TIERRA Y LIBERTAD ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

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1 PERIÓDICO OFICIAL TIERRA Y LIBERTAD ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico Director: M. C. Matías Quiroz Medina El Periódico Oficial Tierra y Libertad es elaborado en los Talleres de Impresión de la Coordinación Estatal de Reinserción Social y la Dirección General de la Industria Penitenciaria del Estado de Morelos. Cuernavaca, Mor., a 10 de julio de a. época 5511 SUMARIO GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE HACIENDA PROCURADURÍA FISCAL Aviso por el que se da a conocer al público en general, el primer periodo vacacional de 2017, para la Procuraduría Fiscal del Estado, de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos. Pág. 2 ORGANISMOS SECRETARÍA DE SALUD SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS Convenio Específico en materia de Ministración de Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las entidades federativas que celebran, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Salud; y por la otra parte, el Estado Libre y Soberano de Morelos. Pág. 3 INSTITUTO MORELENSE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ESTADÍSTICA (IMIPE) Acuerdo General correspondiente a la validación de las Tablas de Aplicabilidad de Sujetos Obligados constreñidos al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. Pág. 86 Acuerdo General mediante el cual se actualiza el Padrón de Sujetos Obligados constreñidos al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. Pág.97

2 Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 Al margen izquierdo un escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- la tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos. Morelos. Poder Ejecutivo. Secretaría de Hacienda. LA PROCURADURÍA FISCAL DEL ESTADO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 26, PÁRRAFO SEGUNDO DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, 13, FRACCIONES I, IV, V, IX, XIV, XVI Y 17 FRACCIÓN IV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS, Y CONSIDERANDO Que mediante Circular número 008, de fecha 19 de mayo de 2017, emitida por el Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración, hizo del conocimiento que el primer periodo vacacional del presente año, para los trabajadores del servicio del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos comprende del 17 de julio al 01 de septiembre de En tal virtud, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL, EL PRIMER PERIODO VACACIONAL DE 2017, PARA LA PROCURADURÍA FISCAL DEL ESTADO, DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS. PRIMERO.- El período vacacional al que se sujetará el personal que labora en la Procuraduría Fiscal dependiente de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos comprenderá: Del 17 de julio al 28 de julio de SEGUNDO.- En términos de lo que disponen los artículos 12, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, así como 26, segundo párrafo del Código Fiscal para el Estado de Morelos, se hace del conocimiento que durante el citado periodo vacacional no se computarán plazos y términos legales correspondientes a los recursos administrativos de revocación tanto en materia federal como estatal. Dado en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, a los 06 días del mes de julio de M. EN D. CARLOS ALBERTO FIGUEROA VÁZQUEZ PROCURADOR FISCAL DEL ESTADO DE MORELOS Vo. Bo. JORGE MICHEL LUNA. SECRETARIO DE HACIENDA RÚBRICAS.

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86 Página 86 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 Al margen izquierdo un logotipo que dice: IMIPE.- Instituto Morelense de Información Pública y Estadística. ACUERDO GENERAL CORRESPONDIENTE A LA VALIDACIÓN DE LAS TABLAS DE APLICABILIDAD DE SUJETOS OBLIGADOS CONSTREÑIDOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS. El Pleno del IMIPE del estado de Morelos, en sesión ordinaria celebrada el día dos de mayo de dos mil diecisiete, en uso de la facultades que le confieren el artículo 19 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, 6 y 9 del Reglamento de la Ley en cita ANTECEDENTES I. El siete de febrero del dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia en el Decreto antes mencionado, se señaló en su artículo Segundo Transitorio, el deber por parte del Congreso de la Unión de expedir la Ley General del artículo 6 de la Constitución Federal. II. El cuatro de mayo del año dos mil quince, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En el artículo Primero Transitorio, señala que dicha normatividad entraría en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. III. El veintisiete de abril de dos mil dieciséis, se publicó en Periódico Oficial Tierra y Libertad el Decreto en el que se aprueba la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, misma que comenzó a surtir efectos al día siguiente de su publicación. CONSIDERANDOS PRIMERO.- Este Instituto tiene por objeto garantizar a todas las personas en el Estado su derecho fundamental de acceso a la información previsto en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SEGUNDO. El Pleno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, es competente para conocer del presente asunto de conformidad con lo dispuesto por los artículos 23-A de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 13 y 19, numeral I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. TERCERO. El objeto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, en términos del artículo 1 de la misma, es establecer los principios y procedimientos para garantizar el derecho humano de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Órganos Autónomos, Partidos Políticos, Fideicomisos, fondos públicos y Municipios, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el estado de Morelos. CUARTO. De conformidad con lo señalado en el artículo 70, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que se contienen en las fracciones de dicho dispositivo. QUINTO. Con fundamento el artículo 3 numeral XXIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, son Sujetos Obligados cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos y municipios, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el estado de Morelos. SEXTO. A efecto de brindar certeza jurídica sobre los responsables de cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, mediante acuerdo número 22 de fecha cinco de mayo de dos mil diecisiete, el Pleno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, aprobó el Padrón de Sujetos Obligados del ámbito estatal en términos de la Ley de la materia, en el cual se identificó a los Sujetos Obligados que en el ámbito estatal deben cumplir directamente con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, así como aquellos que cumplirán con las obligaciones previstas en dicha Ley, a través del Sujeto Obligado o Unidad Administrativa responsable de coordinar su operación. SÉPTIMO. En ese sentido, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, en su Título Quinto establece el Catálogo de las Obligaciones de Transparencia, entre las que se encuentran aquellas aplicables a todos los Sujetos Obligados, denominadas obligaciones de transparencia comunes y las correspondientes únicamente a determinados Sujetos Obligados, identificadas como obligaciones de transparencia específicas. OCTAVO. De igual manera, el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emitió los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los Sujetos Obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia", publicados en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mi dieciséis.

87 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 87 NOVENO. En dichos lineamientos se contemplan las especificaciones necesarias para la homologación en presentación y publicación de la información prescrita en el Título Quinto de la Ley General y asegurar que esta se veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable, al tiempo que detallan los criterios mínimos, tanto de contenido como de forma, que los Sujetos Obligados, deberán tomar en consideración al preparar la información que publicaran para cumplir con sus obligaciones de transparencia. DÉCIMO. Respecto de las obligaciones de transparencia comunes, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, establece en su artículo 51 el catálogo de la información que deberán poner a disposición de los particulares y mantener actualizadas en los medios electrónicos correspondientes todos los Sujetos Obligados sin excepción alguna, y que se refiere a temas, documentos y políticas que aquellos poseen de acuerdo a sus facultades, funciones, atribuciones u objeto social. DÉCIMO PRIMERO. Derivado de lo anterior, y atendiendo a lo señalado en el último párrafo del artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, los Sujetos Obligados deberán informar al Instituto cuáles son los rubros que le son aplicables a efecto de que la información relacionada con las obligaciones contenidas en el artículo referido, sean publicadas en sus páginas de Internet, así como en la plataforma electrónica correspondiente, tratándose de aquellas fracciones que no le sean aplicables, deberán informarlo, mediante una leyenda en la cual indiquen fundada y motivadamente las razones por las cuales consideren que no les son aplicables dichas fracciones, esto con el objeto de que el Instituto verifique y apruebe, conforme a la normatividad correspondiente la relación de fracciones aplicables a cada Sujeto Obligado. DÉCIMO SEGUNDO. En ese tenor de ideas, los Sujetos Obligados enviaron al Instituto mediante una tabla de aplicabilidad, la relación de las obligaciones comunes de transparencia que les son aplicables. DÉCIMO TERCERO. La relación de fracciones aplicables y no aplicables que remitieron los Sujetos Obligados del estado de Morelos a este Instituto, fue analizada considerando la normativa aplicable y naturaleza jurídica de cada uno de ellos, de modo que pudieran determinarse las obligaciones de transparencia con las que pudieran cumplir. DÉCIMO CUARTO. Respecto de los Sujetos Obligados que no entregaron su relación de fracciones aplicables, el Instituto llevó a cabo el estudio correspondiente que les permitiera definir las obligaciones de transparencia a su cargo, atendiendo a las facultades, atribuciones, funciones u objeto social, de conformidad con la normativa que les resulte aplicable. DÉCIMO QUINTO. Que de conformidad con el artículo 3, fracción XXIII, de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, son Sujetos Obligados los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos. Como consecuencia de ello, el Pleno de este Instituto, determinará mediante el procedimiento establecido en los artículos 81 y 82 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, qué sindicatos cumplirán de formo total o parcial con los obligaciones de transparencia y acceso o lo información y los plazos establecidos para ello. DÉCIMO SEXTO. Tratándose de los Notarios del estado de Morelos, considerados Sujetos Obligados indirectos, publicarán aquellas fracciones que les sean aplicables a través del Sujeto Obligado responsable de coordinar su operación, que en el caso concreto corresponde a la Secretaría de Gobierno del estado de Morelos. DÉCIMO SÉPTIMO. Los Organismos Públicos Descentralizados municipales, además de publicar la información contenida en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del estado de Morelos, publicarán aquella contemplada en el artículo 52, numeral III de la misma Ley, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza jurídica. DÉCIMO OCTAVO. Para el caso de los fideicomisos y fondos públicos, así como los contratos y mandatos análogos sin estructura, que cumplen con sus obligaciones de transparencia a través de la Unidad Administrativa responsable de coordinar su operación y toda vez que cuyo objeto y alcance dependen estrictamente del contenido jurídico que los sustenta, aunado a que carecen de personal adscrito y de estructura orgánica propia, cuestión que los contrasta de los demás Sujetos Obligados sólo les aplica las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, ya que en éstas se contiene la información específica y suficiente para transparentar y rendir cuentas de la gestión en este tipo de Sujetos Obligados. DÉCIMO NOVENO. Que respecto a las personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, mismos que se encuentran contemplados en el artículo 3, fracción XXIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, el Pleno del Instituto resolverá de forma gradual de acuerdo al registro que genere, los casos en los que las personas físicas o morales cumplirán con las obligaciones de transparencia y acceso a la información directamente o a través de los Sujetos Obligados que les asignen dichos recursos y por ende con la aplicabilidad de las fracciones contenidas en el artículo 70 de la Ley General.

88 Página 88 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 VIGÉSIMO. Ahora bien, los Sujetos Obligados tienen el deber de acatar los requerimientos que en materia de transparencia y acceso a la información pública emitan los Organismos Garantes y el Sistema Nacional de Transparencia, tal como lo establece el artículo 12, fracción VIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. En ese tenor de ideas, el pasado dos de noviembre de dos mil dieciséis se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que otorga una prórroga de seis meses para transparentar las obligaciones, mismo que a letra dice: Se informa que los sujetos obligados del ámbito Federal, Estatal y Municipal tienen como fecha límite hasta el 4 de mayo de 2017, para que incorporen a sus portales de Internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia la información relativa a sus respectivas obligaciones de transparencia, establecidas en el Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Del acuerdo transcrito se advierte que los Sujetos Obligados tendrán como fecha límite para la carga de información, el día cuatro de mayo de dos mil diecisiete, y por ende, para dar cumplimiento al presente Acuerdo, ya que al concluir dicho plazo, éste Instituto podrá ejercer la facultad que le otorga la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos en su artículo 64, de realizar las verificaciones que crea correspondientes, teniendo en cuenta que el incumplimiento de la presente determinación conlleva a la aplicación de una medida de apremio, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. En razón de lo anterior, se adjunta al presente acuerdo los siguientes anexos: Anexo 1.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, del Poder Legislativo del Estado de Morelos. Anexo 2.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, del Poder Judicial del Estado de Morelos. Anexo 3.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Anexo 4.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Anexo 5.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, para los municipios del estado de Morelos. Anexo 6.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, para los organismos públicos descentralizados estatales y municipales. Anexo 7.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, para los Organismos Autónomos del estado de Morelos. Anexo 8.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, para los Partidos Políticos del estado de Morelos. Anexo 9.- Aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, para los Sindicatos del estado de Morelos. Por lo expuesto y fundado, el Pleno de este Instituto. RESUELVE PRIMERO.- Se aprueban las tablas de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes, en términos del último párrafo, artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, correspondientes a los Sujetos Obligados del estado de Morelos. SEGUNDO.- Se instruye a los Sujetos Obligados establecidos en el artículo 3, fracción XXIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, es decir, a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos y municipios, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el estado de Morelos; a cumplir a cabalidad con el presente Acuerdo, de conformidad con los considerandos VIGÉSIMO y VIGÉSIMO SEGUNDO de la presente determinación. TERCERO.- Notifíquese por los medios legales aplicables el presente Acuerdo a los Titulares de los Sujetos Obligados y sus Titulares de las Unidades de Transparencia, contemplados en el artículo 3, fracción XXIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. CUARTO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo a efecto de realizar las medidas necesarias para publicar las tablas de aplicabilidad aprobadas para los Sujetos Obligados en el estado de Morelos, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, así como la publicación en el sitio de Internet del Instituto y en los medios que eventualmente se estimen pertinentes para su debida difusión. QUINTO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad. TRANSITORIO ÚNICO.- Respecto de los Sujetos Obligados que se creen o modifiquen con posterioridad a la aprobación del presente Acuerdo, el Pleno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, contará con un plazo de hasta tres meses, contados a partir de que el Sujeto Obligado queda registrado en la Plataforma Nacional de Transparencia o se realicen los ajustes que resulten necesarios en la misma, para aprobar la Tabla de Aplicabilidad para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia correspondientes. Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Comisionados Integrantes del Pleno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, Dora Ivonne Rosales Sotelo, Mireya Arteaga Dirzo y Víctor Manuel Díaz Vázquez, ante el Secretario Ejecutivo, con quien actúan y dan fe. DORA IVONNE ROSALES SOTELO COMISIONADA PRESIDENTA MIREYA ARTEAGA DIRZO COMISIONADA VÍCTOR MANUEL DÍAZ VÁZQUEZ COMISIONADO GUILLERMO ARIZMENDI GARCÍA SECRETARIO EJECUTIVO RÚBRICAS.

89 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 89 Al margen izquierdo un logotipo que dice: IMIPE.- Instituto Morelense de Información Pública y Estadística. Obligaciones de Transparencia Comunes de los Sujetos Obligados Artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Congreso del Estado de Morelos Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización PODER LEGISLATIVO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV NO APLICAN XV, XXXVII XV, XXXVII NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Consejo de la Judicatura Tribunal Superior de Justicia Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes Tribunal Estatal Electoral PODER JUDICIAL APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV NO APLICAN XV, XXXVII, XXXIX, XV, XXXVII, XXXIX XV, XXVII, XXXVII XV, XXXVII

90 Página 90 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Secretaría de Administración Consejería Jurídica Secretaría de la Contraloría Secretaría de Desarrollo Agropecuario Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Economía Secretaría de Desarrollo Sustentable Secretaría de Educación Fiscalía General del Estado Secretaría de la Gubernatura PODER EJECUTIVO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. NO APLICAN XIV, XV, XXXVII XIV, XV, XXVII, XXXVII, XXXIX XIV, XV, XXVII, XXXVII, XXXVIII XIV, XVII, XXVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XV, XXXVII XIV, XV, XXVII, XXXVII, XXXIX

91 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 91 NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Secretaría de Hacienda Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología Secretaría de Movilidad y Transporte Secretaría de Obras Públicas Secretaría de Salud Secretaría de Cultura Secretaría de Gobierno Secretaría del Trabajo Secretaría de Turismo PODER EJECUTIVO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXV, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. NO APLICAN XIV, XXVII, XXXIX XIV, XVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XV, XXIX, XXXVII, XXXIX XIV, XV, XXVII, XXXVII, XXXVIII, XXXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX XIV, XXVII, XXXIX

92 Página 92 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO El Colegio de Morelos Centro Morelense de las Artes Colegio de Bachilleres del Estado de Morelos Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Morelos Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Morelos Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Morelos Régimen Estatal de Protección Social en Salud Comisión Estatal del Agua Comisión Estatal de Mejora Regulatoria Comisión Estatal de Reservas Territoriales EJECTUTIVO DESCENTRALIZADOS APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. NO APLICAN XIV, XV XIV, XV XIV, XV, XLI XIV, XV, XLI XIV, XXVI, XLI XIV, XV XIV, XV XIV, XV

93 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 93 Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Morelos Defensoría Pública Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Aeropuerto de Cuernavaca, S.A. de C.V. Fideicomiso Centro de Congresos y Convenciones World Trade Center Morelos Fideicomiso del Balneario Agua Hedionda Fideicomiso de Turismo Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo del Estado de Morelos Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Morelos Fideicomiso Fondo Desarrollo Empresarial y Promoción de la Inversión Fideicomiso Impulso Financiero al Campo Morelense Fideicomiso Lago de Tequesquitengo Fideicomiso Parque Científico y Tecnológico Morelos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XVII, XXVIII, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIV, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. XIV XV XIV, XV XIV, XV, XXXIV XIV XIV, XV XIV, XV XIV, XV, XXVII XIV, XV XIV, XV XIV, XV XIV

94 Página 94 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción Hospital del Niño Morelense Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Morelos Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos Instituto Estatal de Educación para Adultos Instituto Estatal de Infraestructura Educativa de Morelos Instituto Morelense de Radio y Televisión I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. XIV, XV, XXXVII, XXXIX XV XIV, XV XIV, XV, XIX XIV XV, XXXIV XIV XIV, XXVII XIV, XV

95 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 95 NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo Museo Morelense de Arte Popular Operador de Carreteras de Cuota de Morelos Servicios de Salud Sistema DIF Estatal Universidad Politécnica del Estado de Morelos Universidad Tecnológica del Sur del Estado de Morelos Universidad Tecnológica Emiliano Zapata del Estado de Morelos NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Ayuntamientos EJECTUTIVO DESCENTRALIZADOS APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI,XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII,XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. AYUNTAMIENTOS APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. NO APLICAN XIV, XV, XXVII XIV, XV XIV, XV XIV, XV XV, XX, XXXI, XXXVI XV, XX, XXXI, XXXVI XV, XX, XXXI, XXXVI NO APLICAN

96 Página 96 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Sistema DIF Municipal Sistema de Agua Municipales MUNICIPAL DESCENTRALIZADO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. NO APLICAN XIV, XXVII XV ORGANISMOS AUTÓNOMOS NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO APLICAN NO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, Comisión de Derechos Humanos del XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, Estado de Morelos XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XV, XXVII, XXXVII XXXV, XXXVI, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal de Morelos Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana Tribunal de Justicia Administrativa I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIX, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. XIV XIV, XV, XXVII, XXXVII, XXXIX XV, XXXVII XIVXV, XXXVII Universidad Autónoma del Estado de Morelos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIV, XLV. XIV, XV, XX, XXXI, XXXV, XXXV, XXXVI, XLIII

97 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 97 PARTIDOS POLITICOS NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO APLICAN NO APLICAN I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXIII, XXIV, Partidos Políticos XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XIV, XV, XX, XXI, XXII, XXXII, XXXI, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX. XXXVIII, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV. SINDICATOS NOMBRE DEL SUJETO OBLIGADO Sindicatos APLICAN I, II, III, IX, XIII, XVI, XXIII, XXIV, XXVI, XXVIII, XXIX, XXXII, XXXVI, XXXVIII, XLII, XLIII, XLIV. NO APLICAN IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIV, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXV, XXVII, XXX, XXXI, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVII, XXXIX, XL, XLI, XLV. Al margen izquierdo un logotipo que dice: IMIPE.- Instituto Morelense de Información Pública y Estadística. ACUERDO GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE ACTUALIZA EL PADRÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CONSTREÑIDOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS. El Pleno del IMIPE del estado de Morelos, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, en uso de la facultades que le confieren el artículo 19, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, 6 y 9 del Reglamento de la Ley en cita. ANTECEDENTES I. El siete de febrero del dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia en el Decreto de reforma en materia de transparencia, se señaló en su artículo Segundo Transitorio, el deber por parte del Congreso de la Unión de expedir la Ley General del artículo 6 de la Constitución Federal. II. Que el Congreso de la Unión en cumplimiento al artículo Segundo Transitorio del Decreto que reforma en materia de transparencia, el cuatro de mayo del año dos mil quince, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En el artículo Primero Transitorio, señala que dicha normatividad entraría en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. III. Que en términos del Quinto Transitorio de la Ley General en el que estipula que las legislaturas de los Estados tendrán que armonizar las leyes, por ello el Congreso del Estado de Morelos, en cumplimiento al mandato señalado, siendo que el veintisiete de abril de dos mil dieciséis se publicó en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, el Decreto en el que se aprueba la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, misma que comenzó a surtir efectos al día siguiente de su publicación. IV. El Instituto tiene por objeto garantizar a todas las personas en el Estado su derecho fundamental de acceso a la información previsto en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derecho fundamental que no sólo se agota en permitir el acceso a la información en posesión de los Sujetos Obligados, sino que éste conlleva la obligación de las Entidades Públicas y Partidos Políticos de difundir y actualizar en sus respectivas páginas de Internet, aquella información que por disposición de la ley se considere información pública de oficio, la cual debe estar a disposición de cualquier persona sin necesidad de mediar solicitud al respecto, tal y como lo establecen los artículos 46 y 51 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. V. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 de la LTAIPEM, el Instituto es un Órgano Constitucional Autónomo de acuerdo con lo previsto en el artículo 23-A, de la Constitución Política del Estado de Morelos, especializado e imparcial, con naturaleza jurídica, patrimonio propio, distinto e independiente de los poderes públicos. VI. Con fundamento en el artículo 1, párrafo tercero, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, que establece quienes son Sujetos Obligados, tiene por esencia establecer los principios y procedimientos para garantizar el derecho humano de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Órganos Autónomos, Partidos Políticos, Fideicomisos, fondos públicos y municipios, así como cualquier persona que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el estado de Morelos.

98 Página 98 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de 2017 VII. Aunado a lo anterior, el artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos determina que: Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los Sujetos Obligados se considera un bien público que debe estar a disposición de cualquier persona como titular de la misma, en los términos y condiciones que se establezcan en la presente Ley, en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, la Ley General y la normativa aplicable; salvo aquella que por la afectación de los derechos de terceros y excepciones previstas en la presente Ley, deba resguardarse por su carácter reservado o confidencial., en ese sentido, resulta importante señalar que la información que generan los Sujetos Obligados debe ser publicada en la plataforma y medios electrónicos destinados a ello con el carácter de obligatoria, sin que medie solicitud o requerimiento alguno, por lo que los sujetos obligados se encuentran constreñidos a ponerla a disposición de toda persona. VIII. Que de conformidad a lo estipulado en los artículos 42 y 43 del Reglamento de la Ley de Transparencia de Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, la información pública que se encuentra en poder de los Sujetos Obligados es un bien público cuya titularidad corresponde a la sociedad, misma que en todo momento se encuentra expuesta al escrutinio público además deberán poner a disposición de la ciudadanía toda la información respecto a las obligaciones señaladas en la Ley en cita. IX. Que los Sujetos Obligados deberán cumplir con lo establecido tanto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, así como en términos del artículo 1 de la Ley General del Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados en la que establece que la presente tiene por objeto establecer los principios y procedimientos para garantizar el derecho humano de acceso a la información en posesión de Sujetos Obligados. X. De lo anterior, se establece que la información en posesión de las entidades públicas se considera un bien público cuya titularidad radica en la sociedad, por lo cual, debe estar a disposición de cualquier persona, ya que es una prerrogativa el acceder a la información pública que las entidades y servidores públicos están obligados a difundir de manera obligatoria, permanente y actualizada sin que medie para ello solicitud de acceso. XI. Que en virtud de las nuevas competencias que tiene el Instituto, y a efecto de brindar certeza jurídica, resulta relevante publicar el listado de los responsables de cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley tanto General como la Estatal, es decir, a los Sujetos Obligados ante quienes los particulares pueden ejercer su derecho de acceso a la información, o bien dónde pueden localizar la información que sea de su interés. XII. Como consecuencia de lo expuesto, se considera necesario contar con un Padrón que identifique a los Sujetos Obligados que en el ámbito local son responsables de cumplir directamente con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley de Transparencia de Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, así como señalar a aquellos que cumplirán con las obligaciones previstas en las Leyes en alusión. XIII. Que para la integración del Padrón, se consideró la normatividad aplicable y naturaleza jurídica de cada uno de los Sujetos Obligados, en el ámbito local, a efecto de poder integrar a los mismos de acuerdo con lo que establece el artículo 6º Constitucional, ya sea por el órgano de gobierno o sector al que pertenecen. XIV. A efecto de cumplir con los preceptos de obligación que corresponden a los Sujetos Obligados supeditados en la Ley en cita, éste Órgano Garante indica que a la fecha tiene registrados un Padrón de 131 Sujetos, distribuidos como a continuación se señala: 19 correspondientes al Poder Ejecutivo; 02 al Poder Legislativo, 04 al Poder Judicial, 43 al Poder Ejecutivo Descentralizado, 33 Ayuntamientos, 14 Municipal Descentralizados, 06 Autónomos, 11 Partidos Políticos. XV. Que a fin de actualizar el Padrón, la Coordinación de Evaluación Seguimiento y Vigilancia del IMIPE, realizó un análisis del que derivado de este, la propuesta de incorporación con las nuevas reformas constitucionales quedará conformada por 178 sujetos. XVII. Que de conformidad con las atribuciones establecidas en los artículos 19 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y 31 del Reglamento Interior del IMIPE es facultad de la Coordinación de Evaluación Seguimiento y Vigilancia proponer al Pleno del Instituto la actualización del Padrón de Sujetos Obligados de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable. XVIII. Con base en la atribución conferida en el artículo 20 a la Comisionada Presidenta mediante la fracción XI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se propone a los integrantes de esta mesa de acuerdos el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se actualiza el Padrón de Sujetos Obligados al cumplimento de la Ley y la Ley de Protección de Datos. XIX. Que el Instituto, como órgano garante, dé cabal cumplimiento a lo que establece la Ley de la Materia, estimando necesario emitir y aprobar el presente Acuerdo, con la finalidad de otorgar certeza tanto a los ciudadanos como a los Sujetos Obligados del estado de Morelos, a efecto que en este periodo de transición, se garantice el efectivo ejercicio del derecho humano de acceso a la información pública y protección de datos personales, con fundamento en los artículos 1, 4, 6, 46, 47, 51 y 64 de la Ley de la materia, el Pleno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística del Estado de Morelos, emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba el Padrón de Sujetos Obligados constreñidos al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos. SEGUNDO.- Para el debido cumplimiento de lo anterior, se instruye al Titular de Evaluación Seguimiento y Vigilancia y al Secretario Ejecutivo, que realicen los trámites correspondientes, para la debida ejecución del presente Acuerdo por parte de los integrantes del Pleno. PADRÓN DE SUJETOS OBLIGADOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS Los Sujetos Obligados del estado de Morelos que deben cumplir con la Normativa aplicable en materia de Transparencia y demás ordenamientos jurídicos emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y por el propio Instituto, son los siguientes:

99 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 99 PODER EJECUTIVO 1 Consejería Jurídica 2 Fiscalía General del Estado de Morelos 3 Gubernatura 4 Secretaría de Administración 5 Secretaría de Cultura 6 Secretaría de Desarrollo Agropecuario 7 Secretaría de Desarrollo Social 8 Secretaría de Desarrollo Sustentable 9 Secretaría de Economía 10 Secretaría de Educación 11 Secretaría de Gobierno 12 Secretaría de Hacienda 13 Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología 14 Secretaría de la Contraloría 15 Secretaría del Trabajo 16 Secretaría de Movilidad y Transporte 17 Secretaría de Obras Públicas 18 Secretaría de Salud 19 Secretaría de Turismo Subtotal 19 PODER LEGISLATIVO 1 Congreso del Estado 2 Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos Subtotal 2 PODER JUDICIAL 1 Consejo de la Judicatura Estatal. 2 Tribunal Estatal Electoral 3 Tribunal Superior de Justicia 4 Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos Subtotal 4 PODER EJECUTIVO DESCENTRALIZADO 1 El Colegio de Morelos 2 Centro Morelense de las Artes 3 Colegio de Bachilleres del Estado de Morelos 4 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Morelos 5 Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Morelos 6 Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos 7 Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Morelos 8 Régimen Estatal de Protección Social en Salud 9 Comisión Estatal del Agua 10 Comisión Estatal de Mejora Regulatoria 11 Comisión Estatal de Reservas Territoriales 12 Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Morelos 13 Defensoría Pública 14 Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Aeropuerto de Cuernavaca, S.A. de C.V. 15 Fideicomiso Centro de Congresos y Convenciones World Trade Center Morelos 16 Fideicomiso del Balneario Agua Hedionda 17 Fideicomiso de Turismo 18 Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo del Estado de Morelos 19 Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Morelos 20 Fideicomiso Fondo Desarrollo Empresarial y Promoción de la Inversión 21 Fideicomiso Impulso Financiero al Campo Morelense 22 Fideicomiso Lago de Tequesquitengo 23 Fideicomiso Parque Científico y Tecnológico Morelos 24 Fondo para el Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos 25 Fiscalía Especializada en el combate a la Corrupción 26 Hospital del Niño Morelense 27 Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Morelos 28 Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos 29 Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos

100 Página 100 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos 31 Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos 32 Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos 33 Instituto Estatal de Educación para Adultos 34 Instituto Estatal de Infraestructura Educativa de Morelos 35 Instituto Morelense de Radio y Televisión 36 Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo 37 Museo Morelense de Arte Popular 38 Operador de Carreteras de Cuota de Morelos 39 Servicios de Salud 40 Sistema DIF Estatal 41 Universidad Politécnica del Estado de Morelos 42 Universidad Tecnológica del Sur del Estado de Morelos 43 Universidad Tecnológica Emiliano Zapata Subtotal 43 AYUNTAMIENTOS 1 Ayuntamiento de Amacuzac 2 Ayuntamiento de Atlatlahucan 3 Ayuntamiento de Axochiapan 4 Ayuntamiento de Ayala 5 Ayuntamiento de Coatlán del Río 6 Ayuntamiento de Cuautla 7 Ayuntamiento de Cuernavaca 8 Ayuntamiento de Emiliano Zapata 9 Ayuntamiento de Huitzilac 10 Ayuntamiento de Jantetelco 11 Ayuntamiento de Jiutepec 12 Ayuntamiento de Jojutla 13 Ayuntamiento de Jonacatepec 14 Ayuntamiento de Mazatepec 15 Ayuntamiento de Miacatlán 16 Ayuntamiento de Ocuituco 17 Ayuntamiento de Puente de Ixtla 18 Ayuntamiento de Temixco 19 Ayuntamiento de Temoac 20 Ayuntamiento de Tepalcingo 21 Ayuntamiento de Tepoztlán 22 Ayuntamiento de Tetecala 23 Ayuntamiento de Tetela del Volcán 24 Ayuntamiento de Tlalnepantla 25 Ayuntamiento de Tlaltizapán 26 Ayuntamiento de Tlaquiltenango 27 Ayuntamiento de Tlayacapan 28 Ayuntamiento de Totolapan 29 Ayuntamiento de Xochitepec 30 Ayuntamiento de Yautepec 31 Ayuntamiento de Yecapixtla 32 Ayuntamiento de Zacatepec 33 Ayuntamiento de Zacualpan Subtotal 33 MUNICIPAL DESCENTRALIZADOS 1 Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Cuernavaca 2 Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Yautepec 3 Sistema de Conservación, Agua Potable y Saneamiento de Emiliano Zapata 4 Sistema de Conservación, Agua Potable y Saneamiento de Temixco 5 Sistema de Conservación, Agua Potable y Saneamiento de Zacatepec 6 Sistema de Conservación de Agua Potable y Saneamiento de Agua de Jiutepec Morelos 7 Sistema Municipal DIF Cuernavaca 8 Sistema Municipal DIF de Atlatlahucan 9 Sistema Municipal DIF de Emiliano Zapata 10 Sistema Municipal DIF de Temixco 11 Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Jiutepec, Morelos.

101 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página Sistema Municipal DIF de Tetecala 13 Sistema Municipal DIF de Xochitepec 14 Sistema Operador de Agua Potable y Saneamiento del municipio de Ayala Morelos 15 Sistema Operador de Agua Potable y Saneamiento del municipio de Cuautla Subtotal 15 ORGANISMOS AUTÓNOMOS 1 Comisión de Derechos Humanos del Estado 2 Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos 3 Instituto Morelense de Información Pública y Estadística 4 Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana 5 Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos 6 Universidad Autónoma del Estado de Morelos Subtotal 6 PARTIDOS POLÍTICOS 1 Movimiento Ciudadano Morelos 2 Partido Acción Nacional 3 Partido de la Revolución Democrática 4 Partido del Trabajo 5 Partido Encuentro Social 6 Partido Frente Humanista 7 Partido Morena 8 Partido Nueva Alianza 9 Partido Revolucionario Institucional 10 Partido Socialdemócrata 11 Partido Verde Ecologista de México Subtotal 11 SINDICATOS Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados del 1 2 municipio de Jojutla de Juárez, Morelos. Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Honorable Ayuntamiento de Jiutepec, Morelos y Organismos Públicos Municipales. 3 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento Municipal de Tlaltizapán, Morelos. 4 Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos. 5 Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Zacatepec, Morelos. 6 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados del municipio de Temixco, Morelos. 7 Sindicato de Empleados Municipales al Servicio del H. Ayuntamiento de Cuautla, Morelos. 8 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento Municipal de Yecapixtla, Morelos. 9 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Tepalcingo, Morelos. 10 Sindicato Emiliano Zapata de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Ayala, Morelos. 11 Sindicato de Trabajadores de Amacuzac, Morelos. 12 Sindicato de Trabajadores Municipales del H. Ayuntamiento de Cuautla, Morelos. 13 Sindicato Auténtico de Trabajadores Unidos del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados del municipio de Temixco, Morelos. 14 Sindicato Auténtico de los Trabajadores al Servicio del municipio de Jiutepec, Morelos Sindicato Democrático de Trabajadores y Empleados al Servicio del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados de Jiutepec, Morelos. Sindicato "Tierra y Libertad" de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados de Ayala, Morelos. 17 Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del municipio de Coatlán del Río, Morelos. 18 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Yautepec, Morelos. 19 Sindicato de Trabajadores y Empleados al Servicio del H. Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos. 20 Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Puente de Ixtla, Morelos. 21 Sindicato de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos 22 Sindicato Democrático de Trabajadores y Empleados al Servicio del H. Ayuntamiento y Organismos Descentralizados del municipio de Cuernavaca, Morelos. 23 Sindicato Auténtico de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos. 24 Sindicato de Empleados y Trabajadores del Balneario Agua Hedionda. 25 Sindicato de Servidores Públicos Municipales y Organismos Descentralizados del H. Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos. 26 Nueva Fuerza sindical unificada al servicio del Honorable Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos.

102 Página 102 PERIÓDICO OFICIAL 10 de julio de Sindicato Gremial de Trabajadores y Empleados de Mercados y Centros de Abastecimientos del estado de Morelos "Lic. Adolfo López Mateos". 28 Sindicato Independiente de Trabajadores que prestas sus servicios al H. Ayuntamiento de Tlaltizapán, Morelos. 29 Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Legislativo del Estado de Morelos. 30 Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial del Estado de Morelos. 31 Sindicato Único de Trabajadores del Poder Ejecutivo y Entidades Paraestatales del estado de Morelos. 32 Sindicato de Trabajadores del Sistema de Conservación de Agua Potable y Saneamiento de Agua de Jiutepec, Morelos. 33 Sindicato Independiente de Trabajadores al Servicio del Sistema Operador de Agua Potable y Saneamiento de Cuautla, Morelos. 34 Sindicato Único Independiente de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Morelos. 35 Sindicato de Trabajadores al Servicio del Sistema Operador de Agua Potable y Saneamiento de Cuautla, Morelos, "Florencio Rendón". 36 Sindicato de Trabajadores Bibliotecarios del Estado de Morelos. 37 Sindicato Independiente de Trabajadores de la Educación Media Superior de Distancia del Colegio de Bachilleres del Estado de Morelos. 38 Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Morelos. 39 Sindicato de Trabajadores del Sistema de Agua Potable de Emiliano Zapata, Morelos. 40 Sindicato de Trabajadores de Organismos Descentralizados Estatal y Municipal del Estado de Morelos. 41 Sindicato de Trabajadores del Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Yautepec, Morelos. Solidaridad. 42 Sindicato de Trabajadores Académicos de los CONALEP del Estado de Morelos Sindicato Único de Trabajadores y Empleados al Servicio del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca, Morelos. Sindicato Independiente de Trabajadores Académico de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. 45 Sindicato de Trabajadores Administrativos de la Universidad Autónoma de Estado de Morelos. Subtotal 45 Total:178 En cuanto a las personas físicas o morales, en el ejercicio de sus actividades coadyuven en auxilio o colaboración con las entidades públicas, o aquellas que ejerzan gasto público, reciban, utilicen o dispongan de recursos públicos, subsidios, o estímulos fiscales o realicen actos de autoridad, estarán obligadas a entregar la información relacionada con el uso, destino y actividades al Sujeto Obligado que entregue el recurso, subsidio u otorgue el estímulo, supervise o coordine estas actividades, de conformidad con los artículos 1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y 42, 43 del Reglamento de la Ley. TRANSITORIOS TERCERO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo a efecto de realizar las medidas necesarias para publicar el Padrón de Sujetos Obligados en el Periódico Oficial Tierra y Libertad. CUARTO.- El presente Acuerdo entra en vigor al día siguiente de la publicación del Padrón Actualizado de Sujetos Obligados al cumplimiento de la Ley en mención. ASÍ LO ACORDÓ, POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EL PLENO DEL INSTITUTO MORELENSE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ESTADÍSTICA DEL ESTADO DE MORELOS, EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE, FIRMANDO LOS CIUDADANOS PRESENTES AL CALCE PARA LOS EFECTOS LEGALES A LOS QUE HAYA LUGAR, ANTE EL SECRETARIO EJECUTIVO, CON QUIEN ACTÚAN Y DAN FE. DORA IVONNE ROSALES SOTELO COMISIONADA PRESIDENTA COMISIONADA MIREYA ARTEAGA DIRZO VÍCTOR MANUEL DÍAZ VÁZQUEZ COMISIONADO GUILLERMO ARIZMENDI GARCÍA SECRETARIO EJECUTIVO RÚBRICAS.

103 10 de julio de 2017 PERIÓDICO OFICIAL Página 103 AVISO. AL PÚBLICO EN GENERAL Se comunica al público en General que el procedimiento establecido para la publicación de documentos en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, es el siguiente: REQUISITOS PARA LA INSERCIÓN DE DOCUMENTOS A PUBLICAR - Escrito dirigido al Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial, solicitando la publicación. - Original y copia del documento a publicar en papel membretado, con sello, firma autógrafa y fecha de expedición del mismo; sin alteraciones. - C. D., o memoria USB, que contenga la información a publicar en formato Word. (en caso de requerir la publicación con firma autógrafa, se deberá presentar escaneada sólo la firma.). - Dictamen de la Comisión de Mejora Regulatoria o la exención del mismo, conforme al artículo 60, de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos. (No aplica para el Poder Legislativo y Judicial; así como organismos autónomos y particulares). - Realizar el pago de derechos de la publicación en el kiosco electrónico, ubicado en Casa Morelos; oficina de telégrafos o bancos autorizados. - El documento original y versión electrónica, se deberá presentarse en la Secretaría de Gobierno. - La copia del documento y versión electrónica en C. D., o memoria USB, se entregará en las oficinas del Periódico Oficial ubicadas en Hidalgo 14, Primer Piso, Despacho 104, Colonia Centro, en Cuernavaca, Morelos, C. P EN EL CASO DE AYUNTAMIENTOS: Para la publicación de documentos enviados por los distintos Ayuntamientos del Estado, deberá cumplir con los requisitos previamente establecidos, además de anexar el Acta de Cabildo de fecha Correspondiente a la aprobación del documento a publicar, debidamente certificada. Los Ayuntamientos que soliciten publicar actos, procedimientos y resoluciones a que se refiere el artículo 11 de la Ley de la Mejora Regulatoria del Estado de Morelos, además de los requisitos ya señalados, deberán presentar el Dictamen de la Comisión, o la exención del mismo, conforme al artículo 60 de la Ley antes mencionada LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARÁN DE LA SIGUIENTE MANERA: - Los documentos que se reciban hasta el día viernes de cada semana, se publicarán el miércoles de la siguiente, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos. Teléfono: Ext y De acuerdo al Artículo 120 de la Ley General de Hacienda del Estado, los precios a pagar por publicaciones en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, son los siguientes: ART. 120 Fracc. II.- II. LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS (DECRETO NÚMERO MIL TRESCIENTOS SETENTA.- Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal para el Estado de Morelos, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, de la Ley del Notariado del Estado de Morelos y de la Ley de Coordinación Hacendaria, publicado el 22 de diciembre de 2016, en el P.O ) Del Periódico Oficial ''Tierra y Libertad''. TARIFA DEL PERIÓDICO OFICIAL "TIERRA Y LIBERTAD": A) VENTA DE EJEMPLARES: 1. SUSCRIPCIÓN SEMESTRAL: $ SUSCRIPCIÓN ANUAL: $ EJEMPLAR DE LA FECHA: $ EJEMPLAR ATRASADO DEL AÑO EN CURSO: $ EJEMPLAR DE AÑOS ANTERIORES: $ EJEMPLAR DE EDICIÓN ESPECIAL POR LA PUBLICACIÓN DE LEYES O REGLAMENTOS E ÍNDICE ANUAL: $ EDICIÓN ESPECIAL DE CÓDIGOS: $ PERIÓDICO OFICIAL EN DISCO COMPACTO: $ COLECCIÓN ANUAL: $1, B) INSERCIONES: PUBLICACIONES ESPECIALES, EDICTOS, LICITACIONES, CONVOCATORIAS, AVISOS Y OTROS QUE SE AUTORICEN: 1. DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL Y AUTORIDADES JUDICIALES: 1.1. POR CADA PALABRA Y NO MÁS DE $ 1, POR PLANA: $ POR CADA PLANA: $1, DE PARTICULARES: 2.1. POR CADA PALABRA Y NO MÁS DE $1, POR PLANA: $ POR CADA PLANA: $1,059.00

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