1 / 6 INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL CUENTA PROFESIONAL.- La información destacada en el presente documento es de especial importancia

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1 CUENTA PROFESIONAL.- El presente documento se extiende en respuesta a su solicitud de información, y no conlleva para Banco Popular Español, S.A. la obligación de formalizar el contrato de cuenta Profesional. La información incorporada tiene carácter meramente orientativo. Se ha elaborado basándose en las condiciones actuales del mercado FONDO DE GARANTÍA * El Banco está adscrito al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. Para depósitos en dinero, el importe máximo garantizado es de euros (en el caso de depósitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondientes) por depositante en cada entidad de crédito. * Este producto está cubierto por el Fondo de Garantía si no se halla en alguno de los supuestos de exclusión indicados en la Información básica sobre la cobertura de los depósitos. RIESGO 1 / 6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo. ENTIDAD Banco Popular Español, S.A. Dirección: Velázquez, 34, Madrid. Teléfono: info@bancopopular.es CUENTA PROFESIONAL.- La cuenta PROFESIONAL es una cuenta de pago, no remunerada, denominada en euros, destinada para el uso profesional (autónomos) de personas físicas mayores de 18 años, residentes y no residentes, de microempresas, así como de otras pequeñas y medianas empresas, con total liquidez, que lleva asociada la contratación de una serie de productos para beneficiarse de las ventajas que se describen en este documento: Tarjeta de débito Profesional Servicio de banca multicanal. La contratación de estos productos no es obligatoria para disfrutar de los beneficios de esta cuenta, pero sí es necesario cumplir los requisitos que se indican más adelante. Con carácter opcional, Usted también tendrá la posibilidad de contratar la tarjeta de crédito Profesional y Mi Otra Profesional. Estos productos se vincularán a la cuenta PROFESIONAL para que pueda beneficiarse de las ventajas de esta cuenta. Con la Cuenta PROFESIONAL podrá realizar ingresos de efectivo, pago de recibos domiciliados, y tarjetas. En el caso de que tenga contratada o quisiera contratar una cuenta de crédito, con la misma titularidad, se le podrá tener en cuenta a efectos de que pueda obtener los mismo beneficios de la Cuenta1 2 3 Profesional.- Usted sólo podrá tener como máximo una Cuenta PROFESIONAL La Cuenta PROFESIONAL funciona como una cuenta a la vista, admitiendo domiciliaciones y disponiendo de medios de pago y servicios de caja como talonario de cheques en cuenta corriente, tarjetas de débito y de crédito y servicio de transferencias asociados a ella. Los titulares y personas debidamente autorizadas podrán realizar ingresos en efectivo o mediante la entrega al Banco de cheques u otros documentos de pago en gestión de cobro, así como mediante transferencias recibidas o traspasos u otras órdenes de pago de las que sea beneficiario en la oficina de la que es cliente, así como en el resto de oficinas del Banco. La cuenta PROFESIONAL se rige por las condiciones generales descritas en el folleto de Términos y Condiciones del Contrato Marco de Servicios de Pago, el cual se encuentra disponible en todo momento en la página web

2 La contratación de la Cuenta PROFESIONAL y la obtención de los beneficios que de la misma se derivan, es incompatible con la pertenencia a la campaña Tenemos un Plan (TUP).- La contratación de la Cuenta PROFESIONAL conlleva la perdida de todos los beneficios de la campaña Tenemos un Plan.- Asimismo, la contratación de la cuenta PROFESIONAL es incompatible con clientes Óptima y con los acuerdos con condiciones especiales que el Banco mantiene con colectivos.- La contratación de la cuenta PROFESIONAL conlleva la aplicación de sus propias condiciones pactadas en el contrato, pero seguirán aplicándose, al resto de productos, las condiciones especiales que sean de aplicación al colectivo especial al que pertenezca el cliente. El Banco pone a disposición de sus clientes en su web pública el régimen de tarifas máximas aplicables al contrato de la Cuenta PROFESIONAL como cuenta de pago. REQUISITOS Podrá beneficiarse de los servicios y productos asociados a la Cuenta PROFESIONAL, indicados en el punto anterior, toda persona física profesional o autónomo, mayor de 18 años, que sea residente o no en España, las microempresas, así como pequeñas y medianas empresas. Para ello, deberán cumplirse las siguientes condiciones: Realizar a través de la Cuenta PROFESIONAL y cumplir, al menos, dos de los tres requisitos que se indican a continuación. 1. Ingresar o facturar al menos 1.800,00 euros en los últimos 3 meses, anteriores a cada uno de los periodos de liquidación, mediante: - Cobros realizados utilizando Terminales de Punto de Venta (TPV) de UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L., comercializados por el Banco físicos, multidivisa y virtuales. - Recepción de transferencias (En el supuesto de que el cliente sea titular de varias cuentas en el Banco, los movimientos entre ellas no se consideran transferencias sino traspasos por lo que no serán tenidos en cuenta) - Descuento o gestión de cobro de efectos comerciales, letras de cambio, recibos, anticipo o gestión de cobro de créditos en soporte magnético, cobro de recibos bancarios domiciliados, cesiones de factoring o anticipos como proveedor de pagos de confirming, ingreso de cheques o ingresos en efectivo provenientes de la actividad comercial. Como excepción al requisito especificado en el primer párrafo de este apartado, y para el caso de que el titular perciba las ayudas de la PAC (Política Agraria Común) a las que tenga derecho como consecuencia de su actividad profesional o empresarial, la medición del importe a ingresar o facturar por todos los conceptos antes descritos se hará de la siguiente manera: en cada fecha de revisión el Banco comprobará si en el mes anterior el cliente cumple con el ingreso o facturación del importe estipulado (600,00 euros/mes), si no cumpliera, la comprobación se extenderá al mes inmediatamente anterior (1.200,00 euros por dos meses) y así sucesivamente hasta un máximo de 12 meses. Si en esos 12 meses no ha conseguido el importe requerido para ese plazo (7.200,00 euros) no se considerará cumplido este requisito. El requisito descrito en el párrafo anterior, será de aplicación únicamente para los siguientes colectivos: (i) titulares de explotaciones agrarias en territorio nacional cuya actividad principal sea agrícola o ganadera o tengan domiciliadas las ayudas de la PAC en el Banco; (ii) Cooperativas agrarias cuyos socios sean titulares de explotaciones agrarias o ganaderas cuyo objeto social sea la prestación de servicios de interés común de los socios; (iii) Comunidades de regantes cuyo objeto social sea el suministro de agua a explotaciones agrarias; (iv) Empresas de suministros que sean proveedores de elementos que participan en el proceso productivo de las explotaciones agrarias. 2. Realizar el pago a empleados de los haberes mensuales mediante transferencias, realizadas únicamente a través del circuito establecido por el Banco específicamente para nóminas, tanto por oficina como a través del servicio de Banca por internet, o envío al Banco de remesas por este concepto, mediante transmisión electrónica o en soporte magnético; o. Abonar a través del Banco o tener domiciliadas en el mismo las cotizaciones a la Seguridad Social Mutualidades alternativas al Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), en las cuentas indicadas. 3. Cumplir en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación de la cuenta al menos uno de los siguientes grupos de operaciones o productos: Utilizar al menos 6 veces, cualquiera de las tarjetas, de débito o crédito, comercializadas por el Banco y emitidas por Wizink Bank S.A. que se encuentren vinculadas o asociadas a esta cuenta (compras en comercios físicos, compras on-line). Se entenderá por uso de la tarjeta las disposiciones de efectivo en cajeros, compras en comercios y traspasos desde la tarjeta a la

3 cuenta asociada a la misma (dinero directo), o Totalizaciones de al menos 500,00 euros en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación, en cuentas en el Banco utilizando Terminales de Punto de Venta (TPV) comercializados por el Banco físicos, multidivisa y virtuales, comercializados por UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L. (Popular Payments). Se establecen condiciones preferentes en el servicio de TPV suministrado por UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L. No obstante, el acceso al servicio de TPV por el titular queda condicionado al análisis del riesgo y, en su caso, a la correspondiente autorización interna de UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L. y a la formalización del contrato con la entidad, con los términos y condiciones del servicio. La cuenta asociada o cuenta de domiciliación del servicio de TPV debe ser la cuenta PROFESIONAL; o Gestión de recibos bancarios domiciliados por un importe mínimo de 1.500,00 euros en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación, descuento o gestión de cobro a través del Banco de efectos comerciales, letras de cambio, recibos, anticipo o gestión de cobro de créditos en soporte magnético, cesiones de factoring o anticipos como proveedor de pagos de confirming, u Operaciones relacionadas con el comercio exterior: Recepción de transferencias internacionales, ingresos de cheques internacionales, anticipos de la exportación, emisión de transferencias internacionales por banca electrónica.- El Cliente titular de la Cuenta PROFESIONAL, para cumplir las condiciones establecidas, dispondrá de un plazo inicial que se iniciará en el momento de formalización de la apertura de la Cuenta, y finalizará cuando transcurran dos meses contados desde el primer día 20 posterior a la fecha de apertura. Si durante la vigencia del contrato son incumplidas las condiciones, Usted podrá disponer de un mes para volver a cumplir con los requisitos y beneficiarse de las condiciones de esta cuenta.- Si el cliente cancela la Cuenta PROFESIONAL no percibirá los beneficios relativos a la liquidación en curso que le pudiera corresponder hasta la fecha de la efectiva cancelación del contrato, aun cuando cumpliera hasta esa fecha con todos los requisitos enumerados en este documento para aplicar las bonificaciones. Tampoco percibirá los beneficios concernientes a la liquidación en curso que le pudiera corresponder en el supuesto de que el cliente presente situación de impago con cualquier entidad del grupo financiero del Banco, o cuando a juicio del Banco haya realizado una actuación fraudulenta para obtener los beneficios de la Cuenta PROFESIONAL. DURACION DEL CONTRATO Indefinida. Modificación de condiciones: El Banco podrá realizar cualquier modificación de las condiciones de la Cuenta PROFESIONAL, comunicándolas al cliente con una antelación mínima de 2 meses respecto a la fecha de entrada en vigor de la modificación propuesta. Resolución del contrato: Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante comunicación escrita a la otra parte con una antelación de al menos 60 días. COMISIONES Y GASTOS Siempre que tenga sus cobros y pagos detallados en el apartado de REQUISITOS, domiciliados en la Cuenta PROFESIONAL,, las comisiones de servicio de la cuenta tendrán las siguientes tarifas: - Comisión de mantenimiento: 0 euros al mes (Esta comisión ascenderá a 9 euros al mes en caso de no cumplir los requisitos que se detallan en este documento durante 2 periodos de liquidación consecutivos). - Comisión de descubierto: 5,00%, con un mínimo de 15 euros. (Esta comisión se cobrará sobre el mayor descubierto contable producido en el periodo de liquidación, en contraprestación del servicio de concesión de crédito en que consiste el descubierto). - Tipo de interés anual por descubierto: 29%. - Comisión por reclamación de posiciones deudoras: 39 euros - Comisión no condicionada al cumplimiento de requisitos: Al contratar el titular la Cuenta PROFESIONAL, por la Tarjeta Débito Profesional, Crédito Profesional y Mi Otra Profesional no se cobrarán comisiones ni cuotas por emisión y mantenimiento. En caso de incumplimiento, se cobrará una comisión de 3 euros/mes por tarjeta a partir del primer año.- - Comisión de administración: 0 por cada apunte.

4 - Comisión de información normalizada sobre movimientos de cuentas: Extracto habitual: 0,00 euros. Informaciones adicionales, por cada proceso: en papel: 3,00 euros. En soporte magnético: 7,51 euros. Mediante interconexión o terminal: 7,51 euros. Se repercutirán los gastos de correo generados por las comunicaciones que se efectúen vía postal, aplicándose la tarifa oficial que tenga publicada en cada momento la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones. BENEFICIOS DE LA CUENTA Cumpliendo las condiciones descritas, el titular obtendrá la exención de las siguientes comisiones: - Comisión de mantenimiento de esta cuenta. - Cuota de emisión y renovación mensual de la tarjeta Débito vinculada a esta cuenta. - Cuota de emisión y renovación mensual de la tarjeta Crédito vinculada a esta cuenta (en caso de contratación) REMUNERACIÓN DE LA CUENTA Interés nominal anual: 0,00%. Periodicidad de liquidación mensual. Cuando el periodo de liquidación sea diferente al mensual se aplicará la parte proporcional por cada mes o fracción. La liquidación de la cuenta se efectuará mediante la determinación del saldo medio acreedor. Para ello, se utilizará el criterio de fecha valor, considerando el conjunto de saldos acreedores mantenidos en el periodo a liquidar. A efectos informativos, se hace constar la TAE correspondiente a diferentes escenarios: Si Usted cumple con los requisitos de la Cuenta PROFESIONAL indicados en este documento, manteniendo un saldo diario constante en la cuenta, durante un año, de euros, no se cargará comisión por tarjeta de débito asociada a la Cuenta PROFESIONAL; no obstante, existirá una comisión mensual de mantenimiento de 0 euros. La TAE resultante sería de: 0,00%. Si Usted no cumple con los requisitos de la Cuenta PROFESIONAL indicados en este documento, manteniendo un saldo diario constante en la cuenta, durante un año, de euros, al tipo de interés nominal anual aplicable y con una comisión mensual de mantenimiento de 9 euros (108 euros al año) y cuota mensual de renovación Tarjeta de Débito Profesional de 3 euros (36 euros al año), la TAE resultante sería de: -2,587%. TRASLADO DE CUENTAS BANCARIAS El Banco está adherido a los Principios comunes para el traslado de cuentas bancarias, diseñados para su aplicación a nivel comunitario por el Comité Europeo de Industria Bancaria (EBIC). INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA COBERTURA DE LOS DEPÓSITOS Los depósitos mantenidos en Banco Popular Español, S.A. (en adelante, la entidad de crédito o el Banco) están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (en adelante, FGD). Límite de la cobertura: euros para los depósitos (en el caso de divisa su equivalente aplicando el tipo de cambio del día en el que se produzca el hecho por el que el FGD deba intervenir) y euros para los valores o instrumentos financieros confiados a la entidad de crédito (según el valor de mercado en el día en el que se produzca el hecho por el que el FGD deba intervenir), por depositante o inversor, sea persona física o jurídica, y entidad de crédito. Las denominaciones comerciales Popular y oficinadirecta.com forman parte de Banco Popular Español, S.A. Si tiene usted más depósitos en el mismo Banco, todos sus depósitos se suman y el total está sujeto al límite de euros, incluyendo también los depósitos de los que es titular bajo las distintas denominaciones comerciales del Banco. Si tiene una cuenta en participación con otra/s persona/s el límite de los euros se aplica a cada depositante por separado. Sin embargo los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos de cálculo del límite de euros. En los siguientes supuestos los depósitos están garantizados durante tres meses por encima de euros: a) procedentes de transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencia y carácter privado; b) pagos recibidos puntualmente y relacionados al matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento; c) pago de prestaciones de seguros o en la indemnización por perjuicios que sean consecuencia de un delito o de un error judicial. Puede obtenerse más

5 información en Período de reembolso en caso de concurso del Banco: En un plazo máximo de 20 días hábiles hasta el 31 de diciembre de 2018; 15 días hábiles entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020; 10 días hábiles entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de A partir del 1 de enero de 2024 de 7 días hábiles. Hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando el FGD no pueda restituir el importe reembolsable en un plazo de 7 días hábiles, pagará a los depositantes, en un plazo máximo de 5 días hábiles tras su solicitud, un importe adecuado de sus depósitos garantizados con el fin de cubrir su sustento. Si en los plazos indicados anteriormente no se le ha reembolsado, debe ponerse en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que el tiempo durante el cual puede reclamarse el reembolso puede estar limitado. Para más información, sírvase consultar Moneda en que se realiza el reembolso: Euro Contacto: Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, calle Jose Ortega y Gasset, 22, 5ªplanta, Madrid. Teléfono: fogade@fgd.es Para más información: Otra información importante: En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Si los depósitos están cubiertos, el Banco se lo confirmará también en los extractos de cuenta. Las deudas del depositante exigibles por el Banco podrán compensarse con el saldo depositado, teniéndose en cuenta para calcular el importe garantizado y reembolsable por el FGD. No se consideran depósitos admisibles y por tanto quedan expresamente excluidos de la cobertura del FGD: a) Los depósitos realizados por otras entidades de crédito por cuenta propia y en su propio nombre, así como los realizados por los sujetos y las entidades financieras siguientes:1.º Las sociedades y agencias de valores.2.º Las entidades aseguradoras.3.º Las sociedades de inversión mobiliaria.4.º Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, así como las sociedades gestoras de fondos de pensiones, de los fondos de titulización y de capital-riesgo y los depósitos de las entidades que gestionan.5.º Las sociedades gestoras de carteras y las empresas de asesoramiento financiero.6.º Las sociedades de capital riesgo y sus correspondientes sociedades gestoras.7.º Cualquier otra entidad financiera definida en el artículo ) del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013; b) Los fondos propios de la entidad según la definición del artículo del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, independientemente del importe por el que se computen como tales; c) Los valores representativos de deuda emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables; d) Los depósitos cuyo titular no haya sido identificado, conforme a lo dispuesto en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, o que tengan su origen en operaciones que hayan sido objeto de una sentencia penal condenatoria por delito de blanqueo de capitales; e) Los depósitos constituidos en la entidad por las Administraciones Públicas con la excepción de los constituidos por entidades locales con un presupuesto anual igual o inferior a euros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la vigente Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD), la entidad receptora de los datos informa que los datos solicitados, se incorporarán y tratarán en un fichero de datos de carácter personal con la finalidad de facilitarle la información precontractual que sea precisa sobre los productos y servicios en los que Usted hubiera mostrado interés. El responsable del fichero y del tratamiento es la entidad receptora de los datos ante la cual las personas legitimadas para ello pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la indicada Ley Orgánica y su normativa de desarrollo, mediante escrito dirigido a su dirección, a tales efectos, en la calle Velázquez nº 34 de (28001) Madrid. Los titulares de los datos consienten expresamente la recogida de datos aquí descrita, su tratamiento y cualquier comunicación o cesión de datos que pueda efectuarse entre la entidad receptora y las entidades del Grupo Banco Popular, participadas por estas y por la entidad receptora, así como a las auxiliares de las mismas, que serán las que en cada momento figuren en la dirección de Internet en la pestaña >Acerca de Popular, por las necesidades de los sistemas informáticos y operativos, para los fines y actividades antes indicados. En el supuesto de que usted solicitara la contratación del producto o servicio sobre el que ha mostrado su interés, le informamos del derecho de la entidad a efectuar consultas sobre sus posiciones a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. Con anterioridad a la contratación, me ha sido entregado un ejemplar del presente documento de información precontractual para poder comparar ofertas similares y adoptar una decisión informada incluyendo la información necesaria de Medidas de Seguridad elaboradas por el Banco. Fecha: de de

6 Recibí (Firma): Nombre/s y Apellido/s: N.I.F.: La presente información se emite por duplicado, siendo un ejemplar para el cliente y otro para el Banco.

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