REGLAMENTO DE UNIFORMES Y EQUIPO PARA EL PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 17

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1 CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE UNIFORMES Y EQUIPO PARA EL PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 17 (Incluye algunas disposiciones complementarias)

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3 APRUEBA REGLAMENTO DE UNIFORMES Y EQUIPO PARA EL PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 17 (1) Ministerio de Defensa Nacional.- Subsecretaría de Carabineros.- Decreto Nº 81.- Santiago, 15 de febrero de Hoy se ha decretado lo siguiente: Visto: a) Lo establecido en los Decretos Leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 444, de 1974, y 1.063, de 1975; b) El Decreto Supremo Nº 2.424, de 29 de mayo de 1929, del Ministerio del Interior, que aprobó el Reglamento de Vestuario y Equipo para la Tropa de Carabineros de Chile, Nº 17; c) Lo solicitado por la Dirección General de Carabineros en su Oficio C.A.S. I. Nº 56, de 19 de diciembre de 1979, con antecedentes, y d) La facultad que me confiere el Nº 1) del artículo 10º del Decreto Ley Nº 527, de 17 de junio de 1974, Decreto: Apruébase el siguiente Reglamento de Uniformes y Equipo para el Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, Nº 17: TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- El uniforme del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, será de tela de color caqui y su uso en las actividades del servicio es obligatorio para todo el personal que le corresponde llevarlo. El traje de civil podrá usarse en aquellos servicios policiales en que los (1) El artículo 2º de la Ley Nº , sustituyó en todos los Reglamentos Institucionales la expresión Personal a Contrata por Personal de Nombramiento Institucional". Jefes de Altas Reparticiones, Reparticiones y Unidades lo estimen necesario. Esta facultad de calificar el uso de tenida de civil por parte de los Jefes mencionados, será extensiva al personal que desempeña Labores Auxiliares que carezca de instrucción policial y militar, adolezca de defectos físicos notorios o que no esté en condiciones de llevar el uniforme correctamente. Artículo 2º.- Las especies de uniforme, equipo, distintivos de grado y accesorios tendrán la forma, dimensiones y colores que se establecen en el presente Reglamento, quedando prohibido variar cualquiera de sus características. La Dirección de Logística, cuando las circunstancias o necesidades del servicio así lo aconsejen, propondrá al General Director las disposiciones, directivas u órdenes que proceda dictar para innovar, reemplazar o imponer el uso de nuevas especies, equipo o accesorios de uniforme no contemplados en este Reglamento, modificaciones que de hecho se considerarán incorporadas a él, mientras se dicte el Decreto Supremo respectivo. Artículo 3º.- El corte y forma de los uniformes será igual para todo el personal, a excepción del que corresponda a los Suboficiales Mayores, cuyas características generales serán similares a las fijadas para los Oficiales. Tendrán vivos verdes, botones de metal blanco y el emblema institucional de dos carabinas cruzadas, de metal blanco. Artículo 4º.- Todo superior jerárquico tendrá la obligación ineludible de velar por el cumplimiento de las prescripciones del presente Reglamento. TÍTULO II COMPOSICIÓN Y USO DE LAS DIFERENTES TENIDAS Artículo 5º.- La composición y uso de las diferentes tenidas será la siguiente: - 3 -

4 De Parada Nº 1; De Sociedad Nº 2; De Diario Nº 3; De Servicio Nº 4, y De Campaña Nº 5. DE PARADA Nº 1. De montar: Gorra, blusa, pantalón de montar, corbata caqui, camisa blanca, polainas, zapatos negros de media caña, cinturón de servicio, terciados y portacargadores café o bandolera, según se forme con fusil SIG o carabina, guantes blancos. (Anexo 1) De recto: Casco, blusa, pantalón recto, corbata caqui, camisa blanca, botas de media caña, calcetín caqui, cinturón de servicio, terciado y portacargadores café, guantes blancos. (Anexo 2) En invierno o en zonas frías podrá usarse capote. En verano o en zonas calurosas, tenida palm-beach. Estos uniformes se usarán en formaciones de paradas, desfiles o en aquellas oportunidades en que expresamente lo disponga la Jefatura respectiva. DE SOCIEDAD Nº 2. Gorra; blusa y pantalón recto de gabardina, calcetines y corbata color caqui; camisa blanca, zapatos rebajados, guantes blancos de hilo o fibra sintética, cinturón blanco sin terciados, con hebilla lisa cromada y escudo nacional plateado. (Anexo 3) Se usará en todos los actos sociales oficiales que lo disponga la Jefatura respectiva, o en ceremonias particulares de especial significación. DE DIARIO Nº 3. Gorra, blusa, pantalón recto, calcetines y corbata caqui; camisa caqui y zapatos rebajados. Como abrigo, de acuerdo con el clima se usará capote de gabardina, chaquetón de paño o impermeable, guantes café. En verano o zonas calurosas, se usará tenida palm-beach, pudiendo usarse también, camisa blusón caqui de manga corta o larga. La camisa manga corta se usará sin corbata y con el botón del cuello sin abrochar. La camisa manga larga se usará con corbata. (Anexos 4, 5 y 6) DE SERVICIO Nº 4. a) De Montar: Gorra, casco o gorra tipo andinista, blusa y pantalón de montar caqui; camisa y corbata caqui, botas de cuero impermeabilizado negro o polainas, espolines, cinturón de servicio acorde con el tipo de armamento que se utilice. b) De Recto: Gorra, casco o gorra tipo andinista, blusa, pantalón recto, corbata caqui, camisa caqui, zapato rebajado o botas de media caña, calcetín caqui, cinturón de servicio. En los servicios de radiopatrullas urbanos y de carreteras, carros blindados, investigación de accidentes de tránsito, rurales y en los servicios internos de cuartel podrá usarse blusón de gabardina o tela palm-beach caqui. Como abrigo, de acuerdo con el clima, se usará chaquetón de paño, parka impermeable, guantes u otras prendas establecidas para estos efectos en el presente Reglamento. En verano o regiones calurosas, se usará tenida palm-beach, pudiendo usarse camisa caqui manga corta o larga, según corresponda, sin blusa, en la forma señalada para la tenida de diario. Con todo, los respectivos Jefes de Reparticiones y Unidades velarán por la uniformidad dentro de sus jurisdicciones. c) Motoristas: Casco, blusón de gabardina, casaca de cuero, pantalón de montar, bota negra o tipo chantilly, guantes tipo mosquetero, funda de revólver o pistola pendiente del cinturón del pantalón. En verano podrán usar camisa blusón, sin blusa, en la forma señalada precedentemente. (Anexos 7, 8, 9, 10, 11 y 12) - 4 -

5 DE CAMPAÑA Nº 5. Camisa blusón y pantalón recto, ambos de tela de algodón, polera cuello subido manga larga de color caqui, polera blanca, ropa interior térmica (camiseta y calzoncillo), jersey de lana caqui, gorro semi-hormado, gorro de lana, chaquetón tipo parka, polainas de lona, poncho impermeable nailon y casco en las oportunidades ordenadas expresamente por la Jefatura que corresponda. Esta tenida deberá usarse con botas de media caña, negras. (Anexos 13 y 14) TÍTULO III DE LOS DISTINTIVOS Artículo 6º.- Los distintivos del Personal de Nombramiento Institucional serán los siguientes: A.- INSTITUCIONALES: 1.- Emblema Institucional: Estará representado por dos carabinas cruzadas de metal blanco, de 3,5 cms. 2.- Botones: Los botones llevarán en relieve y al centro el emblema de la Institución y la palabra CHILE en su parte inferior; serán grandes y chicos, de metal blanco, de 2,3 y 1,5 cms. de diámetro, respectivamente. 3.- Parches: Serán de paño verde oscuro en forma de pentágono. Su base será de 3 cms., los lados inferiores de 3 cms. de longitud, ligeramente divergentes hacia arriba para dar una separación de 4 cms. Los lados superiores del pentágono serán de 2,5 cms. de longitud y se juntarán en la parte superior, formando un ángulo. Sobre ellos irán colocadas dos carabinas cruzadas. Uso: Irán colocados en ambos extremos del cuello de la blusa. 4.- Huincha con leyenda Carabineros de Chile : Será de género negro satinado con la letra bordada en hilo color oro. (Anexos 15 y 16) B.- DE GRADO: 1.- Para la blusa y capote: a) Cabo 2º: Un galón de material plástico verde oscuro y opaco de 10 cms. de largo por 2 cms. de ancho, cosido sobre paño caqui que deje un ribete de 3 mm.; b) Cabo 1º: Dos galones de material plástico verde oscuro y opaco de 10 cms. de largo por 1,5 cms. de ancho cada uno, cosidos sobre paño caqui con separación entre ellos y ribetes de 3 mm.; c) Sargento 2º: Un galón dorado de material plástico de 10 cms. de largo por 1,5 cms. de ancho, cosido sobre paño verde oscuro que deje un ribete de 3 mm.; d) Sargento 1º: Dos galones dorados de material plástico, de 10 cms. de largo por 1,5 cms. de ancho cada uno, cosidos sobre paño verde oscuro, con separación entre ellos y ribete de 3 mm.; a 1 cm. del ribete superior y a la altura de la parte media de los galones, llevará una estrella de metal dorado de 2,5 cms. de diámetro; e) Suboficial: Tres galones metal plateado, de 4 cms. de largo por 7 mm. de ancho cada uno, colocados en sentido transversal sobre material plástico verde oscuro de 4 cms. de ancho, con separación de 4 mm. entre uno y otro, en presillas de quitar y poner, del mismo paño de la blusa o capote, con vivo verde en sus contornos, ubicadas en ambos hombros. El extremo inferior de estas presillas será redondeado, y f) Suboficial Mayor: Será el mismo distintivo señalado para el Suboficial en la letra e), más una estrella de metal plateado de 2 cms. de diámetro, colocada en la presilla entre el botón y el galón interno. Los distintivos para el personal indicado en las letras a), b), c) y d) irán colo

6 cadas en ambas mangas del capote o de la blusa, en la parte media externa a 18 cms. del borde superior de la costura del hombro. (Anexo 17) 2.- Para la camisa blusón y blusón: a) Cabo 2º: Un galón de material plástico verde oscuro y opaco de 1,5 cms. de ancho; b) Cabo 1º: Dos galones de material plástico verde oscuro y opaco de 1 cms. de ancho cada uno, con separación de 3 mm.; c) Sargento 2º: Un galón dorado de material plástico de 1,5 cms. de ancho, sobre una franja del mismo material de color verde oscuro y opaco, de 2,5 cms. de ancho; d) Sargento 1º: Dos galones dorados de material plástico de 1 cms. de ancho cada uno, con separación de 3 mm., sobre una franja del mismo material verde oscuro y opaco de 3,5 cms. de ancho, más una estrella de metal dorado de 2 cms. de diámetro; e) Suboficial: Tres galones de plástico plateado de 7 mm. de ancho cada uno, con una separación entre sí de 3 mm., sobre una franja verde oscura de 4 cms. de ancho, y f) Suboficial Mayor: Tres galones en plástico plateado de 7 mm. de ancho cada uno, con una separación entre sí de 3 mm., sobre una franja verde oscura de 4 cms. de ancho más una estrella de metal plateado de 2 cms. de diámetro. Estos distintivos irán colocados transversalmente, en las presillas de los hombros, sobre pasadores de quitar y poner, de 5 cms. de ancho por 7,5 cms. de largo, de material plástico del mismo color de la camisa y de la misma tela del blusón, respectivamente. (Anexo 17) 3.- Para el impermeable: Serán los mismos distintivos señalados en el Nº 2 de este artículo, pero colocados en pasadores del mismo color del impermeable, en las presillas de los hombros. 4.- Para el chaquetón de paño: Los distintivos de grado tendrán las mismas formas y características que los determinados en el Nº 1 para la blusa y capote, y su ubicación será la señalada para estas prendas. 5.- En los cascos: Llevarán carabinas cruzadas de color blanco, colocadas al lado derecho y al centro, a 4 cms. del borde del casco, las que tendrán el tamaño de un rectángulo de 38 mm. de largo por 30 mm. de ancho. (Anexo 18) C.- DE REPARTICIONES Y UNIDA- DES: Artículo 7º.- El Personal de Nombramiento Institucional llevará como individualización de la Repartición y/o Unidad a que pertenece, además de su placa de servicio, los siguientes distintivos: a) De Carabinero a Sargento 1º, en las presillas de la blusa, capote y chaquetón de paño, llevarán en tipo versal, la o las letras o el número, según corresponda, de la Repartición o Unidad a que pertenece el funcionario, de 3,5 cms. de alto por 5 mm. de ancho, confeccionados en material plástico opaco de color verde oscuro. Irán cosidos a las presillas. En Santiago, el Personal de la Plana Mayor de la Jefatura de Zona Metropolitana y el de las Unidades de sus Prefecturas encuadradas llevarán el número que la Dirección General haya asignado para estos efectos. b) De Carabinero a Suboficial, llevarán además en el capote y chaquetón de paño, en ambos extremos del cuello, un disco de 3 cms. de diámetro, forrado en paño verde oscuro, en cuyo interior irá el número o letras de la Unidad a que pertenece el funcionario, confeccionados en metal blanco, de 18 mm. de alto y que irán colocados en sentido vertical, y - 6 -

7 c) El Personal de Nombramiento Institucional, llevará en los parches de la blusa, colocado sobre las carabinas y al centro, el número o letras, según corresponda, de la Unidad a que pertenece, de metal blanco tipo versal, de 1 cm. de alto. La Escuela de Carabineros usará la E. La Escuela de Suboficiales usará la ES. El Centro de Especialidades e Instrucción usará la AC.* El personal que preste servicios en la Dirección General y Planas Mayores de Reparticiones, no llevará números ni letras en los parches de la blusa. Los funcionarios de las Planas Mayores de las Zonas de Inspección llevarán los distintivos de individualización de las Prefecturas asiento de Zonas (Anexo 19). TÍTULO IV CARACTERÍSTICAS DE LAS ESPECIES DE VESTUARIO Y EQUIPO Artículo 8º.- Gorra: Será de gabardina u otra tela de color caqui, con vivos de paño verde en la unión superior de la banda y parte superior de la copa, siendo la banda de la misma tela. La copa tendrá de 24 a 29 cms. de desarrollo; visera semi-gacha, de cuero o plástico café oscuro de 4,5 cms. de largo y de 40º a 50º de inclinación desde la horizontal. La banda tendrá de 4 a 4,5 cms. de alto y la copa de 6 a 8 cms. de alto en su parte delantera. Estas mismas medidas se adaptarán según sea el físico del funcionario. Además será hormada sólo en la parte delantera y copa. Al frente llevará el emblema institucional de dos carabinas cruzadas, en relieve sobre laureles, de material metálico plateado, de 28 mm. de ancho, por 21 mm. de alto y 1,5 * Debe entenderse referido a la Escuela de Formación Policial, cuyos distintivos fueron instituidos por O/G. Nº 662, de 26.I.1990, inserta en la página 114 del apéndice. mm. de espesor (2), cucarda tricolor de 16 mm. y barboquejo de cuero o plástico del mismo color de la visera, que irá ajustado a la gorra por medio de botones ubicados junto al nacimiento de la visera. El barboquejo de los Suboficiales Mayores, llevará en sus bordes un ribete sencillo de hilo plateado, similar al de la gorra de Oficiales. Cubregorra para lluvia: Será de material plástico transparente de forma adaptable a la gorra; tendrá además, un cubrenuca del mismo material de poner y quitar, el que se unirá al cubregorra por un sistema adecuado. Gorra andinista: Será del tipo quepis, de paño color caqui, sin hormado, sin vivos ni barboquejo. La copa está conformada por una banda de dos piezas, cosidas en la parte anterior y en la posterior para formar un ruedo; una pieza plana, de corte circular con un diámetro de 17 a 22 cms. constituirá la cubierta. La parte anterior de la copa tendrá 10 cms. de alto; cerca de su borde superior irán dos carabinas cruzadas; la parte posterior tendrá 8 cms. La visera de la gorra será semicircular, ligeramente plana y de 6 a 7 cms. de largo. Cosido al borde inferior de la gorra y desde el nacimiento de la visera irá un cubrenuca, del mismo tipo de paño, de 18 cms. de alto, terminado a cada lado de la parte anterior en extremos de 8 cms. de alto por un largo que permita abrocharlos por delante de la boca; en el extremo del lado derecho tendrá dos líneas de tres botones cada una y el del lado izquierdo dos líneas de dos ojales cada una. Gorro semi-hormado: Será tipo quepis, de tela color caqui o del que determine la Dirección de Logística de la Dirección General de acuerdo con las necesidades de uso. (2) Frase sustituida por Nº 2 del D/S. Nº 30, de 14.I.1994, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecar (B/O )

8 La copa del gorro estará constituida por una pieza anterior, hormada, de forma semicircular en la parte superior y recta en la inferior, con una altura máxima de 10 cms. y un ancho de 24 cms.; las demás partes de la copa formarán un ruedo de 8 cms. de alto y la cubierta, que será una pieza plana de forma circular. La cubierta y el ruedo serán sin hormado. El ruedo de la copa llevará en ambos costados, dos ojetillos para la respiración y en el borde inferior de la parte interior, un tafilete de tela. La visera será semicircular, ligeramente plana, de 7 cms. de largo, confeccionada en la misma tela y color de la copa. Artículo 9º.- Blusa: Será de gabardina u otra tela de color caqui, ligeramente hormada, cuello abierto, abrochada al frente con cuatro botones plateados, de 2,3 cms.; dos bolsillos sobrepuestos a la altura del pecho con fuelle vertical al centro y tapa bolsillo terminada en tres puntas, con botón de 1,5 cms. al centro. Aproximadamente en la misma línea de los bolsillos superiores y bajo la cintura llevará dos tapa-bolsillo rectangulares con ojal y botón de 1,5 cms.; bocamangas de aproximadamente 20 cms. La espalda será de corte militar, con una abertura en la parte central inferior de 20 cms. Los botones tendrán las características descritas en el artículo 6º. El largo de la blusa, corresponderá al de los brazos naturalmente caídos, a la altura de la base del dedo pulgar. En los extremos superiores del cuello, llevarán dos parches con características similares a las descritas en el artículo 6º. Sobre ambos hombros llevará presillas del mismo género de la blusa, de 11 cms. de largo en su parte central y 9 cms. en los costados, por 4,5 cms. de ancho, en uno de sus extremos termina en punta con ojal y el otro va cosido a la parte superior de la manga donde se une al cuerpo de la blusa, excepto las que correspondan a los grados de Suboficiales y Suboficiales Mayores, que serán de quitar y poner. Artículo 10º.- Pantalón: Habrá dos tipos del mismo color y género de la blusa, con vivos de paño verde: a) Rectos: De corte civil, sin bastilla y caída de 2 cms. en la parte posterior. Llevará dos bolsillos laterales y uno trasero al lado derecho. La pretina tendrá cinco pasadores con ojal para ser abrochados a botones de color caqui que permitan la colocación del cinturón tejido o del de servicio cuando se use camisa blusón sin blusa. b) De Montar: De corte inglés, levemente ajustado al muslo. Artículo 11º.- Camisa: Será de género color caqui claro, cuello hormado. En los hombros llevará presillas del mismo género, de 11 cms. de largo en su parte central y 9 cms. en los costados por 4,5 cms. de ancho; en uno de sus extremos termina en punta con ojal y el otro va cosido a la parte superior de la manga donde se une al cuerpo de la camisa. A ambos costados del pecho tendrá un bolsillo sobrepuesto de 12 cms. de alto en ambos lados, de 13 cms. en su parte central, por 11 cms. de ancho, con tapabolsillos terminados en punta con ojal, de 4 cms. de alto en ambos lados y 6 cms. en su parte central. Tendrá seis botones en la parte delantera incluyendo el del cuello, a 10 cms. uno de otro. Será de manga larga o corta. La manga larga terminará en puño sencillo abrochado con un botón. Artículo 12º.- Capote: Será de gabardina u otro paño apropiado, de color caqui, cuello abierto, abrochado al frente, de corte cruzado, con una corrida vertical de tres botones grandes a cada lado; los bolsillos ligeramente oblicuos, con tapabolsillos, irán colocados a la altura del segundo botón, y serán de 18 cms. de ancho por 23 cms. de fondo. La - 8 -

9 espalda tendrá corte liso y a la altura de la cintura llevará un chicote de 5 cms. de ancho, cosido en toda su extensión. Desde el centro del chicote será abierto hasta la parte inferior y tendrá tres botones de metal blanco de 1,5 cms. y sus respectivos ojales. En los hombros llevará presillas del mismo género, de 11 cms. de largo en su parte central y 9 cms. en los costados, por 4,5 cms. de ancho; en uno de sus extremos termina en punta con ojal y el otro va cosido a la parte superior de la manga donde se une al cuerpo del capote. El extremo exterior de dichas presillas irá cosido a las mangas, excepto las que corresponden a los grados de Suboficial y Suboficial Mayor que serán de quitar y poner. Artículo 13º.- Impermeable: Será de tela, material, color y características que determine la Directiva Complementaria. Artículo 14º.- Chaquetón: Será de paño color caqui, corte cruzado, con una corrida vertical de 3 botones de 2,5 cms. a cada lado, solapas amplias, con dos bolsillos laterales oblicuos, sin tapa. En la parte inferior de la espalda y al centro, tendrá una abertura de 30 cms. Artículo 15º.- Blusón: Será de gabardina o tela palm-beach color caqui, cuello abierto, caída recta, sin pretina, ajustado a la cintura, bolsillos exteriores sobrepuestos a la altura del pecho, en cuyo centro irá un fuelle longitudinal y una tapacartera terminada en tres puntas con ojal al centro para abrochar a un botón metálico chico, sin hombreras, mangas lisas ligeramente ajustadas en los extremos, sin puño ni abotonadura, con cierre eclair en la parte central delantera, espalda lisa con un fuelle a cada costado, de 5 cms. de profundidad y 31 cms. de largo, que nace en la costura del hombro y termina en una pestaña que abrocha a un botón metálico chico; sobre los hombros llevará presillas del mismo género del blusón, de 11 cms. de largo en su parte central y 9 cms. en los costados, por 4,5 cms. de ancho; en uno de sus extremos termina en punta, con ojal y el otro va cosido a la parte superior de la manga donde se une al cuerpo del blusón. En los extremos de la parte superior del cuello, llevará dos carabinas cruzadas. Artículo 16º.- Casaca de Cuero y Casco para Motoristas: Casaca de Cuero: Será de cuero color negro y llevará forro interior de chiporro natural, tipo chaleco de quitar y poner; cuello abierto, con cierre central metálico que permita cerrar la parte delantera de la casaca hasta la base del cuello. Tendrá bolsillo oblicuos a ambos lados con cierre metálico. Casco: Será de fibra de vidrio, de color blanco, con una moldura en todo su ruedo, visera de material sintético color negro, barboquejo con barbilla de cuero y hebilla de metal cromado; en su parte interna será acolchado y llevará a la altura de los oídos una rejilla que servirá de audífono. Artículo 17º.- Corbata: Será de género color caqui, de la misma tonalidad de la blusa. Artículo 18º.- Calcetines: Serán de hilo para el verano y de lana peinada para el invierno, ambos de color caqui. Artículo 19º.- Guantes: Habrán los siguientes tipos: a) De cuero color café con botón y ojal o broches a presión en la muñeca. b) De cuero u otro material de color blanco, tipo mosquetero. c) De cuero u otro material revestido de substancia reflectante, tipo mosquetero. d) De hilo, o fibra sintética color blanco con botón y ojal o broches a presión en las muñecas, y e) De lana color caqui, del mismo tipo indicado en la letra anterior, con tejido doble en la muñeca

10 Artículo 20º.- Manta de Castilla: Será de color caqui de 1,80 m. de largo por 1,55 m. de ancho, cuello de 14 cms, de alto con abertura delantera de 17 cms. Para cerrar el cuello llevará en la parte media de la abertura un botón café con su correspondiente ojal y en el extremo superior dos botones para abrochar a un pasador de la misma castilla, de 11 cms. de largo, por 8 cms. de ancho, tipo medio círculo con sus respectivos botones en el costado izquierdo del reverso del cuello próximo a la base inferior. Artículo 21º.- Manta Impermeable: Será de tela impermeabilizada, color caqui, con capucha de 1,90 m. de largo por 1,65 m. de ancho. Podrá usarse sobre la manta de castilla o sola. Artículo 22º.- Cuello de Lana: Tendrá un ancho aproximado de 13 cms., forma rectangular, con tres botones chicos en un extremo para abrochar a tres ojales del lado opuesto. Artículo 23º.- Cinturón Tejido: Será de tela gruesa color caqui, con hebilla maciza de corredera, de metal blanco. Artículo 24º.- Calzado: Se usarán los siguientes tipos: a) Zapatos negros corrientes: Serán de cuero negro con talonera sobrepuesta, caña entera, puntilla de una pieza y tira de refuerzo en la unión de la caña. Tendrá una altura de 15 cms. medida desde la base al taco. La caña irá unida a la puntilla solamente en sus costados y llevará ojetillos para los pasadores. La planta será de suela con taco de goma. b) Zapatos negros impermeables: Serán de cuero negro impermeable, talonera sobrepuesta, caña entera, puntilla de una pieza, tira de refuerzo en la unión de la caña y suple interior; tendrá una altura de 15 cms. medidos desde la base del taco; la caña irá unida a la puntilla solamente en sus costados y llevará ojetillos para los pasadores. La planta y taco serán de goma y sólo se usarán en las regiones frías o lluviosas con pantalón recto. c) Zapatos negros rebajados: Serán de dos piezas, una delantera con puntilla y otra trasera que abarcará el resto del pie, con ojetillos para pasadores. Habrá con planta de suela y taco de goma para el verano y con planta y taco de goma para el invierno. d) Botas de cuero impermeabilizado: Serán de color negro y tendrán las mismas características de los zapatos negros caña alta, excepto la caña que será entera y proporcional a la altura; llevarán forro de badana con un fuelle delantero, seis ojetillos grandes y cuatro pasadores del mismo cuero para abrochar al lado exterior en hebillas metálicas. La planta podrá ser de suela o goma. e) Botas media caña: Serán de cuero negro, de las mismas características del zapato caña alta, prolongándose la caña en más o menos 20 cms. Tendrán pasadores y dos hebillas metálicas para abrochar por el exterior, serán con planta de suela o de goma. f) Botas negras tipo chantilly para motoristas: Serán de cuero, semihormadas, con sobrepieza posterior, con cierre eclair en la parte anterior y forradas enteramente en badana. g) Zapatillas para la lluvia: Serán enteramente de goma. Artículo 25º.- Polainas: Serán de suela negra, moldeadas, con hebilla arriba y cierre de acero abajo. Artículo 26º.- Espolines: Serán niquelados y de forma adaptable al talón. Llevarán un pihuelo semi-recto, de 2,5 cms. en los cuales irá incrustada una rodaja de 2,5 cms. de diámetro con púas romas. Los brazos del espolín en sus extremos tendrán dos orificios que per

11 mitirán la colocación de una correa peal para abrochar el espolín a la parte superior del empeine. Artículo 27º.- Tenida de Campaña: Compuesta por: Camisa Blusón: Será de tela y color que determine la Dirección General de acuerdo con las necesidades de uso, de corte camisero, abrochada con cuatro botones ubicados proporcionalmente de acuerdo a la talla; tendrá dos bolsillos de parche con tapas y ojal para abrochar, ubicados en la parte delantera, a la altura de la sisa; mangas largas rectas, de una pieza, con costura a los costados. El cuello será de corte camisero terminado en punta, de tamaño proporcional a la talla. Pantalón recto: Será del mismo tipo de género de la camisa blusón, corte recto sin bastilla, terminación de costura doble de tope, con siete pasadores y abrochada en su centro a un botón grande; dos bolsillos de parche delanteros de forma rectangular y abertura oblicua, partiendo de la costura de la pretina bajo el primer pasador hasta la costura lateral; dos bolsillos traseros de parche, con tapa, con ojal y botón para abrochar, ubicados a 6 cms. de la costura de la pretina. Serán de corte rectangular. Polera: Será de hilo de algodón, color blanco, cuello cerrado, redondo y manga corta. Polera Cuello Subido: Será de fibra sintética, de color de la camisa blusón, con el cuello subido tipo beatle, tejido elástico doble y manga larga con puño doble. Ropa Interior Térmica: Compuesta de camiseta y calzoncillo. Camiseta: Será de hilo de algodón, color blanco, cuello redondo, manga larga con puños dobles, tejido tipo nido de abejas. Calzoncillo: Serán largos, del mismo material y tejido de la camiseta, con terminación de tejido doble en ambas piernas. Jersey: Será de lana color caqui, cuello subido doble tipo beatle, mangas largas, terminadas en puño tejido doble, tipo elástico y pretina igual al tejido de los puños de las mangas. Gorro Semi-hormado: Será del mismo género y color de la camisa blusón y tendrá las formas descritas en el artículo 8º. Gorro de Lana: Será de forma cónica, color verde oliva, tejido doble y de un largo que permita su uso haciéndole un doblez de 7,5 cms. Chaquetón Tipo Parka: Será de gabardina impermeabilizada de algodón con polyester o trevira, color verde oliva. La parte delantera de cruce, deberá tener un marrueco provisto de cierre cremallera desde la base del cuello hasta 20 cms. antes del largo total del delantero; cuatro broches a presión de acero inoxidable ubicados en forma proporcional a la talla, dentro de dicho marrueco. Tendrá dos bolsillos de parche de forma cuadrada, con tapa terminada en punta, con broche de acero inoxidable ubicados en la parte interior de la tapa, sin que se vea, colocado a la altura media del pecho y de tamaño proporcional a la talla; otros dos bolsillos estarán ubicados en la parte inferior de los primeros y 3 cms. más adentro de los mismos con tapa en punta y broche de acero inoxidable colocados en la parte interior; manga corte recto de una pieza con puños de 5 cms. de ancho con ojales y botones para abrochar, con costura debajo de la sisa. Deberá llevar presillas de 11 cms. de largo en su parte central y 9 cms. en los costados, por 4,5 cms. de ancho; en uno de sus extremos termina en punta con ojal y el otro va cosido a la parte superior de la manga donde se une al cuerpo de la parka. La espalda será de una pieza con

12 costura a los costados y el cuello tipo camisero terminado en punta. En el interior de la base del cuello llevará un capuchón colocado de cremallera, para ser guardado cuando no se utilice. Deberá ser acolchado completamente manga y cuerpo, y llevará un cordón a la altura de la cintura, en todo su contorno, ubicado entre el acolchado y tela, para lograr el ajuste de la especie al cuerpo de quien la usa. Este cordón deberá ser afirmado con dos costuras que van a lo largo de la ubicación del mismo, para ser amarrado interiormente. Polainas de Lona: Serán de color beige con corte que le permita adaptarse a la pierna; en su costado llevará seis ojetillos y en otro seis ganchos para abrochar los cordones; peal con hebilla metálica. Poncho Impermeable Nailon: Será de material plástico impermeable, color verde palta. Tendrá una capucha con un cordón pasado para ajustarla a la cara. En los bordes laterales llevará cuatro broches machos y cuatro broches hembras para cerrar y un ojetillo central y dos inferiores a cada lado. Casco Doble Tipo N.A. : Compuesto de casco de fibra, color gris verde con tafilete y tela con sistema de ajuste y barboquejo de cuero café, y, casco de acero, color gris verde, con barboquejo de tela. Esta tenida deberá usarse con bota negra media caña. Artículo 28º.- Los uniformes del Personal Femenino de Nombramiento Institucional, tendrán la siguiente composición y características: DE PARADA Nº 1: Gorra, blusa, falda, camisa blanca y corbata color caqui, panty-hose color natural, zapatos café, cartera de servicio. En invierno o en zonas de climas helados podrá usarse capote y botas café. (Anexo 20) DE SOCIEDAD Nº 2: Gorra, blusa, falda y corbata color caqui; panty-hose color natural; camisa y guantes blancos, zapatos de salida y cartera de salida y cartera de servicio, cinturón blanco con hebilla lisa cromada y con escudo nacional. (Anexo 21) Los distintivos serán iguales a los del personal masculino y tendrán la misma ubicación. DE DIARIO Nº 3: Gorra, blusa, falda, camisa, y corbata color caqui; pantyhose color natural, cartera de servicio y zapatos tipo reina, color café moro. Como abrigo se usará capote o chaquetón de paño, botas y guantes de cuero color café. (Anexos 22, 23, 24 y 25) DE SERVICIO Nº 4: Gorra, blusa, falda, camisa y corbata color caqui, pantyhose color natural, zapatos de cuartel o botas y cinturón de servicio. Como abrigo se usará capote de gabardina o chaquetón de paño, botas y guantes de cuero café. El pantalón se usará sólo en el cuartel. En verano o en zonas calurosas, cuando se lleve camisa manga corta se usará, como calzado, chalas. (Anexos 26, 27, 28 y 29) Artículo 29º.- El uniforme del Personal Femenino de Nombramiento Institucional, tendrá las siguientes características: Gorra: Será de tipo quepis y confeccionada en tela de gabardina caqui, con entretela de material impermeabilizado, forrado en seda con tafiletes de óptima, también forrado en seda. La visera de 4,3 cms. estará armada de fibra de 0,5 mm. forrada en su parte superior en mica y en su lado inferior en tevinil. El corte de la gorra lo conforman 3 piezas; una central y dos laterales. Los bordes de la pieza central van con vivos verdes y unidos a las piezas laterales con dos pespuntes paralelos en cada vivo

13 Blusa: Será de gabardina o palmbeach, el corte superior de la espalda ligeramente hormado y en la parte inferior y al centro una abertura de más o menos 15 cms., cuello abierto abrochado al frente con cuatro botones de 2,5 cms. boca manga de 20 cms. Llevará dos bolsillos superiores con tapa-bolsillo terminada en tres puntas cosidas en sus bordes laterales y abrochada en la punta central. En los costados de la parte inferior delantera tendrá dos tapacarteras, simulando bolsillos. Su largo corresponderá al nivel de la base del dedo pulgar con los brazos naturalmente caídos. Falda: Será recta, con un tablón posterior y de largo que cubra normalmente la rodilla. Camisa, Corbata, Capote e Impermeable: Tendrán las mismas características que las descritas en los artículos Nºs. 11º, 17º, 12º y 13º, respectivamente, del presente Reglamento. Zapatos: Serán de dos tipos: de cuartel y de salida. Cuartel: Zapatón de color café moro; Salida: Zapato tipo reina, color café moro. Su forma en general debe guardar relación con la moda impuesta para este tipo de prendas, sin exagerar en sus características. Cartera de Servicio: Será de cuero café moro con una correa que permita colgarla del hombro para su transporte y tendrá las dimensiones y formas de la moda imperante, sin exagerar en sus características. Bota: Será de caña alta, sin horma, color café moro, con cortes verticales a ambos lados y parte trasera, taco ancho de 5 cms. de alto, planta y tapilla de goma. Chala: Será de cuero café moro, tipo frailero. TÍTULO V UNIFORMES ESPECIALES Artículo 30º.- Los Aspirantes a Oficiales usarán en las actividades de régimen interno una tenida especial para la época de invierno y otra para la de verano. Sus características serán determinadas en la Directiva Complementaria. Artículo 31º.- Los choferes usarán igualmente una tenida para invierno y otra para verano, de acuerdo a las características que determine la Directiva Complementaria. TÍTULO VI DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO DE SERVICIO Artículo 32º.- Pito: Sus características y uso serán las que determine la Directiva para los servicios de Tránsito. Artículo 33º.- Sable: Habrá dos tipos: a) De caballería, ligeramente curvo, de guarnición grande, con siete gavilanes y vaina de acero sin pavonar, y b) Para Suboficiales, ligeramente curvo, de guarnición sencilla, plateada o niquelada, de un sólo gavilán, vaina metálica pavonada o de cuero negro con su argolla; largo proporcional a la estatura. Se usarán en ceremonias, actos oficiales u otras oportunidades en que se ordene expresamente. En formación deben usarse con vaina metálica. Artículo 34º.- Dragona: Será de cuero, de 20 mm. de ancho, con borla de cuero del mismo color en su extremo. Habrá dragonas de cuero café para el sable de Suboficiales y de cuero negro para el sable de caballería

14 Artículo 35º.- Cinturón de Servicio: Habrán los siguientes tipos: a) De suela color café compuesto de las siguientes partes: una correa para cinturón, de 5 cms. de ancho y largo proporcional a la talla del funcionario, con una hebilla de bronce, un gancho de fijación a la hebilla y dos pasadores sencillos. Al lado derecho lleva una funda para revólver de una pieza, que cubre toda el arma con un apéndice con ojal para abrocharla a un botón de bronce y al lado izquierdo una cartuchera para munición y útiles de servicio, de 12 cms. de ancho por 14 cms. de alto y 4 cms. de profundidad, con un pasador horizontal exterior de seguridad y un apéndice con ojal que abrocha a un botón de bronce. Completan el cinturón de servicio un pasador con mosquetón de bronce y un tahalí para bastón de servicio, de 13 cms. de alto por 5 cms. de ancho, ubicado al costado izquierdo del cinturón. Cuando se emplee el fusil automático SIG., el cinturón de servicio llevará un porta-cargador de municiones, a cada lado, de suela café y el tahalí porta-bayoneta del mismo material. Se usará en todos los servicios de Orden y Seguridad. b) De suela color blanco: Tendrá las mismas piezas y características del cinturón de servicio color café y sólo podrá ser usado en los servicios de tránsito o por personal de servicio en las Reparticiones y Unidades que disponga la Dirección General. c) Cinturón tipo N.A.: Será de hilo de algodón tejido, color gris verde, de mm. de largo por 53 mm. de ancho. A 11 mm. de sus bordes superior e inferior irá una línea de 17 ojetillos metálicos, situados con un intervalo de 65 mm. y una distancia en sentido vertical de 31 mm. Tendrá una hebilla confeccionada en metal de 4 mm. de diámetro, pavonada, compuesta de dos piezas, tipo macho y hembra en forma de anilla alargada de 68 mm. de largo por 20 mm. de ancho. La pieza tipo macho llevará en su parte anterior un tetón del mismo metal, soldado, de 10 mm. de alto y terminado en forma de una cabeza de 10 mm. de diámetro. La pieza hembra llevará en su parte anterior una elongación semicircular de 16 mm. de diámetro exterior. El largo del cinturón se ajustará mediante una hebilla metálica, tipo corredera, cuya parte superior la forma un rectángulo de 62 mm. por 12,5 mm., ambos extremos se prolongan y doblan hacia el interior para unirse, a modo de bisagra, con la parte inferior; esta última consiste en una lámina de 55 mm. de largo por 27 mm. de ancho y 1 mm. de espesor, tiene en cada uno de sus extremos una prolongación que se dobla hacia adentro para aprisionar el cinturón y, en ambos costados, dientes que impiden el deslizamiento del mismo. Debe incluir un pasador, también metálico, de forma rectangular de 62 mm. por 9,5 mm. y un alto de 12 mm. El cinturón tipo N.A. se usará con tenida de campaña Nº 5. Con tenida de servicio Nº 3, sólo se usará por las Unidades y en las condiciones que expresamente autorice la Dirección de Orden y Seguridad. Artículo 36º.- Las características y dimensiones del cinturón de servicio que deba usar el personal del Escalafón Femenino, serán determinadas por la Dirección General. Artículo 37º.- Bastón de Servicio: Será de madera de luma o encina, barnizado o blanco y de un largo total de 50 cms. Sus características serán las siguientes: a) Empuñadura: Tendrá 15 cm. de largo. Comienza en un pomo de 3.5 cms. de diámetro y continúa con tres esferas recortadas de un diámetro de 3 cms. para terminar en un resalto de 5,5 cms. de largo por 3,5 cms. de diámetro con un alojamiento en la parte media de 1,5 cms. de ancho para la dragona

15 b) Maza: Tendrá 35 cms. de largo, con un diámetro de 2,5 cms. en la parte de la empuñadura y de 3,5 cms. en su extremo inferior. c) Dragona: De cuero café o blanco de 1,5 cms. de ancho por 20 cms. de largo, por la cual se introducirá la mano para empuñar el bastón. TÍTULO VII DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO DE MONTAR Artículo 38º.- Aciones: Son de suela con un lado interior liso y el otro carnoso; uno de sus extremos es ojeteado y el otro termina en una hebilla doble, afianzada con una doble costura de hilo lino; tiene 1,45 m. de largo por 3 cms. de ancho. Artículo 39º.- Bridón Completo: Es de suela y se compone de un bozal, una correa testera, dos carrilleras, una frontalera, filete, barbada de suela y una rienda que va cosida con costura doble de hilo lino en una argolla circular de 9 cms. de diámetro. Artículo 40º.- Cabezada con Ahogadero: Es de suela. La cabezada se compone de dos correas de 2 cms. de ancho; una de ella mide 95 cms. de largo, va cosida en un extremo de una hebilla cuadrada y en el otro es ojeteada para unirla a otra correa de 25 cms. de largo. Esta última lleva una hebilla sencilla en el extremo superior con dos pasadores, uno fijo y otro corredizo y en el extremo va cosida a una hebilla de las mismas características de la anteriormente señalada, a la cual se unen además el bozal de 40 cms. de largo por 3 cms. de ancho y una barbada de suela, de 20 cms. de largo. Esta barbada se fija a la correa ahogadero por medio de la otra correa doble suela, de 15 cms. de largo por 3 cms. de ancho, provista de un pasador de la misma suela en el extremo superior y una hebilla sencilla de 4 cms. de diámetro en su parte inferior. Una correa ahogadero, de 1,09 m. de largo por 2 cms. de ancho; en un extremo llevará una hebilla sencilla rectangular, con dos pasadores de suela, uno fijo y otro corredizo; el otro extremo es ojeteado. La frontalera mide 43 cms. de largo por 2 cms. de ancho; en sus extremos está doblada hacia el interior dejando dos pasadores de 2 cms. que dan paso a la cabezada y al ahogadero. Artículo 41º.- Casco de Silla: Mide 53 cms. de largo en su asiento; la estructura interna es de madera con refuerzo de fierro. Se compone de cuatro piezas: dos lomillos, borrén trasero y borrén delantero. Está abierto en el centro; cubre esta abertura una pieza rectangular de cuero, que va cosida al casco por medio de correas delgadas en ambos costados y afianzada al borrén delantero y trasero por medio de clavos y tornillos. Sobre la parte delantera de la pieza de cuero que cubre la abertura va un pasador para asegurar el pretal. A ambos lados del borrén delantero y sobre un refuerzo de fierro, hay dos correas de cuero con sus respectivas hebillas rectangulares de metal pavonado, afianzadas al casco por tornillos; a 2 cms. adelante del refuerzo, hay un orificio a cada lado que da paso a las correas, las que se introducen por el extremo anterior y superior del basto, volviendo a abrocharse al extremo de dichas correas en la hebilla arriba mencionada; el objeto es asegurar los bastos y faldones al casco. En la parte delantera del casco hay dos grapas a cada lado, de metal pavonado y una portaaciones del mismo metal. Las grapas superiores sirven para afianzar los faldones y el asiento, y las inferiores para asegurar los faldones. En el borde delantero del casco hay dos argollas donde va la correa portasilla. Poco más atrás de los portaaciones hay dos argollas portacincha, de metal pavonado, en forma de medialuna, las cuales van unidas al casco por medio de

16 una pieza de cuero crudo. Esta pieza está afianzada al casco y a la argolla por medio de remaches. Debajo de las argollas está el falso faldón, el cual está unido con remaches a la pieza de cuero. La parte trasera del casco es semicircular. Tiene la forma del asiento y posee dos grapas y una argolla. En la parte posterior de los lomillos lleva otras dos argollas. Las dos grapas están en el asiento, una a la izquierda para colocar el portasable y la otra atrás para la correa portarrollo. Las dos argollas de los lomillos son para asegurar los bastos y para pasar las correas portarrollos. Los dos faldones son de suela, por su parte interior carnosos y por su parte exterior lisos y miden 45 cms. de largo por 35 cms. de ancho en su parte mayor. Tienen forma de lengua, con morcillón relleno, cosido con costura doble. El cuero de encima es de una pieza y el de abajo de dos. Cada faldón tiene tres orificios; por dos de ellos se introducen las grapas del casco y por el otro el portaación. En el orificio anterior hay una lengüeta que pasa por la grapa y asegura el faldón. Los bastos siguen la forma de los faldones, de los lomillos y del lomo del caballo; miden 60 cms. de largo por 32 cms. de ancho en su parte mayor. Por su parte exterior son de cuero liso y por su parte interior de tela acolchada; se ajustan por la parte superior. Dejando un sacado hay una pieza de cuero para introducir los extremos salientes del borrén delantero. En su extremo posterior poseen dos piezas de suela, a manera de bolsillo, donde se introducen los lomillos y un sacado para introducir las argollas. Los falsos faldones son de suela, forma de pera y lisos por el exterior. Miden 32 cms. de largo por 20 cms. de ancho en su parte mayor. El asiento es de cuero y color igual al de los faldones. Está compuesto por tres piezas cosidas unas a las otras. En la parte delantera tiene dos orificios con un refuerzo de cuero doble a su alrededor, con sus correspondientes lengüetas para afianzar el asiento de las grapas superiores de los lomillos. En su parte delantera tiene otro orificio con refuerzo metálico para colocar la correa portarrollo. Una pieza cosida al asiento lo envuelve por atrás a modo de cartera. Artículo 42º.- Cadenilla de barbada: Es de acero pavonado, con 27 ojuelos entrelazados entre sí, destinados a sujetar la falsa barbada. Mide 25 cms. de largo por 2 cms. de ancho. Artículo 43º.- Cincha de Cordel: Se compone de un tejido de cáñamo torcido formado por veinte hebras, de 75 cms. de largo por 12 cms. de ancho. Para impedir que las hebras se separen, hay cinco corridas de tejido transversal del mismo cáñamo, colocadas una en cada extremo de la cincha y las otras tres en el centro de ésta. En cada extremo lleva una argolla de metal pavonado, en forma de media luna. Artículo 44º.- Collarón: Es de suela doble reforzada, de 1,20 m. de largo por 4 cms. de ancho; en un extremo tiene una hebilla cuadrangular maciza y en el otro cinco ojetes; a 4 cms. de la hebilla hay un pasador de suela unido al collarón y a 20 cms. de la misma una argolla para amarrar el ronzal. Artículo 45º.- Correa de cincha: Es de cuero crudo, de 1,60 m. de largo por 2 cms. de ancho; en un extremo tiene un sacado ojival, que sirve para afianzarla a la argolla portacincha del casco de la silla. Artículo 46º.- Correa de grupa de una hebilla: Es de suela, de 90 cms. de largo por 2 cms. de ancho, posee en un extremo una hebilla de metal pavonado que tiene inmediatamente a su lado un pasador de la misma suela; el otro extremo de la correa termina en puntilla y es ojeteado

17 Artículo 47º.- Correa portarrollo de dos hebillas: Es de suela, de 1 m. de largo por 2 cms. de ancho; esta correa es doble y consta de dos hebillas de metal pavonado, que poseen inmediatamente a su lado un pasador de la misma suela. La segunda correa tiene 25 cms. de largo por 2 cms. de ancho y está cosida sobre la larga a una distancia de 25 cms. de la hebilla. El otro extremo de la correa es también ojeteado y termina en puntilla. Artículo 48º.- Estriberas de suela: Son de acero y se componen de hondón y arcos (interior y exterior). El hondón tiene forma rectangular, de 14 cms. de largo por 5 cms. de ancho; su superficie superior tiene partes sobresalientes, a modo de escofina para hacerla menos resbaladiza. Los arcos se juntan por la parte superior, dejando un sacado para pasar la ación. El alto de la estribera es de 15 cms. En invierno o en regiones lluviosas podrá usarse estribera de suela, de acuerdo a las características que determine la Dirección General. Artículo 49º.- Falsa cabezada: Está formada por dos correas, una de ellas mide 74 cms. de largo por 2 cms. de ancho; en su extremo inferior lleva una hebilla sencilla de metal amarillo, con un refuerzo de 22 cms. de largo cosido con doble costura en una extensión de 5 cms. Este refuerzo tiene ojetes en su extremo libre. La otra correa componente de la falsa cabezada mide 43 cms. de largo por 2 cms. de ancho, teniendo en ambos extremos hebillas sencillas rectangulares cosidas con doble costura, en una extensión de 5 cms. En su extremo superior se unen con la otra correa a través de la hebilla de ésta y los ojetes de la otra. En el extremo inferior tiene, además de la hebilla, un refuerzo de las mismas características del indicado anteriormente. Artículo 50º.- Filete: Es también de acero y de dimensiones variables, siendo siempre preferido el de bocado grueso. Se compone de tres partes, que son: el bocado, las anillas y la cadena con el puente. El bocado está compuesto de dos piezas que se unen en el centro, unión que permite que el filete tenga movimiento. En sus extremos tiene cada uno de ellos un ojuelo, por el que pasa una anilla de 5 cms. de diámetro a la cual van sujetas las riendas. Artículo 51º.- Funda cubre rollo: Esta especie será de tela lavable color caqui y habrá de dos tipos: una grande y otra chica. La grande tendrá 81 cms. de largo por 18 cms. de diámetro en los cabezales, con una tapa de tela doble a todo lo largo, de 10 cms. de ancho, de la cual salen tres correas para abrochar a tres chapetas de cuero con hebillas dobles. La chica será de 70 cms. de largo por 13 cms. de diámetro en los cabezales; las demás características serán iguales a la anterior. Artículo 52º.- Jaquimón de suela: Se compone de cuatro piezas: dos montantes y dos correas que, cruzadas en forma de ocho, llenan funciones de muserola, ahogadero y correa de la nuca. Los montantes son de suela doble, de 24 cms. de largo por 4 cms. de ancho y de 1 cm. de espesor. Las otras dos piezas son, también de doble suela, y de 1,15 m. de largo por 4 cms. de ancho y de 1 cm. de espesor. Ambas tienen hebillas sencillas en uno de sus extremos y en el otro terminan en ojetes. El extremo con hebillas de una de las correas se une con el extremo con ojetes de la otra y forman así el número ocho antes dicho. En el punto de cruzamiento de las correas va una argolla de 7 cms. de diámetro, que es en la que se amarra el ronzal. Las uniones por las hebillas de estas dos correas caen al lado izquierdo, una a la altura de la parte trasera de la carrillera y la otra a 34 cms. más abajo. Los montantes miden 50 cms. de largo por 4 cms. de ancho y se unen a las

18 dos correas antes descritas por un toperol y costura doble. Artículo 53º.- Mancornera de cincha: Esta correa es de cuero crudo, tiene un largo de 1,10 m. por 2 cms. de ancho y en su extremo posee un sacado ojival, que sirve para afianzarla a la argolla portacincha del casco de silla. Artículo 54º.- Manea: Es de correa de suela, de 85 cms. de largo por 4 cms. de ancho; en un extremo lleva ojetillos de cuero fijo, bajo el cual hay una argolla sencilla para entrepasar la correa. Artículo 55º.- Manta pelero: De lana color gris plomizo; mide 2,20 m. de largo por 1,85 m. de ancho. Su tejido es igual por ambos lados. Artículo 56º.- Palanca: Es de acero forjado y pulido: se compone de cuatro camas, dos superiores y dos inferiores. Las camas superiores tienen en su extremo un ojuelo donde va el alacrán que sujeta la cadenilla de barbada y termina en el calado de 1 cm. de alto por 2 cms. de ancho, para los refuerzos de la falsa cabezada. Las camas inferiores son más largas y en su parte media tienen ojuelos salientes destinados a sujetar la falsa barbada. En sus extremos y también en ojuelos van unas argollas de 3 cms. de diámetro para sujetar las riendas. El bocado y el desveno son de grueso variable y están en relación directa con la boca del caballo. Artículo 57º.- Portasable: Está constituido por una base principal de 38 cms. de largo por 12 cms. de ancho en su parte mayor. En su extremo superior tiene un sacado por donde pasa una correa de 50 cms. de largo por 2 cms. de ancho, la cual posee ojetes en un extremo y en el otro una hebilla sencilla. Esta correa va cosida con doble costura y un remache a la base principal, a 5 cms. de la hebilla. En el centro de la base principal lleva una pieza superpuesta en forma de letra U cosida con doble costura y remaches, por donde pasa el sable, el cual queda asegurado por medio de una correa de 25 cms. de largo por 2 cms. de ancho, con hebilla y ojetes en sus extremos. En el extremo inferior de la parte principal lleva un pasador cosido con doble costura para afianzar la vaina. Artículo 58º.- Pretal: Se compone de tres correas: dos de ellas forman el collar y la otra sirve de lazo de unión entre éste y la cincha. Los extremos van cosidos a una argolla por medio de una costura doble. Las dos correas superiores tienen su nacimiento en la argolla del pretal; una de 1,52 m. de largo es ojeteada y termina en puntilla y la otra de 42 cms. de largo termina en una hebilla sencilla de metal amarillo con dos pasadores, uno fijo y otro corredizo. La correa que va a la cincha mide 88 cms. de largo y todas tienen 2 cms. de ancho, posee en un extremo una hebilla sencilla con pasadores, para graduarla a la cincha. Artículo 59º.- Riendas cortas: Son de suela y tienen 1,50 m. de largo por 2 cms. de ancho; van unidas en sus extremos superiores por una costura doble de 3 cms. llevando en sus extremos inferiores sendas hebillas amarillas sencillas y cuadrangulares, que van sujetas por costura doble de 5 cms. Para colocarlas a la anilla del filete, llevan cosidos con costura doble de 5 cms. en su extremo inferior, un refuerzo de suela de 22 cms. de largo, ojeteado y terminado en puntilla. Artículo 60º.- Riendas largas: Tienen las mismas características de las riendas cortas. Miden 1,33 m. de largo y van colocadas a la anilla de la palanca en la misma forma que las riendas cortas se unen al filete. Llevan además en la parte superior una punta sobrante de 55 cms. de largo por 2 cms. de ancho. Artículo 61º.- Saco forrajero: Es de loneta blanca, mide 1,10 m. de largo por 50 cms. de diámetro; tiene una forma ci

19 líndrica y en el fondo es redondo. En la orilla lleva dos ojetes por donde pasa un cordel que sirve para amarrar a la boca; tiene una corrida de ojetes, a 32 cms. de la parte superior por donde pasa un cordel, que como gareta, cierra el saco; cerrado éste por el cordel, se introduce hacia adentro a la boca y género que lo separan de la gareta y enseguida se cierra; quedando el saco de 83 cms. En una orilla del saco hay dos pasadores dobles del mismo género, que sirven para fijarlo en la silla por medio de las correas de grupa. Artículo 62º.- Vizcachera: Es de suela, tiene forma de alforja y mide 95 cms. de largo por 18 cms. de ancho; lleva 4 correas de 85 cms. de largo por 2 cms. de ancho, con sus respectivas hebillas sencillas; sobre la base y a cada lado lleva cosido un bolsillo de 30 cms. de largo por 17 cms. de ancho; sus extremos son redondeados y en la tapa lleva además una correa cosida de 5 cms., que sirve para abrochar a una hebilla que va pegada en la parte inferior de la base. Sobre este bolsillo va otro de 15 cms. de ancho por 15 cms. de largo, con un extremo redondeado y el otro terminado en tapa bolsillo. En el centro de la base va un calado para pasar una correa de 55 cms. de largo por 2 cms. de ancho con doble hebilla para abrocharla a la silla de montar. Artículo 63º.- Ronzal: es de cáñamo torcido, de ocho hebras y 2,88 m. de largo. En su extremo superior posee un ojal hecho del mismo cordel, de 13 cms. de largo por 5 cms. de ancho, medido en la parte media. TÍTULO VIII APROVISIONAMIENTO DE VESTUARIO Y EQUIPO Artículo 64º.- El Personal de Fila de Nombramiento Institucional y el Personal de Secretaría de Nombramiento Institucional, tendrá derecho a que se le provea de vestuario y equipo por cuenta fiscal, para lo cual la Dirección de Logística, anualmente, incluirá en el presupuesto de Carabineros la suma que corresponda con el fin de atender esta necesidad. El Departamento de Abastecimientos deberá mantener en custodia las muestras oficiales de las telas que se usarán para la confección de las diversas especies de vestuario del Personal de Nombramiento Institucional, a cuyas características deberán someterse los proveedores. Asimismo, en los Almacenes Generales deberán mantenerse modelos de las diferentes especies de vestuario y equipo de montar, en tamaño natural, para facilitar la comprobación de las especificaciones y características de ellas por parte de los fabricantes y proveedores. La citada Dirección efectuará las adquisiciones que procedan de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia, sirviendo de marco de referencia y asesoría técnica los estudios que para estos efectos realice la Comisión para el Estudio del Presupuesto Institucional. Para la materialización de las adquisiciones se hará asesorar por los organismos institucionales especializados que tengan atingencia sobre la materia. El Departamento Abastecimientos, tendrá la obligación de efectuar los controles de calidad, de especificaciones técnicas y de condiciones generales a que se atendrán los contratos de adquisiciones, velando siempre porque el interés institucional y fiscal sean resguardados en todo momento. Con anterioridad al llamado a propuesta el Departamento de Abastecimientos, deberá presentar a la Dirección de Logística, en la fecha que se le señale, un cuadro demostrativo que contenga la siguiente información: a) Cargos efectivos que tenga cada Unidad; b) Saldos existentes en los Almacenes Generales de la Dirección General;

20 c) Especies que aún deban entregar los proveedores durante el resto del año, y d) Prendas perdidas y pagadas por el personal que, aproximadamente, deberán reponerse durante el resto del año. Artículo 65º.- El Departamento Abastecimientos, deberá, cuando lo estime pertinente, remitir especies a laboratorio para su análisis con el objeto de verificar si se han cumplido con las especificaciones técnicas estipuladas previamente en los contratos. Los Almacenes Generales de Vestuario y Equipo, al efectuar la revisión inicial, verificarán que las especies a recibir correspondan al tipo y calidad estipulados en las bases de aceptación de las propuestas y a las muestras o contramuestras que hayan presentado previamente los proveedores y hayan sido aprobadas por la Institución. Si no encontrare observaciones en esta fase, procederá a recepcionar lo adquirido, previa acta que se levantará al efecto, para que la Subdirección de Intendencia* proceda a su cancelación. Si con posterioridad a la recepción inicial del vestuario y equipo adquirido aparecieren observaciones de importancia, que puedan significar un daño y/o perjuicio al interés fiscal y/o Institucional, y que sea una derivación de los análisis de laboratorio efectuados, deberá obtenerse de los proveedores el reemplazo de los elementos objetados, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías de cumplimiento de contratos que deban rendir en toda operación de esta índole, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes. * Debe entenderse Dirección de Intendencia, acorde a lo establecido en el Reglamento de Organización Institucional, Nº 1. Artículo 66º.- Los Almacenes Generales, a medida que se vayan proveyendo de las especies de vestuario y equipo que van entregando los proveedores, procederán a su distribución a las Unidades o Reparticiones en la proporción que le señale el Departamento de Abastecimientos. Artículo 67º.- El control de las especies de vestuario y equipo que reciban los Almacenes Generales de las Unidades o Reparticiones se llevará en los libros y archivadores indicados en el Reglamento de Documentación, Nº 22. TÍTULO IX BAJA DE LAS ESPECIES DE VESTUARIO Y EQUIPO Artículo 68º.- Las especies de vestuario, equipo y equipo de montar se darán de baja en las Revistas Económicas, en los siguientes casos: a) Cuando hayan cumplido el tiempo de duración y estén inútiles para el servicio; b) Cuando se hayan inutilizado o perdido en actos del servicio; c) Cuando hayan sido llevadas por desertores y no haya sido posible su recuperación, y d) Cuando a juicio del médico de la Unidad o Repartición deban inutilizarse por haber sido usadas por algún funcionario que haya padecido de una enfermedad infecto-contagiosa. TÍTULO X DISPOSICIONES VARIAS Artículo 69º.- Todo lo referente a clasificación por categoría, mantenimiento del cargo en el Almacén, distribución, duración, valor, bajas y marcas de las especies, como asimismo las instrucciones a que deberán ceñirse las Comisiones Administrativas de Vestuario y Equipo serán contempladas en la Directiva Complementaria. Artículo 70º.- Toda especie de vestuario y equipo o equipo de montar que sea necesario poner en uso o que se de

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