R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
|
|
|
- Beatriz Robles Cárdenas
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cincuenta y un minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete.- Recurso de objeción interpuesto por la empresa Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A (DEQUISA) en contra del cartel de las modificaciones al cartel de la Licitación Pública 2017LN APITCR, promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, para la adquisición del servicio de aseo y limpieza en el Campus de Cartago RESULTANDO I. Que la firma Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A (DEQUISA), presentó en tiempo, en fecha once de julio del dos mil diecisiete, recurso de objeción en contra del cartel de la referida licitación pública II. Que mediante auto de las catorce horas treinta y cinco minutos del trece de julio de dos mil diecisiete se otorgó audiencia especial a la Administración licitante. Dicha audiencia fue atendida mediante oficio R del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, adicionado por información remitida vía correo electrónico el día veinte del mismo mes y año III. Que en el procedimiento se han observado las disposiciones legales respectivas CONSIDERANDO Sobre el fondo del recurso. i) Requisito de admisibilidad. Método de análisis químico para determinar la biodegradabilidad de aspectos de limpieza. Manifiesta el objetante que en el cartel original se mencionaba un único método para determinar la biodegradabilidad, pero la Administración licitante modificó el cartel e incluyó otro método de análisis: 302b de la OECD, pero se excluyen otros métodos como el ASTM D RO8, ASTM D y el ASTM D (2008). Señala, que la Administración al atender audiencia especial con ocasión de una ronda anterior de objeción, se limitó a señalar que no aceptaba el método ASTM porque éste evalúa qué tan fácil se degrada el compuesto y evalúa la degradación del alquibencenosulfonato. No brinda análisis para el producto terminado, sino para el componente del producto. Pero estima, que en Costa Rica se utilizan otros métodos de ensayo alternativos con alto grado de precisión y exactitud en los resultados finales equivalentes a los establecidos por el método impugnado, para lo cual aporta criterio técnico de profesional. De esta forma, en dicho criterio se indica, que la no aceptación de la norma ASTM es incorrecta bajo el supuesto que su aplicación es únicamente para el compuesto puro del alquil benceno sulfonato y que no puede ser aplicado a mezcla de distintos compuestos que conforman la naturaleza y
2 2 composición de los productos terminados. En la práctica, la gran mayoría de los productos obedecen a mezclas generalmente líquidas, cuya composición ha sufrido una simple dilución con agua, por lo que aunque el alquil benceno sulfonato fuera un producto terminado, que no lo es, ya no sería un compuesto puro, sino que sería una mezcla binaria simple de 2 componentes en estado acuoso. Agrega, que ya el órgano contralor ha aceptado la utilización de otros métodos siempre que se cumplan con un grado de biodegradabilidad del 60% en 28 días (ver resoluciones R-DCA y R-DCA ). Por lo anterior, solicita ordenar a la Administración efectuar las modificaciones correspondientes, ya que lo importante es que se cumpla con el 60% de biodegradabilidad en el tiempo requerido y no necesariamente el método científico para acreditar la biodegradabilidad. Por su parte la Administración considera que el recurso debe ser rechazado, ya que se ajusta a lo requerido por la entidad y no violenta derecho alguno, ya que se amplía los métodos a utilizar para determinar la biodegradabilidad de los productos de limpieza. Indica, que para tomar tal determinación del método 301D de la OECD se justifica porque permite determinar el porcentaje de biodegradabilidad para productos terminados, y evalúa qué tan fácil puede degradarse un compuesto. Indica, que el método ASTM no se acepta porque evalúa degradación de alquibenceno únicamente. No brinda datos para un producto terminado, sino un componente. No garantiza que la sustancia no esté en el producto terminado. Señala, que el Sistema Globalmente Armonizado de Etiquetado y Clasificación de Productos Químicos para la clasificación de biodegradabilidad permite el uso del método 301D de la OECD, pero no el ASTM. Agrega, que a los oferentes no se les está pidiendo que ellos realicen y cancelen ante el ECA estos análisis. La información de biodegradabilidad debe ser proporcionada por el fabricante, por lo que tampoco se dice una fecha reciente de análisis. Menciona que respecto al método solicitado 302B el objetante manifiestó mediante un documento de 2016, que dicho método no era posible hacerlo en Costa Rica por los laboratorios acreditados, pero hoy solicita su incorporación. Acepta el método 302Ben el entendido que si no han sido efectuados por el fabricante del producto, los oferentes deberán hacerle frente a ese costo. Manifiesta que otro aspecto a considerar es que en el procedimiento 2016LN APITCR, la Administración recibió de parte de los oferentes productos bajo el método 301, ya que es el método que utiliza por parte de los fabricantes para los análisis requeridos de los productos de limpieza. El método 302B no es un método utilizado
3 3 por los fabricantes, ya que no es usual. Respecto de otros métodos indica: del ASTM D (2008), la norma fue retirada en el año 2013, ASTM D se encuentra inactiva por ASTM D , ASTM D (R08) no corresponde a un método de análisis de biodegradabilidad. En cuanto a la documentación técnica presentada por el profesional David Meseguer Monge, manifiesta que ya sobre el particular se habría pronunciado en los siguientes términos: no se debe tomar en cuenta los métodos ASTM D (2008), ASTM D y ASTM D R08. Lo anterior toda vez que la norma ASTM D no tiene validez pues fue actualizada por la misma ASTM D (2008). Para el caso de la ASTM D R08, el código D 1720 independiente de su año, hace referencia a la norma relacionada con la proporción de dilución de disolventes activos en disoluciones de nitrato de celulosa y no para mediciones de bidegradabilidad, por lo que no se debe utilizar para evaluar la biodegradabilidad en cualquiera de sus alcances. En relación con el uso del método 302B-OECD puede ser considerado siempre y cuando productos con etilenglicol, dietilengliocol, laurilsulfonato y anilina alcancen al menos 70% dentro de 14 días. Criterio de la División: En primer lugar es importante tener claro que el cuestionamiento del disconforme, se refiere a una modificación al cartel efectuada por la Administración. Originalmente, el pliego disponía como requisito de admisibilidad que Los productos deben tener una biodegradabilidad igual o mayor al 60% en un tiempo de 28 días, determinado ÚNICAMENTE con el método 301D de la OECD del producto terminado y no de todos o algunos ingredientes que lo conforman. Cualquier otro método que se presente no será avalado por el ITCR. Es decir, sólo posibilitaba un método para medir la biodegradabilidad. A raíz de lo anterior, el recurrente presentó recurso de objeción ante este órgano contralor, y en torno a este punto esta entidad resolvió en Resolución R-DCA del 31 de mayo de 2017 lo siguiente: Si bien es cierto la Administración es quien más conoce sus necesidades y cómo deben ser satisfechas y ha manifestado que el método requerido evalúa el producto terminado a diferencia de otros, lo cierto es que no se refirió de forma específica al criterio técnico aportado por el objetante, criterio con el cual sustenta la posibilidad de incluir otros métodos. En vista que el requisito es de admisibilidad, se hace necesario que dicha entidad justifique técnicamente su requerimiento y se refiera de forma clara y expresa al criterio técnico aportado por el objetante y determine o no la posibilidad de incluir otros métodos, con base en lo descrito por el profesional. De esta forma, véase que el órgano
4 4 contralor ordenó a la entidad licitante justificar técnicamente el requerimiento y que se refiriera expresamente sobre el criterio aportado por el objetante, lo cual no hizo al atender la audiencia especial. Es importante aclarar en este punto, que esta Contraloría General no ordenó en modo alguno, aceptar los sistemas señalados por el objetante, sino que la Administración debía analizar el criterio aportado, y de allí determinar su inclusión o no. Al respecto, consta oficio emitido por el Regente Químico Institucional Jonathan Esquivel Garita, emitido el 6 de junio de 2017, mediante el cual señala en lo que interesa La norma ASTM D (2008) fue retirada en el año 2013 ( )/ De igual forma la norma ASTM D no tiene validez, pues fue actualizada por la misma ASTM D (2008)./ Para el caso de la ASTM D R08; el código D 1720 independientemente de su año hace referencia a la norma relacionada con la proporción de dilución de disolventes activos en disoluciones de nitrato de celulosa y no para mediciones de biodegradabilidad, por lo que no se debe utilizar dicha norma para evaluar la biodegradabilidad en cualquiera de sus alcances (folio 43 del expediente de objeción). Véase entonces que posterior a nuestra resolución y previo a la publicación de la modificación cartelaria, se efectuó el análisis solicitado por este órgano contralor, análisis sobre el cual el objetante no se refirió en esta oportunidad. Y si bien acompaña su recurso con otro criterio técnico, es lo cierto que éste no viene a desacreditar de forma alguna el emitido por la Administración, que justifica la no inclusión de los métodos requeridos por el disconforme. En vista que la Administración es quien más conoce sus necesidades y que ha justificado técnicamente la redacción de la cláusula, se declara sin lugar el recurso. En este punto es importante advertir que si bien en otras oportunidades este órgano contralor ha aceptado otros métodos para medir la biodegradabilidad, lo ha sido porque es la propia entidad licitante la que los ha aceptado, aspecto que esta Contraloría General valoró en las resoluciones citadas por el recurrente POR TANTO De conformidad con lo expuesto y con fundamento en lo que disponen los artículos 182 y siguientes de la Constitución Política, 34 y 37.3 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 81 de la Ley de Contratación Administrativa y 178, 179 y 180 de su Reglamento, se resuelve: 1) Declarar sin lugar el recurso de objeción interpuesto por la
5 5 empresa Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A (DEQUISA) en contra de las modificaciones al cartel de la Licitación Pública 2017LN APITCR, promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, para el servicio de aseo y limpieza en el Campus de Cartago. 2) De conformidad con el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa se da por agotada la vía administrativa. NOTIFÍQUESE Edgar Herrera Loaiza Gerente Asociado Lucía Gólcher Beirute Fiscalizadora LGB/apus NI: 17216, 18017, NN: 8532 (DCA ) Ci: Archivo central G:
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.
R-DCA-236-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil quince.---------------------------------------------------------------------------------------
R E S U L T A N D O:
RECURSO DE REVISIÓN: 85/2015-P-1 SUJETO OBLIGADO: INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TLAXCO. RECURRENTE: *************************** COMISIONADA PONENTE: LICENCIADA MARÌA AIDA GONZÀLEZ SARMIENTO Tlaxcala,
CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX
No. de Oficio RM 1828/2011. ASUNTO: CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P. 06700 TEL. (55) 5584 2121 FAX. 5584 8454. P R E S E N T E En acatamiento a lo dispuesto
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 003-09 QUE MODIFICA LA COMPOSICION DE LA LISTA DE MIEMBROS ELEGIBLES PARA CONFORMAR LOS CUERPOS COLEGIADOS DEL INDOTEL. El Instituto
R-DCA-052-2010 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
R-DCA-052-2010 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del seis de octubre del dos mil diez.---------------------- Recursos de objeción
Ministerio de Defensa
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información
RESOLUCIÓN DE ÓRGANO DE CONTRATACIÓN POR EL QUE SE ADJUDICA UN CONTRATO
Txostena / Informe. Kontratazio Zuzendaritza Dirección de Contratación. Espedientea / Expediente: 2015-053755 Zirkulazio, Garraio eta Ingurumen Saila / Area de Circulación, Transportes y Medio Ambiente
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 011-10 QUE DECLARA A LA EMPRESA ARQA, ARQUITECTURA INTEGRAL GANADORA DE LA LICITACIÓN RESTRINGIDA INDOTEL-LR-001-2009, PROYECTO ARQUITECTURA
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 102-08 QUE DECLARA A LA EMPRESA SINERGIT, S. A., GANADORA DE LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL NO. LPN-003-08 EFECTUADA PARA LA ADQUISICION
Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM
Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en
A N T E C E D E N T E S
RECURSO DE REVISIÓN: RR/077/15. ENTE PÚBLICO: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE CANDELARIA. RECURRENTE: Eliminado, Artículos 4, Fracc. IX y 28 de la Ley. COMISIONADO PONENTE: DR. JORGE GABRIEL GASCA SANTOS. San
PROCESO CAS N MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN DISEÑADOR WEB PARA LA OFICINA DE DESARROLLO TECNOLOGICO
PROCESO CAS N 129-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN DISEÑADOR WEB PARA LA OFICINA DE DESARROLLO TECNOLOGICO ÁREA USUARIA PUESTO Oficina de Desarrollo Tecnológico
PA02. GESTIÓN DE EXPEDIENTES Y TRAMITACIÓN DE TÍTULOS
Índice 1. Objeto 2. Alcance 3. Referencias/Normativa 4. Definiciones 5. Desarrollo de los procesos 6. Seguimiento y Medición 7. Archivo 8. Responsabilidades 9. Flujograma ANEXOS: No proceden Edición Fecha
Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue
JUNIO 21 Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue Resolución N : 0990 del 24/06/21 Página 1 de 10 JUNIO 21 Indice INTRODUCCION...
Ley Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos:
Ley Nº 29451 Ley que modifica el Decreto Ley Nº 19990, Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, y establece el Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho
PROCEDIMIENTO: ADQUISICIONES MERCADO PÚBLICO
Página 1 de 5 PROCEDIMIENTO: ADQUISICIONES MERCADO PÚBLICO Página 2 de 5 1. PROPOSITO 1.1 Dictar las actividades relacionadas con el proceso de Adquisiciones a través del portal de Mercado Público. 2.
PROCEDIMIENTO DE DECLARACIONES PATRIMONIALES
HOJA 1 DE 11 1. Objetivo Operar un sistema de declaraciones patrimoniales para aquellos servidores públicos s a presentar declaración patrimonial como para que esta se realice de manera rápida y sencilla,
MANUAL DEL SUBPROCESO DE INGRESOS A BODEGA DE PROVEEDURÍA CA CGAF 01 P02 01
MANUAL DEL SUBPROCESO DE INGRESOS A BODEGA DE PROVEEDURÍA CA CGAF 01 P02 01 Versión 1.0 23/07/2015 1 Página: Página 2 de 12 Contenido 1. INFORMACIÓN BÁSICA... 3 2. LINEAMIENTOS DEL SUBPROCESO... 4 3. ROLES...
VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;
Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación
MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO
MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO La Tributaria, a través de la Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente de la Intendencia de Asuntos Jurídicos, brinda a través del
Fondo de Solidaridad e Inversión Social Región de Antofagasta
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO Fondo de Solidaridad e Inversión Social Región de Antofagasta Número de Informe: 1187/2015 19 de Mayo de 2016 www.contraloria.cl e.e. Nº 614/2016 REF. Nº 21.932/2016 OAF. Nº 2.109/2016
PROCEDIMIENTO PG 08 CONTROL DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN
ÍNDICE 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4. RESPONSABILIDADES 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO 5.1. Adquisición, recepción e identificación de equipos 5.2. Identificación y estado de calibración 5.3.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
C.E. N 580/2011 C/REF.: 103629/2011 RSMJ./psv. REMITE INFORME FINAL EN INVESTIGACIÓN ESPECIAL EFECTUADA EN LA MUNICIPALIDAD DE RÍO NEGRO. PUERTO MONTT, 0 0 1 9 6 3. 25. 35. 2011 El infrascrito cumple con
CONVOCATORIA SELECCIÓN SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DEL CONTRATO A PARTIR DEL 29 DE SETIEMBRE 2014
PROCESO CAS N 671-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ASESOR EN TEMAS VINCULADOS A LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTABLE ÁREA USUARIA PUESTO I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
CRITERIOS A TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE ELABORAR REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS
PRONUNCIAMIENTO Nº 570-2012-DSU (Pág. 2): SERVICIOS: NO SE PUEDE RESTRINGIR LA EXPERIENCA AL SECTOR GUBERNAMENTAL PRONUNCIAMIENTO Nº 570-2012-DSU (Pág. 2): SERVICIO - LA EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO
Resolución de Adjudicación
CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL DE 18 CAMAS EN EL MUNICIPIO DE ARANDAS JALISCO. EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, A LOS 15 (QUINCE) DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2014, DE CONFORMIDAD A ARTÍCULO 165 DE LA
COMPOTION/INFORMATION OF INGREDIENTS: Ingredients. (by weight %) Available chlorate 65% Min. Moisture 5% Inearts 30%
3.- que la oferta del recurrente ofrece producto fabricado por SREE RAYALASEEMA HISTRENGTH HYPO presentando ficha técnica del Product HSH 1560, al folio 000290 al 000298 del apartado ofertas, sin embargo
En Buenos Aires, a los 30 días del mes de mayo. de 2013, esta Comisión de Administración y Financiera, con
RESOLUCIÓN Nº 29 /13 En Buenos Aires, a los 30 días del mes de mayo de 2013, esta Comisión de Administración y Financiera, con la Presidencia de la Dra. Ada Iturrez de Cappellini, VISTO: El expediente
Santiago, 2 1 MAR 2016
REPÚBLICA DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS SUSPENDE COBRO TARIFARIO A EMPRESA AGUAS DEL VALLE S.A., POR PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS "OVALLE" DE LA REGIÓN DE COQUIMBO. Santiago,
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.
R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O
EXPEDIENTE NÚMERO: 1668/2012 JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. - - - - Tulancingo de Bravo, Hidalgo, a 27 veintisiete de marzo del año 2013 dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-009-15 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD QUASAR ATLANTIC DOMINICANA, S. R. L., EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA
Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados
RESOLUCIÓN La Junta Directiva del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), vista la documentación del proceso de LICITACIÓN PRIVADA SANAA-GF-03-2009, PARA EL SUMINISTRO DE SERVICIO
1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES
CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 065-04 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ARINC REPUBLICA DOMINICANA, S.A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA 131.550
Reglamento para el Enriquecimiento del Arroz
Reglamento para el Enriquecimiento del Arroz N 30031 EL PRESIDENTE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 140, inciso 3) y 18) de la Constitución
RESOLUCIÓN DG DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. San José, a las diez horas del día veintiuno de julio del año dos mil diez.
RESOLUCIÓN DG-252-2010. San José, a las diez horas del día veintiuno de julio del año dos mil diez. CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
EXPEDIENTE NÚMERO: 695/2012 AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS SUCESORIO INTESTAMENTARIO
EXPEDIENTE NÚMERO: 695/2012 AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS SUCESORIO INTESTAMENTARIO - - - - Tula de Allende, Estado de Hidalgo; a 15 quince días del mes de octubre del año 2012, dos mil doce. - - - - -
Laboratorio de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica
Laboratorio de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica Servicio y Energía Historia La Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. (CNFL está consolidada como la principal empresa distribuidora de energía
PROCESO CAS N MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN BAILARIN CUERPO DE BAILE PARA EL BALLET NACIONAL
PROCESO CAS N 191-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN BAILARIN CUERPO DE BAILE PARA EL BALLET NACIONAL ÁREA USUARIA PUESTO Ballet Nacional Ministerio de Cultura
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON
LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 30/09/16 EN EL JUZGADO 0199/2004 Auto De Fecha: Veintiocho De Septiembre Del Dos Mil ACTUACION En Virtud De Que Los Autos Originales Del Expediente 199/2004
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS CODIGO N.º 029-CAS-MC-2013 PRIMERA CONVOCATORIA
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS CODIGO N.º 029-CAS-MC-2013 PRIMERA CONVOCATORIA SERVICIO DE ARQUITECTO PARA LA OFICINA DE OPERACIONES I. GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE:
A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
ASISTENTES: PRESIDENTE: TENIENTES DE ALCALDE: INTERVENTOR: En la Casa Consistorial de San Fernando de Henares, siendo las nueve horas y cuarenta minutos del día veinticinco de julio de dos mil doce, se
CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 1 DE 2011 LISTA MULTIUSOS PARA CONTRATAR ADECUACIONES MENORES EVALUACIÓN JURÍDICA Cumple 1.12. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR a. ENRIQUE MOLANO VENEGAS Podrán participar todas las personas
Que, a fs.sesenta y cuatro, comparece don José Pedro Ogaz Espinoza, Superintendente de Bomberos y en representación del Cuerpo de Bomberos de
Santiago, doce de diciembre de dos mil doce. Autos. Vistos: Que, a fs.sesenta y cuatro, comparece don José Pedro Ogaz Espinoza, Superintendente de Bomberos y en representación del Cuerpo de Bomberos de
CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número
CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. VISTO EL ESCRITO RECIBIDO EN ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE SALUD, POR EL CUAL EL C. REPRESENTANTE LEGAL DE
RESOLUCION NUMERO 3104 DE 2005
Hoja 1 de 6 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (Septiembre 13) Por la cual se precisan algunos aspectos del procedimiento de pago integrado realizado a través de la Planilla EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN
Informe 21/2009, de 16 de septiembre, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Informe 21/2009, de 16 de septiembre, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Asunto: Composición de las mesas de contratación y de los comités de expertos
PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE LICITACIÓN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003
PÚBLICA Página 1 de 10 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO UNIDAD ADMINISTRATIVA PROCEDIMIENTO SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003 ELABORADO POR: Sergio Danilo Herrarte Pedroza Jefe
GUÍA PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS Y APELACIONES DE QUALIFOR ANTECEDENTES NOTAS IMPORTANTES
GUÍA PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS Y APELACIONES DE QUALIFOR ANTECEDENTES El Programa QUALIFOR es el programa acreditado por el FSC del Grupo SGS. SGS es una empresa internacional especialista en verificación,
DECRETO No. 516 DE 08 NOV "Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.
DECRETO No. 516 DE 08 NOV. 2013 ( ) "Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C." EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades
CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp
(1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA
RESOLUCION No DE 2014 (NOVIEMBRE 13)
MUNICIPtO DE ANAPOIMA POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE CUOTA PARTE PENSIONAL A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES - EN LIQUIDACION, CON CARGO AL CUNDINAMARCA, Y SE ORDENA EL PAGO DE LAS CUOTAS PARTES
ACTA CIRCUNSTANCIADA CORRESPONDIENTE AL ACTO DE FALLO DEL PROCEDIMIENTO POR LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NÚMERO RTP/LPI/002/2014
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, SIENDO LAS DIECISÉIS HORAS DEL DÍA SIETE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, SE REUNIERON EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIÓN DEL ORGANISMO, UBICADA EN
Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01
1. OBJETIVOS Y ALCANCE Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 Establecer los lineamientos para elaborar un presupuesto extraordinario, conforme con la normativa vigente, según la disponibilidad
AUDITORÍA INTERNA INFORME DE AUDITORÍA N AF
AUDITORÍA INTERNA INFORME DE AUDITORÍA N AF-006-2015 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD PARA EL SECTOR PÚBLICO (NICSP) Abril 2016 ÍNDICE A. Introducción..
EFECTOS TRIBUTARIOS POR MULTAS Y/O SANCIONES PRIVADAS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS
EFECTOS TRIBUTARIOS POR MULTAS Y/O SANCIONES PRIVADAS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS Relator: Gonzalo Roblero Enero 18, 2011 INDICE - Aspectos tributarios relacionados con las multas y/o sanciones privadas
COMUNICACIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS SANITARIOS DE FABRICACIÓN SERIADA
COMUNICACIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS SANITARIOS DE FABRICACIÓN SERIADA 1. TIPO DE COMUNICACIÓN: Comunicación de Distribución de Productos Sanitarios Sin almacén (DPS) Con almacén (DAPS): Propio Subcontratado
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCION No. 137-10 QUE DECLARA ADJUDICATARIA A LA EMPRESA GESTION TECNOLOGICA, S. A. (GTEC) DE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL INDOTEL/LPN-017-2010,
INDICE UNE-EN ISO/IEC
INTRODUCCIÓN La Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 establece los requisitos generales relativos a la competencia técnica de los laboratorios de ensayo y calibración que ENAC utiliza como criterios para la acreditación.
Fecha de publicación: Marzo 19 de 2015
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LOS TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y MODIFICACIÓN DE REQUISITOS, ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA DEL CONTINGENTE DE IMPORTACION DE ARROZ ORIGINARIO DE LA REPUBLICA
La FIIAPP precisa incorporar al Área de Comunicación mediante contrato laboral formativo en prácticas un Técnico de Comunicación.
REFERENCIA 283 La FIIAPP precisa incorporar al Área de Comunicación mediante contrato laboral formativo en prácticas un Técnico de Comunicación. Requisitos: TÉRMINOS DE REFERENCIA 1. Licenciatura/Grado
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 40928 del 2014 Julio 11 Tema: Aduanas. Descriptores: Declaración de corrección Sanciones. Fuentes formales: Artículo 234 Decreto 2685 de 1989; artículos
PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA
PROCESO PÁGINA 1 DE 8 COORDINADOR (A) GRUPO GESTION 1. OBJETIVO Adquirir bienes y/o servicios que requiere la Unidad para el cumplimiento de las metas y objetivos cuyo valor no exceda del 10% de la menor
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA CELEBRADO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA Y GENERAL SECURITY LIMITADA
Entre los suscritos, JACQUELINE MURILLO SANCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.778.098 de Bogotá, actuando en calidad de Subdirector Administrativo y Financiero de la SUPERINTENDENCIA
DECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA MESA PERMANENTE DE CONTRATACIÓN.-
DE LA MESA PERMANENTE DE CONTRATACIÓN.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las nueve horas y veinte minutos del día, se reúnen en sesión ordinaria en el Salón de Actos de la Casa Palacio
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ABOGADO GENERAL
México, D.F., 17 de diciembre de 2008. Vistos para resolver el contenido del expediente relativo a la solicitud de acceso a la información número 1117100066508, presentada el día 21 de octubre de 2008.
RESOLUCIÓN NO. 02- AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS HABITANTES. A LAS DOCE HORAS TREINTA Y TRES MINUTOS DEL SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
Expediente No. 048-08-2016-DEN RESOLUCIÓN NO. 02- AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS HABITANTES. A LAS DOCE HORAS TREINTA Y TRES MINUTOS DEL SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS. Conoce la Agencia de
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
CONCURSO POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. UACH-012/ITP/2015 BASES ADQUISICIÓN DE TARJETAS DE PROXIMIDAD/ 2015 Chapingo Estado de México a 24 de mayo del 2015. La Universidad Autónoma Chapingo,
Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa.
RESOLUCIÓN TÉCNICA N 28 Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa. PRIMERA PARTE Visto: El Proyecto N 20 de Resolución Técnica Modificaciones
CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.
CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión
