AVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL

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1 Ciudad de México a 1 de febrero de AVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL ADECUACIONES A LA METODOLOGÍA DE PAGO DE INTERESES SOBRE MARGEN DE VARIACIÓN ACUMULADO (PAI) Asigna, Compensación y Liquidación ( Asigna ) informa que el pasado 31 de enero, el Subcomité de Admisión y Administración de Riesgos, mediante acuerdo fuera de sesión, adoptó, entre otros, el acuerdo consistente en aprobar diversas adecuaciones a la Metodología de pago de intereses sobre margen de variación acumulado (PAI), para especificar en las secciones IV y VIII de la referida Metodología, el manejo de decimales y las reglas de redondeo para el cálculo del PAI, así como especificar las reglas para el cálculo de tasas equivalentes considerando las diferencias entre el calendario de los Estados Unidos de América y el calendario de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior, en términos del documento que se adjunta al presente Aviso identificado como Anexo 1. Finalmente, se informa que las referidas especificaciones entrarán en vigor a partir del 3 de febrero del presente año. A t e n t a m e n t e, (Rúbrica) Lic. Roberto Gonzalez Barrera Director General

2 ANEXO 1 PAI Price Alignment Interest Pago de intereses sobre Margen por Variación Acumulado (PAI-ASG-01) Versión de Enero de 2017 Página 1 de 12

3 Control de cambios Versión Fecha Descripción Documentó Metodología para aplicar Pago de Intereses sobre Margen por Variación acumulado. Precisiones para el manejo de decimales y reglas de redondeo para el cálculo de la tasa PAI, así como las reglas para el cálculo de tasas equivalentes tomando en cuenta los calendarios de Estados Unidos y México, tomando como base el calendario mexicano Amílcar Elorza Shanty Bernal/Berenice Parra Carcaño/Arturo Navarro José Miguel De Dios Fabiola Pérez Duarte/Jiyouji Ueda Mireya Suárez Flores Página 2 de 12

4 ÍNDICE Pág. I. INTRODUCCIÓN II. Justificación de la implementación del PAI y de la metodología III. Cálculo del Margen por Variación IV. Metodología de cálculo del Price Alignment Interest (PAI) V. Fuentes de información del PAI VI. Proceso operativo para aplicación de la metodología del PAI VII. Política de Autorización Y Divulgación VIII. ANEXO Página 3 de 12

5 I. INTRODUCCIÓN. A partir de los cambios regulatorios para las operaciones con derivados financieros, generados por la crisis del 2008 y 2009, la operativa de los productos OTC que pueden ser estandarizados, está siendo migrada a Mercados Organizados con Cámaras de Compensación o Contrapartes Centrales. Las Contrapartes Centrales reducen el riesgo de crédito generado por las operaciones OTC, creando una estructura similar a la que se utiliza en operaciones OTC colateralizadas. En distintos mercados en el mundo se están compensando ya en Contrapartes Centrales productos derivados como el swap de tasas de interés. Por lo que es importante que los precios y valuaciones de dichos contratos sean consistentes para no generar oportunidades de arbitraje. En la operativa de contratos derivados OTC cuya valuación a mercado es colateralizada, diariamente se deposita colateral con la contraparte para compensar el Margen por Variación. Los contratos compensados en Cámara como el swap de tasa de interés, involucran pagos por la valuación a mercado en efectivo de aquellos con pérdidas no realizadas a aquellos con ganancias no realizadas, sin embargo, esos pagos en efectivo generan una diferencia entre los contratos compensados y los no compensados en Cámara. Por esta razón debe considerarse también que la dinámica de flujos de efectivo no genere distorsiones. II. Justificación de la implementación del PAI y de la metodología. El PAI es una herramienta que minimiza el impacto de los pagos diarios en efectivo por concepto de Margen por Variación sobre el precio del swap de tasa de interés, para ello las Cámaras de Compensación cobran intereses sobre los montos acumulados con respecto al Margen por Variación recibido por el Socio Liquidador y pagan intereses sobre los montos acumulados con respecto al Margen por Variación pagado por el Socio Liquidador con respecto a estos contratos de swap. Así pues, los pagos de PAI en el contexto de contratos derivados OTC en Cámaras, que van de aquellos con ganancias no realizadas a aquellos con pérdidas no realizadas, reconcilian los flujos de efectivo de los contratos derivados OTC compensados con los de los contratos derivados OTC no compensados en Cámara. Por otro lado, en el área de los contratos de Futuro, las posiciones son liquidadas diariamente y el pago de Margen por Variación tiene la naturaleza de un pago de liquidación, representando efectivamente pérdidas y ganancias basadas en movimientos del mercado sobre la posición. Por lo tanto, cuando un cliente del mercado de Futuros hace un pago de Margen por Variación a su Socio Liquidador y éste, a su vez lo paga a la Cámara, ésta en efecto ha recibido un pago para cuenta propia debido a que el pago tiene naturaleza de liquidación. Sin embargo, dado que la Cámara siempre tiene que estar balanceada inevitablemente tomará el Margen por Variación cobrado y lo pagará a otro Socio Liquidador como liquidación para la posición contraria. El cliente que realiza el pago de Margen por Variación está realizando un pago de liquidación, por lo que no tiene derecho a reclamación alguna sobre dicho Margen por Variación. Por esa razón la Cámara no necesita tratarlo como fondos del cliente y es libre de pagarlo a la posición contraria. Página 4 de 12

6 El cliente que lo recibe, por su parte es libre de retirarlo y de tratarlo como propio sin ninguna restricción por parte de la Cámara o del cliente que originalmente lo pagó. Este mecanismo de liquidar Margen por Variación a través de la Cámara de Compensación, es esencial para el modelo de compensación central. En el mercado derivados OTC, el Margen por Variación no ha sido tratado como una liquidación y el cliente que lo pone espera recibir de regreso esa cantidad, siempre que cumpla sus compromisos, pues representa un flujo que se entrega al receptor más que un pago de liquidación. Adicionalmente, para una operación de Futuro, las reglas de las Contrapartes Centrales definen que cada día el precio de liquidación del contrato es usado para calcular el Margen por Variación, y la pérdida o ganancia es debitada o acreditada de su cuenta de margen diariamente. Las bolsas ven este pago como la liquidación total y final del contrato, ya que si la contraparte incumple, el cliente cumplido no recibirá ningún otro pago sobre ese contrato si el mismo no fue cerrado en el mercado, sino liquidado en efectivo. Esto significa que una operación de Futuro es vista como final o vencida en todos y cada uno de los días, hasta la fecha de expiración del contrato, en cuyo caso el pago de Margen por Variación es un monto liquidado, y no un activo entregado como margen. En este caso el cliente es libre de usar cualquier pago de Margen por Variación, sin ajuste por PAI. Ahora bien, para una operación de Swap OTC, el pago de Margen por Variación representa el valor de los flujos de efectivo futuros, los cuales se mantienen sin liquidar hasta que se cumpla la fecha de pago de cupón, y finalmente llegue el vencimiento, así que el Margen por Variación se ve como un monto de margen que el cliente que lo entregó recibirá de vuelta conforme vaya cumpliendo sus obligaciones periódicas. La diferencia en caso de incumplimiento, es que en algunas Contrapartes Centrales para derivados OTC, el portafolio de operaciones pertenecientes al participante incumplido son subastadas, tal que eventualmente una nueva contraparte las tome en propiedad, y los contratos continúen sin cambios hasta su vencimiento. Esto significa que el pago de Margen por Variación para una operación OTC es caracterizado como un activo entregado como margen, que el cliente que lo entregó esperaría no perder aun cuando la contraparte incumpla, por lo tanto la aplicación de PAI, es equivalente a recibir intereses sobre su activo entregado como margen. Con respecto a la metodología que la Cámara de Compensación Asigna implementará para la determinación o cálculo del PAI, decíamos al principio, dado que no se quiere generar oportunidades de arbitraje producto de valuaciones o metodologías de valuación distintas, la valuación de los swaps que se liquidan en Asigna utiliza los mismos insumos que CME, esto es consume las mismas curvas utilizadas por CME. Adicionalmente, así como la valuación de Swaps se calcula con una curva basada en flujos colateralizados en USD, los intereses sobre márgenes por variación también se calculan con una tasa implícita a partir de la tasa de fondeo en USD. Página 5 de 12

7 Liquidación de SWAP de TIIE en CME. El contrato Swap de TIIE a 28 días se compensa y liquida en la Cámara de Compensación del Chicago Mercantil Exchange. La valuación del swap de TIIE a 28 días la realizan en pesos utilizando un fondeo en dólares. Para las estimaciones de pago de cupón futuro toman en cuenta sólo la curva de TIIE en pesos. Para descontar los flujos utilizan una curva de descuento en pesos tomando en cuenta la tasa Overnight Indexed Swap (OIS) en dólares y Basis Peso/Dólar. Lo cual les permite determinar el Valor Presente Neto en pesos. Como usan fondeo en dólares para la valuación, entonces usan una tasa Fed Fund para calcular el monto equivalente de PAI. Gráficamente MV MXN T 0 T 1 MV MXN (1 + FF T ) FX TN (FX CASH ) FX TN MV USD = MV MXN Acumula interés a la tasa FF MV MXN (1 + FF T ) MV MXN (1 + PAI T ) = MV MXN (1 + FF T ) FX TN FX TN PAI = FF FX 1 TN FX + ON T Proceso: Determinan el Margen por Variación acumulado en pesos (MV MXN ). Utilizan el tipo de cambio relevante ( ) y convierten el Margen por Variación en pesos a Margen por Variación en dólares. Utilizan el Margen por Variación en dólares y la tasa Fed Funds para calcular el monto del PAI en dólares. Finalmente convierten el Margen por Variación y el monto del PAI en dólares a pesos utilizando el tipo de cambio relevante (FX TN ). Página 6 de 12

8 III. Cálculo del Margen por Variación. En Asigna diariamente las contrapartes deben aportar un Margen por Variación que es igual a la variación en la valuación del Swap de un día al siguiente: MV = VPN t VPN t-1 Donde: MV = Margen por Variación diario. VPN t = Valor Presente Neto del swap el día hábil t. VPN t-1 = Valor Presente Neto del swap el día hábil inmediato anterior t-1. Página 7 de 12

9 IV. Metodología de cálculo del Price Alignment Interest (PAI). El PAI es la cantidad de interés que las Cámaras de Compensación aplican sobre el Margen por Variación acumulado igual al Valor Presente Neto del día hábil inmediato anterior al día en que se realiza el cálculo, para compensar el costo de fondeo del saldo del Margen por Variación pagado por una contra parte a la otra. PAI = VPN t 1 I t Días Donde, PAI = Interés sobre margen de variación acumulado I t = Tasa PAI redondeada a seis decimales en pesos implícita expresada en porcentaje. VPN t 1 = Valor Presente Neto del swap. El manejo de los decimales será de la siguiente manera: I t Días : debe ser truncado a doce (12) decimales VPN t 1 I t Días : debe ser redondeado a dos (2 decimales) La tasa PAI es calculada por un proveedor de precios con base en la metodología proporcionada por la Cámara de Compensación. La metodología que el proveedor de precios empleará para la obtención de esta tasa es la misma empleada por CME: MV MXN (1 + I t t 360 ) = MV MXN (1 + FF t 360 ) FX TN I t= ( FX TN FF + FX TN 1 ) t 360 Donde: MV MXN = Margen por Variación diaria acumulado en pesos I t =Tasa PAI para la fecha de valuación en t, redondeado a seis decimales y expresada en porcentaje. t = Plazo en días entre el tipo de cambio Tom y el tipo de cambio Overnight FF = Tasa del Fondo Federal Estadounidense (FED) FX TN = Tipo de cambio Tom = Tipo de cambio Overnight ( Cash ) El plazo en días entre el tipo de cambio Tom y tipo de cambio Overnight se determinará considerando los días festivos del calendario de Estados Unidos, en caso de que este plazo no fuera igual considerando los días festivos del calendario de México se hará una tasa equivalente, con días más o días menos, según sea el caso, para determinar la Tasa PAI que usará Asigna al plazo del calendario de México. Para mayor detalle consultar el anexo de este documento. Página 8 de 12

10 V. Fuentes de información del PAI. El cálculo del PAI serán realizado por el proveedor de precios contratado por Asigna, en días hábiles en México y en un horario de entre 15:30 horas y 16:00 horas. Éste utiliza la tasa del Fondo Federal Estadounidense que obtiene de Reuters mientras que para el Tipo de cambio Tom y el Tipo de Cambio Overnight Cash tiene como insumo información del Chicago Mercantile Exchange (CME). En caso de que el proveedor de precios no cuente con la información del Chicago Mercantile Exchange (CME) usará la información propia para el cálculo de la tasa PAI usando el mismo modelo que el de CME, para la determinación de la misma. VI. Proceso operativo para aplicación de la metodología del PAI. Todos los días Asigna recibirá de su proveedor de precios, la tasa de interés (PAI) misma que deberán aplicar tanto Asigna como los Socios Liquidadores para determinar el flujo (Acreedor / Deudor). El PAI será determinado en la misma moneda que el Margen por Variación. Se utilizará el VPN del swap del día hábil inmediato anterior, para determinar el PAI. El Margen por Variación Acumulado se ajustará de la siguiente manera: De manera diaria, la Cámara de Compensación determinará el monto que se aplicará a cada Socio Liquidador, ya sea acreedor o deudor, en base a la tasa PAI. Para determinar el monto del PAI se utilizará el VPN de cada swap del día hábil inmediato anterior y se aplicará la tasa considerando el periodo de tiempo como se indica a continuación: Donde: Monto PAI para la posición larga calculada (PAIL t ) en el día t. PAIL t = VPNL t 1 I t ( Días ) Monto PAI para la posición corta calculada(paic t ) en el día t. PAIC t = VPNC t 1 I t ( Días ) VPNL t 1 = Valor Presente Neto de la posición Larga en t-1. VPNC t 1 = Valor Presente Neto de la posición Corta en t-1. I t = Tasa PAI expresado en porcentaje el día de cálculo t. Días = Diferencia entre el día hábil siguiente y el día actual, del calendario de México. Finalmente el Margen por Variación calculado previamente se ajustará de la siguiente manera: MVPLA t = MVPL t + PAIL t Dónde: MVPCA t = MVPC t + PAIC t Página 9 de 12

11 MVPLA t = Importe del Margen de Variación Ajustado por PAI a debitar o a acreditar el día t para swap en Posición Larga, que será liquidable en t+1. MVPCA t = Importe del Margen de Variación Ajustado por PAI a debitar o a acreditar el día t para swap en Posición Corta, que será liquidable en t+1. Asigna dará a conocer a los Socios Liquidadores por mensajería electrónica, a las 16 horas, la tasa de interés que diariamente empleará para realizar el cálculo, a efecto de que la incluyan en sus sistemas de administración de cuentas e incorporen el ajuste citado al Margen por Variación. El PAI será calculado por Asigna e incluido en el reporte MTS5 conjuntamente con el Margen por Variación para cada swap registrado en cada uno de los portafolios de swap de cada uno de los clientes de cada uno de los Socios Liquidadores. El reporte con el resumen de liquidación diaria por Socio Liquidador reflejará el monto de Margen por Variación de Swaps Neto, es decir, considerando el impacto del PAI. El Socio Liquidador ejecutará el mismo cálculo en sus sistemas de administración de cuentas y podrá conciliar dicho cálculo con la información que diariamente Asigna pone a su disposición a través de archivos electrónicos. VII. Política de Autorización Y Divulgación De acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interior de Asigna, la Metodología PAI deberá ser aprobada por el Subcomité de Admisión y Administración de Riesgos (SAAAR) para ser ratificada en el Comité Técnico. La Metodología deberá ser dada a conocer por el público para lo cual deberá ser publicada en la página de internet de Asigna. Los cambios aplicables a esta metodología deberán de hacerse de conocimiento de los participantes del mercado y deberá ser autorizado por SAAR para ser publicados con (2) dos días previos de anticipación a su entrada en vigor. Página 10 de 12

12 VIII. ANEXO El plazo entre el tipo de cambio Tom y tipo de cambio Overnight se determinará considerando los días festivos del calendario de EU. En caso de que este plazo sea diferente considerando los días festivos del calendario de México se hará una tasa equivalente: En cualquier caso: Inhábil Estados Unidos o Inhábil México I t = DxV Mex DxV EU DxVEU [(1 + I DxV t,cme Mex ) 1 ] Caso 1: Inhábil en Estados Unidos Cuando entre el día de cálculo de la tasa PAI y el día hábil siguiente existe un día inhábil en Estados Unidos y es día hábil en México, se calculará el plazo de los insumos recibidos por parte de CME con el calendario de Estados Unidos y se hará una tasa equivalente al plazo al calendario de México. En el día inhábil en EU al ser día hábil en México, CME da insumos que se toman para calcular una tasa PAI. EU días México CME calcula una tasa a 4 días viernes Se hace una tasa equivalente a 3 días sábado domingo inhábil lunes recibe insumos de CME con plazo a 1 día martes Caso 2: Inhábil en México Cuando entre el día de cálculo de la tasa PAI y el día hábil siguiente es hábil en Estados Unidos e inhábil en México, se calculará el plazo de los insumos recibidos por parte de CME con el calendario de Estados Unidos y se hará una tasa equivalente al plazo al calendario de México. EU días México CME calcula una tasa a 3 días viernes Se hace una tasa equivalente a 4 días sábado domingo CME calcula una tasa a 1 día lunes inhábil martes Es importante tomar en cuenta que el cálculo no siempre será exacto en cualquier caso de día inhábil, pues los insumos recibidos del mercado estadounidense son calculados según su calendario. En el caso de inhábil EU, entregan insumos en días no laborales para México según acuerdo, pero ellos no los utilizan para su cálculo, en el otro caso, cuando en México no se labora, no se toman en cuenta los insumos de operación de EU. Página 11 de 12

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