MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ENTIDADES DUSI ORGANISMOS INTERMEDIOS LIGEROS

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ENTIDADES DUSI ORGANISMOS INTERMEDIOS LIGEROS (Art. 7 del Reglamento (UE) nº 1301/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013) PARA LAS ACTUACIONES COFINANCIADAS POR EL FEDER EN ESPAÑA EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN PROGRAMA OPERATIVO DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE INTEGRADO CAMINITO DEL REY: el desarrollo urbano a través del turismo de interior de la Costa del Sol ID. FIRMA PÁGINA 1/38

2 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página INTRODUCCIÓN La Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 275, de 17 de noviembre de 2015), en adelante OCS, en su resuelvo undécimo señala que: 2. La Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Fondos Comunitarios y la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales serán los Organismos Intermedios de Gestión. 3. Las entidades beneficiarias de las operaciones a cofinanciar en el marco de las Estrategias DUSI serán Organismos Intermedios únicamente a los efectos de la selección de operaciones. De este modo, las entidades beneficiarias de la convocatoria, o Entidades DUSI, van a seleccionar las operaciones concretas que se integran dentro de las distintas líneas de actuación de sus Estrategias, actuando como organismos intermedios, que coloquialmente han sido denominados organismos intermedios ligeros. En el apartado segundo de la Resolución de 12 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria (BOE del 14 de diciembre), se acordó: Designar, según lo indicado en el artículo undécimo de la Orden HAP/2427/2015, a las entidades beneficiarias del anterior apartado «Organismos Intermedios del FEDER» únicamente a los efectos de la selección de operaciones. Debido a esta condición, deberán elaborar un Manual de Procedimientos. Este Manual, en el que deberán documentar todos aquellos aspectos y procesos que le permitan cumplir con sus obligaciones deberá ser remitido al Organismo Intermedio de Gestión del que dependan, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la publicación de esta resolución en el «BOE», por los cauces y en el formato que se establezcan. La formalización de la designación de las Entidades Locales seleccionadas como Organismos Intermedios a efectos de selección de operaciones, se realizará mediante un acuerdo de compromiso en materia de asunción de funciones para la gestión FEDER. Este documento, donde se recogen las funciones que estas Entidades asumen como Organismos Intermedios a efectos de selección de operaciones frente a la Autoridad de Gestión del FEDER, se facilitará por parte del correspondiente Organismo Intermedio de Gestión, a quien se deberá remitir cumplimentado firmado por el máximo responsable de la Entidad Local. El Manual de Procedimientos constituye por tanto el documento que todas las Entidades DUSI deben cumplimentar para culminar su proceso de designación como Organismos Intermedios Ligeros, quedando así legitimadas para ejercer las funciones asignadas por la Autoridad de Gestión del FEDER en España y las restantes que se derivan de las bases y convocatoria. ID. FIRMA PÁGINA 2/38

3 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 2 Los Organismos Intermedios de Gestión (por mandato de la Autoridad de Gestión) deben evaluar la conformidad de las funciones y procedimientos de sus respectivas Entidades DUSI, como requisito previo imprescindible para que éstas puedan acceder a los fondos FEDER. La evaluación consiste en comprobar la idoneidad de la Entidad DUSI, así como la adecuación a los requerimientos normativos y la veracidad de la información aportada. En las labores de evaluación, el OI de Gestión podrá realizar visitas presenciales a la Entidad DUSI y solicitar información complementaria. Por tanto, cada Entidad DUSI debe estar en disposición de demostrar documentalmente la existencia de los procedimientos y cualquier otro aspecto descrito en su manual. Para que las Entidades DUSI puedan desarrollar correctamente las funciones atribuidas por la autoridad de Gestión (AG), así como las restantes que se derivan de las bases y convocatoria de las ayudas, deben disponer de una estructura organizativa adecuada, que garantice un correcto desempeño de las mismas. Para ello, la Entidad DUSI, en primer lugar deberá definir una unidad de gestión que será la unidad o departamento que ejercerá las funciones de Organismo Intermedio (ligero) y las demás que procedan de acuerdo con las bases y la convocatoria de las ayudas. Esta unidad deberá estar claramente separada de las restantes unidades, departamentos o áreas de la Entidad DUSI responsables de iniciar o de iniciar y ejecutar las operaciones (unidades ejecutoras). Las Entidades DUSI tienen la obligación de disponer de los medios humanos y materiales para garantizar todos los aspectos de gestión. Asimismo, deben asignar las funciones que les corresponden dentro de su ámbito de gestión y diseñar los procesos necesarios para cumplir adecuadamente con las mismas, garantizando que se respete, en todo lo que proceda, el principio de separación de funciones. Igualmente, tendrá que especificar el alcance y contenido de las labores específicas de coordinación y supervisión de funciones en su seno y las unidades que las desempeñan. Las Entidades DUSI dispondrán de un plan de asignación de los recursos humanos apropiados con las capacidades técnicas necesarias a los distintos niveles y para las distintas funciones dentro de la organización. Para desarrollar y documentar adecuadamente las funciones y procedimientos que le corresponden a la Entidad DUSI, éstas deben elaborar un Manual de Procedimientos en el que se aborden, entre otras, las siguientes cuestiones: La designación de la Unidad de Gestión, su organización interna y la correspondiente distribución de funciones y las labores específicas de coordinación y de supervisión que asume. Los recursos humanos (nº de personas, dedicación, vinculación) y materiales que tiene asignados. La dependencia funcional y orgánica ateniéndose al principio de separación de funciones. La asignación de tareas entre los distintos servicios de esa Unidad. Los procesos y procedimientos dispuestos, identificando al departamento/unidad o persona responsable de cada etapa y las metodologías y los soportes documentales de cada una. Los mecanismos para el mantenimiento actualizado del Manual. ID. FIRMA PÁGINA 3/38

4 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 3 La Unidad de Gestión de la Entidad DUSI será la encargada de seleccionar las operaciones, sin perjuicio de que la Autoridad de Gestión, a través del OI de Gestión, efectúe una comprobación final de su admisibilidad, previa a su aprobación (art. 7.5 Reglamento (UE) 1301/2013). Las operaciones que se seleccionen para ser financiadas con ayuda FEDER, tendrán que garantizar su contribución al logro de los objetivos y resultados específicos de la prioridad de inversión a que correspondan. Los criterios de selección que se utilicen tendrán que ser, en todos los casos, criterios transparentes y no discriminatorios. Se deben tener en cuenta en cada selección de operaciones los principios generales expuestos en los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, relativos a promover la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación; y a promover el desarrollo sostenible, respectivamente. Además, según se indica en el Acuerdo de Asociación, en los criterios de selección de operaciones se establecerán medidas que contribuyan a que los recursos provenientes del FEDER alcancen por igual a mujeres y a hombres. De este modo, los criterios y determinaciones ambientales identificadas en las Declaraciones Ambientales estratégicas se incorporarán a los criterios de selección de operaciones. Además, tendrá que quedar garantizado que una operación seleccionada entre en el ámbito del Fondo FEDER y que pueda atribuirse a una categoría de intervención señalada en la Prioridad de Inversión del Programa Operativo. Así mismo, debe garantizarse que el beneficiario tiene la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones del documento (DECA documento en el que se establecen las condiciones de la ayuda), que se le debe entregar y en el cual se establece las condiciones de la ayuda para cada operación. En ese sentido, la Unidad de Gestión de la Entidad DUSI entregará a la unidad ejecutora de la operación un DECA por cada una de las operaciones que se inicien en el periodo de programación. Antes de tomar la decisión de selección de la operación, la Unidad de Gestión se asegurará que el beneficiario de la operación tiene capacidad para cumplir las condiciones que se establecen (garantizar su capacidad tanto de control como de gestión, así como considerar las declaraciones de ausencia de conflicto de intereses y las medidas antifraude realizadas en el desarrollo de la actuación). Se tiene que garantizar que las operaciones seleccionadas para recibir ayuda FEDER no incluyen actividades que eran parte de una operación que ha sido o hubiera debido ser objeto de un procedimiento de recuperación conforme al art. 71 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, a raíz de la relocalización de una actividad productiva fuera de la zona del programa. Debe existir certeza de que, si la operación ha comenzado antes de presentarse una solicitud de financiación a la autoridad de gestión, se ha cumplido la normativa aplicable a la operación. En el apartado vigésimo primero de la OCS se establece que los Organismos Intermedios de Gestión emitirán cuantas instrucciones sean precisas para el cumplimiento de esta convocatoria y la ejecución de las operaciones subvencionadas. ID. FIRMA PÁGINA 4/38

5 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 4 Las instrucciones ofrecerán información acerca de los principales aspectos que debe tener en cuenta para poder gestionar los fondos que les han sido concedidos y verificar su correcta aplicación. Las instrucciones serán actualizadas periódicamente, a medida que las necesidades del servicio o las modificaciones normativas lo hagan aconsejable. La Unidad de Gestión de la Entidad DUSI deberá garantizar la transmisión a los beneficiarios de las operaciones de cuantas instrucciones se reciban de las Autoridad de Gestión (AG) u Organismo Intermedio (OI), Autoridad de Certificación (AC), Autoridad de Auditoría (AA), o cualquier otra autoridad, en la medida en que les afecten. Las entidades DUSI deben definir los criterios que van a regir la selección de operaciones, es decir los parámetros objetivos a través de los que se va priorizar las distintas solicitudes de financiación que se presenten. Una vez definidos, los criterios de selección de operaciones se remitirán al respectivo Organismo Intermedio de Gestión. Los criterios de selección de operaciones serán específicos para cada una de las líneas de actuación y deberán ser coherentes con la estrategia a la que sirven. Por ello, la entidad beneficiaria deberá ceñirse a los criterios de selección que ya recogió para cada línea de actuación en el Plan de Implementación de su Estrategia. En todo caso, los criterios de selección que se presenten deberán estar alineados con los principios rectores para la selección de operaciones que constan en el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible. En ese sentido, el apartado 8 del anexo VII de la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de estrategias DUSI, sistematizó los principios rectores del POCS en forma de Orientaciones generales sobre las operaciones a cofinanciar en el marco de las estrategias seleccionadas Una vez evaluado favorablemente el Manual de Procedimientos y demás documentación previa necesaria, las Unidades de Gestión de las Entidades DUSI podrán iniciar formalmente el proceso de selección de operaciones. La selección de las operaciones para recibir cofinanciación europea se efectuará tras la previa solicitud de financiación por parte del beneficiario (artículo 65 (6) del RDC), y tras la comprobación de que se cumple lo previsto en el artículo 125 (3) del RDC; y quedará reflejada en el sistema de información correspondiente (Galatea2020/Fondos2020), de manera que la aprobación de las operaciones y las listas de comprobación (que permiten asegurar el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional), serán almacenadas y firmadas en dicho sistema. En cumplimiento del artículo 65 (6) del RDC, se precisa una solicitud de financiación presentada a la Unidad de Gestión de la Entidad DUSI, por parte del beneficiario de cada operación. Se contempla la posibilidad de que la operación esté iniciada antes de solicitar la financiación. Sin embargo, no podrá seleccionarse la operación si estuviera ya acabada en el momento de presentación de la solicitud por parte del beneficiario (art RDC). La solicitud de financiación se tramitará de acuerdo con el procedimiento que se haya establecido en el presente Manual de procedimientos de la Entidad DUSI. En atención al marco que ha diseñado la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre y al contenido de las Estrategias DUSI, los trámites de dicho procedimiento deberán ajustarse al procedimiento básico aprobado por la AG para las convocatorias de expresiones de interés de los ID. FIRMA PÁGINA 5/38

6 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 5 potenciales beneficiarios; ya que este es el procedimiento básico de selección de operaciones que se aplica a las actuaciones desarrolladas por las entidades públicas, en el ejercicio de las competencias que tienen específicamente atribuidas. La Unidad de Gestión de la Entidad DUSI realizará la selección a partir de las expresiones de interés que remitan las unidades interesadas. Se registrarán todas las expresiones de interés recibidas y se comunicarán las decisiones tomadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes o proyectos a los solicitantes. La Unidad de Gestión se asegurará de que estos procedimientos se gestionan con total transparencia. ID. FIRMA PÁGINA 6/38

7 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 6 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. Información presentada por Entidad DUSI (Organismo Intermedio Ligero) Denominación Diputación de Málaga Naturaleza jurídica Entidad local Dirección postal Calle Pacífico, Málaga Dirección de correo electrónico recursoseuropeos@malaga.es corporativo Teléfono Fax Datos de la persona de contacto Nombre y apellidos Pablo Blas García Cargo Jefe del Servicio de Recursos Europeos Dirección postal Calle Pacífico, 54. Edificio A. Módulo D. 1ª Planta Málaga Dirección de correo electrónico pblas@malaga.es Teléfono Fax Programa Operativo de Crecimiento Sostenible Título Crecimiento Sostenible FEDER PO CCI 2014ES16RFOP002 Ejes prioritarios en los que EP12: Eje URBANO interviene Objetivos Temáticos en los que OT2 OT4 OT6 OT9 interviene Prioridades de Inversión en los que 2c 4e 6c 6e 9b interviene Objetivos específicos en los que interviene OE233 (020C3) OE451 (040e1) OE634 (060c4) OE652 (060e2) OE982 (090b2) Fondo(s) gestionados por el OI FEDER Otros 1.2. Fecha de referencia La información facilitada en el documento describe la situación a fecha de 06/OCTUBRE/2017 ID. FIRMA PÁGINA 7/38

8 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página Estructura de la Entidad DUSI La Diputación de Málaga asume las funciones tanto de Organismo Intermedio Ligero como de Beneficiario. En este apartado se describen los Servicios de la Entidad DUSI que ejercerán las funciones propias de Organismo Intermedio Ligero a través de la "Unidad de Gestión", y aquellos responsables de iniciar y ejecutar las operaciones ( Unidades Ejecutoras ). Siguiendo las directrices establecidas para la implementación de las estrategias DUSI, la separación de funciones entre la Unidad de Gestión y las Unidades Ejecutoras quedará garantizada en todo momento. La Unidad de Gestión de la Diputación de Málaga será el Servicio de Recursos Europeos (perteneciente a la Delegación de Empleo, Recursos Europeos y Nuevas Tecnologías) que garantizará la correcta legalidad y reglamentariedad de las operaciones a ejecutar. Este servicio ejercerá las funciones propias de Organismo Intermedio Ligero y actuará de forma separada e independiente del resto de delegaciones y servicios encargados de la ejecución de las operaciones. El Servicio de Recursos Europeos de la Diputación de Málaga cuenta con gran experiencia en la gestión, seguimiento y control de programas y ayudas europeas, ya que lleva desempeñando esa tarea desde el año 1998 en líneas de financiación tan diversas como FEDER, Fondo Social Europeo, Subvención Global, Programa Operativo de Adaptabilidad y Empleo, Interreg, Centro de Información Europea EUROPE DIRECT, Progress, Programa MED, POCTEFEX, URBAL, EQUAL, etc. Conforman este Servicio: Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección, Técnicos/as de proyectos europeos; y personal administrativo; todos ellos con una amplia experiencia en gestión de proyectos financiados con fondos europeos. Esta Unidad de Gestión se dividirá en las siguientes áreas de trabajo, cada una de ellas con funciones claramente definidas y diferenciadas: - Área de Gestión, responsable de las siguientes funciones: Participación en el Comité de Seguimiento de la Estrategia EDUSI y en las reuniones y jornadas de gestión que se convoquen desde la Autoridad de Gestión, Organismos Intermedios y otras Entidades DUSI. Organización de reuniones informativas de coordinación y gestión con los beneficiarios (Unidades Ejecutoras). Elaboración y remisión a los beneficiarios (Unidades Ejecutoras) de orientaciones e instrucciones. Elaboración de manuales. Elaboración de los criterios para la selección de operaciones (CPSO). Recepción, registro oficial, selección y aprobación de operaciones. Elaboración del informe de los documentos en el que se establecen las condiciones de la ayuda (DECA) y entrega a las Unidades Ejecutoras. Colaboración en la realización de los informes anuales de ejecución y final. Colaboración, coordinación y ejecución de las evaluaciones establecidas en el plan evaluación. Seguimiento de indicadores de productividad y resultado. ID. FIRMA PÁGINA 8/38

9 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 8 - Área de Control y Solicitud de Pagos, responsable de las siguientes funciones: Análisis de riesgo de fraude. Seguimiento de las irregularidades detectadas. Reintegros. Solicitud de reembolso. Cumplimentación de las hojas de comprobación. Declaración de gastos. Solicitudes de pago. - Área de Información y Comunicación, responsable de las siguientes funciones: Puesta en marcha de la estrategia de comunicación de la Estrategia DUSl Caminito del Rey. Seguimiento de indicadores. Detección de casos de buenas prácticas. Elaboración de informes. Presentación de casos de buenas prácticas en cumplimiento de lo establecido en la estrategia de comunicación. Asistencia a las reuniones del GERIP. El Área de Información y Comunicación de la Unidad de Gestión garantizará que la Diputación de Málaga cumpla toda la normativa de información y publicidad comunitaria recogida en el reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el Capítulo II articulo 115 y siguientes y en su anexo XII. Información y Comunicación sobre el apoyo procedente de los Fondos. Las obligaciones recogidas en el artículo del anexo XII son: 2.2. Responsabilidades de los beneficiarios En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación mostrando: a) el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas establecidas en el acto de ejecución adoptado por la Comisión con arreglo al artículo 115, apartado 4, y una referencia a la Unión Europea; b) una referencia al Fondo o los Fondos que dan apoyo a la operación. Cuando una medida de información o de comunicación esté relacionada con una operación o con varias operaciones cofinanciadas por varios Fondos, la referencia prevista en la letra b) podrá sustituirse por la referencia a los Fondos EIE. Durante la realización de una operación, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los Fondos: a) haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión; b) colocando, para las operaciones no contempladas en los puntos 4 y 5, al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo A3), en el que mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible para el público, por ejemplo la entrada de un edificio. Así mismo se respetará lo indicado en la Estrategia de Comunicación del POCS aprobada en el CS. ID. FIRMA PÁGINA 9/38

10 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 9 Por su parte, las Unidades Ejecutoras serán otras Delegaciones y Servicios de la Diputación de Málaga (distintas e independientes del Servicio de Recursos Europeos) que llevarán a cabo la ejecución de las operaciones en el ámbito de sus correspondientes competencias y en función de la naturaleza de las operaciones seleccionadas. Las principales funciones que asumirá cada una de las unidades ejecutoras serán las siguientes: 1. Enviar a la Unidad de Gestión las expresiones de interés de las operaciones a ejecutar. 2. Ejecutar las operaciones cofinanciadas seleccionadas de conformidad a lo establecido en el DECA. 3. Comunicar a la Unidad de Gestión cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos necesarios para la consecución de la operación. 4. Asegurar una capacidad administrativa, financiera y operativa adecuada para ejecutar las operaciones cumpliendo con las condiciones establecidas en el DECA, durante todo su desarrollo. 5. Asegurarse de que no existe doble financiación del gasto con otros regímenes comunitarios o nacionales, así como con otros períodos de programación del FEDER. 6. Mantener el objeto del proyecto durante al menos cinco años desde su finalización. Deberá reembolsarse la contribución de los Fondos si, en los cinco años siguientes al pago final al beneficiario se produce cualquiera de las circunstancias siguientes: a) el cese o la relocalización de una actividad productiva fuera de la zona del programa, b) un cambio en la propiedad de un elemento de infraestructura que proporcione a una empresa o un organismo público una ventaja indebida, c) un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución de la operación, de modo que se menoscaben sus objetivos originales, según lo establecido en el artículo 71 del Reglamento 1303/ Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios según lo previsto en el artículo y el Anexo XII 1 del Reglamento (UE) 1303/ Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con el plan de implementación objeto de ayuda, contando con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente las transacciones y su trazabilidad. 9. Conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica; justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Todos los documentos justificativos relacionados con los gastos, las verificaciones y las auditorías correspondientes a un Programa Operativo se mantienen a disposición de los diferentes organismos con competencias de control dentro del Programa Operativo, durante un periodo de: o Tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de las operaciones cuyo gasto total subvencionable sea inferior a de euros. ID. FIRMA PÁGINA 10/38

11 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 10 o Dos años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos definitivos de la operación concluida en el resto de operaciones. 10. Observar las normas de subvencionalidad nacionales y comunitarias que se establezcan. 11. Transmitir la información necesaria para la elaboración de la declaración de gastos por parte de la Unidad de Gestión a través de los sistemas información establecidos para ello. 12. Colaborar con la Unidad de Gestión en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes. 13. Informar sobre la ejecución, y planificación de la ejecución, tanto física como financiera de cada operación, incluida la relativa a los indicadores de productividad, financieros de resultado y de hitos intermedios que le correspondan, y en los plazos que se establezcan, incluyendo previsión o desviaciones de cumplimiento del marco del rendimiento. 14. Acreditar ante la Unidad de Gestión la realización de la actividad y facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto o acción objeto de la ayuda, aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de comprobación previa, así como de verificación tanto administrativa como sobre el terreno del Organismo Intermedio. 15. Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida. 16. Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) nº1303/2013, el Reglamento UE nº 1304/2013 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales. 17. Cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia de Comunicación del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible así como cumplir con las disposiciones en materia de información y publicidad en particular las establecidas en el anexo XII del Reglamento 1303/2013. Se recopilará la información relativa a las actuaciones de información y publicidad que se desarrollen dentro de las acciones cofinanciadas con objeto de guardar constancia documental de su realización. 18. Aplicar las medidas antifraude eficaces y proporcionadas al ámbito de su gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar la doble financiación, falsificaciones de documento. En el diagrama de la página siguiente puede verse los distintos departamentos de Diputación y entidades participantes en las Unidades de Gestión y de Ejecución. ID. FIRMA PÁGINA 11/38

12 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 11 DIAGRAMA GESTIÓN Y EJECUCIÓN "ESTRATEGIA DUSI CAMINITO DEL REY" PRESIDENCIA UNIDAD DE GESTIÓN SERVICIOS DE RECURSOS EUROPEOS UNIDADES EJECUTORAS DELEGACIONES Y SERVICIOS ÁREA DE GESTIÓN ÁREA DE CONTROL Y SOLICITUD DE PAGOS ÁREA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DELEGACIÓN DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS DELEGACIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCTIVO DELEGACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y CENTROS ASISTENCIALES AYUNTAMIENTOS Antequera, Álora, Ardales y Valle de Abdalajís OTRAS DELEGACIONES ID. FIRMA PÁGINA 12/38

13 Manual de procedimiento para la selección de operaciones de la EDUSI Caminito del Rey Página FUNCIONES QUE SON DELEGADAS POR LA AUTORIDAD DE GESTIÓN 2.1. Principales funciones que desempeña la Entidad DUSI Las funciones a desempeñar por la Diputación de Málaga como entidad DUSI vienen recogidas en el Acuerdo de compromiso en materia de asunción de funciones para la gestión FEDER de la Diputación de Málaga firmado con fecha 16 de diciembre de 2016 por Elías Bendodo Benasayag, Presidente de la Diputación de Málaga. El artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1301/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, establece que los "organismos subregionales o locales responsables de la aplicación de estrategias urbanas sostenibles («autoridades urbanas») serán los encargados de las tareas relacionadas, por lo menos, con la selección de las operaciones", de conformidad con el artículo 123 del Reglamento (UE) no 1303/2013. En línea con este artículo, el apartado undécimo.3 de la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible , establece que Las entidades beneficiarias de las operaciones a cofinanciar en el marco de las Estrategias DUSI serán Organismos Intermedios únicamente a los efectos de la selección de operaciones" El artículo 123, apartado 6, del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, el Estado miembro podrá designar uno o varios organismos intermedios que realicen determinadas tareas de la autoridad de gestión o la autoridad de certificación, bajo la responsabilidad de éstas. En el mismo punto normativo se establece que los acuerdos pertinentes entre la autoridad de gestión o la autoridad de certificación y los organismos intermedios se registrarán formalmente por escrito. En cumplimiento del artículo 124 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, y de lo establecido en el artículo 10, punto 2, letra c) del Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, modificado por el Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, la Subdirección General de Gestión del FEDER, perteneciente a la Dirección General de Fondos Comunitarios, ha sido designada Autoridad de Gestión de los programas operativos previstos en el apartado 1.6 del Acuerdo de Asociación de España , cofinanciados por el FEDER, entre los que se cuenta el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER (en adelante el Programa Operativo ). En el punto primero de la resolución DEFINITIVA de 12 de diciembre de 2016, por la que se conceden ayudas de la primera convocatoria de selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI) que serán cofinanciadas a través del el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER , Diputación de Málaga tiene la condición de entidad beneficiaria, habiéndole correspondido la DG de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales como Organismo Intermedio de Gestión (OIG en lo sucesivo), y que ha sido designado como Organismo Intermedio del FEDER para la selección de operaciones por el punto segundo de dicha resolución. ID. FIRMA PÁGINA 13/38

14 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 13 Por todo lo anterior la Diputación de Málaga se compromete a asumir como Organismo Intermedio las siguientes funciones ante la Autoridad de Gestión del FEDER: Organización interna La Diputación de Málaga elabora el presente Manual de Procedimientos en el que se describen y documentan los procesos y procedimientos, así como los aspectos de su organización interna, asignación de funciones y coordinación de las mismas, que permiten cumplir con todas sus obligaciones como Organismo Intermedio. En particular, este Manual identifica a la Unidad de Gestión (Servicio de Recursos Europeos de la Diputación de Málaga) que ejercerá las funciones propias del Organismo Intermedio y que deberá estar claramente separada de las unidades ejecutoras, responsables de iniciar o de iniciar y ejecutar las operaciones. La Diputación de Málaga remitirá dicho Manual de Procedimientos al Organismo Intermedio de Gestión (OIG) correspondiente, a través de los mecanismos que este establezca, en el momento de su elaboración y en cuanto se produzcan modificaciones en el mismo. El OIG comunicará a la Diputación de Málaga su conformidad con el Manual de procedimientos o su versión revisada y lo remitirá a la Autoridad de Gestión. Las modificaciones que se produzcan en el Manual serán elaboradas por la Unidad de Gestión y serán comunicadas tanto al OIG para su aprobación y, con posterioridad, a las Unidades Ejecutoras. Selección y puesta en marcha de operaciones La Unidad de Gestión (Servicio de Recursos Europeos de la Diputación de Málaga) seleccionará las operaciones para su financiación (a excepción de aquellas asociadas al Eje de "Asistencia Técnica": "Gestión" y "Comunicación y Publicidad", cuya selección se realizará por parte del Servicio de Contratación de la Diputación de Málaga). A efectos de la selección de operaciones, la Unidad de Gestión de la Diputación de Málaga (o el Servicio de Contratación solo para las ejecutadas por el Servicio de Recursos Europeos, es decir, aquellas asociadas al Eje de "Asistencia Técnica": "Gestión" y "Comunicación y Publicidad") se asegurará de que se entrega a las unidades ejecutoras, y en su caso a los beneficiarios, un documento que como mínimo: establezca las condiciones de la ayuda para cada operación, indique los requisitos específicos relativos a los productos o servicios que han de obtenerse con ella, incorpore el plan financiero, incluya el calendario de ejecución, indique, en su caso, el método que debe aplicarse para determinar los costes de la operación y las condiciones para el pago de la ayuda, establezca las condiciones detalladas para el intercambio electrónico de datos. Así mismo, antes de tomar la decisión por la que se selecciona la operación, la Unidad de Gestión de la Diputación de Málaga (o el Servicio de Contratación en su caso) se cerciorará de que la unidad ejecutora tiene la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones enumeradas con anterioridad. ID. FIRMA PÁGINA 14/38

15 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 14 Las operaciones seleccionadas serán aprobadas mediante decreto de Presidencia (por el Presidente de la Diputación de Málaga o persona en quien delegue), que será remitido por la Unidad de Gestión a las Unidades Ejecutoras a modo de notificación oficial, y será publicado en la web del proyecto. La Unidad de Gestión proporcionará a las unidades ejecutoras las orientaciones adecuadas para la ejecución y puesta en marcha de los procedimientos necesarios para el buen uso de los Fondos, incluyendo lo referente a la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas. La Unidad de Gestión transmitirá a las unidades ejecutoras cuantas instrucciones se reciban de la Autoridad de Gestión, directamente o a través del OIG, en la medida en que les afecten, adaptando en su caso dichas instrucciones a las características de dichas unidades. La Diputación de Málaga establecerá los mecanismos tanto preventivos como de supervisión que aseguren que las funciones recogidas en los puntos anteriores de este artículo se realizan adecuadamente. Al amparo de lo establecido en el art. 7.5 del Reglamento (UE) nº 1301/2013, la Autoridad de Gestión, a través del OI de Gestión, efectuará una comprobación final de la admisibilidad de las operaciones antes de su aprobación. Sin perjuicio del beneficiario de la operación en los términos del artículo 2 del Reglamento (UE) 1303/2013, la Diputación de Málaga ostentará la condición de entidad beneficiaria de la ayuda FEDER asignada en la convocatoria para la Selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de Crecimiento Sostenible , lo que implica que ésta asume frente a su respectivo Organismo Intermedio de Gestión, la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, en los términos que constan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Cumplimiento de la normativa de aplicación La Diputación de Málaga garantizará, durante todo el período de ejecución del Programa Operativo, que las operaciones seleccionadas respetan las normas comunitarias, nacionales y regionales (en su caso) aplicables, de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013. Aplicación de medidas antifraude La Diputación de Málaga aplicará un sistema de autoevaluación del riesgo de fraude del que informará al OIG y que estará en la línea de lo establecido en el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos del OIG. El OIG comunicará a la Diputación de Málaga su conformidad con el sistema de autoevaluación del riesgo de fraude y remitirá la información correspondiente a la Autoridad de Gestión, e informará regularmente al OIG de las evaluaciones efectuadas y, en su caso, de las medidas adoptadas. La Diputación de Málaga aceptará la extensión y aplicación a su ámbito de las autoevaluaciones que realice la Autoridad de Gestión o el OIG en materia de evaluación del riesgo de fraude y de prevención, detección, corrección y persecución del mismo, e incorporará a su operativa las actuaciones que procedan en función del nivel de riesgo que se asigne a sus operaciones. ID. FIRMA PÁGINA 15/38

16 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 15 La Diputación de Málaga asegurará, durante todo el período de ejecución del Programa Operativo, la correspondiente aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas. Contribución al Comité de Seguimiento del Programa Operativo La Diputación de Málaga contribuirá al seguimiento del Programa Operativo, nombrando un representante para el Grupo de Trabajo Urbano del Comité de Seguimiento del Programa Operativo. Contribución a la evaluación del Programa Operativo La Diputación de Málaga contribuirá a la evaluación del Programa Operativo para permitir al OIG cumplir con las exigencias del artículo 114 del Reglamento (UE) 1303/2013, de acuerdo con las instrucciones que el OIG le remita. Disponibilidad de la documentación de cara a pista de auditoría La Diputación de Málaga garantiza que se dispone de toda la documentación necesaria para contar con una pista de auditoría apropiada en relación con el ejercicio de sus funciones como Organismo Intermedio, incluidas las referidas a medidas antifraude. Estos quedarán registrados en la aplicación informática del OIG y de la Autoridad de Gestión, los organismos que custodian y los lugares de archivo de la documentación. La Diputación de Málaga se asegura el cumplimiento de las reglas de certificación de la conformidad con el documento original de los documentos conservados en soportes de datos generalmente aceptados, tal como se establece en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013, garantizando que las versiones conservadas cumplen los requisitos legales nacionales y son fiables a efectos de auditoría. La Diputación de Málaga garantiza que todos los documentos justificativos relacionados con el ejercicio de sus funciones, se pongan a disposición del OIG, de las autoridades del Programa Operativo, de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas Europeo, si así lo solicitan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013 y según las instrucciones recibidas del OIG y de la Autoridad de Gestión. Contribución a los informes de ejecución anual y final La Diputación de Málaga contribuirá a la elaboración de los Informes de ejecución Anual y Final a través del OIG, de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013, y de acuerdo a los formatos y plazos que éste establezca. Suministro de información al sistema informático Fondos 2020 La Diputación de Málaga remitirá a través de Fondos 2020 toda la información que le sea solicitada por la Autoridad de Gestión, directamente o a través del OIG, en los formatos que aquélla determine. La Diputación de Málaga asegurará el envío de la información a través de una conexión segura con Fondos Los datos suministrados por la Diputación de Málaga al sistema Fondos 2020 en los que se requiera una firma electrónica de la persona autorizada se realizará a través del sistema de firma electrónica que para tal fin ha establecido la Autoridad de Gestión. ID. FIRMA PÁGINA 16/38

17 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 16 Remisión de copias electrónicas auténticas La Diputación de Málaga remitirá, a demanda de las distintas Autoridades del FEDER o del OIG, documentos en forma de copias electrónicas auténticas a través del Sistema de Interconexión de Registros o del medio alternativo que acuerde con el OIG. Sistema de contabilización separada La Diputación de Málaga cuenta con un sistema de contabilidad separada para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación y con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, distinguiendo las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria. Todo ello, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional. Asimismo, se asegura que las Unidades Ejecutoras cuentan con un sistema de contabilidad independiente. Subvencionabilidad del gasto La Diputación de Málaga respetará, a la hora de seleccionar y ejecutar las operaciones objeto de cofinanciación, las normas sobre subvencionabilidad del gasto que se establezcan por el Ministerio de Hacienda y Función Pública aplicables al Programa Operativo en cumplimiento del artículo 65.1 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013. Comunicación de los incumplimientos predecibles La Diputación de Málaga comunicará al OIG, tan pronto como sea posible, cualquier hecho o circunstancia que le pueda impedir desarrollar de manera adecuada todas o algunas de las obligaciones contempladas en el presente Acuerdo. Aplicabilidad de la normativa comunitaria al Organismo Intermedio Todas aquellas disposiciones de los Reglamentos (UE) 1301/2013 y 1303/2013, así como de los Reglamentos de Ejecución y Delegados que los desarrollan, que sean relativas a las funciones que ante la Autoridad de Gestión han sido asumidas por la Diputación de Málaga por medio del presente Acuerdo, se aplicarán a ésta última. Seguimiento de las directrices dadas por la Dirección General de Fondos Comunitarios Con objeto de garantizar el buen uso de los fondos comunitarios, la Diputación de Málaga tendrá en cuenta en todo momento las instrucciones emitidas por la Autoridad de Gestión contenidas en el documento Directrices a los Organismos Intermedios para la gestión y el control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER en España y que se refieran a las funciones asumidas, así como las demás instrucciones que le sean remitidas por la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación y la Dirección General de Fondos Comunitarios y el resto de las Unidades que la componen, a lo largo del proceso de ejecución del Programa Operativo. Asimismo, y con idéntico objetivo, la Diputación de Málaga podrá formular a la Autoridad de Gestión, bien directamente o, preferentemente, a través del OIG, las consultas, comunicaciones o solicitudes de aclaración que sean necesarias para el correcto desempeño de las funciones asumidas. ID. FIRMA PÁGINA 17/38

18 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página Organización y funcionamiento de la Entidad DUSI Organigrama y especificaciones de las funciones (incluido el plan para la dotación de los recursos humanos apropiados con las competencias necesarias) Se declara que los recursos humanos de la Unidad de Gestión son suficientes, tanto en número como especialización, para garantizar el óptimos cumplimiento de las funciones asignadas. Así mismo, la Diputación de Málaga se compromete a mantener la dotación de recursos humanos adecuada y dimensionada a los compromisos asumidos para la implementación de la estrategia DUSI. La Unidad de Gestión de la Diputación de Málaga será el Servicio de Recursos Europeos, perteneciente a la Delegación de Empleo, Recursos Europeos y Nuevas Tecnologías. Este servicio lleva gestionando proyectos financiados por la Unión Europea desde 1998 En la actualidad, todos los puestos del Servicio de Recursos Europeos se encuentran cubiertos, existiendo una bolsa de trabajo de técnico superior en gestión de proyectos europeos a la que poder recurrir en caso de necesitar proveer nuevos puestos de trabajo o cubrir las bajas o vacantes que se produzcan, siempre respetando los principios generales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como la normativa europea específica. La plantilla actual del Servicio de Recursos Europeos está formada por el siguiente personal técnico: - Jefe de Servicio. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales y experiencia profesional como Gerente en planes de dinamización turística. Es Jefe de Servicio Recursos Europeos desde 2011, y empleado de la Diputación de Málaga desde Jefa de Sección. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales y experta en Gobernanza europea: desarrollo económico, social e institucional. Es Jefa de Sección desde 2012 y forma parte del Servicio de Recursos Europeos desde el año Técnicos/as de proyectos europeos (6 personas): Licenciado en Economía y Máster en Dirección de Empresas. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año Licenciada en Economía. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Máster en Alta Gestión en Política y Estrategia de los Destinos Turísticos. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año Licenciada en Ciencias de la Información Publicidad y Relaciones Públicas y formación específica en contratación en sector público local y Ley General de Subvenciones. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología y experiencia profesional en consultoría del sector público. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año Licenciada en Administración y Dirección de Empresas y experiencia profesional en Planes Generales de Ordenación Urbana. Ha trabajado en la ejecución de proyectos europeos desde el año ID. FIRMA PÁGINA 18/38

19 Manual de Procedimientos de la EDUSI Caminito del Rey Página 18 Como puede observarse, toda la plantilla mencionada cuenta con una amplia experiencia en gestión de proyectos financiados con fondos europeos, participando todos su personal técnico de manera transversal en las tres principales fases: - Formulación: identificación y conocimiento de las necesidades existentes en la provincia, en base al diagnóstico previo y plan de actuaciones de cada Delegación de Diputación, y presentación de propuestas y solicitudes de ayuda, consensuando los contenidos con los socios. - Ejecución: coordinación de la ejecución de los proyectos aprobados en colaboración con los socios locales e internacionales, y elaboración, implementación y control del plan de comunicación para la difusión de los proyectos. - Certificaciones de proyectos europeos: justificación técnica y financiera. Verificaciones, auditorías y requerimientos de proyectos europeos: gestión financiera y presupuestaria de los proyectos: control del cumplimiento de las normas de elegibilidad de cada programa europeo, certificaciones intermedia y final para la autoridad de gestión pertinente. Y, atención y respuesta a los procedimientos de verificación y auditoría que se realicen sobre los proyectos desde las distintas autoridades (regionales, nacionales, europeas, o internacionales). La relación las personas asignadas a cada una de las áreas de la Unidad de Gestión desde el Servicio de Recursos Europeos, así como su porcentaje de dedicación se muestra en la siguiente tabla: Área Función Personas asignadas Número % dedicación Participación en el Comité de Seguimiento de la Estrategia EDUSI y en las reuniones y jornadas de gestión que se convoquen desde la Autoridad de Gestión, Organismos Intermedios y otras Entidades DUSI Organización de reuniones informativas de coordinación y gestión con los beneficiarios (Unidades Ejecutoras). Elaboración y remisión a los beneficiarios (Unidades Ejecutoras) de orientaciones e instrucciones. Elaboración de manuales. Área de Gestión Elaboración de los criterios para la selección de operaciones (CPSO). Recepción, registro oficial, selección y aprobación de operaciones. Elaboración del informe de los documentos en el que se establecen las condiciones de la ayuda (DECA) y entrega a las Unidades Ejecutoras. Colaboración en la realización de los informes anuales de ejecución y final. Colaboración, coordinación y ejecución de las evaluaciones establecidas en el plan evaluación. Seguimiento de indicadores de productividad y resultado ID. FIRMA PÁGINA 19/38

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