REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN
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- Juan Manuel Casado Campos
- hace 8 años
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1 REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN Requisitos generales para el solicitante 1. Ser mayor de 18 años de edad o menores emancipados y que no se encuentren incapacitados para obligarse contractualmente, según legislación común, a la hora de la presentación de la solicitud. 2. No ser titular de pleno dominio de alguna otra vivienda protegida o libre o estén en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio a la fecha de la adjudicación, conforme a la normativa aplicable. 3. Formular la solicitud señalando al régimen que desea participar en el sorteo. Aunque pueda pertenecerse a más de un cupo, se señalará obligatoriamente uno. 4. Las viviendas se destinarán como residencia habitual y permanente de sus adquirentes. 5. Tener los solicitantes o la unidad familiar en la que se integre, unos ingresos inferiores a euros (2,5 veces el IPREM) en Régimen Especial y unos ingresos inferiores a euros (3,5 veces el IPREM) en Régimen General, sin perjuicio de su actualización en el momento en que sea requerido. Número de viviendas que integran la promoción y cupos preferentes a los que van destinados Viviendas protegidas de régimen especial en venta: viviendas Cupo de menores de 35 años. 6 viviendas Cupo destinado a personas con movilidad reducida. 9 viviendas Cupo destinado a familias numerosas. 17 viviendas Cupo general. Viviendas protegidas en régimen general en venta: viviendas Cupo de menores de 35 años. 62 viviendas Cupo general. Solicitudes: Lugar de presentación. Las solicitudes se presentarán en el modelo que facilitará el promotor. Para su admisión e inscripción será imprescindible que los solicitantes cumplimenten la solicitud en todos su apartados y firmen la declaración indicando la veracidad de los datos y cumplimiento de las condiciones para ser adjudicatarios de una vivienda protegida. El plazo de presentación se iniciará el 01/12/08 hasta el 28/02/09, debiendo presentarse en la oficina de Jaureguizar en Cabra, situada en calle Teniente Fernández nº16, Bajo-izquierda. Los solicitantes que, en su caso, pretendan adquirir la vivienda conjuntamente con otra persona (novio/a, pareja, hermano/a, padre e hijo, etc.) deberán presentar una sola solicitud con el nombre de los dos solicitantes. En todo caso, no podrán figurar como segundos adquirentes aquellas personas que no formen parte de la solicitud. Automáticamente, serán anuladas y excluidas las solicitudes que incurran en duplicidades, tanto de cupos, como de solicitantes. Igualmente, serán excluidas las solicitudes que omitan datos o los consignen erróneamente, sin perjuicio de que puedan ser subsanadas en el plazo establecido.
2 REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN Documentación a aportar por cada uno de los solicitantes Los documentos originales o fotocopia compulsada, a presentar serán los siguientes: Acreditación de datos de carácter personal: 1. D.N.I. de los adjudicatarios y demás miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. 2. Libro de familia y Titulo de Familia Numerosa Oficial vigente en el caso, de la condición de familia numerosa 3. En los casos de miembro de la unidad familiar con discapacidad, deberá acreditarse con certificado de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, comprensivo del grado de la misma. Acreditación de datos de carácter económico: 1. Documentación acreditativa de los ingresos familiares: Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y declaraciones complementarias, si las hubiere. En el caso de no haber presentado declaración de IRPF por no venir obligado a ello, deberá aportar Certificado de ingresos y retenciones expedido por la empresa, u otra documentación acreditativa de los ingresos. 2. Certificado de la Vida Laboral. 3. En el caso de trabajadores por cuenta ajena: certificado de ingresos del centro de trabajo de los últimos 12 meses o nóminas de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de solicitud 4. En caso de ser autónomo, fotocopia compulsada de las últimas declaraciones trimestrales del IVA, IAE y de los pagos fraccionados del IRPF, así como certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente en las obligaciones fiscales. 5. En caso de desempleo: Certificado con indicación de los ingresos percibidos durante los 12 últimos meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 6. En caso de pensión de jubilación, de incapacidad permanente, de invalidez, viudedad, orfandad u otra, prestaciones de servicios sociales: certificación emitida por el Organismo competente, con indicación de los ingresos obtenidos durante los 12 últimos meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. O certificado negativo en su caso. Acreditación de datos de carencia de vivienda: 1. Contrato de vivienda que ocupa por cualquier título. En caso de habitar una vivienda arrendada, deberá presentar el contrato de alquiler y último recibo pagado de la renta. 2. Certificación del Registro de la Propiedad expresivo de no ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna otra vivienda protegida o libre, en todo el territorio nacional. Esta certificación corresponderá a las personas que intervengan como compradores y cualquier otro miembro de la unidad familiar. 3. Declaración jurada de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, en la que se declare que no se es titular de ninguna otra vivienda en todo el territorio nacional. La presentación de la solicitud implicará la autorización automatizada de los datos contenidos en la misma, y en su caso, el cruce de los mismos con otras Administraciones Públicas o entidades institucionales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal. La solicitud también implicará la autorización para que la Administración Pública competente pueda solicitar la información de carácter tributario, económico o patrimonial que fuera legalmente pertinente, en el marco de colaboración establecido con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, los Centros de gestión Catastral y Cooperación Tributaria, el Colegio de Notarios y Registradores o con otras Administraciones Públicas.
3 TIPOS DE VIVIENDA Las cantidades aproximadas para la entrega a cuenta, firma del contrato de compraventa y posterior Escritura Pública serán: TIPOS DE VIVIENDA Tipología Sup. Útil (m 2 ) P. Venta Nº Hab. Entrada (15%) 20 pagos mensuales (5%) Pendiente (80%) 1 Vivienda 46, , Vivienda 64, , Vivienda 67, , Vivienda 89, , TIPOS DE VIVIENDA Tipología Sup. Útil (m 2 ) P. Venta Nº Hab. Entrada (15%) 20 pagos mensuales (5%) Pendiente (80%) 1 Vivienda 44, , Vivienda 58, , Vivienda 67, , Vivienda 75, ,
4 TIPOS DE VIVIENDA Forma de pago A la firma del contrato de compra-venta: El 15% del precio de compra + su correspondiente IVA 7% Pago aplazado durante la ejecución de la obra: El 5% del precio de la compra + su correspondiente IVA 7% en 20 mensualidades del 0,25% cada uno de ellos Los días de pagos de los recibos serán el día 5 de cada mes. Los recibos serán domicilado en el nº de cuenta que el cliente indique a la firma del contrato, siendo el vencimiento del 1er. recibo el día 5 del mes siguiente a la firma del contrato de compra-venta Viv. Tipo 1 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 46,71 m Pago a la firma del contrato 15% , ,70 Pago aplazado durante la obra 5% , ,90 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo 178,50 12, Pago a la firma de las escrituras 80% , ,40 Viv. Tipo 2 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 64,86 m Pago a la firma del contrato 15% Pago aplazado durante la obra 5% recibos mensuales 0,25% en cada recibo ,10 246,10 Pago a la firma de las escrituras 80%
5 TIPOS DE VIVIENDA Viv. Tipo 3 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 67,13 m Pago a la firma del contrato 15% , ,40 Pago aplazado durante la obra 5% , ,45 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo 236,80 16,60 253,30 Pago a la firma de las escrituras 80% , ,20 Viv. Tipo 4 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 89,99 m Pago a la firma del contrato 15% , ,40 Pago aplazado durante la obra 5% , ,45 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo 301,80 21,10 322,90 Pago a la firma de las escrituras 80% , ,20 Viv. Tipo 1 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 44,21 m Pago a la firma del contrato 15% , ,20 Pago aplazado durante la obra 5% , ,40 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo Pago a la firma de las escrituras 80% , ,40
6 TIPOS DE VIVIENDA Viv. Tipo 2 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 58,35 m Pago a la firma del contrato 15% , ,80 Pago aplazado durante la obra 5% , ,60 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo Pago a la firma de las escrituras 80% , ,60 Viv. Tipo 3 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 67,72 m Pago a la firma del contrato 15% , ,50 Pago aplazado durante la obra 5% , ,15 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo 257, ,30 Pago a la firma de las escrituras 80% , ,40 Viv. Tipo 4 hab. + + Precio IVA Precio Total (IVA incl.) 75,01 m Pago a la firma del contrato 15% , ,90 Pago aplazado durante la obra 5% , ,30 20 recibos mensuales 0,25% en cada recibo 279,50 19,60 299,10 Pago a la firma de las escrituras 80% , ,80
7 ANEXO La junta de andalucía a través del plan concertado de vivienda y suelo , incorpora distintos programas para facilitar el acceso a la propiedad de una vivienda. El Plan persigue asegurar que todas las familias con ingresos inferiores a euros brutos anuales puedan obtener una solución adecuada a sus necesidades de vivienda. Con el fin de adecuar la oferta y la demanda y facilitar el acceso a la propiedad de la vivienda, los distintos Programas establecidos en el Plan se adaptan a la capacidad económica de las familias andaluzas. Se prevén así los siguientes Programas: Vivienda Protegida de Régimen Especial dirigida a personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM. Vivienda de Protección de Precio General dirigida a personas con ingresos inferiores a 3,5 veces el IPREM. Viviendas Protegidas de Iniciativa Municipal y Autonómica dirigida a personas con ingresos inferiores a 5,5 veces el IPREM. Con estos programas el Plan Concertado de Vivienda y Suelo persigue que el esfuerzo económico para adquirir una vivienda protegida no supere la tercera parte de los ingresos familiares. La vivienda protegida de régimen especial Este programa está dirigido a la población con ingresos inferiores a los euros (2,5 veces el IPREM). La vivienda tipo tendrá una superficie máxima de 70 m2 que podrá incrementarse hasta los 90 m2 cuando los beneficiarios constituyan familia numerosa, e incluso a los 120 m2 cuando en la familia existan personas en situación de dependencia. La vivienda tipo de 70 m2 tendrá un precio que oscilará entre los y los euros. El precio y las ayudas a la adquisición permitirá adquirir una vivienda desde 250 al mes. Ayudas a la adquisición Para facilitar la adquisición de la vivienda de régimen especial el Plan establece diferentes ayudas que varían de acuerdo con los ingresos familiares. Se subsidia el préstamo necesario para la adquisición en una cuantía que varía entre los 65 y los 300 Euros por cada euros de préstamo. Ayudas que se otorgarán por un periodo inicial de cinco años prorrogables por otros cinco años más si se mantienen las condiciones que justificaron las ayudas. Se conceden subvenciones a la entrada para familias con menores ingresos que varían entre los y los Euros. 1. Las familias con ingresos anuales inferiores a 1,5 veces el IPREM, podrán recibir una subsidiación de 250 euros anuales por cada euros de préstamo cualificado. Cuando se trate de unidades familiares con 5 o más miembros o tengan a su cargo una persona en situación de dependencia o con discapacidad de movilidad reducida, esta subsidiación se elevará a los 300 euros. 2. Una subsidiación de 65 euros anuales por cada euros de préstamo cuando los ingresos anuales sean iguales o superiores a 1,5 veces e inferiores a 1,7 el IPREM. Cuando se trate de unidades familiares con 5 o más miembros o tengan a su cargo una persona en situación de dependencia o con discapacidad de movilidad reducida, esta subsidiación se incrementará hasta los 115 euros.
8 ANEXO Estas subsidiaciones se concederán por un período de cinco años, prorrogables por otro período de igual duración siempre que las familias cumplan las mismas condiciones que determinaron su concesión. 3. Las unidades familiares con ingresos inferiores a 1,5 veces el IPREM, podrán recibir una subvención de euros. 4. Cuando se trate de unidades familiares con 5 o más miembros cuyos ingresos sean inferiores a 1,7 veces el IPREM, la subvención será de euros. Reserva para los jóvenes El 70% de las viviendas de cada promoción se destinarán a jóvenes salvo que el plan municipal prevea un porcentaje diferente o no hubiera solicitudes suficientes para cubrir el cupo. Los beneficiarios con menos de 35 años podrán además beneficiarse de la Ayuda Joven por un importe de euros y el 3% del importe de la compra con destino al abono del IVA de la vivienda, así como de las ayudas a la financiación establecidas por la Administración Central. La vivienda de protección de precio general Este programa está dirigido a la población con ingresos inferiores a los euros (3,5 veces el IPREM). La vivienda tipo tendrá una superficie máxima de 90 m2 que podrá incrementarse hasta los 120 m2 cuando los beneficiarios constituyan familia numerosa o en la familia existan personas en situación de dependencia. El precio de la vivienda de 90 m2 oscilará entre los y los euros. Ayudas a la adquisición Persiguen que el esfuerzo en la adquisición de la vivienda no supere la tercera parte de los ingresos familiares. 1. Las familias con ingresos anuales iguales o superiores a 1,5 veces e inferiores a 1,7 el IPREM, podrán recibir una subsidiación de 100 euros anuales por cada euros de préstamo cualificado. 2. Cuando se trate de unidades familiares con 5 o más miembros o tengan a su cargo una persona en situación de dependencia o con discapacidad de movilidad reducida, esta subsidiación podrá concederse a familias con ingresos anuales iguales o superiores a 1,5 veces o inferiores a 2 veces el citado Indicador, y se incrementará en 50 euros. Esta subsidiación se concederá por un período de cinco años, prorrogable por otro período de igual duración siempre que las familias cumplan las mismas condiciones que determinaron su concesión. 3. Las unidades familiares con 5 o más miembros cuyos ingresos familiares iguales o superiores a 1,5 veces e inferiores a 2 veces el IPREM, podrán recibir una subvención de euros. Esta subvención será de euros cuando la vivienda adquirida esté ubicada en un municipio de precio máximo superior. Los beneficiarios con menos de 35 años podrán además beneficiarse de la Ayuda Joven por un importe de y el 3% del importe de la compra con destino al abono del IVA de la vivienda, así como de las ayudas a la financiación establecidas por la Administración Central.
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