2 de Marzo de 2016 BOLETIN OFICIAL HUELVA Nº 41

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "2 de Marzo de 2016 BOLETIN OFICIAL HUELVA Nº 41"

Transcripción

1 D. MANUEL GUERRA GONZÁLEZ, ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA CIUDAD DE ARACENA (HUELVA). HACE SABER: Que no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno Municipal en Sesión Ordinaria del pasado día 26 de Noviembre de 2015, de establecimiento de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen y de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Resolución Administrativa de Declaración de Asimilado a Fuera de Ordenación de Construcciones, Edificaciones e Instalaciones en Suelo No Urbanizable y Urbano Consolidado y por Expedición de Certificación Administrativa acreditativa de la Adecuación a la Ordenación o de Situación a Fuera de Ordenación, de conformidad con lo determinado en el punto 3º del artículo 17 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado. La Corporación, por unanimidad, tuvo a bien adoptar el siguiente Acuerdo: PRIMERO.- Aprobar el establecimiento de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen. SEGUNDO.- Aprobar el establecimiento de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Resolución Administrativa de Declaración de Asimilado a Fuera de Ordenación de Construcciones, Edificaciones e Instalaciones en Suelo No Urbanizable y Urbano Consolidado y por Expedición de Certificación Administrativa acreditativa de la Adecuación a la Ordenación o de Situación de Fuera de Ordenación. Aracena, 8 de Febrero de El Alcalde. ORDENANZA FISCAL Nº 25 REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN Artículo 1º.- Fundamento y Naturaleza

2 En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/20014,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por derechos de examen, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado texto refundido. Artículo 2º.- Hecho Imponible Constituye el hecho imponible de la Tasa, la actividad técnica y administrativa desarrollada con motivo de la presentación de solicitud para concurrir como aspirante a concursos, oposiciones y concursosoposiciones, cualquiera que sea el sistema de acceso utilizado para su provisión (libre o restringido), y que convoque el Excmo. Ayuntamiento de Aracena o sus Organismos Autónomos, para cubrir plazas vacantes de sus respectivas plantillas, ya se trate de personal funcionario de carrera o personal laboral. Artículo 3º.- Sujeto Pasivo Son sujetos pasivos de la Tasa las personas físicas que concurran como aspirantes a concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, cualquiera que sea el sistema de acceso utilizado para su provisión, y que convoque el Excmo. Ayuntamiento de Aracena o sus Organismos Autónomos, para cubrir en propiedad plaza vacante de funcionarios o laborales. Artículo 4º.- Cuota Tributaria Para el resto de plazas, las cuotas a satisfacer por cada uno de los opositores o concursantes se determinan en función del grupo a que corresponde la plaza a cubrir, según la siguiente escala: Subgrupos Cuotas A1 60,00 A2 55,00 B 52,00 C1 50,00

3 C2 30,00 Otras Agrupaciones Profesionales 20,00 Artículo 5º.- Beneficios Fiscales 1.- Gozarán de una bonificación del 50 por 100 las personas que participen en pruebas selectivas de promoción interna tanto para el personal funcionario como del personal laboral del Ayuntamiento de Aracena. 2.- Igualmente se aplicará una reducción del 50% sobre las cuotas establecidas en el artículo anterior para los sujetos pasivos que sean miembros de familia numerosa de categoría general, acreditado mediante la presentación del documento correspondiente. Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen: a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. b) Los sujetos pasivos que sean miembros de familia numerosa de categoría especial. c) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el Ayuntamiento de Aracena y sus Organismos Autónomos en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado, no se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Para hacer efectivas las exenciones los aspirantes, dentro del plazo de presentación de solicitudes, deberán justificar que reúnen los requisitos contemplados en los apartados a), b) y c). Artículo 6º.- Devengo

4 Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir en el momento de presentación de la solicitud de inscripción en las pruebas selectivas correspondientes. Artículo 7º.- Liquidación e Ingreso Los derechos de examen, cuyo pago se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, se ingresarán en la cuenta bancaria determinada al efecto por el Ayuntamiento de Aracena, cuyo original o copia compulsada deberá acompañarse necesariamente a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, salvo que se deba a un error por parte de la Administración. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza Fiscal comenzará a aplicarse una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación. Aracena, 9 de Noviembre de 2015 ORDENANZA FISCAL Nº 26 REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE DECLARACIÓN DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN DE CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES EN

5 SUELO NO URBANIZABLE Y URBANO CONSOLIDADO Y POR EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA ACREDITATIVA DE LA ADECUACIÓN A LA ORDENACIÓN O DE SITUACIÓN DE FUERA DE ORDENACIÓN. Artículo 1º.- Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2014,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), este Ayuntamiento establece la Tasa por expedición de la resolución administrativa que acuerda la declaración en situación de asimilado a la de fuera de ordenación de aquellas obras, edificaciones e instalaciones ubicadas en suelo no urbanizable y urbano consolidado y por expedición de certificación administrativa de adecuación a la ordenación o de situación de fuera de ordenación que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado TRLRHL. Artículo 2º.- Hecho Imponible Constituye el hecho imponible de la Tasa por expedición de la resolución administrativa que acuerda la declaración en situación de asimilado a la de fuera de ordenación de aquellas obras, edificaciones e instalaciones ubicadas en suelo no urbanizable y urbano consolidado, la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si los actos de uso de suelo y en particular los de construcción, edificación e instalaciones y actividades ejecutados en suelo no urbanizable y en urbano consolidado sin la preceptiva licencia municipal o contraviniendo la misma, se encuentran en situación asimilada a fuera de ordenación a que se refiere el artículo 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 60/2010,de 16 de marzo, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en relación a la Disposición Adicional primera de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y que se han realizado en el término municipal

6 de Aracena y se ajusten a las disposiciones normativas de aplicación de las mismas. Constituye el hecho imponible de la Tasa por expedición de certificación administrativa de adecuación a la ordenación o de situación de fuera de ordenación, la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si los actos de uso de suelo y en particular los de construcción, edificación e instalaciones cumplen los requisitos para ello. Artículo 3º.- Sujeto Pasivo Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria que siendo propietarios de las obras, edificaciones o instalaciones a que se refiere el artículo primero, soliciten y obtengan de la Administración municipal, la resolución administrativa en la que se reconozca que la edificación se encuentra en situación legal de fuera de ordenación o en situación de asimilado al régimen de fuera de fuera de ordenación o tratarse de alguna de las edificaciones aisladas a que se refiere el artículo 3.3 del decreto 2/2012. Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente, los previstos a tales efectos en la normativa vigente. Artículo 4º.- Responsables 1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 41.1 y 42 de la Ley General Tributaria. 2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señalan los artículos 40 y 43 de la LGT. Artículo 5º.- Base Imponible

7 Constituye la base imponible de la Tasa el coste real y efectivo de la obra civil, no amparada por licencia u orden de ejecución válida, entendiéndose por ello el coste de ejecución material de la misma, con las cuantías mínimas que resulten de aplicación de los Módulos del Colegio de Arquitectos de Huelva. Se tomarán como referencia los precios mínimos establecidos por el COAH para cada año o en su caso el último publicado actualizado con el IPC. Para aquellas actuaciones que no vengan contempladas en dichos precios mínimos, se aplicarán los precios establecidos en la última base de precios de la Junta de Andalucía. Artículo 6º.- Cuota Tributaria La cantidad a liquidar y exigir en esta Tasa, por expedición de resolución administrativa, se obtendrá de aplicar el tipo de gravamen del 8% sobre el coste de ejecución material de las obras. Se establece una cuota mínima de 600,00 euros para aquellos supuestos en que una vez aplicado el tipo impositivo la cuantía resultante no supere dicha cuota. La cuota tributaria por expedición de certificación administrativa de adecuación a la ordenación o de situación de fuera de ordenación será de 60,00 euros. En caso de desistimiento formulado por el solicitante con anterioridad a que sea dictada la resolución administrativa o se haya expedido la certificación administrativa objeto de la petición, siempre que la actividad municipal se hubiera iniciado efectivamente, la cuota a liquidar será la establecida como cuota mínima o cuota fija.

8 En ningún caso procederá devolución cuando se haya expedido el documento o resuelto un expediente de caducidad por causas imputables al interesado. Artículo 7º.- Beneficios Fiscales No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la Tasa. Artículo 8º.- Devengo Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación efectiva de la oportuna solicitud por parte del sujeto pasivo. Artículo 9º.- Declaración Las solicitudes del reconocimiento o de la certificación administrativa se presentarán en el Registro General. A dicha solicitud se acompañará el correspondiente impreso de autoliquidación y la documentación que al efecto se requiera y que en cualquier caso será la contenida en la Ordenanza Municipal Reguladora de aplicación. Artículo 10º.- Liquidación e Ingreso a) La tasa por expedición de la resolución o certificación administrativa previstas en esta Ordenanza se exigirán en régimen de autoliquidación, y mediante depósito previo de su importe total conforme prevé el artículo 26 del R.D. Legislativo 2/2004. Los sujetos pasivos están obligados a practicar la autoliquidación y realizar su ingreso en la tesorería municipal o en cualquier entidad bancaria autorizada, lo que se deberá acreditar en el momento de presentar la correspondiente solicitud. b) En caso de solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago, deberá ser solicitado expresamente y de forma conjunta con la documentación requerida inicialmente. Deberá ajustarse a las formalidades establecidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto, correspondiendo a la Alcaldía su resolución.

9 c) El pago de la autoliquidación, presentada por el interesado o de la liquidación inicial notificada por la Administración municipal tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que proceda. La Administración municipal, una vez realizadas las actuaciones motivadas por los servicios urbanísticos prestados, y tras la comprobación de éstos y de las autoliquidaciones presentadas, o liquidaciones abonadas, practicará finalmente la correspondiente liquidación definitiva, exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad diferencial que resulte. Artículo 11º.- Infracciones y Sanciones En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas corresponda en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 184 y siguientes de la Ley General Tributaria. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor una vez publicados en el Boletín Oficial de la Provincia el acuerdo de aprobación y el texto íntegro de la misma; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 17.4 del real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Aracena, 18 de Noviembre de 2015

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la

Más detalles

FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO Nº ORDEN 51 ORDENANZA FISCAL reguladora DE LA TASA POR TRAMITACIÓN Y REDACCIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN, GESTIÓN URBANÍSTICA Y EVALUACIONES AMBIENTALES ESTRATÉGICAS Artículo 1. FUNDAMENTO LEGAL En

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

TASA POR LICENCIAS DE APERTURA

TASA POR LICENCIAS DE APERTURA ORDENANZA Nº 7 TASA POR LICENCIAS DE APERTURA ARTICULO 1º- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/85,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM 8. REGULADORA DE LA TASA POR ALCANTARILLADO. I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. Artículo 1º.

ORDENANZA FISCAL NUM 8. REGULADORA DE LA TASA POR ALCANTARILLADO. I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. Artículo 1º. ORDENANZA FISCAL NUM 8. REGULADORA DE LA TASA POR ALCANTARILLADO. I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. Artículo 1º. En uso de las facultades concedidas en los artículos 133 y 142 de la Constitución y 106 de la

Más detalles

Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.

Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL O COMUNICACIÓN AMBIENTAL Y TASA DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA. Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS Provincia Badajoz ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13 Reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimiento Artículo 1º. Fundamento y Naturaleza. De conformidad

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-04 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE ACTIVIDAD, AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL DE CONTROL POSTERIOR AL INICIO DE LA ACTIVIDAD DE ESTABLECIMIENTOS

Más detalles

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, A INSTANCIA DE PARTE. ARTÍCULO 1.º Fundamento y Naturaleza En

Más detalles

C.I.F. P-46/20400 D Avenida Colón, 93 Teléfono (96) Fax (96) C.P TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

C.I.F. P-46/20400 D Avenida Colón, 93 Teléfono (96) Fax (96) C.P TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL 2005 1 2 ÍNDICE CONTENIDO Página I. ORDENAZAS FISCALES REGULADORAS DE TASAS 1. Ordenanza reguladora de la tasa por el servicio de cementerio municipal 4-6 3

Más detalles

TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL ORDENANZA FISCAL Nº 9 TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM. 20 TASA POR LICENCIA AMBIENTAL, COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD O DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.

ORDENANZA FISCAL NUM. 20 TASA POR LICENCIA AMBIENTAL, COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD O DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. ORDENANZA FISCAL NUM. 20 TASA POR LICENCIA AMBIENTAL, COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD O DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Artículo 1º. Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades concedidas por

Más detalles

2. Tendrán la consideración de actividades sujetas, entre otras, las siguientes:

2. Tendrán la consideración de actividades sujetas, entre otras, las siguientes: ORDENANZA NÚM. 11 FISCAL, REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS DE INSTALACIÓN DE ACTIVIDADES Y DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, Y POR ACTUACIONES DERIVADAS DE PROCEDIMIENTOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 1998) (Modificado artículo 7º, Tarifas. B.O.P.Gu el 16 de octubre de 2013)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 1998) (Modificado artículo 7º, Tarifas. B.O.P.Gu el 16 de octubre de 2013) ORDENANZA REGULADORA DE TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS. (B.O.P

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1.- Fundamento legal. El Excmo. Ayuntamiento de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE OJÓS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

AYUNTAMIENTO DE OJÓS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS AYUNTAMIENTO DE OJÓS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS 1 Índice ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza... 3 ARTÍCULO 2. Hecho Imponible... 3 ARTÍCULO 3. Sujeto

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIA O COMUNICACIÓN AMBIENTAL. ARTICULO 1º. Fundamento y naturaleza. 2. A tal efecto, estará sujeta a la tasa:

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIA O COMUNICACIÓN AMBIENTAL. ARTICULO 1º. Fundamento y naturaleza. 2. A tal efecto, estará sujeta a la tasa: ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIA O COMUNICACIÓN AMBIENTAL. ARTICULO 1º. Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE Ayuntamiento de Castellón de la Plana Gestión Tributaria ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA

Más detalles

I.- NATURALEZA Y OBJETO.

I.- NATURALEZA Y OBJETO. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA EN LOS RECINTOS DONDE SE CELEBREN LAS VELADAS POPULARES DE LAS DIFERENTES BARRIADAS DE LA CIUDAD DE SEVILLA Artículo 1º.- I.-

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A. ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el

Más detalles

Ayuntamiento de Aracena. Plaza de Santa Catalina S/N, Aracena Huelva. Tfno Fax:

Ayuntamiento de Aracena. Plaza de Santa Catalina S/N, Aracena Huelva. Tfno Fax: ORDENANZA FISCAL Nº 10 REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA A LA GRUTA DE LAS MARAVILLAS, AL MUSEO DEL JAMON Y AL RECINTO FORTIFICADO DEL CASTILLO DE ARACENA Artículo 1º. Fundamento y Naturaleza En uso de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO. B.O.P. NÀ 29 VIERNES 8 DE MARZO 1991 B.O.P. NÀ 123 LUNES 9 DE OCTUBRE 1995 B.O.P. NÀ 27 -- LUNES 4 DE MARZO 2002 NÀ 2.03 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

Más detalles

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal.

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y de conformidad con lo dispuesto en el

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

Ordenanza fiscal nº 29

Ordenanza fiscal nº 29 Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable Fecha de aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal Pleno 26/10/2000 Nª BOP y fecha publicación

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS AYUNTAMIENTO DE NAVA ASTURIAS ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ARTICULO 1.-HECHO IMPONIBLE ARTICULO 1.- 1.- Constituye el hecho imponible del

Más detalles

Ayuntamiento de Golmayo (Soria)

Ayuntamiento de Golmayo (Soria) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO. ARTÍCULO 1º. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley

Más detalles

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios siguientes:

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios siguientes: ORDENANZA Nº 1 E REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL Artículo 1º.- FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley /1985 de 2 de abril, reguladora

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10 ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- En uso de las facultades contenidas por los artículos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚM. 27 Tasa por la Prestación de Servicios y Actividades Deportivas, Recreativos y Socio-culturales

ORDENANZA FISCAL NÚM. 27 Tasa por la Prestación de Servicios y Actividades Deportivas, Recreativos y Socio-culturales ORDENANZA FISCAL NÚM. 27 Tasa por la Prestación de Servicios y Actividades Deportivas, Recreativos y Socio-culturales Artículo 1º. Fundamento Legal. En uso de las facultades contenidas en el artículo 133.2

Más detalles

OFT 3 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

OFT 3 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS OFT 3 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS 2014 1 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1.- Fundamento y naturaleza.

Más detalles

I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO

I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO Artículo 1. Fundamento y naturaleza. - El Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.1, 16.1, del Real Decreto Legislativo 2/2004,

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE LA ACTIVIDAD AMINISTRATIVA DE LICENCIA DE APERTURA

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE LA ACTIVIDAD AMINISTRATIVA DE LICENCIA DE APERTURA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE LA ACTIVIDAD AMINISTRATIVA DE LICENCIA DE APERTURA Fundamento y naturaleza Artículo 1º. -En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL AYUNTAMIENTO DE RUTE ORDENANZA FISCAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS A INSTANCIA DE PARTE. Aprobación provisional: 27 de octubre de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 21 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA

ORDENANZA FISCAL Nº 21 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA ORDENANZA FISCAL Nº 21 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA I.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA Artículo 1º En uso de las facultades reconocidas en los artículos 133 de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 34

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 34 ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 34 PRECIO PUBLICO PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, INDUSTRIALES CONVENCIONALES E INERTES ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

b) Por la concesión y expedición de licencias para coches fúnebres.

b) Por la concesión y expedición de licencias para coches fúnebres. ORDENANZA FISCAL Nº 20 REGULADORA DE LA TASA POR AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE AUTOTAXIS Y DEMÁS VEHÍCULOS DE ALQUILER Artículo 1º - FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA

REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA ORDENANZA FISCAL Nº 8 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA I. FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA. Artículo 1º. En uso de las facultades concedidas por el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba esta ordenanza, en ejercicio de autonomía tributaria que le reconoce la Constitución

Más detalles

TS.01.ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE FUNDAMENTO Y RÉGIMEN

TS.01.ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE FUNDAMENTO Y RÉGIMEN TS.01.ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Artículo 1.- Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley

Más detalles

C.18- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN HOGARES Y RESIDENCIAS DE ANCIANOS, GUARDERÍAS INFANTILES, ALBERGUES Y

C.18- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN HOGARES Y RESIDENCIAS DE ANCIANOS, GUARDERÍAS INFANTILES, ALBERGUES Y C.18- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN HOGARES Y RESIDENCIAS DE ANCIANOS, GUARDERÍAS INFANTILES, ALBERGUES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DE NATURALEZA ANÁLOGA TASA POR ASISTENCIAS

Más detalles

ORDENANZA A-3 TASA POR LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA A-3 TASA POR LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS I) ORDENANZA REGULADORA. ORDENANZA A-3 TASA POR LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO ORD 4 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO FUNDAMENTO Artículo 1. La presente Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes

Más detalles

A Y U T A I E T D E SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS (MADRID) Año 2016 R D E A A 9 TASA SERVICIS DE CEETERIS

A Y U T A I E T D E SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS (MADRID) Año 2016 R D E A A 9 TASA SERVICIS DE CEETERIS A Y U T A I E T D E SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS (MADRID) Año 2016 R D E A A 9 TASA SERVICIS DE CEETERIS Aprobada el 26 de Noviembre de 1998 Modificada el 20 de Diciembre de 1999. Modificada el 30 de Noviembre

Más detalles

A y u n t a m i e n t o d e F u e n s a l i d a ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO

A y u n t a m i e n t o d e F u e n s a l i d a ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1º. Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo

Más detalles

LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS FECHA DE APROBACIÓN INICIAL POR EL PLENO MUNICIPAL: 3/AGOSTO/1989 (BOP Nº 188, DE 17/08/1989). FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

Ayuntamiento de Utiel

Ayuntamiento de Utiel Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las Fachadas de los Inmuebles con Acceso Directo desde la Vía Pública. Expediente nº: 2664/2012 Asunto: Ordenanza Fiscal

Más detalles

Tasa por prestación de servicios. Licencia de apertura de establecimientos

Tasa por prestación de servicios. Licencia de apertura de establecimientos Ordenanza nº 13 Tasa por prestación de servicios. Licencia de apertura de establecimientos Artículo 1 Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133-2 y 144 de la Constitución

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE PEÑARANDA DE BRACAMONTE ORDENANZA FISCAL N.º..10.-

AYUNTAMIENTO DE PEÑARANDA DE BRACAMONTE ORDENANZA FISCAL N.º..10.- AYUNTAMIENTO DE PEÑARANDA DE BRACAMONTE ORDENANZA FISCAL N.º..10.- Reguladora de la tasa por LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ARTÍCULO 1.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas

Más detalles

TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA

TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 4

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 4 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 4 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ARTICULO 1. HECHO IMPONIBLE 1. Constituye el hecho imponible del impuesto la realización, dentro del término municipal, de

Más detalles

TASA DE ALCANTARILLADO. Artículo 1. Fundamento Legal.

TASA DE ALCANTARILLADO. Artículo 1. Fundamento Legal. TASA ALCANTARILLADO Artículo 1. Fundamento Legal. En uso de las facultades reconocidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y en el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril reguladora de las

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR OTORGAMIENTO LICENCIAS APERTURA ESTABLECIMIENTOS. Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

ORDENANZA FISCAL: TASA DE CEMENTERIO

ORDENANZA FISCAL: TASA DE CEMENTERIO ORDENANZA FISCAL: TASA DE CEMENTERIO APROBACIÓN PROVISIONAL: Día 1 de junio de 1989. FECHA PUBLICACIÓN PROVISIONAL: BOP nº 103 de 8 de agosto de 1989 FECHA PUBLICACIÓN DEFINITIVA: BOP nº 152 de 20 de diciembre

Más detalles

AJUNTAMENT DE L ELIANA (València)

AJUNTAMENT DE L ELIANA (València) ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DISTRIBUCION DE AGUA Fundamento y Naturaleza Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ)

AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ) AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ) ORDENANZA Nº 30 REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE. Articulo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL)

AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL) AYUNTAMIENTO DE VIVEL DEL RIO MARTIN(TERUEL) AÑO 2012 ORDENANZA Nº 2 SERVICIOS DE CEMENTERIO Aprobada el 2 de Enero del 2013. TASA POR RPESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES, CONDUCCIÓN DE

Más detalles

ORDENANZA A-5 TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL

ORDENANZA A-5 TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL ORDENANZA A-5 TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL I) ORDENANZA REGULADORA Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDA O QUE ENTIENDA LA ADMINISTRACION O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDA O QUE ENTIENDA LA ADMINISTRACION O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDA O QUE ENTIENDA LA ADMINISTRACION O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES CAPITULO I. NATURALEZA Y RÉGIMEN LEGAL. Artículo 1. Normativa aplicable.

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO GESTION TRIBUTARIA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO GESTION TRIBUTARIA 12.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZAS ESPECIALES EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MUSICA JOAQUÍN RODRIGO En uso de las facultades conferidas por el

Más detalles

ORDENANZA NÚMERO 25: REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA. ****************************************************************

ORDENANZA NÚMERO 25: REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA. **************************************************************** ORDENANZA NÚMERO 25: REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA. **************************************************************** Artículo 1.- Concepto. En uso de las facultades concedidas por los art.

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES Y LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO ARTÍCULO 1.- ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la Constitución, art.

Más detalles

II.- HECHO IMPONIBLE.

II.- HECHO IMPONIBLE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EXTINCION DE INCENDIOS, DE PREVENCION DE RUINAS, DE CONSTRUCCIONES, DERRIBOS, SALVAMENTOS Y OTROS ANALOGOS I.- NATURALEZA, OBJETO

Más detalles

ORDENANZA A-6 TASA POR ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES

ORDENANZA A-6 TASA POR ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES ORDENANZA A-6 TASA POR ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES I) ORDENANZA REGULADORA. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIOS MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIOS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIOS MUNICIPALES Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

II.- HECHO IMPONIBLE

II.- HECHO IMPONIBLE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LA ESTACION MUNICIPAL DE AUTOBUSES Artículo 1º.- I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas en

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 106 TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 106 TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL ORDENANZA FISCAL NÚMERO 106 TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL NATURALEZA Y FUNDAMENTO ARTÍCULO 1 En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la Constitución, art. 106 de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS AYUNTAMIENTO DE ALICANTE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE MERCADOS APROBACIÓN: Texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 29 de octubre de 2015, de cuya

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 19 REGULADORA DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

ORDENANZA FISCAL Nº 19 REGULADORA DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. ORDENANZA FISCAL Nº 19 REGULADORA DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades previstas

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

ARTICULO 2º: HECHO IMPONIBLE.- El hecho imponible está constituido por la utilización del servicio de Guardería Infantil Municipal.

ARTICULO 2º: HECHO IMPONIBLE.- El hecho imponible está constituido por la utilización del servicio de Guardería Infantil Municipal. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE GUARDERIA INFANTIL MUNICIPAL: ARTICULO 1º: FUNDAMENTO Y REGIMEN JURIDICO.- Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la

Más detalles

NÚMERO C-2 CANON DE URBANIZACION EN LA AVENIDA PAPA LUNA (ORDENANZA REGULADORA)

NÚMERO C-2 CANON DE URBANIZACION EN LA AVENIDA PAPA LUNA (ORDENANZA REGULADORA) NÚMERO C-2 CANON DE URBANIZACION EN LA AVENIDA PAPA LUNA (ORDENANZA REGULADORA) ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO Y OBJETO. Este Ayuntamiento acuerda establecer el Canon de Urbanización en la Avenida Papa Luna

Más detalles

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL USO DE LOS DESPACHOS Y ZONAS COMUNES DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES AZUQUECA EMPRENDE. ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS. Artículo 1º. - Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española

Más detalles

Artículo 1º.- Fundamento Jurídico.

Artículo 1º.- Fundamento Jurídico. TASA POR INSTALACIÓN EN TERRENOS DE USO PUBLICO LOCAL DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO Artículo 1º.-

Más detalles

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ARTÍCULO 1º Son fuentes normativas de rango superior de la presente Ordenanza las siguientes artículo 133.2 de la Constitución,

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos ORDENANZA REGULADORA Nº 29 DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Exposición de Motivos La Ley de Ordenación Urbanística

Más detalles

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES. ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES. Artículo 1. Concepto. De conformidad con lo previsto en los artículos

Más detalles

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Transporte Público Urbano de Viajeros de Vélez-Málaga Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales

Más detalles

Excel.lentíssim Ajuntament d Ibi C/. Les Eres, IBI (Alacant) CIF: P A Tfno: / 2804 / 2904 Fax:

Excel.lentíssim Ajuntament d Ibi C/. Les Eres, IBI (Alacant) CIF: P A Tfno: / 2804 / 2904 Fax: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS. Artículo 1º. - Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 22 de abril,

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO

REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO ORDENANZA Nº 1 B REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por el artº 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril reguladora

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COMA RC A HO YA B UÑOL - CHIVA ORDENANZA Nº 20

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COMA RC A HO YA B UÑOL - CHIVA ORDENANZA Nº 20 ORDENANZA Nº 20 ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHICULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS DE

Más detalles

1. Conforme el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

1. Conforme el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: -LEA ATENTAMENTE: El presente examen consta de 25 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una es válida. Para elegir su respuesta deberá señalar con un círculo la letra

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA H. CIUDAD DE ALCAÑIZ (Teruel)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA H. CIUDAD DE ALCAÑIZ (Teruel) Nº 20.- TASA POR PRIMERA OCUPACIÓN DE LAS EDIFICACIONES DE NUEVA PLANTA Artículo 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 de la Constitución Española, y en

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma

Más detalles

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid

Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Actualizado a enero de 2011 Índice Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 7031 - BOLETÍN NÚMERO 226 (MIÉRCOLES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2014) B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 546 - BOLETÍN

Más detalles