PLAN DE AHORRO DE GASTOS CORRIENTES EN EL ÁMBITO DE LA ADMNISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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1 PLAN DE AHORRO DE GASTOS CORRIENTES EN EL ÁMBITO DE LA ADMNISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS En consonancia con lo dispuesto en el Preámbulo de la Ley del Principado de Asturias 12/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2011, en el Estado de Gastos del Capítulo fl (Gasto corriente) de la Dirección General de Justicia se hacen evidentes las medidas adoptadas por el Gobierno del Principado de Asturias para reforzar los principios de austeridad, eficacia y eficiencia en el gasto público. Así, a la vista del gasto realizado por la Dirección General en bienes y servicios durante el Ejercicio 2010 (5, /9 ), resulta absolutamente necesario que el gasto corriente se vea reducido en todas las dependencias administrativas y judiciales del Principado de Asturias, mediante la aplicación de algunos criterios" razonables de eficiencia, que no perturben el desarrollo normal de nuestra labor profesional ni menoscaben el fin último de servicio a la ciudadanía. A) Teléfono, Telefax y correo electrónico a) Teléfonos y telefax /. Comunicaciones 1. Teléfonos y Fax serán de exclusivo uso profesional. En caso de tratarse de llamadas particulares se podrá reclamar el consumo de las mismas. 2. Las llamadas que se hicieren - tanto desde los teléfonos como usando el Fax- a cualquier Órgano judicial, Fiscalía, u otro Servicio dentro del territorio ó a cualquier Oficina o Departamento del Principado de Asturias, se realizarán por la línea interna (números cortos). 3. Las llamadas de teléfono fuera de la provincia se realizarán únicamente cuando el Secretario Judicial, Fiscal o Responsable del Servicio lo estímase conveniente. Las llamadas internacionales serán excepcionales y con autorización de la Dirección Genera/ de Justicia o responsable del órgano a través del cual deba realizarse materialmente la misma. 4. Periódicamente se solicitará de la Dirección General de Informática listado de llamadas de cada Órgano judicial. Fiscalía, IMLAS, y demás órganos auxiliares, y se entregará al Secretario judicial o Responsable, para que tome las medidas oportunas en el uso racional del teléfono. 5. En comunicaciones internas con la Dirección General de Justicia así como con el resto de la Administración del Principado de Asturias, el envió de documentos a través del fax tiene validez a todos los efectos. b) Correo electrónico En la medida de lo posible, se sustituirá el telefax por las comunicaciones electrónicas. Se potenciarán al máximo las comunicaciones por correo electrónico. 1

2 c) Teléfonos móviles 1. Se utilizará para llamar, siempre que se pueda, el teléfono fijo. 2. Si se recibe una llamada desde un teléfono fijo corporativo al móvil y se tiene un teléfono fijo a mano, se rechazará la llamada y se llevará a cabo la comunicación de fijo a fijo. Las llamadas de móvil a móvil corporativo tienen coste. 3. En todo casó se recomienda el uso de marcación a cinco dígitos (es más cómoda y económica). 4. Se revisarán periódicamente los consumos de los teléfonos móviles corporativos, al objeto de llevara cabo un seguimiento individual del cumplimiento de estas Instrucciones y proceder, en caso de que se estime necesario, al establecimiento de unos límites de gasto mensual. B) Servicios postales y práctica efe actos efe notificación yejecución a) Servicios postales En lo relativo al envío de correspondencia, paquetería y transportes/ se aplicarán las siguientes medidas: 1. Con carácter general se utilizarán los servidos de Correos, Postal Exprés, etc., para el envió de correspondencia y paquetería fuera del territorio municipal, evitando la contratación de servicios externos de mensajería. El envío de paquetería hasta 2 (DOS) kilogramos se realizará, en todo caso, a través del servicio de Correos (Postal Exprés), salvo que no resulte posible por sus dimensiones. La contratación excepcional de servicios externos de mensajería implicará buscar la concurrencia de varias empresas de transporte, inefuido el urgente, a fin de buscar el mayor ahorro y eficiencia en el gasto de los servicios de trasporté de mercancías y documentos. 2. Se potenciará la utilización de los coches oficiales adscritos a la Dirección General de Justicia. 3. Los envíos postales se realizarán utilizando la línea económica que tiene Correos y Telégrafos. 4. En comunicaciones internas con la Dirección General de Justicia y con eí resto de la Administración del Principado de Asturias, el envió de documentos se llevará a cabo a través del fax o correo electrónico, con validez a todos los efectos, evitándose la duplicidad de la remisión del documento a través del fax y por correo ordinario, salvo aquellos documentos cuyos originales deban constar en los expedientes administrativos. b) Comunicación con la Dirección General de Justicia Las comunicaciones, de cualquier tipo, que se hagan a la Dirección General de Justicia, serán totalmente válidas y deberán efectuarse por medio de la correspondiente remisión vía FAX.

3 //. Utilización de vehículos 1. En caso de que sea necesario utilizar un medio de transporte por razón del servicio, debe limitarse a los casos estrictamente indispensables. 2. En todos los traslados del personal dentro del municipio deberá utilizarse el transporte público colectivo y sólo excepcíonalmente el coche oficial adscrito a la Dirección General de Justicia o el taxi. 3. Cuando el medio de traslado sea el coche, se utilizará en primer lugar el coche oficial si estuviere disponible, y en segundo lugar el taxi. 4. Cualquier excepción a lo establecido en el párrafo anterior deberá ser previa y expresamente autorizado por el Secretario Judicial ó Responsable del Servició. 5. Los gastos de viaje habrán de justificarse necesariamente con el billete y facturas origínales y debidamente detalladas (Causa o proeediriiferito, difécéión/ésa las que se ha ido, tiempo utilizado en el viaje, tiempo de espera. 6. En todo caso se evitarán largos tiempos de espera. Cuando la actuación a practicar se prevea que va a tener una duración prolongada, se devolverá el coche oficial o taxi, y acabada la diligencia se llamará a otro si es necesario. En este sentido señalar que han sido abonadas facturas de taxi con tiempos de espera superiores a las 5 horas. 1. Cuando se utilice el coche se procurará que vaya al completo con las personas que vayan a hacer un itinerario coincidente en algún punto próximo, poniéndose de acuerdo en la hora de recogida, evitando en cuanto sea posible que el vehículo sea utilizado por una sola persona. 8, Desplazamientos en Agrupaciones de Juzgados de Paz: Próximamente se remitirán por la Dirección General de Justicia las instrucciones oportunas sobre el Plan semestral de actuación. 9. Sistema de Videoconferencias: Se potenciará, siempre que sea posible y así sea acordado por el titular del correspondiente órgano jurisdiccional, el uso de los sistemas de videoconferencia en los órganos judiciales y Fiscalía en sus comunicaciones con otros Órganos judiciales o Centros Penitenciarios, tanto dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias como fuera del mismo, a fin de evitar desplazamientos innecesarios. 11, Gastos de energía eléctrica 1. Se procurará la desconexión de la luz, fotocopiadoras, aparatos de climatización en el intermedio de jornada y a su finalización, sin perjuicio de desconectar todos los equipos anteriormente señalados cuando no se estén utilizando, 2. Se retirarán todos los aparatos de climatización, refrigeración, musicales, etc., que sean particulares y no autorizados por la Dirección General de Justicia. 3. Tanto en invierno como en verano se procurará mantener en las distintas dependencias un nivel de temperatura razonable, no pudiendo superar los 212 en invierno ni bajar de los 262 en verano, conforme determina la normativa vigente. 3

4 4.- Se procurará no abrirá las ventanas con la calefacción ó el aire acondicionado encendidos, 5.- Se prohibe tapar las fuentes de calor o aire acondicionado con cualquier elemento que sea. IV. Publicaciones 1. Cubiertas: Se utilizarán y distribuirán únicamente cubiertas en blanco o color y sin impresión. 2. Libros: Las adquisiciones de libros de carácter técnico ó administrativo deberán estar plenamente justificadas, 3. Agendas: No se facilitarán Agendas corporativas. Podrán utilizarse las Agendas electrónicas de las que se dispone en el Correo electrónico Outlook del Principado de V. Adquisición de Material A) Adquisición de material inventariáble: Cualquier solicitud de sustitución de material inventariable deberá justificar plenamente su necesidad, así como que el material sustituido está totalmente amortizado y fijará un plazo previsto de amortización del mismo. B) Adquisición de material de oficina no inventariable; 1. Las peticiones de material deberán de responder a una necesaria planificación de necesidades anuales, definidas conforme a unos módulos objetivos de consumo de ese material teniendo en cuenta, entre otros extremos, el número de personas destinadas en cada uno de los centros y el grado de informatización de los mismos. 2. Las peticiones de material deberán ir, en todo caso, firmadas por e! Secretario Judicial o el correspondiente responsable del Servicio. VL Utilización defotocqpíqdpms El uso de las fotocopiadoras se ajustará a las siguientes normas: 1. Las fotocopias a realizar serán exclusivamente las relacionadas con el trabajo de cada oficina. En ningún caso se permitirán fotocopias de carácter particular. 2. Será necesario el uso de la clave de acceso para, el funcionamiento de aquellas máquinas fotocopiadoras que dispongan de este sistema. 3. Los responsables de cada una de las máquinas fotocopiadoras desconectarán las mismas para dejarlas totalmente inactivas una vez finalizada la correspondiente jornada de trabajo. 4. Cuando se detecte una utilización excesiva respecto a los valores medios habituales de la máquina, la Dirección General de Justicia, lo pondrá en conocimiento 4

5 del Órgano judicial o Servicio correspondiente para que adopte las medidas adecuadas o justifique en su caso, el grado de utilización. 5. Las fotocopias se realizarán a doble cara, siempre que sea posible. 6. Se prohibe la reproducción total o parcial de libros, tal como determina el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de propiedad Intelectual. 7. Se prohibe la utilización de las maquinas fotocopiadoras por personas distintas de los funcionarios destinados en el órgano judicial correspondiente - Procuradores, Abogados, Peritos...-, salvó que el Secretario Judicial lo estime conveniente en el caso concreto. VI Pago de Peritos en procedimientos penales, Documentación a remitir porel Órgano judicial. De conformidad con la regulación establecida por Resolución de 7 de junio de 2007, por la que se aprueba el Procedimiento de Colaboración con los órganos judiciales para la designación y pago con cargo a la Administración del Principado de Asturias de peritos en procedimientos penales (BOPA núm. 162, de 12 efe julio de 2007), a los efectos de reintegro de los gastos ocasionados a la Administración en caso de solvencia del penado el Secretario Judicial remitirá a la Dirección General de Justicia: 1. Testimonio de la resolución firme que ponga fin al procedimiento. Si ha recaído sentencia condenatoria, la Dirección General de Justicia remitirá al órgano jurisdiccional la factura correspondiente de los honorarios abonados al perito para su inclusión en las costas. 2. Realizada la tasación de costas, si el penado resultase solvente parcial o insolvente, el órgano jurisdiccional enviará a la Dirección General de Justicia testimonio del auto de declaración de insolvencia. 3. Si el penado resultase solvente, satisfecho el importe de las costas se procederá a expedir por el Secretario Judicial mandamiento de devolución a favor de la Administración del Principado de Asturias por el importe de ios honorarios del perito reconocido en la tasación de costas

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