Prefectura de Puerto de Montevideo

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1 PLAN DE CONTINGENCIA ANTE ESCAPES O ACCIDENTES CON MERCANCÍAS PELIGROSAS EN JURISDICCIÓN DE LA PREFECTURA DEL PUERTO DE MONTEVIDEO INDICE GENERAL CAPITULO 1: INTRODUCCION Propósito y objetivos del Plan Autoridad competente y ámbito de aplicación Interfase con otros planes Definiciones y abreviaturas CAPITULO 2: ORGANIZACION DEL PLAN. 2.1 Diagrama de la Organización Responsabilidades y funciones Autoridad Coordinadora Comandante en Escena Jefe de Operaciones Jefe de Grupo de Contención y Remoción Jefe de Apoyo Logístico y Mantenimiento Jefe de Seguridad de Áreas Críticas Grupo de Seguridad de Áreas Críticas Sección Técnica Consultiva Grupo de Contención y Remoción Jefe de Adiestramiento

2 CAPITULO 3: PREPARACION Y PLANIFICACION DE LA RESPUESTA. 3.1 Política de Respuesta ante Escapes o Accidentes con Mercancías Peligrosas Planificación de la Respuesta Niveles de Incidentes Sistema de Alerta Bases de Datos de Sustancias o Materiales Peligrosos Programa de Entrenamientos y Ejercicios CAPITULO 4: ACTIVACION Y EJECUCIÓN DEL PLAN 4.1 Evaluación de la Situación Ejecución Reporte de incidente. Evolución Preliminar de la Emergencia Introducción a la tabla de aislamiento inicial y distancias de acción protectora Factores a considerar en la decisión de acciones de protección Acciones de Protección Consideraciones para el uso de la tabla de aislamiento y distancia de acción protectora Notificación al Mando Naval y al Personal de Respuesta Constitución del personal Colección de Información Destino estimado de propagación de los gases y sus efectos residuales. 2

3 Identificación de los recursos necesarios para uso inmediato Decisión de modificar el nivel de Respuesta al escalón superior. 4.3 Planificación de Operaciones y Procedimientos Constitución del Grupo de Contención y Remoción Identificación de las Prioridades de Respuesta Inmediata Movilización de Respuesta Inmediata Preparación de la Declaración Inicial de Prensa Planificación de Operaciones en el Mediano Plazo Establecimiento de Puesto de Comando y Comunicaciones. 4.4 Equipamiento de Respuesta Personal Adicional Disponible Asesores y Consultores. 4.5 Control de Operaciones Establecimiento del Grupo de Expertos y Asesores Actualización de Información. 4.6 Obtención de Equipamiento, Suministros y Personal adicional. 4.7 Preparación de Información para Conferencia de Prensa. 3

4 4.8 Revisión de la Planificación. Información a Autoridades Locales y Gobierno Departamental. 4.9 Finalización de las Operaciones Decisión sobre Finalización de las Operaciones y Nivel Optimo de Limpieza de la Zona Afectada Recuperación, Limpieza, Mantenimiento y Reposición de Equipamiento Preparación del Reporte Final Revisión de Planes y procedimientos Criterios para la Utilización de Agentes Químicos en el Tratamiento de Residuos Disposición Final de las Mercancías Peligrosas Recogidas en la Operación Protección Personal y Seguridad Operativa. CAPITULO 5: ADMINISTRACION Y LOGISTICA. 5.1 Gastos emergentes de las operaciones Gastos. 5.2 Equipamiento de Apoyo, Suministro y Servicios. 5.3 De los Seguros. CAPITULO 6: SISTEMA DE CONTROL Y COMUNICACIONES. 6.1 Sistema de Comunicaciones. 6.2 Equipamiento de Comunicaciones en el Terreno Reportes, Manuales, Mapas, Cartas Náuticas y Libro de Registro de Incidentes. 4

5 ANEXOS ALFA Guía de recepción de Información del Incidente de escape de Mercancías Peligrosas. BRAVO Diagrama de Flujo de Respuesta. CHARLIE Formato de Mensaje Naval para Notificar un Incidente con Mercancías Peligrosas DELTA Guía para Registrar los Recursos Humanos Disponibles. ECHO Guía para Registrar los Equipos y Materiales Disponibles. FOXTROT Organización del Grupo de Respuesta. GOLF Rol de Respuesta para el incidentes con Mercancías Peligrosas. HOTEL Formato para el control de Recursos Humanos en el Área de Operaciones. INDIA Formato para el control de Equipos y Materiales en el Área de Operaciones. JULIET : Formato para la Confeccionar el Informe Final del Incidente con Mercancías Peligrosas. KILO Listado de Asesores, Consultores y Especialistas de Otros Organismos. LIMA Listado de Proveedores de Equipamiento y Materiales. 5

6 CAPITULO 1 INTRODUCCIÓN La actividad marítima, elemento clave para el desarrollo del país, ha introducido un factor de riesgo cada vez más creciente, fundamentalmente en el ámbito medioambiental. Tal es el caso del transporte de sustancias denominadas Mercaderías Peligrosas abarcadas en el Código Internacional de Mercaderías Peligrosas, parte integrante del Convenio SOLAS (Salvaguarda de la vida Humana en el Mar), y cuya administración o manejo requiere urgentemente de una visión integral, que considere los procesos productivos, almacenamientos y transporte, como base sustantiva de una acción preventiva ante hechos que se puedan generar con este tipo de sustancias Por otra parte, desde el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo técnico de las Naciones Unidas dedicado, entre otras cosas, a la protección del medio ambiente marino, han surgido Convenios Internacionales en materia de prevención y lucha contra la contaminación de las aguas, a los que nuestro país se ha adherido. Sus respectivos textos, imponen que los Estados ratificantes implementen planes para afrontar contingencias de derrames de hidrocarburos y otros contaminantes. En respuesta nuestro país ya legisló al respecto, concretando además los correspondientes acuerdos bilaterales

7 1.1. PROPÓSITO Y OBJETIVOS DEL PLAN. El plan ha sido concebido para ajustarse a las exigencias previstas en los Convenios Internacionales oportunamente publicados por la Organización Marítima Internacional, como así también al Plan Nacional de Contingencia Su propósito es definir un sistema de preparación y lucha contra la contaminación por sustancias nocivas y mercancías potencialmente peligrosas, de manera que exista una reacción rápida y eficaz. El plan exige además una coordinación de esfuerzos y medios por parte de los organismos públicos y empresas privadas, para enfrentar con éxito las emergencias originadas por derrames o escapes delos contaminantes Para el logro de estos objetivos se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Política y responsabilidades para la ejecución del plan.- Niveles de respuesta de acuerdo al tipo de emergencia.--- Coordinación con otros organismos y empresas privadas.--- Capacitación del personal y realización de ejercicios.--- Revisión y actualización del Plan

8 1.2. AUTORIDAD COMPETENTE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El Prefecto del Puerto de Montevideo, será responsable por la formulación, evaluación, aplicación y actualización del Plan de Contingencia ante Escapes o Accidentes con Mercancías Peligrosas en la jurisdicción de la Prefectura del Puerto de Montevideo. Este Plan será aplicable en hechos que involucren sustancias contaminantes, las que afecten a las personas o al medio ambiente y que requieran la respuesta coordinada de uno o más organismos públicos o privados dentro de la jurisdicción de la Prefectura del Puerto de Montevideo (PREMO) Considerando que no hay dos eventos de origen químico exactamente iguales, los más importantes son los que se originan: en plantas o depósitos durante el transporte por derrames y/o emanaciones químicas o físicas que contaminan el agua, los alimentos o el medio ambiente en general por el manejo inadecuado de desechos por incidentes Hay diferencias entre eventos que derivan de fuentes fácilmente identificables, fijas o móviles, como son las plantas o depósitos y medios de transporte, de aquellos que derivan de fuentes que no han sido identificadas, como por ejemplo un contaminante desconocido en el agua. Las posibles 8

9 combinaciones de fuentes y productos químicos conocidos y desconocidos, abren una amplia gama de situaciones de emergencia o desastre No es lo mismo controlar la contaminación de un río, que la rotura de un envase en un contenedor, o una intoxicación masiva en el recinto portuario, etc. Ello motiva que frente a estos eventos se requiera un sistema de respuesta altamente especializado Una vez superados los efectos directos de la situación de emergencia o desastre, las actividades de seguimiento, evaluación del impacto sobre las personas, sus bienes y medio ambiente, rehabilitación y/o reconstrucción, serán ejecutadas por los organismos, instituciones y servicios con competencia en el tema El Decreto del Poder Ejecutivo Nº 256/992 de 9 de Junio de 1992, establece que la Prefectura, como Policía de Seguridad de la Navegación, controlara el cumplimiento en lo relativo a las normas que se adopten tendientes a prohibir la contaminación de las aguas marítimas, fluviales y lacustres por hidrocarburos u otras sustancias peligrosas. Además de ello, la Ley Nº de fecha 25 de Abril de 1979 y la la Ley Nº de fecha 15 de Julio de 1988, que aprobaron el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78), establece asimismo que la Prefectura Nacional Naval es la Autoridad de Aplicación de este Convenio, 9

10 esta función la ejerce en todas las aguas navegables de la República que sirven al tránsito Así mismo también la Ley Nº de fecha 18 de Noviembre de1965, y su modificaciones efectuadas por la Ley Nº de fecha 01 de noviembre de 1991, establecen que la PNN, en su función de contralor de la Normas Internacionales estipuladas por la Organización Marítima Internacional, en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), dispondrá los servicios de vigilancia adecuados a las características de cada operación. Esto en complemento de la adhesión de la República al Convenio de salvaguarda de la vida humana en el mar (SOLAS 74/78), aprobado por la ley Nº y ley Nº de fechas 17 de octubre de 1968 y 17 de abril de 1979 respectivamente. En el cual, el Código (IMDG) forma parte del Capítulo VII del mismo La Ley Nº de fecha 25 de julio de 1994, aprueba el Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (OPRC'90), determinando que la Prefectura Nacional Naval es la Autoridad de Aplicación del referido Convenio Por otra parte, el mencionado Convenio, en su Artículo 6º compromete a cada Estado a establecer un sistema nacional para hacer frente con prontitud y eficacia sucesos de contaminación. Así mismo, en su punto 1.b) le exige a las partes la confección de un plan nacional de preparación y 10

11 lucha para contingencias que incluya las interrelaciones de los distintos órganos que lo integren, ya sean públicos o privados, y en el que se tengan en cuenta las directrices elaboradas por la Organización Marítima Internacional (OMI).-- En tanto, la Ley Nº de fecha 22 de Diciembre de 1994, crea el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes cometiéndose a la Prefectura Nacional Naval (PNN), el establecimiento de pautas de prevención, organización y procedimientos ante esos incidentes Los Decretos del Poder Ejecutivo números 100/991 de fecha 26 de Febrero de 1991, 183/94 Reglamento de Operaciones Portuarias y Capitanías de Puerto con fecha de 28 de Abril de 1994, 57/994 Servicios Portuarios de fecha de 8 de Agosto de 1994, reconocen las facultades de la PNN en materia de contaminación y mercadería peligrosa El Decreto del Poder Ejecutivo Nº 158/85 de fecha 6 de Septiembre de 1985, es quien establece el Reglamento de Operaciones y Transporte de Mercaderías Peligrosas. Y en su Art. 6º crea el Departamento de Control de Mercaderías Peligrosas perteneciente a la Prefectura Nacional Naval y dependiente de la Prefectura del Puerto de Montevideo quien tendrá como objetivo el análisis, procesamiento y asesoramiento en toda la información técnica referente a la operaciones y transporte con mercaderías peligrosas en el 11

12 Puerto de Montevideo y podrá a requerimiento asesorar sobre dicha materia a otros Puertos de la República INTERFASE CON OTROS PLANES El presente Plan, está estructurado en base al principio de respuesta escalonada. Por lo expuesto, será concurrente al Plan Nacional de Contingencia DEFINICIONES Y ABREVIATURAS INCIDENTE: Todo siniestro, suceso, acontecimiento o situación, de cualquier origen, que ocasione o amenace de modo inminente con producir una contaminación del medio ambiente por hidrocarburos o escapes de Mercancías Peligrosas, con inclusión, entre otros, de abordajes, varadas y demás sucesos en los que intervengan buques de cualquier tipo, explosiones resultantes de la producción y manipulación de petróleo, de averías de instalaciones, envases, contenedores o cualquier otra forma de almacenamiento o transporte de mercadería peligrosa ALERTA: es una señal que indica que podría producirse o se ha producido un evento que determina una acción conjunta y coordinada de recursos operativos y técnicos que resulten necesarios para actuar y controlar dicho evento, orientados por los principios de ayuda mutua y uso escalonado de recursos

13 SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE DERRAME DE CONTAMINANTES: Organismo que establece pautas de prevención, organización y procedimientos para administrar hechos de derrame de contaminantes provenientes de cualquier instalación terrestre, envases, buques, aeronaves y artefactos navales en el ámbito marítimo nacional. En caso de generarse eventos de esta naturaleza, ejecutará la puesta en práctica de medidas de neutralización, efectuando la limpieza de las aguas para su restablecimiento. A posteriori, también administrará tareas de reacondicionamiento del medio acuático y costero COMISIÓN PERMANENTE: Integrada por Delegados de todas las entidades nombradas en el literal h) del artículo 6º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 158/985 de Fecha 25 de Abril de La misma sesionará cuando surgieren dudas de casos particulares, como así también cuando existieren intereses de efectuar agregados o modificaciones a esa Reglamentación COMUNICACION DE ACAECIMIENTO O INCIDENTE: Mensaje remitido a la Prefectura Nacional Naval, por medio de los sistemas de comunicaciones de a bordo o desde tierra, informando sobre un incidente de contaminación, o sobre un acaecimiento náutico que pueda derivar en un incidente de contaminación DEPARTAMENTO DE CONTROL DE MERCADERIAS PELIGROSAS: Perteneciente a la Prefectura Nacional Naval y dependiente de la Prefectura del Puerto de Montevideo tendrá como objetivo el análisis, procesamiento y asesoramiento en toda la información 13

14 técnica referente a la Operaciones y transporte con mercaderías peligrosas en el Puerto de Montevideo y podrá a requerimiento asesorar sobre dicha materia a otros Puertos de la República DERRAME: A los efectos del presente Plan, significa cualquier descarga, escape, evacuación, fuga, bombeo, escurrimiento, emisión, vaciamiento o vuelco de hidrocarburos u otra sustancia contaminante, que represente o pueda representar una amenaza para la vida humana y/o el medio ambiente, y que exija medidas de emergencia u otra respuesta inmediata DESCARGA: Se entiende cualquier derrame procedente de un buque, aeronave, plataforma, instalación portuaria u otras construcciones, por cualquier causa y comprende todo tipo de escape, evacuación, rebose, fuga, achique, emisión o vaciamiento El término descarga no incluye: Ni las operaciones de vertimiento en el sentido que se da a este término en el Convenio (MARPOL 73-78) sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias adoptado en Londres el 13 de noviembre de Ni el derrame de sustancias perjudiciales directamente resultantes de la explotación, la explotación y el consiguiente tratamiento, en 14

15 instalaciones mar adentro, de los recursos minerales de los fondos marinos Ni el derrame de sustancias perjudiciales con objeto de efectuar trabajos lícitos de investigación científica acerca de la reducción o control de la contaminación DIRECCIÓN: La Dirección del Sistema estará a cargo del Prefecto del Puerto de Montevideo IMDG: Es el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) adoptado por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI) INCIDENTE DE CONTAMINACION: Es el hecho que causa un derrame o escape de cualquier volumen de sustancia peligrosa u otra sustancia contaminante, y requiere de acciones inmediatas a fin de eliminar o reducir sus efectos negativos sobre la salud o el bienestar público, y sobre los bienes materiales INCIDENTE DE CONTAMINACION MAYOR: Es aquel incidente de contaminación que exige el despliegue de grandes medios, en el que se debe emplear la capacidad total de un país para enfrentarlo. Si la magnitud del siniestro excede esa capacidad o si están en peligro los recursos de otro estado, será necesario recurrir a la acción conjunta a nivel bilateral, regional o internacional

16 INCIDENTE DE CONTAMINACION MEDIANO: Es aquel incidente de contaminación que se extiende en un área determinada superando la acción local, no siendo suficientes aquellos medios de que dispone la Prefectura del Puerto de Montevideo, siendo necesario el despliegue de otros medios de la Prefectura Nacional Naval o de más Organismos del Estado INCIDENTE DE CONTAMINACION LOCAL: Es aquel incidente de contaminación en un punto determinado, que la Prefectura del Puerto de Montevideo puede afrontar con éxito ZONA CRITICA: El área que abarca la zona de aislamiento y la Zona de Acción Protectora MERCANCÍA, MERCADERIA Y SUSTANCIAS PELIGROSA: Las sustancias, materias y objetos abarcados por el Código IMDG ORGANISMOS EXTERNOS DE APOYO: Cualquier organismo que pueda ser convocado al ejecutar el presente Plan de Contingencia, para prestar apoyo a la respuesta PLAN NACIONAL DE CONTINGENCIA: Estructura que posee un país ante la posibilidad o riesgo que se produzca un incidente mayor de contaminación del medio marítimo, fluvial, lacustre o terrestre. En él se definen políticas y responsabilidades institucionales, se establece una organización de respuesta, se provee información básica necesaria, se determinan las áreas críticas, se asignan recursos de personal y medios operativos y financieros, sugiriéndose además cursos de acción 16

17 y fijándose recomendaciones para que se pueda combatir con éxito la contaminación en la jurisdicción de la Prefectura Nacional Naval PLAN DE CONTINGENCIA: Instrumento que comprende la jurisdicción de una Circunscripción, permitiendo afrontar un incidente mediano que involucre mercaderías peligrosas, que afecte la vida humana, una zona costera, portuaria, marítima, fluvial o lacustre del país, cuando se excede la capacidad de respuesta de un plan local de contingencia PLAN LOCAL DE CONTINGENCIA: Es un plan práctico que cubre un área jurisdiccional de una Prefectura o Subprefectura, permitiendo afrontar un incidente menor de contaminación del medio acuático, costero, marítimo, fluvial, lacustre o portuario del país PREMO: Se refiere a la Prefectura del Puerto de Montevideo.-- PNN: Se refiere a la Prefectura Nacional Naval de la República Oriental de Uruguay SECCIÓN TÉCNICA CONSULTIVA: Sección a cargo de Químicos y Personal Técnico Especializado, perteneciente al Departamento de Control de Mercaderías Peligrosas de la Prefectura del Puerto de Montevideo ESCAPE DE SUSTANCIAS O MERCANCÍAS PELIGROSAS: Se entiende por tal a cualquier sustancia cuya introducción en el medio 17

18 ambiente, pueda ocasionar riesgos para la salud humana, dañar la flora, la fauna y los recursos vivos del medio, menoscabar sus alicientes recreativos o entorpecer los usos legítimos de las aguas, las costas y los puertos ZONA DE DESCONTAMINACION: Es aquella zona que por razones operativas, es elegida para la acumulación y recuperación de las Mercancías Peligrosas derramadas, previa autorización de las Autoridades competentes AREA SENSIBLE: Espacio geográfico (depósitos, costas, terminales), en donde se puedan producir con mayor probabilidad un incidente con mercancías peligrosas o en donde el mismo ocasionare para el medio ambiente o la vida humana mas perjuicios de los que habitualmente provocados debido a los factores que se encuentran en dicha zona

19 CAPITULO 2 ORGANIZACION DEL PLAN A los efectos de poder cumplir con el propósito y objetivos del presente Plan, existirá una Autoridad Coordinadora, que actuará en jurisdicción de PREMO. Los integrantes de los respectivos equipos, serán convocados de acuerdo a las circunstancias y magnitud del incidente de contaminación. A solicitud de otras Unidades de la Armada Nacional, Organismos Públicos o Privados, la PNN podrá actuar o requerimiento Se establecen tres etapas de respuesta: Primera Etapa: Prevención, comprende el período de normalidad, durante el cual se desarrollan acciones de prevención, mitigación y preparación de los medios para enfrentar las emergencias. Tiene por objetivo evitar o disminuir el número de emergencias y/o mitigar el daño provocado por ellas Segunda Etapa: Respuesta, destinada a salvar vidas, reducir el impacto en la comunidad y el ambiente y a disminuir las pérdidas materiales. Comprende el período desde el inicio de la emergencia, hasta el término de las acciones de atención directa del evento Tercera Etapa: Recuperación, comprende el período devuelta a la normalidad, una vez superada la emergencia. Las acciones a 19

20 efectuar en esta etapa, tienen por objetivo la rehabilitación de las condiciones de vida de la comunidad afectada y la reparación del medio ambiente o de uno o más de sus componentes, logrando una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño causado o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas DIAGRAMA DE LA ORGANIZACIÓN La organización es la dispuesta en el Anexo Hotel, y cuenta con los siguientes cargos: Autoridad Coordinadora Comandante en Escena Jefe de Operaciones Jefe de Grupo de Contención y Remoción Jefe de Apoyo Logístico y Mantenimiento Jefe de Seguridad de Áreas Criticas Grupo de Seguridad de Áreas Criticas Grupo de Contención y Remoción Jefe de Adiestramiento Sección Técnica Consultiva RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES Autoridad Coordinadora

21 Jefe responsable de coordinar y dirigir, las operaciones de control, limpieza y otras actividades colaterales derivadas de un incidente de contaminación con Mercancías Peligrosas Establecerá el nivel del incidente a fin de activar el Plan de Contingencia, la Autoridad Coordinadora podrá actuar en la Jurisdicción de PREMO. Su ubicación física será la Prefectura del Puerto de Montevideo Convocará, según lo crea conveniente, total o parcialmente a los integrantes del Sistema por él designados, acorde a la magnitud y gravedad del incidente contaminante Eventualmente de considerarlo pertinente, podrá convocar a cualquier organismo publico o privado aunque no esté contemplado en el presente Plan Convocará al Personal Técnico de la Dirección de Protección del Medio Ambiente de la PNN (DIRMA), o a través de la misma a los expertos de otros organismos, organizaciones, etc. que considere necesarios para la operación Estará a cargo y ordenará las tareas a los organismos que tomen parte en las operaciones Determinará las prioridades de respuesta, y ordenará la implementación de los procedimientos operativos adecuados para el control del incidente, en consulta con los componentes del Sistema Nacional de Emergencias y con la Dirección de Protección del Medio Ambiente de la PNN (DIRMA) y en especial con el Director del Sistema Nacional de Control de Derrames de Contaminantes

22 Juzgará la conveniencia de solicitar ayuda adicional a otros organismos nacionales y/o internacionales cuando ello sea pertinente Dispondrá la comunicación inmediata a la Autoridad Internacional y Nacional que corresponda, a través de la vía del mando Decidirá la finalización de las operaciones cuando lo juzgue conveniente Comandante en Escena Representa y asesora a la Autoridad Coordinadora sobre las operaciones de control y limpieza de los incidentes con mercancías Peligrosas Impartirán las órdenes al Jefe de Operaciones para desarrollar una respuesta adecuada, de acuerdo al tipo del incidente. En primera instancia establecerá el nivel del incidente y la Alerta, tomando las primeras medidas hasta que la Autoridad Coordinadora se constituya Preverá vías de evacuación y coordinara con autoridades sanitarias acciones a tomar para asegurar la asistencia de personas afectados Responsable del monitoreo y registro de las actividades que se llevan a cabo, así como de realizar las acciones administrativas correspondientes y elevación de informe final a la autoridad coordinadora

23 Jefe Operaciones Designado para un área de jurisdicción determinada o para una operación específica, que tendrá bajo sus órdenes y responsabilidad al personal y a los medios que se le asignen. Según las circunstancias, la Autoridad Coordinadora podrá designar más de un Jefe de Operaciones, delimitando sus respectivas áreas de acción En caso de un incidente menor o mediano, el Jefe de Operaciones actuará como Comandante en Escena, si así lo dispusiera la Autoridad Coordinadora. Dependerá del Comandante en Escena en los distintos niveles de respuesta Fiscalizará la distribución y el funcionamiento de los equipos estableciendo los sistemas de comunicaciones adecuados para cumplir con la misión Impartirá directivas al personal a su cargo para que las comunicaciones de emergencia marítima o incidente de contaminación, recibidas a través del personal de guardia o radio-operadores de turno, sean adecuadamente canalizadas y retransmitidas Jefe de Grupo de Contención y Remoción: Coordinará las tareas con el Jefe de Operaciones, quien será su superior directo Mantendrá enlace permanente con este, para lo cual establecerá los sistemas de comunicaciones más apropiados.---- Dirigirá personalmente las tareas de contención, recuperación y disposición de los escapes de Mercancías Peligrosas, así como las de limpieza y restauración de medios y los vienes 23

24 afectados las costas, para lo cual aplicará las directivas impartidas por el Jefe de Operaciones Mantendrá una supervisión constante del área de operaciones puesta bajo su responsabilidad Determinará el alcance de las tareas del Grupo de Contención y Remoción fijando las pautas de trabajo de la dotación. Planteará los requerimientos al Jefe de Operaciones con la máxima antelación que las circunstancias le permitan Jefe de Apoyo Logístico y Mantenimiento Oficial responsable de la administración y logística de las operaciones, y de llevar la contabilidad de los gastos que demanden las tareas de control del incidente Dispondrá de una directiva que especifique los fondos disponibles para gastos, los renglones posibles de inversión, el sistema contable a utilizar y su correspondiente rendición Asesorará a la Autoridad Coordinadora y lo mantendrá informado permanentemente de la marcha de su gestión, solicitándole la autorización para las inversiones y gastos necesarios, con la máxima antelación que las circunstancias lo permitan Jefe de Seguridad de Áreas Criticas Oficial responsable de asignar la seguridad en las diferentes zonas, establecer el perímetro y restringir el acceso a las Areas Criticas. Establecer zonas de control como zona de aislamiento, zona de descontaminación, zona de acciones protectoras. Las mismas zonas y acciones se regirám por la 24

25 Guía de Respuestas a Emergencias, y/o disposiciones de la Autoridad Coordinadora Grupo de Seguridad de Áreas Criticas: Personal encargado de establecer los o el perímetro de seguridad, dependen directamente del Jefe de Seguridad de Areas Criticas Sección Técnica Consultiva Es el personal titulado en química perteneciente a la División II de PREMO. La Autoridad Coordinadora, en función del tipo de incidente de contaminación, del área y bienes afectados, y de las características de la zona, seleccionará y convocará a integrantes de la institución según lo estime necesario para integrar la misma. Como ser Personal Técnico de la Dirección de Protección del Medio Ambiente (DIRMA), o toda persona que pueda actuar como asesor en caso de un incidente de contaminación en la zona, incluyendo a cualquier integrante de la Prefectura especialmente capacitado en algún tema específico, y a los científicos, técnicos y especialistas independientes o pertenecientes a organizaciones públicas o privadas, relacionadas con el tema A continuación y sin que la lista sea exhaustiva, se indicarán algunas de las áreas a tener en cuenta para seleccionar a los citados posibles integrantes: Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud Pública, Administración Nacional de Puertos, Ministerio de Industria Energía y minería, 25

26 Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, Dirección Nacional de Aduanas, Intendencia Municipal de Montevideo, Ministerio del Interior, Universidad de la República, etc.---- Su función será asesorar al Autoridad Coordinadora en todo lo referente a la fijación de prioridades de acción, elección de los procedimientos de control del derrame, determinación de áreas críticas a proteger, etc. Aportando cada uno de sus integrantes los conocimientos propios de su área de capacitación, a los efectos de lograr la mejor y más efectiva toma de decisiones para afrontar el incidente Grupo de Contención y Remoción Es un equipo formado por personal capacitado para llevar a cabo las operaciones relacionadas con el combate, el control y la limpieza de un incidente con Mercancías Peligrosas. Será un equipo de movilización rápida, altamente entrenado y con funciones claramente definidas. Dependerán directamente del Jefe de Grupo de Contención y Remoción Jefe de Adiestramiento Tendrá a su cargo del adiestramiento de aquel personal que cumple roles en el presente plan de contingencia. Además de mantener enlaces con autoridades y/u organizaciones que puedan colaborar o brindar conocimientos que colaboren con el cumplimiento del presente del plan. Como ser actualizarse sobre nuevos equipos o formas de combate ante sustancias contaminantes

27 CAPITULO 3 PREPARACION Y PLANIFICACION DE LA RESPUESTA 3.1. POLÍTICA DE RESPUESTA ANTE ESCAPES O ACCIDENTES CON MERCANCÍAS PELIGROSAS Tomando en cuenta lo establecido en la reglamentación nacional referente a la ejecución de medidas para combatir la contaminación en el mar y efectuar la limpieza de las aguas de jurisdicción nacional y la interpretación jurídica resultante de la misma, con el objeto de unificar los criterios pertinentes a continuación se detalla la política nacional para afrontar este tipo de contingencias: Las operaciones de control de derrames o escapes de mercancías peligrosas serán de cargo de la empresa responsable del incidente, por lo que cuando se produzca una situación que implique la posibilidad o materialización de un incidente contaminante, la PREMO le aplicará las sanciones correspondientes y le transferirá los costos emergentes de la contención y remoción realizada En caso que el causante de la contaminación, por sí o por terceros contratados, efectúe la limpieza deberá ser autorizado y supervisado por PREMO. Si ésta no se efectuara correctamente o quien la hiciera demostrara manifiesta ineptitud para ello, la Prefectura asumirá la conducción y/o ejecución de las tareas

28 Cuando los trabajos de limpieza los asumiera la PREMO, recurriendo a equipamiento perteneciente a una empresa con la que hubiere suscripto un convenio, notificará al responsable del derrame esta circunstancia, lo que facilitará la gestión de cobro de los gastos, ya sea que la empresa propietaria de los equipos cobre el alquiler de los mismos por separado (en tal caso la Prefectura certificará la corrección del gasto) o bien la Prefectura efectúe la gestión de cobro, necesitando que se emitan dos órdenes de pago por separado Cuando se detecte un derrame de origen desconocido o no se pudiere identificar al responsable, la PREMO se hará cargo de las operaciones de control del derrame. De producirse posteriormente la identificación del responsable, la PREMO repetirá ante él responsable los efectos de los gastos emanados de las operaciones de control del derrame ocasionado PLANIFICACION DE LA RESPUESTA. Para un adecuado cumplimiento del OBJETIVO impuesto, las tareas a desarrollar por cada uno de los integrantes de la ORGANIZACION deben tender a alcanzar el más alto grado de eficiencia y coordinación de esfuerzos Para ello, la planificación contempla niveles de respuesta, los que se detallan a continuación: El objetivo principal establecer una organización capaz de ordenar y dirigir eficazmente las actividades de respuesta 28

29 encaminadas a paliar satisfactoriamente las consecuencias del suceso. La estructura de la organización y las funciones que han de cumplirse deberían modificarse según los casos para hacer frente a las exigencias de cada situación particular Niveles de Incidentes Los eventos de origen químico que pueden afectar tanto a la vida humana o al medio ambiente, se clasifican en cuatro niveles, según las capacidades de respuesta: NIVEL 1 INCIDENTE DE CONTAMINACION MAYOR: Es el incidente con Mercancías Peligrosas que exige el despliegue de grandes medios, en el que se debe emplear la capacidad total de un país para enfrentarlo. Si la magnitud del siniestro excede esa capacidad o si están en peligro los recursos de otro estado, será necesario recurrir a la acción conjunta a nivel bilateral, regional o internacional NIVEL 2 INCIDENTE DE CONTAMINACION MEDIANO: Situación o evento que sobrepasa la capacidad o planificación de respuesta de la PNN. En este caso se deberá establecer una coordinación con la comunidad portuaria, como así también con organismos especializados de las Instituciones Publicas o Privadas, que tienen directa ingerencia en el ámbito jurisdiccional de la 29

30 PREMO. Situación o evento que requiere dar aviso al Sistema Nacional de Emergencia NIVEL 3 INCIDENTE DE CONTAMINACION LOCAL: Situación o evento que es atendido con recursos propios de PREMO o con recursos adicionales o reforzados, dispuestos para emergencias, que no llegan a exceder la capacidad predeterminada de la PNN, de acuerdo a una planificación de coordinación con DIRMA o con el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes, habitualmente disponibles para enfrentar eventos destructivos provocados por sustancias o materiales peligrosos Esta etapa constituye el punto de partida en la ejecución del Plan, iniciándose cuando en la Unidad se toma conocimiento de un acaecimiento, que podría ocasionar un derrame o a causa del cual se ha producido un incidente contaminante Algunos de los integrantes de la comunidad local, familiarizados con la actividad náuticas o portuaria pueden conocer el tema; otros pueden ser observadores que, aunque no puedan evaluar el hecho del cual son testigos se hallan en capacidad de transmitir la información visualizada para que el personal capacitado pueda juzgar el alcance del hecho A efectos que la Autoridad Coordinadora cuenten con información ordenada que permita evaluar el hecho con cierta precisión, hasta efectuar el reconocimiento oportuno, los informes sobre incidentes o escapes de Mercancías peligrosas serán recibidos por personal de guardia que atiende las 30

31 llamadas telefónicas o radio operadores a cargo de las frecuencias asignadas al Servicio Móvil Marítimo ; utilizando como formato el Anexo ALFA La información recibida será encaminada por el personal de comunicaciones o de guardia, con carácter de URGENTE y transmitida al Oficial Comandante de Guardia (OCG) de PREMO, quien después de analizar la situación, pondrá en vigencia la etapa del presente Plan que corresponda, produciendo el Mensaje Naval en cada caso Para la evaluación a que se hace mención en el párrafo anterior se seguirán los lineamientos que a modo de ejemplo se detallan a continuación: Verificar la información recibida Si existen zonas sensibles que pueden ser afectadas por el contaminante Si existe la posibilidad de minimizar los efectos de lo derramado Si las condiciones hidrometeorológicas permiten realizar lo anteriormente expuesto Sabiendo las características del contaminante derramado, qué consecuencias sobre el ecosistema se pueden prever.-- En el caso de un siniestro, en el que se vea comprometida la posibilidad de un incidente con mercancía peligrosas, qué procedimientos precautorios se tomarán para minimizar las consecuencias en el caso de producirse dicho evento.- El concepto de Emergencia se asocia a eventos destructivos de los Niveles 3 y 2; y el de Desastre, al Nivel

32 Sistema de Alerta Validado un anuncio o aviso de ocurrencia o probable ocurrencia de un derrame o escape de mercancía peligrosa, se movilizarán inmediatamente los recursos de la Prefectura del Puerto de Montevideo. Esto implicará mantener a la Orden los recursos adicionales, por si fuese necesario activarlos en caso de crecer el evento en extensión y severidad Una Alerta es una señal que indica posibles eventos que podrían producirse, o se han producido que determina una acción conjunta y coordinada de recursos operativos y técnicos necesarios para actuar y controlar ese evento, orientados por el principio escalonado de recursos El Sistema de Alerta se activa sólo una vez validado un Aviso sobre la ocurrencia o probable ocurrencia de un evento. Este aviso puede originarse de la propia PNN o de la comunidad, siendo PREMO la Unidad que deberá verificar automáticamente la validez de esa información para establecer las respectivas coordinaciones que indica este Plan a través del O/C/G Se distinguen dos grados de alerta: Alerta AMARILLA y Alerta ROJA ALERTA AMARILLA: se establece cuando un evento decrece en extensión y severidad, permitiendo suponer que podrá ser controlado con los recursos locales normales o habituales dispuestos para estos efectos no representará, un amenaza para la vida, la salud, los 32

33 bienes y/o el medio ambiente. Permaneciendo el mismo Nivel de incidente, tendiendo a bajar el mismo ALERTA ROJA: se establece cuando el evento crece en extensión y severidad y por tanto, amenaza la vida, la salud, los bienes y/o el medio ambiente, requiriendo de una movilización total de los recursos necesarios y disponibles para actuar y mantener el control de la situación, lo que se supone que superará el Nivel actual del incidente. Excepto en el caso de los incidentes de Nivel Según sea la situación, la Alerta Roja se puede establecer de inmediato, sin que medie previamente una Alerta Amarilla, con la amplitud y cobertura necesaria. En cualquiera de estas situaciones mencionadas, en la Jurisdicción de PREMO se deberá dar parte a: Ministerio del Interior Ministerio de Salud Pública Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Ministerio de Industria, Energía y Minería Administración Nacional de Puertos Dirección Nacional de Aduanas Intendencia Municipal de Montevideo Prefecto Nacional Naval

34 Y a cualquier otro Organismo que por su especialización sirva al Plan o por verse afectado en su área de ingerencia Bases de Datos de Sustancias o Materiales Peligrosos--- Al ocurrir un evento, entre las acciones de respuesta, resulta clave determinar la naturaleza de los productos químicos involucrados, como igualmente sus potenciales mezclas y su dispersión hacia el ambiente. Se debe prestar atención no sólo a los productos originales, sino también a los posibles productos que resulten de reacciones durante la emergencia y/o durante el proceso de dispersión en el medio ambiente. Tanto las emisiones, como la concentración ambiental resultantes de los productos químicos liberados, dependerán no sólo de los procesos y operaciones presentes, sino también de los volúmenes emanados o absorbidos, del comportamiento definitivo del evento, de las condiciones climáticas locales y vientos dominantes, entre otros factores La disposición y oportuna consulta a bases de datos sobre sustancias peligrosas, constituye un referente para una evaluación inicial del posible impacto de una emergencia de origen químico, orientando a quienes responden inicialmente en un evento, a identificar el producto, su protección personal y directrices sobre distancias de evacuación ante la presencia de sustancias que se proyectan hacia el aire libre o que ya están acumuladas en él Cuando se produzca un acaecimiento en el que exista riesgo inminente o probabilidad de descarga o escapes con descarga 34

35 efectiva de mercancías peligrosas, de origen conocido o desconocido, y que el hecho afecte a la jurisdicción de PREMO, se activará el presente Plan PROGRAMA DE ENTRENAMIENTOS Y EJERCICIOS. Los componentes del Plan, en sus distintos niveles, realizarán ejercicios periódicos y regulares con el objeto de familiarizarse con los procedimientos operativos de respuesta a la emergencia El Plan de entrenamiento podrá realizarse en coordinación y/o en conjunto con organismos públicos y/o privados, así como también con instituciones u organismos extranjeros

36 CAPITULO 4 ACTIVACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN EVALUACIÓN DE LA SITUACION Cuando exista un incidente con Mercancías Peligrosas en jurisdicción de PREMO, que por su magnitud o posibles connotaciones se activará el presente Plan. Así mismo cuando se detecte contaminación en el medio ambiente se desconozca el origen de la misma El O/C/G podrá solicitar a la Autoridad Coordinadora el personal técnico necesario para realizar la evaluación de la situación, y si lo considera conveniente, la puesta en vigencia del Plan de Respuesta. Esta evaluación del personal técnico requerido consistirá en lo siguiente: a) Análisis inicial sobre las posibles incidencias y características de la contingencia, acorde a la información recibida b) Medidas primarias adoptadas c) Datos relacionados con las características del incidente, por ejemplo roturas de tuberías, colisión, varaduras, características del o de los buques involucrados, trasvase de tanques, rotura de envases de mercaderías peligrosas dentro de un contenedor, etc d) Datos relacionados con el contaminante derramado (cantidad y características principales del producto)

37 e) Cantidad y posicionamiento de equipos y medios locales afectados f) Medios humanos afectados a las operaciones g) Organismos locales que se encuentran brindando apoyo h) Motivos por los cuales la capacidad de respuesta local se ha visto superada i) Evaluación sobre las posibles incidencias que pudiese tener el hecho contaminante j) Determinación de las prioridades de protección de áreas sensibles k)puntos de la costa, zona portuaria donde podría impactar el escape de la mercadería peligrosa y tiempos estimados para los probables impactos l) Tipo de asistencia necesaria EJECUCION Reporte de Incidente, Evaluación Preliminar de la Emergencia Para la evaluación de la magnitud del incidente, se recabará la información prevista en el Anexo "ALFA" El Plan de Acción a seguir está definido en el Anexo "BRAVO" Introducción a la Tabla de Aislamiento Inicial y Distancias de Acción Protectora La tabla de aislamiento inicial y distancias de acción protectora que figura en la Guía de Respuesta en Caso de 37

38 Emergencia (GRE) sugiere las distancias adecuadas para proteger a la población, en las zonas donde se produce un incidente que involucra sustancias peligrosas, consideradas venenosos, tóxicos al inhalarse, incluyendo ciertos agentes químicos (utilizados en guerras), o que producen gases tóxicos cuando entran en contacto con el agua. La tabla proporciona lineamientos iniciales para quienes responden primero a la emergencia, hasta que el Grupo de Contención y Remoción arribe. Las distancias muestran áreas que probablemente se verían afectadas durante los primeros 30 minutos después de que las sustancias son derramadas y que podrían verse aumentadas con el transcurso del tiempo La Zona de Aislamiento Inicial define un área ALREDEDOR del incidente en la cual la población puede estar expuesta a concentraciones tóxicas que ponen en peligro sus vidas La Zona de Acción Protectora define un área del incidente A FAVOR DEL VIENTO en la cual la población dentro de la misma puede sufrir graves e irreversibles efectos en la salud. La tabla proporciona los lineamientos para derrames grandes (mas de 200 lts.) o pequeños que pudieran ocurrir de día o de noche Ajustar las distancias para un incidente específico comprende muchas variables interdependientes y deberá llevarse a cabo solamente por personal técnicamente calificado para hacer dichos ajustes Por esta razón, no se puede proporcionar ningún lineamiento preciso en este documento para ayudar en el ajuste de la tabla 38

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