Diputación de Castellón

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1 1 NUM. 4 - SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN, CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DÍA VEINTE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE. PRESIDENTE D. Javier Moliner Gargallo DIPUTADOS D. Miguel Barrachina Ros D. Andrés Martínez Castellá Dª Esther Pallardo Pardo D. Héctor Folgado Miravet D. Mario Ángel García Bascones D. Francisco Juan Mars Dª Susana Marqués Escoín D. Luís Martínez Fuentes D. Vicent Sales Mateu SECRETARIO Manuel Pesudo Esteve INTERVENTORA Mª Isabel Gil de Grado INTERVENTOR ADJUNTO D. Manuel Pons Rebollo En la ciudad de Castellón de la Plana, a veinte de enero del año dos mil quince, siendo las doce horas, previo reparto de la convocatoria y orden del día con la debida antelación, se reúnen en el Salón de Comisiones de la Excma. Diputación Provincial los señores expresados al margen, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial de Castellón, conforme al siguiente ORDEN DEL DÍA 1. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, número 2 correspondiente a la celebrada el día 13 de enero de PRESIDENCIA Y PROMOCION ECONOMICA 2. Aprobación de las Bases del concurso relativo a la asignación, a favor de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas de la provincia de Castellón, de la prestación del servicio de transporte colectivo de viajeros, correspondiente a la campaña provincial de viajes socioculturales de las personas mayores, referente al ejercicio económico Aprobación de las bases del concurso relativo a la asignación, a favor de entidades sectoriales de ámbito supramunicipal de la provincia de Castellón, vinculadas al ámbito de la acción social, y distintas de las asociaciones de jubilados y pensionistas, de la prestación del servicio de transporte colectivo de viajeros, con destino al desarrollo de actividades de carácter sociocultural, correspondiente al ejercicio económico Aprobación de las bases de la convocatoria de subvenciones económicas a otorgar, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, correspondiente al ejercicio económico 2015, destinadas a la atención del coste derivado de la contratación laboral de diplomados universitarios o graduados en Trabajo Social, adscritos a Equipos de

2 2 Servicios Sociales de Base, de mancomunidades, consorcios o agrupaciones de municipios de la provincia de Castellón. 5. Resolución de la convocatoria de subvenciones económicas dirigidas al mantenimiento y/o al equipamiento, durante 2015, por los ayuntamientos beneficiarios, de unidades municipales de Respiro Familiar destinadas a la estancia temporal diurna de personas mayores. 6. Aprobación de las bases de la convocatoria de subvenciones, a otorgar, en régimen de concurrencia competitiva a entidades sectoriales de servicios sociales, titulares de servicios de transporte adaptado de viajeros, de ámbito supramunicipal, prestados, con el objeto de posibilitar su inserción social, a favor de personas con discapacidad usuarias de centros especializados, correspondiente al ejercicio económico Aprobación del proyecto de convenio de colaboración, a suscribir con la Federación de Asociaciones de Pensionistas y Jubilados U.D.P., de Castellón y provincia, relativo a la colaboración provincial en los gastos de mantenimiento de la entidad federativa, correspondientes al ejercicio económico HACIENDA, CONTRATACION Y ESPECIAL DE CUENTAS 8. Rectificación disposiciones Plan Wi-Fi 135 INFRAESTRUCTURAS 9. Aprobación del Plan de Seguridad y Salud de las obras de «Refuerzo del firme y adecuación de la señalización al trafico compartido en la ctra. CV-147 Accés al Desert de Les Palmes» DESPACHO EXTRAORDINARIO.- RUEGOS Y PREGUNTAS LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR, NÚMERO 2, CORRESPONDIENTE A LA CELEBRADA EL DÍA 13 DE ENERO. Conocida el acta de la sesión anterior, número 2, correspondiente a la celebrada el día 13 de enero de 2015, por haber recibido los señores miembros de la Junta de Gobierno copia literal de la misma, se aprueba por unanimidad. PRESIDENCIA Y PROMOCION ECONOMICA 2. APROBACIÓN DE LAS BASES DEL CONCURSO RELATIVO A LA ASIGNACIÓN, A FAVOR DE LAS ASOCIACIONES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN, DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS, CORRESPONDIENTE A LA CAMPAÑA PROVINCIAL DE VIAJES SOCIOCULTURALES DE LAS PERSONAS MAYORES, REFERENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO Habiendo sido programada la Campaña Provincial de Viajes Socioculturales de las Personas Mayores correspondiente al ejercicio económico 2015, con el objeto de llevar a cabo la asignación a favor de un número máximo de ciento veinte Asociaciones de Jubilados y

3 3 Pensionistas, de la prestación del servicio de transporte colectivo de viajeros para la realización de los viajes socioculturales programados por su parte, se ha procedido por los servicios técnicos provinciales adscritos al área de Acción Social, a la elaboración de un proyecto de Bases de Concurso, dirigido a la determinación de las características de la Campaña, del procedimiento administrativo a articular y de la determinación de los criterios y baremos a seguir para la asignación del servicio, que, con referencia al presente ejercicio económico, se proponen los siguientes: 1. Programación previa: Valoración de la solicitud en función del ejercicio económico en que llevó a cabo el último viaje sociocultural cuyo servicio de transporte colectivo fue facilitado por la Excma. Diputación Provincial de Castellón. 2. Trayecto: Valoración de la solicitud que comporte un desplazamiento total (incluyendo acceso al destino y retorno a la localidad o paraje igual o inferior a 300 kilómetros). 3. Destino provincial: Valoración de la solicitud de viaje sociocultural que proponga el desplazamiento, como punto de destino, hasta una localidad o paraje de la provincia de Castellón. 4. Programación conjunta: Valoración opcional de aquella solicitud, formulada conjuntamente por dos o más Asociaciones de distintas localidades, colindantes o próximas, que en razón de la población total de sus municipios se encuentren constituidas por un menor número de asociados, de forma que garantice, mediante la programación conjunta del viaje sociocultural, un mínimo de cincuenta participantes en el mismo. 5. Fecha de la solicitud: Priorización, ante la igualdad en la puntuación obtenida en función de los anteriores criterios, en cuanto a programación del viaje sociocultural y a la elección de la fecha de su realización, a aquellas solicitudes formalizadas en fecha anterior ante el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Castellón o ante cualquiera de la Oficinas de Asistencia a Municipios (OFISAM) habilitadas en la provincia La propuesta de Bases del Concurso prevé la apertura de un plazo establecido en treinta días naturales, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y la resolución del concurso mediante acuerdo de la Junta de Gobierno previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica. En base a lo anteriormente referido, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: La aprobación de las Bases del Concurso relativo a la asignación, a favor de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas de la provincia de Castellón, de la prestación del Servicio de Transporte Colectivo de Viajeros, correspondiente a la Campaña Provincial de Viajes Socioculturales de las Personas Mayores, correspondiente al ejercicio económico 2015, disponiéndose su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento y efectos. 3. APROBACIÓN DE LAS BASES DEL CONCURSO RELATIVO A LA ASIGNACIÓN, A FAVOR DE ENTIDADES SECTORIALES DE ÁMBITO SUPRAMUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN, VINCULADAS AL ÁMBITO DE LA ACCIÓN SOCIAL, Y DISTINTAS DE LAS ASOCIACIONES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS, DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS, CON DESTINO AL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER SOCIOCULTURAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO 2015.

4 4 Constituye el objeto del concurso, llevar a cabo la selección de las entidades sectoriales de ámbito supramunicipal, con domicilio social en la provincia de Castellón, vinculadas en cuanto a su régimen estatutario al ámbito de la acción social, y distintas de las entidades asociativas de jubilados y pensionistas, a las que, previa su concurrencia, les podrá será asignado con carácter gratuito, un servicio de transporte colectivo de viajeros, prestado mediante la utilización de un autobús de 55 plazas (variable en función del número de pasajeros que precisen de la utilización de silla de ruedas), adscrito a la flota de la Compañía de Transporte contratada al efecto por la Excma. Diputación Provincial de Castellón, con el objeto de cubrir el desplazamiento derivado de un programa sociocultural diseñado por la entidad peticionaria para su ejecución durante Podrán concurrir al presente concurso, exclusivamente, aquellas Entidades Sectoriales, vinculadas estatutariamente al ámbito de la acción social, legalmente constituidas e inscritas como tales en el correspondiente Registro de Asociaciones, con domicilio social en un municipio de la provincia de Castellón. La concurrencia a la presente convocatoria será incompatible con la programación de otro servicio de transporte colectivo de viajeros, facilitado o programado por la Excma. Diputación Provincial de Castellón durante el presente ejercicio 2015, llevado a cabo con fines sociales o culturales mediante procedimiento alternativo al regulado mediante las presentes Bases. En relación con la presente Campaña, las entidades sectoriales concurrentes al presente concurso solicitarán, en los plazos específicamente establecidos, la asignación a su favor del servicio de transporte colectivo correspondiente a un único viaje sociocultural programado por la entidad para el presente ejercicio 2015, proponiendo al efecto, en su caso, tres fechas alternativas para su realización. Para la asignación de un máximo de cincuenta viajes socioculturales a programar durante la presente Campaña 2015, se procederá a la valoración de los siguientes criterios, ponderados del modo se especifica a continuación: 1. Programación previa: Valoración de la solicitud en función del ejercicio económico en que llevó a cabo el último viaje sociocultural cuyo servicio de transporte colectivo fue facilitado por la Excma. Diputación Provincial de Castellón. 2. Trayecto: Valoración de la solicitud que comporte un desplazamiento total (incluyendo acceso al destino y retorno a la localidad o paraje igual o inferior a 300 kilómetros). 3. Destino provincial: Valoración de la solicitud de viaje sociocultural que proponga el desplazamiento, como punto de destino, hasta una localidad o paraje de la provincia de Castellón. Prevé el proyecto de Bases del Concurso elaborado por los servicios técnicos provinciales de Acción Social la habilitación de dos plazos de formalización de solicitudes: En relación con desplazamientos programados para su realización en fecha anterior a 30 de junio de 2015, el plazo de formalización de solicitudes finalizará en fecha 20 de febrero de En relación con desplazamientos programados para su realización en fecha posterior a 30 de junio de 2015, el plazo de formalización de solicitudes quedará comprendido entre

5 5 2 de mayo y 1 de junio de 2015, ambos inclusive. En base a lo anteriormente referido, visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda, la aprobación de las Bases del Concurso relativo a la asignación, a favor de Entidades Sectoriales de ámbito supramunicipal de la provincia de Castellón, vinculadas al ámbito de la acción social, y distintas de las asociaciones de Jubilados y pensionistas, de la prestación del servicio de transporte colectivo de viajeros, con destino al desarrollo de actividades de carácter sociocultural correspondiente al ejercicio económico 2015, Personas Mayores, correspondiente al ejercicio económico 2015, disponiéndose su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento y efectos. 4. APROBACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS A OTORGAR, POR PARTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO 2015, DESTINADAS A LA ATENCIÓN DEL COSTE DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN LABORAL DE DIPLOMADOS UNIVERSITARIOS O GRADUADOS EN TRABAJO SOCIAL, ADSCRITOS A EQUIPOS DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE, DE MANCOMUNIDADES, CONSORCIOS O AGRUPACIONES DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN. Atendiendo a la demanda registrada, proveniente de Mancomunidades, Consorcios y Agrupaciones de Municipios constituidas para la prestación de los Servicios Sociales Generales, y como tales, titulares de Equipos de Servicios Sociales de Base acreditados por la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana, la Excma. Diputación Provincial de Castellón colabora con dichas entidades locales, desde el ejercicio económico 2009, en la atención específica del coste derivado de la contratación laboral de Diplomados Universitarios en Trabajo Social adscritos a los ESSBs. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria pública, se destinarán a la financiación parcial de los costes salariales y de los gastos derivados de indemnizaciones por razón del servicio, derivados de la contratación laboral, por las Corporaciones Locales beneficiarias, de Diplomados Universitarios en Trabajo Social o Graduados en Trabajo Social, adscritos, por las mismas, a los correspondientes Equipos de Servicios Sociales de Base de los que ostentan su titularidad, dándose opción a las Corporaciones beneficiarias, y en atención a las necesidades propias del servicio, a destinar parcialmente la subvención otorgada a la atención del coste derivado de la contratación laboral temporal de personal técnico de refuerzo (en todo caso DUTS o Graduado/a en Trabajo Social), por un periodo de contratación laboral, nunca superior a siete meses, que debería hacerse efectivo entre 2 de marzo y 1 de octubre de Fundamenta la procedencia de la promulgación de la presente convocatoria de subvenciones económicas, la competencia provincial en la articulación de medidas de cooperación en el fomento del desarrollo social, y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en éste ámbito, reconocida en el 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Ejerciendo actualmente el Municipio competencias en materia de prestación de servicios

6 6 sociales, en virtud del contenido de la disposición transitoria segunda de la referida Ley 27/2013, y precisando la competencia provincial, basada en el principio de cooperación, del concurso de las voluntades de las entidades locales receptoras de dicha competencia, la misma se entenderá implícitamente manifestada mediante la concurrencia de a la presente convocatoria provincial de las entidades locales interesadas. A tal efecto, habilitada por la Excma. Diputación Provincial de Castellón la correspondiente aplicación presupuestaria, dotada con un crédito cifrado en doscientos cuarenta mil euros ( ,00 ), por los servicios técnicos provinciales de Acción Social ha sido elaborado el proyecto de bases de la convocatoria de subvenciones correspondiente al ejercicio económico 2015, emitiéndose por la Intervención Provincial de Fondos informe favorable, acreditativo de la existencia de crédito, adecuado y suficiente, para la atención del gasto derivado de la adopción del presente acuerdo, habilitado al efecto en la aplicación presupuestaria del vigente Presupuesto provincial. Atendiendo a lo anteriormente referido, y visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda la aprobación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones, a otorgar, en régimen de concurrencia competitiva, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, a favor de Mancomunidades, Consorcios o Agrupaciones de Municipios de la provincia de Castellón destinadas a la atención del coste derivado de la contratación laboral de Diplomados Universitarios O Graduados en Trabajo Social, adscritos a Equipos de Servicios Sociales de Base de los que ostenten su titularidad, correspondiente al ejercicio económico 2015, autorizándose un gasto de trescientos mil euros ( ,00 ), importe de la presente convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria (RC número 13) y disponiéndose su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento y efectos procedentes. 5. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS DIRIGIDAS AL MANTENIMIENTO Y/O AL EQUIPAMIENTO, DURANTE 2015, POR LOS AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS, DE UNIDADES MUNICIPALES DE RESPIRO FAMILIAR DESTINADAS A LA ESTANCIA TEMPORAL DIURNA DE PERSONAS MAYORES. Constituida como recurso publico de titularidad municipal, la Unidad de Respiro Familiar se encuentra preferentemente destinada a personas mayores con problemas de discapacidad física o en fase inicial de deterioro cognitivo, constituyendo sus principales objetivos la recuperación y el mantenimiento de la autonomía personal de las personas mayores, y la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de sus cuidadores con la atención y el cuidado permanente de los mismos en su entorno habitual, evitando con ello su institucionalización. Constituye el objeto de la presente convocatoria la concesión, a favor de los Ayuntamientos concurrentes a la misma, de subvenciones económicas destinadas al equipamiento básico, en inmuebles de titularidad municipal destinados al efecto, de nuevas Unidades de Respiro Familiar, a habilitar durante 2015, para la atención temporal diurna de personas mayores. Atenderá asimismo la presente convocatoria la atención, parcial o total, del gasto derivado de la contratación laboral del personal adscrito a dichos servicios, encargado de su dinamización.

7 7 Asimismo, constituye su objeto la concesión de subvenciones económicas destinadas a la atención, parcial o total, del gasto derivado de la contratación laboral, del personal encargado de la dinamización de las Unidades de Respiro Familiar, a favor de los Ayuntamientos que durante el ejercicio económico 2014 procedieron a la habilitación de dichos servicios municipales, al haber resultado beneficiarios de subvención económica de titularidad provincial, asignada en régimen de concurrencia competitiva a tal finalidad. A tales efectos, habilitadas en el presupuesto correspondiente al ejercicio económico 2015, inicialmente aprobado en sesión plenaria celebrada por la Excma. Diputación Provincial de Castellón en fecha 25 de noviembre de 2014, las correspondientes aplicaciones presupuestarias, dotadas, respectivamente, con un crédito cifrado en ,00 euros, destinado a la atención de los gastos de equipamiento, y con un crédito cifrado en ,00 euros destinado a los gastos derivados de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de las Unidades de Respiro Familiar, por parte de los servicios técnicos provinciales de Acción Social ha sido elaborado el proyecto de bases de la convocatoria de subvenciones correspondiente al ejercicio económico 2015, con el objeto de regular el otorgamiento de subvención económica destinada a la habilitación y mantenimiento de siete nuevas Unidades Municipales de Respiro Familiar y al mantenimiento de las once Unidades Municipales de Respiro Familiar puestas en funcionamiento durante 2014 con la colaboración de la Corporación Provincial. Finalizado en fecha 22 de diciembre de 2014 el plazo establecido para la formalización de solicitudes, han concurrido a la convocatoria un total de once Ayuntamientos formulando solicitud de subvención económica destinada a la habilitación de nuevas Unidades de Respiro Familiar, así como los once Ayuntamientos que, resultando beneficiarios durante 2014 de subvención económica provincial destinada a dicha finalidad, pusieron en funcionamiento dichos servicios, a partir de 1 de noviembre de 2014, en sus respectivos municipios. Constituida en fecha 30 de diciembre de 2014 la Comisión de Valoración establecida en las bases de la convocatoria para llevar a cabo la propuesta de resolución de la misma, se ha acordado asignar, en sesiones celebradas en fechas 30 de diciembre de 2014 y 12 de enero de 2015, en aplicación de los criterios específicamente establecidos en su base octava, la siguiente valoración a las solicitudes formalizadas, proponiéndose la concesión de subvención económica a favor de las siete Corporaciones Locales que, formulando solicitud de acuerdo con el contenido de la base sexta de la convocatoria, y aportando al efecto la documentación considerada esencial para la determinación de la procedencia de su concurrencia y para la valoración de su proyecto en régimen de concurrencia competitiva, han obtenido una mayor valoración: Prelación Ayuntamiento solicitante Puntuación total obtenida. 1 Santa Magdalena de Polpis Rossell Traiguera La Pobla de Benifassà Castellfort Zorita del Maestrazgo Cinctorres Eslida 22 11

8 8 9 Ares del Maestrat Portell de Morella El importe de la subvención económica que por la Comisión de Valoración se propone asignar a favor de las Corporaciones Locales beneficiarias queda integrada por el coste del equipamiento propuesto por las mismas para su adscripción a las Unidades de Respiro Familiar, hasta una cuantía máxima, de acuerdo con la base tercera, punto 1, apartados a) y b), de la convocatoria, de 6.000,00 euros, IVA incluido, así como por el coste derivado de la contratación laboral del personal encargado de su dinamización, que, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, queda unitariamente cifrado en 6.132,00 euros, a razón de 584,00 euros mensuales. Con ello, el importe de las subvenciones que se propone otorgar por la Comisión de Valoración, a favor de los siete Ayuntamientos beneficiarios de subvención económica destinada a la habilitación, durante 2015, de nuevas Unidades municipales de Respiro Familiar es el siguiente: Ayuntamiento beneficiario Subvención a la adquisición de equipamiento Subvención a la contratación de personal Subvención total propuesta Castellfort 5.619, , ,73 Cinctorres 4.978, , ,62 La Pobla de Benifassà 4.982, , ,34 Rossell 6.000, , ,00 Santa Magdalena de Polpis 6.000, , ,00 Traiguera 5.965, , ,00 Zorita del Maestrazgo 5.664, , ,11 Totales , , ,80 Complementariamente, propone la Comisión de Valoración la asignación de las siguientes subvenciones, de conformidad con el contenido de la base tercera, punto 2 de la convocatoria,, en concepto de atención del coste derivado del personal encargado de la dinamización de las Unidades municipales de Respiro Familiar habilitadas durante 2014, con referencia al periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2015, a favor de los once Ayuntamientos solicitantes de la concesión de dicha modalidad de subvención económica: Subvención a la contratación de Ayuntamiento beneficiario personal Artana 7.008,00 Atzeneta del Maestrat 7.008,00 Ayódar 7.008,00 Benasal 7.008,00 Borriol 7.008,00 Canet lo Roig 7.008,00 Jérica 7.008,00

9 9 Nules 7.008,00 Olocau del Rey 7.008,00 Tírig 7.008,00 Vallibona 7.008,00 Total ,00 En base a lo anteriormente referido, y emitido con carácter favorable por la Intervención Provincial el preceptivo informe de autorización de gasto, visto el dictamen de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: 1º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Castellfort, por un importe total de ,73 (5.619,73 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas. 2º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Cinctorres, por un importe total de ,62 (4.978,62 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas. 3º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Pobla de Benifassà, por un importe total de ,34 (4.982,34 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prest ación de servicios inicialmente establecido en veinte horas. 4º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Rossell, por un importe total de ,00 (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas. 5º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Santa Magdalena de Polpis, por un importe total de ,00 (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas.

10 10 6º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Traiguera, por un importe total de ,00 (5.965,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en veinticinco horas. 7º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo, por un importe total ,11 (5.664,11 con destino a la adquisición de equipamiento y 6.132,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 16 de febrero y 31 de diciembre de 2015, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas. 8º. Desestimar las solicitudes formuladas por los Ayuntamientos de Eslida, Ares del Maestrat y Portell de Morella, por haber obtenido las mismas, en aplicación de los criterios establecidos en la base octava de la presente convocatoria, una valoración inferior a la obtenida por las propuestas formuladas por los siete Ayuntamientos que han resultado beneficiarios de subvención económica destinada a la habilitación de nuevas Unidades de Respiro Familiar. 9º. No admitir a trámite, de acuerdo con lo establecido de la base sexta de la convocatoria, la solicitud relativa a la habilitación de una nueva Unidad de Respiro Familiar, formulada por el Ayuntamiento de la Mata, al no haber aportado el mismo, en el plazo reglamentariamente establecido en la base séptima, la documentación establecida como esencial para la determinación de la procedencia de su concurrencia a la presente convocatoria, y para la preceptiva valoración de la solicitud en régimen de concurrencia competitiva (documentación técnica relativa al ajuste del inmueble a la normativa vigente). 10º. Asignar a los Ayuntamientos de Artana, Atzeneta del Maestrat, Ayódar, Benasal, Borriol, Canet lo Roig, Jérica, Nules, Olocau del Rey, Tírig y Vallibona, una subvención económica, unitariamente cifrada en siete mil ocho euros (7.008,00 ), a favor de cada uno de los mismos, con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de las Unidades municipales de Respiro Familiar ya habilitadas durante 2014, con referencia al periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de º. Disponer un gasto, cifrado en treinta y nueve mil doscientos nueve euros con ochenta céntimos (39.209,80 ), con cargo a la aplicación presupuestaria habilitada en el vigente presupuesto provincial (operación contable de autorización nº 11) con destino a la atención del gasto derivado de la adquisición por parte de las Corporaciones Locales beneficiarias, de equipamiento como dotación de las nuevas Unidades Municipales de Respiro Familiar a habilitar durante º. Disponer un gasto, cifrado en ciento veinte mil doce euros ( ,00 ), con cargo a la aplicación presupuestaria , habilitada en el vigente presupuesto provincial (operación contable de autorización nº 10), con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral, durante 2015, por parte de las Corporaciones Locales

11 11 beneficiarias, del personal encargado de la dinamización de las dieciocho Unidades Municipales de Respiro Familiar. 13º. Reconocer la obligación, a favor de cada uno de los Ayuntamientos beneficiarios, por el importe total de la subvención concedida. 14º. Requerir a los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones otorgadas para que, con anterioridad a 20 de enero de 2016, procedan a la formalización, ante la Sección de Acción Social de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, de la justificación del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de las Unidades de Respiro Familiar, mediante el procedimiento establecido en la base undécima de la presente convocatoria. Por otra parte, la justificación de la realización del gasto derivado de la adquisición del equipamiento de las siete nuevas Unidades de Respiro Familiar habilitadas durante el ejercicio económico 2015, deberá llevarse a cabo por los Ayuntamientos titulares de las mismas, con anterioridad a 30 de junio de 2015, asimismo mediante el procedimiento establecido en la base undécima de la convocatoria, significándose a las Corporaciones Locales interesadas que, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, transcurrido el plazo establecido de justificación del gasto sin haberse formalizado la misma, ello podrá comportar la exigencia de reintegro de su importe y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones y, en todo caso, conllevará el establecimiento de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan. 6. APROBACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, A OTORGAR, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES SECTORIALES DE SERVICIOS SOCIALES, TITULARES DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ADAPTADO DE VIAJEROS, DE ÁMBITO SUPRAMUNICIPAL, PRESTADOS, CON EL OBJETO DE POSIBILITAR SU INSERCIÓN SOCIAL, A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD USUARIAS DE CENTROS ESPECIALIZADOS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO Constituye el objeto de las presentes Bases, convocar y regular la concesión de subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, a favor de Entidades prestadoras de Servicios Sociales, con domicilio social en la provincia de Castellón, que ostentan la titularidad de servicios de transporte adaptado de viajeros, de ámbito supramunicipal, prestados a favor de personas con discapacidad de la que deriva movilidad reducida, usuarias de Centros Especializados, con el objeto de posibilitar su inserción social, en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, aprobada en sesión plenaria celebrada con carácter ordinario en fecha 22 de marzo de 2005 (BOP nº 55, de 7 de mayo de 2005). A tal efecto deberá entenderse como entidad titular del servicio a aquella que asuma la prestación del transporte de usuarios de Centros Especializados, sean éstos o no de titularidad propia, independientemente de que la prestación se lleve a cabo en régimen de gestión directa o mediante la contratación de la prestación del servicio con otra entidad sin ánimo de lucro.

12 12 Fundamenta la procedencia de la promulgación de la presente convocatoria de subvenciones económicas, la competencia provincial en la articulación de medidas de cooperación en el fomento del desarrollo social, y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en éste ámbito, reconocida en el 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. En virtud del contenido del artículo 6.3 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, las diputaciones provinciales asegurarán, en el marco de la planificación del Consell, el acceso, en los municipios menores de habitantes, de todos lo ciudadanos y las ciudadanas a los servicios sociales, y los fomentarán, sin perjuicio de que el ejercicio final de la competencia provincial pueda afectar a otros sujetos, incluso de derecho privado, que conviertan a los mismos en receptores, a la vez que transmisores, de la actividad de fomento económico y social llevada a cabo por la administración provincial. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Redactado el proyecto de bases por parte de los servicios técnicos provinciales de Acción Social, y una vez emitido por la Intervención Provincial de Fondos informe favorable, acreditativo de la existencia de crédito suficiente para la atención del gasto derivado de la adopción del presente acuerdo, habilitado al efecto en la aplicación presupuestaria del vigente Presupuesto provincial, visto el dictamen de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda la aprobación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones, a otorgar, en régimen de concurrencia competitiva, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, a favor de Entidades prestadoras de Servicios Sociales, con domicilio social en la provincia de Castellón, que ostentan la titularidad de servicios de transporte adaptado de viajeros, de ámbito supramunicipal, prestados a favor de personas con discapacidad de la que deriva movilidad reducida, usuarias de Centros Especializados, con el objeto de posibilitar su inserción social, correspondiente al ejercicio económico 2015, autorizándose un gasto de sesenta y seis mil euros (66.000,00 ), importe de la presente convocatoria, con cargo a la referida aplicación presupuestaria nominativa (RC número 14), disponiéndose su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento y efectos procedentes. 7. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN, A SUSCRIBIR CON LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS U.D.P., DE CASTELLÓN Y PROVINCIA, RELATIVO A LA COLABORACIÓN PROVINCIAL EN LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO Anualmente la Federación Provincial de Asociaciones de Pensionistas y Jubilados UDP de Castellón y Provincia ha venido concurriendo a la convocatoria provincial de subvenciones económicas destinadas a la promoción de actividades de carácter social y cultural, y, desde el ejercicio económico 2005 ha suscrito sucesivos convenios anuales de colaboración con la Excma. Diputación Provincial de Castellón, con la finalidad de recabar la colaboración

13 13 institucional en la atención de los gastos corrientes y de la articulación del programa anual de actividades desarrollado por la entidad federativa. Definiéndose estatutariamente como independiente de todo partido político, no confesional pero respetuosa con la definición confesional de cada una de las Asociaciones integradas en los términos que especifiquen sus propios estatutos, independiente de cualquier entidad pública o privada, central sindical, organización de carácter religioso u organización de cualquier índole, la Federación Provincial de Asociaciones de Pensionistas y Jubilados U.D.P., de Castellón y Provincia prevé, no obstante, la eventual colaboración con cualquier entidad en aras a la mejor defensa de los derechos de las Personas Mayores y Pensionistas, definiendo, como propios, los siguientes fines: Coordinar las actividades de las Asociaciones integradas, con vistas a la unidad de acción para el mejor logro de los fines comunes. Informar, difundir, orientar y asesorar a las Asociaciones acerca de cuantas noticias, disposiciones legales o resoluciones se adopten en relación a los problemas que sean afines. Defender corporativa y colectivamente los derechos específicos de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas y personas de la tercera edad de las Asociaciones integradas, promoviendo y creando servicios comunes de naturaleza asistencial. Ser cauce de opinión, representación y participación de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas de la provincia de Castellón ante los órganos de la Administración. Por la Federación UDP se solicita de la Corporación Provincial la formalización de un convenio de colaboración como instrumento anual de regulación de la colaboración entre ambas entidades, solicitando la colaboración provincial en la financiación parcial de los gastos derivados del funcionamiento del ente federativo durante el ejercicio económico 2015, cuyo coste se cifra en ciento siete mil euros ( ,00 ), y queda referido a los siguientes conceptos: Arrendamiento del local habilitado como sede. Gastos corrientes. Suministros. Limpieza. Gastos de comunidad y tasas municipales. Reparación y mantenimiento de dependencias. Adquisición de material fungible. Mantenimiento del equipamiento. Edición de material gráfico. Desplazamientos de miembros de la Junta Directiva. Asesoría jurídica. Personal. Contratación de servicios de transporte colectivo para asistencia a Congresos U.D.P. Dando respuesta a dicha petición, se ha procedido a la habilitación, en el vigente presupuesto provincial, de la aplicación presupuestaria nominativa , dotada con un crédito de ,00 euros, destinada a la atención parcial de la referida solicitud. Atendiendo a ello, y al objeto de ajustar la concesión directa de la referida subvención al

14 14 contenido de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al contenido de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, así como para regular el procedimiento a llevar a cabo para el abono de la misma, por parte de los servicios técnicos provinciales de Acción Social se ha procedido a la elaboración de un proyecto de convenio de colaboración. Fundamenta la procedencia de la articulación de la presente línea de colaboración, la competencia provincial en la articulación de medidas de cooperación en el fomento del desarrollo social, y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en éste ámbito, reconocida en el 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. En virtud del contenido del artículo 6.3 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, las diputaciones provinciales asegurarán, en el marco de la planificación del Consell, el acceso, en los municipios menores de habitantes, de todos lo ciudadanos y las ciudadanas a los servicios sociales, y los fomentarán, sin perjuicio de que el ejercicio final de la competencia provincial pueda afectar a otros sujetos, incluso de derecho privado, que conviertan a los mismos en receptores, a la vez que transmisores, de la actividad de fomento económico y social llevada a cabo por la administración provincial. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Una vez fiscalizado el proyecto de convenio con carácter favorable por parte del Servicio Jurídico y por la Intervención General de Fondos, visto el dictamen de la Comisión Informativa de Presidencia y Promoción Económica, la Junta de Gobierno, acuerda: 1º. Aprobar el proyecto de convenio de colaboración a suscribir con la Federación de Asociaciones de Pensionistas y Jubilados UDP de Castellón y Provincia, relativo a la financiación de los gastos de mantenimiento de la entidad, correspondientes al ejercicio económico º. Disponer y autorizar un gasto, establecido en ,00 euros, a favor de la Federación de Asociaciones de Pensionistas y Jubilados UDP de Castellón y Provincia, CIF G , con domicilio social en calle Lagasca, 21, de Castellón de la Plana, con cargo a la aplicación presupuestaria nominativa , habilitada a tal efecto en el vigente Presupuesto Provincial (RC número 12), reconociéndose la obligación por un importe de ,00 euros, correspondiente al anticipo íntegro de la subvención otorgada, expresamente establecido en el convenio de colaboración. 3º. Facultar al Sr. Presidente para realizar cuantas gestiones guarden relación con el presente asunto. HACIENDA, CONTRATACION Y ESPECIAL DE CUENTAS 8. RECTIFICACIÓN DISPOSICIONES PLAN WI-FI 135.

15 15 Resultando que por Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el dia 28 de octubre de 2014 se adjudicó la contratación del suministro de banda ancha provincial WIFI 135, a los licitadores siguientes: el lote NORTE: a la empresa IBERTIC SOLUCIONES S.L. por una baja del 29,87% y el lote SUR: a la empresa TCETECK MOBILE S.L. por una baja del 18%, suponiendo en los precios de licitación un remanente en total de ,90 I.V.A. incluido para la instalación de emplazamientos wifi 135 adicionales. Resultando que en el pleno de 25 de noviembre de 2014, se aprobó definitivamente el plan wifi 135, en el que constan las solicitudes aceptadas en la aprobación inicial, las solicitudes aceptadas que quedaron en reserva y que se incluyen definitivamente por orden de puntuación en el plan y las solicitudes no incluidas en el plan. Resultando que en Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial celebrada en fecha 2 de diciembre de 2014 se aprobó la modificación de los contratos de los adjudicatarios de los respectivos lotes: Lote Norte: IBERTIC SOLUCIONES S.L. y Lote Sur: TCETECK MOBILE S.L. motivada por la baja producida en la licitación, incorporándose emplazamientos adicionales siguiendo el orden de resolución definitiva del plan WIFI aprobado en sesión plenaria de 25 de noviembre de 2014 Visto el informe de los Servicios técnicos se propone la rectificación de la ampliación del plan Wifi 135 para cada uno de los lotes. Por todo lo anterior la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: 1º.- Rectificar la ampliación para cada uno de los lotes: Lote Norte: IBERTIC SOLUCIONES S.L. TIPO Nº EMPLAZAMIENTOS PRECIO UNITARIO IVA INCLUIDO IMPORTE IVA INCLUIDO M , ,50 A , ,40 S , ,00 TOTAL ,90 Lote Sur: TCETECK MOBILE S.L. TIPO Nº EMPLAZAMIENTOS PRECIO UNITARIO IVA INCLUIDO IMPORTE IVA INCLUIDO M , ,00 A , ,00 S , ,00 TOTAL ,00 2º.- Modificar las disposiciones contables de los dos lotes quedando distribuidas las cantidades como a continuación se relacionan: En 2014: LOTE NORTE adjudicado a favor de IBERTIC SOLUCIONES S.L. con CIF B donde dice euros debe disponerse ,20 euros y LOTE SUR: adjudicado a TCETECK MOBILE S.L. con CIF B donde dice ,00 euros

16 16 debe disponerse ,16 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de de operación del presupuesto del Disponer con cargo al ejercicio 2015 las cantidades siguientes: LOTE NORTE: IBERTIC SOLUCIONES S.L. donde dice ,00 euros debe disponerse ,65 euros y LOTE SUR: TCETECK MOBILE S.L. donde dice ,00 euros debe disponerse ,84 euros nº de operación INFRAESTRUCTURAS 9. APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE «REFUERZO DEL FIRME Y ADECUACIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN AL TRAFICO COMPARTIDO EN LA CTRA. CV-147 ACCÉS AL DESERT DE LES PALMES» Resultando que por la empresa BECSA S.A.U., como adjudicataria de las obras REFUERZO DEL FIRME Y ADEUCACIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN AL TRAFICO COMPARTIDO EN LA CARRETERA CV-147. ACCÉS AL DESERT DE LES PALMES, según acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2014, se ha presentado el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente a las citadas obras. Resultando que el mencionado Plan se ha informado favorablemente por Dª Mª Luisa Ocaña Izquierdo, en su condición de Coordinadora de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra reseñada, según nombramiento mediante decreto número 139 de fecha 16 de enero de De conformidad con lo establecido en el art. 7 del R.D. 1627/97, de 24 de octubre y el dictamen favorable de la Comisión de Infraestructuras, por unanimidad, se acuerda aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, correspondiente a las obras REFUERZO DEL FIRME Y ADEUCACIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN AL TRAFICO COMPARTIDO EN LA CARRETERA CV-147. ACCÉS AL DESERT DE LES PALMES, presentado por la empresa BECSA S.A.U., adjudicataria de las mismas. DESPACHO EXTRAORDINARIO No hay asuntos. RUEGOS Y PREGUNTAS No se producen. Y no habiendo más asuntos a tratar, ni señores que deseen hacer uso de la palabra, por la Presidencia se levanta la sesión siendo las doce horas y quince minutos, del día al comienzo indicado, expidiéndose la presente acta y con el visto bueno del Ilmo. Sr. Presidente, de cuyo contenido, como Secretario, certifico. Documento firmado electrónicamente al margen.

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