: Los señores regidores que estén de acuerdo con aprobar la moción presentada por la regidora Marianela Lobo Cabezas, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADA POR UNANIMIDAD. Los señores regidores que estén de acuerdo con aprobar en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. En consecuencia se toma el siguiente acuerdo: ACUERDO N 3 EN FIRME POR UNANIMIDAD: SE AUTORIZA A LA ASOCIACIÓN DE CICLISMO RECREATIVO Y COMPETITIVO DE SANTA ANA DEL CIERRE DE LAS VÍAS QUE VAN DE LA OFICINA DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE SANTA ANA HASTA INASA Y DESDE INASA AL GIMNASIO MUNICIPAL, EL 22 Y 23 DE AGOSTO, CON EL FIN DE REALIZAR DE LA CLÁSICA SANTANEÑA DE CICLISMO. 2. Memorial CCDR SANTA ANA , de fecha 15 de julio de 2015, remitido por la Sra. Mayela Méndez Benamburg, Secretaria Administrativa del Comité Cantonal de Deportes y Recreación Santa Ana, en el que traslada por acuerdo del Comité Cantonal de Deportes, el borrador del reglamento de pasantía, para su respectiva aprobación. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS. 3. Memorial de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Sra. Ana Lucía Fernández Flores, en el que solicita ayuda social debido a difícil estado de salud. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES. 4. Memorial MSA-GFT-PLM , de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Licda. Dinorah Arley Mata, Encargada del Proceso de Licencias y Patentes Municipales, en el que traslada resolución de la Comisión Administrativa Revisora de las Solicitudes de Licencias, para el Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico con respecto a cancelación de Licencia de Licor Nº a nombre de la Sociedad Corporación Caltico S.A. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.

4 4 5. Memorial MSA-GFT-PLM , de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Licda. Dinorah Arley Mata, Proceso de Licencias y Patentes Municipales. Traslada resolución de la Comisión Administrativa Revisora de las Solicitudes de Licencias, para el Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico con respecto a cancelación de Licencia de Licor Nº a nombre del Sr. Fernando Castro Sandí. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN. 6. Memorial MSA-GDH-VRS , de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Licda. Sofía Mena Chavarría, Proceso de Vulnerabilidad y Riesgo Social, en el que solicita considerar la posibilidad de trasladar la valoración social de la Sra. Rosemary Sánchez Ramírez, a otro profesional dentro de la Municipalidad, debido a que existe una investigación abierta en su contra, por una denuncia interpuesta por la Sr. Sánchez Ramírez. PARA SU ATENCIÓN, TRASLÁDESE A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. 7. Memorial ICI_010_2015 Vulnerabilidad, de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Licda. María del Carmen Guillén Ramos y Licdo. Mario Chan Jiménez de la Auditoría Interna, Municipalidad de Santa Ana, dirigido a la Licda. Cristina Monge Acuña, Vice Alcaldesa, en el que se refiere a la evaluación del otorgamiento de becas a estudiantes de escasos recursos. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE BECAS. 8. Memorial de fecha 21 de julio de 2015, remitido por la Sra. Patricia León Villalobos, Presidente de la Asociación Pro-Construcción del Templo Católico de Lindora, en el que solicita autorización para el cierre temporal de la calle del sector 4, de la entrada principal tercera entrada a mano derecha, frente a la carnicería El Pueblo, esto con el fin de realizar una chicharronada, el sábado 08 de agosto de 6:00 p.m. a 10:00 p.m., para recaudar fondos para la construcción del templo. Señor Regidor Jean Carlos Téllez Urbina: Esta actividad se va a realizar por medio de la Iglesia para celebrar el Día de la Madre, y la calle se ubica al costado este del lote comercial del centro de Lindora, donde se encuentra el Súper Lindora, tercera entrada. Es una vía de poco tránsito; el único negocio es la carnicería que creo que a esa hora ya estaría cerrado y los vecinos están de acuerdo con la realización de esa actividad. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Con base a esta explicación vamos a someter a votación. Los regidores que estén de acuerdo con dispensar del trámite de comisión: La solicitud de la Asociación Pro-Construcción del Templo Católico de Lindora del cierre temporal de la calle ubicada en el sector 4 de Lindora, de la vía principal tercera entrada a mano derecha, frente a la carnicería El Pueblo, esto con el fin de realizar una chicharronada, el sábado 08 de agosto de 6:00 p.m. a 10:00 p.m., para recaudar fondos para la construcción del templo, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas:

5 5 Tengo la duda de si estas actividades requieren permiso del Ministerio de Salud. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Vamos a someter a votación el cierre de la vía; las demás actividades y permisos le corresponden a la Asociación y a la Administración. Señora regidora Lourdes Marín Delgado: Con respecto de esa chicharronada que desean hacer en Lindora, el Sacerdote de Pozos ha sido muy enfático en que toda persona que ayuda en la cocina, debe tener el curso de manipulación de alimentos. En discusión. Suficientemente discutida: Los regidores que estén de acuerdo con aprobar: el cierre temporal de la calle ubicada en el sector 4 de Lindora, de la vía principal tercera entrada a mano derecha, frente a la carnicería El Pueblo, esto con el fin de realizar una chicharronada, el sábado 08 de agosto de 6:00 p.m. a 10:00 p.m., sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los regidores que estén de acuerdo en aprobarlo en firme, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. En consecuencia se toma el siguiente acuerdo: ACUERDO N 4 EN FIRME POR UNANIMIDAD: SE AUTORIZA A LA ASOCIACIÓN PRO-CONSTRUCCIÓN DEL TEMPLO CATÓLICO DE LINDORA, EL CIERRE TEMPORAL DE LA CALLE UBICADA EN EL SECTOR 4 DE LINDORA, DE LA VÍA PRINCIPAL TERCERA ENTRADA A MANO DERECHA, FRENTE A LA CARNICERÍA EL PUEBLO, ESTO CON EL FIN DE REALIZAR UNA CHICHARRONADA, EL SÁBADO 08 DE AGOSTO DE 6:00 P.M. A 10:00 P.M. 9. Memorial MSA-AUI , de fecha 22 de julio de 2015, remitido por el Lic. Mario Alberto Chan Jiménez, Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Ana, en el que da respuesta a la inquietud presentada por la Licda. Marianela Lobo Cabezas, referente al porcentaje de construcción (área de cobertura) en el caso Triángulo Azul. SE TOMA NOTA. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Es para efecto de conocimiento y en respuesta a la solicitud de la señora Marianela Lobo. 10. Memorial MSA-AUI , de fecha 23 de julio de 2015, remitido por el Licdo. Mario Chan Jiménez, Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Ana, en el que rinde informe acerca de la capacitación en Ciudad de Panamá, junio de PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN. 12. Copia de memorial MSA-AUI dirigido al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santa Ana, de fecha 24 de julio de 2015, remitido por la Licda. María del Carmen Guillén Ramos, funcionaria de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Santa Ana, en el que solicitan saber en qué estado se encuentran las recomendaciones emitidas en el informe MSA-AUI-ICI PARA SU ATENCIÓN, TRASLÁDESE AL COMITÉ CANTONAL DE PORTES Y RECREACIÓN DE

6 6 SANTA ANA. Señor Regidor Jean Carlos Téllez Urbina: Me dirigí al Comité Cantonal de Deportes de Santa Ana a pedir las actas, tardaron mucho tiempo en dármelas, de forma digital, y cuando me reuní con doña Karla Barboza, del departamento administrativo, me indicó que el señor Auditor Mario Chan, les dice que hasta que tengan la firma digital, procederá con la firma y sellado de las actas. Cuando me dirijo donde el señor Chan, él me dice completamente algo diferente y le comunique el Comité que tiene 16 actas sin firmar, no le pareció bien. El señor auditor me envió el documento, el cual consta la evaluación al Comité Cantonal, y se lee en el apartado 10 sobre las actas, que la Junta Directiva no cumple con la impresión de las actas a tiempo, lo que evidencia la falta de controles internos. Además, que las actas deben ser acordadas en sesión siguiente, por la mayoría requerida para dictar acuerdos, lo cual no está pasando actualmente en el Comité. Cuando el auditor me indica eso, le envié un correo a doña Karla, haciéndole ver la situación, mi visita del 17 de julio del año en curso, el acuerdo de enviarme las actas de forma digital, toda vez que las actas físicas no estaban ni sellas ni firmadas; a pesar de la recomendación del auditor municipal, y que por favor indicara la razón por la cual las actas, a la fecha de 23 de julio del año en curso, no estaban no estaban ni firmadas ni sellas. A la fecha de hoy, no he recibido respuesta alguno, razón por la cual me surgen dudas con respecto del funcionamiento de ese Comité, y de las actas, las cuales, al no estar firmadas ni selladas, podrían ser borradas y hasta se les puede documentación o información nuevas. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa.Hay una instancia en la que puede usted poner la denuncia que es la Auditoría. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Yo le hago una consulta al señor Presidente: Cada cuánto firma usted actas? Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Como un mes o mes y medio; pero ahora con firma digital es más rápido. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Pregunto porque es importante tomarlo en cuenta y cuando yo fui Presidente, a veces firme como 15 o 20 actas juntas, no una por una, conforme se iban aprobando. Señor regidor José Ramón Sibaja Montero: Recordar a doña Marianela que el error no crea derecho. Ya nosotros tuvimos una experiencia con un presidente y se nos dijo muy claramente que las actas que no están debidamente firmadas, pueden ser alteradas. Eso no es peccata minuta como usted lo quiere hacer ver, solo porque su amigo es el Presidente del Comité Cantonal. Si hay un error, corresponde a la Auditoría la revisión correspondiente. Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: En ningún momento he dicho que el error crea derecho, lo que dije es que es un error formal. Si usted mal lo recuerda ese proceso que se trajeron abajo a la señora expresidente del Comité Cantonal de Deportes, el Contencioso Administrativo también se lo trajo abajo. Considero que los procesos deben revisarse; pero tampoco creo en la cacería de brujas. 13. Memorial ICI_05_010_2015_FURATI, de fecha 24 de julio de 2015, remitido por el Lic. Mario Alberto Chan Jiménez, Auditor Interno, Municipalidad de Santa Ana, en el que da respuesta a solicitud del Concejo Municipal en cuanto a la realización de investigación preliminar acerca del otorgamiento de permisos de construcción del Complejo Deportivo FURATI, desde su inicio. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Señor Alcalde Gerardo Oviedo Espinoza: La consulta es si esta nota va a quedar transcrita en el acta? porque por lo sensible del tema y los muchos problemas que hemos tenido con este tema, me parece que debería hacerse. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Me parece muy bien y el documento será transcrito integro en el acta.

7 7 ICI_05_010_2015_ FURATI Santa Ana, 24 julio, 2015 Señores Concejo Municipal Presente Asunto: Solicitud Investigación FURATI Estimables señores (as), Se procede a dar respuesta a la solicitud planteada en la Sesión Ordinaria N 264, celebrada el 26 de mayo del 2015, en la que se acordó: ACUERDO N 10: SE TRASLADA LA DOCUMENTACIÓN RESPECTIVA A LA AUDITORÍA MUNICIPAL PARA QUE SE REALICE UNA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR Y SE DETERMINE SI EXISTIERON VICIOS DE NULIDAD EN EL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO FURATI, DESDE SU INICIO. Con base en el acuerdo, se procede a revisar la nueva solicitud planteada por la señora María Calderón Montero, determinando que dentro de sus alegatos NO aportan nuevos elementos que permitan determinar la aparente nulidad del Uso de Suelo y Licencia Comercial otorgados para la construcción y funcionamiento respectivamente del Complejo Deportivo FURATI. En ese sentido es necesario recordar a los señores del Concejo Municipal, que este departamento de fiscalización ya había emitido criterio en el año 2011, en torno al tema de la aparente nulidad cuestionada por la denunciante, mediante oficio MSA-AI , a través del cual se informó al órgano colegiado que: (...) no existe necesidad de un proceso administrativo para dictar nulidad, absoluta y manifiesta del acto administrativo que otorgó la patente comercial a FURATI; primero porque se cumple con los requisitos solicitados por la Municipalidad para la adjudicación de la licencia comercial, segundo, el lugar se encuentra en una Zona de Control Especial, lo que sirve de desarrollo comercial entre los distritos de Pozos, Piedades y Brasil, tercero que el Ministerio de Salud siendo el encargado de verificar contaminación sónica y lumínica, ha realizado múltiples estudios producto de las quejas de los vecinos y no se les ha retirado por parte de ese Ministerio el permiso sanitario ( ). Pese a lo anterior, se procede a revisar nuevamente los expedientes, y en el que lleva el Proceso de Patentes y Licencias, se observa a folio 34 el uso de suelo MSA-DDCU del 16 de diciembre del 2004, firmado por la Ing. Soraya de Souza, Directora en aquel momento, que indica lo siguiente: ( ) La Municipalidad de Santa Ana CERTIFICA que con relación a la solicitud por usted planteada a este Departamento, referente al uso de suelo, de la propiedad, plano catastrado SJ , localizada en el Distrito Primero, Santa Ana, con respecto al Plan Regulador, me permito hacer de su conocimiento, que dicho inmueble se encuentra localizado entre la

8 8 zona denominada ZONA DE CONTROL ESPECIAL, cuyas regulaciones transcribo en forma textual: Artículo 8. Zona de Control Especial (ZCE) Esta zona tiene como propósito fomentar el desarrollo artesanal y comercial entre los distritos del cantón, de Pozos, Piedades y Brasil con el centro de la comunidad de Santa Ana, conformando un desarrollo lineal y buscando una mejor utilización del terreno sobre las vías principales. 1-Usos Permitidos: Vivienda, servicios públicos gubernamentales, actividades culturales, comerciales y artesanales (en cuyo caso el personal no sobrepase los cinco empleados). 2-Requisitos: 2.1 Área mínima 150 metros cuadrados 2.2 Frente mínimo 8,00 metros 2.3 Retiros mínimos: - frontal: de acuerdo al alineamiento municipal o del MOPT, - posterior: 1,50 metros, - lateral: no se exige en caso de no existir aberturas en la construcción hacia la colindancia. En caso de existir se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de construcciones. 2.4 Altura Máxima: no sobrepasara los 3 pisos ni los 10,00 metros. 2.5 Cobertura máxima: 85% para uso artesanal comercial, 75% para el resto de los usos. NO OMITO MANIFESTAR QUE PARA EL USO QUE SE PRETENDE DAR (COMPLEJO DEPORTIVO), CUMPLE CON LAS REGULACIONES DE LA ZONA ( ). En el caso que nos ocupa, el lote se encuentra entre la Zona de Control Especial y la Zona Residencial de Alta Densidad, las canchas de futbol 5 fueron construidas en la Zona de Control Especial, ampliándose en los cien metros hacia la Zona Residencial de Alta Densidad, tal y como lo estable el citado artículo 2 del Plan Regulador, que textualmente dice: ( ) Cuando un lote o finca quede dividido por en un límite entre zonas, las regulaciones de cualquiera de ellas podrán extenderse a parte del lote o finca, hasta una distancia máxima de 100 metros de dicho límite, lo anterior a juicio de la Municipalidad previa consulta a la Dirección de Urbanismo.

9 9 Se presenta a continuación croquis elaborado por el Ing. Eduardo Sosa, encargado del Proceso de Geomática, en el cual explica gráficamente la situación del lote que se encuentre entre dos zonas, y el alcance de la aplicación del artículo 2 en el caso concreto: Cómo se puede observar, las canchas de futbol 5 construidas originalmente se ubican entre la Zona de Control Especial (ZCE), que se identifica en el croquis con la siguiente simbología: y la Zona Residencial de Alta Densidad, que se identifica en el croquis con el siguiente símbolo:. En aplicación del artículo 2 del Plan Regulador del Cantón de Santa Ana, se lleva a cabo la extensión de la primera zona (ZCE) a la segunda zona (ZRAD), identificada en el croquis así:. Con base en el criterio Técnico, emitido por el especialista en el área, se debe rechazar el alegato de nulidad del uso de suelo, pues este se otorgó cumpliendo con lo establecido en el Plan Regulador del Cantón de Santa Ana. También se rechaza el alegato de nulidad por no existir la consulta a la Dirección de Urbanismo, en razón de que las Municipalidades gozan de autonomía, criterio que ha sido ampliamente desarrollado por la Sala Constitucional en varios votos, tales como: Voto 5445 del 14 de julio de 1999: ( ) 2).- En sentencia número , de las nueve horas veintiuno minutos del veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y tres, se determinó que es competencia exclusiva de las municipalidades el controlar el desarrollo urbano dentro de los límites de su territorio, para lo cual pueden y deben dictar los correspondientes planes reguladores; lo cual ha sido confirmado en sentencias número , de las diez horas seis minutos del veintidós de octubre, número , de las quince horas veintiún minutos del veintiuno de diciembre, todas de ese año, , del doce de julio de mil novecientos noventa y cuatro, y , de las catorce horas treinta y tres minutos del veinte de agosto de mil novecientos noventa y seis. ( ) La planificación urbana, sea la elaboración y

10 puesta en marcha de los planes reguladores, es una función inherente a las municipalidades con exclusión de todo otro ente público, salvo lo dicho en cuanto a las potestades de dirección general atribuidas al Ministerio de Planificación y a la Dirección de Urbanismo" (sentencia número ; de las quince horas veintiún minutos del veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y tres). (El resaltado es del original). Asimismo, en sentencia número , de las catorce horas treinta y tres minutos del veinte de agosto de mil novecientos noventa y seis, además de reiterar la competencia municipal en la ordenación urbanística, reconoció que la participación del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo en materia urbanística se dirige a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Urbano. ( ). El Magistrado Ernesto Jinesta L. en su ponencia llamada Planificación Urbanística Local en la Jurisprudencia Constitucional, menciona otros votos relacionados con la autonomía Municipal, en el tema de desarrollo urbano, dentro de los que se resaltan: ( ) Voto No de las 14:43 hrs. de 8 de octubre de 2003: indica que los lineamientos o políticas generales sobre crecimiento y desarrollo urbano contenidas en el Plan Nacional, únicamente, pueden ser impuestos en aquella localidad donde la Municipalidad no haya dictado plan regulador. ( ) En el Voto que aclaro el la Sala subraya que la titularidad primaria en materia de planificación urbana corresponde a la municipalidades. ( ) En el Voto No. 532-I-96 de las 14:06 hrs. de 28 de noviembre de 1996, considerando II señala que ( ) al referirse esta Sala específicamente a la competencia residual del INVU en la materia de planificación urbana, lo hace en relación con la competencia de esta institución de promulgar normativa de aplicación local, lo que puede hacer en ausencia de normativa dictada al efecto por la municipalidad que corresponda, y que resultará de aplicación, únicamente cuando haya sido aprobada mediante los procedimientos establecidas en la ley de comentario Por ello, con fundamento en lo anterior, y en consonancia con la jurisprudencia citada en la sentencia recurrida y en ésta reiterada, es que se reitera la tesis de que constituye atribución de los gobiernos municipales la competencia de la ordenación urbanística, y sólo de manera excepcional y residual, en ausencia de regulación dictada al efecto por las municipalidades, es que el INVU tiene asignada esta tarea ( ). Con respecto al trámite de otorgamiento de la Patente Comercial, este se llevó a cabo cumpliendo con los requerimientos establecidos para tal efecto, y eso se logra constatar en el expediente que lleva el departamento de Patentes y Licencias denominado Futbol Rápido Tico (FURATI) Tomo I, donde a folios 17 al 47 constan una serie de documentos, entre ellos el formulario denominado Solicitud de Licencia para Actividad Comercial (PATENTES) No del 01 de enero del 2005, presentados por representantes de FURATI, con el fin de obtener la Licencia para Canchas de futbol, área de spinning y soda. Tal solicitud fue resuelta en el Dictamen 09/2005 del día 29 de marzo del 2005, en el cual se acuerda: ( ) La Comisión acuerda aprobar la Licencia Municipal en dichos términos Aprobar la Solicitud de Cancha de Futbol y Área de Spinning por cumplir con los requisitos para la actividad comercial Rechazar la Solicitud para de Soda por no constar el Permiso de Funcionamiento por parte del Ministerio de Salud y proceder a la clausura del mismo, en tanto no se encuentre a derecho. La Música Ambiente queda sujeta a la Aprobación por parte de Ministerio de Salud, al cual le compete determinar las 10

11 11 condiciones que debe de cumplir el Inmueble ( ). Por tanto, la afirmación de la denunciante, en el sentido de no cumplirse los requisitos de ley para el otorgamiento de la Licencia, es una apreciación subjetiva, pues es precisamente tras la comprobación de los requisitos previstos por la Municipalidad que se lleva a cabo el acto de otorgamiento del Permiso de Funcionamiento o Licencia al Complejo Deportivo FURATI. Por lo que mantiene el criterio esta Auditoría en cuanto a que tanto el Uso de Suelo como la Licencia Comercial, se otorgaron cumpliendo con los requisitos establecidos por la Institución para tal efecto, y no hay elementos que permitan determinar la nulidad absoluta evidente y manifiesta alegada por las denunciantes. RECOMENDACIONES: A la Administración: Gestionar acciones concretas para que se logre minimizar definitivamente los efectos de las molestias que alegan las denunciantes les ocasiona el Complejo Deportivo FURATI. Coordinar con el Ministerio de Salud cuando sea necesaria la intervención de éste. Tales acciones deben ser comunicadas a esta Auditoría de forma inmediata. Al Concejo Municipal: Implantar un mecanismo de Seguimiento de Acuerdos, para evitar a futuro que se repita una situación como la presente, en que se solicita una investigación preliminar, que ya había sido realizada por esta Auditoría en el Además, se solicita al Concejo Municipal, no trasladar a este despacho nuevas solicitudes de investigación preliminar para este caso concreto, mientras se fundamenten en los mismos alegatos, ya que como se indicó antes, esta Auditoría mantiene su criterio en cuanto a la validez de los actos cuestionados. Sin más, Lic. Mario Chan Jiménez Licda. Paola Céspedes G. Auditor Interno Abogada de la Auditoría 11. Copia de memorial recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 24 de julio de 2015, dirigido al Departamento de Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de Santa Ana, remitido por el Sr. Abelardo Guillén Marín y otros, en el que interponen incidente de nulidad contra informe MSA-GEM-SGE , acerca de una declaratorio de calle pública en Pozos de Santa Ana. SE TOMA NOTA. ARTÍCULO IV. Iniciativa de los Síndicos. 1. En su intervención, la señora sindica Carmen Máyela Rivera Chávez se refiere a lo siguiente: Señor Presidente, doña Lourdes me dijo que se dio un arreglo floral en la Misa y que lo pagaran quienes fueron a la actividad; pero creo que no es justo, porque todos fuimos invitados. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Aprovechando ésta intervención, considero que la Municipalidad como institución debería involucrarse más, y que el Concejo Municipal lleve su arreglo floral, porque pasó muy inadvertido.

12 12 ARTÍCULO V. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal. Primero Mediante memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 28 de julio, 2015, la Administración Municipal solicita autorización para adjudicar el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada no. 2015LA contratación de paquetes de alimentos y artículos de uso e higiene personal: Programa red de adultos mayores de Santa Ana. Se recomienda que se adjudique a Mini Súper Piedades S.A., por un monto de ,00 (veintiséis millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos). Dicha oferta cumple con lo establecido en el pliego de condiciones de acuerdo a los principios de igualdad de trato, eficiencia y transparencia del acto. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN. Segundo Mediante memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 28 de julio de 2015, la Administración Municipal solicita autorización para adjudicar el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada No. 2015LA Construcción de calle Marín y calle Marginal Norte Pozos, II etapa. Se recomienda que se adjudique a la Compañía Constructora Hernández y Martínez S.A., por un monto de ,00 (veintinueve millones trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta colones exactos). PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Tercero Memorial MSA-GFT-PRE , remitido por la Licda. Mayra Marín Lázcares, del Proceso Presupuesto de la Municipalidad de Santa Ana., en el que presenta para aprobación, la Modificación Presupuestaria Nº PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO. Cuarto Mediante memorial MSA-ALc , de fecha 28 de julio de 2015, el Licdo. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal, adjunta oficio MSA-ALC-GFT , de la misma fecha, en el que presentan para aprobación, la modificación a la Liquidación Presupuestaria PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO.

13 13 Quinto En cumplimiento de lo que establece el artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa, mediante memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 28 de julio de 2015, la Administración Municipal solicita autorización para iniciar el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada No. 2015LA recarpeteo en calles de la urbanización Río Oro, Uruca, Santa Ana. Presupuesto: ,00 (treinta millones de colones exactos). Alcance del proyecto: Contratación de mano de obra, maquinaria y materiales para recarpeteo de calles en Urbanización Río Oro. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa: Los regidores que estén de acuerdo con dispensar del trámite de comisión, la solicitud del señor Alcalde, para autorizar a la Administración Municipal a iniciar el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada No. 2015LA recarpeteo en calles de la urbanización Río Oro, Uruca, Santa Ana. Presupuesto: ,00 (treinta millones de colones exactos). Alcance del proyecto: Contratación de mano de obra, maquinaria y materiales para recarpeteo de calles en Urbanización Río Oro, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. En discusión. Suficientemente discutido. Los regidores que estén de acuerdo en aprobarla, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los regidores que estén de acuerdo en aprobarla en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. En consecuencia se toma el siguiente acuerdo: ACUERDO N 5 EN FIRME POR UNANIMIDAD: SE AUTORIZA A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL INICIAR EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA: LICITACIÓN ABREVIADA NO. 2015LA RECARPETEO EN CALLES DE LA URBANIZACIÓN RÍO ORO, URUCA, SANTA ANA. PRESUPUESTO: ,00 (TREINTA MILLONES DE COLONES EXACTOS). ALCANCE DEL PROYECTO: CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA, MAQUINARIA Y MATERIALES PARA RECARPETEO DE CALLES EN URBANIZACIÓN RÍO ORO. Sexto Mediante oficio MSA-SPA-PGA , de fecha 25 de julio de 2015, el Ing. Helmut Johnson Madrigal, Gestor Ambiental a.i. de la Municipalidad de Santa Ana, procedo a entregar el informe respecto al tema de Bandera Azul Ecológica, de acuerdo con solicitud realizada en el dictamen Nº3 de la Comisión de Asuntos Ambientales. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS AMBIENTALES.

14 14 Sétimo Mediante memorial MSA-ALC-PLA , de fecha 28 de julio de 2015, el Licdo. Andrés Acuña Mora, Jefe del Proceso de Planificación Institucional, hace entrega del informe de avance de metas correspondiente al I semestre Viene la matriz de desempeño programático generada por la Contraloría General de la República y un informe con el análisis del comportamiento institucional al cierre del primer semestre, con la descripción de avance de cada meta y el reporte de metas con retraso según lo programado. La Contraloría lo que pide es hacerlo de conocimiento al Concejo Municipal; pero es importante que don Andrés nos haga un resumen en una sesión. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Queda la presentación para una sesión extraordinaria. Octavo En cumplimiento al contenido del Artículo 17, inciso i) del Código Municipal vigente, me permito convocarles a la Sesión Extraordinaria N , que se celebrará el jueves 30 de julio de 2015 a las 19 horas en el salón de sesiones de la Municipalidad de Santa Ana. Audiencias: Orden del Día 1.1. Licda. Catalina Roldán. Tema: Gestión Empresarial (Mujeres Emprendedoras) Sra. María de los Ángeles Oviedo Navas. Tema: FUSAVO Arq. Vanessa Campos V. Tema: Diseño del Proyecto del Parque Sol de Oeste Presentación de la Empresa LDB Arquitectos. Tema: Diseño de Edificio Municipal. ARTÍCULO VI. Dictámenes de comisiones. Viernes 10 de julio de 2015 Hora: 10:00 a.m. Asistentes: COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MSA-SCM-SEC

15 15 Licda. Marianela Lobo Cabezas - Coordinadora Norma Solís Gómez Invitados: Licdo. Jeffrey García Soto Miriam Alfonso Mora Rosaura Guzmán Q. Gloria Barrantes Hernández Jean Carlo Téllez Urbina Agenda: 1. Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor legal de la Fracción de Liberación Nacional. 2. Dictamen Legal del Licdo. Jorge Gutiérrez Diermissen, Asesor Legal Concejo Municipal. 3. Dictamen legal del Licdo. Carlos Mejías Arguedas, Asesor Legal Concejo Municipal. 4. Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor del Concejo Municipal. 5. Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor del Concejo Municipal. 6. Dictamen Legal del Licdo. Jorge Gutiérrez Diermissen, Asesor Legal del Concejo Municipal. 7. Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor Legal del Concejo Municipal. Dictamen No Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor legal de la Fracción de Liberación Nacional. Asunto: Solicitud de criterio de la Asamblea Legislativa, referente al proyecto de Ley Programa Integral de desarrollo educativo (PIDE)" Expediente Nº Luego de analizar la recomendación del Licdo. Jiménez Guevara, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, acoger en todos sus términos el siguiente criterio legal: Desde el punto de vista Municipal, el proyecto presenta varias oportunidades en cuanto a fomentar la participación comunitaria en actividades de servicio cívicocomunitario. Al estar establecida la población meta en personas adolescentes y jóvenes (12-28) en riesgo social: por pobreza, riesgo, vulnerabilidad social y exclusión, que requieren auxilio económico para mantenerse en el sistema educativo, puede

16 16 generar un impacto positivo en proyectos que se desarrollen en el municipio, con la persona joven. No obstante, el proyecto se configura a partir de un esquema centralista, en cuanto a la dirección y participación del mismo, por ejemplo aunque establecen la presencia de un funcionario en cada Cantón (artículo 30 inciso e) no es establece el grado de coordinación del mismo con el respectivo gobierno local, habida cuenta que conforme la Ley General de la Persona Joven, número 8261, un eje de articulación de los mismos son los Comités Cantonales de la Persona Joven, en donde los Municipios tienen un espacio de oportunidad para la integración de la juventud, en el desarrollo Cantonal, el cual si bien es cierto a la fecha, no ha logrado una consolidación plena, representa un escenario propicio para la articulación de programas en los cuales se logre la incorporación del sector en el Desarrollo Local. Es aspecto debía ser considerado por el proyecto de Ley de manera más inclusiva, por cuanto la única referencia explícita que se hace del sector municipal aparece en el artículo 36 donde lacónicamente indican faculta esta Ley a las Municipalidades a participar de este programa. Considero que sería importante que el proyecto, se articule más desde el Sistema Nacional de Juventud, puesto que la única referencia expresa que se realiza es en su artículo 37 al modificar el Concejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, en cuanto a la aprobación de programas y proyectos de la Dirección Nacional de Servicios Cívico Comunitario DINASEICIS. Creo que una articulación más efectiva del Programa con los municipios garantizara la sostenibilidad del proyecto, y potenciaría de manera efectiva el trabajo de los Comités Cantonales de la Persona Joven. Favor notificar a la Licda. Silma Elisa Bolaños Cerdas, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, teléfono: , / correo electrónico: comisióneconomicos@asamblea.go.cr Dictamen No Dictamen Legal del Licdo. Jorge Gutiérrez Diermissen, Asesor Legal Concejo Municipal. Asunto: Dictamen Legal, criterio sobre "Ley para la Promoción del Turismo Rural", Expediente Nº Luego de analizar la recomendación del Licdo. Gutiérrez Diermissen, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, acoger en todos sus términos el siguiente criterio legal: Artículo 1- Objeto de la ley.

17 17 Se refiere a personas habitantes de las comunidades rurales, sin embargo, debe hacerse especial énfasis a las comunidades rurales en estado de exclusión social. Artículo 2- Objetivos de esta ley. Son objetivos de esta ley los siguientes: 1. Una cuidadosa selección y aprobación de proyectos que incluya: 1) Una financiación que genere los ingresos requeridos. 2. Que el financiamiento incluya la infraestructura, capacitación y la comercialización. 3. Que se pueda articular la oferta en términos de tarifas y calidad ofrecida. 4. Que se dé un acercamiento a las instituciones y la industria turística. 5. Que los planes de promoción y comercialización sean los adecuados. 6. Que permita la implementación de los programas y la participación comunal y protección del medio ambiente. Artículo 4- Actividades de Turismo Rural Comunitario. En este artículo las actividades deben estar basadas en 4 componentes básicos que son: TURISMO RURAL COMUNITARIO. COMBATE A INCENDIOS FORESTALES. AGRICULTURA ORGÁNICA SOSTENIBLE. CORREDORES BIOLÓGICOS. Cada una de estas actividades generará diversas experiencias turísticas planificadas e integradas y no sólo las enumeradas en los incisos a, b, c y d; por lo tanto hay que enfocarse en áreas focales como son: BIODIVERSIDAD. CAMBIO CLIMÁTICO. CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES. LOS RÍOS Y MARES JUNTO CON EL LITORAL. DEGRADACIÓN DE LA TIERRA. Cada una de estas actividades en conjunto con las áreas focales permitirá desarrollar la aplicación de nuevas tecnologías en energía limpia, manejo del recurso hídrico, riqueza pesquera y empresas concatenadas en la producción de alimentos orgánicos. Protegiendo la biodiversidad y ayudando a combatir el cambio climático. El aspecto socioeconómico del proyecto no puede ser organizaciones de la economía social sin fines de lucro y microempresas familiares. Se requiere que todas estas actividades se sostengan y se hagan productivas en la medida de lo posible que les

18 18 permita pagar los intereses de los préstamos de Banca de Desarrollo y que sus beneficios estén bien distribuidos. Artículo 6- Competencias del Instituto Costarricense de Turismo. Tener como base los lineamientos del Fondo Medio Ambiente Mundial (FMAM), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la colaboración del Instituto Interamericano para la Agricultura (IICA), el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE) y la Escuela de la Región Tropical Húmeda (EARTH). Artículo 12- Incentivos. Se darán únicamente cuando se demuestre la factibilidad del proyecto. Se recomienda que los dos últimos párrafos de este artículo se pasen al Artículo nuevo.- Sanción y suspensión de beneficios. Ser más exigentes en que el no cumplimiento de lo establecido con el ICT, INA, IMAS, BANCA DE DESARROLLO, SINART, etc. genera incumplimientos y por lo tanto los beneficios pueden ser revocados en cuanto a incentivos y tasas de interés. Este artículo debe ser más conciso ya que no contempla las sanciones de suspensión de beneficios, específicamente ante una violación de alguno de estas causas de suspensión cuál y durante cuánto tiempo se impondrá cuáles beneficios e incentivos serán suspendidos Las empresas o personas físicas que se le otorguen beneficios e incentivos deberán dar un cabal cumplimiento a sus obligaciones y al entrar en las causales contempladas no sólo deben de pagar una multa de diez veces la exoneración, sino que quedarán INHABILITADAS por 5 años a no recibir ningún otro beneficio derivado de la presente ley. Favor notificar a la Licda. Silma Elisa Bolaños Cerdas, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, teléfono: , / correo electrónico: comisióneconomicos@asamblea.go.cr Dictamen No Dictamen legal del Licdo. Carlos Mejías Arguedas, Asesor Legal Concejo Municipal. Asunto: Dictamen Legal, criterio referente al Proyecto Ley General de Derechos Culturales, Expediente Nº La Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Conejo Municipal, archivar este caso por encontrarse extemporáneo.

19 19 Dictamen No Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor del Concejo Municipal. Asunto: Dictamen Legal sobre Proyecto "Modificación de los artículo 13, 17, 18, 20, 32, 74 y 79 del Código Municipal, Ley Nº 7794, Expediente Nº Luego de analizar la recomendación del Licdo. Jiménez Guevara, la Comisión de Gobierno y Administración, recomienda al Concejo Municipal acoger en todos sus términos el siguiente criterio legal: Esta modificación buscar armonizar las atribuciones del Concejo, con una propuesta de modificación de la legislación que rige la materia del ordenamiento territorial, busca superar el tema de la centralización y tiende a revertir el orden hasta ahora seguido, para que sea la administración central quien deba coordinar con el municipio. Considero que no hay claridad en el texto cuando se dice para que estos puedan ser considerados no queda pues claro si la obligación de presentación vincula a las instituciones en el requerimiento de autorización, o si únicamente se esta frente a una eventual formula de información. Esta modificación tiende permitir a los alcaldes pensionados o jubilados que no han suspendido, sus beneficios, recibir la totalidad del importe total del salario correspondiente, actualmente se permite recibir un 50%, por concepto de gastos de representación. Esta modificación no justifica en manera alguna el disfrute de este plus, el cual se recibiría integro no en un monto menor y por un concepto de representación, considero que ese beneficio no tiene sustento alguno, y eventualmente lejos de incentivar la participación de funcionarios que han tenido una carrera exitosa en la administración, y pueden terminar poniéndola al servicio de la administración municipal, fomentaría la participación, de aquellos que ven en esta la oportunidad de duplicar sus ingresos. Esta reforma pasa de permitir las licencias, sin goce de dietas, de manera indefinida, sujetándola a términos y condiciones que los mismos regidores, establezcan en un reglamento que debe establecer, pareciera adecuado, puesto que eventualmente las necesidades de separarse pueden ir más allá de 6 meses, que es el límite máximo establecido en el artículo que se pretende modificar, sin embargo, es también necesario valorar si una separación mayor de un funcionario del rango que corresponde a cada uno de ellos, puede realizar una verdadera función de representación si se ausenta por un periodo mayor. Es importante recordar que el ostentar cargos como los indicados, tiene una función de representación democrática de la población.

20 20 Esta facultad de promulgar normas de organización parecen más propias del Concejo, considero que deberían provenir del Alcalde pero ser aprobadas por el Concejo. Este inciso, lo que hace es armonizar la legislación municipal con la electoral puesto que así lo dispone el Código Electoral, debe quedar claro, que según lo establecido por el Tribunal de Elecciones, su función no es de simple ejecutor de cancelación de credenciales sino que ejerce una suerte de jurisdicción electoral, por lo que tramita y resuelve lo concerniente a la cancelación o anulación de credenciales. (Artículo 220 Código Electoral.) De nuevo la reforma requiere de claridad, solo cuando el servicio sea establecido? Parece que el espíritu de la modificación, al igual que la redacción de articulo tal cual se encuentra, deja claro que el servicio debe ser auto sostenible, en el tanto sea dado por el municipio. Esta es con mucho la reforma más importante propuesta, pues autoriza a los municipios a darse su propia regulación en materia tributaria, entrándose de las actividades lucrativas que se den en su territorio. Tradicionalmente, los proyectos de ley promovidos por los municipios, deben sufrir un trámite lento y no exento de los tropiezos que caracterizan nuestro régimen parlamentario. De hecho, que cuando los proyectos al fin logran ser aprobados con mucho se encuentran desactualizados. Esta reforma posibilita que sean los mismos gobiernos locales, quienes establezcan las tarifas, no obstante conociendo lo cercanos que son los municipios a las presiones de los grupos de presión es menester no solo establecer un tope máximo sino también minino, para impedir que posiciones populistas atenten contra las finanzas municipales. Favor notificar a la Licda. Ericka Ugalde Camacho, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, teléfono: , / fax: / correo electrónico: COMISION-GOBIERNO@asamblea.go.cr Dictamen No Dictamen Legal del Licdo. Sergio Jiménez Guevara, Asesor del Concejo Municipal. Asunto: Dictamen Legal sobre Proyecto "Reforma del artículo Nº 81bis del Código Municipal del 30 de abril de 1998 y sus reformas", Expediente Nº

21 21 Luego de analizar la recomendación del Licdo. Jiménez Guevara, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal acoger en todos sus términos el siguiente criterio legal: La reforma propuesta parte del hecho de que la morosidad del pago, en lo referente a las Licencias, debe solucionarse con una reforma al artículo 81 bis pues este deja abierta la posibilidad de que el contribuyente, se mantenga moroso puesto que para que se pueda suspender la actividad la falta de pago debe ser de 2 o más trimestres, el sentido de la reforma es que con un atraso, se pueda hacer efectivo el cierre dando únicamente un plazo de 10 días después del vencimiento para el efectivo pago. La orden de cierre solo será levantada contra el pago efectivo del tributo, contra el acto que ordene el cierre no hay recurso alguno. Si el artículo únicamente se refiriera a motivos tributarios, una acción tan decidida y expedita podría justificarse, toda vez que el control tributario es relativamente fácil de establecer, sobre todo porque es el mismo municipio quien controla su ingreso. No obstante, al señalarse como causal de cierre un tipo abierto: o bien el incumplimiento de los requisitos ordenados en las leyes para el desarrollo de la actividad. El administrado queda a expensas de una determinación mucho más compleja, porque hablamos aquí de una serie de posibles variables que eventualmente no son tan fáciles de establecer, como la ausencia del pago, y en tal caso lo propio es que si el fundamento del cierre es distinto al pago de la obligación tributaria, la orden pueda ser recurrida conforme lo establece el ordenamiento municipal. Favor notificar a la Licda. Ericka Ugalde Camacho, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, teléfono: , / fax: / correo electrónico: COMISION-GOBIERNO@asamblea.go.cr Dictamen No Dictamen Legal del Licdo. Jorge Gutiérrez Diermissen, Asesor Legal del Concejo Municipal. Asunto: Dictamen Legal referente a la "Ley de desarrollo de obra pública corredor vial San José - San Ramón mediante Fideicomiso", Expediente Nº Luego de analizar la recomendación del Licdo. Gutiérrez Diermissen, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, acoger en todos sus términos el siguiente criterio legal: El proyecto de ley en cuestión se debería centrar en la constitución de un fideicomiso financiero que permita la obtención de recursos sobre todo del ahorro nacional, que podría ser de las reservas que tienen los bancos del fondo de

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo

Más detalles

Comisión de Obras y Servicios Públicos

Comisión de Obras y Servicios Públicos H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- La Comisión de Obras y Servicios Públicos, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de este

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA Departamento de Boyacá Concejo Municipal Tibasosa

REPUBLICA DE COLOMBIA Departamento de Boyacá Concejo Municipal Tibasosa ACUERDO Nº. 009 (Mayo 18 de 2010) POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA A LA EJECUTIVA MUNICIPAL, PARA CELEBRAR CONTRATOS DE COMODATO DE BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO EL CONCEJO MUNICIPAL, EN USO

Más detalles

LEY GENERAL DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO. Ley n de 7 de diciembre del 2001

LEY GENERAL DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO. Ley n de 7 de diciembre del 2001 Ley n. 8173 de 7 de diciembre del 2001 Publicada en el Alcance 2-A a La Gaceta n. 7 de 10 de enero de 2002 Artículo 1.- (*) La presente ley regula la creación, la organización y el funcionamiento de los

Más detalles

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN ACTA DE LA TRIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA 18-06-2009 En cumplimiento a lo establecido en el

Más detalles

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA 4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,

Más detalles

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo Avalúos administrativos Son todas aquellas valoraciones que la Dirección General de Tributación realiza a solicitud de diferentes entes públicos, cuyo uso pretendido sea distinto a uno tributario. 1. Base

Más detalles

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas Fecha de aplicación 01/06/2009 Versión 2 1 de 6 1. Propósito Describir los aspectos que una persona

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s CG249/2005 Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada

Más detalles

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE

Más detalles

ACUERDOS TOMADOS EN SESION CELEBRADA EL 26 DE OCTUBRE DE 1994

ACUERDOS TOMADOS EN SESION CELEBRADA EL 26 DE OCTUBRE DE 1994 ACUERDOS TOMADOS EN SESION 1112-94 CELEBRADA EL 26 DE OCTUBRE DE 1994 ARTICULO II, inciso 2) En atención a la nota V.P. 22 del 29 de agosto de 1994, suscrita por la MBA. Anabelle Castillo, Vicerrectora

Más detalles

Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS INDICE PAGINA INTRODUCCIÓN 3 OBJETIVO 4 RED DE PROCESOS 5 PROCEDIMIENTOS

Más detalles

DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO. [Diciembre ] Pág. 1 de 6

DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO. [Diciembre ] Pág. 1 de 6 DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO [Diciembre - 2013] Pág. 1 de 6 Proceso: Objetivo El subproceso debe cubrir los siguientes objetivos: Establecer las actividades que

Más detalles

#/ Exp: CO Res. Nº SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce

#/ Exp: CO Res. Nº SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce #/ Exp: 12-011662-0007-CO Res. Nº 2012014219 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce de octubre de dos mil doce. Recurso de amparo que se

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CONSIDERANDO: El Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía

Más detalles

R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA. El C. PROFR. MANUEL JAIME CASTILLO GARZA, SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA...

R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA. El C. PROFR. MANUEL JAIME CASTILLO GARZA, SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA... R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA CERT. 1522/2010 El C. PROFR. MANUEL JAIME CASTILLO GARZA, SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA... C E R T I F I C A Que en el Libro de Actas de Cabildo

Más detalles

ACTA No correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por la Comisión

ACTA No correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por la Comisión ACTA No. 14-2013 correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, en las instalaciones de la Dirección General del Archivo Nacional en

Más detalles

PROFR. ANTONIO ESQUIVEL SANTOS.- Con el permiso de esta mesa, procedo a realizar el pase de lista. NOMBRE PRESENTE AUSENTE

PROFR. ANTONIO ESQUIVEL SANTOS.- Con el permiso de esta mesa, procedo a realizar el pase de lista. NOMBRE PRESENTE AUSENTE HOJA 1 DE 6 TERCERA SESIÓN ETRAORDINARIA DE CABILDO DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2012, CELEBRADA EL DÍA DIECINUEVE, POR EL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, AGUASCALIENTES

Más detalles

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s Dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, que emite el Ayuntamiento a través del Comité Municipal, mediante el cual se justifica la adquisición a través

Más detalles

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 06-2015 Al ser las nueve horas treinta minutos del día seis de marzo de dos mil quince inicia la Sesión Extraordinaria Número CERO SEIS DOS MIL QUINCE del Tribunal Registral

Más detalles

Manual Único de Procesos

Manual Único de Procesos I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

GACETA MUNICIPAL ORGANO OFICIAL INFORMATIVO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN

GACETA MUNICIPAL ORGANO OFICIAL INFORMATIVO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN AÑO 3 NÚMERO 69 21/OCTUBRE/2015 SUMARIO: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. APROBACIÓN PARA QUE LA EMPRESA HERDEZ, S.A. DE C.V., CUMPLA CON SU OBLIGACIÓN DEL PAGO SUSTITUTO A QUE SE REFIERE EL OFICIO NÚMERO

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases

Más detalles

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE: La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

MARIO P. MARÍN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y C O N S I D E R A N D O

MARIO P. MARÍN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y C O N S I D E R A N D O CC. SECRETARIOS DE LA LVII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. C I U D A D. MARIO P. MARÍN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y C O N S I D E R A N D O I.- Que

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO

REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO Que, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art. 240 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en sus Arts. 1

Más detalles

LA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO:

LA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: LA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo

Más detalles

Municipalidad de Pococí Guápiles, Pococí Teléfono Nº Fax

Municipalidad de Pococí Guápiles, Pococí Teléfono Nº Fax INFORME No. IAI-002-2015 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ AUDITORÍA INTERNA INFORME CONTROL DE RECOMENDACIONES Y DISPOSICIONES CGR 2015 Índice 1. INTRODUCCIÓN... 3 1.1 ORIGEN DEL ESTUDIO.... 3 1.2 OBJETIVO GENERAL

Más detalles

ACUERDO No. 020 de (Agosto 28 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN ESTIMULOS PARA LOS DEPORTISTAS DESTACADOS DEL MUNICIPIO DE TAMINANGO NARIÑO

ACUERDO No. 020 de (Agosto 28 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN ESTIMULOS PARA LOS DEPORTISTAS DESTACADOS DEL MUNICIPIO DE TAMINANGO NARIÑO ACUERDO No. 020 de (Agosto 28 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN S PARA LOS DEPORTISTAS DESTACADOS DEL MUNICIPIO DE TAMINANGO NARIÑO EL NARIÑO En uso de las facultades constitucionales y legales,

Más detalles

DICTAMEN 14/2014 SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

DICTAMEN 14/2014 SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DICTAMEN 14/2014 SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1 I. ANTECEDENTES Con fecha 3 de noviembre de 2014 tuvo entrada en este Consejo Económico y Social escrito

Más detalles

Asociación de formación y cultura laboral. Estatutos

Asociación de formación y cultura laboral. Estatutos Asociación de formación y cultura laboral 1- Nombre, sede y año fiscal Estatutos 1. La asociación lleva por nombre: Asociación de formación y cultura laboral 2. La asociación tiene su sede central en Munich

Más detalles

A N T E C E D E N T E S:

A N T E C E D E N T E S: Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por el que se autoriza la destrucción de la documentación electoral sobrante para el presente proceso electoral del año de dos

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

Sumario. Número Cuarenta y dos

Sumario. Número Cuarenta y dos Martes 6 de mayo de 2014 Número Cuarenta y dos Sumario Acuerdos aprobados por el H. Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, durante el mes de abril de dos mil catorce. Pablo Basáñez García,

Más detalles

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO: EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO: Que, la celebración de actos cívicos, históricos, culturales, artísticos, expresiones sociales, religiosas y deportivas, han

Más detalles

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue COTECIAD-12-16 ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBAN Y VALIDAN LAS ADECUACIONES AL SISTEMA DE CONTROL

Más detalles

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX No. de Oficio RM 1828/2011. ASUNTO: CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P. 06700 TEL. (55) 5584 2121 FAX. 5584 8454. P R E S E N T E En acatamiento a lo dispuesto

Más detalles

FILOSOFIA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

FILOSOFIA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS FILOSOFIA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MISIÓN: EFICIENTIZAR EL SERVICIO A USUARIOS DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA DIRECCIÓN, VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES Y REGLAMENTOS QUE RIGEN AL MUNICIPIO,

Más detalles

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado al: 27/11/2015 Regulaciones para el Traspaso de Bienes en Fideicomiso No. 037-11 REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. R-DCA-236-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil quince.---------------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

Fecha. Edición. Beta Pag. Código.

Fecha. Edición. Beta Pag. Código. UNIVERSIDAD CATÓLICA DE PEREIRA Sistema de Gestión de Calidad de la Gestión Administrativa y Financiera Proceso: Secretaría Procedimiento: Revisión jurídica de s. Fecha. Edición. Beta Pag. Código. Objetivo:

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 011-10 QUE DECLARA A LA EMPRESA ARQA, ARQUITECTURA INTEGRAL GANADORA DE LA LICITACIÓN RESTRINGIDA INDOTEL-LR-001-2009, PROYECTO ARQUITECTURA

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VII LEGISLATURA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VII LEGISLATURA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VII LEGISLATURA ESTENOGRAFIA PARLAMENTARIA DIPUTACION PERMANENTE SEGUNDO RECESO PRIMER AÑO DE EJERCICIO VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 11

Más detalles

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. CONSIDERANDOS Reflexionando lo plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el

Más detalles

Valoración Documental

Valoración Documental Codificación: MCJ-SA-GTIC-VSD-001 MACROPROCESO Gestión de Tecnología de la Información y Comunicación PROCESO Valoración y Selección Documental PROCEDIMIENTO Versión: 1 de 1 Aprobado por la Comisión Institucional

Más detalles

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria William Ochoa Parra ORGANIZACIÓN DEL ESTADO INDICE 1. Forma general del Estado ecuatoriano. 2. Entidades que conforman el Estado. 3. Rectoría

Más detalles

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES

LINEAMIENTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N 32 SOLEMNE

MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N 32 SOLEMNE PAGINA N 1 ACTA N 32 Solemne. 01-05-2016 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N 32 SOLEMNE 01-05-2016 SESION SOLEMNE. N 32 DEL 01-05-2016, INICIADA A LAS 12:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES,

Más detalles

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS ASOCIACION PRO-CONSTRUCCION DEL TEMPLO CATOLICO DE SAN MIGUEL PETAPA -APROTECA- INFORME DE AUDITORIA A LA LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL 01 DE ENERO

Más detalles

ANTEPROYECTO DECRETO NÚMERO Referencia: SO Período: Acuerdo: 1641

ANTEPROYECTO DECRETO NÚMERO Referencia: SO Período: Acuerdo: 1641 ANTEPROYECTO DECRETO NÚMERO Referencia: SO-011116 Período: 2015-2018 Acuerdo: 1641 El Concejo Municipal de Santa Tecla, CONSIDERANDO: I. Que según La Constitución de la Republica de El Salvador en el Art.

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S INE/CG16/2015 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN DEL PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

CAPÍTULO I Generalidades

CAPÍTULO I Generalidades MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Por acuerdo que consta en el artículo 3º, Capítulo 4º, del acta de la Sesión Ordinaria Nro. 134-2008, del 18 de noviembre de 2008, de conformidad con lo estatuido por los artículos

Más detalles

DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VILLAMARIA CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO No. 007 DE JUNIO 09 DE 2008

DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VILLAMARIA CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO No. 007 DE JUNIO 09 DE 2008 ACUERDO No. 007 DE JUNIO 09 DE 2008 POR EL CUAL SE CONCEDE AUTORIZACIÓN AL SEÑOR ALCALDE DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA, CALDAS, PARA SALIR DEL PAÍS CON EL FIN DE PARTICIPAR EN EL DIPLOMADO INTERNACIONAL:

Más detalles

ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL

ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señor Presidente del Concejo Municipal Honorables Concejales Las connotaciones

Más detalles

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS JUNTA DIRECTIVA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS JUNTA DIRECTIVA Acuerdo de Junta Directiva del AyA Sesión No. 2016-017 Ordinaria Fecha de Realización 15/Mar/2016 Acuerdo No. 2016-111 Artículo 3.3-Resolución recurso de apelación contra el acuerdo de la Junta Administradora

Más detalles

RESOLUCIÓN EXENTA N9332 VISTOS: ex -Ministerio del Interior que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la

RESOLUCIÓN EXENTA N9332 VISTOS: ex -Ministerio del Interior que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO MANDATO CELEBRADO CON LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ARQUITECTURA, PARA EJECUCIÓN PROYECTO: "REPOSICIÓN HOSPEDERÍA HOGAR DE CRISTO, COYHAIQUE", CÓDIGO

Más detalles

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a... de octubre de 2003. REUNIDOS De una parte el Excmo.

Más detalles

Núm. 12. Boletín Oficial de Aragón CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN

Núm. 12. Boletín Oficial de Aragón CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2017, del Presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón, por la que se dispone la publicación del Programa de fiscalización para el año 2017 de la Institución. El Consejo de

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA TRANSPARENCIA DE LAS CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS POR MEDIO DE LA REFORMA DEL ARTÍCULO 40 Y DE LA ADICIÓN DEL ARTÍCULO 40

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO 120 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO EXPOSICION DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO 120 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO EXPOSICION DE MOTIVOS PROYECTO DE ACUERDO 120 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO EXPOSICION DE MOTIVOS La JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO LOS HEROES del Municipio de Bucaramanga, con

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01 0 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Gaceta Municipal Órgano Oficial Número 005 Año 01 22 de enero de 2016 1 PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,

Más detalles

EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO

EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO EL M. I. CONCEJO CANTONAL CONSIDERANDO QUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, los gobiernos municipales tienen competencia exclusiva, sin

Más detalles

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera Dirección de Control AUDITORIA FINANCIERA VHEG/SFB/mhl Dirección de Control - Departamento de Auditorias Puente Alto, Octubre de 2014 Página 1 TABLA DE CONTENIDO 1. RESUMEN EJECUTIVO.... 2 2. COMPETENCIA

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL DE CURTINCAPAC DEL CANTÓN PORTOVELO. EL GOBIERNO AUTÓNOMO

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA

LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 6. Andaluces y andaluzas en el exterior. 1. Los andaluces y andaluzas en el exterior

Más detalles

ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI.

ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI. ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI. EL CONCEJO CANTONAL DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI CONSIDERANDO: Que, el Art. 238 de la Constitución

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA 1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,

Más detalles

ANTECEDENTES. Licencia Fecha de Resolución N/REF. Licencia Singular de Máquinas de Azar 13/07/2016 MAZ/2016/036

ANTECEDENTES. Licencia Fecha de Resolución N/REF. Licencia Singular de Máquinas de Azar 13/07/2016 MAZ/2016/036 RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE HOMOLOGA EL SISTEMA TÉCNICO DE LA ENTIDAD TELE APOSTUAK PROMOTORA DE JUEGOS Y APUESTAS, S.A. En cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley 13/2011, de 27 de mayo,

Más detalles

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST. 9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores

Más detalles

R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. -

R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. - 1 R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. - A los integrantes de la Comisión de Patrimonio, nos fue turnada por el C. Presidente Municipal, LIC. ADALBERTO ARTURO MADERO QUIROGA, la solicitud referente

Más detalles

Dirección Asuntos Jurídicos

Dirección Asuntos Jurídicos DAJ-034-C-2013 31 de mayo de 2013 Señor Wilberth Flores Bonilla Director Regional Dirección Regional de Enseñanza San José Oeste Estimado Señor: Asunto: Aclaración criterio DAJ-100-C-12. Me permito referirme

Más detalles

LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PRESENTACION SEMINARIO CEAM SOBRE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Alonso Cardona Arango Diciembre de 2014 1. La participación democrática En la Constitución

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres

Más detalles

Municipalidad No. Dictamen Resumen Dictamen completo

Municipalidad No. Dictamen Resumen Dictamen completo Municipalidad No. Dictamen Resumen Dictamen completo Municipalidad de Perez Zeledon Dictamen No. 010, 19/01/2011 Situación concreta de ese Municipio, vinculada con las máquinas de juego decomisadas en

Más detalles

RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001

RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001 RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570 La Paz, 1 de Noviembre de 2001 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la Ley de Pensiones N 1732 de 28 de noviembre de 1996 en sus artículos 37 y 38 en concordancia con el artículo

Más detalles

DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE DENUNCIAS INFORME Nº 20/2014-DPC-DCSD DE LA DENUNCIA Nº 1006-11-329 VERIFICADA EN LA ESCUELA URBANA JULIANA VÁSQUEZ MUNICIPIO

Más detalles

Luisa María Calderón Hinojosa Senadora de la República

Luisa María Calderón Hinojosa Senadora de la República de la República México, D.F 1 de octubre de 2014 Senador Luis Miguel Barbosa Huerta Presidente de la Mesa Directiva Cámara de Senadores Presente. Con fundamento en los artículos 72 fracción VIII, 73, y

Más detalles

EJES DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LA PRESIDENTA BACHELET PRESENTACIÓN SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR DE CHILE

EJES DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LA PRESIDENTA BACHELET PRESENTACIÓN SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR DE CHILE EJES DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LA PRESIDENTA BACHELET PRESENTACIÓN SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR DE CHILE CONCEPTOS GENERALES El país está en condiciones para

Más detalles

ADJUDICACIÒN DE MENOR CUANTIA N 164-CEPAMC-2007 DISEÑO, DIAGRAMACION E IMPRESIÓN DE 500 EJEM PLARES DEL PLAN OPERATIVO

ADJUDICACIÒN DE MENOR CUANTIA N 164-CEPAMC-2007 DISEÑO, DIAGRAMACION E IMPRESIÓN DE 500 EJEM PLARES DEL PLAN OPERATIVO ADJUDICACIÒN DE MENOR CUANTIA N 164-CEPAMC-2007 1. ENTIDAD: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con domicilio en Salaverry Nº 655, Jesús María y R.U.C. Nº 20131023414. 2. OBJETO (Descripción

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Decretos de Alcalde Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Marginal: ANM 2011\13 Tipo de Disposición: Decretos de Alcalde / Órganos Colegiados Fecha de Disposición: 21/03/2011 Publicaciones:

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. - A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir DICTAMEN PARA LA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE COMODATO POR 1-UN

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL P R E S E N T E. R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir Dictamen para la DESINCORPORACIÓN MEDIANTE CONTRATO DE COMODATO

Más detalles

PERIODO 1 DE ENERO A 30 DE JUNIO DE

PERIODO 1 DE ENERO A 30 DE JUNIO DE INFORME SEGUIMIENTO Y EVALUACION A LA ATENCION DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS, SUGERENCIAS, DENUNCIAS POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCION Y FELICITACIONES RECIBIDAS EN LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS

Más detalles

LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA

LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA I. FUNDAMENTOS LEGALES. A) LEGISLACIÓN GENERAL. Artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española. Artículo 9.2: Corresponde

Más detalles

a) Se le solicitó al Área Regional de Desarrollo Social de Puntarenas el expediente individual de las beneficiarias.

a) Se le solicitó al Área Regional de Desarrollo Social de Puntarenas el expediente individual de las beneficiarias. AUD 013-2013 INFORME SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN EL PROYECTO DE RECICLAJE DEL PROGRAMA MANOS A LA OBRA, EJECUTADO POR LA MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS ÁREA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DE PUNTARENAS

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e.

C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales recibió para efectos de su estudio y dictamen, los escritos formulados

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,

Más detalles

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO PARA INSTITUTO Fl!Dl!IUU. ELECTOIUU. ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", POR EL QUE

Más detalles