C O N S I D E R A N D O

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "C O N S I D E R A N D O"

Transcripción

1 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 FRACCIÓN V, Y TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA ONCE DE SEPTIEMBRE DE 2001, Y C O N S I D E R A N D O Que el Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco fue concebido tomando como base el Plan Nacional de Desarrollo , y el Plan de Desarrollo del Estado de México, con el objetivo de lograr la transformación del sistema educativo para hacerlo más participativo, eficiente y de mejor calidad, orientado a la creación de instituciones educativas con un más alto nivel de excelencia académica para generar profesionales críticos e innovadores que traduzcan el aprovechamiento de los avances científicos y tecnológicos adquiridos, logrando así resultados que beneficien a los sectores productivo y social de la región en que se encuentra asentada esta institución, de nuestro Estado y de nuestro País. Que al ser un organismo descentralizado del Gobierno del Estado de México, cuenta con personalidad jurídica propia. Que siguiendo este perfil se le permite el ejercicio de una potestad reglamentaria que al ser ejercida por la H. Junta Directiva facilita una adecuación expedita de la normatividad al desarrollo de la institución. Que en mérito de lo anterior a tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO DE EXAMENES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento tienen como objeto regular la evaluación del aprovechamiento académico de los alumnos del Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco. Artículo 2.- La observancia de este Reglamento es de carácter obligatorio para todos los alumnos profesores y las unidades administrativas del Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco. Artículo 3.- Para los efectos del presente ordenamiento, se entenderá por: I. TECNOLÓGICO, al Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco;

2 II. DIRECTOR, al Director del Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco; III. ALUMNO, a toda persona que ha cumplido con los requisitos académico administrativos y tiene asignada una carga académica; IV. PROFESOR, al servidor publico que realiza funciones de carácter académico en el Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco; V. EXAMEN, a la prueba a la que se somete a los alumnos, para evaluar sus conocimientos o capacidades; y VI. REGLAMENTO, al presente ordenamiento. CAPÍTULO II DE LOS EXAMENES Artículo 4.- Todos los exámenes a que se refiere este Reglamento se verificarán en las instalaciones del Tecnológico salvo excepciones contempladas ó con autorización de la Dirección para ello. Artículo 5.- Se entenderá por examen a la prueba a que es sometido el alumno y cuyo resultado nos permite conocer el grado de aprovechamiento académico en conocimientos y capacidades de cada una de las asignaturas que integran los planes de estudios del Tecnológico. Artículo 6.- El alumno que no se presente en el lugar, fecha y hora señaladas para desarrollar el examen o la actividad a evaluar de una asignatura, sin causa justificada, se le consideraran no acreditadas las unidades de aprendizaje incluidas en dicha oportunidad. El alumno que se encuentre en el supuesto mencionado en el párrafo anterior, gozara de un tiempo de 5 días hábiles para solicitar la aplicación del examen, debiendo presentar el documento que avale la justificación de la inasistencia. Artículo 7.- En curso normal los alumnos podrán acreditar las unidades de aprendizaje de los programas de estudio, mediante las siguientes oportunidades de examen: I. Ordinario; II. Regularización; y III. Extraordinario. Artículo 8.- Para tener derecho a presentar los exámenes ordinarios los alumnos deberán haber cubierto un mínimo de 80% de asistencia, en el período comprendido entre la aplicación de examen de una unidad y otra. Artículo 9.- Cuando un alumno no presente un examen ordinario por no haber cubierto el 80% de asistencia, no haber cubierto los derechos

3 correspondientes o por razones personales, para efectos de su promedio en el semestre correspondiente se le calificará con NP (No Presentó) cuya equivalencia numérica será de cero. Artículo 10.- En curso de repetición los alumnos podrán acreditar las unidades de aprendizaje de los programas de estudio mediante las siguientes oportunidades de examen: I. Ordinario, y II. Regularización. Artículo 11.- Si una asignatura no es acreditada en curso de repetición, el alumno tendrá derecho a un solo examen especial. Artículo 12.- El examen ordinario deberá de realizarse sobre cada unidad de aprendizaje y contemplarán el contenido, de acuerdo al avance programático del período de aplicación, pudiéndose aplicar un máximo de 2 unidades en cada examen. Artículo 13.- El alumno tendrá una sola oportunidad de acreditación en cada unidad de aprendizaje tanto en curso normal como en el de repetición. Artículo 14.- Si el alumno obtiene una calificación no aprobatoria en una oportunidad ordinaria y tiene aprobado como mínimo el 40% de las unidades de aprendizaje, tendrá derecho a la oportunidad de regularización. Cuando el numero de unidades de aprendizaje correspondiente a este 40% resulte un número fraccionario igual o mayor a cinco décimas, se tomara en cuenta el entero inmediato superior, en caso contrario el entero obtenido. Artículo 15.- Para emitir la calificación en cada examen ordinario, el profesor podrá considerar conjuntamente los conocimientos y aptitudes adquiridas por el alumno, su participación en clase, su desempeño en ejercicios prácticos, habilidades adquiridas, los trabajos de investigación y otras actividades académicas que considere relevantes. Artículo 16.- Si el alumno no logra aprobar como mínimo el 40% del total de las unidades de aprendizaje en la oportunidad ordinaria, la calificación de la asignatura se asentara como no acreditada (NA) en la columna de ordinario del acta de calificaciones, en curso normal o repetición, según sea el caso. Artículo 17.- Si el alumno en el examen de regularización del curso normal no logra acreditar el 100% de las unidades de aprendizaje, pero acredita por lo menos el 70% de las mismas tendrá derecho al examen extraordinario. En caso contrario repetiría la asignatura. Cuando el numero de unidades correspondiente al 70% resulte un número fraccionario, igual o mayor a 5 décimas, se tomara en cuenta el número entero inmediato superior o el entero obtenido.

4 Artículo 18.- Si el alumno no logra aprobar como mínimo el 70% del total de las unidades de aprendizaje en el examen de regularización, la calificación de la asignatura se asentara como no acreditada (NA) en la columna de regularización del acta de calificaciones, en curso normal o en repetición, según sea el caso. Artículo 19.- El alumno presentará las unidades que le falten por acreditar en el examen extraordinario y si hasta el examen extraordinario de una asignatura el alumno no acredita el 100% de las unidades de aprendizaje, se asentara como no acreditada (NA) en la columna de examen extraordinario del acta de calificaciones, pudiendo optar por: I. Curso de repetición; ó II. Examen global. Artículo 20.- Tanto el examen de regularización como el extraordinario se realizaran antes de finalizar el curso, de acuerdo al calendario escolar vigente. Artículo 21.- El alumno podrá cursar en repetición solo una vez cada asignatura y deberá hacerlo en el siguiente período que se ofrezca, siempre y cuando se cuente con los recursos para ello y cuando exista cupo suficiente. Artículo 22.- El alumno inscrito en curso de repetición no se le tomara en cuenta ninguna de las unidades de aprendizaje acreditadas en el curso anterior de la asignatura correspondiente. Artículo 23.- El examen global procede para el alumno autodidacta que sin haber cursado la asignatura lo solicite y cubra los requisitos académicas establecidos y que al momento de solicitar dicho examen se encuentre debidamente inscrito en el Tecnológico. Artículo 24.- Si el alumno autodidacta no acredita la asignatura en el primer examen global, podrá optar por las siguientes opciones: I. Cursar la asignatura, considerándose como curso de repetición; ó II. Solicitar un segundo examen global. Artículo 25.- El alumno autodidacta podrá presentar hasta dos exámenes globales en asignaturas diferentes por periodo, respetando la seriación de las asignaturas. Artículo 26.- El examen especial procede para el alumno que se encuentre en los siguientes casos: 1. Cuando en la oportunidad ordinaria del curso de repetición apruebe menos del 40% de las unidades de aprendizaje;

5 2. Cuando en la oportunidad de regularización del curso de repetición, no apruebe el total de las unidades de aprendizaje del programa de estudios de la asignatura respectiva; 3. Cuando el alumno autodidacta no logre acreditar la asignatura en el curso de repetición o en el segundo examen global; y 4. Cuando el alumno no logre acreditar la asignatura en curso de verano, si la lleva como curso de repetición; Artículo 27.- Tanto el examen especial como los exámenes globales estarán integrados por el 100% de las unidades de aprendizaje del programa de estudios de la asignatura respectiva, cuando la asignatura sea teórico _ practica deberá incluir la calificación de las practicas Artículo 28.- Tanto el examen especial como los exámenes globales, se deberá acreditar la totalidad de las unidades de aprendizaje del programa de actividades de la asignatura, con una calificación mínima aprobatoria de 70. Artículo 29.- Tanto el examen especial, como el examen global, deberán ser solicitados por el alumno al Departamento de Control Escolar, quien autorizara, previo acuerdo con el Jefe de División de la carrera correspondiente, si estos proceden. Artículo 30.- El Jefe de División de la carrera correspondiente conjuntamente con el Departamento de Control Escolar coordinara el proceso de examen especial y de los exámenes globales, en las fechas programadas. Artículo 31.- Tanto el examen especial como el examen global, serán elaborados, aplicados y calificados por una comisión de tres profesores, designados por la subdirección Académica, debiéndose determinar en forma conjunta el número de sesiones en que se realizara el examen. Artículo 32.- El alumno deberá presentar el examen especial de una asignatura dentro del semestre escolar siguiente, en el tiempo señalado en el calendario escolar vigente y solo podrá presentar hasta dos exámenes especiales en dicho semestre. Artículo 33.- Para tener derecho a presentar un examen especial o examen global, el alumno deberá cubrir la aportación económica respectiva. CAPÍTULO III DE LAS CALIFICACIONES Artículo 34.- La calificación que se asiente al alumno, deberá estar basada en la evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje, en el cual el profesor deberá de tomar en cuenta el trabajo realizado por el estudiante en el período escolar correspondiente.

6 Artículo 35.- Para que el alumno acredite una asignatura en cualquier oportunidad de las establecidas en el presente reglamento, es indispensable que este apruebe el 100% de las unidades de aprendizaje del programa de estudios. Artículo 36.- La escala de calificación será de 0 (cero) a 100 (cien) en cualquier oportunidad de las que se enuncian en el presente Reglamento. La calificación asentada para una asignatura corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones obtenidas en las unidades. Artículo 37.- La calificación mínima aprobatoria en cada Unidad de aprendizaje será de 70 puntos, quienes no alcancen esa calificación se les asignará NA (No Acreditada,). Cuando el promedio resulte con fracción decimal igual o superior a 5 décimas, se aumentara la calificación al entero inmediato superior. Cuando el promedio resulte con fracción decimal inferior a 5 décimas se bajara la calificación al entero inmediato inferior. Artículo 38.- Para la definición de la calificación a que hace referencia el articulo 35 deberán de ser considerados los siguientes rubros: I. Participación en clase; II. Elaboración de trabajos de investigación, ya sean de manera individual o colectiva; III. Asistencia a clases; IV. Diseño y análisis de practicas; y V. Exámenes escritos u orales. Artículo 39.- Tratándose de exámenes ordinarios, de regularización, extraordinarios, globales y especiales, la calificación asentada en actas es irrenunciable. Artículo 40.- Para los exámenes ordinarios, el profesor entregara las calificaciones directamente a los alumnos, lo cual deberá de suceder antes de la siguiente evaluación, dentro del mismo ciclo escolar o tres días hábiles antes de que inicie el periodo de exámenes de regularización, de acuerdo al calendario escolar vigente en ese momento. Artículo 41.- Las calificaciones finales, deberán de ser entregadas por el profesor al Departamento de Control Escolar en un plazo máximo de dos días hábiles después de haber aplicado el último examen respectivo. Artículo 42.- Las calificaciones deberán de ser registradas en las actas respectivas, entregándolas directamente al Departamento de Control Escolar

7 Artículo 43.- Para cualquier tipo de examen el profesor, hará la publicación de las calificaciones. Artículo 44.- En casos de error u omisión procederá la rectificación, para ello el alumno afectado lo solicitará por escrito dentro de los tres días hábiles, a partir de la publicación de las calificaciones, a la Subdirección Académica, acompañando las pruebas que sustenten su solicitud y conduzcan a su dictamen correspondiente. La Subdirección Académica resolverá en forma definitiva dentro de los cinco días hábiles siguientes; este dictamen será inapelable. Artículo 45.- Para los efectos del Artículo anterior, la Subdirección Académica solicitará el examen a revisar, y conjuntamente con el Jefe de División de la carrera correspondiente, revisarán el examen, emitiendo su dictamen. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente reglamento, entrarán en vigencia al día siguiente de ser aprobado por la H. Junta Directiva del Tecnológico de Estudios Superiores de Tianguistenco SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a las contenidas en el presente Reglamento. Aprobado por la H. Junta Directiva en la Vigésima Sesión Ordinaria, celebrada el día martes once del mes de septiembre del año dos mil uno. EL PRESIDENTE ING. ALBERTO CURI NAIME SECRETARIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL EL SECRETARIO

8 L.A.E. BENJAMÍN VALDÉS PLATA DIRECTOR DEL TEST

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO INTRODUCCIÓN Este Reglamento habrá de normar los procedimientos a observar en la acreditación de las asignaturas contenidas en los planes

Más detalles

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE COCULA REGLAMENTE GENERAL DE ALUMNOS Cocula, Jal. Julio 2009. INDICE Disposiciones Generales --------------------------------------------------------- 3 Inscripción de

Más detalles

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes: EVALUACIÓN 1. ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Acreditación es el proceso por el cual un alumno cumple con las actividades educativas y criterios de evaluación de las asignaturas, con los requisitos curriculares

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE EXÁMENES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE EXÁMENES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 12 DEL DECRETO QUE LE DA ORIGEN, PUBLICADO EN LA GACETA DEL

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del

Más detalles

Lineamiento para la Evaluación y Acreditación de Asignaturas. versión 1.0 Planes de estudio

Lineamiento para la Evaluación y Acreditación de Asignaturas. versión 1.0 Planes de estudio Lineamiento para la Evaluación y Acreditación de Asignaturas versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Elaboró: MC. Carlos A. López Castellanos 9 de diciembre de 2013 Acreditación La acreditación de una

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE ASIGNATURAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS

PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE ASIGNATURAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE ASIGNATURAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS Página 1 de 30 1. Propósito Establecer normas y lineamientos para la acreditación de las asignaturas de los

Más detalles

H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974,

H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974, 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974, REFORMADO EL DÍA 1 DE ABRIL DE 1998, ACTUALIZADO DEL

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO

Más detalles

Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones

Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones Marzo11 de 2004 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIONES PARA ALUMNOS DE 8 SEMESTRES DE ESTUDIOS PLAN CURRICULAR 2008

REGLAMENTO DE EVALUACIONES PARA ALUMNOS DE 8 SEMESTRES DE ESTUDIOS PLAN CURRICULAR 2008 REGLAMENTO DE EVALUACIONES PARA ALUMNOS DE 8 SEMESTRES DE ESTUDIOS PLAN CURRICULAR 2008 PROGRAMA DE FORMACIÓN REGULAR El Reglamento de Evaluaciones especifica los procedimientos para obtener la nota final

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA OBTENCION DE TITULOS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA LA OBTENCION DE TITULOS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 FRACCIÓN V, Y TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR

Más detalles

Nombre del documento: Normativo para la acreditación de asignaturas

Nombre del documento: Normativo para la acreditación de asignaturas Página: 1 de 22 1. Propósito Establecer normas y lineamientos para la acreditación de las s de los planes de estudio de licenciatura a partir del 2004, con la finalidad de dar evidencia de los resultados

Más detalles

TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México

TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V, DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Objetivo Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica

Más detalles

CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS

CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre CHAPINGO SUBDIRECCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE CHIAPAS, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 24, DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE CHIAPAS Y 10,

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS Actualización 2017 REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS CAPÍTULO. I DE LA INSCRIPCIÓN Art. 1º.- Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4. - Art. 5. - Art. 6. - La inscripción del alumno será

Más detalles

Lineamientos para acreditar la materia

Lineamientos para acreditar la materia Lineamientos para acreditar la materia Conceptos en los lineamientos de Evaluación a Cargo del Profesor (ECP) evaluación Examen Departamental Parcial (EDP) Valoración del aprendizaje teórico y práctico

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUADALAJARA Actualizado al 2 de Octubre del 2009 1 CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Las pruebas y los exámenes tienen

Más detalles

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017 CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017 La División de Estudios Profesionales del te invita a participar en los Cursos de Verano 2017. DEFINICIÓN Y CARACTERIZACIÓN El curso de verano es una alternativa

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA

Más detalles

Cursos de Verano 2015

Cursos de Verano 2015 TECNÓLOGICO NACIONAL DE MÉXICO Instituto Tecnológico de Apizaco 2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO A TRAVÉS DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS PROFESIONALES

Más detalles

CHIMALHUACÁN, Y CONSIDERANDO

CHIMALHUACÁN, Y CONSIDERANDO LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V, DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO

Más detalles

CAPÍTULO IV. a. Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica.

CAPÍTULO IV. a. Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica. CAPÍTULO IV DE LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS Y DE LA EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS 45. La certificación es el reconocimiento oficial que hace la UNAM, a través de la DGIRE, de los estudios que se realizan

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Aprobado por el H. Consejo Universitario, en sesión extraordinaria de fecha 29 de mayo de 1982 ARTÍCULO 1.- Son

Más detalles

El Consejo Universitario en sesión del 28 de noviembre de 1969, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos:

El Consejo Universitario en sesión del 28 de noviembre de 1969, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES El Consejo Universitario en sesión del 28 de noviembre de 1969, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.-

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS CAPÍTULO I DE LA INSCRIPCIÓN Art. 1o. La inscripción de un alumno será válida para el semestre al que corresponda cursar la mayoría de las materias a las que tenga derecho,

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la situación escolar de los alumnos, la que incluye

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES Departamento de Control Escolar GUIA PRÁCTICA DE INFORMACIÓN ACADÉMICA BACHILLERATOS La presente guía está extractada del Reglamento General de Docencia de la Universidad

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1o.- Este reglamento es aplicable a todos los alumnos inscritos de la. ARTÍCULO

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL. COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL. COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del

Más detalles

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Evaluaciones

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Evaluaciones REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Evaluaciones ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE EVALUACIONES CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II De las evaluaciones finales ordinarias...5

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 6, XXXV Aniversario del CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 La Subdirección Académica del a través de la División de Estudios Profesionales te invita a participar en los Cursos de Verano 2016. OBJETIVO

Más detalles

REGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA

REGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA REGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA CAPÍTULO I Admisión y readmisión de alumnos Artículo 1.8 Aquellas personas que deseen ser admitidas como alumnos visitantes,

Más detalles

27 DE ABRIL 2015 GACETA UNAM DE DE FEBRERO DE MARZO Y 26 DE 23 DE MARZO Y 26 DE DE 2015

27 DE ABRIL 2015 GACETA UNAM DE DE FEBRERO DE MARZO Y 26 DE 23 DE MARZO Y 26 DE DE 2015 Universidad Nacional Autónoma de México Secretaría General Dirección General de Administración Escolar TRÁMITES ANUALES TRÁMITES PUBLICACIÓN CONVOCATORIA PERÍODO DE ATENCIÓN LUGAR DONDE SE REALIZA CAMBIO

Más detalles

P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS

P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS EN EL MARCO DEL NUEVO MODELO ACADÉMICO UAZ

Más detalles

CAPÍTULO 8. LINEAMIENTO PARA LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL

CAPÍTULO 8. LINEAMIENTO PARA LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL CAPÍTULO 8. LINEAMIENTO PARA LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL 8.1 PRÓPOSITO Establecer y aplicar la normativa, los mecanismos y las actividades necesarias para la movilidad estudiantil, que permita fortalecer

Más detalles

LINEAMIENTOS INTERNOS DE LA ASIGNATURA DE FISIOLOGÍA. Contenido

LINEAMIENTOS INTERNOS DE LA ASIGNATURA DE FISIOLOGÍA. Contenido LINEAMIENTOS INTERNOS DE LA ASIGNATURA DE FISIOLOGÍA. Contenido EVALUACIÓN DE LA ASIGNATURA... 2 EVALUACIÓN DEPARTAMENTAL PARCIAL... 2 EVALUACIÓN A CARGO DEL PROFESOR... 2 APROBACIÓN DE LA ASIGNATURA...

Más detalles

El Consejo Universitario en sesión del 30 de noviembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:

El Consejo Universitario en sesión del 30 de noviembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES El Consejo Universitario en sesión del 30 de noviembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: I. DE LAS ASIGNATURAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

REGLAMENTO VIGENTE DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA TÍTULO PRIMERO: GENERALIDADES CAPÍTULO ÚNICO: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO VIGENTE DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA TÍTULO PRIMERO: GENERALIDADES CAPÍTULO ÚNICO: DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO VIGENTE DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA TÍTULO PRIMERO: GENERALIDADES CAPÍTULO ÚNICO: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Los estudios de Licenciatura que imparte la Universidad Pedagógica Nacional

Más detalles

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite:

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite: REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN PARA POSGRADO EDICIÓN: PERIODO OTOÑO 2003 Capítulo I GENERALIDADES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia general para los estudiantes que han cumplido con

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES La Universidad Tecnológica de Tecamachalco tiene dentro de sus objetivos, el de ofrecer educación de tipo superior

Más detalles

SECRETARÍA DE ENSEÑANZA CLÍNICA E INTERNADO MÉDICO SECIM 2014

SECRETARÍA DE ENSEÑANZA CLÍNICA E INTERNADO MÉDICO SECIM 2014 Reglamento General de Exámenes 97 Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1 Las pruebas y exámenes tienen por objeto: a Que el profesor disponga de elementos para evaluar la eficacia de la enseñanza

Más detalles

Julio Art. 94 Los niveles establecidos para el estudio del Idioma serán los siguientes:

Julio Art. 94 Los niveles establecidos para el estudio del Idioma serán los siguientes: I. Del Idioma Inglés: Art. 92 Es requisito para todos los alumnos de Licenciatura de la Universidad Panamericana aprobar cualquiera de los exámenes TOEFL o TOEIC, o su equivalente en otro instrumento de

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE CAPÍTULO PRIMERO Del Concepto de Evaluación del Aprendizaje

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE CAPÍTULO PRIMERO Del Concepto de Evaluación del Aprendizaje EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NEZAHUALCÓYOTL, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO

Más detalles

Proyecto Reglamento General de Evaluaciones

Proyecto Reglamento General de Evaluaciones Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Evaluaciones -1 Proyecto Reglamento General de Evaluaciones Capítulo I: Disposiciones Generales Capítulo II: De las Evaluaciones

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR DEPARTAMENTO DE EDUCACION SUPERIOR

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR DEPARTAMENTO DE EDUCACION SUPERIOR SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR Gobierno del Estado de Tlaxcala DEPARTAMENTO DE EDUCACION SUPERIOR NORMATIVIDAD PARA LA INSCRIPCIÓN, ALTAS, BAJAS

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Los objetivos de la titulación son: I. Acreditar los conocimientos generales del (la) alumno (a) del Programa Académico

Más detalles

Reglamento General de Exámenes Profesionales y de Posgrado

Reglamento General de Exámenes Profesionales y de Posgrado Reglamento General de Exámenes Profesionales y de Posgrado 9 Reglamento General de Exámenes Profesionales y de Posgrado CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Estatuto General de la UANL, Título

Más detalles

cursos II. III. IV. VI. VII.

cursos II. III. IV. VI. VII. Pág. 1 de 7 cursos I. De acuerdo con el Plan de Estudios de la licenciatura en Nanotecnología es un requisito de egreso cursar y aprobar el 100% de los créditos y el total de asignaturas contempladas en

Más detalles

Universidad Cristóbal Colón Reglamento del Centro de Idiomas. Capítulo I. De los objetivos y servicios del Centro de Idiomas... 1

Universidad Cristóbal Colón Reglamento del Centro de Idiomas. Capítulo I. De los objetivos y servicios del Centro de Idiomas... 1 ÍNDICE Capítulo I. De los objetivos y servicios del Centro de Idiomas... 1 Capítulo II. De las atribuciones del Centro de Idiomas... 1 Capítulo III. De las opciones de acreditación del idioma... 1 Del

Más detalles

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Reglamento General de Evaluaciones Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Evaluaciones -1 Reglamento General de Evaluaciones

Más detalles

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011

Reglamento General de Evaluaciones. Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Reglamento General de Evaluaciones Aprobado el 8 de septiembre de 2011 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Evaluaciones -1 Reglamento General de Evaluaciones

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

A cuerdo. Número Extraordinario 1276

A cuerdo. Número Extraordinario 1276 A cuerdo ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL INGRESO, TRAYECTORIA ESCOLAR, PERMANENCIA Y EGRESO EN LOS NIVELES MEDIO SUPERIOR Y SUPERIOR EN LAS MODALIDADES NO ESCOLARIZADA

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE ESTANCIAS Y ESTADÍA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE ESTANCIAS Y ESTADÍA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE TOLUCA, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 12 FRACCIONES XII Y XV DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL

Más detalles

El ámbito de difusión y aplicación del presente documento será el del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan.

El ámbito de difusión y aplicación del presente documento será el del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan. REGLAMENTO DE CURSOS DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan. El ámbito de difusión y aplicación

Más detalles

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ASISTENCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ASISTENCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ASISTENCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento tiene como finalidad regular las actividades de evaluación del rendimiento académico,

Más detalles

CAPÍTULO OCHO. Evaluación y Acreditación

CAPÍTULO OCHO. Evaluación y Acreditación REGLAMENTO INTERNO CAPÍTULO OCHO Evaluación y Acreditación Art 130. La evaluación del rendimiento académico de los estudiantes es un proceso sistemático, reflexivo, continuo, ético y científico de valoración

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA Aprobado por la Junta de Coordinación el 15 de agosto 2018 C O N T E N I D O Presentación... 3

Más detalles

Procedimiento para. la acreditación del requisito de comprensión de artículos técnico-científicos en el. idioma inglés

Procedimiento para. la acreditación del requisito de comprensión de artículos técnico-científicos en el. idioma inglés SEP SEIT Dirección General de Institutos Tecnológicos Procedimiento para la acreditación del requisito de comprensión de artículos técnico-científicos en el idioma inglés para la obtención del título profesional

Más detalles

Comisión de Estudios Legislativos del CGC

Comisión de Estudios Legislativos del CGC PROPUESTA DE AJUSTE La propuesta de ajuste que se pone a consideración de este Consejo fue dictaminada por la Comisión de Estudios Legislativos en reunión celebrada el 14 de junio de 2018. CONSIDERACIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE

REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. 2 CAPÍTULO II DE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN. 4 CAPÍTULO III DE LOS ASESORES. 8 CAPÍTULO

Más detalles

CRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia.

CRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia. CRITERIOS ACADÉMICOS I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios del nivel medio superior. Haber sido aceptado por la Comisión de Ingreso. Realizar

Más detalles

SECUNDARIA CICLO ESCOLAR DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN

SECUNDARIA CICLO ESCOLAR DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA (DOF 20 DE SEPTIEMBRE DE 2013) SECUNDARIA CICLO ESCOLAR 2013-2014

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-

Más detalles

EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS

EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS 1 de 14 EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR Nombre Puesto Responsable Revisó Revisó María Eulalia Castro Ramírez / Dra. Sandra Nava Muñoz Dra. Sandra Nava Muñoz Carolina Sandoval Infante Responsable de Procedimiento

Más detalles

Reglamento de Exámenes

Reglamento de Exámenes Reglamento de Exámenes CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTÍCULO 1o. La evaluación del proceso de enseñanza aprendizaje será periódica, servirá para obtener la mediación de la adquisición de conocimientos

Más detalles

CRITERIOS GENERALES PARA LA PLANEACIÓN, EL DESARROLLO Y LA EVALUACIÓN, EN LA IMPLANTACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES

CRITERIOS GENERALES PARA LA PLANEACIÓN, EL DESARROLLO Y LA EVALUACIÓN, EN LA IMPLANTACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES CRITERIOS GENERALES PARA LA PLANEACIÓN, EL DESARROLLO Y LA EVALUACIÓN, EN LA IMPLANTACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES ANTECEDENTES Con base en los lineamientos y criterios

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1. Los objetivos de la titulación son: I. Acreditar en su conjunto los conocimientos generales del alumno en el

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA SECCIÓN ESCOLAR. 2012 ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1o.- El ingreso, la permanencia y los exámenes en el Sistema Universidad

Más detalles

CURSOS DE VERANO PLAN 2010

CURSOS DE VERANO PLAN 2010 CURSOS DE VERANO PLAN 2010 Establecer el lineamiento para la operación de los cursos de verano aplicable a los planes de estudio de licenciatura 2009-2010, diseñados para la formación y desarrollo de competencias

Más detalles

NORMAS PARA LA OPERACIÓN DE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN PLANES DE ESTUDIO 2004

NORMAS PARA LA OPERACIÓN DE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN PLANES DE ESTUDIO 2004 INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA REGIÓN CARBONÍFERA, DR. ROGELIO MONTEMAYOR SEGUY. 2015, Año de la Lucha Contra el Cáncer NORMAS PARA LA OPERACIÓN DE LAS OPCIONES PLANES DE ESTUDIO 2004

Más detalles

REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA

REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA RESOLUCION 8415 DEL 29.09.2011 Versión: 9 de febrero 2012 REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE

Más detalles

REGLAMENTO OPERATIVO DEL PLAN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO OPERATIVO DEL PLAN DE ESTUDIOS REGLAMENTO OPERATIVO 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES....3 CAPÍTULO II PLANES DE ESTUDIO...4 CAPÍTULO III DE LAS INSCRIPCIONES..6 CAPÍTULO IV DE LAS MATERIAS OPTATIVAS....8 CAPÍTULO V DE LAS

Más detalles

Reglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios

Reglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios Reglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios Presentación Capítulo Primero. Disposiciones generales. Capítulo Segundo. De la Revalidación de Estudios. Capítulo

Más detalles

EXAMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS

EXAMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS 1 DE 14 María Eulalia Castro Ramírez / Carolina Sandoval Infante Dra. Sandra Edith Nava Muñoz Dra. Sandra Edith Nava Muñoz Responsable de Procedimiento de la Facultad de Ingeniería de la Facultad de Ingeniería

Más detalles

El Consejo Universitario en sesión del 10 de enero de 1964, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:

El Consejo Universitario en sesión del 10 de enero de 1964, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES El Consejo Universitario en sesión del 10 de enero de 1964, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El conocimiento de

Más detalles

LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL

LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL 2018 02 La Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional y la Universidad de la Policía de la

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE IDIOMAS DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE IDIOMAS DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE IDIOMAS DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE IDIOMAS DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC CAPITULO I DISPOSICIONES

Más detalles

EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS

EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR ASIGNATURAS 1 de 14 EXÁMENES PARA APROBAR O ACREDITAR Nombre Puesto Responsable Revisó Revisó María Eulalia Castro Ramírez / Dra. Sandra Nava Muñoz Dra. Sandra Nava Muñoz Carolina Sandoval Infante Responsable de Procedimiento

Más detalles

UNIVERSIDAD VERACRUZANA. Lineamientos para el Control Escolar

UNIVERSIDAD VERACRUZANA. Lineamientos para el Control Escolar UNIVERSIDAD VERACRUZANA Lineamientos para el Control Escolar Marzo 2008 ÍNDICE PÁG Disposiciones Generales 1 Ingreso 1 Permanencia 2 Áreas de Formación 3 Evaluación y Clasificación 4 Bajas 5 Traslados

Más detalles