UNIVERSIDAD EAFIT REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL CENTRO DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT

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1 UNIVERSIDAD EAFIT REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL CENTRO DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT Medellín, 2018

2 2 Contenido Preámbulo CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV Objeto y Tipo de prestador Sujetos Prestación de los servicios básicos de registro, remisión y orientación ocupacional Procedimiento para la prestación de los servicios básicos de registro de oferentes usuarios-eafitenses, registro de demandantes empleadores y registro de vacantes CAPÍTULO V CAPÍTULO VI CAPÍTULO VII CAPÍTULO VIII CAPÍTULO IX CAPÍTULO X CAPÍTULO XI CAPÍTULO XII CAPÍTULO XIII CAPÍTULO XIV Prestación de los servicios asociados de gestión y colocación de empleo Puntos de atención Tratamiento de la información Responsabilidades de las partes Derechos de las partes Prohibiciones de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT Procedimiento para la presentación y la atención de peticiones, quejas y reclamos Marco legal Flujos Migratorios Laborales Vigencia

3 3 Preámbulo La visión de la Universidad EAFIT señala que la Institución aspira al reconocimiento nacional e internacional en virtud de sus logros académicos e investigativos y de proyección social. En consonancia con esta aspiración, la Universidad EAFIT cuenta con un Centro de Egresados, el cual concentra y dirige las relaciones y el intercambio de información con los eafitenses y las organizaciones de todos los sectores, a través de la prestación de diversos servicios y la realización de actividades académicas, culturales, deportivas y lúdicas. De esta manera la Universidad EAFIT, a través del Centro de Egresados, entre sus diferentes servicios, ofrece el registro de oferentes usuarios-eafitenses, empleadores demandantes y vacantes, orientación ocupacional y la remisión de oferentes usuarios-eafitenses, facilitando de esta forma el contacto entre los oferentes usuarios- eafitenses y los empleadores demandantes; y presta servicios asociados de gestión y colocación de empleo; sin costo alguno. Para la prestación de los servicios básicos y asociados de gestión y colocación de empleo, se adopta el siguiente Reglamento: CAPÍTULO I Objeto y Tipo de prestador Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento de prestación de servicios tiene como objeto señalar las condiciones mediante las cuales la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios básicos y asociados de gestión y colocación de empleo. Artículo 2. Tipo de prestador. El tipo de prestador bajo el cual se ofrecerá los servicios básicos y asociados de gestión y colocación de empleo, será el de Bolsa de Empleo de Institución de Educación Superior. Parágrafo. En el marco del Decreto 1072 de 2015 se entiende por Bolsa de Empleo de Institución de Educación Superior, la persona jurídica sin ánimo de lucro que presta servicios de gestión y colocación, para un grupo específico de oferentes con los cuales tiene una relación particular, que para este caso serán estudiantes y/o egresados u otros de similar naturaleza. La prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo por las bolsas de empleo, será gratuita para oferentes y demandantes de los servicios 1. 1 Decreto 1072 de 2015.

4 4 CAPÍTULO II Sujetos Artículo 3. Naturaleza jurídica de la Universidad EAFIT. La Universidad EAFIT es una Institución de Educación Superior, de carácter privado, de utilidad común, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Resolución 75, del 28 de junio de 1960, expedida por la Gobernación de Antioquia; fue reconocida como Universidad por el Decreto 759, del 6 de mayo de 1971, de la Presidencia de la República de Colombia, y acreditada institucionalmente por el Ministerio de Educación Nacional, mediante Resolución 2158 de Parágrafo. La Universidad EAFIT tiene su domicilio principal en la Carrera 49 No. 7 sur - 50, de la ciudad de Medellín, Antioquia, y con la posibilidad de establecer dependencias y seccionales en otras ciudades de Colombia y del exterior. Artículo 4. Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. El Centro de Egresados es una dependencia administrativa de la Universidad EAFIT, a través de la cual se organiza la bolsa de empleo para la prestación de servicios básicos y asociados de gestión y colocación de empleo, sin costo alguno. De este modo, y en concordancia con la proyección social de la Institución, el Centro de Egresados, tiene como propósitos principales conservar un sistema actualizado de información, y ser un canal de comunicación entre los eafitenses y las organizaciones de todos los sectores. Parágrafo. El Centro de Egresados de la Universidad EAFIT se encuentra ubicado en la Carrera 48C No. 10 Sur 106 en el barrio La Aguacatala, en la ciudad de Medellín, Antioquia, adjunto al Campus Universitario. Artículo 5. Oferentes usuarios-eafitenses. Es la población de oferentes a quienes la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT les prestará sus servicios básicos y asociados de gestión y colocación de empleo. Se entenderán como oferentes usuarios-eafitenses los siguientes: Graduados 2 de la Universidad EAFIT de los programas de pregrado o posgrado. Egresados 3 de la Universidad EAFIT de los programas de pregrado o posgrado. Estudiantes activos de los programas de pregrado o posgrado que ofrece la Universidad EAFIT. 2 Estudiante que habiendo aprobado los créditos exigidos por su plan de estudios, haya cumplido con todos los requisitos de grado exigidos por su respectivo programa, y haya recibido, en ceremonia de grado, el título académico respectivo. 3 Estudiante que ha aprobado los créditos exigidos por su plan de estudios, pero que no ha cumplido con los demás requisitos de grado establecidos para el programa que cursa.

5 5 Artículo 6. Empleadores demandantes. Son todos aquellos interesados en la publicación de vacantes en el portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, y en consecuencia recibir las hojas de vida de los oferentes usuarios -eafitenses; también son todos aquellos interesados en mejorar la selección de personal. Los empleadores demandantes podrán ser nacionales o internacionales. CAPÍTULO III Prestación de los servicios básicos de registro, remisión y orientación ocupacional Artículo 7. Objetivo del servicio prestado. La prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo por parte de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT facilita el acercamiento entre los oferentes usuarios-eafitenses que están en disposición de ofrecer sus servicios, y los empleadores demandantes interesados en recibir hojas de vida para cubrir una vacante y de esta manera consolidar su grupo de trabajo. Artículo 8. Descripción del servicio prestado. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT ofrece el registro de oferentes usuarios-eafitenses, empleadores demandantes y vacantes, sin costo alguno, a través de los medios tecnológicos desarrollados para el efecto. Parágrafo 1. Los oferentes usuarios-eafitenses registrados serán los encargados directos de remitir sus hojas de vida a los empleadores demandantes, una vez tengan conocimiento de la vacante y luego de haber aplicado los filtros que el portal tiene establecido para facilitar la búsqueda de vacantes de acuerdo a su perfil. Parágrafo 2. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT publicará en el portal establecido para ello, las vacantes de los empleadores demandantes que así lo soliciten, para que los oferentes usuarios-eafitenses registrados tomen directamente la decisión de remitir su hoja de vida a dichos empleadores. Artículo 9. Registro de oferentes usuarios-eafitenses. Los oferentes usuarios-eafitenses a quienes la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT les prestará el servicio de registro deberán cumplir una (1) de las siguientes condiciones: a) Ser graduado de la Universidad EAFIT de los programas de pregrado o posgrado. b) Ser egresado de la Universidad EAFIT de los programas de pregrado o posgrado. c) Ser estudiante activo de los programas de pregrado o posgrado que ofrece la Universidad EAFIT. Parágrafo. Los oferentes usuarios-eafitenses a quienes la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT les prestará el servicio de registro, además de cumplir con una (1) de las condiciones señaladas en el presente artículo, deberán completar la información requerida en el formato de hoja de vida establecido en el portal utilizado para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo.

6 6 Artículo 10. Registro de empleadores demandantes. Los empleadores demandantes deberán registrar la información básica que les sea solicitada en el formato determinado para el efecto y que se encuentra en el portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. A los empleadores demandantes como mínimo se les requerirá la siguiente información: nombre; identificación; y responsable de la solicitud y datos de este contacto. Artículo 11. Registro de vacantes. Los empleadores demandantes interesados en la publicación de vacantes en el portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, contactarán a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, indicando el perfil solicitado para cubrir una vacante y solicitarán la publicación de la misma en el mencionado portal. Artículo 12. Remisión. Los oferentes usuarios-eafitenses registrados remitirán directamente sus hojas de vida a los empleadores demandantes, una vez tengan conocimiento de la información de la vacante, la cual ha sido previamente revisada por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT y publicada por ésta en el portal establecido para ello. El oferente usuario-eafitense registrado revisará constantemente el portal utilizado por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo; aplicará los filtros que el mencionado portal tiene establecidos para facilitar la búsqueda de vacantes de acuerdo a su perfil; y tomará directamente la decisión de remitir su hoja de vida a los empleadores demandantes. El oferente usuario-eafitense podrá acceder a las vacantes ingresando al siguiente link: No se prestará servicio de preselección toda vez que los oferentes usuarios-eafitenses son quienes voluntariamente a través de la plataforma hacen la autopostulación a las vacantes. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT no interviene en el proceso de preselección. Artículo 13. Orientación ocupacional a oferentes y demandantes. Los oferentes usuarioseafitenses y los empleadores demandantes podrán acceder a través de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, a las siguientes actividades: Orientación ocupacional a oferentes: 1. Seminarios, talleres, conferencias y charlas dirigidos a los oferentes usuarios eafitenses. Para desarrollar y fortalecer las competencias de los oferentes usuarioseafitenses, y atender sus necesidades en temas relacionados con la empleabilidad, se realizan seminarios, talleres, conferencias y charlas. Estas actividades, en algunas ocasiones, se articulan con otras dependencias de la Universidad EAFIT. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT define una temática pertinente para abordar en el seminario, taller, conferencia o charla. Así

7 7 mismo, se establecen los aspectos logísticos del evento, la realización y evaluación del mismo. Estas actividades se programan al menos una vez a la semana. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará este servicio de gestión y colocación de empleo de forma presencial. En algunos casos, cuando se establezca la posibilidad, los oferentes usuarios-eafitenses tendrán acceso a estas actividades por medio del canal de televisión de la Universidad EAFIT Envivo envivo.eafit.edu.co/envivoeafit/ 2. Asesoría psicológica en temas laborales. Con el apoyo de otras dependencias de la Universidad EAFIT, se brinda asesoría, sin costo, a los oferentes usuarios eafitenses que tengan inquietudes y dificultades en temas relacionados con el ámbito laboral, por ejemplo, revisión de hoja de vida y análisis de las posibles tensiones implicadas en los procesos de selección Los oferentes usuarios-eafitenses podrán solicitar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, asesoría, sin costo, sobre inquietudes y dificultades en temas relacionados con el ámbito laboral. La mencionada solicitud podrá ser formulada vía correo electrónico, escribiendo al centro.egresados@eafit.edu.co; de manera presencial, en las oficinas del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua; o vía telefónica al (4) ext. 9297, 9945, 8901 ó Una vez recibida la solicitud, el Centro de Egresados de la Universidad EAFIT diligencia el formato determinado para remitir la misma a la dependencia responsable de agendar la asesoría, la cual se realizaría de manera presencial o virtual. 3. Conferencias y actividades con los empleadores demandantes. Se realizan conferencias y charlas para que los empleadores demandantes divulguen su información institucional, así como, de vacantes disponibles, y de procesos de selección que se llevarán a cabo. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT define un tema pertinente para abordar la actividad. Así mismo, se establecen los aspectos logísticos del evento, la convocatoria, la realización y evaluación del mismo. Estas actividades se programan al menos tres al semestre. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará este servicio de gestión y colocación de empleo de forma presencial. 4. Feria Laboral. Evento en el que, en sinergia con empleadores demandantes de diferentes sectores, se propicia, en un tiempo determinado, una oportunidad de contacto entre el medio laboral, y los oferentes usuarios-eafitenses. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT define un cronograma de trabajo que contemple la logística de la feria laboral, la realización y evaluación de la misma. Este evento se realiza una vez al año.

8 8 La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará este servicio de gestión y colocación de empleo de forma presencial y/o virtual. CAPÍTULO IV Procedimiento para la prestación de los servicios básicos de registro de oferentes usuarios-eafitenses, registro de demandantes empleadores y registro de vacantes Artículo 14. Procedimiento para la prestación de los servicios básicos de registro de oferentes usuarios-eafitenses, registro de demandantes empleadores y registro de vacantes. El procedimiento que se adelantará en la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de registro de oferentes usuarios-eafitenses, registro de demandantes empleadores y registro de vacantes, será el siguiente: 1. Registro de oferente usuario-eafitense: El oferente deberá cumplir con las condiciones de registro, y completar la información que les sea solicitada en los formatos determinados para el efecto, los cuales se encuentran en el portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. El registro de oferente usuario-eafitense se llevará a cabo de manera virtual en el portal establecido para prestar los servicios de gestión y colocación de empleo, ingresando al siguiente link: El oferente usuario-eafitense registrado revisará constantemente el portal utilizado por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo; aplicará los filtros que el mencionado portal tiene establecidos para facilitar la búsqueda de vacantes de acuerdo a su perfil; y tomará directamente la decisión de remitir su hoja de vida a los empleadores demandantes. 2. Registro de empleador demandante: El empleador demandante deberá remitir a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT una carta solicitando el registro en el servicio, adjuntar la documentación requerida para el efecto, y cumplir con las condiciones de registro. Adicionalmente, el empleador demandante deberá completar la información que le sea solicitada en los formatos virtuales determinados para el efecto, los cuales se encuentran en el portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, y a los que podrá acceder ingresando al siguiente link: 3. Registro de vacantes: Una vez registrado el empleador demandante, podrá contactar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, indicando el perfil requerido para cubrir una vacante y solicitando la publicación de la misma en el portal establecido. El empleador demandante deberá diligenciar completamente el formato establecido por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad

9 9 EAFIT para realizar la solicitud 4 de publicación de una vacante, teniendo en cuenta lo siguiente: Suministrar información veraz sobre las condiciones ofrecidas. Mantener durante todo el proceso de selección las condiciones ofrecidas, toda vez que el empleador demandante es el responsable de la información suministrada a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. Respetar los parámetros mínimos de remuneración adoptados por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT revisará la información enviada por el empleador demandante, las condiciones ofrecidas por éste, y las características de la vacante, de acuerdo con los siguientes parámetros: Toda vacante deberá contener como mínimo la siguiente información: formación profesional; cargo; número de personas a cargo; experiencia; funciones principales; remuneración; nivel de otro (s) idioma (s); herramientas informáticas; tipo de contrato; la ciudad de trabajo; datos de contacto del empleador demandante y días de vigencia de la vacante. El empleador demandante deberá completar la información de la vacante ingresando al siguiente link: Posteriormente, la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT publicará de manera automática la vacante en el portal establecido para ello. CAPÍTULO V Prestación de los servicios asociados de gestión y colocación de empleo Artículo 15. Descripción y procedimiento de la prestación de los servicios asociados de gestión y colocación de empleo. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT ofrece los siguientes servicios asociados de gestión y colocación de empleo: 1. Programas especiales de capacitación. En desarrollo de convenios de cooperación con empleadores demandantes, se ofrecen programas especiales de capacitación (orientados a través del aprendizaje de competencias blandas y duras) a estudiantes de los programas de pregrado de la Universidad EAFIT, durante sus dos últimos 4 La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT decidirá acerca de la aprobación de la solicitud de publicación de la vacante enviada.

10 10 semestres; a egresados de los programas de pregrado de la Universidad EAFIT; y a graduados de los programas de pregrado de la Universidad EAFIT en un período no mayor a tres años después de la obtención del título correspondiente; y una vez obtenido el certificado de asistencia y de cumplimiento de la actividad, puedan participar en los procesos de selección que los empleadores demandantes lleven a cabo, y optar por alguna de las vacantes disponibles por ellos. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT establece comunicación con los empleadores demandantes para socializar el programa, se ajusta el programa de acuerdo con las necesidades del empleador demandante, se realiza la invitación al público objetivo, se llevan a cabo las capacitaciones y se evalúa el programa. La periodicidad para el desarrollo de un programa especial de capacitación dependerá de convenios que se logren celebrar. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará este servicio de gestión y colocación de empleo de forma presencial. CAPÍTULO VI Puntos de atención Artículo 16. Punto de atención presencial. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios básicos de gestión y colocación de empleo (orientación ocupacional) y servicios asociados; de forma presencial, sin costo alguno. Parágrafo 1. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT se encuentra ubicada en la Carrera 48C No. 10 Sur 106 en el barrio La Aguacatala, en la ciudad de Medellín, Antioquia, adjunto al Campus Universitario. En caso de que los oferentes usuarios-eafitenses o empleadores demandantes requieran información concerniente a la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo o tengan alguna inquietud, podrán: Escribir un correo electrónico a centro.egresados@eafit.edu.co Llamar al (4) ext. 9297, 9945, 8901 ó 9328 Acudir al Centro de Egresados de la Universidad EAFIT El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua. Parágrafo 2. La población a la cual la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT va a dirigir sus servicios de gestión y colocación de empleo se encuentra determinada en el CAPÍTULO II Sujetos del presente Reglamento. Artículo 17. Punto de atención virtual. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios básicos de gestión y colocación de empleo de registro de oferente usuario-eafitense, registro de empleador demandante, registro de vacantes, remisión, y orientación ocupacional; de forma virtual, sin costo alguno.

11 11 Parágrafo 1. La URL a través de la cual se accede a los servicios básicos descritos corresponderá a: Parágrafo 2. La población a la cual la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT va a dirigir sus servicios de gestión y colocación de empleo se encuentra determinada en el CAPÍTULO II Sujetos del presente Reglamento. Parágrafo 3. En caso de que los oferentes usuarios-eafitenses o empleadores demandantes requieran soporte técnico o requieran información concerniente al funcionamiento del portal establecido para prestar los servicios básicos de gestión y colocación de empleo o tengan alguna inquietud, podrán: Escribir un correo electrónico a centro.egresados@eafit.edu.co Llamar al (4) ext. 9297, 9945, 8901 ó 9328 Acudir al Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua. Parágrafo 4. El oferente usuario-eafitense podrá recibir la asesoría psicológica en temas laborales, a través medios electrónicos, si al momento de recibir la asesoría cuenta con alguna restricción de desplazamiento. La persona encargada de brindar la asesoría acordará con el oferente usuario-eafitense el medio y detalles para establecer dicha comunicación virtual. Parágrafo 5. Los oferentes usuarios-eafitenses tendrán acceso, en algunos casos, cuando se establezca la posibilidad, al servicio básico de gestión y colocación de empleo (seminarios, talleres, conferencias y charlas dirigidos a los oferentes usuarios-eafitenses) por medio del canal de televisión de la Universidad EAFIT Envivo envivo.eafit.edu.co/envivoeafit/ Parágrafo 6. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT podrá realizar la feria laboral, de forma virtual, la cual se llevará a cabo mediante una plataforma que se diseñe específicamente para la feria. Artículo 18. Sistema de Información. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, a través del siguiente sistema de información: Portal de Empleo. Es un portal que funciona bajo los parámetros establecidos en el convenio celebrado entre Trabajando.com Colombia Consultoría S.A.S, Universia Colombia S.A.S y la Universidad EAFIT. En el Portal de Empleo, el oferente usuario-eafitense y el empleador demandante deberán cumplir con las condiciones de registro. Para que el oferente usuario-eafitense y el empleador demandante puedan acceder a toda la información relacionada con el Portal de Empleo, deben ingresar al link: dirigirse al sistema de información, y validarse con los datos de acceso que se soliciten.

12 12 CAPÍTULO VII Tratamiento de la información Artículo 19. Tratamiento de la información. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT como prestador del Servicio Público de Empleo, en el desarrollo de las actividades, garantizará el respeto a la intimidad y dignidad en el tratamiento de los datos personales, sometiendo la actuación en esta materia a lo dispuesto por la Política de tratamiento de protección de datos personales adoptada por la Universidad EAFIT, y a lo contemplado en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 o norma que la complemente, modifique, adicione o sustituya. CAPÍTULO VIII Responsabilidades de las partes Artículo 20. Responsabilidades de los oferentes usuarios-eafitenses. Las responsabilidades de los oferentes usuarios-eafitenses serán las siguientes: 1. Suministrar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT información veraz al momento de diligenciar o actualizar el formato de hoja de vida establecido en el portal utilizado para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. 2. Actualizar los datos de contacto y la información del formato de hoja de vida establecido en el portal utilizado para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. 3. Abstenerse de remitir la hoja de vida cuando su perfil no se ajuste a las características y requisitos de la vacante. 4. Informar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT sobre su vinculación en caso de que haya sido seleccionado por el empleador demandante para cubrir la vacante. 5. Cumplir con las condiciones y compromisos relacionados con la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Artículo 21. Responsabilidades de los empleadores demandantes. Las responsabilidades de los empleadores demandantes serán las siguientes: 1. Suministrar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT información veraz sobre las condiciones ofrecidas. 2. Realizar el proceso de selección respetando las condiciones ofrecidas por el empleador demandante y señaladas en el formato establecido por la Bolsa de Empleo del Centro

13 13 de Egresados de la Universidad EAFIT para realizar la solicitud de publicación de la vacante. 3. Informar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT al momento de la cancelación y/o terminación de un proceso de selección. 4. Una vez cerrado el proceso de selección, informar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, los resultados de la convocatoria. 5. Utilizar la información que llegare a conocer por la publicación de las vacantes a través de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, exclusivamente para los fines que fue solicitada. 6. Diligenciar y enviar a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT el formato establecido para la evaluación de los servicios de gestión y colocación de empleo prestados. 7. Cumplir con las condiciones y compromisos relacionados con la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Artículo 22. Responsabilidades de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT al prestar los servicios de gestión y colocación de empleo asume las siguientes responsabilidades: 1. Prestar los servicios de gestión y colocación de empleo de manera gratuita e imparcial. 2. Dar a conocer a los oferentes usuarios-eafitenses y a los empleadores demandantes el presente Reglamento. 3. Observar y cumplir los principios del Servicio Público de Empleo en la prestación de los servicios de gestión y colocación a los oferentes usuarios-eafitenses y a los empleadores demandantes. 4. Prestar los servicios con respeto a la dignidad y el derecho a la intimidad de los oferentes usuarios-eafitenses y empleadores demandantes. El tratamiento de los datos personales, se realizará atendiendo a lo dispuesto por la Política de tratamiento de protección de datos personales adoptada por la Universidad EAFIT, y a lo contemplado en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 o norma que la complemente, modifique, adicione o sustituya. 5. Permitir la actualización o rectificación de la información registrada en la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT en el momento en que el oferente usuario-eafitense o el empleador demandante así lo requiera.

14 14 6. En el desarrollo de las actividades, en los medios de promoción y divulgación de las mismas, informar la condición de bolsa de empleo, mencionando el número del acto administrativo mediante el cual fue autorizada, la pertenencia a la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo y utilizar la imagen de identificación del Servicio Público de Empleo definida por el Ministerio del Trabajo. 7. Mantener las condiciones y requisitos que posibilitaron la obtención de la autorización. 8. Disponer de un sistema informático para la operación y prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes. 9. Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, y la documentación que sea requerida, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo o entidad que hiciere sus veces. 10. Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de mano de obra en el extranjero, que incluyan como mínimo la siguiente información: a) Información de edad, sexo y ciudad de origen de las personas que prestan el servicio en el extranjero; b) Duración del contrato, ocupación u oficio de la persona y cargo que desempeñe; c) Lugar o destino donde presta el servicio (ciudad-país) y actividad económica del empleador. 11. Entregar oportunamente la información que sea requerida por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo o entidad que hiciere sus veces. 12. Velar por la correcta relación entre las características de los puestos de trabajo ofertados y el perfil ocupacional, académico y/o profesional requerido. 13. Cumplir con las condiciones y compromisos relacionados con la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. 14. Cumplir con las obligaciones establecidas para los Prestadores del Servicio Público de Empleo de conformidad con la normatividad vigente. 15. Atender las peticiones, quejas y reclamos que sean presentadas a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, según el procedimiento establecido en el presente Reglamento. Parágrafo. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT no tendrá injerencia ni en los procesos de selección, ni en los resultados de los mismos, que lleven a cabo los empleadores demandantes, ya que son ellos mismos los responsables de dar cumplimiento a las políticas y procedimientos internos que tengan establecidos para el efecto.

15 15 CAPÍTULO IX Derechos de las partes Artículo 23. Derechos de los oferentes usuarios-eafitenses. Los derechos de los oferentes usuarios-eafitenses serán los siguientes: 1. Recibir de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT los servicios de gestión y colocación de empleo de manera gratuita e imparcial. 2. Revisar constantemente el portal utilizado por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo, sin costo alguno. 3. Conocer el presente Reglamento. 4. Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos personales que suministre a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. 5. Actualizar o rectificar la información registrada en la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT en cualquier momento. 6. Ser informado sobre el funcionamiento del portal utilizado por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. 7. Presentar peticiones, quejas, reclamos y sugerencias a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, y que éstas sean atendidas según el procedimiento establecido en el presente Reglamento. Artículo 24. Derechos de los empleadores demandantes. Los derechos de los empleadores demandantes serán los siguientes: 1. Recibir de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT los servicios de gestión y colocación de empleo de manera gratuita e imparcial. 2. Conocer el presente Reglamento. 3. Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos que suministre a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. 4. Solicitar la actualización o rectificación de la información registrada en la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT en cualquier momento.

16 16 5. Ser informado sobre el funcionamiento del portal utilizado por la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT para la prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. 6. Presentar peticiones, quejas, reclamos y sugerencias a la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, y que éstas sean atendidas según el procedimiento establecido en el presente Reglamento. CAPÍTULO X Prohibiciones de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT Artículo 25. Prohibiciones de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT al prestar los servicios de gestión y colocación de empleo le queda prohibido: 1. Efectuar la prestación de los servicios contraviniendo lo dispuesto en la normatividad vigente o a lo establecido en el presente Reglamento. 2. El cobro de suma alguna por cualquier concepto a los oferentes usuarios-eafitenses y empleadores demandantes. 3. Prestar los servicios de gestión y colocación de empleo a oferentes que no pertenezcan a la población para la cual les fueron estos servicios. 4. Ejercer cualquiera de las acciones contempladas en el artículo 35 del Código Sustantivo del Trabajo. 5. Ejercer las actividades de que trata el artículo 35 del Código Sustantivo del Trabajo. 6. Los actos prohibidos a los Prestadores del Servicio Público de Empleo en la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo, contemplados en la normatividad vigente. 7. Cobrar a los trabajadores para obtener una oportunidad de empleo. 8. Ejercer actividades que impliquen discriminación en la intermediación o colocación. 9. Realizar la promoción premeditada de oportunidades falsas de empleo para trabajar en el exterior. 10. Intermediar o colocar a personas menores de dieciocho (18) años de edad.

17 Intervenir en cualquier acto o transacción en virtud de la cual un niño o adolescente sea vendido, entregado o traficado por precio en efectivo o cualquier otra retribución a una persona o grupo de personas, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 188-C del Código Penal, adicionado por el artículo 6 de la Ley 1453 de Promover, inducir, constreñir, facilitar, financiar, colaborar o cualquier otra forma de participación en la entrada o salida de personas del país, sin el cumplimiento de los requisitos legales, con el ánimo de lucrarse o cualquier otro provecho para sí o para otra persona, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 188 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la Ley 747 de 2002 y el artículo 14 de la Ley 890 de Captar, trasladar, acoger o recibir a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 188-A del Código Penal, modificado por el artículo 3 de la Ley 985 de Promover o ejecutar migración laboral en contravención con la legislación vigente en Colombia y los países de destino. 15. Intermediar o colocar trabajadores migrantes colombianos para laborar en el exterior en actividades ilícitas. 16. Intermediar o colocar trabajadores migrantes colombianos para realizar labores de vigilancia y seguridad en el extranjero. 17. Intermediar o colocar trabajadores migrantes colombianos para prestar servicios o ejecutar obras, en países que no sean miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) o de las Naciones Unidas (ONU). 18. Las demás que se establezcan en el ordenamiento jurídico colombiano. CAPÍTULO XI Procedimiento para la presentación y la atención de peticiones, quejas y reclamos Artículo 26. Procedimiento para la presentación y atención de peticiones, quejas y reclamos. Se seguirá los siguientes procedimientos para la presentación y atención de peticiones, quejas y reclamos: 1. Cuando se trate de consultas, reclamos, peticiones de rectificación, actualización y supresión de datos personales, se seguirá el procedimiento contemplado en la Política de tratamiento de protección de datos personales adoptada por la Universidad EAFIT. 2. Para las demás peticiones, quejas y reclamos que se puedan originar en virtud de la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo por parte de la Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, se seguirá lo que se establece a continuación:

18 18 a) Deberán ser presentadas de forma escrita, y podrán ser enviadas al correo electrónico centro.egresados@eafit.edu.co o al Centro de Egresados de la Universidad EAFIT. b) Indicar la descripción de los hechos que dan lugar a los mismos, acompañados de los documentos que considere necesarios para su atención. c) El término máximo para analizar y dar respuesta a las peticiones, quejas y reclamos será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender las peticiones, quejas y reclamos dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se responderán los mismos. CAPÍTULO XII Marco legal Artículo 27. Marco legal. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios de gestión y colocación de empleo según las normas plasmadas en el presente Reglamento y lo previsto en la Ley 1636 de 2013, en el Decreto 1072 del 2015, Resolución 1481 MT de 2014, así como en las normas que las complementen, modifiquen, adicionen o sustituyan. Adicionalmente, la prestación del servicio estará orientada por los principios de buena fe, transparencia, honestidad, veracidad, gratuidad e imparcialidad. CAPÍTULO XIII Flujos Migratorios Laborales Artículo 28. La Bolsa de Empleo del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT prestará los servicios de gestión de gestión y colocación de mano de obra en el exterior, de acuerdo con los componentes de información, orientación y prevención especializada, tal y como se describe a continuación: Módulo de información. Contendrá los siguientes datos informativos: a. Información sobre la vacante en el exterior Los empleadores demandantes deberán diligenciar el formato para la publicación de vacantes en el exterior que se encontrará en el portal establecido para prestar los servicios de gestión y colocación de empleo. A los empleadores demandantes se les requerirá la siguiente información: 1. Nombre y descripción del empleador demandante 2. Vacantes 3. Descripción de la vacante 4. Número de vacantes

19 19 5. Salario / Ingreso 6. Tipo de contrato 7. Duración del contrato 8. Jornada de trabajo 9. Horario de trabajo 10. Tipo de remuneración 11. Moneda de pago 12. Prestaciones sociales 13. Otras condiciones 14. Fecha de publicación 15. Fecha de vencimiento b. Requisitos para acceder a la vacante en el exterior 1. Tiempo de experiencia relacionada 2. Nivel de estudios requeridos 3. Profesión Módulo de orientación. Tendrá por objeto brindar orientación al oferentes usuarios-eafitenses que tenga interés en ofrecer su mano de obra en el extranjero, además de orientarlo en temas relacionados con la vacante en el extranjero, lo que contribuirá a favorecer la toma de decisión al momento de aceptar la vacante internacional. Se brindará asesoría de forma personalizada a cada uno de los oferentes usuarios-eafitenses, por parte del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, en conjunto con la Oficina de Relaciones Internacionales de la misma Institución. Para mayor información los usuarios eafitenses podrán escribir al correo electrónico centro.egresados@eafit.edu.co o comunicarse al teléfono (4) ext. 9297, 9945, 8901 ó Su contenido abordará los siguientes temas: a. Asuntos migratorios 1. Contextualización del país de destino. 2. Requisitos para trabajar en el país de destino. 3. Tipo de visa requerido en el país de destino. 4. Trámites para solicitud de visa de larga duración. 5. Documentos exigidos para solicitud de visa de trabajo. 6. Derechos y deberes de los trabajadores migrantes en el país de destino 7. Solicitud del visado personalmente. b. Seguridad social

20 20 1. Beneficios del sistema de seguridad social para el trabajador migrante y su familia: Residentes en el país de destino pueden afiliarse y continuar aportando al sistema de pensiones en Colombia. 2. Familia de migrantes pueden acceder en el territorio nacional a los servicios sociales del Subsidio Familiar. c. Homologación de títulos para ejercer la profesión 1. Requisitos para la homologación de títulos universitarios y/o profesionales. 2. Duración del proceso de homologación. 3. Beneficios que otorga la homologación del título en el país de destino y ejercicio de la profesión. d. Convalidación de títulos de estudios 1. Retorno al país con estudios realizados en el país de destino. 2. Concepto de convalidación de títulos. 3. Requisitos para convalidar el título. e. Atención al migrante 1. Puntos de contacto para colombianos en el país de destino. 2. Puntos de contacto en Colombia para migrantes. Módulo de prevención especializada. Tendrá como objeto sensibilizar preventivamente a los oferentes usuarios-eafitenses sobre los delitos transnacionales y demás prácticas negativas asociadas a la migración laboral y la socialización de las prohibiciones y obligaciones consignadas en el artículo 4 de la Resolución 1481 MT de Se brindará asesoría de forma personalizada a cada uno de los oferentes usuarios-eafitenses, a través de una charla informativa, ofrecida por parte del Centro de Egresados de la Universidad EAFIT, en conjunto con la Oficina de Relaciones Internacionales de la misma Institución. Para mayor información los oferentes usuarios-eafitenses podrán escribir al correo electrónico centro.egresados@eafit.edu.co o comunicarse al teléfono (4) ext. 9297, 9945, 8901 ó Este módulo incluirá: a. Prohibiciones 1. No postularse en agencias de intermediación o colocación no registradas. 2. No tratar con agencias registradas sin órdenes de empleo.

21 21 3. No tratar con ninguna persona que no sea el representante autorizado de una agencia registrada y autorizada especial para ofrecer servicios hacia el exterior. 4. No entrevistarse o llevar documentación fuera de la dirección registrada de la agencia. 5. No pagar ningún dinero por la tarifa de colocación. Anunciar que se pueden generar algunos costos, pero que estos últimos sólo podrán ser asumidos por el demandante de mano de obra cuando se haya firmado contrato laboral, tales como: visado, pasaporte, impuesto de aeropuertos, entre otros. 6. No dejarse engañar por folletos o anuncios que requieran contestación por correo o que soliciten pagos para procesar documentos. 7. No tratar con centros de capacitación y agencias de viajes que prometan empleo en el extranjero. 8. No aceptar visa de turista, pues esta es incompatible con la visa que autoriza la actividad y reconoce el contrato de trabajo. 9. No tratar con enganchadores de mano de obra. 10. En caso de ser seleccionado, solicitar copia en el idioma español del contrato de trabajo. b. Prevención 1. Campañas de prevención escritas y habladas. 2. Charlas y conferencias de sensibilización. 3. Volantes y folletos informativos. CAPÍTULO XIV Vigencia Artículo 29. Vigencia. El presente Reglamento rige a partir del quince (15) de abril de Artículo 30. Efectos. Desde la fecha que entra en vigencia este Reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del Reglamento que antes de esta fecha se haya tenido. Juan Luis Mejía Arango Rector

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