Condiciones Generales de tu seguro de Coche.
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- Patricia Mora Araya
- hace 8 años
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1 Condiciones Generales de tu seguro de Coche.
2 Condiciones Generales de tu seguro de Coche V29/Septiembre/2016 Índice Legislación Aplicable Definiciones Modalidades Bases del Contrato Condiciones Generales de cada Modalidad 1. Modalidad Primera: Responsabilidad Civil 1.1. De Suscripción Obligatoria 1.2. De Suscripción Voluntaria 2. Modalidad Segunda: Daños al Propio Vehículo Asegurado 3. Modalidad Tercera: Incendio y Robo del Vehículo Asegurado 4. Modalidad Cuarta: Rotura de Lunas y Parabrisas del Vehículo Asegurado 5. Modalidad Quinta: Seguro del Conductor del Vehículo 6. Modalidad Sexta: Seguro de Defensa Legal y Reclamación de Daños Cláusula de Indemnización Teléfonos de Interés 2/31
3 Legislación Aplicable Legislación Aplicable: - - des aseguradoras y reaseguradoras 3/31
4 Definiciones Accesorios De serie: No de serie: Los accesorios de serie (internos y externos). Llantas de aleación Faros de xenón Equipos de telefonía Equipos de imagen y sonido Sistemas de navegación Volantes de cuero o deportivos Deberán ser siempre declarados todos aquellos accesorios que no sean de la misma marca del vehículo asegurado. No quedarán asegurados en ningún caso los accesorios destinados a la personalización del interiores de la cabina que lo aparten de su apariencia de serie orientándolo al gusto propio. Tampoco quedarán asegurados por esta póliza los accesorios que no hayan sido homologados para primer riesgo, siendo Asegurado Asegurador Beneficiario 4/31
5 Carta verde Conductor Daño corporal Daño material Domicilio habitual de los asegurados Franquicia Influencia de bebidas alcohólicas o estupefacientes Límite de prestación Póliza Prima Propietario Siniestro Suma Asegurada 5/31
6 Tercero Tomador del Seguro Valor a nuevo Valor venal Valor de Mercado Ámbito Territorial - Bases del Contrato Artículo 1º - Objeto del seguro 6/31
7 Artículo 2º - Perfección y efectos del contrato la prima. de los derechos del Asegurado. declaraciones efectuadas por el mismo a petición de Direct. En caso de incumplimiento será de aplicación el artículo 10 y siguientes de la Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguros. Artículo 3º - Pago de la prima Las sucesivas primas deberán pagarse con igual obligación a sus correspondientes vencimientos. La prima para todas las modalidades es anual Artículo 4º- Declaraciones sobre el riesgo subsane la divergencia existente. 7/31
8 Artículo 5º- Información sobre o lo concerniente al seguro estén comprendidas en él. Artículo 6º- Facultades de Direct ante las declaraciones falsas o inexactas durante la vigencia de contrato Cuando la reserva o inexactitud se hubiere producido mediante dolo o culpa grave del Tomador Modalidad de Aseguramiento Obligatorio en que podrá repetir su pago contra aquél. Artículo 7º- Agravación del riesgo durante la vigencia del contrato no lo habría concertado o lo habría hecho en condiciones más gravosas. asegurado y el uso a que se destina. Artículo 8º- Facultades de Direct ante la agravación del riesgo durante la vigencia del contrato En caso de rechazo o de silencio por quedando hasta el momento Direct podrá igualmente rescindir el contrato comunicándolo por escrito al Asegurado dentro de deberá ser anunciada con una anticipación de quince días a su toma de efecto. 8/31
9 Artículo 9º- Consecuencias de no comunicar la agravación del riesgo durante la vigencia del contrato queda liberado de su prestación si el Tomador o el Asegurado han actuado de mala fe. convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. En el caso de agravación del riesgo durante el tiempo del seguro que dé lugar a un aumento Artículo 10º- Disminución del riesgo durante la vigencia del contrato Artículo 11º- Transmisión del vehículo asegurado Direct podrá rescindir el contrato dentro de los quince días siguientes a aquél en que tenga Direct deberá restituir la parte de prima que corresponda a periodos de seguro por los que no haya soportado el riesgo. El adquirente del vehículo asegurado también puede rescindir el contrato si lo comunica por escrito al asegurador en el plazo de quince días contados desde que conoció la existencia del hubiera comenzado a correr cuando se produce la rescisión. 9/31
10 Artículo 12º- Duración y extinción del seguro la conclusión del período del seguro en curso para el Tomador. Artículo 13º- Obligaciones en caso de siniestro 10/31
11 Artículo 14º- Deber de salvamento El incumplimiento de este deber dará derecho a Direct a derivados del mismo y el grado de culpa del Asegurado. éste quedará liberado de toda prestación derivada del siniestro. Artículo 15º- Rechazo del siniestro 11/31
12 contar desde la fecha en que hubiera tenido conocimiento de la causa en que fundamenta el Si fuera procedente el rechazo de un siniestro con posterioridad a haber efectuado pagos con abonar. Artículo 16º- Prescripción sus bienes. Artículo 17º- Subrogación y reintegro El Asegurado vendrá obligado a reintegrar al Asegurador cualquier cantidad que perciba de abonadas por Direct en virtud de las obligaciones contenidas en la Póliza. Artículo 18º- Recuperaciones y resarcimientos Artículo 19º- Instancias de reclamación podrán resolverse, como sigue: [email protected] 12/31
13 Servicio de Defensa del Cliente Artículo 20º- Comunicaciones entre las partes y no recogidas y las que no lleguen a su destino por haber cambiado el domicilio sin haberlo 13/31
14 Artículo 21º- Pago de la Indemnización 14/31
15 Riesgos Excluidos Artículo 22º- Exclusiones generales para Modalidades de contratación voluntaria declarados por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional. circunstancia como causa concurrente del accidente. 1. Que el Conductor sea asalariado del propietario del vehículo. 2. Que el Conductor no sea ebrio o toxicómano habitual. Asegurado. de las dos primeras condiciones. E. Los producidos con ocasión de ser conducido el vehículo asegurado por una persona que con excepción de los derechos que para el Asegurado se deriven de la cobertura de robo cuando esté amparada por la Póliza. F. Cuando el Conductor del vehículo asegurado causante del accidente sea condenado como autor del delito de omisión del deber de socorro. Esta exclusión no afectará al propietario del vehículo contra dicho Conductor. G. Los que se produzcan con ocasión del robo o hurto del vehículo asegurado. Si el vehículo vehículo) se estará a lo allí dispuesto. con ocasión de estar desarrollando la correspondiente labor industrial o agrícola y no sean consecuencia directa de la circulación de tales vehículos. la infracción haya sido la causa determinante de la producción del accidente. J. Los que se produzcan con ocasión de la participación del vehículo asegurado en apuestas o 15/31
16 consecuencias de los hechos siguientes: pruebas preparatorias de los mismos. Condiciones Generales 1. Responsabilidad Civil De Suscripción Obligatoria Artículo 23º- Qué cubre Mediante esta cobertura hasta los límites cuantitativos reglamentariamente vigentes fuerza mayor los defectos de éste ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos. psicotrópicas. 16/31
17 C. Contra el Tomador del Seguro o Asegurado por causas derivadas del contrato de seguro o en cualquier otro supuesto en que también pudiera proceder tal repetición con arreglo a las Leyes. Artículo 24º- Qué no cubre (Exclusiones) La cobertura no alcanzará a: indemnización que deberá pagar el Consorcio de Compensación de Seguros. cobertura. De Suscripción Voluntaria Artículo 25º- Qué cubre Mediante la contratación de esta garantía y hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares de esta Póliza Artículo 26º- Qué no cubre (Exclusiones) Quedan excluidos de las garantías de esta modalidad: 1. Además de las exclusiones generales contenidas en el artículo 22 de las Condiciones Generales consecuencias de su impago. habitualmente con ellos y a sus expensas. Condiciones Particulares de la Póliza. G. Se excluyen las consecuencias derivadas de los siniestros ocurridos durante la vigencia de la las prórrogas del contrato. 17/31
18 2. En ningún caso tendrán consideración de terceros a efectos de esta cobertura: habitualmente con ellos y a sus expensas. alguno de los supuestos previstos en las letras a) y c). Para ambas modalidades Artículo 27º- Reclamaciones de siniestros reclamación relativa a los siniestros cubiertos por la presente Póliza. Direct. aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. Artículo 28º- Facultad de transacción Artículo 29º- Prestaciones de Direct Dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares correrán por cuenta de Direct: Artículo 30º- Deber de información sus circunstancias y consecuencias. Artículo 31º- Repetición de Direct contra el Asegurado 18/31
19 drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Contra el Conductor, el Propietario del vehículo causante y el Asegurado, si los daños materiales y personales causados fueren debidos a la conducta dolosa de cualquiera de ellos. Contra el tercero responsable de los daños. Contra el Tomador del seguro o asegurado, por las causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y, conforme a lo previsto en el contrato, en el caso de conducción del vehículo por quien carezca del permiso de conducir. 2. Daños al Propio Vehículo Artículo 32º- Qué cubre 1. Mediante la contratación de esta garantía, Direct se hará cargo del coste de la reparación o reposición de las partes que resulten dañadas en el vehículo asegurado, como consecuencia de un accidente, tanto si el vehículo se encuentra en circulación como en reposo o durante su transporte. 2. El asegurado se hará cargo de la franquicia contratada. 3. Quedan cubiertos los daños o desperfectos ocasionados en la tapicería interior del vehículo asegurado, con motivo de la ayuda prestada a las víctimas de un accidente y hasta un máximo de 350,00 euros por siniestro. 4. Asimismo, queda cubierta la reparación o reposición de la ropa y objetos personales de los ocupantes así como los dispositivos de retención infantil (sillas y elevadores de seguridad) que resulten dañados cuando el vehículo sufra, al mismo tiempo, desperfectos como consecuencia de un accidente cubierto por la garantía de daños propios, y hasta un máximo de 300,00 euros. 5. Quedan cubiertos los daños sufridos por los neumáticos, cubiertas y cámaras por su valor a nuevo, únicamente cuando la causa que motivó el daño es la colisión con otro vehículo En caso de no existir colisión con vehículo o en los casos de colisión con otros objetos o no, o daños en los neumáticos sin existir colisión, los daños serán indemnizados en base a su valor venal. La comprobación, así como la valoración de los daños y sus consecuencias, se llevará a cabo de mutuo acuerdo entre el Asegurado y Direct, iniciándose las operaciones de comprobación y inmediatamente después del día en que por el Asegurado se haya efectuado la declaración del siniestro. Artículo 34º- Pérdida total y criterios para la valoración de los siniestros 1. Cuando el importe de la reparación del vehículo asegurado sea igual o superior al 100% del valor de mercado en el momento del accidente, Direct podrá considerar que existe pérdida total. La indemnización se determinará por la antigüedad del vehículo, según su fecha de primera matriculación, descontando franquicia, si la hubiera, y el valor de los restos, que quedarán en poder del asegurado, conforme a las siguientes normas: A. El 100 por 100 de su valor de nuevo, si en la fecha del siniestro el vehículo tuviera una antigüedad desde su fecha de primera matriculación inferior o igual a dos años. B. El 100 por 100 de su valor de mercado más el 50 por 100 de su diferencia con el valor de nuevo, si en la fecha del siniestro, el vehículo tuviera una antigüedad desde su fecha de primera matriculación superior a dos años e inferior o igual a tres años. C. El 100 por 100 de su valor de mercado, si en la fecha del siniestro el vehículo tuviera una antigüedad desde su fecha de primera matriculación superior a tres años. Por acuerdo de las partes, Direct podrá gestionar la venta de los restos en nombre del asegurado. 2. La indemnización por pérdida total del vehículo asegurado será satisfecha por Direct al Asegurado, a la persona designada en la Póliza, o en su caso, a la persona o entidad a favor de 19/31
20 posesión del Asegurador. Artículo 35º- Exigibilidad de la factura Artículo 36º- Qué no cubre (exclusiones) carga y descarga de los mismos. realizados en talleres designados por Direct. salvo que hayan sido expresamente declarados e incluidos en las este condicionado. caravanas arrastrados por él. conservación del vehículo asegurado. 3. Incendio y Robo del Vehículo Asegurado Incendio Artículo 37º- Qué cubre Mediante la contratación de esta garantía Cuando el importe de la reparación del vehículo asegurado sea igual o superior al 100% del valor de mercado en el momento del accidente Direct podrá considerar que existe pérdida total. 20/31
21 Artículo 38º- Qué no cubre (exclusiones) dependientes o asalariados de cualquiera de ellos. D. En caso de no constar contratada la garantía de libre elección de taller en sus condiciones Artículo 39º- Qué cubre mediante la contratación de esta garantía 2. Cuando el importe de la reparación del vehículo asegurado sea igual o superior al 100% del 21/31
22 Artículo 40º- Efectos de la recuperación del vehículo sustraído Si el vehículo sustraído se recuperase dentro del plazo de 30 días desde la fecha de la diferencias existentes entre la indemnización abonada previamente y el coste de la reparación de Artículo 41º- Qué no cubre (exclusiones) asegurado. D. Las apropiaciones ilegales que no sean denunciadas a la Autoridad competente. E. En caso de no constar contratada la garantía de libre elección de taller en sus condiciones 22/31
23 4. Rotura de Lunas y Parabrisas del Vehículo Asegurado Artículo 42º- Qué cubre Mediante la contratación de esta modalidad Artículo 43º- Qué no cubre (Exclusiones) los indicados en el primer párrafo del artículo anterior. C. Las lunas del remolque que eventualmente pueda estar incluido en la Póliza. D. En caso de no constar contratada la garantía de libre elección de taller en sus condiciones 5. Seguro del Conductor del Vehículo Artículo 44º- Qué cubre Asegurado 1. Cobertura de fallecimiento por accidente valor 2. Cobertura de invalidez permanente 23/31
24 3. Gastos de Asistencia sanitaria accidente de circulación cubierto por la póliza Concertados 24/31
25 Artículo 45º- Qué no cubre (Exclusiones) reconocidos por el Consorcio de Compensación de Seguros en cuyo caso los gastos serán abonados por la entidad a partir de dicho límite hasta la cuantía establecida en la presente Póliza. Artículo 46º- Pago de indemnizaciones Un mismo accidente no da derecho simultáneamente a las indemnizaciones para el caso de fallecimiento y de invalidez permanente. 1. Fallecimiento 2. Invalidez Permanente 6. Seguro de Defensa Legal y Reclamación de Daños Defensa Penal Artículo 47º- Qué cubre 25/31
26 En caso de que el Tomador del Seguro opte por la libre designación queda cubierto de la siguiente forma: I. El reintegro de los gastos causados por el concepto de honorarios y gastos de los profesionales todo el siniestro. comunicar fehacientemente a Direct la designación del profesional elegido para la defensa de sus intereses. Artículo 48º- Qué cubre En caso de que el Tomador del Seguro opte por la libre designación queda cubierto de la siguiente forma: I. El reintegro de los gastos causados por el concepto de honorarios y gastos de los profesionales comunicar fehacientemente a Direct la designación del profesional elegido para la reclamación de Artículo 49º- Qué no cubre Límites y Exclusiones de ambas modalidades Aquellos hechos en los que intervenga el vehículo asegurado que tengan la misma causa y se 26/31
27 estarán cubiertos por esta Modalidad: garantizadas por esta cobertura. 3. Las indemnizaciones a que fueren condenados o reclamasen las personas garantizadas por esta cobertura. asegurado que no estén expresamente autorizados en la Póliza. ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Póliza. consecuencia del reintegro de los gastos que comprende. Artículo 50º- Procedimiento en Caso de Siniestro deberán someterse a los baremos orientativos de honorarios que tuvieren establecidos en el 27/31
28 Disconformidad en las Tramitaciones del Siniestro artículo anterior. legalmente establecidos. condicionado. y el asegurador sobre el contrato de seguro. La designación de árbitros no podrá hacerse antes de Cláusulas de Indemnización Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas deriva- nas y en bienes y de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles 28/31
29 1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos A. Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro. obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros. mantenimiento. guerra. que afecte a la propia instalación. carácter simultáneo a dicha inundación. H. Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y I. Los causados por mala fe del asegurado. la imposibilidad de contratación anterior del seguro por inexistencia de interés asegurable. Este 29/31
30 nueva cobertura. Tampoco se aplicará para la parte de los capitales asegurados que resulte de la revalorización automática prevista en la póliza. Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas. extraordinarios. como de catástrofe o calamidad nacional. derivados de esta cobertura. 3. Franquicia I. La franquicia a cargo del asegurado será: Póliza de Seguro de automóviles. II. En los seguros de personas no se efectuará deducción por franquicia. 4. Extensión de la cobertura las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. No obstante lo anterior: extraordinarios por el Consorcio de Compensación de Seguros garantizará la totalidad del interés asegurable aunque la póliza ordinaria sólo lo haga parcialmente. de Seguros garantizará el valor del vehículo en el estado en que se encuentre en el momento 30/31
31 inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general aceptación en el mercado. aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora. Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros Teléfonos de Interés 31/31
32 Condiciones Generales de Asistencia en Carretera y Grúa.
33 Condiciones Generales de Asistencia en Carretera y Grúa V29/Septiembre/2016 Índice Legislación Aplicable Condiciones Generales de Asistencia en Carretera y Grúa Riesgos Excluidos Asistencia en Carretera y Grúa España Estándar - Descripción de las garantías Asistencia en Carretera y Grúa España Completa - Descripción de las garantías Asistencia en Carretera y Grúa en el Extranjero - Descripción de las garantías Teléfonos de Interés Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
34 Legislación Aplicable Legislación Aplicable: Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
35 Condiciones Generales de Asistencia en Carretera y Grúa 3. La asistencia debe ser solicitada, por teléfono, a Direct. Riesgos Excluidos con Carácter General personales o accesorios del coche. Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
36 Asistencia en Carretera y Grúa en España Estándar 1- Descripción de las Garantías Aseguradas con el coche asegurado, 1.1 Reparación in situ del coche asegurado 1.2 Remolque o Rescate del coche asegurado en caso de accidente Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
37 1.3 Remolque del coche asegurado en caso de avería 1.4 Servicios a los asegurados en caso de accidente y/o avería Recuperación del coche asegurado reparado o recuperado después de un robo 1.6 Abandono del coche 1.7 Gastos de custodia para el coche accidentado o averiado 1.8 Repatriación y transporte sanitario de heridos a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza del costo de esos servicios. Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
38 1.9 Desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado 1.10 Repatriación y transporte del asegurado fallecido a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza 1.11 Acompañamiento a menores Asistencia en Carretera y Grúa en España Completa 1- Descripción de las Garantías Aseguradas que impida que el coche se desplace por sus 1.1 Reparación in situ del coche asegurado Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
39 inmovilizado con asegurado 1.2 Remolque o Rescate del coche asegurado en caso de accidente 1.3 Remolque del coche asegurado en caso de avería 1.4 Envío de Repuestos existieran. Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
40 1.5 Servicios a los asegurados en caso de accidente y/o avería coche asegurado 1.6 Recuperación del coche asegurado reparado o recuperado después de un robo, en el 1.7 Envío de un conductor 1.8 Abandono del coche 1.9 Gastos de custodia para el coche accidentado 1.10 Repatriación y transporte sanitario de heridos a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
41 del costo de esos servicios Desplazamiento un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado excede de 10 días Inmovilización en un hotel 1.13 Repatriación y transporte del asegurado fallecido a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza 1.14 Acompañamiento a menores Asistencia en Carretera y Grúa en el Extranjero 1- Descripción de las Garantías Aseguradas Marruecos Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
42 1.1 Reparación del coche asegurado 1.2 Remolque o Rescate del coche asegurado en caso de accidente y/o avería Direct 1.3 Servicios a los asegurados en caso de accidente y/o avería 1.4 Recuperación del coche asegurado reparado o recuperado después de un robo 1.5 Abandono del coche 1.6 Gastos de custodia para el coche accidentado 1.7 Repatriación y transporte sanitario de heridos a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
43 del costo de esos servicios. 1.8 Desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado Gastos de curación en el Extranjero a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza 1.10 Repatriación y transporte del asegurado fallecido a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza 1.11 Acompañamiento a menores 1.12 Anticipo de fianza judicial en el extranjero Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
44 hasta un límite de euros por siniestro, impuestos incluidos. plazo máximo de 2 meses, a partir de su petición por nuestra parte. Si antes de ese plazo, la cantidad anticipada ha sido reembolsada por esas mismas autoridades, el Asegurado queda obligado a restituir inmediatamente tal importe Gastos de defensa legal en el extranjero asumimos los gastos que se deriven, hasta un límite de 600 euros por siniestro, impuestos incluidos. Si el Asegurado no está en condiciones de designar un abogado, lo haremos nosotros, sin que por ello pueda sernos exigida responsabilidad alguna Adelanto de fondos Si durante un viaje por el extranjero el Asegurado se viera privado de dinero en efectivo por pérdida de medios de pago, Direct le facilitará la cantidad solicitada, hasta un límite de euros, impuestos incluidos, Teléfonos V29/Septiembre/2016 Con la solidez de AXA Group AXA Global Direct Seguros y Reaseguros S.A.U. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M Domicilio social: Emilio Vargas 6, /13
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