MUNICIPIO DE ORIZABA, ESTADO DE VERACRUZ DE

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1 DISCUSIÓN DEL CÓDIGO HACENDARIO PARAA EL MUNICIPIO DE ORIZABA, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

2 DIARIO DE LOS DEBATES DIPUTACIÓN PERMANENTE PRIMER RECESO SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL MARZO 2009 XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

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4 Mesa Directiva Dip. Fernando González Arroyo Presidente Dip. Manuel Bernal Rivera Vicepresidente Dip. Hugo Alberto Vásquez Zárate Secretario Secretaría General DIARIO DE LOS DEBATES Lic. Francisco Javier Loyo Ramos Secretaría de Servicios Legislativos Lic. Manlio Favio Baltazar Montes Dirección de Registro Documental Legislativo y Publicaciones Oficiales Lic. Francisco Rafael Guisa Hernández Lic. César Augusto Moreno Collado Edición, Corrección y Estilo Fernando Aarón Ruiz Carral Grabación de Audio Norma Hernández Gerson Versión Estenográfica María del Rosario Morales Cabrera Fabiola Meredith Martínez López Elizabeth Solano López

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6 CONTENIDO CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE MARZO DE :00 HORAS 1 QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE MARZO DE :00 HORAS 151 I

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8 ÍNDICE TEMÁTICO CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE MARZO DE :00 HORAS 1 Lista de asistencia. Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto del orden del día.. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior. Lectura de correspondencia recibida.. Iniciativa de decreto que reforma los apartados A y B del artículo 140 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el licenciado Fidel Herrera Beltrán, gobernador del Estado. Iniciativa de decreto que reforma los artículos 55, 56 fracción XIV, 57, 59, 62 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado José de Jesús Mancha Alarcón, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.. Iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Joel Alejandro Cebada Bernal, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar a título oneroso tres parcelas de propiedad estatal del ex ejido El Sumidero, de la ciudad de Xalapa, a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollo habitacionales III

9 De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a enajenar a título gratuito una superficie de 1,000 metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y boulevard Culturas Veracruzanas en el municipio de Xalapa, a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana sección 108, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones.. De la Comisión Permanente de Desarrollo Regional, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Vega de Alatorre a celebrar con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, convenio de colaboración para determinar la participación técnica y económica del municipio en la realización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre.. De la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz a celebrar convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de vigilancia, restauración, monitoreo ambiental, capacitación, difusión y cultura para la conservación, que apoyen la protección, manejo, conservación, cultura y administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano De la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Acatlán, Atzalan, Maltrata y Xico a suscribir anexo de ejecución municipalizado del programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado.. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Alejandro Carballo Hernández al cargo de subagente municipal propietario, de la comunidad de Lima Nueva, municipio de Castillo de Teayo, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo.. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Antonio Ricardo Contreras López al cargo de agente municipal propietario de la comunidad de Tigrillos, municipio de Apazapan, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo.. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica del Municipio Libre, la solicitud formulada para que a la comunidad de Atoskak, municipio de Benito Juárez, se le otorgue la categoría poblacional de ranchería IV

10 De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Tlapacoyan, Huatusco y Teocelo a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de propiedad municipal, a favor del gobierno del Estado, con destino a las Secretarías de Educación de Veracruz y de Salud; de la Universidad Politécnica de Huatusco; del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 056 D De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Cosautlán de Carvajal y La Antigua a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le corresponda... De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Xalapa a suscribir convenio de colaboración con el presidente del Patronato número 1240/2008, para la ejecución de obra pública. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Castillo de Teayo a suscribir contrato de donación para recibir de Petróleos Mexicanos recursos financieros, por un monto de $ 7,000, destinados para la ejecución de obra pública específica. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Omealca y Tezonapa a suscribir convenios de coordinación para la operación del programa para el desarrollo local de microrregiones De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Jilotepec, Medellín y Xalapa a realizar obras públicas cuyos montos exceden el 20% de las partidas presupuestales respectivas De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Tezonapa y Úrsulo Galván a celebrar convenios de colaboración administrativa con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Castillo de Teayo, Tamiahua, Puente Nacional y Zongolica a enajenar vehículos de propiedad municipal V

11 De la Comisión Permanente Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de La Perla a disponer de recursos del FORTA- MUNDF 2009 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio, para liquidación de impuestos... De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Boca del Río a celebrar acuerdo de coordinación con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado, con el objeto de aplicar y operar el subsidio del programa Habitat, para llevar a cabo obras y acciones que contribuyan a superar la pobreza urbana y la integración social de los habitantes.. De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Coatepec, Boca del Río, Coatzacoalcos, Banderilla, Alvarado, Coatzintla, Córdoba, Huiloapan de Cuauhtémoc, Mariano Escobedo, Minatitlán, Orizaba, Pánuco, Poza Rica, San Andrés Tuxtla, Xalapa, Veracruz y Tuxpan a suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del programa de rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el gobierno del Estado De la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Coatzacoalcos a celebrar convenio de colaboración con el Instituto Federal Electoral a través de la 11 Junta Distrital Ejecutiva, con el objeto de facilitar las mamparas y bastidores de uso común, existentes dentro de dicho municipio, a fin de que los partidos políticos y candidatos, fijen propaganda electoral con motivo de las campañas políticas Anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la salud de las mujeres en el Estado de Veracruz, presentado por la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional... Anteproyecto de punto de acuerdo para exhortar al honorable Congreso de la Unión para que se apruebe en sus términos la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, que fue presentada el 14 de mayo de 2008, propuesto por el diputado Julio Hernández Ramírez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, relativo a la actuación del ayuntamiento del municipio de Soledad de Doblado, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional VI

12 Anteproyecto de punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al Ejecutivo Estatal se proceda a la aplicación del Programa Estatal de Verificación Vehicular, presentado por el diputado Dalos Ulises Rodríguez Vargas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional... Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la actuación de la Dirección de Tránsito del Estado, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, relativo al programa Integral de Saneamiento del Municipio de Xalapa, presentado por el diputado Manuel Bernal Rivera, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática Anteproyecto de punto de acuerdo para beneficiar a los empleados del Congreso con el 10% de descuento de los diputados, presentado por el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional... Anteproyecto de punto de acuerdo donde se exhorta al Pleno de la LXI Legislatura del Estado de Veracruz a acordar que el destino de los recursos descontados a las y los diputados por acuerdo del 15 de enero del presente, sean aplicados en la instalación de una guardería que incluya el servicio de taller de tareas para las hijas y los hijos en legislativos del Estado de Veracruz, independientemente del régimen de contratación bajo la cual prestan sus servicios, en un término no mayor de 120 días contados a partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo, presentado por las diputadas María de los Ángeles Sahagún Morales, Margarita Guillaumín Romero, Alba Leonila Méndez Herrera, María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.. Pronunciamiento relativo al turismo en el Estado de Veracruz, como sector clave para continuar con la reactivación de la economía en la entidad, presentado por la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional VII

13 QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE MARZO DE :00 HORAS 151 Lista de asistencia..... Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto del orden del día.. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior... Lectura de correspondencia recibida.. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción bajo el numeral IX, con el corrimiento numérico correspondiente de las diversas fracciones que integran el artículo 40 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por las diputadas Margarita Guillaumín Romero y María de los Ángeles Sahagún Morales, integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado... Iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. Iniciativa de decreto que reforma el artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional... Iniciativa de decreto que adiciona el artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Jesús Carranza, a suscribir convenio de colaboración en materia de desarrollo social con Petróleos Mexicanos para recibir de la paraestatal productos consistentes en asfalto AC-20 y combustibles con un valor de $ 1 984, , para ser utilizados en la pavimentación de caminos, así como para operación del parque vehicular y maquinaria De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza a que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, ejercicio 2008 y, en consecuencia realice, conforme a la ley el pago por concepto de amortización de capital e intereses del crédito contraído con Banobras, correspondiente al ejercicio fiscal VIII

14 De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Acajete a enajenar diversos vehículos de propiedad municipal.. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Huatusco, Texistepec y San Andrés Tuxtla a dar en donación condicional, en su caso revocable terrenos de propiedad municipal, a favor del Instituto de Capacitación para el Trabajo y del gobierno del Estado, con destino a las secretarías de Educación y de Salud De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Jáltipan, Cazones de Herrera, Coatzacoalcos y Lerdo de Tejada a dar en venta lotes de terreno pertenecientes al fundo legal De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez a suscribir convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de reconstrucción de vivienda, para atender los daños ocasionados con el huracán Dean el pasado 22 de agosto de De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se llama al ciudadano Roberto Pérez Prado, síndico suplente, para que pase a ejercer el cargo en el ayuntamiento de Gutiérrez Zamora... Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo al proceso de determinación para la construcción de la refinería anunciado por el gobierno federal, presentado por el diputado Fernando González Arroyo, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional... Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la colecta de la Cruz Roja, presentado por la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. Anteproyecto de punto de acuerdo en relación a los robos en las escuelas del Estado de Veracruz, presentado por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.. Anteproyecto de punto de acuerdo relativo al alza en la cuota de peaje del puente Coatzacoalcos I, presentado por el diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional IX

15 Anteproyecto de punto de acuerdo relativo a los sistemas de manejo ambiental en dependencias de gobierno, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional... Anteproyecto de punto de acuerdo referente a la actuación del sector salud en el Estado de Veracruz, presentado por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional Anteproyecto de punto de acuerdo en relación en relación al aumento de los salarios del personal en general de la Procuraduría General de Justicia del Estado, presentado por el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.. Propuesta de Convocatoria al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso del Estado X

16 PARTICIPACIONES EN TRIBUNA D I P U T A D O P Á G I N A S ARCOS ROLDÁN, JOEL AYALA GONZÁLEZ, FREDY 147 BECERRA GONZÁLEZ, MARTÍN BENÍTEZ HERNÁNDEZ, ELÍAS BERNAL RIVERA, MANUEL 135, 139 CEBADA BERNAL, JOEL ALEJANDRO 28 CIENFUEGOS MERAZ, JESÚS CUAUHTÉMOC CHÁVEZ HERNÁNDEZ, JULIO DELFÍN CANO, TITO ENRÍQUEZ HERNÁNDEZ, SAÚL GONZÁLEZ ARROYO, FERNANDO 143, 146, 204, 209 GONZÁLEZ FIGUEROA, MARIO 33 GONZÁLEZ MONTALVO, BALFRÉN GUILLAUMÍN ROMERO, MARGARITA GUÍZAR VALLADARES, GONZALO XI

17 PARTICIPACIONES EN TRIBUNA D I P U T A D O P Á G I N A S GUZMÁN AVILÉS, JOAQUÍN ROSENDO HERNÁNDEZ RAMÍREZ, JULIO 129 LABORDE CRUZ, MANUEL LAGOS HERNÁNDEZ, ERICK ALEJANDRO MANCHA ALARCÓN, JOSÉ DE JESÚS 21 MEDINA SAGAHÓN, CLARA CELINA MÉNDEZ HERRERA, ALBA LEONILA MORALES TRINIDAD, JORGE NOLASCO VÁZQUEZ, CARLOS NÚÑEZ LÓPEZ, MARCO ANTONIO 130, 133, 134, 140, 208, 214 OLIVARES MATA, CLAUDIA NAYELI PAZZI SEQUERA, SAÚL PERERA GUTIÉRREZ, ÁNGELA MARÍA PÉREZ CASTAÑEDA, DALIA EDITH 128,137, 141,146, 147, 209 REMES OJEDA, ANTONIO DE JESÚS 133, 141, 207, 212, 216, 217 XII

18 PARTICIPACIONES EN TRIBUNA D I P U T A D O P Á G I N A S RIVERA HERNÁNDEZ, CELESTINO RODRÍGUEZ AGUIRRE, MARILDA ELISA RODRÍGUEZ VARGAS, DALOS ULISES 132, 208 ROSENDO PELAYO, MANUEL RUBIO MARTÍNEZ, TOMÁS RUIZ CARMONA, JOSÉ RICARDO RUIZ CESÁREO, ELVIA SAHAGÚN MORALES, MARÍA DE LOS ÁNGELES 33, 34, 144 SALOMÓN MOLINA, FEDERICO 178, 212 TEQUILIQUIHUA AJACTLE, MARÍA BERNARDINA 148, 163 TORRES GARCÍA, LEOPOLDO TRESS JIMÉNEZ, EUSEBIO ALFREDO TRONCO GÓMEZ, RENATO VACA BETANCOURT BRETÓN, JOSÉ SERGIO RODOLFO VÁSQUEZ ZÁRATE, HUGO ALBERTO XIII

19 PARTICIPACIONES EN TRIBUNA D I P U T A D O P Á G I N A S VÁZQUEZ CUEVAS, VÍCTOR ALEJANDRO VÁZQUEZ PARISSI, CIRILO 173, 211, 215 VIVEROS HUESCA, CECILIO YUNES LANDA, HÉCTOR ZARRABAL FERAT, RAÚL XIV

20 LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIPUTACIÓN PERMANENTE CUARTA SESIÓN ORDINARIA PRIMER RECESO SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL 13 DE MARZO DE :00 HORAS MESA DIRECTIVA DIP. FERNANDO GOZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DIP. MANUEL BERNAL RIVERA VICEPRESIDENTE DIP. HUGO ALBERTO VÁSQUEZ ZÁRATE SECRETARIO D iputado secretario, proceda a pasar lista de asistencia. LISTA DE ASISTENCIA - EL C. SECRETARIO: Diputado Fernando González Arroyo. (Presente) Diputado Manuel Bernal Rivera. (Presente) Diputado Hugo Alberto Vásquez Zárate. (Presente) Diputado Leopoldo Torres García. (Presente) Diputada Dalia Edith Pérez Castañeda. (Presente) Diputado Julio Hernández Ramírez. (Presente) Diputado Mario González Figueroa. (Presente) Diputado Joel Alejandro Cebada Bernal. (Registró su asistencia con posterioridad) Diputado Marco Antonio Núñez López. (Presente) Diputada María de los Ángeles Sahagún Morales. (Registró su asistencia con posterioridad) Diputado presidente, asistimos 8 ciudadanos diputados. Es cuanto, diputado presidente. Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria. TIMBRE APROBACIÓN DEL PROYECTO DEL ORDEN DEL DÍA Dado que el proyecto del orden del día ya fue publicado en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del proyecto del orden del día. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el proyecto del orden del día) DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

21 SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL PRIMER RECESO CUARTA SESIÓN ORDINARIA 13 DE MARZO DE :00 HRS. ORDEN DEL DÍA I. Lista de asistencia. II. Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto del orden del día. III. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la Sesión anterior. IV. Lectura de correspondencia recibida. V. Iniciativa de decreto que reforma los apartados A y B del artículo 140 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el licenciado Fidel Herrera Beltrán, gobernador del Estado. VI. Iniciativa de decreto que reforma los artículos 55, 56 fracción XIV, 57, 59, 62 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado José de Jesús Mancha Alarcón, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. VII. Iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Joel Alejandro Cebada Bernal, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. VIII. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar a título oneroso tres parcelas de propiedad estatal del ex ejido El Sumidero, de la ciudad de Xalapa, a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollo habitacionales. IX. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a enajenar a título gratuito una superficie de 1,000 metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y boulevard Culturas Veracruzanas en el municipio de Xalapa, a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana sección 108, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones. X. De la Comisión Permanente de Desarrollo Regional, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Vega de Alatorre, a celebrar con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, convenio de colaboración para determinar la participación técnica y económica del municipio en la realización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre XI. De la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz, a celebrar convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de vigilancia, restauración, monitoreo ambiental, capacitación, difusión y cultura para la conservación, que apoyen la protección, manejo, conservación, cultura y administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano XII. De la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Acatlán, Atzalan, Maltrata y Xico, a suscribir anexo de ejecución municipalizado del programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado. XIII. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Alejandro Carballo Hernández, al cargo de subagente municipal propietario, de la comunidad de Lima Nueva, municipio de Castillo de Teayo, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo. XIV. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Antonio Ricardo Contreras López, al cargo de agente municipal propietario de la comunidad de Tigrillos, municipio de Apazapan, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo. XV. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica del Municipio Libre, la solicitud formulada para que a la comunidad de Atoskak, municipio de Benito Juárez, se le otorgue la categoría poblacional de ranchería. XVI. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Tlapacoyan, Huatusco y Teocelo a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de propiedad municipal, a favor del gobier- 2

22 no del Estado, con destino a las Secretarías de Educación de Veracruz y de Salud; de la Universidad Politécnica de Huatusco; del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 056 D XVII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Cosautlán de Carvajal y La Antigua, a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le corresponda. XVIII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Xalapa, a suscribir convenio de colaboración con el presidente del Patronato número 1240/2008, para la ejecución de obra pública. XIX. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Castillo de Teayo, a suscribir contrato de donación para recibir de Petróleos Mexicanos recursos financieros, por un monto de $ 7,000, destinados para la ejecución de obra pública específica. XX. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Omealca y Tezonapa a suscribir convenios de coordinación para la operación del programa para el desarrollo local de microrregiones. XXI. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Jilotepec, Medellín y Xalapa, a realizar obras públicas cuyos montos exceden el 20% de las partidas presupuestales respectivas. XXII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Tezonapa y Úrsulo Galván, a celebrar convenios de colaboración administrativa con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. XXIII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Castillo de Teayo, Tamiahua, Puente Nacional y Zongolica, a enajenar vehículos de propiedad municipal. XXIV. De la Comisión Permanente Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de La Perla, a disponer de recursos del FORTAMUNDF 2009 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio, para liquidación de impuestos. XXV. De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Boca del Río, a celebrar acuerdo de coordinación con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado, con el objeto de aplicar y operar el subsidio del programa Habitat, para llevar a cabo obras y acciones que contribuyan a superar la pobreza urbana y la integración social de los habitantes. XXVI. De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Coatepec, Boca del Río, Coatzacoalcos, Banderilla, Alvarado, Coatzintla, Córdoba, Huiloapan de Cuauhtémoc, Mariano Escobedo, Minatitlán, Orizaba, Pánuco, Poza Rica, San Andrés Tuxtla, Xalapa, Veracruz y Tuxpan, a suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del programa de rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el gobierno del Estado. XXVII. De la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Coatzacoalcos, a celebrar convenio de colaboración con el Instituto Federal Electoral a través de la 11 Junta Distrital Ejecutiva, con el objeto de facilitar las mamparas y bastidores de uso común, existentes dentro de dicho municipio, a fin de que los partidos políticos y candidatos, fijen propaganda electoral con motivo de las campañas políticas. XXVIII. Anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la salud de las mujeres en el Estado de Veracruz, presentado por la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XXIX. Anteproyecto de punto de acuerdo para exhortar al honorable Congreso de la Unión para que se apruebe en sus términos la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, que fue presentada el 14 de mayo de 2008, propuesto por el diputado Julio Hernández Ramírez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XXX. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, relativo a la actuación del ayuntamiento del municipio de Soledad de Doblado, presentado 3

23 por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXXI. Anteproyecto de punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al Ejecutivo Estatal se proceda a la aplicación del programa estatal de verificación vehicular, presentado por el diputado Dalos Ulises Rodríguez Vargas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XXXII. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la actuación de la Dirección de Tránsito del Estado, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXXIII. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, relativo al programa Integral de Saneamiento del Municipio de Xalapa, presentado por el diputado Manuel Bernal Rivera, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática. XXXIV. Anteproyecto de punto de acuerdo para beneficiar a los empleados del Congreso con el 10% de descuento de los diputados, presentado por el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXXV. Anteproyecto de punto de acuerdo donde se exhorta al Pleno de la LXI Legislatura del Estado de Veracruz a acordar que el destino de los recursos descontados a las y los diputados por acuerdo del 15 de enero del presente, sean aplicados en la instalación de una guardería que incluya el servicio de taller de tareas para las hijas y los hijos en legislativos del Estado de Veracruz, independientemente del régimen de contratación bajo la cual prestan sus servicios, en un término no mayor de 120 días contados a partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo, presentado por las diputadas María de los Ángeles Sahagún Morales, Margarita Guillaumín Romero, Alba Leonila Méndez Herrera, María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. XXXVI. Pronunciamiento relativo al Día Internacional de la Mujer, presentado por la diputada Marilda Elisa Rodríguez Aguirre, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XXXVII. Pronunciamiento relativo al turismo en el Estado de Veracruz, como sector clave para continuar con la reactivación de la economía en la entidad, presentado por la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XXXVIII. Se levanta la sesión ordinaria. * * * Se consulta a la asamblea si es de aprobarse el proyecto del orden del día en los términos publicados. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el orden del día. (La asamblea asiente) APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR En razón de que se han entregado copias del acta de la sesión anterior a todos los integrantes de esta Diputación Permanente, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura de la misma. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del acta. (El acta de la sesión correspondiente puede consultarse en la página de Internet del Congreso Pregunto a la asamblea si es de aprobarse el acta de referencia. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobada el acta. (La asamblea asiente) LECTURA DE LA CORRESPONDENCIA Conforme al orden del día, solicito a la Secretaría proceda a dar inicio a la lectura de la correspondencia recibida en este Congreso. - EL C. SECRETARIO: Oficio número SG-DGJG/0796/09, de fecha 19 de febrero de 2009, signado por el ciudadano secretario de Gobierno del Estado, mediante el cual remite la solicitud de autorización que hace el titular del Poder Ejecutivo del Estado para enajenar a título oneroso a favor de los comerciantes del medio mayoreo de la 4

24 ciudad de Córdoba, Veracruz, una superficie de metros cuadrados, ubicado en la reserva territorial Agustín Millán del municipio de Córdoba, para la ampliación del mercado de abasto Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. - EL C. SECRETARIO: Oficio número SG-DGJG/1056/09, de fecha 3 de marzo de 2009, signado por el ciudadano secretario de Gobierno del Estado, mediante el cual remite la solicitud de autorización que hace el titular del Poder Ejecutivo del Estado para poder transferir al ayuntamiento de Jáltipan, Veracruz, los recursos materiales y financieros pendientes de ejercer para el año 2009, para destinarlos exclusivamente a la prestación del servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado, tratamiento y disposición final de residuos. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio dirigido a la Presidencia General del Consejo General, oficio número IEVPC/151/2009, dirigido al diputado Fernando González Arroyo, presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado. Presente. En cumplimiento a la sentencia de fecha 10 de marzo de 2009, dictada dentro del expediente RAP/001/01/030/2009, por la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por este conducto se da aviso de la misma, adjuntando al presente copia simple de dicha resolución para los efectos legales a que haya lugar. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. Atentamente Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 10 de marzo de 2009 Firmada por la diputada (sic) Carolina Viveros García Consejera Presidenta (Rúbrica) Asimismo, procedo a dar lectura al siguiente escrito. Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente Por este oficio me permito remitirle copia certificada de las resoluciones dictadas por los magistrados integrantes de esta Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en fecha 9 de marzo del presente año, en el expediente al rubro citado, así como del voto particular de la magistrada Concepción Flores Aviaga, consta de 28 fojas. Lo anterior en cumplimiento del resolutivo segundo de la sentencia en mención y con fundamento en los artículos 306 del Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 30 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y 60 del Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia, para los efectos legales procedentes. Atentamente Xalapa, Veracruz, a 9 de marzo de 2009 Licenciado Pascual Villa Olmos Secretario de Acuerdos de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (Rúbrica) Es cuanto, diputado presidente. En razón de lo anterior, esta asamblea se da por enterada. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que registra su asistencia el diputado Joel Alejandro Cebada Bernal. Escrito de fecha 9 de marzo de 2009, signado por el ciudadano auditor titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, mediante el cual remite el cuadro de resumen sobre el ejercicio de los recursos provenientes de la bursatilización y del programa Peso a Peso : anexo número 1, municipios que no presentaron propuesta de inversión de recursos de bursatilización; anexo número 2, municipios que no presentaron 5

25 propuesta de inversión de recursos del programa Peso a Peso y, anexo número 3, municipios que entregaron expedientes de obras y acciones conforme al acuerdo administrativo del ORFIS. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para los efectos procedentes, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número DSJ/FL/003/2009, de fecha 11 de marzo de 2009, signado por el ciudadano director de Servicios Legislativos del honorable Congreso del Estado, mediante el cual informa que se encuentran 5 solicitudes de enajenación de terrenos del fundo legal de los municipios de Acatlán, Omealca, Papantla, Tecolutla y Xalapa. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen correspondiente. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 061/2009, de fecha 26 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz, mediante el cual informa que el día 17 de febrero del presente año la profesora Dalia Alvarado Bernal, síndica de ese municipio, perdió la vida en un accidente y, por tal razón, se solicita que este honorable Congreso del Estado proceda a realizar el llamado al síndico suplente para que ejerza el cargo y concluya el periodo constitucional. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Gobernación, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 18 de febrero de 2009, signado por la regidora suplente del honorable ayuntamiento de Catemaco, Veracruz, mediante el cual solicita la autorización de este honorable Congreso del Estado con la finalidad de que se exhorte al presidente municipal del referido ayuntamiento para que tenga a bien hacerle el llamado como regidora suplente, toda vez que el propietario se encuentra recluido en el cereso de Gutiérrez Zamora. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 15 de febrero de 2009, signado por la ciudadana Dolores Rivera Ramírez, regidora segunda del honorable ayuntamiento de Zongolica, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para separarse del referido cargo por tiempo indefinido sin que ello signifique que sea considerada como irrevocable o definitiva y así, previo llamado del regidor suplente, éste la sustituya temporalmente en dicho cargo. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 170, de fecha 24 de diciembre de 2008, signado por la ciudadana presidenta municipal del honorable ayuntamiento de Mixtla de Altamirano, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder firmar contrato de adquisición de estufas ahorradora de leña con la empresa denominada Mujeres Trabajadoras por Nolo. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio PM /032009, signado por la ciudadana presidenta municipal del honorable ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Turismo y Cultura, convenio de colaboración para determinar la participación y ejecución técnica en la realización del pro- 6

26 yecto denominado Rescate de imagen urbana en el primer cuadro de la ciudad en su segunda etapa. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Turismo. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 1602, de fecha 18 de noviembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para que el comité municipal del DIF suscriba convenio de colaboración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado con el fin de obtener apoyos para los programas implementados por el gobierno del Estado. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Salud y Asistencia, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número , de fecha 26 de noviembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tlilapan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder realizar el proyecto denominado Saneamiento de las fuentes y redes de obtención de agua para consumo humano del programa Comunidades Saludables de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PRS-335/08, de fecha 4 de diciembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tlalnelhuayocan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir convenio de apoyo económico para la ampliación del Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos Históricos y Bienes Artísticos, de propiedad federal, con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, CONACULTA, y el Instituto Veracruzano de la Cultura, IVEC. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Educación y Cultura, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/279/2008, de fecha 26 de noviembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder celebrar convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Regional y Vivienda, a efecto de llevar el programa de reconstrucción de viviendas para atender los daños ocasionados por el huracán Dean el pasado 22 de agosto de 2007 en ese municipio, de acuerdo a las reglas de operación del Fondo de Desastres, FONDEN. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Antes, diputado presidente, informo a usted que registra su asistencia la diputada María de los Ángeles Sahagún Morales. Oficio número OP/ , de fecha 1 de octubre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Zozocolco de Hidalgo, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder firmar convenios de obras y acciones entre ese municipio y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, CNDI. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. 7

27 Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 170, de fecha 5 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Chontla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir anexo de ejecución municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y con el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Rural y Pesquero. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Pajapan, Tlaquilpan y Las Vigas de Ramírez. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnense a la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Pesca y Alimentación. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/0024/2009, de fecha 19 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir convenio específico de adhesión para el otorgamiento del subsidio para la seguridad pública municipal, SUBSEMUN, con el Ejecutivo federal y estatal. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Martínez de la Torre, Minatitlán, Tuxpan, Veracruz y Xalapa. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnense a la Comisión Permanente de Seguridad Pública. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 27 de febrero de 2009, signado por el director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del honorable ayuntamiento de Actopan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir convenio de coordinación con el gobierno del Estado para la ampliación, ejercicio, control y rendición de cuentas de los recursos federales otorgados a través del Estado y transferidos a los municipios para la ejecución de obras públicas. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Atoyac, Banderilla, Coatzacoalcos, Isla, José Azueta, Maltrata, Naranjos-Amatlán, Nogales, Omealca, Playa Vicente, Río Blanco, Tantoyuca, Tempoal, Teocelo y Vega de Alatorre. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 18 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de El Higo, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir un crédito o recibir un préstamo. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentra la solicitud del ayuntamiento de Tomatlán, Veracruz. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 11 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Acajete, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder erogar recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal, para el pago de diversos pasivos. Se anexa el expediente correspondiente. 8

28 En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Banderilla, El Higo, Ozuluama, Puente Nacional, Atzacan, San Andrés Tuxtla y Tomatlán. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 038, de fecha 19 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Misantla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para la adquisición de una ambulancia que apoyará las labores del DIF municipal, un terreno para la construcción de un hospital y la adquisición de maquinaria con recursos del programa Peso a Peso. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 013, de fecha 24 de febrero de 2009, signado por el ciudadano tesorero municipal del honorable ayuntamiento de San Juan Evangelista, Veracruz, mediante el cual manifiesta el motivo de retiro del efectivo de la bursatilización y del programa Peso a Peso que, debido a los laudos laborales, fueron embargadas las cuentas de ese ayuntamiento. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para los efectos procedentes. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 154/2008, de fecha 1 de diciembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Isla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización de la modalidad multianual de las obras y acciones que se ejecutarán a través de los recursos provenientes del préstamo con BANOBRAS, bursatilización y Peso a Peso. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número MZ022009, de fecha 2 de enero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para la mezcla de los recursos del programa bursatilización con BANOBRAS. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 3 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Coetzala, Veracruz, mediante el cual remite su propuesta o modificación de inversión de los recursos del programa de bursatilización de la tenencia vehicular y de programa Peso a Peso. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las propuestas o modificaciones de inversión de los ayuntamientos de Coscomatepec, Chumatlán, Magdalena, Mariano Escobedo, Minatitlán, Playa Vicente, Los Reyes, Tampico Alto, Teocelo, Texhuacan, Tomatlán y Xoxocotla. Es cuanto, diputado presidente. Se turnan a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para los efectos procedentes. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 26 de diciembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Acajete, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para el ejercicio de los recursos del cinco por ciento al millar de los fondos FISM, FAFM e ingreso propio del ejercicio 2008 del convenio de coordinación con el Órgano de Fiscalización del Esta- 9

29 do, ORFIS, con la finalidad de administrar la retención del cinco al millar y realizar con fondos derivados de la misma la inspección y vigilancia de obras contratadas a través del órgano interno. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Vigilancia. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 060, de fecha 3 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Chocamán, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para crear el organismo descentralizado de agua potable, alcantarillado y saneamiento. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 102/SEC-PAJ/ , de fecha 18 de diciembre de 2008, signado por la ciudadana secretaria del honorable ayuntamiento de Pajapan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder ejecutar con recursos del gobierno federal con un monto de $1,535, la construcción del sistema de agua potable dentro del programa de desarrollo local Microrregiones de la SEDESOL. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 10 de febrero de 2009, signado por la ciudadana presidenta municipal del honorable ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza, Veracruz, mediante el cual remite la documentación relativa a la solicitud de autorización del pago de adeudo que se tiene con la CAEV y que se pretende pagar en una sola exhibición por la cantidad de $136, Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Como complemente al expediente que obra en su poder, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número MM187/2009, de fecha 6 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Ixhuatlán del Sureste, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para revocar el acuerdo de fecha 14 de marzo de 2006, en el cual se autoriza a ese municipio a celebrar contrato de prestación de servicios para la recolección domiciliaria y comercial de los residuos sólidos generados en ese municipio, así como su transferencia a la disposición final hasta por 15 años con la empresa Comunicaciones Cibernéticas, S.A. de C.V. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 3450/2008, de fecha 24 de noviembre de 2008, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tampico Alto, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder modificar el convenio de colaboración con el gobierno del Estado, a través del Instituto de Desarrollo Urbano, Regional y vivienda. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal. 10

30 - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 7 de noviembre de 2008, signado por los integrantes del grupo Familias Xalapeñas para una Sociedad más Justa y Mejor, mediante el cual presentan opinión en contra de la iniciativa de Ley para la Despenalización del Aborto. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Como complemento al expediente que obra en su poder, túrnese a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Salud y Asistencia. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 9 de diciembre de 2008, signado por las ciudadanas Araceli González Saavedra y Roxana Castellanos Oliveros, mediante el cual se pronuncian para que se apruebe la iniciativa de Ley para la Despenalización de la Interrupción del Embarazo, bajo cualquier causal y que el Estado garantice las condiciones para que todas las mujeres en el Estado tomen decisiones de manera libre, informada y responsable, de sus propios procesos productivos. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Como complemento al expediente que obra en su poder, túrnese a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Salud y de Asistencia. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 8 de abril de 2008, signado por los integrantes del Club Rotario, diversas asociaciones, comisariado ejidal y ciudadanos de Castillo de Teayo, Veracruz, mediante el cual solicitan que ese municipio tenga la categoría de villa. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 13 de noviembre de 2008, signado por el subagente municipal de la localidad de Xoxonotla, perteneciente al municipio de San Andrés Tuxtla, Veracruz, mediante el cual solicita que su colonia sea nombrada como una congregación y con ello pueda elegirse una autoridad. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 5 de febrero de 2009, signado por el subagente municipal y comité de gestión de la comunidad Ranchito de las Flores, perteneciente a Eptla Pinopa del municipio de Zongolica, Veracruz, mediante el cual solicita que su colonia sea registrada como una comunidad con el nombre de Ranchito de las Flores. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 19 de enero de 2009, signado por el ciudadano agente municipal de la localidad de Amelco, perteneciente al municipio de Apazapan, Veracruz, mediante el cual manifiesta de diversas irregularidades por parte del presidente municipal de dicho ayuntamiento. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 046, de fecha 12 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Chicontepec, Veracruz, mediante el cual informa de la situación de la profesora María Guadalupe Pérez Espinosa, regidora primera, por el incumplimiento a sus funciones, encargos, compromisos y comisiones. 11

31 Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito signado por los ciudadanos presidente, secretario y tesorero suplente del comisariado ejidal y presidente del consejo de vigilancia del ejido Santa Rosa, perteneciente al municipio de Gutiérrez Zamora, Veracruz, mediante el cual solicitan sea promovido de su cargo por abuso de autoridad el agente municipal de la comunidad de Carrillo Puerto. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación, para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 26 de enero de 2009, signado por los integrantes del Consejo de Vigilancia y agente municipal de la comunidad de Zapotal Solís del municipio de Álamo-Temapache, Veracruz, mediante el cual solicitan la intervención de este honorable Congreso del Estado, relativo a la elección del agente municipal de esa localidad. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Gobernación para su atención procedente. - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 23 de enero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Soledad Atzompa, Veracruz, mediante el cual informan que el subagente de la comunidad de Teotlalco, Veracruz, renunció a dicho cargo el día 19 de enero del presente año por motivos de salud, por lo cual asume la responsabilidad el suplente. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, se turna a la Comisión Permanente de Gobernación. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 0222, de fecha 26 de enero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder donar bienes de propiedad municipal. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Catemaco, Sayula de Alemán, Sochiapa y Aquila. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, se turnan a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 0241/2009, de fecha 25 de febrero de 2009, signado por ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Zentla, Veracruz, mediante el cual informa de su licencia al cargo de presidente municipal del 30 de marzo al 13 de abril de Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Escuchado el contenido del documento dado a conocer por el diputado secretario, esta Diputación Permanente se da por enterada. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 1757, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder dar en donación una fracción de terreno a favor de los Servicios de Salud para la construcción de la clínica de atención médica del ISSSTE. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. 12

32 - EL C. SECRETARIO: Doy lectura a documento dirigido al diputado Fernando González Arroyo, presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Estado. Presente. Anexo al presente, me permito remitir a usted dos tantos originales, para su amable atención y aprobación por parte del honorable Congreso del Estado, y el convenio de asociación intermunicipal, firmado por el presidente municipal de Huatusco, Chocamán, Comapa, Coscomatepec de Bravo, Ixhuatlán del Café, Sochiapa, Tenampa, Totutla y Zentla, mediante el cual los ayuntamientos determinan conformar un organismo operador intermunicipal para coordinarse en la prestación de servicio de disposición final de residuos sólidos urbanos, conforme lo requiere la normatividad ambiental. En este mismo sentido anexo, también, las actas de Cabildo con lo que los ayuntamientos autorizan la suscripción del mencionado convenio de asociación con la pertinente aclaración de, que de manera adicional al convenio, se agregan las actas de Cabildo de los municipios de Alpatláhuac y Tomatlán, mismas que fueron integradas al expediente con fecha posterior a la firma del convenio, pero que los ayuntamientos mencionados han manifestado su voluntad de integrarse a este importante proyecto regional, por lo que le solicito sean considerados en el dictamen que esta honorable Legislatura tenga a bien emitir. Cabe destacar que este convenio de asociación, avalado por el titular de esta Secretaría de Desarrollo y Medio Ambiente, está fundamentado en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículo 10 de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos y artículos 9 y 10 de la Ley de Prevención de Residuos Sólidos, Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Sin otro particular, le saludo cordialmente. Licenciado Alonso Domínguez Ferráez Coordinador General del Medio Ambiente Con lo anterior, presidente, doy por terminada la lectura de la correspondencia recibida por este honorable Congreso. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, para su estudio y dictamen. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS APARTADOS A Y B DEL ARTÍCULO 140 DEL CÓDIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Toca el turno a la iniciativa de decreto que reforma los apartados A y B del artículo 140 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el licenciado Fidel Herrera Beltrán, gobernador del Estado, y dado que ésta ya ha sido publicada en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de la misma. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de la iniciativa que nos ocupa. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye la iniciativa de decreto) DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PRESENTE FIDEL HERRERA BELTRÁN, Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en la atribución que me concede el artículo 34, fracción III de la Constitución Política de la Entidad y 48 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz, tengo a bien presentar ante esa H. Soberanía, por su muy apreciable conducto, la presente "INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS APARTADOS A Y B DEL ARTÍCULO 140 DEL CÓDIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE", conforme a la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Dentro del Plan Veracruzano de Desarrollo presentado por el actual Gobierno, se plantean como bases fundamentales la Gobernabilidad democrática, con articulación entre los órdenes de gobierno, de acuerdo con sus respectivas atribuciones, con base en 13

33 la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas; asimismo, se ponderan como objetivos primordiales la eficiencia y calidad, así como productividad y competitividad, en todas las actividades públicas y privadas. Ahora bien, dentro de las actividades que desarrolla el Gobierno en el área de Registro Público e Inspección y Archivo General de Notarías, dentro de la actual administración pública se han dado ya los primeros pasos hacia la modernización de los servicios que presta el Estado, siendo que se cuenta con el marco jurídico que proyecta a la institución a la vanguardia del desarrollo, quedando condicionada a la integración en la modificación necesaria de los distintos ordenamientos y en su caso del presente Código para poder dar cumplimiento a dichos objetivos. En este sentido, todo proceso de modernización implica hacer uso de tecnología de punta, y los avances informáticos propician la rapidez, precisión, control y procesamiento de grandes volúmenes de información, el uso de esta tecnología es fundamental para el mejor desarrollo de la función registral, logrando de una manera mas ágil la atención al público, así como el beneficio a la ciudadanía gracias a la seguridad y certeza que con estos medios lograríamos otorgar, optimizando la tarea de dar publicidad a los actos inscritos, y un mejor servicio de consulta a la sociedad, más eficiente y seguro. En consecuencia, con la finalidad de estar a la altura de las nuevas prerrogativas y necesidades que la ciudadanía demanda, así como el gran compromiso que implica la modernización del Registro Público de la Propiedad, se hace indispensable hacer la revisión al artículo 140 apartados A y B del Código Financiero, en su parte relativa al cobro de derechos que se causan con motivo de los servicios de Registro Público y de Inspección y Archivo General de Notarías, proponiendo una mayor claridad en cuanto a los conceptos de cobro, tarifas y excepciones. De tal suerte, el Plan Veracruzano de Desarrollo funciona como un instrumento articulador, catalizador y orientador de los agentes públicos con base a la modernización y la competitividad, que sirve de fundamento a la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los apartados A y B del artículo 140 para poder elevar la funcionalidad administrativa del Gobierno del Estado y la calidad de los servicios que presta, contar con una administración moderna y eficiente e integrar el uso de tecnologías de la información como una práctica común. De acuerdo a las normas respectivas de las demás Entidades Federativas, nuestro Estado a la fecha no se encuentra actualizado en el monto del cobro de los derechos que por estos conceptos de servicios se fijan. Es por ello, que para estar a la vanguardia en un promedio que nos permitan cumplir con el compromiso de optimizar los recursos públicos y crear un ambiente de transparencia en el accionar del Estado que haga más eficiente y de mayor calidad sus servicios, en la intención de implementar el uso de una infraestructura informática moderna de un Sistema Registral mas eficaz, que de garantía y certeza jurídica a los actos que conforme a la Ley deben inscribirse para que surtan efectos contra terceros, se hace necesario el incremento en las tarifas de cobro de derechos respecto de los servicios de Registro Público y Notarías y su mayor claridad en cuanto a los conceptos de cobro. Los retos que marca la modernidad obligan a la perfección de los sistemas en la búsqueda de garantizar los derechos consagrados en nuestra constitución y mejorar la función registral que se brinda a la ciudadanía. La certeza jurídica que se otorga del tráfico inmobiliario requiere necesariamente los cambios a nuestro tiempo de la institución que brinda este servicio. De tal suerte, se reforma el inciso A del artículo 140 con el objeto de proporcionar mayor claridad respecto de los conceptos de cobro de derechos por servicios de Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como las excepciones que se contemplan en el mismo, elevando las tarifas de cobro en un parámetro que no sobrepase la media nacional y de acuerdo al salario mínimo del Estado de Veracruz. Por cuanto hace al inciso B, respecto del pago de derechos por servicios de Inspección y Archivo General de Notarías se adicionan las fracciones VIII y IX, a efecto de incluir los servicios que se venían prestando con anterioridad sin que estuviera regulado su cobro en el presente Código y que representan un servicio necesario y de continuo requerimiento por parte de la ciudadanía. Por lo expuesto con anterioridad, someto a la deliberación de esa H. Soberanía, la presente iniciativa de Decreto que: REFORMA LOS APARTADOS A Y B DEL ARTÍCULO 140 DEL C ÓDIGO F INANCIERO PARA EL E STADO DE V ERACRUZ DE I GNACIO DE LA L LAVE ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el apartado A del artículo 140 del Código Financiero para el 14

34 Estado de Veracruz para quedar de la siguiente forma: Artículo 140. Por servicios prestados por la Secretaría de Gobierno, a través de las dependencias que se mencionan a continuación, se causarán y pagarán previamente los derechos siguientes: A. Por servicios del Registro Público de la Propiedad y de Comercio: I.- Por la inscripción de documentos que contengan actos jurídicos relativos a resoluciones judiciales o administrativas y testimonios notariales en los cuales se establezca, declare, transfiera, adquiera, modifique o extinga el dominio de la propiedad o la posesión, de bienes inmuebles o derechos reales, se causarán y pagarán previamente por cada acto, tomando como base el valor mayor que resulte de comparar el valor de operación, el de avalúo, el de inversión o el catastral asignado por la oficina correspondiente. Por cada $ o fracción $ 0.80 Cuando el objeto del acto jurídico sean dos o más inmuebles deberá expresarse en el documento respectivo el valor de cada uno de ellos para efectos de la aplicación de la tarifa de esta fracción y deberá pagarse por separado. Cuando se trate del derecho real de usufructo, por cuanto hace a la constitución a que se refiere el artículo 1013 del Código Civil del Estado, así como de la renuncia o extinción, el cálculo de los derechos se hará sobre el 50% del valor que sirva de base conforme al párrafo anterior. En el caso de extinción del usufructo por fallecimiento del usufructuario previsto en el artículo 1071 fracción primera del Código Civil, deberá pagarse conforme a lo establecido en la fracción XII de este artículo. Por la inscripción de la declaración de lo edificado, modificación, reordenamiento de la construcción de un inmueble se aplicará la tasa de la fracción primera de este artículo. En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos ni mayor de 300 salarios mínimos. II.- Por el registro de operaciones relativas a fraccionamientos de inmuebles: a) Por la inscripción de actos, contratos, convenios o resoluciones judiciales o administrativas por las que se constituya un fraccionamiento, se fusione, lotifique, relotifique, divida o subdivida un inmueble, por cada lote en: 1. Fraccionamiento residencial salarios mínimos 2. Fraccionamiento residencial alto salarios mínimos 3. Fraccionamiento de Interés social..2 salarios mínimos 4. Fraccionamiento con vivienda....3 salarios mínimos 5. Fraccionamiento de urbanización progresiva... 3 salarios mínimos 6. Fraccionamiento medio salarios mínimos 7. Fraccionamiento abasto comercio y servicios... 3 salarios mínimos 8. Fraccionamiento Industrial o agroindustrial.. 3 salarios mínimos 9. Fraccionamiento Campestre Urbano salarios mínimos 10. Fraccionamiento Campestre agropecuario....2 salarios mínimos 11. Fraccionamiento de Cementerios....2 salarios mínimos 12. Fraccionamiento Mixto....2 salarios mínimos b) Por la inscripción de fusión y subdivisión de inmuebles cuando no sean constitutivos de fraccionamientos. 10 salarios mínimos c) Por la inscripción por constitución de régimen de propiedad en condominio o sus modificaciones por cada local o vivienda. 5 salarios mínimos d) Por la inscripción de constitución de servidumbres, así como su extinción 8 salarios mínimos e) Por la inscripción de actos relativos a la división de copropiedad de bienes inmuebles se pagará por la parte que corresponda a cada copropietario 8 salarios mínimos III.- Por la inscripción de apeo y deslinde, se pagará sobre la diferencia que resulte entre la superficie inscrita y la resultante en demasía, tomando como base el valor catastral, debiéndose pagar conforme a lo establecido en la fracción I de este artículo. a) Por la inscripción de rectificación de superficie, medidas o linderos, a que se refiere el artículo 71 de la Ley del Registro Publico de la Propiedad del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 10 salarios mínimos IV.- Por la inscripción de capitulaciones matrimoniales que impliquen sociedad conyugal o separación de bienes en que no se incluyan bienes inmuebles o muebles. 10 salarios mínimos 15

35 a) Por la inscripción de la escritura pública que contenga actos de aportación de bienes inmuebles a la sociedad conyugal, por disolución y liquidación de ésta a favor del cónyuge que no fuese titular registral, se deberá pagar tomando como base el 50% sobre el valor mayor de avalúo o catastral de cada inmueble, conforme a lo establecido en la fracción I del presente artículo. V.- Por la inscripción de actas de embargo, que constituyan gravámenes o providencias precautorias, judiciales o administrativas, a la propiedad, posesión de bienes muebles o inmuebles y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa, sobre el monto total de las cantidades cuyo cobro se asegure por medio del procedimiento. Por cada $ o fracción $1.00 Por la inscripción de la demanda de la cédula hipotecaria proveniente de otro Estado, así como del Juicio Hipotecario al que se refiere el artículo 451-C del Código de Procedimiento Civiles del Estado, providencias judiciales y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa sobre el monto total de las cantidades cuyo cobro se asegure o reclame por medio del procedimiento. Por cada $ o fracción $1.00 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos ni mayor de 200 salarios mínimos. a) Por la inscripción de los actos relativos a hipotecas, reconocimiento de adeudos, contratos de crédito con garantía hipotecaria, refaccionarios o de habilitación o avío, mutuo con interés o simple, arrendamiento financiero, garantizados con prenda o hipoteca, y de fianzas. Por cada $ o fracción $0.60 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos ni mayor de 150 salarios mínimos. b) Cuando en dichos actos se comprendan bienes de cualquier clase, correspondientes a dos o más entidades federativas y no fuere posible establecer el valor proporcional de la cantidad asegurada respecto a los que se encuentren ubicados en el territorio veracruzano, se dividirá el monto de lo gravado o lo asegurado entre el número de entidades federativas en que se comprendan los bienes, aplicándose las tasas a que se refiere la presente fracción según el caso. c) Por la cancelación total o parcial de inscripción a que se refieren los actos comprendidos en la presente fracción, se pagará el 25% de los derechos que se causaron por la inscripción. En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos. VI.- Por la inscripción de los contratos de comodato, arrendamiento y de ocupación superficial sobre fincas urbanas o rústicas o su cancelación. 10 salarios mínimos VII.- Por la inscripción del auto declaratorio de herederos y nombramiento de albacea, y cesión de derechos hereditarios si ésta no incluye bienes inmuebles. 8 salarios mínimos Para los casos de la cesión de derechos hereditarios que incluyan bienes inmuebles se pagará conforme a lo establecido en la fracción I del presente artículo. VIII.- Por la inscripción o depósito de cualquier tipo de testamento, prestación de servicios profesionales de obra a precio alzado, aparcería agrícola o ganadera, renta vitalicia y cualquier otro documento que, conforme a la ley, pueda ser inscrito. IX.- Por la inscripción de: 8 salarios mínimos a) Escrituras constitutivas de sociedades civiles, siempre y cuando no se aporten bienes inmuebles. 30 salarios mínimos b) Documentos en que se modifique el capital de dichas sociedades. 20 salarios mínimos c) Por el registro de cualquier otra acta de las sociedades civiles 15 salarios mínimos d) Actas constitutivas y modificación de asociaciones civiles, conforme a lo dispuesto en el artículo 2603 del Código Civil, siempre que no se aporten bienes inmuebles. 12 salarios mínimos 16

36 e) Cualquier otra acta de las asociaciones antes indicadas. 6 salarios mínimos f) La disolución de cualquiera de las sociedades y asociaciones mencionadas anteriormente siempre y cuando no se adjudiquen bienes inmuebles. 6 salarios mínimos g) Para el caso de que se aporten bienes inmuebles a que se refieren los apartados a), d) y f) se estará a lo dispuesto a la fracción I de este artículo. h) Poderes, mandatos y su cancelación otorgados por sociedades y asociaciones civiles y entre particulares. 8 salarios mínimos i) Documentos relativos a enajenación de bienes muebles. 6 salarios mínimos X.- Por la inscripción de documentos constitutivos de Fideicomisos: a) Fideicomisos traslativos de dominio Por cada $ o fracción $0.80 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos, ni mayor de 300. b) Fideicomisos de garantía Por cada $ o fracción $0.60 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos, ni mayor de 150. c) Cualquier otro tipo de fideicomiso diferente a los incisos que anteceden. 10 salarios mínimos XI.- Por la modificación o rectificación de actos ya registrados que no implique el aumento del importe de las obligaciones pecuniarias, se pagará el 15% del total de los derechos que corresponderían al Estado por la inscripción de las escrituras primordiales y de las que, en su caso, hubieren modificado aquéllos en cualquier sentido aplicándose las cuotas vigentes. sobre las diferencias en demasía que resulte de tales rectificaciones, conforme a la aplicación de la tasa de cada caso que se trate. En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos. XII.- Por cancelación de la reserva de dominio a que se refiere el artículo 2246 del Código Civil. a) Por la inscripción de la escritura pública que contenga la cancelación de la reserva de dominio se pagará. 10 salarios mínimos b) Por toda cancelación de anotación marginal de las reservas de dominio que hagan las instituciones encargadas de la regularización de la tenencia de la tierra cuando sean de carácter de interés social y que no sean de las que deban hacerse al mismo tiempo como consecuencia de la inscripción. 2 salarios mínimos Por cualquier otra cancelación de anotación marginal cuando no sean de las que deben hacerse al mismo tiempo como consecuencia de la inscripción. 5 salarios mínimos XIII.- Por la expedición de informes, certificados y certificaciones. a) Certificados de libertad o existencia de gravámenes hasta por un periodo de diez años, individualmente por cada uno de los predios tratándose de condominios, fraccionamientos, propiedades y copropiedades por cada inmueble o folio. 5 salarios mínimos b) Certificado de no inscripción 35 salarios mínimos c) Certificado de historia registral por inmueble, hasta por un periodo de diez años: 20 salarios mínimos d) Certificado de historia registral por cada periodo de cinco años anteriores a que se refiere el inciso que antecede. 10 salarios mínimos Cuando las rectificaciones si impliquen aumento a las obligaciones contraídas con anterioridad se cobrará 17

37 e) Certificado de inscripción de inmuebles, de afectación agraria, delimitación de dominio, de cancelación de gravamen. 5 salarios mínimos f) Certificado de anotaciones marginales por cada predio. 10 salarios mínimos g) Por la expedición de copias certificadas por cada hoja salario mínimo XIV. Los documentos otorgados fuera del Estado pagarán un 25% adicional sobre las cuotas señaladas en este artículo. XV.- Por cada inscripción de actos cuyo valor sea indeterminado, si la operación se refiere a inmuebles o derechos que tengan un valor fiscal, la cuota que en el caso corresponda se basará en éste y cuando el valor de las operaciones no pueda determinarse en esta forma. 10 salarios mínimos XVI.- Por servicios del sistema de folio electrónico. a) Por la expedición automatizada de copia certificada por cada hoja salario mínimo b) Por consulta automatizada por cada folio inmobiliario, mobiliario o de persona jurídica. 1 salario mínimo XVII.- Por la inscripción de sociedades mercantiles y por cada acto relativo a las mismas que se indican en los incisos que a continuación se señalan se pagará conforme a lo siguiente: a) Por su constitución. 30 salarios mínimos b) Por actas de asamblea, de sociedades mercantiles o de sucursales de las mismas, nacionales o extranjeras, que contengan reforma, transformación, fusión, escisión, aumento de capital o cualquier otro acto no comprendido en los anteriores. 20 salarios mínimos c) Por otros actos jurídicos mercantiles, no comprendidos en actas de asamblea. 6 salarios mínimos d) Poderes y su cancelación otorgados para actos de comercio por dichas sociedades. 10 salarios mínimos e) La disolución, liquidación y extinción de sociedades mercantiles antes mencionadas. 15 salarios mínimos XVIII.- Por la inscripción de las sociedades cooperativas y por cada acto relativo a las mismas que se indican en los incisos que a continuación se señalan se pagará conforme a lo siguiente: a) Actas y Estatutos de sociedades cooperativas, cualquiera que sea su objeto o denominación siempre que su funcionamiento se ajuste a la Ley Federal relativa. 12 salarios mínimos b) Acta de asamblea por la que se modifique la constitutiva de la sociedad, o cualquier otro acto que lleven a cabo 10 salarios mínimos c) Poderes y su cancelación otorgados para actos de comercio por dichas sociedades. 5 salarios mínimos d) Por disolución o liquidación de la sociedad. 5 salarios mínimos XIX.- Por la inscripción de las sociedades micro industriales y por cada acto relativo a las mismas que se indican en los incisos que a continuación se señalan se pagará conforme a lo siguiente a) Por el acta constitutiva y sus modificaciones o cualquier otro acto. 10 salarios mínimos b) Por la disolución o liquidación de la sociedad 5 salarios mínimos c) Poderes y su cancelación otorgados para actos de comercio por dichas sociedades. 5 salarios mínimos XX.- Por la inscripción de las Sociedades de Producción Rural y por cada acto relativo a las mismas que se indican en los incisos que a continuación se señalan se pagará conforme a lo siguiente 18

38 a) Actas y Estatutos de sociedades de producción rural, cualquiera que sea su objeto o denominación siempre que su funcionamiento se ajuste a la Ley Federal relativa. 15 salarios mínimos b) Acta de asamblea por la que se modifique la constitutiva de la sociedad, o cualquier otro acto que lleven a cabo. 10 salarios mínimos c) Poderes y su cancelación otorgados para actos de comercio por dichas sociedades. 5 salarios mínimos d) Por disolución o liquidación de la sociedad. 5 salarios mínimos XXI.- Por el registro de actos mercantiles que impliquen contratos de: a) Compraventa mercantil y arrendamiento financiero se pagará sobre el monto de la operación b) Por comodato. Por cada $ o fracción $0.60 c) Por prestación de servicios profesionales. 5 salarios mínimos 10 salarios mínimos XXII.- Por la inscripción relativa a embargos, providencias judiciales y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa sobre el monto total de la cantidades cuyo monto se asegure o reclame por medio del procedimiento. Por cada $ o fracción $1.00 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos ni mayor de 200 salarios mínimos. XXIII.- Por la inscripción relativa a hipotecas, reconocimiento de adeudos, contrato de crédito con garantía hipotecaria o prendaria, refaccionario, de habilitación o avio, mutuo con interés, simple garantizado con prenda o hipoteca y fianza. Por cada $100.00, $0.60 En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de 10 salarios mínimos ni mayor de 150 salarios mínimos. XXIV.- Por certificado de existencia o inexistencia de gravámenes. 6 salarios mínimos XXV.- Por la historia registral de la sociedad. 10 salarios mínimos XXVI.- Por la expedición de copias certificadas del folio mercantil, por hoja se cobrará: 0.35 salario mínimo XXVII.- Por la inscripción, cancelación o anotación de cualquier otro acto no comprendido en las fracciones anteriores, se pagarán 5 salarios mínimos XXVIII.- Se exceptúan del pago de los derechos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio a que se refiere este artículo: a) Las certificaciones o copias certificadas que se expidan a solicitud de las autoridades judiciales para que obren en causas penales o para acreditar la solvencia de fiadores que propongan los procesados o sentenciados para obtener su libertad, pero en el segundo caso sólo se expedirán gratuitamente cuando los interesados, de manera notoria, carezcan de recursos. b) La expedición de certificados o copias certificadas sobre bienes o derechos de la Federación, de los Estados, de los Municipios, o de sus dependencias, así como la inscripción o anotación de documentos relativos a bienes o derechos de las mismas entidades o de sus dependencias, siempre que ellas sean las directamente interesadas en asegurar para sí estos mismos bienes o derechos, excepto cuando tal servicio derive de la aplicación de la facultad económica coactiva en el cobro de adeudos fiscales, en cuyo caso los gastos deberán ser a cargo de los contribuyentes remisos, si no ocurriese la adjudicación al fisco de los bienes embargados. c) Los certificados o copias certificadas que se expidan con relación a la anotación o restitución de ejidos, conforme a la Constitución General de la República y demás disposiciones concordantes. 19

39 d) La inscripción de documentos relativos a las instituciones de beneficencia pública o privada, reconocidas por la ley, siempre que éstas sean las directamente interesadas. e) Los certificados que se expidan a los inquilinos para los efectos de la Ley del Inquilinato en vigor. f) Los certificados o copias certificadas que se expidan a los estudiantes o a los padres, tutores, representantes o fiadores de los mismos, para que hagan fe ante cualquier autoridad escolar. g) La inscripción de las Resoluciones Presidenciales o del Tribunal Superior Agrario sobre dotación o restitución de ejidos, dictadas de acuerdo con las leyes de la materia, así como las declaratorias de terrenos nacionales realizadas por la Secretaría de la Reforma Agraria. h) La inscripción de los contratos de arrendamiento de fincas urbanas que fijen una renta anual inferior a cinco salarios mínimos, en la inteligencia de que no será obligatoria la inscripción. i) Las inscripciones de títulos de propiedad expedidos por la Secretaría de la Reforma Agraria y el Registro Agrario Nacional, con motivo de sus programas de regularización. j) Los asientos a que se refiere el artículo 2951 del Código Civil del Estado. k) La inscripción de los fraccionamientos o lotificaciones para efectos de los contratos traslativos de dominio a los adquirentes de viviendas de interés social y popular construidas en el Estado, cuyos proyectos habitacionales estén autorizados por el Instituto Veracruzano del Desarrollo Urbano Regional y Vivienda, así como los contratos traslativos de dominio, con financiamiento propio de los organismos promotores de vivienda, que en atención a los fines que persiguen, se otorguen por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (Corett), el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado (Fovissste), Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda; el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit); el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo), el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (Fovi), el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C. (BANJERCITO), el Instituto de Pensiones del Estado (IPE); y la Secretaría de Finanzas y Planeación a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado. I) La inscripción de las escrituras de compraventa a los poseedores de predios en las colonias populares, reservas territoriales, y fundos legales, destinados a usos habitacionales o agrícolas que tengan como propósito solucionar problemas sociales y que se encuentren en proceso de regularización por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación, con intervención de la Dirección General del Patrimonio del Estado, del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda y por los Ayuntamientos de los Municipios del Estado. m) La inscripción de contratos relativos a la constitución de créditos con garantía hipotecaria para la adquisición, construcción y mejoramiento de vivienda, otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo), el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (Fovi), el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C. (BANJERCITO), el Instituto de Pensiones del Estado (IPE); y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda. n) La inscripción de contratos relativos a la constitución de créditos agrícolas con garantía hipotecaria que otorgue Financiera Rural, como organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. o) La inscripción de contratos relativos a la constitución de créditos con garantía hipotecaria para la micro y pequeña empresa que otorguen las instituciones bancarias y los fideicomisos estatales. p) Las anotaciones marginales relativas al decreto judicial para garantizar pensiones alimenticias. q) Los casos que señalen de manera específica las demás leyes. r) Las Oficinas del Registro Público de la Propiedad del Estado, inscribirán los embargos de bienes que realicen autoridades fiscales de la Federación, el Estado y 20

40 los municipios, para lo cual quedará en suspenso el pago de los derechos que se generen por estos actos. Dichas autoridades cubrirán el monto de los derechos conforme a la tasa aplicable vigente al momento de que soliciten la cancelación de la inscripción. Este pago no se realizará cuando se adjudiquen los bienes a favor de los Gobiernos federal, estatal o municipal. Para el trámite a que se refiere esta fracción no se requerirá resolución especial La aplicación de las excepciones en el pago de los derechos del Registro Público de la Propiedad a que se refieren los incisos c), d), g), i), j), k), I), m), n), y o) de esta fracción, no requerirán la emisión del dictamen confirmatorio de la Secretaría que se señala en el artículo 32 de este Código. La Dirección General de Registro Público de la Propiedad y del Comercio deberá informar mensualmente a la Secretaría, sobre el número y principales características de todas las operaciones regístrales que hayan actualizado alguna de las excepciones de pago referidas en el párrafo precedente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adicionan las fracciones VIII y IX al apartado B del artículo 140 del Código Financiero para el Estado de Veracruz para quedar de la siguiente forma: Artículo 140. A.... B. Por servicios de Inspección y Archivo General de Notarías I.-...VII.-... VIII.- Por el cotejo y certificación de firmas y sellos de notarios públicos en el Estado. 4 salarios mínimos IX.- Por cada registro en el Sistema de Avisos de Poderes Notariales, sobre el otorgamiento de poderes, mandatos, así como sus revocaciones Notariales. TRANSITORIOS 4 salarios mínimos PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones de observancia general que se opongan al presente decreto. DADO EN PALACIO DE GOBIERNO, RESIDENCIA OFICIAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN LA CIU- DAD DE XALAPA, VERACRUZ A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. LICENCIADO FIDEL HERRERA BELTRÁN GOBERNADOR DEL ESTADO (RÚBRICA) * * * - EL C. PRESIDENTE Para su estudio y dictamen, se turna a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 55, 56 FRACCIÓN XIV, 57, 59, 62 Y 65 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE En el desahogo del siguiente punto del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado José de Jesús Mancha Alarcón, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su iniciativa de decreto que reforma los artículos 55, 56 fracción XIV, 57, 59, 62 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave. - EL C. DIP. JOSÉ DE JESÚS MANCHA ALARCÓN: Buenas tardes tengan todos ustedes. Diputado Fernando González Arroyo, presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura. Compañeros integrantes de la Diputación Permanente. Amigos de los medios de comunicación. Ciudadanos y ciudadanas del Estado de Veracruz. Como es de su conocimiento, el Poder Judicial del Estado tiene una relevante importancia en la vida cotidiana de Veracruz. No es posible concebir la solución de los conflictos o litigios sin la existencia del sistema judicial local; sin embargo, como lo sostiene Eugenio Raúl Zaffaroni, en la realidad se descuidan los capítulos de la Judicatura porque los poderes judiciales muchas de las veces no se estructuran adecuada- 21

41 mente y, lo que es peor, quien debe legislar para que ese poder del Estado alcance su independencia, autonomía y autoridad necesaria, no lo hace. En Veracruz alcanza importancia esa sentencia, pues, si bien contamos con un Poder Judicial integrado en su mayoría por excelentes profesionistas, existe en la Constitución local una serie de aspectos que debilitan la funcionalidad del referido poder, muchas veces en perjuicio de la labor de impartir justicia pronta y expedita. Por estas razones, me permito someter a su consideración la iniciativa de decreto que reforma los artículos 55, para adicionar las fracciones I, II, III, IV y V, 56 en su fracción XIV, 57, 59, 62 y 65, a éste último se propone se adicione la fracción III un inciso c), todos estos numerales de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz. Se propone una mayor claridad y una debida jerarquización de los órganos que integran el Poder Judicial del Estado de Veracruz. Dejo a su consideración la reforma al artículo 55 de la Constitución Política del Estado a fin de adicionarle las fracciones necesarias para lograr ese objetivo de técnica constitucional. Se propone establecer de manera clara las atribuciones del pleno del Poder Judicial del Estado, específicamente en el tema de adscripción de magistrados, pues, sobre ese punto debe desaparecer la laguna constitucional motivada con la inexacta redacción del artículo 56 en su fracción XIV, que sólo habla de los magistrados de sala, no así de los tribunales, lo que puede motivar una indebida interpretación que confunda a los gobernados o, en su caso, un abuso de poder de las mayorías, muchas veces carentes de sentido jurídico. Se propone dejar a un lado el concepto de presidente de Tribunal Superior de Justicia para adoptar, en su caso, el nombre de presidente del Poder Judicial del Estado, pues, resulta claro que este órgano colegiado no sólo se conforma con las salas del citado tribunal, sino, también, por diversos tribunales especializados. Este tema, que pudiera considerarse de técnica legislativa, no es simple porque lleva implícita la necesidad de proponer que la elección del presidente del referido órgano no quede exclusivamente en manos de los integrantes del tribunal superior, sino que en ella participen todos los tribunales. De adoptarse la figura jurídica del presidente del Poder Judicial del Estado, resulta pertinente proponer que el pleno de este órgano colegiado no sólo se integre por los presidentes de las salas del Tribunal Superior de Justicia, con excepción del presidente de la Sala de Responsabilidad Juvenil, por ser de integración unitaria, sino, también, que acudan al mismo los presidentes del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de Conciliación y Arbitraje, logrando, así, un órgano colegiado de mayor capacidad para resolver puntos que, directa o indirectamente, interesan a todo el sistema de justicia del Estado. Con esta propuesta se debe lograr que el pleno del Poder Judicial del Estado se integre, además de los especialistas en derecho constitucional, derecho penal, derecho civil y mercantil, por profesionistas de las materias administrativa y laboral, cuyos criterios pueden formar una mejor resolución al conocer aspectos de competencia del pleno previstos en el artículo 65 de la Constitución local y 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. Es de comentarse que por su importancia y, sobre todo, para no distraer de sus funciones fundamentales en la construcción de la democracia veracruzana, el presidente del Tribunal Electoral, si es que se hace aprobar, este órgano no puede ser llamado al pleno del Poder Judicial, garantizándose con ello que el referido tribunal especializado se conduzca con total independencia en su función de impartir la justicia en materia electoral, esto es, acorde con el sistema federativo en donde el Tribunal Federal Electoral no forma parte del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se propone un nuevo sistema para la designación de magistrados en Veracruz, mediante el cual el Congreso del Estado participe activamente y, con ello, deje de ser una ventanilla de trámite donde la mayoría legislativa sólo aprueba sin mayor valoración las propuestas que envía el Ejecutivo, muchas de ellas sin la experiencia y capacidad para desempeñar la noble tarea de impartir justicia. De ello recientemente se ha dado cuenta en el pleno de este Congreso. En qué consiste el nuevo sistema? Uno. Que la propuesta de magistrados debe presentarse por el pleno del Poder Judicial, no por el Ejecutivo. Qué mejor que aquel órgano colegiado para conocer a las personas capaces para desempeñar la función de impartir justicia. 22

42 Dos. Las propuestas deben presentarse por ternas para que el Congreso del Estado realice una valoración objetiva. Tres. Las personas propuestas deben comparecer ante esta Soberanía de manera pública para que los veracruzanos puedan objetivamente conocer el trabajo previo de los que en su momento serán los encargados de impartir justicia. Sobre este tema es necesaria mayor transparencia. Con esta iniciativa, podemos lograrlo. Cuatro. Previa valoración de la eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o, en su caso, de su distinción en la actividad profesional jurídica someterlo a votación calificada. El procedimiento no es nuevo, se encuentra consagrado en el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y resulta aplicable para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Por último, se propone ampliar el listado de sujetos legitimados para promover la acción por omisión legislativa, pues, si bien en Veracruz resulta de gran avance que el Poder Judicial pueda asumir un papel activo en el campo de la transformación del Derecho, sólo el gobernador o cuando menos la tercera parte de los ayuntamientos estén legitimados para promover la acción por omisión legislativa, lo que impide a diversas fuerzas no afines con el Ejecutivo a exigir el respeto a su atribución de legislar, a pesar de contar con las mejores propuestas para el Estado. Por esta razón, si realmente queremos alcanzar el rango de estado constitucional democrático, empecemos por hacer efectiva la propuesta de Luigi Ferrayoli: garantizar el derecho de las minorías, en este caso de las parlamentarias, con el fin de que, en Veracruz, todos y cada uno de los veracruzanos puedan participar en la construcción de nuestro Estado. Bajo esta óptica, proponemos modificar la fracción III del artículo 65 de la Constitución de Veracruz, a efecto de que se legitime a los grupos legislativos del Congreso para promover la acción por omisión legislativa. Ello permitirá que muchas de las propuestas presentadas en la presente Legislatura salgan de la congeladora y se dictaminen conforme a derecho. Un caso muy concreto: la reforma al Poder Judicial del Estado. Compañeros y compañeras. Los invito a que asumamos nuestro papel de transformar las instituciones en beneficio de los veracruzanos. El Poder Judicial lo reclama. No olvidemos que, al respecto, existe una propuesta de sus propios integrantes que debe ser valorada en forma conjunta a la que se presenta el día de hoy y que resulta necesaria para la debida modernización del Poder Judicial del Estado de Veracruz. Muchas gracias. (Se incluye la iniciativa de decreto) DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E El que suscribe, DIPUTADO JOSE DE JESUS MAN- CHA ALARCON, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracción I, de la Constitución Política del Estado; 48, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y 8º, fracción I y 68 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Poder, someto a la consideración de esta Soberanía, la presente INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 55, QUE ADICIONA LAS FRACCIONES I, II, III, IV Y V; 56 FRACCIÓN XIV; 57; 59; 62 Y 65, SE ADICIONA EL INCISO C, DE LA FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, al tenor siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La importancia de la función Judicial en un Estado Constitucional democrático es innegable, sobre todo, cuando a través de sus resoluciones se configura el constante caminar de las sociedades modernas, la labor de los tribunales determina directa o indirecta, conciente o inconsciente, explica o silenciosamente, por acción o por inacción- importantes aspectos de la vida económica y política de la sociedad. Las decisiones de los tribunales conforman de manera importante las relaciones entre los particulares, entre los particulares y las instituciones estatales, y entre las distintas instituciones estatales, por ende, sus decisiones debidamente fundadas alcanzan una fuerte proyec- 23

43 ción sobre el funcionamiento de la economía, sobre los derechos de las personas y sobre todo, en el alcance de la acción del propio Estado. Sin embargo, en la realidad, como lo sostiene el Jurisconsulto Eugenio Raúl Zafaroni, se descuidan los capítulos de la judicatura, dado que los poderes judiciales no se estructuran adecuadamente, mucho menos se legisla para buscar su independencia y su autoridad, e imponerla sobre cualquier decisión mayoritaria o sobre cualquier acto u omisión arbitrarios del poder administrador. En Veracruz no es la excepción, pues si bien es cierto contamos con un Poder Judicial integrado, en su mayoría por excelentes profesionistas del ramo jurídico, existe en la Constitución Local una serie de aspectos que debilitan la funcionalidad del Poder Judicial, en la mayoría de veces confeccionadas de manera intencional y en perjuicio de lo previsto por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra como derecho fundamental de los gobernados el recibir justicia pronta y expedita. Se propone reformar y adicionar diversas fracciones del artículo 55 de la Constitución Política del Estado de Veracruz a efecto de establecer un mayor orden jurídico que permita la adecuada citación de los órganos que integran el Poder Judicial del Estado. Por otro lado, es de citarse lo que establece el artículo 56 fracción XIV del texto constitucional local, donde se establece que corresponde al Poder Judicial adscribir a los magistrados a las Salas correspondientes, la pregunta es: Quién adscribe a los magistrados a los Tribunales de Conciliación y Arbitraje; y, al Tribunal de lo Contencioso y Administrativo?, por supuesto que debe ser el Pleno si realmente queremos fortalecer la autonomía e independencia del Poder Judicial. Este aspecto debe dejarse plenamente plasmado en el texto constitucional, precisamente para evitar, por uso de las mayorías parlamentarias una falsa interpretación al momento de su aplicación. Por otra parte, el artículo 57 de la Constitución Local establece que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado será electo exclusivamente por los Presidentes de las Salas que conforman dicho Tribunal; sin embargo, una vez constituido con ese carácter, este alto funcionario público ejerce atribuciones no sólo sobre el Tribunal Superior, sino en todo el Poder Judicial del Estado, que como es de su conocimiento, se conforma además con el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, y de aprobarse en su momento, del propio Tribunal Electoral del Estado. Es más, en términos del artículo 62 del texto Constitucional Local, el Presidente del Tribunal, también lo es del Consejo de Judicatura del Poder Judicial, órgano encargado de conducir la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial. Cabe precisar que el referido órgano administrativo se integra por miembros de los demás Tribunales que conforman el Poder Judicial del Estado. En consecuencia, lo que se propone en la presente iniciativa es dejar a un lado el concepto de Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, para adoptar en su caso, el nombre de Presidente del Poder Judicial del Estado, y con ello generar una congruencia constitucional que en términos reales fortalezca la institución encargada de impartir justicia en Veracruz. De adoptarse la figura jurídica de Presidente del Poder Judicial del Estado, resulta pertinente proponer que, el Pleno de este órgano no solo se integre por los Presidentes de las Salas del Tribunal Superior de Justicia, con excepción del Presidente de la Sala de Responsabilidad Juvenil por ser de integración unitaria, sino también que acudan al mismo los Presidentes del Tribunal de lo Contencioso y Administrativo; y, de Conciliación y Arbitraje, pues evidente que en la discusión de los asuntos de competencia del pleno, además de dilucidar cuestiones de importancia para el Estado, se deciden puntos que directa o indirectamente interesan a todo el sistema de Justicia. Con esta propuesta se debe lograr que el pleno del Poder Judicial del Estado, se integre con especialistas en derecho constitucional, derecho penal, derecho civil y mercantil, por ende, por profesionistas de las materias administrativa y laboral, cuyos criterios pueden formar una mejor resolución al conocer aspectos de competencia del pleno previstos en el artículo 65 de la Constitución Local y 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. Es de comentarse por su importancia y sobre todo, para no distraer de sus funciones fundamentes en la construcción de la democracia veracruzana, que el Presidente del Tribunal Electoral, (si es que se aprueba la creación de ese órgano), no forme parte del Pleno de Poder Judicial, garantizándose con ello que el referido tribunal especializado se conduzca con total independencia al impartir justicia en la materia electoral; además con ello, se respeta el esquema adoptado 24

44 a nivel Federal, donde el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no forma parte del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Así las cosas, al existir en la actualidad una Sala Constitucional, cuatro Salas penales, tres Salas Civiles, un Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, Un Tribunal de Conciliación y Arbitraje y por supuesto tomando en cuenta al Presidente del Poder Judicial del Estado de Veracruz, es evidente que el Pleno del Poder Judicial estaría conformado por once magistrados, similar numero al que integra el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; lo que conllevaría a que las decisiones que se tomen resulten acordes a los principios de constitucionalidad, objetividad e imparcialidad propios de la función judicial. Esta última propuesta exige la adecuación de los artículos 62 y 65 de la Constitución Política de Veracruz, a fin de sustituir el concepto de Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado por el de Presidente del Poder Judicial del Estado. En otro orden de ideas, el artículo 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, establece como base fundamental de la función judicial en los Estados, la necesidad de que sus miembros tengan garantizado su independencia en el ejercicio de sus funciones, es más, obliga que a que los Magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales, reúnan los requisitos señalados por las fracciones I a V del artículo 95 de esta Constitución, y que los nombramientos de los magistrados y jueces integrantes de los Poderes Judiciales Locales se realicen preferentemente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica. Con la reforma integral a la Constitución del Estado de Veracruz del año 2000, se pretendió establecer en su artículo 59 esa exigencia; sin embargo, por cuanto hace al procedimiento de designación, se estableció un mecanismo, que en muchas de la veces, permite que las mayorías parlamentarias nombren como magistrados a personas sin experiencia en la impartición de justicia, de ello se ha dado cuenta recientemente en esta tribuna. Bajo estas consideraciones, proponemos adoptar el mandato de nuestra Carta Magna, pero sobre todo instaurar como procedimiento de designación de magistrados, el que permita una previa valoración de la eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o en su caso, de su distinción en la actividad profesional jurídica de los propuestos en la terna respectiva; obligándose además que las personas sugeridas, comparezcan de manera pública ante esta soberanía y de viva voz, manifiesten las razones del porqué desean ocupar los cargos de magistrados. La capacidad, experiencia y honradez no se ocultan, considero que el pueblo de Veracruz se merece conocer quienes son los interesados en ocupar tan importantes cargos y sobre todo quienes serán los encargados de impartir justicia. El procedimiento no es nuevo en el sistema jurídico mexicano, se encuentra consagrado en el artículo 96 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y resulta aplicable para la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No es ocioso destacar que, la presente iniciativa de reforma guarda congruencia con la presentada por el suscrito el pasado 28 de mayo de 2008, donde se propuso facultar al Pleno del Poder Judicial, para que sea el encargado de presentar las ternas de las personas a ocupar el cargo de Magistrado. Adoptar este nuevo esquema, fortalece la transparencia de este Congreso del Estado, y sobre todo obligaría al Ejecutivo a proponer personas de probada capacidad jurídica, evitando así intereses difusos que tanto daño ocasiona a nobles instituciones como el Poder Judicial. En otro tema de vital importancia para el adecuado funcionamiento de las instituciones del Estado, es lo relativo a la omisión legislativa. Ahora bien, según el diccionario, omisión significa abstención de hacer o decir, flojedad o descuido del que está encargado de un asunto. Desde el punto de vista doctrinal, o bien desde un sentido punitivo omisión implica una falta por haber dejado de hacer algo necesario o conveniente en la ejecución de una cosa o por no haberla ejecutado. De esta manera, omitir "no es un mero 'no-actuar', sino un 'no-actuar-como-se-espera'... Sólo se omite algo en un contexto en que es relevante una actuación determinada". Sólo se puede omitir una conducta cuya presencia es probable (ya sea empírica o normativamente). 25

45 Cuando se hace referencia a la omisión del legislador, por tanto, se pretende indicar que éste "no ha actuado como se esperaba", que la conducta probable que se esperaba de él no se ha presentado. Qué conducta, empírica y normativamente probable, se espera del legislador? Pues, esencialmente, que legisle, que dicte textos normativos con el carácter de leyes. Así la expresión "omisión del legislador" denota que el facultado para dar o crear la ley no ha ejercido tal facultad, no ha creado alguna ley (o lo ha hecho insuficientemente), cuando era probable que lo hiciera. En Veracruz, resulta de gran avance que el Poder Judicial asuma un papel activo en el campo de la transformación del derecho, es decir que no solo actué como legislador negativo o como interprete de las normas y de aplicación a un caso concreto; sino también que controle al poder de las mayorías. El ejemplo mas claro es esta Legislatura. Lo lamentable del asunto es que sólo el Gobernador o cuando menos la tercera parte de los ayuntamientos estén legitimados para promover la acción por omisión legislativa, considero que con este esquema, el constituyente local negó circunstancias como las que acontecen en la presente legislatura, donde la oposición es ignorada, a pesar de contar con las mejores propuestas para el Estado, y que en muchos de los casos se impone la mayoría parlamentaria integrada por un solo partido político, por cierto políticamente afín al Ejecutivo del Estado. La pregunta en este caso es, algún día el Gobernador del Estado o la mayoría de los ayuntamientos priístas promoverán la referida acción?, impensable. Por esta razón, si realmente queremos alcanzar el rango de Estado Constitucional democrático, empecemos con hacer efectiva la propuesta de Luigi Ferrajoli, garantizar el derecho de las minorías, en este caso, de las parlamentarias, con el fin de que en Veracruz todos y cada uno de los veracruzanos puedan participar en la construcción de nuestro Estado. Bajo esta óptica, proponemos modificar la fracción III del artículo 65 de la Constitución de Veracruz, a efecto de que se legitime a los grupos parlamentarios del Congreso para promover la acción por Omisión Legislativa, ello permitirá que muchas de las propuestas presentadas en la presente legislatura salgan de la congeladora priísta y se dictamen conforme a derecho. Por lo antes expuesto, como legislador, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto: INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 55, QUE ADICIONA LAS FRACCIONES I, II, III, IV Y V; 56 FRACCIÓN XIV; 57; 59; 62 Y 65, SE ADICIONA EL INCISO C, DE LA FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, para quedar como sigue: ÚNICO.- Se reforman los artículos 55, QUE ADICIO- NA LAS FRACCIONES I, II, III, IV Y V; 56 FRACCIÓN XIV; 57; 59; 62 Y 65, SE ADICIONA EL INCISO C, de la Constitución Política de Veracruz de Ignacio de la Llave. Para quedar de la siguiente manera: CAPÍTULO IV DEL PODER JUDICIAL Artículo 55. El Poder Judicial se deposita en: I. EL Tribunal Superior de Justicia; II. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, III. El Tribunal de Conciliación y Arbitraje, IV. El Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado; y V. Los juzgados que señale la Ley Orgánica de la materia. Artículo 56. El Poder Judicial del Estado tendrá las siguientes atribuciones: I XIII XIV. Adscribir a los magistrados en las salas y Tribunales correspondientes; y, XV Artículo 57. Las Salas y Tribunales del Poder Judicial del Estado de Veracruz se compondrán por el número de magistrados que determine la ley, y serán presididos por un magistrado. El Tribunal Superior de Justicia funcionará en Salas, de conformidad con lo dispuesto en la ley y fungirá como su Presidente quien a su vez lo sea el del Poder Judicial del Estado que no integrará Sala, sino en los casos expresamente establecidos en la propia ley. El Pleno del Poder Judicial del Estado se integrará por los Presidentes de las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, a excepción de la Sala de 26

46 Responsabilidad Juvenil, el Presidente del Tribunal de Contencioso y Administrativo y, el Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje. El Presidente del Poder Judicial del Estado será elegido por el pleno cada tres años en la primera semana del mes de diciembre, pudiendo ser reelegido una sola vez y, en sus faltas temporales no mayores de treinta días, será sustituido por el magistrado que él designe; pero si excediere de ese término, la designación del magistrado presidente interino la hará el Pleno del Poder Judicial del Estado. Artículo 59.- Los magistrados serán nombrados por el Pleno del Congreso del Estado, a propuesta del Poder Judicial y mediante la terna que para tal efecto se presente. Para la designación respectiva deberá efectuarse una valoración previa de la eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o en su caso, de su distinción en la actividad profesional jurídica, Los propuestos por el Pleno del Poder judicial deberán comparecer de manera pública ante el Congreso del Estado. El nombramiento deberá efectuarse con la aprobación del voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso. En los recesos del Congreso la Diputación Permanente hará el nombramiento, con carácter provisional, en tanto aquél se reúne y da la aprobación definitiva. Los magistrados durarán en su cargo diez años improrrogables, y sólo serán removidos de conformidad con lo dispuesto por esta Constitución. Artículo 62. El Consejo de la Judicatura será el órgano encargado de conducir la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, con excepción del Tribunal Superior de Justicia, y estará integrado por los seis miembros siguientes: El Presidente del Poder Judicial del Estado, quien lo presidirá; tres magistrados nombrados por el pleno del Poder Judicial, mediante votación secreta; un consejero propuesto por el Gobernador, y ratificado por el Congreso; y un representante del Congreso, quienes deberán satisfacer los mismo requisitos que se exigen para ser magistrado y haberse distinguido por su capacidad y honestidad en el ejercicio de las actividades jurídicas. Artículo 65. El pleno del Poder Judicial conocerá, en los términos que establezca la ley, de los asuntos siguientes. I. De las controversias constitucionales que surjan entre: a) Dos o más municipios; b) Uno o más municipios y el Poder Ejecutivo o el Legislativo; y c) El Poder Ejecutivo y el Legislativo. Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, o de los municipios, y la resolución del Pleno del Poder Judicial del Estado que las declare inconstitucionales, ésta tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por las dos terceras partes de sus miembros, y surtirá efectos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. II. De las acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes o decretos que se consideren contrarios a esta Constitución, y que se ejerciten dentro de los treinta días siguientes a su promulgación y publicación por: a) El Gobernador del Estado; o, b) Cuando menos la tercera parte de los miembros del Congreso. Las resoluciones dictadas tendrán efectos generales cuando hubieren sido aprobadas cuando menos por ocho miembros del pleno del Poder Judicial del Estado y, surtirán efectos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado, sin poder aplicarse retroactivamente excepto cuando se trate de asuntos del orden penal y en beneficio del inculpado. III. De las acciones por omisión legislativa, cuando se considere que el Congreso no ha aprobado alguna ley o decreto y que dicha omisión afecte el debido cumplimiento de esta Constitución, que interponga: a) El Gobernador del Estado; b) Cuando menos la tercera parte de los ayuntamientos; o, c) Los grupos legislativos. La omisión legislativa surtirá sus efectos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. En dicha resolución se determinará un plazo que comprenda dos períodos de sesiones ordinarias del Congreso del Estado, para que éste expida la ley o decreto de que 27

47 se trate la omisión. Si transcurrido este plazo no se atendiere la resolución, el Pleno del Poder Judicial del Estado dictará las bases a que deban sujetarse las autoridades, en tanto se expide dicha ley o decreto. TRANSITORIOS: Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Segundo.- En un plazo no mayor a noventa días, deberán efectuarse todas y cada una de las reformas a las leyes secundarias. Tercero.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. A T E N T A M E N T E Xalapa de Enríquez, Veracruz, a 6 de marzo de 2009 DIPUTADO JOSÉ DE JESÚS MANCHA ALARCÓN * * * Para su estudio y dictamen, se turna a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Conforme al orden del día, proseguimos con la iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo que tiene el uso de la voz su autor, el diputado Joel Alejandro Cebada Bernal, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. - EL C. DIP. JOEL ALEJANDRO CEBADA BERNAL: Con su permiso, diputado presidente. Amigas y amigos que nos acompañan. Medios de comunicación. Muchas gracias. Es una prioridad del Grupo Legislativo del Partido de Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave estar constantemente vigilando que las leyes de nuestro Estado sean acordes a las necesidades de los veracruzanos, velando porque cada una cumpla con la finalidad principal, que es la de proveer una mejor calidad de vida para los ciudadanos. Si bien la seguridad es una construcción permanente de la vida cotidiana, su término ha generado algunas polémicas debido a los múltiples conceptos prevalecientes e interrelacionados: seguridad nacional, pública, integral, humana, ciudadana, jurídica, etcétera. Actualmente se discuten no sólo los bienes jurídicos que se deben proteger mediante las políticas de seguridad pública, sino, también, la relación existente entre la noción de seguridad con las de derechos humanos, orden público, etcétera, ya que existen diversas y visibles amenazas a la seguridad pública. El concepto de seguridad humana aparece en 1993, propuesto por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y aunque no cuenta con una definición precisa y concluyente, se plantea que es de orden polivalente, de contenido antropocéntrico, universal, interdependiente, preventivo, democrático, indivisible, global, integrativo y de connotaciones cualitativas y cuantitativas y que responde a dos factores: percepción de inseguridad y un estado de satisfacción de necesidades. La seguridad pública se concibe como un concepto amplio y significa mucho más que la ausencia de amenaza delictiva. Incluye la seguridad en contra de la privación humana, una calidad de vida aceptable, así como garantías a todos los derechos humanos. Significa seguridad para la gente, de amenazas, tanto violentas como no violentas, ya que es una condición o estado caracterizado por la libertad de amenazas a los derechos que tienen las personas. Previo al uso del concepto de seguridad pública se utilizaba el de orden público, cuyas técnicas de intervención en la esfera de libertad de los particulares se efectuaban para tutelar una seguridad concebida en sentido amplio y vinculaba a la seguridad del Estado. Este concepto de orden público se ha ido desechando por su connotación policial debido a que las tareas de éste es mantener el orden quedan siempre a cargo de los cuerpos policiales, cuya actuación responde tradicionalmente a la mera constatación de la adecuación de conductas o normas. Dichos conceptos están ya superados por el de seguridad pública. 28

48 La seguridad actualmente experimenta un nuevo desarrollo. Es un estado social, un sentimiento colectivo, frágil y difuso, pero con fuertes y profundas raíces en el quehacer diario en la forma en que se desarrolla la convivencia humana en un determinado ámbito social, tiene toda las características de un derecho humano: es universal, posee un contenido y exigible ante el Estado responsable de las medidas de protección en este ámbito. Por lo anterior y posterior a un análisis general de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y toda vez que uno de los derechos de los ciudadanos es la seguridad, consideramos que la presente ley no regula de manera correcta lo referente al servicio de transporte público en sus modalidades de pasajero y de rural mixto, cargapasaje, toda vez que la ley en comento en su artículo 118, referente al servicio de transporte público, no regula una parte medular de este servicio público, que es la de determinar la cantidad de pasajeros permitidos en los servicios de transporte, que refieren las fracciones I y III del citado artículo. Por consiguiente, para nadie es ajeno el peligro que representa la sobrecarga de pasajeros en ambos servicios, de lo cual existen antecedentes de serios accidentes, los cuales han costado vidas y seguiremos pagando este precio si no se regula de manera responsable el citado precepto. Por lo anterior y siendo una de las obligaciones del Estado salvaguardar la seguridad de los ciudadanos, es necesario hacer conciencia de que es de vital importancia poner un mínimo de pasajeros, ya que quienes hemos empleado este servicio hemos sido partícipes de la irresponsabilidad cometida por los prestadores del mismo, quienes con la única finalidad de recabar mayores ingresos, se ven tentados a sobrecargar de pasajeros las unidades, presentándose una mayor incidencia en las zonas rurales, toda vez que existen zonas en las que incluso suben pasajeros al lugar destinado para el equipaje, representando un gran riesgo para los ciudadanos. Por lo antes expuesto y en virtud de que actualmente no existe disposición que regule este aspecto, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, respectivamente, quedando de la siguiente manera: Único. Se adiciona un párrafo a la fracción I del artículo 118 de la referida ley, quedando como sigue: En relación a las disposiciones contenidas en esta fracción, las unidades vehiculares de las modalidades anunciadas tendrán un cupo máximo que nunca supere las especificaciones técnicas establecidas en la unidad vehicular de que se trate. Por ningún motivo deberá utilizarse el espacio destinado como pasillo. Fracción II. Se adiciona un párrafo a la fracción III, al citado artículo, para quedar como sigue: Las unidades vehiculares de esta modalidad deberán tener un cupo máximo de cinco pasajeros incluyendo al conductor, o, en su caso, las especificaciones técnicas estipuladas en la unidad vehicular. Por ninguna razón se utilizará el área destinada a la carga para el trasporte de pasajeros. TRANSITORIOS Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto. Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional Es cuanto, diputado presidente. (Se incluye la Iniciativa de decreto) DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E El que suscribe, C. Diputado Joel Alejandro Cebada Bernal, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 34 fracción I de la Constitución Política del Estado; el artículo 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y el artículo 8 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; someto a consideración de esta Honorable Asamblea, la presente Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Trans- 29

49 porte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es una prioridad del Grupo Legislativo del Partido de Acción Nacional de esta Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, estar constantemente vigilando que las leyes de nuestro Estado sean acordes a las necesidades de los veracruzanos; velando porque cada una cumpla con la finalidad principal que es la de proveer una mejor calidad de vida para los ciudadanos. Si bien la seguridad es una construcción permanente de la vida cotidiana, su término ha generado algunas polémicas debido a los múltiples conceptos prevalecientes e interrelacionados (seguridad nacional, pública, integral, humana, ciudadana, jurídica), actualmente se discuten no sólo los bienes jurídicos que se deben proteger mediante las políticas de seguridad pública, sino también la relación existente entre la noción de seguridad con las de derechos humanos, orden público, etc., ya que existen diversas y visibles amenazas a la seguridad pública. El concepto de seguridad humana aparece en 1993, propuesto por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y aunque no cuenta con una definición precisa y concluyente, se plantea que es de orden polivalente, de contenido antropocéntrico, universal, interdependiente, preventivo, democrático, indivisible, global, integrativo y de connotaciones cualitativas y cuantitativas y que responde a dos factores: percepción de inseguridad y un estado de satisfacción de necesidades. La seguridad pública se concibe como un concepto amplio y significa mucho más que la ausencia de amenaza delictiva, incluye la seguridad en contra de la privación humana, una calidad de vida aceptable; así como garantías a todos los derechos humanos; significa seguridad para la gente de amenazas tanto violentas como no violentas, ya que es una condición o estado caracterizado por la libertad de amenazas a los derechos que tienen las personas. Previo al uso del concepto de seguridad pública, se utilizaba el de orden público, cuyas técnicas de intervención en la esfera de la libertad de los particulares se efectuaban para tutelar una seguridad concebida en sentido amplio y vinculada a la seguridad del Estado; este concepto de orden público se ha ido desechando por su connotación policial, debido a que las tareas de manteniendo del orden quedan siempre a cargo de los cuerpos policiales, cuya actuación responde tradicionalmente a la mera constatación de la adecuación de conductas a normas, dicho concepto está ya superado por el de seguridad pública. La seguridad actualmente experimenta un nuevo desarrollo, es un estado social, un sentimiento colectivo, frágil y difuso, pero con fuertes y profundas raíces en el quehacer diario, en la forma en la que se desarrolla la convivencia humana en un determinado ámbito social, tiene todas las características de un derecho humano; es universal, posee un contenido y es exigible frente al Estado, responsable de las medidas de protección en este ámbito. Por lo anterior y posterior a un análisis general de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y toda vez que uno de los derechos de los ciudadanos es la seguridad; consideramos que la presente ley no regula de manera correcta, lo referente al Servicio de Transporte Público, en sus modalidades de pasajeros y de rural mixto carga-pasaje; toda vez que la Ley en comento, en su artículo 118 referente al servicio de transporte público, no regula una parte medular de este servicio público; que es la de determinar la cantidad de pasajeros permitidos en los servicios de transporte que refieren las fracciones I y III del citado artículo; por consiguiente, para nadie es ajeno el peligro que representa la sobrecarga de pasajeros en ambos servicios, de lo cual existen antecedentes de serios accidentes, los cuales han costado vidas y seguiremos pagando este precio, si no se regula de manera responsable el citado precepto; por lo anterior y siendo una de las obligaciones del Estado, salvaguardar la seguridad de los ciudadanos es necesario hacer conciencia de que es de vital importancia poner un mínimo de pasajeros, ya que quienes hemos empleado este servicio, hemos sido partícipes de la irresponsabilidad cometida por los prestadores del mismo, quienes con la única finalidad de recabar mayores ingresos se ven tentados a sobrecargar de pasajeros las unidades, presentándose una mayor incidencia en las zonas rurales, toda vez que existen zonas en las que incluso suben pasajeros al lugar destinado para el equipaje, representando un gran riesgo para los ciudadanos. Por lo antes expuesto y en virtud de que actualmente no existe disposición que regule este aspecto; someto a consideración de esta soberanía la presente Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la 30

50 Llave, respectivamente; quedando de la siguiente manera: UNICO: Se adiciona un párrafo a la fracción I del artículo 118 de la referida ley, quedando como sigue: 118. ( ) I. ( ) a) al i) ( ) En relación a las disposiciones contenidas en esta fracción, las unidades vehiculares de las modalidades enunciadas, tendrán un cupo máximo que nunca supere las especificaciones técnicas establecidas en la unidad vehicular de que se trate; por ningún motivo deberá utilizarse el espacio destinado como pasillo. II. ( ) Se adiciona un párrafo a la fracción III, al citado artículo, para quedar como sigue: III. ( ) Las unidades vehiculares de esta modalidad deberán tener un cupo máximo de cinco pasajeros incluyendo al conductor, o en su caso las especificaciones técnicas estipuladas en la unidad vehicular; por ninguna razón se utilizará el área destinada a la carga para el trasporte de pasajeros. ( ) TRANSITORIOS PRIMERO: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado, órgano del Gobierno del Estado. SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto. Xalapa, Ver. A 12 de Marzo de 2009 DIP. JOEL ALEJANDRO CEBADA BERNAL INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL * * * Para su estudio y dictamen se turna a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ A ENAJENAR A TÍTULO ONEROSO TRES PARCELAS DE PROPIEDAD ESTATAL DEL EX EJIDO EL SUMIDERO DE LA CIUDAD DE XALAPA A FAVOR DEL DESARROLLADOR O DESARROLLADORES DE VIVIENDA QUE OFERTEN AL ESTADO LA MEJOR CALIDAD, CONDICIÓN Y GARANTÍA DE DESARROLLOS HABITACIONALES Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de Llave a enajenar a título oneroso tres parcelas de propiedad estatal del ex ejido El Sumidero de la ciudad de Xalapa a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollos habitacionales, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda del Estado y toda vez que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO Diputación Permanente: A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanente de Hacienda del Estado de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, nos fue turnada para su estudio y dictamen, la solicitud del Ejecutivo del Estado para enajenar a título oneroso, la parcela número 29 con superficie de 12, metros cuadrados; la parcela número 31 con superficie de 1, metros cuadrados; y la parcela número 32 con superficie de 1, metros cuadrados de propiedad estatal y ubicadas en el Ex Ejido el Sumidero del Municipio de Xalapa, Veracruz, a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollos habitacionales. En vista de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción XXXI, 38 y 41 fracción VI de la Constitución Política del Estado; 18 fracción XXXI, 38, 39 fracción XV y 47 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 43, 45, 59 párrafo primero, 61 31

51 párrafo primero, 65, 66, 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior de este mísmo Poder, esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado emite su dictamen, para lo cual expone los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante oficio SG-DGJG/0512/09, de fecha 4 de febrero de 2009, el Ciudadano Secretario de Gobierno, remitió a esta Soberanía, el oficio número 0034/2009, de esa misma fecha, signado por el Gobernador Constitucional del Estado, por el que solicita autorización para enajenar, a título oneroso, tres parcelas del Ex Ejido El Sumidero de la ciudad de Xalapa, Ver.: la parcela número 29 con superficie de 12, metros cuadrados; la parcela 31 con una superficie de 1, metros cuadrados; y la parcela número 32 con una superficie de 1, metros cuadrados a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollos habitacionales. 2. La Diputación permanente de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el 5 de febrero de 2009, conoció de la solicitud de referencia, misma que, junto con el expediente respectivo, fue turnada con oficio número SG-DP/1er./2 /005/2009 de esa misma fecha, a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, para su estudio y dictamen. Una vez expuestos los antecedentes que al caso corresponden y analizado el expediente relativo, a juicio de los integrantes de esta dictaminadora se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. En términos de la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comisión Permanente, como órgano constituido por el Pleno, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir este proyecto de resolución. II. El extinto Fideicomiso Público de Administración, Traslativo de Dominio y Fuente de Pago para la Adquisición y Habilitación de Reservas Territoriales (FAHRT), adquirió los derechos que versan sobre el predio denominado El Sumidero en el Municipio de Xalapa, Ver., mismos que fueron transmitidos en su momento al Instituto Veracruzano de Fomento de Desarrollo Regional; ahora dicho Instituto cambió su denominación por Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, Organismo Público del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. III. El Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a través del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, es propietario de tres parcelas del Ex Ejido El Sumidero de la ciudad de Xalapa, Ver., la parcela número 29 con superficie de 12, metros cuadrados; la parcela 31 con una superficie de 1, metros cuadrados; y la parcela número 32 con una superficie de 1, metros cuadrados; lo que acredita con el instrumento público número 17,042 de fecha 27 de febrero de 2008, pasado ante la Fe del Notario Adscrito a la Notaría Pública número 8 de la ciudad de Xalapa, Veracruz, inscrito en la oficina del Registro Público de la Propiedad de la misma ciudad, bajo el número 2,168, sección primera, de fecha 1 de marzo del IV. Mediante oficio número G.G./0098/09 de fecha 22 de enero del presente año, el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda solicitó al Ejecutivo del Estado de Veracruz enajenar las tres parcelas a título oneroso, a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollos habitacionales. V. En materia de desarrollo urbano y regional, el Plan Veracruzano de Desarrollo establece como uno de los principales objetivos del Gobierno del Estado, realizar acciones encaminadas a superar la pobreza y marginación, promoviendo la construcción de vivienda e incrementando los espacios urbanizados para su construcción como herramienta de desarrollo social. VI. Se anexan avalúos practicados por la Dirección de Catastro, Geografía y Valuación de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Estado, con los números: FEB-040/2009, parcela 29 con un valor de $1,507, (un millón quinientos siete mil doscientos veintinueve pesos 00/100 M.N.); FEB- 041/2009, parcela 31 con un valor de $260, (doscientos sesenta mil quinientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.); FEB-039/2009, parcela 32 con un valor de $340, (trescientos cuarenta mil seiscientos veintisiete pesos 00/100 M.N.). 32

52 Por lo antes expuesto, esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado somete a su consideración el presente: DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO Primero.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar, a título oneroso, tres parcelas de propiedad estatal del Ex Ejido El Sumidero de la ciudad de Xalapa, Ver.: la parcela número 29 con superficie de 12, metros cuadrados, lindando: al Noreste, en metros en línea quebrada con parcela 24; en metros en línea quebrada con parcela 30; al Sureste, en metros en línea quebrada con parcela 34; al Suroeste, en metros en línea quebrada con parcela 33; y al Noroeste, en metros con parcela 28; la parcela 31 con una superficie de 1, metros cuadrados, lindando: al Noreste, en metros con parcela 32; al Sureste, en metros con terracería a Xalapa; al Suroeste, en metros con parcela 30; y al Noroeste, en metros con parcela 24; en metros con parcela 22; y la parcela número 32 con una superficie de 1, metros cuadrados, lindando: al Noreste, en metros con parcela 23; al Sureste, en metros con terracería a Xalapa; al Suroeste, en metros con parcela 31; y al Noroeste, en metros con parcela 22; dicha enajenación deberá ser de acuerdo a los avalúos practicados por la Dirección de Catastro, Geografía y Valuación de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado, a favor del desarrollador o desarrolladores de vivienda que oferten al Estado la mejor calidad, condición y garantía de desarrollos habitacionales. Segundo.- Comuníquese el presente acuerdo al Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado, Licenciado Fidel Herrera Beltrán, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los dos días del mes de marzo del año Comisión Permanente de Hacienda del Estado Dip. Erick Alejandro Lagos Hernández Presidente Dip. Fredy Ayala González Secretario Dip. Mario González Figueroa Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome en nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo que sólo ha solicitado hacer uso de la voz la diputada María de los Ángeles Sahagún. Es cuanto, diputado presidente. A favor del dictamen tiene el uso de la palabra la diputada María de los Ángeles Sahagún Morales. - LA C. DIP. MARÍA DE LOS ÁNGELES SAHAGÚN MORALES: Con el permiso de la Mesa. El voto que nosotros hoy emitiremos es a favor. Solamente quisiera yo solicitar una moción aclaratoria para conocer el avalúo acerca de este dictamen, de esta valuación que hace la Secretaría de Finanzas porque tengo algunas dudas. Solamente en algún costo del metro cuadrado que se está determinando para esta enajenación para poder emitir, ahora sí, que pues, un voto con el conocimiento, debido a que no tenemos a ninguno de nuestros diputados que pertenezcan a esta comisión. Entonces, solamente esa solicitud, una moción aclaratoria, conocer y para que pueda yo emitir mi voto de una manera responsable. Es mi solicitud. Bueno, escuchada la petición. Escuchada la petición, tiene el uso de la palabra el diputado Mario González Figueroa para dar respuesta a la misma. - EL C. DIP. MARIO GONZÁLEZ FIGUEROA: Bien, por la comisión. 33

53 Mire, en cuanto a la petición hecha por la compañera, le comento que en términos de lo previsto por la ley, los avalúos los hace la Dirección de Catastro y esto obedece, por supuesto, a los lineamientos que prevé la ley al respecto. Los avalúos que aquí se comentan, creo que los costos están estipulados ahí en el dictamen que se emitió. Ella es la competente para determinar los costos. Esto, insisto, obedece a los lineamientos que para tal efecto se prevé en la ley. No se si hay algo más qué aclarar. Es la forma en que se hacen estos avalúos. Gracias, diputado. Sí, diputado. Tiene el uso de la palabra. - LA C. DIP. MARÍA DE LOS ÁNGELES SAHAGÚN MORALES: Sí, diputado. Me queda claro. Lo vi en el dictamen, pero tengo el derecho de poder observar, en lo que estoy pidiendo, que se me muestre el avalúo, simplemente para conocerlo. Es lo que se solicita. Gracias. Pregunto al diputado Mario si tiene la opción y la oportunidad de demostrar el avalúo correspondiente. - CONTINÚA EL C. DIP. MARIO GONZÁLEZ FIGUEROA: Sí, por supuesto ahí ésta y está a la discusión de todos los diputados. Ahí se encuentra. Gracias, diputado, es usted muy amable. Consulto a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado. (La asamblea asiente) Pregunto si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobado. DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ A ENAJENAR A TÍTULO GRATUITO UNA SUPERFICIE DE MIL METROS CUADRADOS DE PROPIEDAD ESTATAL, UBICADA ENTRE LA CARRETERA A COATEPEC VÍA LAS TRANCAS Y BULEVAR CULTURAS VERACRUZANAS, EN EL MUNICIPIO DE XALAPA, A FAVOR DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA MÚSICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA, SECCIÓN 108. Conforme al orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar a título gratuito una superficie de mil metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec vía Las Trancas y bulevar Culturas Veracruzanas, en el municipio de Xalapa, a favor del Sindicato de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, sección 108, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones, remitido por la Comisión Permanente de Hacienda del Estado y en virtud de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO Diputación Permanente: A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanente de Hacienda del Estado de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, nos fue turnada para su estudio y dictamen, la solicitud del Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para enajenar a título gratuito una superficie de 1, metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y Boulevard Culturas Veracruzanas en el Municipio de Xalapa, Ver., a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, sección 108 con residencia en la ciudad de Xalapa, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones. 34

54 En vista de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción XXXI y 38 de la Constitución Política del Estado; 18 fracción XXXI, 38, 39 fracción XV y 47 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 43, 45, 59 párrafo primero, 61 párrafo primero, 65, 66, 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior de este mismo Poder, esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado emite su dictamen, para lo cual expone los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante oficio número SG-DGJG/5526/08 de fecha 23 de octubre de 2008, el Ciudadano Secretario de Gobierno remitió a esta Soberanía el oficio número 262/2008 de fecha 15 de agosto de 2008, en el cual el Titular del Poder Ejecutivo del Estado solicita autorización para llevar a cabo la enajenación a título gratuito de una superficie de 1, metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y Boulevard Culturas Veracruzanas en el Municipio de Xalapa, Ver., a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, sección 108 con residencia en la ciudad de Xalapa, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones. 2. La Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, acordó turnar la solicitud mencionada a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, mediante oficio número SG-DP/2do./1er/327/2008, de fecha 29 de octubre del Una vez expuestos los antecedentes del caso y analizado el expediente respectivo, a juicio de los integrantes de esta dictaminadora se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. En términos de la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comisión Permanente, como órgano constituido por el Pleno, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir este proyecto de resolución. II. El Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave es propietario de una fracción de terreno de 1, metros cuadrados, deducida de una superficie de hectáreas de la Reserva Territorial del municipio de Xalapa, Ver., ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y Boulevard Culturas Veracruzanas, cuya propiedad se acredita con el Decreto Presidencial de fecha 3 de mayo de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación número 5, de fecha 8 de mayo del mismo año, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la misma ciudad, bajo el número 6,283 el 11 de septiembre de III. Mediante escrito de fecha 28 de marzo del 2008, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, sección 108 con residencia en la ciudad de Xalapa por conducto de su Comité Ejecutivo Seccional, solicitó al Titular del Poder Ejecutivo la enajenación a título gratuito de un terreno que permita la construcción del edificio sindical que albergue a los trabajadores de la música y con ello se otorgue una digna y adecuada atención a sus agremiados, así como la construcción de un centro de espectáculos que propicie el sano esparcimiento que promueva los valores culturales y el talento veracruzano. IV. Al no ser una enajenación a título oneroso, no es necesario contar con el avalúo respectivo, ya que cualquier valor que se establezca previa autorización dentro del instrumento público, será tomado únicamente como valor referencial, ya que el carácter de la enajenación en este caso, es a título gratuito. V. El Plan Veracruzano de Desarrollo establece en materia de desarrollo regional y urbano, su propósito de fortalecer el crecimiento dotando de infraestructura básica, así como brindar certeza jurídica en la tenencia del suelo urbano, por lo que se estima conveniente enajenar a título gratuito el inmueble que nos ocupa a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana para que lo destine a la construcción de sus instalaciones. Por lo antes expuesto, ésta Comisión Permanente de Hacienda del Estado somete a su consideración el presente: DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO Primero.- Se autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a enajenar a título gratuito una superficie de 1, metros cuadrados de propiedad estatal, ubicada entre la carretera a Coatepec, vía Las Trancas y Boulevard 35

55 Culturas Veracruzanas en el Municipio de Xalapa, Ver., a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana sección 108 con residencia en la ciudad de Xalapa, para que lo destine a la construcción de sus instalaciones. Segundo.- Comuníquese el presente acuerdo al Ciudadano Gobernador del Estado, Licenciado Fidel Herrera Beltrán, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los nueve días del mes de marzo del año Comisión Permanente de Hacienda del Estado Dip. Erick Alejandro Lagos Hernández Presidente Dip. Fredy Ayala González Secretario Dip. Mario González Figueroa Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado el uso de la voz. En razón de que ningún diputado ha solicitado el uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE VEGA DE ALATORRE A CELEBRAR CON EL INSTITUTO VERACRUZANO DE DESARROLLO URBANO, REGIONAL Y VIVIENDA, CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL MUNICIPIO EN LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE VEGA DE ALATORRE En el desahogo del siguiente punto del orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Vega de Alatorre a celebrar con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, convenio de colaboración para determinar la participación técnica y económica del municipio en la realización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre, emitido por la Comisión Permanente de Desarrollo Regional y dado que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO REGIONAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el día diecinueve de noviembre de dos mil ocho, se turnó a la Comisión Permanente de Desarrollo Regional, para su estudio y análisis, con el expediente del caso, la solicitud de autorización, formulada por el Honorable Ayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave, para suscribir convenio con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda con el objeto de llevar a cabo el estudio denominado Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre. En tal virtud, y con fundamento en lo previsto en los artículos 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 35, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XXVII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y 59, 61, 62 y 65, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Per- 36

56 manente de Desarrollo Regional presenta su dictamen con base en los siguientes ANTECEDENTES 1. En sesión celebrada el día diecinueve de noviembre de dos mil ocho, la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado conoció la solicitud de autorización, formulada por el Honorable Ayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave, para suscribir Convenio con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda con la idea de llevar a cabo el estudio denominado Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre. 2. Mediante oficio SG-SO/1er./2do./092/2008, se turnó la solicitud de referencia, para su estudio, análisis y dictamen, a la Comisión Permanente de Desarrollo Regional. 3. Revisado el expediente turnado, se constata que en el mismo se encuentran: A. Copia certificada del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha seis de agosto de dos mil ocho, en la que los ediles del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Vega de Alatorre acuerdan, por unanimidad, la ejecución del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre. B. Copia del proyecto de Convenio de colaboración para determinar la participación técnica y económica del Municipio de Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave, en la ejecución del estudio denominado Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre que celebran, por una parte, el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda, representadas por su Gerente General, arquitecto Manuel Barclay Galindo, asistido por el Gerente de Planeación y Ordenamiento del Territorio, arquitecto Ángel Luis Hernández Jiménez y, por la otra parte, el Honorable Ayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz, representado por los CC. Biol. Román Benedicto Bastida Huesca y MVZ. Ricardo Vázquez López, Presidente Municipal y Síndico, respectivamente, en el que se especifican el objeto y vigencia del convenio, los montos de participación, los derechos y las obligaciones de las partes. En consecuencia, esta Comisión Permanente formula las siguientes CONSIDERACIONES I. De conformidad con el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Poder, esta Comisión Permanente de Desarrollo Regional es competente para conocer del presente asunto. II. La solicitud tiene por objeto obtener la autorización de este Honorable Congreso para que el Ayuntamiento de Vega de Alatorre, suscriba un convenio de colaboración con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda con el objeto de regular la participación técnica y económica para la elaboración del estudio denominado: Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre. En la cláusula segunda del convenio, se establece: Las partes se comprometen a cubrir el costo total del estudio, estimado en $350, (trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) ( ) en la siguientes proporciones: Gobierno del Estado (Recursos propios del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda $245, (Doscientos cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.); municipio de Vega de Alatorre $105, (Ciento cinco mil pesos 00/100 M.N.). III. Esta Comisión Permanente dictaminadora considera que es conveniente la firma del convenio, pues la ejecución del estudio será útil para contribuir al desarrollo urbano ordenado del municipio y, además, será un adecuado instrumento para realizar otros proyectos que beneficien directamente a los habitantes de Vega de Alatorre. IV. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, conforme al acuerdo tomado por la LXI Legislatura, y evaluada la documentación que se anexó a la petición, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Vega de Alatorre, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el Convenio cuyo proyecto se encuentra en el expediente respectivo. Por lo expuesto, la Comisión Permanente de Desarrollo Regional considerando las constancias que se han 37

57 enumerado, estima procedente conceder la autorización solicitada y, en consecuencia, para los efectos del artículo 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política Local, somete a consideración de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave, a celebrar con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda, Convenio de colaboración para determinar la participación técnica y económica del municipio en la realización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Vega de Alatorre, correspondiendo al ayuntamiento citado aportar la cantidad de $105, (ciento cinco mil pesos 00/100 M.N.). Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al Presidente Municipal Constitucional de Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave y al titular del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, En la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días del mes de febrero de dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo Regional Dip. Celestino Rivera Hernández Presidente Dip. Balfren González Montalvo Secretario Dip. Claudia Nayeli Mata Olivares Vocal * * * Se pone a la consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE VERACRUZ A CELEBRAR CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS, CON LA FINALIDAD DE CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS PARA DAR SEGUIMIENTO A LAS ACTIVIDADES DE VIGILANCIA, RESTAURACIÓN, MONITOREO AMBIENTAL, CAPACITACIÓN, DIFUSIÓN Y CULTURA PARA LA CONSERVACIÓN, Y ADMINISTRACIÓN DEL PARQUE NACIONAL SISTEMA ARRECIFAL VERACRUZANO Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz a celebrar convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de vigilancia, restauración, monitoreo ambiental, monitoreo ambiental, capacitación, difusión y cultura para la conservación, que apoyen la protección, manejo, conservación, cultura y administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, emitido por la Comisión Permanente de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Aguas y toda vez de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y AGUAS Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Medio Ambiente Recursos Naturales y Aguas de la Sexagésima Primera 38

58 Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, le fue turnado el oficio SG-DP/2do./1er./118/2008, de fecha 4 de Septiembre del 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud con el expediente del caso, formulada por el Municipio de VERACRUZ, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33 fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política local; 35, fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de resolver sobre su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio de fecha 12 de Agosto del 2008, signado por el Presidente Municipal de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que solicita autorización de ésta Soberanía para suscribir Convenio de colaboración con Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de Vigilancia, Restauración, Monitoreo Ambiental, Capacitación, Difusión y Cultura para la Conservación, Cultura y Administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. 2. Se encuentra en el expediente certificación del secretario del Ayuntamiento del acuerdo derivado del acta de Cabildo de sesión ordinaria, celebrada el 6 de Agosto de 2008, en la que aprueban que el Ayuntamiento de Veracruz, suscriba convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Á- reas Naturales Protegidas, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de Vigilancia, restauración, monitoreo ambiental, capacitación, difusión y cultura para la conservación, que apoyen a la protección, manejo, conservación, cultura y administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. 3. Existe en el expediente copia del proyecto de convenio de colaboración descrito en los numerales 1 y 2 que anteceden, que celebrarían, por una parte, el Ayuntamiento de Veracruz, por conducto del C. Dr. Jon Gurutz Rementería Sempe y la C. Rosa María Jácome Hernández, Presidente Municipal y Síndico respectivamente, y por la CONANP representado por el C. Juan Carlos Romero Gil y la C. Elvira Carvajal Hinojosa, Director Regional Planicie Costera y Golfo de México y Directora del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, respectivamente, donde se especifican los beneficios del convenio. En tal virtud y, sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Según lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de Veracruz y la Ley Orgánica del Municipio Libre, esta soberanía tiene la potestad de aprobar convenios entre los municipios y entidades publicas; y II. Considerando que la colaboración administrativa entre la Federación y los municipios tiene el propósito de impulsar acciones en beneficio del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, con el objeto de que éstos alcancen el equilibrio financiero que les permita afrontar los diversos compromisos a cargo del erario municipal. III. Por lo que una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Ayuntamiento de Veracruz, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el presente convenio. IV. Que se desprende del presente convenio, que la naturaleza del mismo es de utilidad pública. En virtud de lo anterior, ésta Comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, a celebrar convenio de colaboración con la CONANP, con la finalidad de conjuntar acciones y recursos para dar seguimiento a las actividades de vigilancia, restauración, monitoreo ambiental, capacitación, difusión y cultura para la conservación, que apoyen la protec- 39

59 ción, manejo, conservación, cultura y administración del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento Constitucional de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Director Regional Planicie Costera y Golfo de México y Directora del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, para su conocimiento y efectos legales. Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado en la ciudad de Xalapa, Enríquez, Veracruz, a los 30 días del mes de enero de Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas Dip. Marco Antonio Núñez López Presidente Dip. Saul Enriquez Hernández Secretario Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Dado que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantado la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE ACATLÁN, ATZALAN, MALTRATA Y XICO A SUSCRIBIR ANEXO DE EJECUCIÓN MUNICIPALIZADO DEL PROGRAMA PARA LA ADQUISICIÓN DE ACTIVOS PRODUCTIVOS 2008, CON EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO Conforme a la orden del día, toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerd por los que se autoriza a los ayuntamientos de Acatlán, Atzalan, Maltrata y Xico a suscribir anexo de ejecución municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado, emitidos por la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación y en virtud de que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo, Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, nos fue turnado por determinación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Primera Legislatura del H. Congreso del Estado, mediante oficio número SG- SO/1er./2do./277/2009, para su estudio y dictamen, el expediente mediante el cual el H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Rural y Pesca. En razón de lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracciones I y XVI inciso g), 35 fracción y 38 de la Constitución Política del Estado; 40

60 18 fracciones I y XVI inciso g), 38, 39 fracción VI, 47, 48 fracción I y 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre y; 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; procedimos a analizar la solicitud de referencia con el fin de dictaminar su procedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante oficio número 134/2008, de fecha 22 de diciembre de 2008, el Presidente del H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicitó a este Honorable Congreso del Estado autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. 2. Que a dicha petición se adjunto el Acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 07 de mayo de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 3. Asimismo, obra agregado el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Acatlán, Veracruz, documento sometido a aprobación de esta LXI Legislatura Local. Por lo anterior y sobre las bases de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para analizar y en su caso realizar el dictamen correspondiente, así como la aprobación de referencia de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 fracción XVI, inciso g, 38 y 39 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. II. Que de conformidad con los artículos 35 fracción XXIV y artículo 103 fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz, está facultado para celebrar convenios, previa autorización de este Honorable Congreso del Estado o en sus recesos por la Diputación Permanente; con el Estado o la Federación, a fin de proporcionar un beneficio a los habitantes del municipio peticionario. III. Que de acuerdo a la documentación requerida para dar trámite a la autorización del convenio de referencia, se anexo el Acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 07 de mayo de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Acatlán, Veracruz. IV. Que en el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 en su punto IV del apartado de Antecedentes, se desprende que su objetivo general es impulsar la participación creciente y autogestiva, principalmente de los productores de bajos ingresos y sus organizaciones, para el establecimiento de los agronegocios en el medio rural, encaminados a obtener beneficios de impacto social, económico y ambiental, y el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, tanto para incrementar el ingreso de los productores y elevar su calidad de vida, como para diversificar las fuentes de empleo y fomentar el arraigo en el campo. V. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del mismo, el Ayuntamiento peticionario, no destinará recursos complementarios, la aportación federal será de un monto equivalente a los 41

61 $195, (Ciento Noventa y Cinco Mil Quince Pesos 00/100 M.N.) y la aportación Estatal será por un monto $44, (Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Ochenta y Cinco Pesos 00/100 M.N.), conforme a la normatividad previamente establecida para su ejercicio. VI. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del presente, el Comité Técnico del PROGRAMA en el Estado a través del Fideicomiso Veracruzano para el Fomento Agropecuario, aportará la cantidad de $239, (Doscientos Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Pesos 00/100 M.N.), provenientes de los recursos convenidos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca, responsables por parte del Gobierno del Estado y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el marco de la ejecución del PROGRAMA, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se autoriza al H. Ayuntamiento de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, representado por el Presidente Municipal, a suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal de Acatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA LXI LEGIS- LATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación Dip. Carlos Nolasco Vázquez Presidente Dip. Claudia Nayeli Mata Olivares Secretario Dip. Renato Tronco Gómez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo, Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, nos fue turnado por determinación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Primera Legislatura del H. Congreso del Estado, mediante oficio número SG- SO/1er./2do./277/2009, para su estudio y dictamen, el expediente mediante el cual el H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Rural y Pesca. En razón de lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracciones I y XVI inciso g), 35 fracción y 38 de la Constitución Política del Estado; 18 fracciones I y XVI inciso g), 38, 39 fracción VI, 47, 48 fracción I y 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre y; 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; procedimos a analizar la solicitud de referencia con el fin de dictaminar su procedencia, bajo los siguientes: 42

62 ANTECEDENTES 1. Mediante oficio número 2272, de fecha 04 de diciembre de 2008, el Presidente del H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicitó a este Honorable Congreso del Estado autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. 2. Que a dicha petición se adjunto el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 04 de noviembre de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la propuesta del C. Presidente Municipal, para solicitar autorización al Honorable Congreso para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 3. Asimismo, obra agregado el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Atzalan, Veracruz, documento sometido a aprobación de esta LXI Legislatura Local. Por lo anterior y sobre las bases de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para analizar y en su caso realizar el dictamen correspondiente, así como la aprobación de referencia de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 fracción XVI, inciso g, 38 y 39 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. II. Que de conformidad con los artículos 35 fracción XXIV y artículo 103 fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz, está facultado para celebrar convenios, previa autorización de este Honorable Congreso del Estado o en sus recesos por la Diputación Permanente; con el Estado o la Federación, a fin de proporcionar un beneficio a los habitantes del municipio peticionario. III. Que de acuerdo a la documentación requerida para dar trámite a la autorización del convenio de referencia, se anexo el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 04 de noviembre de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la propuesta del C. Presidente Municipal, para solicitar autorización al Honorable Congreso para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Atzalan, Veracruz. IV. Que en el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 en su punto IV del apartado de Antecedentes, se desprende que su objetivo general es impulsar la participación creciente y autogestiva, principalmente de los productores de bajos ingresos y sus organizaciones, para el establecimiento de los agronegocios en el medio rural, encaminados a obtener beneficios de impacto social, económico y ambiental, y el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, tanto para incrementar el ingreso de los productores y elevar su calidad de vida, como para diversificar las fuentes de empleo y fomentar el arraigo en el campo. V. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del mismo, el Ayuntamiento peticionario, destinará recursos complementarios por la cantidad de $1,390, (Un Millón Trescientos Noventa Mil Pesos 00/100 M.N.), la aportación federal será de un monto equivalente a los $891, (Ochocientos Noventa y Un Mil Doscientos Pesos 00/100 M.N.) y la aportación Estatal será por un 43

63 monto $222, (Doscientos Veintidós Mil Ochocientos Pesos 00/100 M.N.), conforme a la normatividad previamente establecida para su ejercicio. VI. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del presente, el Comité Técnico del PROGRAMA en el Estado a través del Fideicomiso Veracruzano para el Fomento Agropecuario, aportará la cantidad de $1,114, (Un Millón Ciento Catorce Mil Pesos 00/100 M.N.), provenientes de los recursos convenidos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca, responsables por parte del Gobierno del Estado y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el marco de la ejecución del PROGRAMA, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se autoriza al H. Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, representado por el Presidente Municipal, a suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal de Atzalan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA LXI LEGIS- LATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación Dip. Carlos Nolasco Vázquez Presidente Dip. Claudia Nayeli Mata Olivares Secretario Dip. Renato Tronco Gómez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo, Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, nos fue turnado por determinación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Primera Legislatura del H. Congreso del Estado, mediante oficio número SG-SO/1er./2do./277/2009, para su estudio y dictamen, el expediente mediante el cual el H. Ayuntamiento de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Rural y Pesca. En razón de lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracciones I y XVI inciso g), 35 fracción y 38 de la Constitución Política del Estado; 18 fracciones I y XVI inciso g), 38, 39 fracción VI, 47, 48 fracción I y 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre y; 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; procedimos a analizar la solicitud de referencia con el fin de dictaminar su procedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante oficio número 209, de fecha 12 de junio de 2008, el Presidente del H. Ayuntamiento 44

64 de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicitó a este Honorable Congreso del Estado autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. 2. Que a dicha petición se adjunto el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 09 de septiembre de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 3. Asimismo, obra agregado el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Maltrata, Veracruz, documento sometido a aprobación de esta LXI Legislatura Local. Por lo anterior y sobre las bases de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para analizar y en su caso realizar el dictamen correspondiente, así como la aprobación de referencia de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 fracción XVI, inciso g, 38 y 39 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. II. Que de conformidad con los artículos 35 fracción XXIV y artículo 103 fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el H. Ayuntamiento de Maltrata, Veracruz, está facultado para celebrar convenios, previa autorización de este Honorable Congreso del Estado o en sus recesos por la Diputación Permanente; con el Estado o la Federación, a fin de proporcionar un beneficio a los habitantes del municipio peticionario. III. Que de acuerdo a la documentación requerida para dar trámite a la autorización del convenio de referencia, se anexo el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 09 de septiembre de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Maltrata, Veracruz. IV. Que en el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 en su punto IV del apartado de Antecedentes, se desprende que su objetivo general es impulsar la participación creciente y autogestiva, principalmente de los productores de bajos ingresos y sus organizaciones, para el establecimiento de los agronegocios en el medio rural, encaminados a obtener beneficios de impacto social, económico y ambiental, y el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, tanto para incrementar el ingreso de los productores y elevar su calidad de vida, como para diversificar las fuentes de empleo y fomentar el arraigo en el campo. V. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del mismo, el Ayuntamiento peticionario, destinará recursos complementarios por la cantidad de $50, (Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.), la aportación federal será de un monto equivalente a los $293, (Doscientos Noventa y Tres Mil Trescientos Sesenta Pesos 00/100 M.N.) y la aportación Estatal será por un monto $73, (Setenta y Tres Mil Trescientos Cuarenta Pesos 00/100 M.N.), conforme a la normatividad previamente establecida para su ejercicio. VI. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece 45

65 que para la realización de las acciones objeto del presente, el Comité Técnico del PROGRAMA en el Estado a través del Fideicomiso Veracruzano para el Fomento Agropecuario, aportará la cantidad de $366, (Trescientos Sesenta y Seis Mil Setecientos Pesos 00/100 M.N.), provenientes de los recursos convenidos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca, responsables por parte del Gobierno del Estado y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el marco de la ejecución del PROGRAMA, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se autoriza al H. Ayuntamiento de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, representado por el Presidente Municipal, a suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal de Maltrata, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA LXI LEGIS- LATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación Dip. Carlos Nolasco Vázquez Presidente Dip. Claudia Nayeli Mata Olivares Secretario Dip. Renato Tronco Gómez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo, Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, nos fue turnado por determinación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Primera Legislatura del H. Congreso del Estado, mediante oficio número SG- SO/1er./2do./277/2009, para su estudio y dictamen, el expediente mediante el cual el H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Rural y Pesca. En razón de lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracciones I y XVI inciso g), 35 fracción y 38 de la Constitución Política del Estado; 18 fracciones I y XVI inciso g), 38, 39 fracción VI, 47, 48 fracción I y 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre y; 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; procedimos a analizar la solicitud de referencia con el fin de dictaminar su procedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante oficio número T-8/118, de fecha 04 de diciembre de 2008, el Presidente del H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicitó a este Honorable Congreso del Estado autorización para poder suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secre- 46

66 taría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca, y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. 2. Que a dicha petición se adjunto el Acta de la Sesión Ordinaria Número 27 de Cabildo del H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 28 de agosto de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 3. Asimismo, obra agregado el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Xico, Veracruz, documento sometido a aprobación de esta LXI Legislatura Local. Por lo anterior y sobre las bases de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para analizar y en su caso realizar el dictamen correspondiente, así como la aprobación de referencia de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 fracción XVI, inciso g, 38 y 39 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. II. Que de conformidad con los artículos 35 fracción XXIV y artículo 103 fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz, está facultado para celebrar convenios, previa autorización de este Honorable Congreso del Estado o en sus recesos por la Diputación Permanente; con el Estado o la Federación, a fin de proporcionar un beneficio a los habitantes del municipio peticionario. III. Que de acuerdo a la documentación requerida para dar trámite a la autorización del convenio de referencia, se anexo el Acta de la Sesión Ordinaria Número 27 de Cabildo del H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 28 de agosto de 2008, en la que se aprobó por unanimidad la autorización al C. Presidente Municipal, para celebrar Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, que celebra el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y el H. Ayuntamiento Constitucional de Xico, Veracruz. IV. Que en el Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 en su punto IV del apartado de Antecedentes, se desprende que su objetivo general es impulsar la participación creciente y autogestiva, principalmente de los productores de bajos ingresos y sus organizaciones, para el establecimiento de los agronegocios en el medio rural, encaminados a obtener beneficios de impacto social, económico y ambiental, y el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, tanto para incrementar el ingreso de los productores y elevar su calidad de vida, como para diversificar las fuentes de empleo y fomentar el arraigo en el campo. V. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del mismo, el Ayuntamiento peticionario, destinará recursos complementarios por la cantidad de $200, (Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.), la aportación federal será de un monto equivalente a los $311, (Trescientos Once Mil Setecientos Sesenta Pesos 00/100 M.N.) y la aportación Estatal será por un monto $77, (Setenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta Pesos 00/100 M.N.), conforme a la normatividad previamente establecida para su ejercicio. VI. Que de acuerdo al Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008 que se adjunta, se establece que para la realización de las acciones objeto del presente, el Comité Técnico del PROGRAMA en el Estado a través del Fideicomiso Veracruzano para el Fomento Agropecuario, aportará la cantidad de $389, (Trescientos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Pesos 00/100 M.N.), provenientes de los recursos convenidos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el 47

67 Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca, responsables por parte del Gobierno del Estado y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el marco de la ejecución del PROGRAMA, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se autoriza al H. Ayuntamiento de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, representado por el Presidente Municipal, a suscribir Anexo de Ejecución Municipalizado del Programa para la Adquisición de Activos Productivos 2008, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca y el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural y Pesca. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal de Xico, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA LXI LEGIS- LATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación Dip. Carlos Nolasco Vázquez Presidente Dip. Claudia Nayeli Mata Olivares Secretario Dip. Renato Tronco Gómez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota del registro e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobados los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA PROCEDENTE LA RENUNCIA PRESENTADA POR EL CIUDADANO ALEJANDRO CARBALLO HERNÁNDEZ AL CARGO DE SUBAGENTE MUNICIPAL PROPIETARIO DE LA COMUNIDAD DE LIMA NUEVA, MUNICIPIO DE CASTILLO DE TEAYO, Y POR EL QUE SE HACE EL LLAMADO DEL SUPLENTE RESPECTIVO Toca el turno al dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Alejandro Carballo Hernández al cargo de subagente municipal propietario de la comunidad de Lima Nueva, municipio de Castillo de Teayo, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo, emitido por la Comisión Permanente de Gobernación y toda vez que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Honorable Diputación Permanente: A los suscritos Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Prime- 48

68 ra Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, nos fue turnado por acuerdo del Pleno de esta Soberanía, oficio Número SG- SO/1er/2do/340/2009, de fecha 23 de enero de 2009, al que se adjunto el diverso con numero 012/2008, signado por los CC. Martín Rafael Rodríguez González, Antonio Martínez Ramírez, Presidente Municipal y secretarios del H. Ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual remiten la renuncia del C. Alejandro Carballo Hernández, al cargo de Subagente Municipal Propietario, de la Comunidad Lima Nueva, perteneciente al Municipio ya mencionado. En atención a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, Fracción XIII y 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de determinar la procedencia o improcedencia, con base en los siguientes. ANTECEDENTES 1. Que mediante escrito número 012/2008 de fecha 07 de enero de 2008 (sic), los CC. Martín Rafael Rodríguez González, Antonio Martínez Ramírez, Presidente Municipal y secretarios del H. Ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, remitieron las renuncia al cargo de Subagente Municipal Propietario, de la Comunidad Lima Nueva, Municipio de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave; del C. Alejandro Carballo Hernández. 2. Que mediante oficio número SG- SO/1er/2do/340/2009 de fecha 23 de Enero del año en curso, el Pleno de este H. Congreso, turnó a la Comisión que hoy dictamina dichos antecedentes; Considerando lo expuesto, se formulan las siguientes. CONSIDERACIONES I. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 38 y 39, Fracción XIV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Gobernación, como Órgano constituido por el Pleno del Congreso, es competente para emitir esta resolución; II. Que según lo dispone el artículo 172, fracción III, párrafo quinto, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, En caso de renuncia, licencia, faltas temporales o definitivas de los Agente y Subagentes se estará en lo conducente a lo dispuesto por esta ley para el caso de los Ediles. ; III. Que en virtud de dicha remisión expresa, resulta aplicable lo establecido en el artículo 22, párrafo segundo, del ordenamiento citado, el cual expresa que el desempeño de los cargos de Presidente Municipal, Síndico y Regidor; serán obligatorios; IV. Que así mismo, el propio artículo en su párrafo tercero, expresa que sólo podrá operar como hipótesis de separación de los cargos referidos en el punto inmediato anterior, la renuncia o la actualización de alguna de las causas graves que establece dicho ordenamiento y las demás leyes del Estado, casos que deberán ser calificados por el Congreso; V. Que según lo dispuesto por el artículo 24 del ordenamiento en cita, en las faltas definitivas de los ediles propietarios, serán llamados los suplentes; VI. Considerando lo expuesto y fundado en los puntos precedentes, así como la documentación que obra en el expediente, se concluye que es procedente la renuncia presentada por el C Alejandro Carballo Hernández, al cargo de Subagente Municipal Propietario, de la Comunidad de Lima Nueva, Municipio de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave; En tal virtud, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno, el siguiente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se declara procedente la renuncia presentada por el C. Alejandro Carballo Hernández, al cargo de Subagente Municipal Propietario, de la Comunidad de Lima Nueva, Municipio de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave; Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al H. Ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que haga el llamado del suplente y se observen los efectos legales procedentes. 49

69 Tercero.- Publíquese este Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Gobernación Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Presidente Dip. Cecilio Viveros Huesca Secretario Dip. Federico Salomón Molina Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Dado que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA PROCEDENTE LA RENUNCIA PRESENTADA POR EL CIUDADANO ANTONIO RICARDO CONTRERAS LÓPEZ AL CARGO DE AGENTE MUNICIPAL PROPIETARIO DE LA COMUNIDAD DE TIGRILLOS, MUNICIPIO DE APAZAPAN, Y POR EL QUE SE HACE EL LLAMADO DEL SUPLENTE RESPECTIVO Proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente la renuncia presentada por el ciudadano Antonio Ricardo Contreras López al cargo de agente municipal propietario de la comunidad de Tigrillos, municipio de Apazapan, y por el que se hace el llamado del suplente respectivo, emitido por la Comisión Permanente de Gobernación y en razón de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Honorable Diputación Permanente: A los suscritos Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, nos fue turnado por acuerdo del Pleno de esta Soberanía, oficio Número SG- SO/1er/2do/323/2009, de fechas 20 de enero de 2009, al que se adjunto el diverso sin número, de fecha 15 de enero del año en curso, signado por el C. Antonio Ricardo Contreras López, mediante el cual remiten su renuncia al cargo de Agente Municipal, de la Comunidad Tigrillos, perteneciente al Municipio de Apazapan, Veracruz de Ignacio de la Llave. En atención a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, Fracción XIII y 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de determinar la procedencia o improcedencia, con base en los siguientes. ANTECEDENTES 1. Que mediante escrito sin número, de fecha 15 de enero del año en curso, signado por el C. Antonio Ricardo Contreras López, mediante el cual remiten su renuncia al cargo de Agente Municipal, de la Comunidad Tigrillos, perteneciente al Municipio de Apazapan, Veracruz de Ignacio de la Llave. 50

70 2. Que mediante oficio número SG- SO/1er/2do/323/2009 de fecha 20 de enero del año en curso, el Pleno de este H. Congreso, turnó a la Comisión que hoy dictamina dichos antecedentes; Considerando lo expuesto, se formulan las siguientes. CONSIDERACIONES I. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 38 y 39, Fracción XIV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Gobernación, como Órgano constituido por el Pleno del Congreso, es competente para emitir esta resolución; II. Que según lo dispone el artículo 172, fracción III, párrafo quinto, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, En caso de renuncia, licencia, faltas temporales o definitivas de los Agente y Subagentes se estará en lo conducente a lo dispuesto por esta ley para el caso de los Ediles. ; III. Que en virtud de dicha remisión expresa, resulta aplicable lo establecido en el artículo 22, párrafo segundo, del ordenamiento citado, el cual expresa que el desempeño de los cargos de Presidente Municipal, Síndico y Regidor; serán obligatorios; IV. Que así mismo, el propio artículo en su párrafo tercero, expresa que sólo podrá operar como hipótesis de separación de los cargos referidos en el punto inmediato anterior, la renuncia o la actualización de alguna de las causas graves que establece dicho ordenamiento y las demás leyes del Estado, casos que deberán ser calificados por el Congreso; V. Que según lo dispuesto por el artículo 24 del ordenamiento en cita, en las faltas definitivas de los ediles propietarios, serán llamados los suplentes; VI. Considerando lo expuesto y fundado en los puntos precedentes, así como la documentación que obra en el expediente, se concluye que es procedente la renuncia presentada por el C Antonio Ricardo Contreras López, al cargo de Subagente Municipal Propietario, de la Comunidad de Tigrillos, Municipio de Apazapan, Veracruz de Ignacio de la Llave; En tal virtud, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno, el siguiente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se declara procedente la renuncia presentada por el C. Antonio Ricardo Contreras López, al cargo de Agente Municipal Propietario, de la Comunidad de Tigrillos, Municipio de Apazapan, Veracruz de Ignacio de la Llave; Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al H. Ayuntamiento de Apazapan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que haga el llamado del suplente y se observen los efectos legales procedentes. Tercero.- Publíquese este Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Gobernación Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Presidente Dip. Cecilio Viveros Huesca Secretario Dip. Federico Salomón Molina Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, le informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Toda vez que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el 51

71 dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA PROCEDENTE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE, LA SOLICITUD FORMULADA PARA QUE A LA COMUNIDAD DE ATOSKAK, MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, SE LE OTORGUE LA CATEGORÍA POBLACIONAL DE RANCHERÍA Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se declara procedente de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica del Municipio Libre, la solicitud formulada para que a la comunidad de Atoskak, municipio de Benito Juárez, se le otorgue la categoría poblacional de ranchería, emitido por la Comisión Permanente de Gobernación y en virtud de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Honorable Diputación Permanente: A los suscritos Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, nos fue turnado por acuerdo del Pleno de esta Soberanía, oficio No. SG- DP/2do/1er/272/2008, de fecha 1 de octubre de 2008, el cual contiene anexo el oficio sin número de fecha 8 de septiembre del año 2008, signado por los CC. Abel Hernández Hernández, José Hernández Catarina, Carlos Hernández Juana, Vicencio Ramírez Hernández y demás habitantes de la comunidad de Atoskak, perteneciente al Municipio de Benito Juárez, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que la mencionada localidad se le otorgue categoría poblacional para que cuente con una Subagencia Municipal. En atención a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 39, Fracción XIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 10, fracción IV; 11 fracción IV y 12 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 64, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de determinar la procedencia o improcedencia, con base en los siguientes. ANTECEDENTES 1. Que mediante escrito sin número, de fecha 8 de septiembre del año 2008, signado por los CC. Abel Hernández Hernández, José Hernández Catarina, Carlos Hernández Juana, Vicencio Ramírez Hernández y demás habitantes de la comunidad de Atoskak, perteneciente al Municipio de Benito Juárez, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicitan la creación de una Subagencia Municipal en la comunidad del mismo nombre; 2. Que mediante oficio con numero 1750/BJ/2008, de fecha 28 de noviembre del 2008, los CC. Lic. Julio Cesar López Castillo, Bernabé Hernández Hernández, Profr. Gustavo Jardines Segura y Catalina Martínez Hernández, Presidente municipal, Sindico Único, Regidor Primero y segundo respectivamente del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, Veracruz de Ignacio de la Llave, manifiestan que no hay inconveniente de parte del Ayuntamiento relativo a la solicitud descrita en el antecedente Que mediante oficio con número SG- DP/2do/1er/272/2008, de fecha de 1 de octubre de 2008, la Sexagésima Primera Legislatura del H. Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, acordó turnar a la Comisión Permanente de Gobernación de esta Sexagésima Primera Legislatura, el expediente en estudio; Considerando lo anterior, se formulan las siguientes. CONSIDERACIONES I. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 38 y 39, Fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como los diversos 59, 61, 62, 64, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, así como 12 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, esta Comisión Permanente de Gobernación, como Órgano constituido por el Pleno del Congreso, es competente para emitir esta resolución; 52

72 II. Que en virtud de lo anterior, resulta procedente la solicitud formulada, ya que se actualizan los extremos del artículo 11 del ordenamiento en cita, que señala que los centros de población de los municipios, conforme al grado de concentración demográfica que señale el último Censo General de Población y Vivienda de los Estados Unidos Mexicanos, así como por su importancia y servicios públicos, podrán obtener una categoría poblacional o cambiar la ya asignada. En tal virtud, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno, el siguiente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Se declara procedente, de acuerdo a lo establecido por los artículos 10, fracción IV, 11, fracción IV, y 12 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, la solicitud formulada para que a la Comunidad de Atoskak, Municipio de Benito Juárez, Veracruz de Ignacio de la Llave, se le otorgue la categoría poblacional de Ranchería. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al H. Ayuntamiento de Benito Juárez, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes Tercero.- Publíquese este Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS ONCE DÍAS, DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Gobernación Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Presidente Dip. Cecilio Viveros Huesca Secretario Dip. Federico Salomón Molina Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, le informo que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE TLAPACOYAN, HUATUSCO Y TEOCELO A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, FRACCIONES DE TERRENO DE PROPIEDAD MUNICIPAL A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON DESTINO A LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ Y DE SALUD. Conforme a la orden del día, toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Tlapacoyan, Huatusco y Teocelo a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de propiedad municipal a favor del gobierno del Estado, con destino a las secretarías de Educación de Veracruz y de Salud, de la Universidad Politécnica de Huatusco, del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Sección 056 D-1-74, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y dado que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) 53

73 COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2o./018/2009, de fecha 16 de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen el oficio número 1735 de fecha 9 de diciembre del año 2008, signado por el C. LIC. ENRIQUE LOPEZ DE LEÓN Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., mediante el cual remite Acta de Sesión Extraordinaria Cabildo de fecha 27 de noviembre del año 2008, en la cual aprueban formalizar la donación condicional en su caso revocable, de un terreno con superficie de 2, m2., ubicado en el Camino Real de Platanozapan a Tlapacoyan, de la Congregación Eytepéquez, a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Educación de Veracruz, para la construcción del Telebachillerato de esa localidad con Clave 30ETH0921Z. Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil ocho, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para uso de la Institución Educativa mencionada. El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante fotocopia certificada de la Escritura Pública Número once mil cincuenta de fecha treinta de septiembre del año dos mil ocho, elaborada por el C. Lic. Luís Cruz García, Titular de la Notaría Pública número 3, de la Décima Demarcación Notarial de Tlapacoyan, Ver., debidamente inscrita en forma definitiva bajo el No del 15 de octubre del 2008, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Así como el oficio sin número de fecha 14 de noviembre del año 2008, signado por el C. Arq. Sergio Martínez Cruz, Encargado de la Oficina Municipal de Catastro del H. Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., mediante el cual manifiesta que el inmueble a donar corresponde al orden del dominio privado. Así mismo el oficio número 1702 de fecha 1 de diciembre del año 2008, signado por el C. Lic. Enrique López de León, Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., en el cual acredita que el inmueble a donar no se encuentra destinado para servicio público alguno. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio del Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el reglamento para el gobierno interior del poder legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE TLAPACOYAN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, LA DONACIÓN CONDICIONAL EN SU CASO REVO- CABLE, DE UN TERRENO CON SUPERFICIE DE 2, M2., UBICADO EN EL CAMINO REAL DE PLATANOZAPAN A TLAPACOYAN, DE LA CONGRE- GACIÓN EYTEPÉQUEZ, A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ, PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL TELEBA- CHILLERATO DE ESA LOCALIDAD, CON CLAVE 30ETH0921Z. SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTES SEÑALADA, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTA- BLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 54

74 TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAPACOYAN, VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y A LA SECRETA- RÍA DE EDUCACION DE VERACRUZ. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN EL SALÓN DE COMISIONES DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORA- BLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; A LOS 16 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2o./018/2009, de fecha 16 de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen el oficio número 1757 de fecha 18 de diciembre del año 2008, signado por el C. LIC. ENRIQUE LÓPEZ DE LEÓN Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., mediante el cual remite Acta de Sesión Extraordinaria Cabildo de fecha 15 de diciembre del año 2008, en la cual aprueban formalizar la donación condicional en su caso revocable, de un terreno con superficie de Has., ubicado en el camino vecinal s/n, de la Congregación Hidalgo de ese lugar, a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Educación de Veracruz, para uso de la Escuela Telesecundaria, con Clave 30DTV1755T. Corre agregado en el expediente, original del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo s/n de fecha quince de diciembre del año dos mil ocho, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para uso de la Institución Educativa mencionada. El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante fotocopia de la Escritura Pública Número once mil ciento cincuenta y dos de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil ocho, elaborada por el C. Lic. Luis Cruz García, Titular de la Notaría Pública número 3, de la Demarcación Notarial de Tlapacoyan, Ver., debidamente inscrita en forma definitiva bajo el No del 9 de diciembre del 2008, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Así como el oficio sin número de fecha 17 de diciembre del año 2008, signado por el C. Arq. Sergio Martínez Cruz, Encargado de la Oficina Municipal de Catastro del H. Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., mediante el cual manifiesta que el inmueble a donar corresponde al orden del dominio privado. Así mismo el oficio número 1755 de fecha 18 de diciembre del año 2008, signado por el C. Lic. Enrique López de León, Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tlapacoyan, Ver., en el cual acredita que el inmueble a donar no se encuentra destinado para servicio público alguno. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio del Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el reglamento para el gobierno interior del poder legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones 55

75 y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE TLAPACOYAN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLA- VE., A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL EN SU CASO REVOCABLE, UN TERRENO CON SUPERFICIE DE HAS., UBICADO EN EL CAMINO VECINAL S/N, DE LA CONGREGACIÓN HIDALGO DE ESE LU- GAR, A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VE- RACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ, PA- RA USO DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA CON CLAVE 30DTV1755T. SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTES SEÑALADA, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAPACOYAN, VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y A LA SECRETA- RÍA DE EDUCACION DE VERACRUZ. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN EL SALÓN DE COMISIONES DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORA- BLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; A LOS 16 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa para su estudio y dictamen, el oficio número 1736 de fecha 09 de diciembre del año 2008, signado por el C. Lic. Enrique López de León, Presidente Municipal del Ayuntamiento de TLAPACOYAN, VER., mediante el cual solicita la autorización de este Congreso para formalizar la Donación condicional, en su caso revocable, del lote de terreno ubicado en Prolongación Abasolo S/N, de la colonia Alberto Ferrer, perteneciente a ese municipio, mismo que conforma una superficie total de m2, a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Educación, mismo que será utilizado para la construcción de las oficinas de la Supervisión Escolar Zona 058. Corre agregado en el expediente plano del lote de terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable, de igual forma remiten una constancia signada por el C. Arq. Sergio Martínez Cruz, Encargado de la oficina de Catastro Municipal, en la que nos especifica que el terreno a donar corresponde al orden del dominio privado del Municipio. Se anexa al expediente en cuestión, fotocopia certificada de la Escritura Pública número 5,457 de fecha veintinueve de junio del año dos mil, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la Zona Registral correspondiente, con la cual acreditan la propiedad a favor del Ayuntamiento. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones... Fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes 56

76 inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las Comisiones Permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE TLAPACOYAN, VER., A DAR EN DONACIÓN CONDI- CIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, EL LOTE DE TE- RRENO UBICADO EN PROLONGACIÓN ABASOLO S/N, DE LA COLONIA ALBERTO FERRER, DE LA CABECERA MUNICIPAL, PERTENECIENTE A ESE MUNICIPIO; Y QUE CONFORMA UNA SUPERFICIE TOTAL DE M2, A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DES- TINO A LA SECRETARÍA DE SALUD, MISMO DONDE SE CONSTRUIRÁN LAS OFICINAS DE LA SUPERVISIÓN ESCOLAR ZONA 058. SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA SUPERVISIÓN ESCOLAR ZONA 058, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECESIDAD DE DE- CLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMI- NOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAPACOYAN, VE- RACRUZ, Y A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL. DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE. DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO. DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL. * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio sin número, de fecha 28 de octubre de 2008, por el que el ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita autorización para poder formalizar la donación condicional, en su caso revocable, de una fracción de terreno con una superficie total de m2, ubicado en la calle Abasolo sin número, colonia Manuel Alberto Ferrer, de esa ciudad, a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Sección 056 D Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma la copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 14 de julio del año 2008, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para la construcción de la oficina sindical del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Sección 056 D-1-74.l El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante copia certificada de la Escritura Pública número 5,457, de fecha 29 de junio de 2001, elaborada por el titular de la Notaría Pública número Tres de la ciudad de Tlapacoyan, debidamente inscrita en forma definitiva bajo el número 2219, del 18 de julio de 2001, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación notarial correspondiente, misma que se anexa a este expediente. 57

77 Se encuentra el oficio sin número, de fecha 8 de octubre del año en curso, signado por Sergio Martínez Cruz, en su carácter de encargado de la oficina municipal de catastro del Ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz, mediante el cual manifiesta que el inmueble motivo de este dictamen, corresponde al orden del dominio privado. Asimismo, el presidente municipal de Tlapacoyan, Enrique Pérez de León, mediante oficio número 1413, de fecha 8 de octubre de 2008, acredita que el inmueble en cuestión no se encuentra destinado a ningún servicio público, ni afecta a terceros. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: [...] fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera, el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. En razón de lo expuesto y fundado, se somete a su consideración el siguiente proyecto de: ACUERDO PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE TLAPACOYAN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE METROS CUADRADOS, UBICADO EN CALLE ABASOLO, SIN NÚMERO, COLONIA MANUEL ALBERTO FERRER, A FAVOR DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADO- RES DE LA EDUCACIÓN, SECCIÓN 056 D SEGUNDO. EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, SECCIÓN 056 D-1-74, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y, SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO. COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAPACOYAN, VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, Y AL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, SECCIÓN 056 D-1-74, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/2do./1er./066/2008, de fecha 27 de agosto de 2008, por el que remite, para su estudio y dictamen, la solicitud, junto con el expediente del caso, del ayuntamiento de Huatusco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder formalizar la donación condicional, en su caso revocable, de una fracción de terreno deducida del predio denominado Axol, de este municipio, con una superficie total de 250, m 2. 58

78 Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma la copia certificada del acta de Cabildo número setenta, correspondiente a la de sesión extraordinaria celebrada el trece de agosto del año 2008, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para la construcción del edificio que albergará a la Universidad Politécnica de Huatusco. El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante copia certificada de la Escritura Pública número 7,954, de fecha 14 de abril de 2008, elaborada por el titular de la Notaría Pública número 1 de la ciudad de Huatusco, debidamente inscrita en forma definitiva bajo el número 817, del 10 de junio de 2008, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación notarial correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Se encuentra el oficio número OP/333/2008, de fecha 22 de septiembre de 2008, signado por el arquitecto Pedro Debernardi Marini, en su carácter de director de Obra Públicas y Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Huatusco, Veracruz, mediante el cual manifiesta que el inmueble motivo de este dictamen, corresponde al orden del dominio privado y no está destinado a ningún servicio público. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: [...] fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera, el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. En razón de lo expuesto y fundado, se somete a su consideración el siguiente proyecto de A C U E R D O PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE HUATUSCO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 250, METROS CUADRADOS, DEDUCIDOS DEL PREDIO DENOMINADO AXOL UBICADO EN ESTE MUNICIPIO, A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD POLÍTÉCNICA DE HUATUSCO. SEGUNDO. EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE HUATUSCO, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y, SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVER- TIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO. COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE HUATUSCO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, Y A LA UNIVERSIDAD POLÍTÉCNICA DE HUATUSCO, PARA SU CONO- CIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * 59

79 COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/2do./1er./066/2008, de fecha 27 de agosto de 2008, por el que remite, para su estudio y dictamen, la solicitud, junto con el expediente del caso, del ayuntamiento de Huatusco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder formalizar la donación condicional, en su caso revocable, de una fracción de terreno deducida del predio denominado Axol, de este municipio, con una superficie total de 40, m 2. Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma la copia certificada del acta de Cabildo número setenta, correspondiente a la de sesión extraordinaria celebrada el trece de agosto del año 2008, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para la construcción del edificio que albergará al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz. El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante copia certificada de la Escritura Pública número 7,954, de fecha 14 de abril de 2008, elaborada por el titular de la Notaría Pública número 1 de la ciudad de Huatusco, debidamente inscrita en forma definitiva bajo el número 817, del 10 de junio de 2008, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación notarial correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Se encuentra el oficio número OP/333/2008, de fecha 22 de septiembre de 2008, signado por el arquitecto Pedro Debernardi Marini, en su carácter de director de Obra Públicas y Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Huatusco, Veracruz, mediante el cual manifiesta que el inmueble motivo de este dictamen, corresponde al orden del dominio privado y no está destinado a ningún servicio público. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: [...] fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera, el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. En razón de lo expuesto y fundado, se somete a su consideración el siguiente proyecto de A C U E R D O PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE HUATUSCO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 40, METROS CUADRADOS, DEDUCIDOS DEL PREDIO DENOMINA- DO AXOL UBICADO EN ESTE MUNICIPIO, A FAVOR DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNO- LÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ (CECyTEV). SEGUNDO. EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y, SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO. COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE HUATUSCO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, Y AL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ES- TADO DE VERACRUZ, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. 60

80 D A D O EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2o./018/2009, de fecha 16 de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen el oficio número 073 de fecha 6 de enero de 2009, signado por el C.ING. OSCAR HERNÁNDEZ DE LA CRUZ, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de TEOCELO, Ver., mediante el cual remite original del Acta No. Cincuenta y uno, de la Sesión de Cabildo de fecha 14 de enero del año 2009, en la cual aprueban formalizar la donación condicional en su caso revocable, un terreno con superficie de 4, M2 ubicado en el lugar conocido como Cañada del Camposanto s/n, a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Educación de Veracruz, para la construcción de Centro de Atención Múltiple (C.A.M) con Clave 30EML0017Z, de ese lugar. Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma Acta de Sesión de Cabildo No.51 de fecha 14 de enero del año dos mil nueve, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para la construcción del Centro de Atención Múltiple ( C.A.M) El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante fotocopia certificada de la Escritura Pública No. Cuarenta mil trescientos veintiuno de fecha veintiséis de abril del año dos mil cinco, elaborada por el C. Lic. Luis Espinosa Gorozpe, Notario Público número 4, de la Demarcación Notarial de Coatepec, Ver., debidamente inscrita en forma definitiva bajo el No del 15 de agosto del 2005, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Así como el oficio No. 001/2009 de fecha 03 de febrero del año en curso, signado por el C. J. Héctor Manuel May Vanda, encargado de la oficina municipal de Catastro del H. Ayuntamiento de Teocelo, Ver., mediante el cual manifiesta que el inmueble a donar corresponde al orden del dominio privado. Así mismo el oficio número 074 de fecha 6 de enero del año en curso, signado por el C. Ing. Oscar Hernández de la Cruz, Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Teocelo, Ver., en el cual acredita que el inmueble a donar no se encuentra destinado a ningún servicio público, ni afecta a terceros. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio del Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el reglamento para el gobierno interior del poder legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE TEOCELO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE., A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL EN SU CASO REVOCABLE, UN TERRENO CON SUPERFICIE DE 4, M2., UBICADO EN EL LUGAR CONOCIDO COMO CAÑADA DEL CAMPOSANTO S/N A FAVOR 61

81 DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ, PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE ATENCIÓN MÚLTIPLE (C.A.M) CON CLAVE 30EML0017Z, DE ESE LUGAR. SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTES SEÑALADA, LA AUTORIZACIÓN DE DONA- CIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE RE- VERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TEOCELO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y A LA SECRETARÍA DE EDUCACION DE VERACRUZ. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN EL SALÓN DE COMISIONES DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORA- BLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; A LOS 16 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota del registro e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobados los dictámenes que nos ocupan. DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE COSAUTLÁN DE CARVAJAL Y LA ANTIGUA A CONTRATAR EMPRÉSTITO EN LA MODALIDAD DE ANTICIPO SOBRE LAS PARTICIPACIONES QUE EN INGRESOS FEDERALES LES CORRESPONDAN Toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Cosautlán de Carvajal y La Antigua a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales les correspondan, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y toda vez que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./067/2008, de fecha 13 de noviembre de 2008, al que se anexa el diverso número SG- SO/1er./2do./224/2008, de fecha 17 de diciembre de 2008, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Cosautlán de 62

82 Carvajal para contratar un crédito con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado. En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso c), de la Constitución Política local; 35, fracción, XXXVII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso c); 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 400, 405, 407, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 284/2008, de fecha 30 de octubre del presente año, signado por el presidente municipal de Cosautlán de Carvajal, en el que solicita autorización de esta Soberanía para contratar un crédito con la Secretaría de Finanzas y Planeación, por un monto de $139, (Ciento treinta y nueve mil quinientos pesos 00/100 M.N.), para liquidar diversas prestaciones laborales de una empleada municipal. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo número 74, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 20 de octubre del año en curso, donde los ediles aprueban que el ayuntamiento solicite un préstamo por $139, (Ciento treinta y nueve mil quinientos pesos 00/100 M.N.), previa autorización del Congreso del Estado, con el Gobierno del Estado de Veracruz, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para el pago de salarios caídos y diversas prestaciones, derivado del juicio laboral número 571/2005, radicado ante la Junta Especial número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, interpuesta por Sofía Morales Cortés. 3. Se anexa copia certificada del acta de reinstalación y requerimiento de pago de sueldos caídos y prestaciones a favor de Sofía Morales Cortés ordenada por resolución judicial de fecha 30 de septiembre del año en curso. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes CONSIDERACIONES I. Derivado del laudo emitido a favor de la trabajadora Sofía Morales Cortés, el municipio se encuentra obligado a cumplir con el pago de las prestaciones que se le exigen en dicho juicio. II. Ante una situación financiera imprevista, el ayuntamiento se obligado a solicitar un préstamo ante la Secretaría de Finanzas para recibir anticipo sobre sus participaciones federales, previa autorización de esta Soberanía. III. El municipio tiene ingresos anuales proyectados en su Plan de Arbitrios para este año, por un monto de 14 millones 883 mil 655 pesos pesos, recursos con los cuales debe solventar el préstamos solicitado. El empréstito referido representa el 0.93% de estos recursos que deberá disponer durante el lapso solicitado para el pago de dicho préstamo. IV. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa, se concluye procedente otorgar la autorización al honorable ayuntamiento de Cosautlán de Carvajal. En virtud de lo anterior, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de ACUERDO Primero. Se autoriza contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le correspondan al Honorable Ayuntamiento de Cosautlán de Carvajal, Veracruz de Ignacio de la Llave, por un monto de $139, (Ciento treinta y nueve mil quinientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que le será descontada proporcionalmente en parcialidades por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, durante el ejercicio fiscal Segundo. Dicho préstamo será para cubrir exclusivamente una obligación financiera de índole laboral. Tercero. Comuníquese esta determinación al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, así como al presidente del Honorable Ayuntamiento de Cosautlán de Carvajal, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. 63

83 Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/2do./1er./041/2008, de fecha 11 de agosto de 2008, al que se anexa el diverso número SG- SO/1er./2do./243/2009, de fecha 9 de enero, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el municipio de La Antigua, para poder contratar préstamo o anticipo de participaciones federales con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado. Por lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso c), de la Constitución Política local; 35, fracción, XXXVII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso c); 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 400, 405, 407, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, sobre los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PRES/417/2008, de fecha 10 de diciembre de 2008, signada por el presidente municipal de La Antigua, mediante el que solicita autorización de esta Soberanía para poder contratar un préstamo a cuenta de las participaciones federales con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a fin de poder cubrir diversos laudos, así como prestaciones de carácter laboral. 2. Se adjunta copia fiel del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 10 de diciembre de 2008, en la que los ediles aprueban por mayoría que el ayuntamiento solicite autorización del H. Congreso del Estado para poder contratar un préstamo a cuenta de las participaciones federales que le correspondan del ejercicio 2009, por la cantidad de $1,500, (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, para el pago de aguinaldo del personal del municipio. 3. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo de sesión de Cabildo número 04, celebrada el 18 de febrero de 2009, donde los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento solicite préstamo ante el Gobierno del Estado, a través del a Secretaría de Finanzas y Planeación, por un monto de $1,500, (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), a cuenta de las participaciones federales que le correspondan durante el ejercicio fiscal del 2009, a fin de pagar los laudos de personal de la administración pasada, así como para el pago de aguinaldos que se les adeuda a los trabajadores. 4. Obran copias de los laudos emitidos en contra del ayuntamiento, así como constancias del adeudo al personal que labora en el municipio, por concepto del pago de la segunda quincena de diciembre de En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes CONSIDERACIONES I. Esta comisión permanente considera que es prioritario cumplir con los derechos y prestaciones que por ley tienen los trabajadores al servicio de los municipios. El incumplimiento de obligaciones en este rubro por parte de los gobiernos municipales ha causado en el pasado reciente una serie de conflictos laborales y sociales, que han repercutido en perjuicio mayor al erario municipal. 64

84 II. Algunos ayuntamientos iniciaron sus actividades administrativas en condiciones financieras desfavorables, saldando pasivos que no han podido finiquitar completamente y que han desequilibrado sus finanzas, además de que al parecer no se contemplaron previsiones presupuestales para afrontar los compromisos de fin de año, a pesar de haber recibido capacitación para el manejo correcto de sus recursos. Esta situación, sin embargo, no exime a las municipalidades para dar cumplimiento a sus obligaciones de gasto corriente, sobre todo para cubrir las prestaciones de los trabajadores al servicio de dicho gobierno. III. El municipio de La Antigua solicita Un millón 500 mil pesos para afrontar indemnizaciones exigidas por juicios laborales y realizar el pago de aguinaldo a los actuales trabajadores del municipio, que hasta la fecha se les adeuda. La cantidad solicitada representa el 5.05% de su actual plan de arbitrios, y que deberá cubrir durante el año Es preciso remarcar que se otorga la autorización, motivo de este dictamen, con la recomendación del adecuado manejo financiero que debe prevalecer durante toda la administración municipal, para establecer un equilibrio en su hacienda que le haga ejercer responsablemente los recursos públicos destinados al gasto corriente. IV. Además de quedar sujeta la referida autorización a la disposición presupuestal de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y mediante la celebración de un contrato de empréstito, para que se otorgue el anticipo solicitado sobre las participaciones federales que le corresponden al municipio. V. Por lo que una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa, se concluye que es procedente la solicitud del honorable ayuntamiento de La Antigua. En virtud de lo anterior, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de ACUERDO Primero. Se autoriza contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le correspondan para el ejercicio fiscal 2009, al honorable ayuntamiento de La Antigua, Veracruz de Ignacio de la Llave, por un monto de hasta $1,500, (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), cantidad que le será descontada proporcionalmente durante el año 2009, por la Secretaría de Finanzas y Planeación de Gobierno del Estado. Segundo. El destino de los recursos solicitados será para cubrir obligaciones financieras derivadas por laudos, y pago de aguinaldo de los trabajadores municipales, correspondientes al ejercicio fiscal Tercero. Comuníquese esta determinación al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, así como al presidente del honorable ayuntamiento de La Antigua, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota del registro e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse 65

85 manifestarlo en votación económica, levantando la mano. Aprobado los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE XALAPA A SUSCRIBIR CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL PRESIDENTE DEL PATRONATO NÚMERO 1240/2008, PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Xalapa a suscribir convenio de colaboración con el presidente del Patronato número 1240/2008, para la ejecución de obra pública, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y en virtud de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./272/2009, de fecha 15 de enero de 2008, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el municipio de Xalapa, para poder suscribir convenio de colaboración con el patronato número 1240/2008, para la ejecución de una obra. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política local; 35, fracción, XXIV, 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PM /2023/2008, de fecha 5 de diciembre de 2008, signado por el presidente municipal de Xalapa, mediante el que solicita autorización para suscribir el convenio referido en el primer párrafo del presente dictamen. 2. Se encuentra en el expediente certificación del acuerdo contenido en el acta de Cabildo, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2008, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento, a través del presidente municipal y síndico, suscriba convenio de colaboración y coordinación para la ejecución de los trabajos de pavimentación en la calle Libertadores, en el tramo comprendido entre las calles Fuerza y Trabajo y Laboral, de la colonia Unión de Xalapa. 3. Se anexa al legajo copia del proyecto de colaboración entre el municipio de Xalapa y el señor Miguel Montoya Barradas, presidente del patronato vecinal número 1240/2008 de la misma ciudad. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Se toma en consideración que la finalidad del convenio es la de establecer la colaboración y coordinación para la ejecución de la obra pública en el citado municipio, particularmente la los trabajos de pavimentación en la calle Libertadores, en el tramo comprendido entre las calles de Fuerza y Trabajo y Laboral, de la colonia Unión de Xalapa. II. Para la realización de la finalidad de dicho convenio, el patronato se compromete a proporcionar los materiales necesarios para dicha obra, mientras que el ayuntamiento realizará todos los trabajos para la ejecución de la misma. III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio 66

86 En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de colaboración con Miguel Montoya Barradas, presidente del patronato número 1240/2008, para la ejecución de la obra denominada Pavimentación en la calle Libertadores, en el tramo comprendido entre las calles Fuerza y Trabajo y Laboral, de la colonia Unión de la ciudad de, de acuerdo con el proyecto presentado. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los once días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobado el dictamen que nos ocupa. DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE TEAYO A SUSCRIBIR CONTRATO DE DONACIÓN PARA RECIBIR DE PETRÓLEOS MEXICANOS RECURSOS FINANCIEROS POR UN MONTO DE $7,000, DESTINADOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA. Proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Castillo de Teayo a suscribir contrato de donación para recibir de Petróleos Mexicanos recursos financieros por un monto de $7,000, destinados para la ejecución de obra pública específica, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y dado que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./194/2008, de fecha 11 de diciembre de 2008, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Castillo de Teayo, junto con el expediente del caso, para poder suscribir contrato de donación de recursos con Petróleos Mexicanos. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política local; 35, fracción XXIV, y 103, 67

87 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 93, de fecha 14 de octubre de 2008, signado por el presidente municipal de Castillo de Teayo, mediante el que solicita a esta Potestad legislativa la autorización para celebrar contrato de donación con Petróleos Mexicanos para la construcción de un boulevard. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 17 de septiembre de 2008, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento, a través del presidente municipal y síndico, suscriba contrato de donación de recursos económicos con Petróleos Mexicanos, previa autorización del H. Congreso del Estado, para la ejecución de la siguiente obra: construcción de boulevard de acceso a la cabecera municipal de Castillo de Teayo por un monto de $7,000, (Siete millones de pesos 00/100 M.N.) 3. Consta el proyecto de contrato de donación que celebraría el ayuntamiento de Castillo de Teayo con Petróleos Mexicanos, para la ejecución de la obra descrita en el antecedente inmediato anterior, donde se señalan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Se toma en consideración que la finalidad del contrato de donación es para que el ayuntamiento reciba recursos financieros para la ejecución de obra pública consistente en la construcción del boulevard de acceso a la cabecera municipal. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir contrato de donación para recibir de Petróleos Mexicanos recursos financieros, por un monto de $7,000, (Siete millones de pesos 00/100 M.N.), destinados para la ejecución de obra pública específica en ese municipio, de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los tres días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. 68

88 Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, en votación económica, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) del sistema de agua potable Siete Aguas, primera etapa En razón de los anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 35, fracción XXII, 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE OMEALCA Y TEZONAPA A SUSCRIBIR CONVENIOS DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO LOCAL DE MICRORREGIONES Toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Omealca y Tezonapa a suscribir convenios de coordinación para la operación del programa para el desarrollo local de Microrregiones, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y toda vez que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./268/2009, de fecha 15 de enero de 2008, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación con el gobierno federal, el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas, y con la Secretaría de Desarrollo Social, para la operación del programa de Mocrorregiones, para la realización de la obra Rehabilitación y adecuación ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PREMUN 225/08, de fecha 13 de octubre de 2008, signado por el presidente municipal de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autorización de esta Soberanía para suscribir convenio descrito en el párrafo primero de este dictamen. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el trece de octubre de 2008, en la que los ediles aprueban unánimemente que el ayuntamiento celebre convenio de coordinación para conjuntar acciones con el gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y el gobierno del Estado, mediante la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Secretaria de Desarrollo Socia y Medio Ambiente, para la operación del programa federal de Microrregiones, para la realización de la obra: Rehabilitación y adecuación del sistema de agua potable Siete Aguas, primera parte, con una inversión total de $5,283, (Cinco millones doscientos ochenta y tres mil quinientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), de los cuales al gobierno municipal le corresponde aportar $1,342, (Un millón trescientos cuarenta y dos mil ochocientos tres pesos 30/100 M.N.). 3. Se anexa al expediente copia del proyecto de convenio que celebran por una parte el Gobierno Federal, por la otra el gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el honorable ayuntamiento de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que se observan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: 69

89 CONSIDERACIONES I. Se toma en consideración que la finalidad de este convenio es la de conjuntar acciones y recursos para la operación del Programa para el Desarrollo Local, Microrregiones, a través del proyecto denominado Rehabilitación y adecuación del sistema de agua potable Siete Aguas de Omealca, primera etapa, donde se prevé una inversión de 5 millones 283 mil 599 pesos, de los cuales le corresponde aportar al municipio 1 millón 342 mil 803 pesos 30 centavos. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio. En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de coordinación para la operación del Programa para el Desarrollo Local, Microrregiones, mediante la realización de la obra: Rehabilitación y Adecuación del Sistema de Agua Potable Siete Aguas de Omealca (1ª Etapa), con una inversión total de $5,283, (Cinco millones doscientos ochenta y tres mil quinientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. La participación del ayuntamiento de Omealca en el referido proyecto es por un monto de $1,342, (Un millón trescientos cuarenta y dos mil ochocientos tres pesos 30/100 M.N.). Tercero. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Omealca, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./289/2009, de fecha 15 de enero de 2008, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder mezclar recursos. En razón de los anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 35, fracción XXII, 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número DDS/0056/2008, con fecha de recepción de la presidencia del H. Congreso del Estado de fecha 10 de diciembre de 2008, signado por el presidente municipal de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autorización de esta Soberanía para suscribir convenio para aplicar recursos con el gobierno federal, a través de la Sedesol para la operación del Programa 70

90 para el Desarrollo Local, Microrregiones, mediante la ejecución de obras de electrificación en el municipio. 2. Se encuentra en el expediente copia certificada del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión celebrada el diez de julio de 2008, en la que los ediles aprueban unánimemente que el ayuntamiento celebre convenio de coordinación para la ejecución de obras de electrificación en diversas localidades, a través del Programa de Desarrollo Local, Microrregiones, con aportaciones federal y del municipio. 3. Se anexa al expediente copia del proyecto de convenio de coordinación que celebran por una parte el Gobierno Federal, a través de la delegación de Sedesol en el estado, por la otra el gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y el honorable ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que se observan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Se toma en consideración que la finalidad de este convenio es la de conjuntar acciones y recursos para la operación del Programa para el Desarrollo Local, Microrregiones, a través de los proyectos denominados Ampliación de red de energía eléctrica comunidad Rincón de las Flores y Ampliación de red de energía eléctrica comunidad Cerro Azul, donde se prevé una inversión total de 1 millón 718 mil 647 pesos, de los cuales le corresponde aportar al municipio 325 mil 647 peso. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio. En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de coordinación para la operación del Programa para el Desarrollo Local, Microrregiones, mediante la realización de las obras: Ampliación de Red de Energía Eléctrica comunidad Rincón de las Flores y Ampliación de Red de Energía Eléctrica comunidad Cerro Azul, con una inversión total de $1,393, (Un millón trescientos noventa y tres mil pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. La participación del ayuntamiento de Tezonapa en el referido proyecto es por un monto de $325, (Trescientos veinticinco mil seiscientos cuarenta y siete pesos 30/100 M.N.). Tercero. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota del registro e informe a esta Presidencia. 71

91 - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. Aprobados los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE JILOTEPEC, MEDELLÍN Y XALAPA A REALIZAR OBRAS PÚBLICAS CUYOS MONTOS EXCEDEN EL 20% DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES RESPECTIVAS Conforme al orden del día proseguimos con los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Jilotepec, Medellín y Xalapa a realizar obras públicas cuyos montos exceden el 20% de las partidas presupuestales respectivas, emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y dado que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./287/2009, de fecha 15 de enero de 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud que formula el municipio de Jilotepec para que se le autorice realizar obra cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios del Estado de Veracruz, de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso b), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PM/2008, de fecha 9 de diciembre de 2008, signado por el presidente municipal de Jilotepec, mediante el que solicita autorización de esta Soberanía para realizar obra que rebasa el 20% de la partida presupuestal correspondiente al Fondo para la Infraestructura Social Municipal. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta número 34-C de sesión de Cabildo, correspondiente a la sesión extraordinaria, celebrada el cuatro de julio de 2008, en la que los ediles aprueban realizar la siguiente obra: Rehabilitación de Banquetas en calle 16 de Septiembre de la Cabecera Municipal de Jilotepec, por un monto de $1,460, (Un millón cuatrocientos sesenta mil novecientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, previa autorización del H. Congreso del Estado. 3. Obran en el legajo los siguientes documentos certificados por la secretaría del Ayuntamiento: Acta resolutiva del Consejo de Desarrollo Municipal, de fecha 13 de marzo de 2008, en la que se aprobaron las obras contempladas con el Fondo de Infraestructura Social Municipal, para el ejercicio fiscal 2008, y en la que está incluida la obra motivo de este dictamen. Copia del formato FISM, con sello de recepción del departamento de Registro y Control de Programas del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), de fecha 21 de marzo de

92 En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal que suscriben, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Mediante la Gaceta Oficial, publicada el día 31 de enero del año 2008, se dio a conocer la distribución de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal entre los Municipios del Estado de Veracruz, así como la distribución de los Recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios para el ejercicio fiscal del II. Dado que la normatividad para estos casos nos señala de manera clara y precisa cómo deben de ejercerse los recursos que provienen de FISM y del FAFM, así como los documentos que entre otras cosas avalan el requisito para disponer de ellos. III. En términos de lo dispuesto por los artículos 33 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal federal; 19 y 20 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado, señalan que, tanto los recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, que reciban los ayuntamientos, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema, dando prioridad a sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Condicionando sus gastos a la consecuencia y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la ley. IV. Una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración que la documentación que presenta el ayuntamiento de Jilotepec, Veracruz, cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes relativas sobre la materia, por lo que esta comisión permanente, considera procedente autorizar dicha solicitud. En razón de lo expuesto, esta comisión permanente de Hacienda Municipal, someten a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al ayuntamiento de Jilotepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, a realizar la siguiente obra: Rehabilitación de Banquetas en calle 16 de Septiembre de la Cabecera Municipal de Jilotepec, por un monto de $1,460, (Un millón cuatrocientos sesenta mil novecientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), la cual rebasa el 20% de la partida presupuestal respectiva. Segundo. Comuníquese esta determinación al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y al presidente municipal del ayuntamiento de Jilotepec, Veracruz, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los once días del mes de febrero del dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./287/2009, de fecha 15 de enero de 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud que formula el municipio de Medellín para que se le autorice realizar obra cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva. 73

93 En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios del Estado de Veracruz, de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso b), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 066/2008, con sello de recepción de la presidencia del H. Congreso de fecha 4 de diciembre de 2008, signado por el presidente municipal de Medellín, mediante el que solicita autorización de esta Soberanía para realizar obra que rebasa el 20% de la partida presupuestal correspondiente al Fondo para la Infraestructura Social Municipal. 2. Se encuentra en el expediente copia certificada del acta número 42 de sesión de Cabildo, correspondiente a la sesión ordinaria, celebrada el 14 de noviembre de 2008, en la que los ediles aprueban realizar la siguiente obra: Pavimento Asfáltico de 5 cm de Espesor Compacto, Esperanza-Paso Chocolate, tramo La Esperanza, por un monto de $5,780, (Cinco millones setecientos ochenta mil ochocientos sesenta pesos 32/100 M.N.), cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, previa autorización del H. Congreso del Estado. 3. Obran en el legajo los siguientes documentos certificados por la secretaría del Ayuntamiento: Acta de instalación del Consejo de Desarrollo Municipal, de fecha 22 de febrero de Acta resolutiva del Consejo de Desarrollo Municipal, de fecha 22 de febrero de 2008, en la que se aprobaron las obras contempladas con el Fondo de Infraestructura Social Municipal, para el ejercicio fiscal 2008, y en la que está incluida la obra motivo de este dictamen. Acta del Consejo de Desarrollo Municipal, de fecha 7 de octubre de 2008, en la que se modifico el programa de obras. Copia del formato FISM, con sello de recepción del departamento de Registro y Control de Programas del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), de fecha 7 de abril de En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal que suscriben, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Mediante la Gaceta Oficial, publicada el día 31 de enero del año 2008, se dio a conocer la distribución de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal entre los Municipios del Estado de Veracruz, así como la distribución de los Recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios para el ejercicio fiscal del II. Dado que la normatividad para estos casos nos señala de manera clara y precisa cómo deben de ejercerse los recursos que provienen de FISM y del FAFM, así como los documentos que entre otras cosas avalan el requisito para disponer de ellos. III. En términos de lo dispuesto por los artículos 33 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal federal; 19 y 20 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado, señalan que, tanto los recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, que reciban los ayuntamientos, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema, dando prioridad a sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Condicionando sus gastos a la consecuencia y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la ley. IV. Una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración que la documentación que presenta el ayuntamiento de Medellín, Veracruz, cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes relativas sobre la materia, por lo que esta comisión permanente, considera procedente autorizar dicha solicitud. 74

94 En razón de lo expuesto, esta comisión permanente de Hacienda Municipal, someten a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al ayuntamiento de Medellín, Veracruz de Ignacio de la Llave, a realizar la siguiente obra: Pavimento Asfáltico de 5 cm de Espesor Compacto, Esperanza-Paso Chocolate, tramo La Esperanza, por un monto de $5,780, (Cinco millones setecientos ochenta mil ochocientos sesenta pesos 32/100 M.N.), la cual rebasa el 20% de la partida presupuestal respectiva. Segundo. Comuníquese esta determinación al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y al presidente municipal del ayuntamiento de Medellín, Veracruz, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los once días del mes de febrero del dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2do./008/2009, de fecha 5 de febrero de 2009, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, para poder realizar obra cuyo monto excede el 20% de la respectiva partida presupuestal. En razón de los anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso b), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PM/0230/2009, de fecha 27 de enero de 2009, signado por el presidente municipal de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el que solicita la autorización de esta Soberanía para poder realizar la obra: Construcción de Puente Vehicular en avenidas Pípila y Lázaro Cárdenas, y calle Joaquín Arróniz, entre avenida 16 de Septiembre y calle Municipal, colonia El Mirador, que rebasa el 20% de la respectiva partida presupuestal. 2. Se encuentra en el expediente la certificación del acuerdo de Cabildo, contenido en el acta correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 23 de enero de 2009, donde los ediles aprueban por unanimidad realizar la obra: Construcción de Puente Vehicular en avenidas Pípila y Lázaro Cárdenas, y calle Joaquín Arróniz, entre avenida 16 de Septiembre y calle Municipal, colonia El Mirador, por un monto de $20,121, (Veinte millones ciento veintiún mil setecientos ochenta y dos pesos 00/M.N.), provenientes del Programa de Bursatilización del 20% del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos, previa autorización del H. Congreso del Estado, en virtud de que rebasa el 20% de la partida presupuestal referida. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que mediante el Decreto número 255, aprobado por el H. Congreso del Estado el 9 de junio de 2008 y publicado en la Gaceta Oficial del Estado número extraordinario 189, de fecha 11 de junio de 2008, se autorizó la constitución de un Fidei- 75

95 comiso Bursátil y la afectación al mismo de los Ingresos Municipales del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para distribuirse proporcionalmente entre los Municipios participantes, los que deberán destinarse a financiar las inversiones públicas productivas determinadas por cada Ayuntamiento y sólo podrán aplicarse a la ejecución de obra pública de impacto social y/o pago de su deuda previamente contratada con instituciones financieras o bancarias, siempre que se encuentre inscrita en el registro de deuda pública correspondiente; pero en ningún caso podrán destinarse estos recursos a sufragar gasto corriente o al pago de deuda contraída para financiar este tipo de gasto; además, se estableció que los ayuntamientos presentaran al H. Congreso del Estado, previamente a su ejecución, los programas de inversión de estos recursos, cuya aplicación será vigilada por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado. II. Que el programa de Bursatilización del 20% del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos constituye una partida presupuestal cuyo destino es la realización de obra pública municipal, para lo cual el artículo 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre señala, entre otras cosas, que cuando se trate de contratos de obra pública cuyo monto exceda del 20 por ciento de la partida presupuestal respectiva, se requerirá el acuerdo de Cabildo, para someterlo a la aprobación del Congreso del Estado; y en virtud de que el ayuntamiento de Xalapa pretende invertir $20,121, (Veinte millones ciento veintiún mil setecientos ochenta y dos pesos 00/M.N.), de un techo financiero de $72,620, (Setenta y dos millones seiscientos veinte mil ciento cuarenta pesos 00/M.N.), la inversión en la obra motivo de este dictamen, representa el 27.70% de dicha partida. Una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que presenta el ayuntamiento de Xalapa cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes relativas sobre la materia, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, realizar la siguiente obra: Construcción de Puente Vehicular en avenidas Pípila y Lázaro Cárdenas, y calle Joaquín Arróniz, entre avenida 16 de Septiembre y calle Municipal, colonia El Mirador, por un monto de $20,121, (Veinte millones ciento veintiún mil setecientos ochenta y dos pesos 00/M.N.), que rebasa el 20% de la respectiva partida presupuestal. Segundo. Comuníquese esta determinación al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los dos días del mes de junio del año dos mil ocho. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota del registro e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Toda vez que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) 76

96 Aprobados los dictámenes. DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE TEZONAPA Y ÚRSULO GALVÁN A CELEBRAR CONVENIOS DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA CON EL GOBIERNO DEL ESTADO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN En el desahogo del siguiente punto del orden del día, continuamos con los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Tezonapa y Úrsulo Galván a celebrar convenios de colaboración administrativa con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y en razón de que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./326/2009, de fecha 20 de enero del año en curso, por el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada, junto con el expediente del caso, por el municipio de Tezonapa, Veracruz, para poder suscribir convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 103, fracción III, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 1, fracciones II y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave; 295, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción, XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 00136, de fecha 14 de noviembre de 2008, signado por el presidente municipal de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el cual solicita a esta Soberanía autorización para celebrar convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 14 de noviembre de 2008, en la que los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz, celebre convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, previa autorización del Congreso del Estado. 3. Consta en el legajo copia del proyecto de convenio de colaboración que se celebrarían, por una parte, el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación y, por la otra parte, el Ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances, facultades y limitaciones por las actividades de la administración que realicen. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que según lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz, en donde se especifica que los convenios de colaboración administrativa serán autorizados por el Cabildo y por el Congreso del Estado; y 77

97 II. Considerando que la colaboración administrativa entre el estado y los municipios, tiene el firme propósito de fortalecer las atribuciones en las funciones públicas e impulsar la mayor recaudación de los ingresos a la hacienda municipal, por el concepto de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. III. Por lo anteriormente expuesto y fundado se hace necesario implementar un convenio de colaboración administrativa entre el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación y el Ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, cuyo objetivo es instrumentar los actos de recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, donde el municipio por la recaudación que realice con motivo de este convenio, recibirá el 90% de las multas impuestas, participación por concepto de incentivo que se establece en la cláusula cuarta del convenio de referencia. IV. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el presente convenio. En virtud de lo anterior, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, celebrar convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, de acuerdo con el proyecto presentado. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, y al presidente municipal de Tezonapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./326/2009, de fecha 20 de enero del año en curso, por el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada, junto con el expediente del caso, por el municipio de Ursulo Galván, Veracruz, para poder suscribir convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 103, fracción III, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 1, fracciones II y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave; 295, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción, XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 275/2008, de fecha 26 de diciembre de 2008, signado por el 78

98 presidente municipal de Úrsulo Galván, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el cual solicita a esta Soberanía autorización para celebrar convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 26 de diciembre de 2008, en la que los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento de Úrsulo Galván, Veracruz, celebre convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, previa autorización del Congreso del Estado. 3. Consta en el legajo copia del proyecto de convenio de colaboración que se celebrarían, por una parte, el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación y, por la otra parte, el Ayuntamiento de Úrsulo Galván, Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances, facultades y limitaciones por las actividades de la administración que realicen. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que según lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz, en donde se especifica que los convenios de colaboración administrativa serán autorizados por el Cabildo y por el Congreso del Estado; y II. Considerando que la colaboración administrativa entre el estado y los municipios, tiene el firme propósito de fortalecer las atribuciones en las funciones públicas e impulsar la mayor recaudación de los ingresos a la hacienda municipal, por el concepto de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales. III. Por lo anteriormente expuesto y fundado se hace necesario implementar un convenio de colaboración administrativa entre el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación y el Ayuntamiento de Úrsulo Galván, Veracruz de Ignacio de la Llave, cuyo objetivo es instrumentar los actos de recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, donde el municipio por la recaudación que realice con motivo de este convenio, recibirá el 90% de las multas impuestas, participación por concepto de incentivo que se establece en la cláusula cuarta del convenio de referencia. IV. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Ayuntamiento de Ursulo Galván, Veracruz, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el presente convenio. En virtud de lo anterior, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Úrsulo Galván, Veracruz de Ignacio de la Llave, celebrar convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la recaudación de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, de acuerdo con el proyecto presentado. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, y al presidente municipal de Úrsulo Galván, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente 79

99 Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes correspondientes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Toda vez de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobados los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LO QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE CASTILLO DE TEAYO, TAMIAHUA, PUENTE NACIONAL Y ZONGOLICA A ENAJENAR VEHÍCULOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL Toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por lo que se autoriza a los ayuntamientos de Castillo de Teayo, Tamiahua, Puente Nacional y Zongolica a enajenar vehículos de propiedad municipal, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, y dado que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./1er./011/2008, de fecha 12 de febrero de 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, el expediente con la solicitud formulada por el municipio de Castillo de Teayo, Veracruz, para que se le autorice la enajenación de diversos vehículos de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso d), de la Constitución Política local; 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista oficio número 033/08, de fecha 22 de enero de 2008, signado por presidente municipal de Castillo de Teayo, Veracruz, por el que solicita a esta Soberanía autorización para poder enajenar diversos vehículos de propiedad municipal. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo número ocho, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 22 de enero de 2008, en la que los ediles, en el punto cinco, aprueban por unanimidad solicitar al H. Congreso del Estado la autorización para enajenar cinco vehículos de propiedad municipal, en virtud del mal estado mecánico en que se encuentran, y el costo excesivo que representa su mantenimiento. 3. Se anexan al expediente la relación de vehículos; avalúos respectivos; copias certificadas de las facturas que acreditan la propiedad de los vehículos, así como fotografías de cada uno de ellos. Por tal motivo y en base con los antecedentes que presenta la solicitud referida, esta comisión permanente suscribe las siguientes: CONSIDERACIONES I. Tomando en cuenta que la presente petición es con el fin de dar de baja cinco unidades que para 80

100 NISSAN el municipio resulta muy costoso su mantenimiento, debido al mal estado mecánico en que se encuentran. Y se considera que con la enajenación de dichos vehículos se reducirá el parque vehicular innecesario, lo que debe representar un ahorro en el gasto corriente por este concepto. II. Y una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz, cumple con la normatividad respectiva. En tal virtud, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIEN- TO DE CASTILLO DE TEAYO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENAJENAR LOS SIGUIENTE VEHÍCULOS: Marca Tipo Modelo Núm. de serie CHEVROLET FORD PICK-UP DOBLE CABINA CHEVY VAN VAGONETA AEROSTAR Precio base. (pesos) N6CD13S43K , GBEG25H1H , FMCA11U5HZA , FORD VAN FMDA31UXLZA , VOLKSWAGEN VAGONETA 2005 WVWCE17M75V , SEGUNDO. EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DEBERÁ APEGARSE A LO ESTIPULADO POR LOS AR- TÍCULOS 98, 99, Y SUS FRACCIONES, 100 Y SUS FRACCIONES, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENA- CIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO. TERCERO. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE DE CASTILLO DE TEAYO, VERACRUZ, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO. PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL. ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ES- TADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/1er./2do./073/2008, de fecha 13 de noviembre de 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, el expediente con la solicitud formulada por el municipio de Tamiahua, Veracruz, para que se le autorice la enajenación de diversos vehículos de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso d), de la Constitución Política local; 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista oficio número 3930, de fecha 23 de octubre de 2008, signado por presidente municipal de Tamiahua, Veracruz, por el que solicita a esta Soberanía autorización para poder enajenar diversos vehículos de propiedad municipal. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo número sesenta y siete, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 22 de octubre de 2008, en la que los ediles, dentro del punto número cuatro, aprueban por unanimidad 81

101 solicitar al H. Congreso del Estado la autorización para enajenar cinco vehículos de propiedad municipal, en virtud de la carga excesiva que representa para el erario el mantenimiento de dicho parque, y que con el producto de la venta de estas unidades se adquirirán únicamente dos para el servicio municipal. 3. Se anexan al expediente la relación de vehículos; avalúos respectivos; copias certificadas de las facturas que acreditan la propiedad de los vehículos, así como fotografías de cada uno de ellos. Por tal motivo y en base con los antecedentes que presenta la solicitud referida, esta comisión permanente suscribe las siguientes: CONSIDERACIONES I. Tomando en cuenta que la presente petición es con el fin de dar de baja cinco unidades que han agotado su vida útil, y que para el municipio resulta muy costoso su mantenimiento. Asimismo, a efecto de contar con el servicio adecuado de transporte para el municipio, con el producto de la venta de dichos vehículos se pretende adquirir dos camionetas tipo estaquitas, de la marca Nissan, apropiadas para el terreno de ese lugar. II. Y una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el ayuntamiento de Tamiahua, Veracruz, cumple con la normatividad respectiva. En tal virtud, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE TAMIAHUA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENAJENAR LOS SIGUIENTE VEHÍCULOS: Marca Tipo Modelo Núm. de serie Precio base NISSAN Estacas LGO T/M C/DH NISSAN Estacas LGO T/M C/DH NISSAN Sedán GSI T/A C/AA CHEVROLET Express Pass Van 1500 DINA Camión de volteo N6DD14S25K $60, N6DD14S75K $60, N1EB31S26K $40, GNFG15X $110, SAASAKCR2W $110, SEGUNDO. EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DEBERÁ APEGARSE A LO ESTIPULADO POR LOS AR- TÍCULOS 98, 99 Y SUS FRACCIONES Y, 100 Y SUS FRACCIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARREN- DAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO. TERCERO. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE DE TAMIAHUA, VE- RACRUZ, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO. PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL. ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ES- TADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio SG- SO/1er./2do./214/2008, de fecha 11 de diciembre de 2008, al que se anexa el diverso número SG- DP/1er./2º//043/2009, de fecha 19 de febrero de 2009, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud, junto con el expediente del caso, del municipio de Puente Nacional, Veracruz, para que se le autorice enajenar vehículos de propiedad municipal. De conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso d) de la Constitución Política 82

102 local; y 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número 203/2009, de fecha 30 de enero de 2009, signado por la presidenta municipal de Puente Nacional, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el que solicita autorización de esta Soberanía para enajenar maquinaria pesada, de propiedad municipal, que se encuentran malas condiciones mecánicas, y que se tiene contemplado remplazar para ejecutar el plan de obras Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la de sesión ordinaria celebrada el 26 de diciembre de 2008, en la que se aprueba por las dos terceras partes de sus integrantes poner en venta la máquina retroexcavadora Caterpillar 416 y un vibrocompactador Dynapac, para sustituirlos por maquinaria nueva que le permita al municipio cumplir con una de las metas plasmadas en el Plan Desarrollo Municipal, en cuanto al programa de obras del ejercicio 2009, en el rubro de mantenimiento de caminos y calles, solicitando la autorización previa del H. Congreso del Estado. 3. Obra en el legajo avalúos, fotografías y documentos que acreditan la propiedad de los vehículos a favor del municipio. Por tal motivo y sobre la base de los antecedentes que presenta la solicitud referida, la Comisión Permanente de Hacienda Municipal suscribe las siguientes: CONSIDERACIONES I. Tomando en consideración que la presente petición es con el fin de enajenar maquinaria que por sus condiciones mecánicas representan un alto costo de mantenimiento y reparación, dado que ya han cumplido con su ciclo de operación útil, con cuya venta se pretende adquirir una máquina nueva para dar mantenimiento de los caminos y calles municipales, contemplado dentro del Plan de Desarrollo Municipal. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el ayuntamiento de Puente Nacional, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado. En tal virtud, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUENTE NACIONAL, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENAJENAR LAS SIGUIENTES UNIDADES: UNIDAD MARCA MODELO N SERIE COSTO PESOS RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 416B 8SG , VIBROCOMPACTADOR DYNAPAC CA301D , SEGUNDO. EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DEBERÁ APEGARSE A LO ESTIPULADO POR LOS AR- TÍCULOS 98, 99 Y SUS FRACCIONES Y, 100 Y SUS FRACCIONES, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENA- CIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO. TERCERO. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONO- RABLE AYUNTAMIENTO DE PUENTE NACIONAL, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO. PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL. ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ES- TADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat 83

103 Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-SO/2do./1er./581/2008, de fecha 30 de julio de 2008, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, el expediente con la solicitud formulada por el municipio de Zongolica, Veracruz, para que se le autorice la enajenación de dos vehículos de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso d), de la Constitución Política local; 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista oficio número 538/2008, de fecha 21 de julio de 2008, signado por presidente municipal de Zongolica, Veracruz, por el que solicita a esta Soberanía autorización para poder enajenar dos vehículos de propiedad municipal, que se encuentran en mal estado. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo número 024, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el ocho de julio de 2008, en la que los ediles, en el punto número diez, aprueban por unanimidad solicitar al H. Congreso del Estado la autorización para enajenar dos vehículos de propiedad municipal, en virtud de las malas condiciones mecánicas en que se encuentra y a su excesivo costo de reparación. 3. Se anexan al expediente la relación de vehículos; avalúos respectivos; copias certificadas de las facturas que acreditan la propiedad de estos, así como fotografías de cada uno de ellos. Por tal motivo y en base con los antecedentes que presenta la solicitud referida, esta comisión permanente suscribe las siguientes: CONSIDERACIONES I. Tomando en cuenta que la presente petición es con el fin de enajenar dos unidades de su parque vehicular, cuyas condiciones mecánicas hacen muy costosa su reparación. Y que se pretende realizar un ahorro con la venta de dichos vehículos para destinarlo al mantenimiento del resto de las unidades que poseen. II. Y una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el ayuntamiento de Zongolica, Veracruz, cumple con la normatividad respectiva. En tal virtud, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE ZONGOLICA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENAJENAR LOS SIGUIENTE VEHÍCULOS: Marca Tipo Modelo Núm. de serie DODGE CHEVROLET PICK-UP, RAM,ROJA CAMIÓN 3 TONELADAS Precio base (PESOS) B7HC16X3WM , GCJC44K5PM , SEGUNDO. EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DEBERÁ APEGARSE A LO ESTIPULADO POR LOS AR- TÍCULOS 98, 99 Y SUS FRACCIONES Y, 100 Y SUS FRACCIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARREN- DAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO. TERCERO. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE DE ZONGOLICA, VE- RACRUZ, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO. PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL. ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ES- TADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE 84

104 CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobados los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE LA PERLA A DISPONER DE RECURSOS DEL FORTAMUNDF 2009 Y, EN CONSECUENCIA, CONFORME A LA LEY, CUMPLA OBLIGACIONES FINANCIERAS DEL MUNICIPIO PARA LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS Toca el turno, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de La Perla a disponer de recursos del FORTAMUNDF 2009 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio para liquidación de impuestos, emitido por la Comisión Permanente Hacienda Municipal, y en razón de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º./037/2009, de fecha 19 de febrero de 2009, mediante el cual el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada, junto con el expediente del caso, por el municipio de La Perla, para poder erogar recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), 2009, y con ello cubrir diversas obligaciones financieras. En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 18, fracción XLVIII, 38, y 39, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dictamen bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha 04 de febrero de 2009, signado por el presidente municipal de La Perla, por el que solicita a esta Legislatura la autorización para que el ayuntamiento pueda solventar diversas obligaciones financieras, consistentes en la liquidación de impuestos federales. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta Cabildo, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 5 de febrero de 2009, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento liquide el adeudo por concepto de impuesto de ISR, correspondiente al mes de diciembre por la cantidad de $59, (Cincuenta y nueve mil ciento ochenta pesos 05/100 M.N.), con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Muni- 85

105 cipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), Obra en legajo comprobantes del adeudo, correspondiente al mes de diciembre de En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Considerando las disposiciones legales en la materia, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado que, tanto los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que reciban los ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de los derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, y de acuerdo al planteamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del ayuntamiento de La Perla es motivada para cumplir una obligación financiera, para el saneamiento de la hacienda municipal. II. Se toma en consideración que el municipio de la Perla, al agotar su presupuesto para el pago de impuestos, recurra a otros fondos para cumplir con esa obligación que frecuentemente se convierte en una carga financiera que desequilibra la hacienda municipal, en circunstancias que hacen factible su pago con aportaciones federales destinadas, entre otras cosas, a este tipo de obligación financiera. III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que es procedente la solicitud del honorable ayuntamiento de La Perla, Veracruz de Ignacio de la Llave. En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de La Perla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTA- MUNDF), 2009 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio, para liquidación de impuestos, por un monto de $59, (Cincuenta y nueve mil ciento ochenta pesos 05/100 M.N.). Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal constitucional de La Perla, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Dado que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el 86

106 dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, en votación económica, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE BOCA DEL RÍO A CELEBRAR ACUERDO DE COORDINACIÓN CON EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE APLICAR Y OPERAR EL SUBSIDIO DEL PROGRAMA HÁBITAT, PARA LLEVAR A CABO OBRAS Y ACCIONES QUE CONTRIBUYAN A SUPERAR LA POBREZA URBANA Y LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS HABITANTES Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Boca del Río a celebrar acuerdo de coordinación con el Ejecutivo federal y el Ejecutivo del Estado, con el objeto de aplicar y operar el subsidio del programa Hábitat, para llevar a cabo obras y acciones que contribuyan a superar la pobreza urbana y la integración social de los habitantes, emitido por la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y toda vez de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2º/033/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Hábitat, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracciones IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio número BO- CA/DDS/SDS/006/09 y de fecha 28 de enero de 2009, el presidente municipal del Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa Hábitat. 2. Que dicha petición fue acompañada del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Boca del Río, para que los ciudadanos presidente municipal y síndico, celebren el acuerdo enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, anexo a la solicitud de referencia se envió copia fotostática del citado instrumento jurídico sometido para su aprobación de este Honorable Congreso, mismo que celebrarían por una parte el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social ( La SEDESOL ), representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Ara. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Veracruz, M. A. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por otra parte, el Ejecutivo del Estado de Veracruz ( El Estado ), representado por la Secretaria de Desarrollo Social y Medio Ambiente, Lic. Silvia Domínguez López; y el Municipio de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave ( El Municipio ), representado por los CC. Presidente Municipal y Síndico Único. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la 87

107 de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); Municipio Aportación Federal Municipal Total 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre las base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad, según en su caso, de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la lectura de las cláusulas Primera y Segunda del Convenio de Colaboración, se desprende que su objeto consiste en la conjunción de acciones y recursos por parte del Ayuntamiento y la SEDESOL, para la operación del Programa Hábitat en las ciudades, zonas metropolitanas y polígonos Hábitat seleccionados, así como para el ejercicio de los subsidios federales y las aportaciones locales, con la finalidad de contribuir a superar la pobreza urbana y a la integración social y humana de los habitantes de las zonas urbanas marginadas con lata concentración de hogares en situación de pobreza. V. La aportación es federal y municipal, en las proporciones siguientes: Boca del Río $8,715, $8,715, $17,431, VI. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico del Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; VII. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, a celebrar Acuerdo de Coordinación con el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social (SE- DESOL) y el Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por medio de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, con el objeto de aplicar y operar el Subsidio del Programa Hábitat, para llevar a cabo obras y acciones que contribuyan a superar la pobreza urbana y la integración social de los habitantes de las zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza patrimonial y constituyen el ámbito de actuación del Programa Hábitat. Segundo. Comuníquese esta determinación al presidente municipal de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, así como a la delegada estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, y a la Secretaria de Desarrollo Social y Medio Ambiente para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xala- 88

108 pa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE COATEPEC, BOCA DEL RÍO, COATZACOALCOS, BANDERILLA, ALVARADO, COATZINTLA, CÓRDOBA, HUILOAPAN DE CUAUHTÉMOC, MARIANO ESCOBEDO, MINATITLÁN, ORIZABA, PÁNUCO, POZA RICA, SAN ANDRÉS TUXTLA, XALAPA, VERACRUZ Y TUXPAN, A SUSCRIBIR CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL SUBSIDIO DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20, CON LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y CON EL GOBIERNO DEL ESTADO Toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Coatepec, Boca del Río, Coatzacoalcos, Banderilla, Alvarado, Coatzintla, Córdoba, Huiloapan de Cuauhtémoc, Mariano Escobedo, Minatitlán, Orizaba, Pánuco, Poza Rica, San Andrés Tuxtla, Xalapa, Veracruz y Tuxpan, a suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del programa de rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el gobierno del Estado, emitido por la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y dado que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio 002 del 23 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Coatepec, Veracruz de Ignacio 89

109 de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 5 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Coatepec, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Coatepec, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. 90

110 VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Coatepec $2,500, $2,500, $5,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Coatepec, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, 91

111 con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio BOCA/DDS/SDS/007/09 del 28 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 28 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Boca del Río, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Boca del Río, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. 92

112 VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Boca del Río $6,750, $6,750, $13,500, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el 93

113 Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio PRES/006/09 del 03 de febrero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 08 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Coatzacoalcos, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. 94

114 V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Coatzacoalcos $3,400, $3,400, $6,800, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable 95

115 Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio 12/2009 del 30 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 21 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Banderilla, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Banderilla, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; 96

116 IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Banderilla $2,000, $2,000, $4,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * 97

117 COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio sin número y del 05 de febrero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 23 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Alvarado, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Alvarado, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable 98

118 Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Alvarado $2,500, $2,500, $5,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. 99

119 Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio PRE/049/2008 del 29 de enero de 2009, la Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 26 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Coatzintla, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Coatzintla, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 100

120 II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Coatzintla $1,500, $1,500, $3,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Coatzintla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. 101

121 Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio sin número y del 26 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 05 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Córdoba, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Córdoba, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo ante- 102

122 rior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Córdoba $3,400, $3,400, $6,800, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 103

123 Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio PRE 015/2009 y del 23 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 16 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Córdoba, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Huiloapan de Cuauhtémoc, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene en- 104

124 tre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Huiloapan de Cuauhtémoc $600, $600, $1,200, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. 105

125 En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Huiloapan de Cuauhtémoc, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio ATG/PR/030/09 del 23 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 23 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Mariano Escobedo, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída 106

126 Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Mariano Escobedo, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Mariano Escobedo $1,450, $1,450, $2,900, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo

127 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Mariano Escobedo, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio SM-0449/2009 del 06 de febrero de 2009, el Secretario del Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 28 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por mayoría de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Minatitlán, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Adminis- 108

128 trativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Minatitlán, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por mayoría de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: 109

129 Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Minatitlán $3,759, $3,759, $7,519, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio MOP 10/2009 del 23 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 110

130 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 20 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Orizaba, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Orizaba, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del 111

131 Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Orizaba $3,400, $3,400, $6,800, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio 031/2009 del 23 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable 112

132 Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 23 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por mayoría de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Pánuco, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Pánuco, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por mayoría de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos 113

133 Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Pánuco $2,000, $2,000, $4,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y

134 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio 0059/09 del 24 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 21 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Poza Rica, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Poza Rica, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legis- 115

135 lación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Poza Rica $1,500, $1,500, $3,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Poza Rica, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual soli- 116

136 cita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio [PM /01/2009] sin fecha, la Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 18 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, para que los ciudadanos Presidenta Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de San Andrés Tuxtla, representado por su Presidenta Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de 117

137 Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total San Andrés Tuxtla $3,400, $3,400, $6,800, IX. Que los CC. Presidenta Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como a la Presidenta Municipal de San Andrés Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la 118

138 COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio PM/0193/2009 y del 29 de enero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 02 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por mayoría de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Xalapa, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Único, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Xalapa, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de 119

139 Cabildo del Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por mayoría de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo I Anexo II (Aportación de Recursos) (Municipio) Federal Municipal Total Xalapa $4,500, $4,500, $9,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. 120

140 Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG- DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio del 05 de febrero de 2009, el Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 04 de febrero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Veracruz, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Veracruz, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 121

141 II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Veracruz $3,000, $3,000, $6,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. 122

142 Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-DP/1er./2 /035/2009, al que se adjunta la solicitud del Honorable Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual solicita autorización para poder suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz, junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política local; 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; procedimos al análisis de la solicitud de referencia, con el fin de dictaminar su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que mediante el oficio 028/2009 del 06 de febrero de 2009, el Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, solicita a este Honorable Congreso autorización para suscribir acuerdo de coordinación para la asignación y operación de subsidio del Programa de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado de Veracruz. 2. Que dicha petición fue acompañada de copia fiel del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 30 de enero de 2009, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos del cuerpo edilicio del Ayuntamiento de Tuxpan, para que los ciudadanos Presidente Municipal y Síndico Ú- nico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior; 3. Que así mismo, se anexa al legajo copia del proyecto de convenio de coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social que celebrarían, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, representada en éste acto por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Arq. Sara Halina Topelson Fridman, asistida por la Delegada de la SEDESOL en el estado de Veracruz, C. Alma Aída Lamadrid Rodríguez; por la otra parte, el Gobierno del Estado representado por la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de su titular la C. Silvia Asunción Domínguez López, y el municipio de Tuxpan, representado por su Presidente Municipal, y por su Síndico Único, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) es una dependencia del Ejecutivo federal, según se desprende del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual tiene entre sus atribuciones, las de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda (Art. 32 LOAPF); 5. Que así mismo, su representación legal recae sobre su delegado en el Estado, quien está facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la SEDESOL; Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes descritos, 123

143 esta Comisión Permanente formula las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que esta Comisión es competente para realizar la aprobación de referencia, según se desprende de los artículos 18 fracción XVI, 38 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de este honorable Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de este Honorable Congreso, consistente en el Acta de Sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, en donde consta la aprobación por unanimidad de los integrantes del cuerpo edilicio para la suscripción del presente Convenio, así como las copias fotostáticas del Convenio que se somete a aprobación, los Anexos I y II, y las Reglas de Operación, cumple con los requisitos de forma establecidos; IV. Que de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto es el de coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas. V. Que en la cláusula segunda del citado proyecto de convenio, se señala que la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la legislación federal aplicable, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus lineamientos específicos. VI. Que en la cláusula quinta la SEDESOL, la SEDESMA, y el municipio, acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente convenio de coordinación. VII. Que en la cláusula décima sexta se establece que la SEDESOL, la SEDESMA y el municipio, colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por la SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. La SEDESOL proporcionará a la SEDESMA y al municipio, asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades. VIII. Que de los Anexos I y II, se señalan al municipio seleccionado y la aportación que realizará en cantidad igual a la federal, con base en las siguientes proporciones: Anexo II (Aportación de Recursos) Anexo I (Municipio) Federal Municipal Total Tuxpan $2,500, $2,500, $5,000, IX. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico Único del Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre; X. En razón de lo anterior y una vez analizada la solicitud de referencia y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el municipio de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás Leyes relativas sobre la materia. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, somete a vuestra consideración el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación para la operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20, con la Secretaría de Desarrollo Social y con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 124

144 Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la titular de la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como al Presidente Municipal de Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidente Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE COATZACOALCOS A CELEBRAR CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL A TRAVÉS DE LA 11 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA, CON EL OBJETO DE FACILITAR LAS MAMPARAS Y BASTIDORES DE USO COMÚN, EXISTENTES DENTRO DE DICHO MUNICIPIO Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Coatzacoalcos a celebrar convenio de colaboración con el Instituto Federal Electoral a través de la 11 Junta Distrital Ejecutiva, con el objeto de facilitar las mamparas y bastidores de uso común, existentes dentro de dicho municipio, a fin de que los partidos políticos y candidatos, fijen propaganda electoral con motivo de las campañas políticas, emitido por la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales y en razón de que éste ya ha sido publicado en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y PROCESOS ELECTORALES Honorable Asamblea: A esta Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, le fue turnado para su estudio y dictamen, el oficio número SG SO/1er./2do./375/2009, al que adjunto se remite la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de colaboración con el Instituto Federal Electoral, con la finalidad de facilitar mamparas y bastidores que se utilizarán en la colocación de propaganda electoral con motivo del Proceso Electoral Federal Así mismo, por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el día diecinueve de febrero del año dos mil nueve, se turnó a esta Comisión Permanente, el diverso SG DP/1er./2 /042/2009, con el que se remite documentación relativa como complemento al expediente primeramente turnado. 125

145 En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos 33 fracción XVI, inciso g), 38 y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g), 38, 39 fracción XXI y 47 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de resolver sobre su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. En fecha veintidós de enero de dos mil nueve, fue recibido por la Presidencia de esta Soberanía, el oficio numero 1187, fechado el día dieciocho de diciembre de dos mil ocho, signado por el C. Lic. Leonel Segundo Grajales Lagunes, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Coatzacoalcos, Veracruz, mediante el cual remite copia debidamente certificada del Acta de Cabildo correspondiente a la Sesión Ordinaria de fecha doce de diciembre de dos mil ocho, en la que se aprobó por unanimidad de votos, la solicitud para suscribir un Convenio de Colaboración con el Instituto Federal Electoral con la finalidad de facilitar mamparas y bastidores que se utilizarán en la colocación de propaganda electoral con motivo del Proceso Electoral Federal Que el día doce de febrero de dos mil nueve, se recibió en la Secretaría General de este H. Congreso, el oficio número 147 de fecha cuatro del mismo mes y año; signado por el C. Lic. Leonel Segundo Grajales Lagunes, Secretario del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz; mismo que por acuerdo de la Diputación Permanente, tomado en Sesión Ordinaria de fecha diecinueve de febrero de dos mil nueve, fue turnado a esta Comisión Permanente, remitiendo a su vez, copia del Convenio de Colaboración, instrumento jurídico que celebran por una parte el H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, por conducto del Presidente Municipal y el Instituto Federal Electoral a través de la 11 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado de Veracruz, mediante el cual se facilitan mamparas y bastidores de uso común que se utilizarán para la colocación y fijación de la propaganda electoral, durante el Proceso Electoral Federal , en el 11 Distrito Electoral Federal con cabecera en Coatzacoalcos, Veracruz. Expuestos que han sido los antecedentes del caso y una vez realizado el análisis del expediente que corresponde, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Que en términos de lo dispuesto por la normatividad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autorización hecha por el H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz. II. Que de conformidad con los artículos 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, el H. Ayuntamiento Constitucional de Coatzacoalcos, Veracruz, y en ejercicio de las atribuciones que la propia Ley Orgánica de la materia le confiere al Presidente Municipal; está facultado para celebrar convenios, previa autorización de este Honorable Congreso del Estado o en sus recesos por la Diputación Permanente, y toda vez que las elecciones federales del año 2009, deberán sujetarse a los principios de certeza, legalidad y objetividad consignados en el artículo 41, base V, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: La organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores ; así como lo que dispone el artículo 105, párrafo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que el Instituto Federal Electoral tiene como fines contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática; 126

146 y con el objeto de conseguir mayor transparencia en todas las etapas del proceso electoral, ha acordado con el Instituto Federal Electoral, por conducto de la 11 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado, la celebración de un Convenio de Colaboración cuyo objetivo es facilitar las mamparas y bastidores de uso común, existentes dentro de los límites territoriales del municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, a fin de que los partidos políticos y candidatos, fijen propaganda electoral con motivo de las campañas electorales. III. Que el Instituto Federal Electoral, con fundamento en el numeral 236, párrafo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, se encargará de que las mamparas y bastidores de uso común a que nos hemos referido, serán repartidos por sorteo en forma equitativa de conformidad a lo que corresponda a los partidos políticos registrados, conforme al procedimiento acordado en la sesión del Consejo respectivo. Así mismo, el Ayuntamiento coadyuvará en el retiro de la propaganda electoral colocada. IV. Que una vez estudiada y analizada la solicitud de autorización, y tomando en cuenta la documentación que se remite, esta comisión que dictamina, considera que el Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, cumple con las disposiciones de la Ley Orgánica del Municipio Libre, siendo perfectamente válido el objeto de dicho convenio, por lo que se somete a la aprobación de esta Soberanía el presente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, celebrar convenio de colaboración con el Instituto Federal Electoral a través de la 11 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado de Veracruz, con el objeto de facilitar las mamparas y bastidores de uso común, existentes dentro de los límites territoriales de dicho municipio, a fin de que los partidos políticos y candidatos, fijen propaganda electoral con motivo de las campañas políticas, en los términos del proyecto y anexo presentados. Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Vocal Ejecutivo de la 11 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado de Veracruz, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales Dip. Joel Arcos Roldán Presidente Dip. Elvia Ruiz Cesáreo Secretario Dip. Tito Delfín Cano Vocal * * * Se pone a la consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado los dictámenes. (La asamblea asiente) ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DE LA DIPUTADA DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, RELATIVO A LA SALUD DE LAS MUJERES EN EL ESTADO DE VERACRUZ Proseguimos con el anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la salud de las mujeres en el Estado de Veracruz, presentado por la diputada Dalia Edith Pé- 127

147 rez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, por lo que tiene el uso de la voz la compañera legisladora. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Diputado presidente, con el permiso de la Mesa. Hoy quiero referirme a crecientes problemas de procuración de justicia y de salud pública que se observan en nuestro Estado. Son preocupantes las noticias generadas en las últimas fechas sobre los riesgos que corren las mujeres respecto de su salud y de las deficiencias y limitaciones con las que acceden, cuando así lo requieren, a los servicios de salud públicos. En una ocasión anterior hice uso de esta tribuna para referirme a los graves casos de violación de derechos, actos de violencia e incluso asesinatos cometidos contra mujeres, señalando de manera detallada los nombres de las mujeres muertas. La información que al respecto logramos concentrar ha sido remitida oportunamente a las autoridades responsables de la procuración de justicia para que, en ejercicio de sus atribuciones, se desarrollen las acciones legales pertinentes. No obstante, a la fecha no conocemos los avances logrados en los procedimientos ministeriales tendientes a procurar justicia para estas mujeres que han sido violentadas o de resarcimiento de los daños que han sufrido las propias víctimas o sus familiares. En el mismo sentido de proteger la integridad física y emocional de las mujeres es preocupante que, sin regulación alguna o cuando menos sin regla legal específica que norme o que prohíba estos actos, se vulnera la salud de mujeres jóvenes al someterlas a tratamientos que ponen en riesgo su vida o les provocan daños irreversibles en su salud o en su cuerpo. El mes pasado, por ejemplo, profesionistas adscritos al Centro de Especialidades Médicas del Estado, mejor conocido como CEM, ubicado en esta ciudad, dieron a conocer que recibían a la semana más de 12 casos de mujeres menores de 17 años que acudían con intensas hemorragias vaginales provocadas por la mala aplicación de medicamentos o con el útero perforado por parteras que fallaron al momento de realizar un legrado. Calculemos, diputados, por lo menos 12 mujeres a la semana tan sólo en este año. De acuerdo con estas mismas noticias, se trataba de una red establecida en la ciudad en la que participan médicos inescrupulosos, técnicos en ultrasonido y farmacéuticos que, sin control legal alguno, promocionaban y ponían a disposición del público, principalmente mujeres, medicamentos de alto riesgo en su manejo. Para cerciorarse de la proliferación de estos negocios sin reglamentación ni vigilancia o supervisión alguna, basta revisar el aviso oportuno en algunos diarios de circulación local o ingresar a populares blogs en la Internet, donde se encuentran los contactos necesarios para obtener los medicamentos con costos que varían de 900 a 1,300 pesos, según el tratamiento requerido, sin que ninguna autoridad sanitaria los controle. Desde nuestra perspectiva, esa anómala situación es otra consecuencia de una concepción que omite impulsar políticas públicas en materia de salud y procuración de justicia, tendientes a permitir la libre decisión de las mujeres respecto de su organismo, pero garantizando, a la vez, condiciones clínicas y hospitalarias suficientes para prestar servicios de salud en óptimas condiciones para las mujeres. Por esas razones, nos parece totalmente oportuno realizar un respetuoso exhorto a las autoridades competentes en materia de procuración de justicia y un llamado público a las vinculadas con el sector salud para que se atiendan puntualmente las normas establecidas en la materia y se provean servicios de salud de calidad, gratuitos y universales, de forma tal que todas las mujeres tengan la seguridad de que no serán criminalizadas por sus decisiones y que, al contrario, recibirán todo el apoyo necesario cuando sean objeto de actos de violencia física, emocional o sexual que conlleven consecuencias indeseables para las víctimas. En este mismo sentido es necesario dictaminar las iniciativas para que se reformen las leyes necesarias al efecto de facilitar las actividades de las autoridades procuradoras de justicia, de forma tal que ningún acto de violencia cometido contra alguna veracruzana permanezca impune. De cualquier manera, aun en las circunstancias actuales, la autoridad ministerial posee atribuciones suficientes para investigar conductas que pudieran constituir delitos y para perseguirlos, si fuera el caso, principalmente en estos casos como los que he señalado, que ponen en riesgo la salud y la vida de un buen número de xalapeñas y de veracruzanas. 128

148 Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Se exhorta al ciudadano procurador de Justicia para que intensifique sus labores en materia de investigación y persecución de conductas delictivas puestas en su conocimiento, relacionadas con actos de violencia cometidos contra las mujeres en la entidad. De la misma manera, para que proceda a ejercer sus atribuciones sin criminalizar a las mujeres involucradas en los casos como los dados a conocer en el centro de especialidades médicas del Estado, Doctor Rafael Lucio. TRANSITORIO Único. Publíquese la presente en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Xalapa-Enríquez, a 13 de marzo del presente Es cuanto. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, PARA EXHORTAR AL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN PARA QUE SE APRUEBE EN SUS TÉRMINOS LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, QUE FUE PRESENTADA EL 14 DE MAYO DE 2008 En el desahogo del siguiente punto del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Julio Hernández Ramírez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con relación a su anteproyecto de punto de acuerdo para exhortar al honorable Congreso de la Unión para que se apruebe en sus términos la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, que fue presentada el 14 de mayo de EL C. DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ: Buenas tardes a todos. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de esta Legislatura El que, suscribe Julio Hernández Ramírez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 8º fracción XI, 84 fracción IX y 132, fracciones I y IV, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo sobre las siguientes bases. El 14 de mayo del año 2008, durante la sesión de la comisión permanente del honorable Congreso de la Unión, el diputado federal Adolfo Mota Hernández presentó una iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social. El sentido de dicha iniciativa con el cual concuerdo plenamente, hace referencia al justo reclamo de todos los jubilados del Seguro Social por acceder a mejores retribuciones económicas. Nuestra población de adultos mayores crece constantemente y siguen siendo parte en su mayoría de la vida económica y productiva de la sociedad con responsabilidades familiares, pero, además, en su conjunto merecen tener una calidad de vida en su ser y esto se logra primordialmente con la dotación de suficientes recursos económicos para su manutención y atención a su salud. El goce de la seguridad económica les permite, además de satisfacer sus necesidades objetivas al Estado y la sociedad, tener un sector de la población en aumento con una independencia económica que les permita a sus familiares equilibrar su economía. Otra razón familiar es la aguda crisis que enfrentamos actualmente. La carestía en los artículos de primera necesidad ha provocado un serio decremento en el poder adquisitivo de los trabajadores jubilados. Con las reformas a la Ley del Seguro Social propuestas por el legislador federal, se busca mejorar los ingresos por concepto de pensiones hasta de tres veces más de lo que ahora perciben y generar alternativas por el Instituto Mexicano del Seguro Social para cubrir las necesidades de ese sector. Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente: 129

149 ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. La LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave exhorta al honorable Congreso de la Unión para que se apruebe en sus términos la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, presentada ante esta potestad el 14 de mayo de TRANSITORIO Único. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los corrientes. Es cuanto, diputado presidente. Gracias, diputado. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política para los efectos procedentes. PRONUNCIAMIENTO CON ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, RELATIVO A LA ACTUACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SOLEDAD DE DOBLADO Conforme al orden del día, se le concede el uso de la voz al diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la actuación del ayuntamiento del municipio de Soledad de Doblado. - EL C. DIP. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Gracias, diputado presidente. El suscrito, diputado Marco Antonio Núñez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta Diputación Permanente el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo con base a las siguientes: CONSIDERACIONES En el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional estamos siempre atentos a los problemas que se suscitan en nuestra entidad, sabedores de que la población veracruzana necesita y solicita gobiernos de calidad, donde los postulados de transparencia, buen gobierno, eficacia y eficiencia en la administración pública, sean reales. El municipio es la base y la estructura del gobierno de nuestro país. En los últimos años se han llevado a cabo, un amplio proceso para su fortalecimiento, destacando las obligaciones y facultades plasmadas en la Carta Magna, en la Constitución de nuestro Estado, en la Ley Orgánica del Municipio Libre y en las diversas leyes que se contemplan del marco legal para sustentar las funciones municipales, las cuales buscan ampliar su actuación en todos los ámbitos de la vida del Estado y del país. Si bien se ha requerido a tiempo, el municipio de Veracruz es un nivel de gobierno fortalecido administrativamente, legal y económicamente. Lo anterior por las políticas públicas tanto federales como estatales, encaminadas siempre a su crecimiento; sin embargo, podemos ver que en la actualidad, los grandes problemas que suscitan en los gobiernos municipales no se derivan de las atribuciones a ellos conferidas en el ley, sino, por el contrario, sus problemas muchas veces derivan de la coexistencia entre ediles y la falta de consensos en el Cabildo. Analicemos lo anterior. En el Estado, la falta de consensos y de continuos disensos en el Cabildo desestabilizan el actuar del ayuntamiento, sin comprender que el ayuntamiento es un colegiado; por lo tanto, su actuar debe estar siempre sustentando por consensos y acuerdos. El caso que nos ocupa, deriva de la actuación del presidente municipal del municipio de Soledad de Doblado, Veracruz de Ignacio de la Llave, se han suscitado diversos problemas por cuanto hace a la actuación del ciudadano Tomás Sosa Mendoza, toda vez que se ha creado una ínsula de poder en la cual trata de avasallar a los otros integrantes de la comuna, específicamente a los regidores. 130

150 Los regidores de este ayuntamiento han denunciado que el presidente municipal les ha negado información correspondiente a las finanzas públicas del municipio. Aunado a esto se denuncian prácticas nepotistas, puesto que el hermano del presidente está en la nómina del ayuntamiento y se atribuye funciones que no le competen, entre las cuales destaca autorizar diversas compras en materia administrativa que realiza el ayuntamiento. Lo anterior podría derivarse inclusive en responsabilidad penal. Como antecedente podemos mencionar, el oficio con fecha 10 de noviembre del 2008, signado por el presidente municipal, dirigido al síndico municipal, José Luis Nava Hernández, por el cual retira por voluntad propia las Comisiones de Hacienda y Patrimonio Municipal; Comunicación y Obras; Comercio y Central de Abastos, Mercados y Rastros; Protección Civil; Policía y Prevención de Delitos; Programas de Becas, al profesor Gaudencio Morales Jiménez, regidor primero, argumentando que estas medidas se motivó por lo siguiente: para que se frenen una serie de comentarios negativos ante el Congreso del Estado y ante el señor gobernador, ya que estas comisiones se han administrado de manera negativa, arrogante y prepotente, dando mala imagen a la administración que encabezamos como autoridades, por lo que he recibido la instrucción directa y personal del ciudadano gobernador de sanear esta situación, palabras textuales del oficio girado por el presidente municipal al ciudadano José Luis Nava Hernández, síndico. Derivado de lo anterior, con fecha 15 de diciembre de 2008, sin que existiera notificación alguna, se requirió al regidor para que entregara la documentación y papelería de las comisiones en comento. Lo anterior sin autorización expresa del Cabildo. Es pertinente manifestar que el día 12 de enero del presente año, diversos regidores del ayuntamiento de Soledad de Doblado presentaron una denuncia penal en contra del munícipe, así como de su hermano, de diversos delitos entre los cuales podemos citar el abuso de autoridad, dando lugar a la investigación ministerial, número de expediente 11/2009/1B, radicada en la Agencia Especializada de Delitos Cometidos por Servidores Públicos del Estado. Es pertinente mencionar que los hechos denunciados se derivan del retiro de las comisiones a los regidores, pues, se violenta lo contenido en los artículos 28, 36, 42 y 115 fracción XXXI de la Ley Orgánica del Municipio Libre, ya que no se pueden retirar las comisiones a los regidores sin que previamente se haya celebrado sesión de Cabildo, a lo que se refleja un desconocimiento total de la ley, además de la prepotencia con la que actúa dicho alcalde. Aunado a lo anterior, el presidente municipal de Soledad de Doblado se caracteriza por los malos tratos y discriminación con los ediles que conforman el ayuntamiento. Lo anterior sólo trae consigo un clima de incertidumbre, falta de gobernabilidad y violación directa e indirectamente a la normatividad que regula el actuar del Cabildo. Problemas como éstos no deben pasar desapercibidos por esta Soberanía; muy por lo contrario, debemos ser garantes del buen funcionamiento de los ayuntamientos, toda vez que es el nivel de gobierno más cercano a la ciudadanía. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y del 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presento a esta Diputación Permanente el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Se exhorte al presidente municipal del ayuntamiento de Soledad de Doblado de Ignacio de la Llave a cumplir con lo estipulado en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, así como, también, remitir a esta Soberanía un informe de la situación actual de la gobernabilidad del ayuntamiento. Atentamente 13 de marzo de 2009 Diputado Marco Antonio Núñez López Es cuanto, diputado presidente. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. 131

151 ANTEPROYECTO PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO DALOS ULISES RODRÍGUEZ VARGAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, PARA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE AL EJECUTIVO ESTATAL SE PROCEDA A LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA ESTATAL DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Para el desahogo del siguiente punto del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Dalos Ulises Rodríguez Vargas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con relación a su anteproyecto punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al Ejecutivo estatal se proceda a la aplicación del programa estatal de verificación vehicular. - EL C. DIP. DALOS ULISES RODRÍGUEZ VARGAS: Gracias y con su permiso, señor presidente. Compañeros diputados. El suscrito, Dalos Ulises Rodríguez Vargas, de la fracción del Partido Revolucionario Institucional, presidente de la Comisión de Gobernación y vocal de la Comisión Permanente de Medio Ambiente y Agua de esta Legislatura, con fundamento en lo que dispone el artículo 8 fracción IX del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente anteproyecto de punto de acuerdo. CONSIDERACIONES Primera. El programa de verificación vehicular en Veracruz está legalmente establecido en la Constitución General de la República en su artículo 4 y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave en su numeral 8 y la Ley 62 Estatal de Protección al Ambiente, las normas ecológicas 047 del 99, la 041 de SEMARNAT de 2006 y la 045 de la SEMARNAT de 2006, la Ley de Tránsito y Transporte y su Reglamento, regulado en la segunda sección, De la emisión de contaminantes generados por fuentes móviles, del título quinto, De protección al ambiente, de la Ley 62 Estatal de Protección al Ambiente en sus artículos que van desde el 139 al 146. Segundo. La Ley de Tránsito y Transporte de Veracruz en su capítulo octavo De los vehículos, artículos 41 y 42 de su reglamento, en su artículo 67 fracción VII. Tercera. Hoy en día, Veracruz está en negociaciones con otras entidades federativas para establecer un convenio de coordinación que les permita a los automotores con placas de circulación de esta entidad tener accesos sin mayores restricciones en otros estados, principalmente en el Estado de México y el Distrito Federal. Por otra parte, de acuerdo a la información de la Secretaría de Finanzas y Planeación y Desarrollo Social y Medio Ambiente y la propia Coordinación Estatal de Medio Ambiente, sólo el 29% del parque vehicular del Estado de Ignacio de la Llave (sic) cumple con la verificación vehicular, es decir, que el 71% de los propietarios de vehículos automotores no verifican aun cuando es un hecho notorio que la contaminación es ostentosa y apreciada por toda la Soberanía, particularmente el transporte público. Más aún, en la ciudad de Xalapa en horas pico, que es cuando hay mayor concentración de contaminantes, hay calles reducidas y hay una serie de tendientes que hacen posible que haya una gran contaminación. Señoras y señores diputados. Además, se debe puntualizar el daño a la salud de los ciudadanos en sus vías respiratorias e infecciones en la piel por la contaminación que generan los vehículos de tránsito. El anteproyecto del punto de acuerdo que se somete a la consideración de esta Soberanía es para exhortar respetuosamente al Ejecutivo del Estado que proceda a la aplicación del programa estatal de verificación vehicular con fundamento en las disposiciones invocadas, lo que actualizará la garantía consagrada en los textos constitucionales referentes al derecho y a un ambiente sano, evitará la contaminación del ambiente tutelar de la salud de los veracruzanos y evitará el daño patrimonial que reciente el erario público al incumplirse con la obligación de verificación vehicular de 700 mil vehículos automotores. Es cuanto, señor presidente. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. Continuamos Sí, diputado, tiene el uso de la palabra. 132

152 - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Quien me precedió, efectivamente, con la mejor intención de que este Estado pueda tener orden, toca un aspecto que por lo menos en el puerto de Veracruz, en la zona conurbada, voy a hablar de Medellín, voy a hablar de Boca del Río y del puerto. En una afán protagónico, las 24 horas, de la gente encargada del manejo, del tránsito y la vialidad, con respecto a la verificación vehicular, los programas de radio de esta semana han sido dirigidos para verificar de la ciudadanía dos cuestiones: uno, qué piensa la ciudadanía de tránsito y vialidad y, segundo, dónde se colocan los agentes para presentarse con la ciudadanía y es increíble, pero se siguen colocando por lo menos en Medellín. No puede usted andar arriba de 35, 40 kilómetros porque le caen todos. A eso le aunamos lo que sucede aquí en la entrada de Xalapa, en Las Trancas. Están como buitres, esperando, pero en el punto neurológico y lo citó muy acertadamente, directamente, mi compañero que me precedió. Efectivamente, a falta de recursos de esta nación, estamos viendo que dentro de la inconstitucionalidad que tiene la tenencia perdón, de la tenencia vehicular, efectivamente, éste es el más inconstitucional porque antiguamente se manejó el refrendo. Qué está sucediendo? Que hemos recibido y lo esperábamos presentar el domingo nosotros, allá en el puerto de Veracruz, porque va dirigido únicamente para el puerto, no en el caso de Xalapa, que se está pidiendo a la gente de Tránsito que pueda pasar una remesa de cinco a diez mil pesos al señor encargado y delegado de Tránsito del puerto de Veracruz. Eso es muy grave. Viene en manuscrito. Lo presentaremos seguramente Marco y yo en nuestra tradicional conferencia de prensa, pero se adelanta. Desconozco aquí el caso porque, efectivamente, aquí creo que aguantan más que allá en el puerto. Insisto, tenemos cualquier cantidad de problemas. Directamente ya lo habíamos dicho en alguna comparecencia, hace un año. No nos permiten guardar ni siquiera el comprobante de la verificación vehicular, Dalos. Le pedimos a la secretaria y recordaras en la primera comparecencia que hasta cuatro comprobantes, por qué? Porque en la zona conurbada es donde se está presentando esto y dicen ellos, no podemos libremente señalarlo porque es nuestro trabajo y nos exigen como agentes de tránsito, entregar cinco y diez mil pesos porque si no, perdemos el trabajo. Qué nos queda? Una doble atribución, quien me precedió, efectivamente, que haya una verificación vehicular constante. Necesitamos ese ingreso, pero, por otro lado, una seria investigación a los encargados del manejo de la delegación, en este caso para mi área, Boca del Río, Veracruz. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias. Gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Marco Antonio, del Partido Acción Nacional. - EL C. DIP. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Gracias, diputado presidente. Yo me quiero, únicamente aquí, sumar al anteproyecto de punto de acuerdo que está el compañero diputado Dalos, en... respecto de la verificación vehicular que debe hacer al parque vehicular al 100% y no al 3% como se ha mencionado. Nada más que yo quiero hacer aquí hincapié en algo. El proyecto nació para proteger al medio ambiente, para proteger a la atmósfera, no para que el gobierno del Estado o la Federación se haga de ingresos, que sea un beneficio adicional el que se esté verificando porque cuesta todo el procedimiento de la verificación, es permisible y por eso es barato, cuesta 150 pesos, cada seis meses, o sea, la verdad y a todo eso todavía le vamos y le sumamos a que si tu vehículo está descarburado, consumirías un promedio de dos litros diarios más de combustible y al precio que está, pues, está pues, está gastando quince pesos diarios. Si lo sumas es mucho más caro estar tirando dinero vía mala carburación de tu vehículo que ir a pagar 150 pesos y verifiques que estás no contaminando y que estás ahorrando dinero ahorita en esta época de crisis, sale hasta de motu proprio, ir a verificar tu vehículo para estar monitoreando que no estés quemando combustible crudo y, de esta manera, estés gastando dinero de más porque digo, dos litros diarios de una mala carburación, estamos hablando de que si compras de la más barata son 15 pesos. Así que aquí reitero, el programa nació para proteger al medio ambiente, no para hacerse dinero. Es cuanto, diputado presidente. 133

153 Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, RELATIVO A LA ACTUACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DEL ESTADO En el desahogo del siguiente punto del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, relativo a la actuación de la Dirección de Tránsito del Estado. - EL C. DIP. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Gracias, diputada presidente. El suscrito, diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, someto a consideración de esta Diputación Permanente el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo en base a las siguientes: CONSIDERACIONES El Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, así como la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, estamos ocupados y preocupados por la tutela efectiva del Estado para la protección del medio ambiente. Diariamente los contaminantes atmosféricos tienen diferentes efectos en nuestro organismo, causando diferentes enfermedades, como la irritación de la membrana de la mucosa, efectos nocivos al sistema nervioso central, así como también en el sistema cardiovascular, disminuyendo la capacidad de la hemoglobina para transportar oxígeno a los tejidos, causando con eso un severo daño en la salud del ser humano. Todo esto afecta el rendimiento físico-intelectual de nuestros niños jóvenes y adultos, alterando la capacidad de aprendizaje, incrementando los problemas en el pulmón y vías respiratorias, abriendo la antesala para los padecimientos de cáncer, neurosis, depresión, mutaciones a nivel celular y muchas enfermedades más. Hablo sobre los efectos de la contaminación atmosférica porque hoy el discurso político en diversos niveles de gobierno está dirigido a la contaminación de los mantos acuíferos y la que se origina por la falta de buen manejo de los residuos sólidos urbanos, pero pocos han señalado la ineficiencia en las políticas públicas en torno a la contaminación del aire, que en su mayoría es producida por unidades automotoras. Analicemos un poco lo anterior. Podemos considerar como contaminación atmosférica la alteración por causas naturales y por el hombre de la composición del aire que respiramos. En gran medida esta alteración es causada por los automóviles que despiden monóxido de carbono, hidrocarburos, óxido de nitrógeno, plomos y partículas que puedan flotar y sedimentarse, conocidas como partículas suspendidas totales. Resulta necesario describir las causas y efectos de la problemática en comento porque es urgente que como gobierno actuemos a favor de la tutela efectiva de la salud pública, procurando, vigilando y sancionando la protección al medio ambiente, en específico a la contaminación atmosférica por emisiones de gases contaminantes, mismos que repercuten directamente a la salud de las y los veracruzanos. Es un hecho real y tangible que los altos índices de contaminación del aire en Veracruz son el resultado de la ausencia de ejecución de la ley por parte de las dependencias estatales municipales responsables del control de vehículos. Según estimaciones, en Xalapa y Banderilla circulan un promedio de 130 mil automotores, de los cuales sólo el 30% han realizado la verificación vehicular situación por demás alarmante. Tomando en cuenta las dimensiones del problema, las disposiciones son claras. La Dirección General de Tránsito y Transporte Público de Veracruz es la responsable de ordenar el retiro de la circulación de los vehículos que no porten la constancia de haber acreditado la verificación vehicular, así como aquellos que emitan humo negro o azul o ruido en exceso. El artículo 50 de la Ley de Transporte y Tránsito para el Estado libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave establece lo siguiente: Las autoridades estatales en materia ambiental se coordinarán con las autoridades de Tránsito y Transporte a fin de llevar a cabo operativos para la detención de vehículos que aun portando el engomado de verificación vehicular, rebasan los límites de máximos permitidos por las normas oficiales mexicanas. 134

154 Las autoridades no permitirán la circulación de vehículos que rebasen los límites permisibles de contaminación hasta en tanto no los habiliten y sean aprobados en su funcionamiento por los centros de verificación autorizados por las autoridades estatales en materia ambiental, aplicando las sanciones a que se hubieran hecho acreedores en término de las difusiones reglamentarias. Sin embargo, aun cuando las disposiciones legales son claras, en la práctica no se cumplen las mismas, toda vez que se pueden ver circulando en nuestra entidad vehículos que contaminan de manera excesiva, toda vez que se ignoran todas complicaciones de no hacer cumplir y de no sancionar este tipo de actos. Como un antecedente a la problemática a que me refiero, el día 11 de los corrientes se presentó por parte de un grupo de concesionarios del centro de verificación vehicular en el Estado ante la Contraloría de gobierno del Estado, una queja donde se denuncian diversas irregularidades que devienen el daño ambiental y patrimonial para el Estado. Analicemos lo anterior. Es una problemática vigente que el 70% de los automóviles que circulan en el Estado no están cumpliendo con la normatividad de la verificación vehicular. Más preocupante aún es que los concesionarios de esos centros denuncien actos de corrupción por parte de las autoridades encargadas de la materia de protección de medio ambiente en el Estado, así como también a las autoridades encargadas de sancionar este cumplimiento como lo es la Dirección de Tránsito estatal. Así que al no sancionar ni vigilar, la Dirección General de Tránsito y Transporte Público de Veracruz debe ser llamada a cuenta. En la práctica no se cumple como se estipula la ley, originando serios daños a la calidad del aire, así como también se debe revisar la actuación del coordinador general de Medio Ambiente del Estado, toda vez que es la entidad pública encargada de coordinar los esfuerzos para la protección ambiental en Veracruz. La Contraloría General del gobierno del Estado al tener conocimiento de lo aquí expuesto debe tomar cartas en el asunto, pues, de lo contrario, se podría suponer una complicidad con Tránsito del Estado y con la Coordinación General de Medio Ambiente, sobre quienes recae la responsabilidad de contaminar al medio ambiente. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado y artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, presento a esta Diputación Permanente el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Primero. Se exhorte a la Dirección General de Tránsito y Transporte Público de Veracruz a quien en cumplimiento con las funciones que le fueron conferidas por la ley por ser responsables de un deber legal. Segundo. Se exhorta a la Coordinación General del Medio Ambiente del Estado a quien, en cumplimiento de sus funciones, coadyuve en el cumplimiento del programa permanente de la verificación vehicular en el Estado. Tercero. Se le solicita a la Contraloría General del Estado remita a esta Soberanía un informe detallado de la investigación correspondiente a la denuncia hecha por los concesionarios de los centros de verificación. Atentamente A 13 de marzo de 2009 Diputado Marco Antonio Núñez López Gracias, diputado. (Aplausos) Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO MANUEL BERNAL RIVERA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, RELATIVO AL PROGRAMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE XALAPA En el desahogo del siguiente punto del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Bernal Rivera, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática, con relación a su anteproyecto de punto de acuerdo relativo al Programa Integral de Saneamiento del municipio de Xalapa. - EL C. DIP. MANUEL BERNAL RIVERA: Muchas gracias, diputado presidente. Diputado Fernando González Arrollo, presidente de la Mesa Directiva de esta Legislatura. 135

155 El que suscribe, Manuel Bernal Rivera, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 84 fracción IX y 132 fracción IV del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, someto a la consideración de esta honorable asamblea el presente pronunciamiento con proyecto de punto de acuerdo con base en las siguientes: CONSIDERACIONES Primero. Durante el ejercicio de la administración municipal de Xalapa por el periodo , se realizaron las gestiones para tener los recursos del fondo de inversión e infraestructura CIMBRA, operado por BANOBRAS, a fin de dar inicio al programa de saneamiento integral del municipio. Este programa ofrecía la ventaja de una aportación de recursos de hasta el 40% de la inversión total sin costo adicional y como comúnmente se conoce, a fondo perdido. De acuerdo con los estudios financieros, el ambicioso proyecto tenía un valor total de $592,222, El apartado técnico contemplaba la construcción de redes de atarjeas en 54 colonias de la ciudad de Xalapa, de colectores para conducir las aguas negras, de una planta de tratamiento, cosa que nunca se hizo. Al realizarse la licitación del proyecto resultó ganadora la empresa Aguas Tratadas de Xalapa. Dos. Sin embargo, durante la administración municipal se desencadenaron una serie de conflictos por obras inconclusas y, en consecuencia, incumplimiento del contrato de la empresa Aguas Tratadas de Xalapa en el mes de diciembre. En el mes de septiembre de 2006 tanto el entonces presidente municipal Ricardo Ahued Bardauil como el titular de la Comisión Municipal de Aguas y Saneamiento, CMAS, dieron a conocer que al realizar la supervisión física de las obras en comento encontraron varias de ellas abandonadas en un estado de avance diferente al reportado oficialmente y cuyas especificaciones técnicas eran inferiores a las contratadas. También, indicaron que hacía 15 meses que no había la causal para rescindir el contrato, pero que se estaba actualizando, pero que habían confiado en que la empresa enmendaría su actitud y concluiría los trabajos proyectados. Al no darse esta última condición con negligente lentitud y a destiempo, el ayuntamiento tomó la determinación de iniciar un procedimiento judicial para rescindir el contrato entre la empresa y el ayuntamiento, ocasionando que las obras quedaran paradas en tanto se resolvía el conflicto judicial. Esto produjo, además, que BANOBRAS modificara las condiciones originales en que se habían otorgado los recursos, es decir, le dio el carácter de un crédito ordinario, mismo que el ayuntamiento debía devolver y esto por el incumplimiento de la empresa contratada y por la negligencia del ayuntamiento xalapeño. Tres. La molestia de los xalapeños no se hizo esperar. Ante esta situación, la LX Legislatura del Congreso local creó en ese entonces una comisión especial para el seguimiento al programa integral de Xalapa a fin de conocer el estado de avance de la obra y la situación legal del contrato con la empresa Aguas Tratadas de Xalapa. La reunión informativa con los responsables se realizó en septiembre del año No obstante su preocupación inicial, esa comisión omitió dar a conocer formalmente las subsecuentes acciones o informes de seguimientos del caso para la sociedad civil. Esto significó que el caso no fue tratado con la transparencia ni la importancia debida. Cuatro. Recientemente diversas agrupaciones y ciudadanos en general se han manifestado en contra de los incrementos a las tarifas de agua potable y del servicio de saneamiento que ha alcanzado porcentajes elevados mayores al 40%. Han señalado incluso que se niegan a realizar los pagos, toda vez que no tienen acceso al servicio de drenaje en sus colonias ni se han visto beneficiados del programa de saneamiento, además de resultar en menoscabo de su precaria economía familiar. En este sentido, a principio del mes de febrero, el presidente municipal, David Velasco Chedraui, declaró públicamente que no habían realizado ningún incremento y que únicamente se adicionaba el cobro de saneamiento; sin embargo, contradictoriamente con posterioridad indicó que los aumentos se habían pactado a fin de obtener recursos adicionales para pagar los adeudos de BANOBRAS, incrementos que debieron ser aplicados paulatinamente desde administraciones anteriores. 136

156 Cinco. Finalmente, ni la administración de Ricardo Ahued ni la de David Velasco Chedraui han aclarado con exactitud las razones del fracaso del proyecto y del recurso público que otorgó BANOBRAS, sus consecuencias y acciones para resarcir el daño. Por el contrario, se ha generado una guerra de declaraciones en los medios de comunicaciones que únicamente han conseguido aún más a los ciudadanos, omitiendo esclarecer los hechos reales. La percepción generalizada es que será la sociedad xalapeña quien pague por los errores cometidos por los ayuntamientos descritos y que los culpables no tendrán castigo alguno. En este sentido, es menester que la presente Legislatura retome el asunto, que solicitemos a los responsables el informe amplio y exacto sobre este tema y que se dé a conocer a la luz pública a todos los ciudadanos xalapeños. Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente: PROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. La LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave solicita al licenciado David Velasco Chedraui emita a los habitantes del municipio de Xalapa un informe detallado de las condiciones en que se encuentra el Programa Integral de Saneamiento, las obligaciones asumidas por el ayuntamiento a su cargo, pendientes de pago, las sanciones aplicadas a la empresa por su incumplimiento y los costos que esta obra significa para los usuarios de la ciudad de Xalapa. TRANSITORIO Único. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano de Gobierno del Estado. Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 13 días del mes de marzo del año Diputado Manuel Bernal Rivera Muchas gracias, diputado presidente. Gracias, diputado Bernal. Tiene el uso de la voz la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Con el permiso de la Mesa. Cuando conocí de la inconformidad que comenzó al hacer de los ciudadanos al recibir algún incremento plasmado en sus recibos por el pago de agua, tuve la inquietud de acercarme al ayuntamiento de Xalapa, incluso a quienes estuvieron en administraciones anteriores, para tener información puntual y no subir a tribuna y no plasmar comentarios que no fueran consecuentes con la realidad. En tal virtud, a mí me gustaría, también, hacer una serie de reflexiones históricas sobre este mismo tema en el sentido de resaltar que, una vez que en el año 2000 el ayuntamiento de Xalapa no inició los trabajos del Programa Integral de Saneamiento, en este programa mancomunado CIMBRA, BANOBRAS, donde se planteaba un presupuesto de 592 millones de pesos, de los cuales el 40% sería una aportación federal en términos de fondo perdido, debo comentarles y que quede asentado en las actas que, una vez que se hizo el segundo planteamiento y siendo ya Xalapa acreedor de una multa por no cumplir con los acuerdos nacionales de la Comisión del Agua, al hacer este nuevo planteamiento con un proyecto valuado ya en 476 millones de pesos, si no se recibieron las aportaciones de este 40% a fondo perdido fue porque en ese momento CIMBRA, BANOBRAS, ya no estuvo en la disposición de aprobarlo, no por que el municipio no lo solicitara y lo planteara de esta manera, sino porque ya no fue aprobado de esta manera y este planteamiento fue aprobado en su momento por el Congreso del Estado de Veracruz, donde no estábamos nosotros, pero había diputados igualmente representativos y quiero resaltar, también, que una vez que dieron inicio los trabajos para el Programa de Saneamiento Integral de Xalapa, obviamente, se sufrió por el incumplimiento de una empresa, no por el incumplimiento de un deber de un ayuntamiento, sino por el cumplimiento de ATX, Aguas Tratadas de Xalapa, que obligó al alcalde en su momento, don Ricardo Ahued Bardahuil, lo obligó a hacer trabajos de supervisión y en su momento interponer un recurso legal en contra de esta empresa para que no tuviera en su momento el ayuntamiento que absorber una responsabilidad que no le correspondía porque era un tema que estaba ya en manos de una empresa. Una vez que queda rescindido el contrato en el año de 2007, el municipio de Xalapa consigue un crédito por millones de pesos, que es el que ayudó a liberar y agilizar la construcción de las obras que sí se han realizado del saneamiento de Xalapa, porque si 137

157 bien hay muchas colonias y ciudadanos que aún no han accedido a las redes de drenaje, pues, esto se explica por la enorme expansión que hemos tenido, pero hay que explicarle, también, a la ciudadanía que sí se han realizado obras para el saneamiento integral de Xalapa, lo que ha permitido que vayan aplicándose estos recursos. Y, también, decirles a los ciudadanos que este costo adicional que viene impactando sus recibos de agua fue estipulado por BANOBRAS y que en esos términos fue aprobado este contrato de crédito y fue aprobado aquí en la Legislatura del Estado, no fuimos nosotros, pero aquí había diputados que lo aprobaron. No es un tema exclusivo de los ayuntamientos ni de la administración pasada ni de la antepasada ni de ésta. Asimismo, con este recurso se mejoraron sustancialmente las condiciones de la deuda porque originalmente era una deuda de 18 años, en las cuales el ayuntamiento estaba comprometido a pagar mensualmente un aproximado de 8 millones de pesos, con una tasa de interés del 28.75% y hay que resaltar que en la renegociación que logra Ricardo Ahued Bardahuil, presidente municipal de la administración anterior, logra una negociación justa para nuestra ciudad, benéfica. Se disminuye esta deuda, se reduce el plazo de pago que es de 18 a 15 años, pero, además, el pago mensual que debe hacer el ayuntamiento por este crédito baja de ser de 8 millones mensuales a 6 millones mensuales. Me parece que es un esfuerzo especialmente encomiables y reconocemos que se redujo a la mitad la tasa de interés de ese crédito original al crédito que se recontrató, es decir, que de tal manera teníamos mejoras sustanciales en el plazo, en los montos y en los intereses. Qué está pasando ahora? Hay que decir que estamos cercanos a la conclusión de todas las obras del Plan Integral de Saneamiento de Xalapa. En este año y medio, la administración presente ha hecho avances. Además, hay que resaltar que se han construido redes de atarjeas en 54 colonias con una extensión de hectáreas que contempla 52 kilómetros para cada una de estas hectáreas. Se han construido colectores, emisores y lo que me parece fundamental es que ahora les iré describiendo todas estas obras, pero que el Programa Integral de Saneamiento de Xalapa se encuentra ya en un 80% de avance y nuestra planta de tratamiento de aguas residuales, que era la clave y lo que impactaba mayormente de manera económica al ayuntamiento se encuentra ya en un 92% de avance desde este año. Ya está funcionando. Se está haciendo el tratamiento primario. Este 8% que resta por concluir corresponde al tratamiento secundario de las aguas negras de la ciudad y que no solamente beneficia a Xalapa, está beneficiando, también, a localidades aledañas y dispersas que se ubican en las proximidades de esta ciudad, lo sabemos, que son Banderilla, San Andrés Tlalnelhuayucan, Emiliano Zapata y en parte, también, aguas de Coatepec. Estas comunidades, bueno, en este caso municipios, serán, también, beneficiadas porque no estaremos vertiendo a sus ríos, a sus arroyos y a sus mantos acuíferos, aguas de mala calidad. Los beneficios del plan de saneamiento en su conclusión, bueno, pues, serán especialmente de impacto ambiental que tanto nos ha ocupado en esta Legislatura, pero fundamentalmente hay que recordarle a la ciudadanía lo que sí se ha hecho porque son obras enterradas, nos pone nuestra tubería, se nos tapa y a los dos meses se nos olvidó que no teníamos esa obra ahí, debajo de la tierra, y que me parece que en su momento los municipios han ido haciendo información, campaña, difusión de estas obras, pero se nos olvida que no las vemos cotidianamente y quisiera resaltar aquí que están listos ya los ramales de los colectores pluviales y sanitarios que corresponden a la zona norte, a la zona norte A, a la zona B, dos subcolectores, uno en Casa Blanca uno, el auxiliar de Casa Blanca. Éstos benefician a más de 45 colonias, entre ellas, la 21 de Marzo, la Revolución, el Moral, Casa Blanca, Progreso, Predio de la Virgen y que este conjunto de obras nos permiten estar ya implementando acciones para el saneamiento del río Sedeño, que tanto ha preocupado, también, a los xalapeños, así como el Arroyo Limpio, que se encuentra en la congregación de El Castillo. Por supuesto eso, también, se ve reflejado en la mejor calidad de los manantiales de la ciudad. Está listo, también, otro ramal de los colectores, uno de ellos llamado Murillo Vidal, que está en la parte alta del inicio de esta vialidad, Murillo Vidal en su tercera etapa y el emisor de Murillo Vidal. Éstos están captando aguas negras de la zona centro de la ciudad, así como del fraccionamiento Las Ánimas, la colonia Inmecafé, SAHOP y Lomas de El Tejar y sanean el arroyo sucio con un avance del 90%. Éste está operando todavía parcialmente, la obra será concluida en el año

158 Los colectores Papas uno, Papas dos, río Carneros, colector Hortensia, éstos están beneficiando a más de 34 colonia, entre las que se encuentran las colonias Veracruz, Plan de Ayala, San Bruno, Benito Juárez, Venustiano Carranza y El Dique, mencionando algunas y esto permite el saneamiento del arroyo Papas, así como del río Santiago, Carneros y Honduras. Sumando las acciones por estas obras, se ha logrado ya la recuperación de las aguas pluviales que son destinadas a una obra que se llama El Tajo. De El Tajo se tiene ahora el avance del 70%, pero ya está operando parcialmente. Estos ramales de colectores, así como la construcción de dos cárcamos de bombeo, conducen a la planta de tratamiento de aguas residuales de las cuales le hablaba, que se encuentra, como les comentaba, ya funcionando y que al culminarse tratará 750 litros de aguas negras por segundo, emitiéndolas ya con calidad para su utilización y sistemas de riego e industrial y se encuentra terminada por ahora en un 92%. La planta de tratamiento de aguas residuales de la ciudad de Xalapa se encuentra por un convenio y por escasez de terreno en Xalapa, en el municipio de Emiliano Zapata. Y sí quisiera plasmarlo de manera visual porque de pronto decimos hay a poco, de veras, hay una planta de saneamiento de aguas? Claro que tenemos una planta. Por supuesto que nos falta culminar esos trabajos. Aquí están las imágenes, muy gentilmente nos las hicieron llegar. Aquí está una obra que corresponde con exceso a los parámetros que nos plantea la Comisión Nacional del Agua que está pidiendo un son parámetros que conocen los expertos del 75, 75 en la calidad del agua, pero que esta planta está diseñada para mejorar la calidad del agua en un 30 a 30. Esto quiere decir que la calidad de las aguas que estaremos emitiendo a nuestros cuerpos en el Estado será de una calidad inmejorable. Yo entiendo, entiendo muy bien la inconformidad de los ciudadanos. A mí, también, me llega un recibo así. Lo está sufriendo, lo está padeciendo el Centro de Especialidades Médicas, por ejemplo. En fin, grandes empresas, escuelas. Lo que a mí me parece es que en esta tribuna se ha hablado del fracaso del proyecto del saneamiento de Xalapa y me parece que no es tal. Yo lo calificaría como una serie de eventos desafortunados imputables a empresas irresponsables, eso sí hay que decirlo, pero que se han buscado los mecanismos para subsanar y para continuar, de tal suerte que en el 2010 estemos en condiciones de concluir de una vez por todas este Programa Integral de Saneamiento y desde aquí yo sí quisiera invitarlos y sumarme a la convocatoria que nos hace el diputado Manuel Bernal para que se rindan informes claros y oportunos. Me parece que eso nunca está demás, que la política pública actual nos exige ser transparentes. En eso estoy absolutamente de acuerdo, diputado, pero, también, me gustaría invitar a que en ese mismo conjunto de reflexiones le preguntemos al Consejo Nacional de Aguas por qué en su momento ya no aceptó este 40% de fondo perdido para Xalapa cuando hay municipios como Boca del Río, que tienen un plan de saneamiento y tiene aguas tratadas y tienen plantas que son costeadas absolutamente por el gobierno federal, por qué no hacerlo propio con un ayuntamiento como el de Xalapa, que es la ciudad capital de un Estado. Ahí dejamos, también, esa reflexión y me parece que aún estamos a tiempo, que aún el alcalde de Xalapa podría convocar y que podríamos respaldarlo en ese sentido, podríamos encontrar un mecanismo conjunto para que aún ahora estos pagos no recaigan de manera mayoritaria en los ciudadanos y que si pudiéramos encontrar la confluencia de recursos tanto estatales como federales, como municipales y los que cotidianamente realiza la ciudadanía para que fuera de menor impacto, pero sí, que no olvidamos que no es un fracaso, que es una realidad y que tiene un alto grado de avance el Programa Integral de Saneamiento de Xalapa. Es cuanto. Tiene el uso de la voz el diputado Manuel Bernal. - EL C. DIP. MANUEL BERNAL RIVERA: Muchas gracias, diputado presidente. Sin duda que el planteamiento que realizo como pronunciamiento con punto de acuerdo es la síntesis del reclamo de los xalapeños, es la síntesis de la gente que vive en la colonia y que así fuera 20 o 30 pesos por recibo, es sustancial y una carga importante para ellos. La lectura técnica y administrativa de obras cuya obligación es del ayuntamiento, eso es fácil, eso es sencillo, pero entender el momento social, el momento de crisis económica, el momento que nos corresponde a nosotros como diputados en el Congreso veracruzano es el que nos exige venir a pedir este punto de acuerdo. 139

159 Hace algún tiempo un señor de apellido Ruiz, si mal no recuerdo, que era el responsable de BANOBRAS, se ufanaba por el Estado de Veracruz que iba a dar créditos para los ciudadanos veracruzanos y lo hacía porque aspiraba a ser candidato por un partido al gobierno de Veracruz. No lo fue y se le olvidaron sus promesas, sus compromisos; sin embargo, el crédito se realizó en los términos técnicos y financieros, que sería ocioso meterse en este momento. Se dio y si bien la banca que otorgó el crédito no aceptó finalmente que fuera a fondo perdido un 40% del mismo, fue por la aptitud negligente e irresponsable de quien presidía el gobierno municipal de Xalapa en ese momento, cuyo nombre es Ricardo Ahued Bardahuil. Es más, fue tan lamentable que incluso la empresa contratada, a pesar de la irresponsabilidad, a pesar del daño que le hizo al patrimonio municipal y a los xalapeños, todavía tuvieron que indemnizarla porque el gobierno perdió el juicio. El extremo de la irresponsabilidad y de la negligencia allí está documentado. Venir a leer cifras de avances, pues, sí, cualquiera de nosotros lo hace, pero cuál es el sentido social y el reclamo de los xalapeños. Es más, el gobernador de Veracruz lo ha asumido y le ha pedido al presidente municipal y a su comuna que, por favor, no sigan cobrando a los xalapeños y ha llegado a decir que su gobierno asume parte sustancial de esa deuda. Yo creo que vivir en la conciencia social es responsabilidad nuestra. A lo mejor, a lo mejor sirve el punto de acuerdo, pero retomar ese reclamo de los xalapeños es nuestra obligación. Sin duda que Xalapa es una ciudad que va en crecimiento acelerado. Sin duda y nada más veámoslo en el problema de vialidad que vivimos de manera cotidiana. No voy a tomar el tema, pero creo que la administración pública municipal es un asunto de alta importancia, que su presidente debe asumir así y no mandándonos al Congreso como en breves días lo va a hacer, la privatización del servicio de la limpia pública. Yo hablo de responsabilidades y asumo la mía. Yo hablo de responsabilidades y hago mío el reclamo de los xalapeños. Por supuesto que conocemos Xalapa, pero no la conocemos en el andar de una campaña política electoral. Por supuesto que conocemos Xalapa porque hemos convivido con los xalapeños en sus problemas diarios y permanentes de introducción de servicios, problemas de salud y de inseguridad. Por supuesto que la conocemos y por eso hoy defendemos a los xalapeños. Muchas gracias, diputado presidente. Gracias. Tiene el uso de la voz el diputado Marco Antonio Núñez. - EL C. DIP. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Gracias, diputado presidente. Es rapidito y en primer lugar a los xalapeños, la verdad qué bueno de que ya se va a sanear el río Sedeño. El 80% de la contaminación de ese río lo produce la ciudad de Xalapa desde su fundación y que, bueno, es más gracias al empuje de la iniciativa de xalapeños, ciudadanos responsables, organizados en los defensores de la cuenca del río Sedeño, son los que estuvieron empuje y empuje y empuje para obligar a esta administración que tiene el alcalde David a que cumpliera con el saneamiento de la ciudad y, además, tapar la irresponsabilidad de Ricardo Ahued. Preguntaban aquí por qué no la ciudad de Xalapa recibía el beneficio del 40% a fondo perdido, por dos motivos: primera, por la gran deuda que el municipio tenía con CONAGUA; por lo tanto, no tenía derecho a los beneficios que CONAGUA da y, en segundo lugar, por haber gastado dinero sin haber pedido autorización al Congreso y para que no fuera a la cárcel el ex alcalde se hizo toda la maniobra de que se aprobara por el Congreso y BANOBRAS le diera ese dinero que ya se había gastado. Lo que aquí no me parece justo porque tratar a los desiguales igual es desigual; por lo tanto, no es justo que le estén cobrando el saneamiento de la ciudad a las personas que ni siquiera tienen drenaje en su calle. Por lo tanto, no es justo que le estén cobrando, que le cobren al que ya está conectado y, entonces, ese sí es el que debe pagar, pero el que no está conectado, o sea, es injusto. Ése es el reclamo del ciudadano xalapeño, el que me estén cobrando un servicio que no me otorgas. Sí, ése es el meollo del asunto aquí. Entonces, respondo por qué la Federación no le otorgó a la ciudad de Xalapa el 40% fue porque el señor Ahued, que estuvo a punto de ir a la cárcel por hacer lo indebido, legalmente y, en segundo, por andar de dama de compañía del gobernador que, en vez de atender la administración, pues, andaba ahí para 140

160 arriba y para abajo con el gobernador. Entonces, fue un mal administrador, ésa es la verdad y la consecuencia lo están pagando hoy los ciudadanos de Xalapa. Es cuanto, diputado presidente. Tiene el uso de la palabra la diputada Dalia. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Con el permiso de la Mesa. Ya se me fue el diputado. Ya le iba a decir que no acuda a ningún evento donde lo invite el gobernador, no vayan a decir que si es su dama o qué. Para comentarles. A ver, aquí hay que resaltar que tenemos que ser 100 gramos de congruente. No sé que tan fácil sea, no sé si fácil o no es fácil venir y leer una lista de obras, eso yo no lo podría calificar, pero el sentido del pronunciamiento era informar a la ciudadanía y me parece que esto es parte de la información que la ciudadanía necesita conocer y con esa intención lo hice. Me queda muy claro que en el fondo del reclamo que hoy hacen los ciudadanos por supuesto que está una preocupación por la economía propia, a la cual yo no me he errado. En ningún momento dije no, pues, que sigan pagando. No, no, no. Al contrario, en esta tribuna yo dije que solidarizaba con el diputado, que respaldaba esta intención de, primero, de someter a estas dos administraciones al escrutinio público, que expliquen lo que ha sucedido y me parece que ambas administraciones tienen los elementos puntuales para hacerlo y que, además, en su momento, también, ya han sido fiscalizados por esta misma institución, por este Congreso, por esta Soberanía. Este primer año de administración municipal y los tres anteriores fueron ya sometidos al escrutinio de esta Soberanía, pero que no estarían en condiciones de no volverlo a hacer en caso de ser requerido. Yo, como diputada y lo sabe bien cada uno de mis compañeros, me he caracterizado por ser una mujer abierta. No he sido obcecada, he sido bastante receptiva con las peticiones de la ciudadanía en éste y en muchos otros temas, aun a costa de las sonrisas de muchos otros y yo también quisiera resaltar aquí que nuestro señor gobernador no pidió que se dejara de cobrar, él invitó a que juntos construyéramos un mecanismo de confluencia de recursos y él puso el ejemplo diciendo, el Estado va a entrar con una aportación y si en algún momento el municipio de Xalapa, bueno, no fue merecedor de este 40% por vía de fondo perdido por qué no habían estado pagando, por qué no se había realizado la obra, por qué había de por medio una demanda en contra de esta empresa que no cumplió. Bueno, pues, me parece que ahora ha demostrado la administración municipal que ha sido bastante responsable, que tiene un año y medio de estar trabajando, de estar respondiendo, de estar construyendo y que por qué no, podrían sentarse en una mesa a negociar y replantearse que ante esta eficiente administración de año y medio, pudiese ser ya acreedor a un respaldo de tipo económico por parte de la Comisión Nacional del Agua. Está ahí la invitación puesta sobre la mesa. Por supuesto que nos preocupa no sólo venir y decir lo que se ha hecho. Sí. No nos preocupa subir a la tribuna para construir un mecanismo para que el impacto no recaiga, como lo decíamos ya, sobre los ciudadanos y que sí asumamos tanto la administración estatal, que ya es un ofrecimiento del gobernador del Estado como, también, compartir esta responsabilidad hacia el gobierno federal y que reconozca que en Xalapa en este año y medio ha cumplido en tiempo y forma con sus compromisos económicos y ambientales. Es cuanto. Gracias, diputada. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO CON PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, PARA BENEFICIAR A LOS EMPLEADOS DEL CONGRESO DEL ESTADO CON EL 10% DEL DESCUENTO DE LOS DIPUTADOS Conforme al orden del día, se le concede el uso de la palabra al diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su anteproyecto con punto de acuerdo para beneficiar a los empleados del Congreso del Estado con el 10% del descuento de los diputados. - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Muchas gracias, señor presidente. Antes de dar la lectura protocolaria, yo quiero tenerle dos agradecimientos a usted. 141

161 El primero. Aquel lamentable momento que viví hace un año cuando, estando en el orden del día, un pronunciamiento mío fue bajado. En aquel entonces, mi actitud bastante irreflexiva fue haberme conducido a la Presidencia de solicitar que se pusiera ese punto de pronunciamiento que, si no mal recuerdo, hablaba de los abusos que había en el estacionamiento, de gente que no entrara sin escrúpulos y no sabe uno ni quién entra ni quién sale y se colocaban, creo que usted, esta semana, en tiempo y forma, mi respeto, porque tengo entendido que habría sido bajado, esto que voy a leer y mis respetos cuando un presidente tiene el valor de consentir y disentir con cualquiera de los miembros de las fracciones parlamentarias. Se agradece. Agradezco el conducto de mi fracción parlamentaria que lo hizo, pero cómo tiemblo para hablar en ciertos momentos. Del segundo punto hablaré después. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente El que suscribe, ciudadano diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presento a esta Soberanía el presente anteproyecto con punto de acuerdo con base en los siguientes elementos: CONSIDERACIONES Los diputados del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz tenemos el compromiso de atender las necesidades que emanan de la sociedad de nuestro Estado. El pasado 23 de enero del año en curso hice un pronunciamiento para esclarecer el descuento de los diputados a favor de los empleados del honorable Congreso. Hoy, por tercera ocasión, presento este anteproyecto con punto de acuerdo en el que realizo un exhorto para que nuevamente se analice, pero ahora de una manera más concreta y se haga efectiva esta propuesta que tanto se ha realizado en tribuna, consistente en beneficiar a los hermanos compañeros, empleados del Poder Legislativo del Estado, porque ante estos tiempos de crisis bestial económica es un momento en que los diputados locales refrendemos como empleados, sí, como empleados, de nuestro total respaldo a las grandes causas de la sociedad. Por ello, invito a mis compañeras y compañeros legisladores para que de una vez definamos el destino y uso de los recursos que se nos descuenta de nuestros ingresos. Cualquier causa encaminada a la justicia social y al combate de la pobreza es motivo suficiente como para que decidamos en qué se va a emplear ese dinero y qué mejor que se utilice para apoyar a nuestros trabajadores, brindar más y mejores oportunidades para los empleados de confianza, base y sindicalizados. Es un gesto loable y que merecen estas grandes personas que día a día nos apoyan con su trabajo. Por ello, considero prudente que del 10% que se nos descuenta en nuestro sueldo, sea utilizado para la construcción de viviendas que les doten de mejor calidad de vida. Existen actualmente diferentes alternativas para poder construir al menos 50 casas, que bien pueden se 100, en la lotificación que vi hace tres horas de manera responsable ante este sindicato, para que nuestros empleados, en virtud de que hay terrenos que por esta magnífica ubicación darían comodidad y cercanía al personal de esta Legislatura para trasladarse a su centro de trabajo y algunas de estas opciones que tenemos, en la propia avenida Lázaro Cárdenas, enfrente al Congreso, terreno que sirve para instalar circos y ferias, y otra opción son unos terrenos ubicados en El Chico, con un valor de 47 mil pesos escriturados, a quince minutos de Xalapa. Como podrán ver, alternativas las hay, únicamente falta la voluntad propia de todos los diputados. Igualmente, aprovecho este momento y este espacio para hacer un atento llamado a las autoridades correspondientes de este Congreso para que sea considerado el aumento de cinco por ciento retroactivo al mes de enero de 2009 para todos los empleados del Congreso, en términos de lo acordado el año pasado. Quiero reiterar que en 1967, el señor gobernador constitucional del Estado de Veracruz, después de inaugurar el Pirata Fuente como la gran casa deportiva, permite y obsequia un terreno para el usufructo de los empleados del Poder Legislativo, cerca de unos metros de lo que hoy colinda en las áreas 142

162 militares, en esos terrenos, justo cuando no se venía por dónde Xalapa iba a poder darse, qué mejor regalo necesitan los empleados compañeros, que en el 78%, señor presidente para poder restar en tribuna, los pelos se cuentan y cuando se cuentan se indaga y es muy respetable que nosotros tengamos gusto de tener deporte. A mí me daría mucho gusto que tuviéramos un grupo competitivo en voli, en fútbol. Quiero que algunos de nuestros hijos tengan directamente, también, que estén resguardados, que sean vigilados. Por eso, el siguiente punto de acuerdo que viene en el orden del día me agrada, pero quiero que sepan que el 78% de este grupo, generosos que son nuestros compañeros, quieren directamente la vivienda. Por eso, al actual gobernador, no hay mejor regalo que lo obligue la sociedad a rescatar este decreto que se quedó, se quedó nuevamente en la buena voluntad de los notarios. Pido que se exalte este punto, se le invita al gobernador para que a título gratuito lo dicho por López Arias, se rescate. Segundo. Quiero leer una frase de agosto de 1980 del maestro Jongitud Barrios: La gran familia de México la forman los sindicatos y las direcciones de los planteles. Sea, pues, que nuestros logros sindicales vayan, también, a los trabajadores de confianza. San Luis Potosí, agosto de Cuando yo hace rato le hice a usted referencia de los dos agradecimientos, en aquella ocasión se me permitió. Qué bueno que usted sea responsable y con la experiencia que tiene, de poder escuchar y valorar a los trabajadores. Creo en la gente y en el trabajo de José Rodríguez, creo en tu gente y quiero decirte lo siguiente: yo soy un empleado, tan empleado que yo respeto mucho este pin que nos dieron, pero sabes qué? Respeto el que ustedes me regalaron, también, de manera inmerecida, soy tu empleado y como empleado, compañero, tengo confianza en el presidente, que podrá valorar los distintos estudios que vengan y creo yo que las seis u ocho hectáreas alcanzan para canchas deportivas. Alcanzan definitivamente para tener nuestro micro hospital, alcanzan perfectamente para una vivienda digna y en el mensaje de Jongitud está la apertura de que por lo menos una buena cantidad se le quede al sindicato, pero también a los trabajadores de confianza. Administraciones van, administraciones vienen. Congresos van, congresos vienen y es, de veras, créanmelo, es incalificable a veces ver a un empleado de confianza que tiene que hacerle la barba a un diputado o a una diputada con nuestras excentricidades y nuestras porquerías, no es posible que vengamos a hacer el tango y a ufanarnos del servicio. Somos empleados de México, somos empleados de Xalapa, son nuestros compañeros. Ustedes tienen la respuesta, que el 78% diga a dónde van los recursos. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias. Muchas gracias, diputado. (Aplausos) Solicito al señor diputado vicepresidente pase a ocupar la Presidencia en lo que un servidor hace uso de la tribuna. - EL C. DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Muchas gracias por sus aseveraciones inmerecidas, diputado Remes. Sólo cumplimos con nuestro deber, nuestra obligación, el respeto a nuestro reglamento. Somos los que hacemos las leyes. Por lo tanto, nuestra obligación es cumplirla y hacerlas cumplir como protestamos en su momento. El trabajo y el pronunciamiento que han venido realizando por parte del diputado Toño Remes se va a ver complementado el día de hoy con un trabajo que signan nuestras compañeras diputadas, entre ellas la diputada María de los Ángeles Sahagún, la diputada Dalia Edith, que están aquí el día de hoy. La diputada Bernardina, la diputada Alba Leonila, si no mal recuerdo son las que signan el documento que a continuación se va a presentar. Como miembro de una organización sindical, yo no estoy en contra de que se beneficie a los trabajadores; al contrario, para mi es importantísimo el hecho de que los trabajadores sindicalizados y de confianza tengan opciones y oportunidades para poder tener una vida más decorosa y en mejores condiciones. Por lo tanto, lo que se proponga en tribuna que sea en beneficio de los trabajadores. Siempre van a encontrarle respuesta positiva de su amigo y servidor porque provengo de un sindicato. Por lo tanto, mi formación es tal que me permite ver con mayor amplitud cómo se están dando las cosas y cómo debemos ayudar a los trabajadores sindicalizados y de confianza, pero sí quiero ser claro y menciono en lo que voy a exponer, creo que habrá que hacer una redistribución de ese dinero, si es que aprobamos 143

163 que sea de esa manera porque todavía no se aprueba. Tenemos que hacerlo. Esto se va a turnar a la Junta de Coordinación Política a efecto de que se haga el análisis correspondiente, pero ya hay avances y avances sustanciales, avances importantes, avances que están a la vista, que son tangibles porque gracias al sindicato fuerte que tienen ustedes, gracias al sindicato unido que tienen ustedes, consiguieron en la negociación salarial que ellos han realizado, consiguieron que se les construyeran cien viviendas y eso es un logro del sindicato, que aquí esta su líder y merece nuestro reconocimiento, no tan sólo de nosotros, sino de todos los diputados y de los propios trabajadores que aglutina esta organización sindical. Son cien vivienda, que, la verdad, muy pocos tienen esa opción y esa oportunidad, pero en lo que respecta a nosotros, quiero decirles que cuentan con el total y absoluto respaldo a efecto de que puedan tener mejores beneficios; pero, también, era necesario darles a conocer a ustedes que las negociaciones de su sindicato son fructíferas y que en lugar de las 50 viviendas que se proponen que se construyan con el 10% que nos descuentan, creo que es preferible que aceptemos las 100 viviendas que consiguió su organización sindical y ese dinero, veamos la manera de hacer una distribución diferente, con la oportunidad y finalidad de que nos beneficiemos todos, nosotros, en una satisfacción personal de labor social y ustedes en un beneficio social que van adquiriendo. Es cuanto, señor presidente. (Aplausos) Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política para los efectos precedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LAS DIPUTADAS MARÍA DE LOS ÁNGELES SAHAGÚN MORALES, MARGARITA GUILLAUMÍN ROMERO, ALBA LEONILA MÉNDEZ HERRERA Y MARÍA BERNARDINA TEQUILIQUIHUA AJACTLE, DONDE SE EXHORTA AL PLENO DE LA LXI LEGISLATURA DEL ESTADO DE VERACRUZ A ACORDAR QUE EL DESTINO DE LOS RECURSOS DESCONTADOS A LAS Y LOS DIPUTADOS POR ACUERDO DEL 15 DE ENERO DEL PRESENTE, SEAN APLICADOS EN LA INSTALACIÓN DE UNA GUARDERÍA QUE INCLUYA EL SERVICIO DE TALLER DE TAREAS PARA LAS HIJAS Y LOS HIJOS EN LEGISLATIVOS DEL ESTADO DE VERACRUZ Proseguimos con anteproyecto del pleno de acuerdo (sic) donde se exhorta con punto de acuerdo, perdón, donde se exhorta al pleno de la LXI Legislatura del Estado de Veracruz a acordar que el destino de los recursos descontados a las y los diputados por acuerdo del 15 de enero del presente, sean aplicados en la instalación de una guardería que incluya el servicio de taller de tareas para las hijas y los hijos de legislativos del Estado de Veracruz, independientemente del régimen de contratación bajo la cual prestan sus servicios, en un término no mayor de 120 días, contados a partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo, presentado por las diputadas María de los Ángeles Sahagún Morales, Margarita Guillaumín Romero, Alba Leonila Méndez Herrera, María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrantes de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo que tiene el uso de la palabra la diputada María de los Ángeles Sahagún Morales, coautora del referido anteproyecto. Con toda confianza, diputada. Con mucho gusto se instruye a servicios legislativos a efecto de que en la gaceta en todo, bueno, vamos a ponerlo en todo, se incluya el nombre de la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda como autora del mismo documento. - LA C. DIP. MARÍA DE LOS ÁNGELES SAHAGÚN MORALES: Con el permiso de la Mesa. Es, efectivamente, Dalia es una de las diputadas que desde un principio se suscribió a este anteproyecto de punto de acuerdo, pero por ahí, por alguna omisión sin ningún dolo, no viene aquí, pero contamos con el apoyo de ella. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Veracruz Presente Las que suscriben, diputadas María de los Ángeles Sahagún Morales, Dalia Edith Pérez Castañeda, Margarita Guillaumín Romero, Alba Leonila Méndez Herrera y María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrantes de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción IX y XI y 132 de del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el pre- 144

164 sente anteproyecto de punto de acuerdo, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES La Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento internacional emanado de la Organización de Naciones Unidas y ratificado por México en septiembre de 1990, señalan en su artículo primero, que para los efectos de la presente convención se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable haya alcanzado antes la mayoría de edad. En el artículo 18 de la misma convención, establece en el punto 3 lo siguiente: Los estados partes adoptarán las medidas apropiadas para que los niños cuyos padres trabajan tenga derecho a beneficiarse de los servicios he instalaciones de guarda de niños para los que se reúnan las condiciones requeridas. Lo anterior se esgrime para señalar la importancia que reviste para las y los niños de gozar de su derecho a una guarda digna mientras sus padres laboran. Otro instrumento internacional que emite declaraciones para el bienestar de los hijos de mujeres trabajadoras en la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer, en cuyo artículo XI puntos II, inciso c), dice, a fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio, maternidad y asegurar la efectividad de sus derechos a trabajar, los estados partes tomarán medidas adecuadas para alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesario para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños. Para reforzar el goce de esos derechos para los padres y madres trabajadoras de contar con instalaciones dignas y seguras para la guarda de sus hijos, es pertinente invocar el artículo 123 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos. En su apartado B establece los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y su fracción XI, inciso c), expresan: Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifique un peligro para su salud en relación con la gestación. Además, disfrutarán de asistencia medica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y de servicios de guarderías infantiles. Con base en la normativa invocada, las suscritas consideran que las y los trabajadores del Poder Legislativo del Estado de Veracruz deben de contar con el servicio de guardería e instalaciones adecuadas y seguras para sus hijos en edad escolar. Asimismo, que tal servicio incluye a los niños de 0 a 12 años para que en las mismas instalaciones implementen un taller de tareas para los niños y niñas que cursan la primaria y, de esta forma, las y los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados de este Congreso puedan contar con este servicio. La propuesta concreta de las legisladoras suscritas consiste en que los recursos descontados a las y los diputados por acuerdo aprobado el 15 de enero del presente se inviertan en este proyecto de prestación laboral y/o de seguridad social y tengamos la certeza de que la aplicación de los mismos se destinen al cuidado y la guarda segura de las y los niños hijos e hijas de las y los trabajadores de este Poder Legislativo. Por lo anterior expuesto, las diputadas suscritas presentamos a esta soberanía el: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Se exhorta al pleno de la LXI Legislatura del Estado de Veracruz acordar que el destino de los recursos descontados a las y los diputados por acuerdo del 15 de enero del presente sean aplicados a las instalaciones de una guardería que incluya el servicio de taller de tareas para las hijas y los hijos en edad de 0 a 12 años de las y los trabajadores del Poder Legislativo del Estado de Veracruz, independientemente del régimen de contratación bajo el cual presten sus servicios, en un término no mayor a 120 días contados a partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo. Atentamente Diputada Dalia Edith Pérez Castañeda Diputada Margarita Guillaumín Romero Diputada Alba Leonila Méndez Herrera Diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle Diputada María de los Ángeles Sahagún Morales No soy tan elocuente como mi compañero, el diputado Toño Remes, que me antecedió, pero quiero decirles que las diputadas que suscribimos este anteproyecto de punto de acuerdo, también, tenemos el 145

165 convencimiento y sabemos de la necesidad de que las madres y los padres trabajadores tienen, de tener a sus hijos en un lugar seguro. Estamos dispuestas a sumarnos. Hemos platicado algunas de las diputadas en poder, de alguna forma, aportar nuestra gestión ante las diferentes instancias para que, de establecerse esta guardería, pues, cuenten con el servicio, no tan sólo del cuidado los de niños, síno, con enfermeras, con nutriólogos; que, de verdad, sea una guardería donde ustedes puedan tener a sus hijos y que sepan que están en un lugar que, de verdad, los están cuidando y que tienen una guarda profesional en cuanto a su salud, su alimentación y el cuidado y, también, por qué no a través de la Secretaría de la Educación, que cuenten con un maestro, que a todos aquellos niños que yo he visto que día a día vienen aquí las madres trabajadoras, después del horario de escuela, que sus niños están durmiendo en un asiento ahí, que ellos puedan tener un lugar digno donde puedan estar, es el compromiso de las diputadas y ojalá esto se pueda llevar a cabo. Exhorto a la Junta de Coordinación Política que ojalá y esto se pueda realizar. Muchísimas gracias. Tiene el uso de la voz la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Con el permiso de la Mesa. Hoy que escucho la propuesta del diputado Toño Remes, la propuesta que suscribimos varias diputadas de esta Legislatura, me siento un poco como en el cuento éste, de la lecherita, que si no se lo saben, se los platico brevemente. Está una lecherita. Acaba de ordeñar. Trae su cantarito de leche. Mientras va en el camino, va imaginando que va a llegar y va a vender su cantarito y le van a dar 10 pesos y con esos 10 pesos, ella va comprar una gallina, y la gallina va a poner huevos y va a vender los huevos. Lo cierto que nada más tenemos un cantarito de leche, que es el 10% que se reúne del descuento a los salarios de los diputados que, ciertamente, ya se aplicó desde el mes pasado y que muy respetuosamente, también, lo hizo el diputado Toño Remes. Estamos acercando propuestas de los destinos que se les pondrían a estos recursos y siempre pensando en beneficio de nuestros compañeros y compañeras trabajadores del Poder Legislativo, los sindicalizados y quienes no. Esto está contemplado, también, en este pronunciamiento con proyecto de punto de acuerdo. Son propuestas respetuosas que sabemos son turnadas a la Junta de Coordinación Política, donde están debidamente representadas todas las fuerzas políticas que estamos aquí en esta LXI legislatura. Lo que si quisiera es invitar, también, con el debido respeto a quienes integran esta Junta de Coordinación Política, tomar una decisión puntal, siempre, como lo han hecho, considerando lo mejor para quienes serán depositarios de estos recursos y apelando, también, a la urgencia de tiempo. Si ya tenemos un mes, si ya tuviéramos un plan podríamos ir ya iniciando los trabajos en uno u otro sentido, a lo mejor en uno más que surgiera al interior de la misma Junta de Coordinación Política. Resalto aquí. Son propuestas respetuosas y que ambas tiene un sentido social, nos queda claro a todos y, bueno, hoy que se ha hablado aquí de poner orden en el Poder Legislativo, pues, hablaré del tiempo y recordaré que el artículo 66 del Reglamento para el Gobierno del Poder Legislativo nos urge y tenemos plazos para dictaminar. Por ejemplo, tenemos ahí una cantidad importante de iniciativas que hemos presentado, también, las diputadas en el sentido de armonizar nuestra ley de acceso con las propuestas que están presentadas ya a manera de iniciativas al Código Penal, Civil. Pues, vamos poniendo orden, también, en nuestros tiempos, si queremos nuestros dictámenes y queremos que se solidaricen los diputados para que los votemos a favor. Nos urge. Es cuanto. Gracias, diputada. Le solicito al señor vicepresidente haga uso de la Presidencia a efecto de que pueda hacer el uso de la palabra un servidor. Terminando, con mucho gusto se lo concedo. - EL C. DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Muchas gracias, con su permiso, señor presidente. 146

166 A veces, el aplicar los reglamentos lastima y duele cuando no estamos preparados para ello, pero es conveniente que, definitivamente, nosotros vayamos metiendo en una dinámica del respeto al reglamento correspondiente y tendremos que hacerlo ante las instancias en los momentos correspondientes a efecto de que podamos sacar adelante nosotros todos los trabajos legislativos. Agradezco mucho la referencia que se hace y tenga la plena seguridad, diputada Dalia, que lo haré saber con mucho gusto al presidente de la Junta de Coordinación Política, que es a quien compete dar la determinación correspondiente en cuanto a los dictámenes que ustedes esperan con respecto a las leyes. Es cuanto, señor presidente. Tiene el uso de la palabra el diputado Fredy Ayala. - EL C. DIP. FREDY AYALA GONZÁLEZ: Con su permiso, ciudadano presidente de la Mesa Directiva. Mire, para opinar sobre este asunto, escuche, también, las declaraciones de usted vía medios y escuché con atención a nuestra amiga, la diputada Dalia, que de lo que se trata, ojalá pudiéramos apoyar los dos rubros y estoy de acuerdo y ojala, también, se pudieran apoyar a los estudiantes en el descuento que han pedido del 50%, que el gobernador tiene la palabra empeñada. Creo están trabajando en eso y el descuento de 50% en tarifas, también, de transporte para adultos mayores, creo, si no encontrar la solución, poder abonar para juntar esos recursos. En cuanto al asunto IEV, que redistribuyeron de manera equivocada $4,588,236.00, que era para partido político, programa de fortalecimiento a partidos políticos y ellos, ese recurso dijeron que era ilegal dárselo a representantes. No sé quién le dijo que era para representantes de partido, a los consejeros de IEV, ese recurso. Decía un programa de fortalecimiento a partidos y ellos vieron ese recurso y dijeron, la ley no permite que se les dé a los representantes de partido. No era para representantes de partido, era para los partidos políticos y ellos lo reasignan y es donde ocupan para vehículos, celulares y otra serie de gastos que correctamente la recurren los partidos y le dan un revés jurídico y ahora dicen que ese recurso sea reintegrado a la Secretaría de Finanzas, o sea, están, puede ser que se extralimiten, pero tienen razón el IEV. No tenían los consejeros por qué redistribuir ese recurso. En todo caso, ese recurso se hubiera devuelto o no se hubiera utilizado y ese recurso pudiéramos nosotros, como Congreso del Estado, poder redistribuirlo para y lo digo ahorita, que no se ha gastado ese recurso y no se le ha entregado al IEV para que la Secretaría de Finanzas pueda, vía autorización de este Congreso, destinar esos 4 millones 588 mil para lo que están solicitando los empleados de este Congreso y pueda, quizá, ayudarse a las guarderías que acaban de mencionar las dos diputadas que me antecedieron en la palabra. Es cuanto, ciudadano presidente. Gracias, diputado. (Aplausos) Tiene el uso de la voz la diputada Dalia Edith Pérez. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Señor presidente, con el debido respeto. Sólo para preguntarle. Aquí escuché que se mencionó que es difícil acatar las normas cuando no se está preparado para ello. A lo mejor tiene que ver con no conocerlas. A mí me gustaría que fuese tan gentil de indicarme cuál es el artículo que impide que un diputado lea el pronunciamiento de algún otro en su ausencia. Es cuanto. Mire, diputada, el desahucie es fuera del tema y, por lo tanto, vamos a pasar al siguiente punto del orden del día. En el desahogo del siguiente punto del orden día, tiene el uso de la palabra la diputada Marilda Elisa Rodríguez Aguirre, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con el fin de que dé a conocer su pronunciamiento relativo al Día Internacional de la Mujer. Como la diputada no se encuentra presente, se instruye a efecto de que el pronunciamiento de agende en la próxima orden del día de la siguiente sesión. 147

167 PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA MARÍA BERNARDINA TEQUILIQUIHUA AJACTLE, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, RELATIVO AL TURISMO EN EL ESTADO DE VERACRUZ COMO SECTOR CLAVE PARA CONTINUAR CON LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA EN LA ENTIDAD Conforme al orden del día, tiene la palabra la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con relación a su pronunciamiento relativo al turismo en el Estado de Veracruz como sector clave para continuar con la reactivación de la economía en la entidad. - LA C. DIP. MARÍA BERNARDINA TEQUILIQUIHUA AJACTLE: Saludo a todas mis compañeras diputadas y diputados. Público presente. A los medios de comunicación. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente La que suscribe, diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de esta LXI legislatura del honorable Congreso del Estado, con fundamento en el artículo 132 fracción IV del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presenta a esta honorable asamblea el presente: PRONUNCIAMIENTO El Estado de Veracruz es una tierra que se caracteriza por la belleza de sus paisajes y por la calidez de su gente. En la entidad tenemos múltiples lugares en los que se aprecian encantos a la naturaleza del le regaló en toda su extensión territorial, brindándonos con ello la posibilidad de disfrutar en cada uno de los rincones veracruzanos una mezcla de colores y sabores que merecen ser compartidos por visitantes nacionales y extranjeros. En estos tiempos en que la situación económica nos está alentadora en México, es conveniente impulsar con políticas públicas sólidas, las áreas estratégicas que permitan imprimir un nuevo dinamismo al crecimiento económico de Veracruz y, por ende, en la población. Por ello, considero conveniente que aprovechemos la situación privilegiada en la que nos encontramos los veracruzanos al vivir en una tierra que, por su situación geográfica, lo tiene todo: mar, ríos, manglares, lagunas, sistemas arrecifales, montañas y una extensa diversidad de flora y fauna. Además, en Veracruz cuenta con ciudades en las que la historia, la cultura y la visión de futuro conforman el pilar fundamental en los orígenes. Qué decir de la cuatro veces heroica ciudad de Veracruz, primer ayuntamiento considerado en América y distinguido por la cordialidad y hospitalidad de su gente. Córdoba, ciudad en la que el sabor de su café es uno de sus símbolos característicos y que, también, guarda hechos de gran historia como la firma de los Tratados de Córdoba. Orizaba, lugar en el que el sector industrial ha encontrado condiciones favorables para invertir importantes capitales, así como generar miles de empleos. Poza Rica, ciudad petrolera que, al igual que Coatzacoalcos, ha sabido acelerar su progreso a través del trabajo y su gente. Papantla, tierra sabor a vainilla y casa de una rica cultura como lo es la que encontramos en la zona arqueológica de El Tajín y qué les puedo decir de la sierra de Zongolica, lugar del cual me siento orgullosa de haber nacido y en el que me encuentro arraigada en las raíces indígenas veracruzanas. En fin, cada uno de los 210 municipios de Veracruz encuentra razón suficiente como para ser visitado por turistas de cualquier parte del país y del mundo. No en vano nuestro Estado ha sido merecedor para que dos de sus municipios sean declarados por la Secretaría de Turismo del gobierno federal como pueblos mágicos, siendo denominados así Coatepec y Papantla. También, no nos podemos olvidar que otro maravilloso municipio veracruzano como lo es Tlacotalpan, fue declarado por la UNESCO como patrimonio cultural de la humanidad. Hoy en día el progreso se vive con intensidad en Veracruz y por eso no hay crisis económica que lo detenga. Lo anterior se constata con la importante reactivación en lo que ha dado el gobierno de nuestro maestro Fidel Herrera Beltrán al sector turismo en el 148

168 Estado, siendo destacable en la infraestructura hotelera con la que contamos actualmente. Es una de las más importantes a nivel nacional, haciendo de Veracruz uno de los destinos turísticos más preferidos por los visitantes nacionales y extranjeros. Hago un exhorto respetuoso para la Secretaría de Turismo del gobierno federal y la Secretaría de Turismo y Cultura del gobierno estatal, desde sus ámbitos de actuación redoblen sus acciones a favor del sector turismo en el Estado, dando más promoción y proyección a los destinos turísticos y culturales con los que contamos porque, sin lugar a dudas, a través de este ramo podemos mejorar la situación económica de cientos de miles de veracruzanos que viven en esta industria y, de esa forma, aseguremos la celebración, la educación veracruzana. Veracruz es el Estado donde lo tiene todo y quienes lo decimos tenemos razón porque su geografía, cultura, tradición, historia, vanguardismo y cordialidad son muestra de que las veracruzanas y veracruzanos hemos sabido hacer las cosas bien y somos privilegiados de vivir en este Estado en donde la paz social va de la mano con el progreso. Es cuanto. Atentamente Xalapa, Veracruz, a 11 de marzo de 2009 Gracias, diputada Bernardina. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que se han agotado los asuntos listados en el orden del día. Es cuanto, diputado presidente. Habiéndose agotado los asuntos listados en el orden del día, se levanta la sesión ordinaria. TIMBRE 149

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170 LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIPUTACIÓN PERMANENTE QUINTA SESIÓN ORDINARIA PRIMER RECESO SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL 26 DE MARZO DE :00 HORAS MESA DIRECTIVA DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DIP. MANUEL BERNAL RIVERA VICEPRESIDENTE DIP. HUGO ALBERTO VÁSQUEZ ZÁRATE SECRETARIO - LA C. PRESIDENTA: D iputado secretario, proceda a pasar lista de asistencia. LISTA DE ASISTENCIA - EL C. SECRETARIO: Damos inicio al pase de lista de asistencia. Diputado Fernando González Arroyo. (Presente) Diputado Manuel Bernal Rivera. (Presente) Diputado Hugo Alberto Vásquez Zárate. (Presente) Diputado Dalos Ulises Rodríguez Vargas. (Registró su asistencia con posterioridad) Diputada Dalia Edith Pérez Castañeda. (Presente) Diputado Julio Hernández Ramírez. (Presente) Diputado Mario González Figueroa. (Presente) Diputado Federico Salomón Molina. (Presente) Diputado Marco Antonio Núñez López. (Registró su asistencia con posterioridad) Diputado Cirilo Vázquez Parissi. (Presente) Es cuanto, diputado presidente. Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria. TIMBRE LECTURA DEL PROYECTO DEL ORDEN DEL DÍA Dado que el proyecto del orden del día ya fue publicado en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del proyecto del orden del día. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el proyecto del orden del día) Diputado presidente, asistimos 8 ciudadanos diputados. 151

171 DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL PRIMER RECESO QUINTA SESIÓN ORDINARIA 26 DE MARZO DE :00 HRS. ORDEN DEL DÍA I. Lista de asistencia. II. Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto del orden del día. III. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior. IV. Lectura de correspondencia recibida. V. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción bajo el numeral IX, con el corrimiento numérico correspondiente de las diversas fracciones que integran el artículo 40 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por las diputadas Margarita Guillaumín Romero y María de los Ángeles Sahagún Morales, integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado. VI. Iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. VII. Iniciativa de decreto que reforma el artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. VIII. Iniciativa de decreto que adiciona el artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. IX. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Jesús Carranza, a suscribir convenio de colaboración en materia de desarrollo social con Petróleos Mexicanos para recibir de la paraestatal productos consistentes en asfalto AC-20 y combustibles con un valor de $ 1 984, , para ser utilizados en la pavimentación de caminos, así como para operación del parque vehicular y maquinaria. X. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza, a que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, ejercicio 2008 y, en consecuencia realice, conforme a la ley el pago por concepto de amortización de capital e intereses del crédito contraído con Banobras, correspondiente al ejercicio fiscal XI. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Acajete, a enajenar diversos vehículos de propiedad municipal. XII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Huatusco, Texistepec y San Andrés Tuxtla, a dar en donación condicional, en su caso revocable terrenos de propiedad municipal, a favor del Instituto de Capacitación para el Trabajo y del gobierno del Estado, con destino a las secretarías de Educación y de Salud. XIII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Jáltipan, Cazones de Herrera, Coatzacoalcos y Lerdo de Tejada, a dar en venta lotes de terreno pertenecientes al fundo legal. XIV. De la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, a suscribir convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de reconstrucción de vivienda, para atender los daños ocasionados con el huracán Dean el pasado 22 de agosto de XV. De la Comisión Permanente de Gobernación, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se llama al ciudadano Roberto Pérez Prado, síndico suplente, para que pase a ejercer el cargo en el ayuntamiento de Gutiérrez Zamora. XVI. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo al proceso de determinación para la construcción de la refinería anunciado por el gobierno federal, presentado por el diputado Fernando González Arroyo, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XVII. Pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la colecta de la Cruz Roja, pre- 152

172 sentado por la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. XVIII. Anteproyecto de punto de acuerdo en relación a los robos en las escuelas del Estado de Veracruz, presentado por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XIX. Anteproyecto de punto de acuerdo relativo al alza en la cuota de peaje del puente Coatzacoalcos I, presentado por el diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XX. Anteproyecto de punto de acuerdo relativo a los sistemas de manejo ambiental en dependencias de gobierno, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXI. Anteproyecto de punto de acuerdo referente a la actuación del sector salud en el Estado de Veracruz, presentado por el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXII. Anteproyecto de punto de acuerdo en relación en relación al aumento de los salarios del personal en general de la Procuraduría General de Justicia del Estado, presentado por el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. XXIII. Propuesta de Convocatoria al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso del Estado. XXIV. Se levanta la sesión ordinaria. * * * Se consulta a la asamblea si es de aprobarse el proyecto del orden del día en los términos publicados en la Gaceta Legislativa. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el orden del día. (La asamblea asiente) - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que registra su asistencia el diputado Marco Antonio Núñez. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR En razón de que se han entregado copias del acta de la sesión anterior a todos los integrantes de esta Diputación Permanente, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura de la misma. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del acta. (El acta de la sesión correspondiente puede consultarse en la página de Internet del Congreso Pregunto a la asamblea si es de aprobarse el acta de referencia. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobada el acta. (La asamblea asiente) LECTURA DE CORRESPONDENCIA Conforme al orden del día, solicito a la Secretaría proceda a dar inicio a la lectura de la correspondencia recibida en este Congreso. - EL C. SECRETARIO: Oficio número SG-DGJG/1369/09, de fecha 19 de marzo de 2009, signado por el ciudadano licenciado Reynado Escobar Pérez, secretario general de Gobierno, mediante el cual remite la solicitud de autorización que hace el titular del Poder Ejecutivo del Estado para poder enajenar la superficie de dos hectáreas, ubicada en el municipio de Atzalan, Veracruz, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, para la edificación de un hospital de la red hospitalaria de ese instituto. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. 153

173 - EL C. SECRETARIO: Oficio número SG-DGJG/1368/09, de fecha 19 de marzo de 2009, signado por el ciudadano licenciado Reynado Escobar Pérez, secretario general de Gobierno, mediante el cual remite la solicitud que hace el titular del Poder Ejecutivo del Estado para poder enajenar la superficie de tres hectáreas, ubicada en el municipio de Banderilla, Veracruz, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, para la edificación de un hospital de la red hospitalaria de ese instituto. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. - EL C. SECRETARIO: Oficio número SG-DGJG/1447/09, de fecha 23 de marzo de 2009, signado por el ciudadano licenciado Reynado Escobar Pérez, secretario general de Gobierno, mediante el cual remite la solicitud que hace el titular del Poder Ejecutivo del Estado para poder otorgar a comodato por un término de 30 años las parcelas 17, 18, 29, 30 y 31, de la ex hacienda La Jalapilla, ubicada en el municipio de Orizaba, a favor del ayuntamiento de ese municipio. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. - EL C. SECRETARIO: Escrito signado por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, mediante el cual solicita autorización para enajenar a título gratuito a favor de la Universidad Veracruzana, el inmueble denominado Casa de Artesanías, ubicado en la calle Belisario Domínguez número 25 de la ciudad de Xalapa. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado. - EL C. SECRETARIO: Oficio número DGRM/0081/09, de fecha 5 de marzo de 2009, signado por la ciudadana diputada Margarita Guillaumín Romero, mediante el cual remite el escrito signado por la regidora única del honorable ayuntamiento de Ixhuatlancillo, Veracruz, donde solicita la intervención de esta Soberanía para corregir diversas anomalías en el funcionamiento y administración del referido ayuntamiento e implica la violación al orden jurídico municipal. Asimismo, la diputada solicita el inicio del procedimiento indagatorio y, en su caso, conciliación que permita a todos los integrantes del ayuntamiento el cumplimiento de sus obligaciones legales. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su atención procedente, túrnese a la Comisión Permanente de Gobernación. - EL C. SECRETARIO: Oficio dirigido al diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado Presente Por este conducto, envío a usted de manera atenta y respetuosa oficio sin número del ciudadano Lauro Tocoba Cox Cuixi, subagente municipal de Vista Hermosa, perteneciente al municipio de Atlahuilco, Veracruz, quien solicita que su comunidad sea constituida como agencia municipal. Cabe mencionar que cuenta con un padrón de 509 habitantes, requisito que marca el artículo 12 fracción III de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Seguro de ver favorecido a los interesados, les reitero mi más distinguida consideración. Atentamente Sufragio efectivo. No reelección Xalapa-Enríquez, Veracruz, 5 de marzo de 2009 Diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle Diputada por el XVIII Distrito de Zongolica, Veracruz Es cuanto, diputado presidente. 154

174 Para su atención procedente, túrnese a la Comisión Permanente de Gobernación. - EL C. SECRETARIO: Oficio número IEV/161/2009, de fecha 20 de marzo de 2009, signado por la ciudadana consejera presidenta del Instituto Electoral Veracruzano, mediante el cual remite el acuerdo del Consejo General en el que se da cumplimiento al resolutivo primero de la sentencia dictada por la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, en el expediente RAP/001/01/030/2009, donde se modifica el acuerdo de ese mismo órgano colegiado, por el cual se aprueba la distribución por concepto de gastos del presupuesto de ese instituto en el ejercicio fiscal 2009 y se modifica el Programa Operativo Anual, aprobado en fecha 30 de enero del año en curso. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para los efectos procedentes, túrnese a la Comisión Permanente de Vigilancia. - EL C. SECRETARIO: Oficio número OFS/1407/03/2009, de fecha 20 de marzo de 2009, signado por el ciudadano auditor general titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, mediante el cual remite cuadro de resumen sobre el ejercicio de los recursos provenientes de la bursatilización y del programa Peso a Peso : anexo 1, municipios que no presentaron propuesta de inversión de recursos por bursatililización; anexo 2, municipios que no presentaron propuesta de inversión de recursos para el programa Peso a Peso y, anexo 3, municipios que entregaron expedientes de obras y acciones conforme al acuerdo administrativo del ORFIS. Es cuanto, diputado presidente. Como complemento que obra en su poder, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para los efectos procedentes. - EL C. SECRETARIO: Oficio 098, dirigido al diputado Fernando González Arroyo, presidente de la Mesa Directiva del honorable Congreso del Estado Presente Estimado diputado González Arroyo, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 22, 24 y capítulo II de la Gaceta Oficial número 184, de fecha 6 de junio del año 2008, anexo al presente los documentos que integran la Cuenta Pública correspondiente al trimestre octubre y diciembre del ejercicio anterior de nuestra máxima casa de estudios. Atentamente Lis de Veracruz. Arte, Ciencia y Luz Xalapa, Veracruz, 17 de marzo de 2009 Doctor Raúl Arias Lobillo Rector Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Vigilancia, para los efectos procedentes. - EL C. SECRETARIO: Oficio número DSJ/FL/003/2009, de fecha 11 de marzo de 2009, signado por el ciudadano director de Servicios Jurídicos del honorable Congreso del Estado, mediante el cual informa que se encuentran cinco solicitudes de enajenación de terrenos del fundo legal de los municipios de Acatlán, Omealca, Papantla, Tecolutla y Xalapa. Se anexa el expediente o los expedientes correspondientes. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Propuesta de modificación que envía a este honorable Congreso del Estado la Comisión Especial del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución Mexicana del Congreso del Estado de Michoacán. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Especial Encargada de los Festejos del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución Mexicana, para los efectos procedentes. 155

175 - EL C. SECRETARIO: Escrito de fecha 5 de marzo de 2009, signado por el ciudadano regidor sexto del honorable ayuntamiento de Álamo-Temapache, Veracruz, mediante el cual solicita se le conceda licencia para separarse del referido cargo del citado ayuntamiento en el periodo 6 de marzo y hasta el 15 de julio de Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Gobernación. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM-0032/2009, de fecha 5 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir convenio de concertación, administración y ejecución del programa Tu Casa Rural, con la asociación Gilberto, A.C. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y fortalecimiento Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número MMM-231/2009, de fecha 6 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Ixhuatlán del Sureste, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social, convenio con el objeto de poder incorporar a los trabajadores de ese municipio. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Trabajo y Previsión Social. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 298/2009, de fecha 3 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Martínez de la Torre, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder firmar acuerdo de coordinación para la asignación y operación del subsidio del Programa de Rescate de Espacios Públicos. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM-246/09/2009, signado por el ciudadano secretario del honorable ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para celebrar convenio tripartita con el Programa de Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes-SEP, y el Instituto Veracruzano de la Cultura. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Educación y Cultura. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/502/2009, de fecha 9 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio de colaboración con la empresa NCCEP- México, para participar con el programa Enlazando a la Comunidad con la Educación. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Educación y Cultura. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/502/2009, de fecha 9 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio de colaboración con el Instituto Tecnológico Superior de Xalapa y con la escuela Gestalt de Diseño, 156

176 A.C., con la finalidad de que los alumnos de dicha escuela presten su servicio social en este ayuntamiento. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Educación y Cultura. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/503/2009, de fecha 9 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio de colaboración con el Instituto Veracruzano del Deporte. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Juventud y Deporte, para su estudio y dictamen correspondiente. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/2005/2009, de fecha 3 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para celebrar convenio de colaboración con el Instituto Veracruzano Federal Electoral, con el fin de que se le facilite las mamparas de uso común para el proceso electoral federal. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Se turna a la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/245/09/03//2009, signado por el ciudadano secretario del honorable ayuntamiento de San Andrés, Tuxtla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder suscribir convenio de colaboración con la Secretaría de Turismo federal y la Secretaría de Turismo y Cultura del gobierno del Estado. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentra la solicitud del ayuntamiento de Xico, Veracruz. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turnan a la Comisión Permanente de Turismo. - EL C. SECRETARIO: Oficio número MP/0174/2009, de fecha 23 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Ozuluama, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para firmar convenio con la Comisión Nacional de Agua para la Realización de Diversas Obras. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentra la solicitud del ayuntamiento de San Rafael, Veracruz. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turna a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas. - EL C. SECRETARIO: Escrito signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Papantla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio específico de adhesión y su anexo técnico para la asignación de recursos del subsidio para la seguridad pública municipal con el Ejecutivo federal y estatal. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Poza Rica y San Andrés Tuxtla. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turnan a la Comisión Permanente de seguridad Pública. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 23/FCP/2009, de fecha 2 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal 157

177 del honorable ayuntamiento de Carrillo Puerto, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio de coordinación con el gobierno del Estado, para la aplicación, ejercicio, control y rendición de cuentas de los recursos transferidos a los municipios para la realización de obras. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Córdoba, Jalcomulco, Mecayapan, Naranjal, Nogales, Orizaba y Tihuatlán. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turnan a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/0016/2009, de fecha 9 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Acajete, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir convenio con instituciones financieras privadas que brinde a los empleados municipales diversos servicios. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM608/2009, de fecha 20 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para la utilización de recursos del fideicomiso bursátil, otorgados a ese municipio hasta por la cantidad de $26,334,715.00, para ser aplicados en la amortización del capital y pago de intereses de crédito concertado en la Comisión Municipal de Agua y Saneamiento de Xalapa, con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Para su estudio y dictamen se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PRE/108/2009, de fecha 19 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder contratar o reestructurar un crédito. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Pueblo Viejo, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla y Tihuatlán. Es cuanto, diputado presidente. Túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PRE/004/2009, de fecha 5 de enero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para realizar obras públicas cuyos montos exceden el 20% de la partida presupuestal respectiva. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Coetzala, Tomatlán, Xoxocotla y Zaragoza. Es cuanto, diputado presidente. Túrnese a la Comisión Permanente Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número TS/017/09, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Amatitlán, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para poder erogar recursos del Ramo 033. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las solicitudes de los ayuntamientos de Altotonga, Atlahuilco, Atzacan, Cazones de Herrera, Tantoyuca, Tepatlaxco y Tlapacoyan. 158

178 Es cuanto, diputado presidente. Túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para su estudio y dictamen. - EL C. SECRETARIO: Oficio número MMM156/2009, de fecha 6 de febrero de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Ixhuatlán del Sureste, Veracruz, mediante el cual remite su propuesta o propuesta de modificación de inversión de los recursos del Programa de Bursatilización de la Tenencia Vehicular y del programa Peso a Peso. Se anexa el expediente correspondiente. En el mismo sentido se encuentran las propuestas de los ayuntamientos de Huayacocotla, Jesús Carranza, Medellín, Oteapan, Paso de Ovejas, Poza Rica, San Juan Evangelista, Sochiapa, Tampico Alto, Tatahuicapan de Juárez, Tomatlán, Tlacojalpan, Villa Aldama, Xalapa, Yecuatla y Zaragoza. Es cuanto, diputado presidente. Para los efectos procedentes, túrnense a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que registra su asistencia el diputado Dalos Ulises Rodríguez Vargas. Oficio número PM-234/05/03/2009, signado por la ciudadana presidenta municipal del honorable ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz, mediante el cual remite la documentación relativa a la solicitud de autorización para poder suscribir con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Turismo y Cultura, convenio de colaboración para determinar la participación y ejecución técnica de la realización del programa denominado Rescate de imagen urbana en el primer cuadro de la ciudad. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Como complemento al expediente que obra en su poder, se turna a la Comisión Permanente de Turismo. - EL C. SECRETARIO: Oficio número PM/0560/2009, de fecha 12 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, mediante el cual sea retirada la solicitud que hiciera ante el Congreso del Estado, relativa a la desincorporación y venta a favor de un particular de un bien inmueble, propiedad del fraccionamiento Lomas del Tejar. Se anexa el expediente correspondiente. Es cuanto, diputado presidente. Como complemento al expediente que obra en su poder, se turna a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, para los efectos procedentes. - EL C. SECRETARIO: Oficio número 0030/09, de fecha 24 de marzo de 2009, signado por el ciudadano presidente municipal del honorable ayuntamiento de Paso de Ovejas, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para utilizar recursos del FISM para la construcción de diversos espacios deportivos, obras que se enlistan dentro del Ramo 033 de dicha partida. Se anexa el expediente correspondiente. Con lo anterior, diputado presidente, doy por concluida la lectura de la correspondencia recibida en este honorable Congreso local. Es cuanto, diputado presidente. Gracias, diputado secretario. Para su estudio y dictamen, túrnese a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN BAJO EL NUMERAL IX, CON EL CORRIMIENTO NUMÉRICO CORRESPONDIENTE DE LAS DIVERSAS FRACCIONES QUE INTEGRAN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. Toca el turno a la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción bajo el numeral IX, con el corrimiento numérico correspondiente de las diversas fracciones que integran el artículo 40 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de 159

179 Ignacio de la Llave, presentada por las diputadas Margarita Guillaumín Romero y María de los Ángeles Sahagún Morales, integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, y dado que ésta ya ha sido publicada en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de la misma. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de la iniciativa que nos ocupa. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye la iniciativa con proyecto de decreto) DEPENDENCIA: COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES OFICIO CDHAGV/0018/09 DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA H. LXI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E Estimado Diputado: Las que suscriben Diputadas Margarita Guillaumin Romero y María de los Ángeles Sahagún Morales, integrantes de la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de esta LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 34, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 8 fracción I, del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Poder, solicito poner a consideración de esta Honorable Asamblea en la siguiente Sesión de la Diputación Permanente de esta Soberanía, la presente Iniciativa de Decreto que adiciona una fracción bajo el Numeral IX, con el corrimiento numérico correspondiente de las diversas fracciones que integran el Artículo 40 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, REFORMA DEL ARTÍ- CULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA ADICIONAR UNA FRACCIÓN. Los derechos humanos son valores, cualidades, potestades y libertades inmanentes a toda persona y a la dignidad del ser humano. Son también el conjunto de derechos que se reconocen por parte de la comunidad internacional y por parte de los Gobiernos de prácticamente todos los países, como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables, es decir el concepto de derechos humanos, incluye y abarca un conjunto de condiciones, prestaciones, servicios y libertades fundamentales que son necesarios para la vida de los hombres y de las mujeres con libertad, con democracia, con justicia y con al dignidad que a todo ser humano le pertenece y se le reconoce. Es por eso que el respeto y la garantía de los derechos humanos implica el rechazo a cualquier tipo de discriminación por razón de raza, etnia, religión, salud física, mental o intelectual, costumbres y/o cualquier otra circunstancia o característica que pueda denotar diferencia entre los seres humanos, es decir son independientes a cualquier contexto social y/o histórico en los que las personas se desenvuelven además de que no se encuentran sujetos a la temporalidad. Los derechos humanos son todos aquellos derechos propios de toda persona, por el simple hecho de su condición humana, los cuales al ser respetados y sólo siendo respetados; garantizan a cada individuo el acceso a una vida digna, independientemente de cualquier factor o circunstancia particular que puede presentar alguna persona, los derechos humanos son un conjunto de libertades y condiciones de vida inalienables al ser humano que no tienen más límite que los derechos humanos de las otras personas. Un estado de derecho y una sociedad justa son aquellos que tienen como referente y factor primordial de sus acciones y relaciones; el respeto de los derechos humanos; esto por que desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permite a los individuos ser personas iguales, capaces de identificarse consigo mismos y con los otros, conociendo, reconociendo y respetando diferencias; lo cual hace que un estado funcione apegado a derecho, a la igualdad y a la justicia para con sus integrantes, de aquí que el respeto y libre ejercicio de los derechos 160

180 humanos sea la base de un estado justo, democrático e igualitario. En Veracruz las acciones u omisiones que atentan contra los derechos humanos no solo permanecen y limitan el desarrollo humano; sino que como ocurre en todo el país, se han ido incrementando al punto de que las violaciones a los derechos humanos constituyen eventos cotidianos, hemos ido cayendo en la grave condición de tolerar y peor aun, de ver estos hechos y situaciones con naturalidad. Actualmente son tan numerosas y cotidianas las violaciones a los derechos humanos que pasan desapercibidas incluso para los órganos e instituciones gubernamentales que en razón de sus responsabilidades públicas deben estar debidamente informados de estos sucesos. Pero el problema no se reduce al hecho estricto de la violación a los derechos humanos por acción u omisión de quienes deben garantizarlos, sino que se extiende y profundiza en aquellos casos en los que una persona intenta obtener justicia, ser resarcida o restituida en los derechos conculcados y demanda castigo para sus agresores, todo lo cual generalmente agudiza el problema, porque en el camino que hay que recorrer para acceder a la justicia, se encuentra por regla general- un sinnúmero de obstáculos. No son pocos los casos en los que las personas que denuncian o se quejan de una violación a sus derechos humanos, obtienen como respuesta la indiferencia o pero aún el agravio de ser victimizadas una vez más, sólo que en estos casos la violación a sus derechos proviene de los órganos o instituciones encargados de impartir la justicia. Por ello es necesario buscar los procedimientos y mecanismos para atender la demanda ciudadana de abrir los espacios, generar las condiciones y crear las instancias o entidades públicas necesarias y accesibles para la población en general cuya función y facultades legales tengan por objeto la promoción y defensa de los derechos humanos. Que sean órganos del primer nivel de gobierno, que se encarguen de velar por la promoción, protección y defensa de los derechos a la vida, la integridad, la seguridad, la dignidad humana, la libertad y demás derechos y garantías sociales, civiles y políticas de la persona humana, un órgano que se encargue de vigilar y controlar el respeto y el cual tenga facultades para corregir en lo inmediato y de manera eficaz cualquier hecho o circunstancia que constituya violación de estos derechos en su ámbito de competencia. La propuesta de instituir un órgano que tenga la misión de asesorar, vigilar y garantizar el respeto a los derechos humanos y fundamentales de los pobladores en el ámbito municipal, obedece al imperativo de reaccionar de manera inmediata ante las quejas y denuncias de las personas que sufran la conculcación de sus derechos o ante hechos de violación a los derechos humanos de los cuales las autoridades adquieran conocimiento por su carácter público de manera oficiosa y ha sido una petición formalmente presentada por ante este H. Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante escrito No. SSG/EXP12/367/08, de fecha 29 de Diciembre de 2008, suscrito por el Secretario Particular del Subsecretario de Gobierno del Estado, mediante el cual remite documento de la Organización no Gubernamental Comisión de la Defensa de los Derechos Humanos del Distrito de los Tuxtla, A.C., mismo que fue turnado a la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de esta H. LXI Legislatura, a través del oficio SG- SO/1er./2do./237/2009 con fecha 9 de Enero de 2009, mediante escrito signado por la Presidencia y la Secretaría de nuestra Mesa Directiva. Es un hecho conocido y ampliamente documentado que las personas que sufren de violación a sus derechos humanos no siempre lo denuncian, Las causas de esta inactividad o falta de acción para hacer justiciables los derechos humanos, tiene su origen en múltiples factores que pueden resumirse en una frase no hemos logrado generar en la sociedad el conocimiento y el ejercicio de una cultura de respeto y defensa a los derechos humanos y es precisamente para dar satisfacción a esta necesidad de vivir en una sociedad que conozca y defienda sus derechos humanos tanto los de carácter individual como los de carácter social, que se propone esta iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre en su artículo 40, relativo a las Comisiones Municipales que deben integrar los Ayuntamientos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. El objeto de la iniciativa es promover una cultura de respeto y justiciabilidad de los derechos humanos en favor de todos los veracruzanos, para esto es necesario que en todos los municipios o ayuntamientos del Estado de Veracruz se establezca la obligatoriedad de contar con una comisión edicilia encargada difundir y promover los derechos humanos fundamentales universalmente reconocidos y garantizados por la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Comisión Edilicia, cuya 161

181 creación y constitución se propone elevar a rango de Ley mediante su incorporación al artículo 40 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, tendrá además la función de actuar en el ámbito de su competencia material y territorial, como organismo de defensa de los derechos humanos. Con la aprobación de esta reforma el Gobierno de Veracruz y particularmente este Congreso dará un importante paso en el proceso de desarrollo y consolidación de los Derechos Humanos como sustrato y fundamento de nuestro estado democrático y de derecho y generará una de las herramientas indispensables para garantizar a todas las personas la accesibilidad inmediata, en su primer nivel de gobierno, a una organismo del gobierno municipal, especializado y facultado ex profeso para actuar en defensa de los derechos humanos de sus gobernados. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 33, fracciones I y IV, 34, fracción I de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; fracciones I y IV, 47,48, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 8, fracción I, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa con: PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN BAJO EL NUMERAL IX, CON EL CORRIMIENTO NUMÉRICO CORRESPONDIENTE DE LAS DIVERSAS FRACCIONES QUE INTEGRAN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA QUEDAR COMO SIGUE: Artículo 40. I. a VIII. IX. De promoción y Defensa de los Derechos Humanos. X. Limpia Pública; XI. Fomento Agropecuario; XII. Comercio, Centrales de Abasto, Mercados y Rastros; XIII. Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales; XIV. Ornato, Parques, Jardines y Alumbrado; XV. Ecología y Medio Ambiente; XVI. Registro Civil, Panteones y Reclutamiento; y XVII. Gobernación, Reglamentos y Circulares. TRANSITORIO Primero.- El presente ordenamiento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. Dado en el Salón de Sesiones de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la Ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los días del mes de del año dos mil nueve. Con la seguridad de su atención, quedo de usted reiterándole mi respeto. A T E N T A M E N T E Xalapa, Veracruz, a 12 de marzo de 2009 POR LA COMISIÓN PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES Dip. Margarita Guillaumín Romero Presidenta Dip. María de los Á. Sahagún Morales Vocal * * * Para su estudio y dictamen se turna a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables. INICIATIVA DE LEY DE DERECHOS Y CULTURAS INDÍGENAS PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Conforme al orden del día, proseguimos con la iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo que tiene el uso de la palabra su autora, la diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. 162

182 - LA C. DIP. MARÍA BERNARDINA TEQUILIQUIHUA AJACTLE: Con el permiso de la Mesa. Saludo a mis compañeros diputadas y diputados. Público que nos acompaña. A los medios de comunicación. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave La que suscribe, diputada María Bernardina Tequiliquihua Ajactle, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento a los artículos 34 fracción I de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículo 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y del artículo 8 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo, someto a la consideración a esta honorable asamblea la presente iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Veracruz es una entidad que goza de gran riqueza histórica y cultural, la cual encuentra sus raíces y cimientos en los pueblos indígenas. El progreso que se vive actualmente en la entidad es producto de políticas públicas integrales y con sustento. No obstante, aún existen asignaturas pendientes para poder forjar con plenitud el desarrollo del Estado. Lo anterior evidencia la necesidad de implementar mecanismos legales que faciliten a los pueblos indígenas veracruzanos el sendero a su desarrollo. Con esta iniciativa de ley se pretende aportar, de manera firme y determinantemente, un impulso al respeto de los derechos de los pueblos indígenas, grupos vulnerables que por mucho tiempo ha vivido en esta situación de desventaja. Asumir el compromiso por defender el estatus legal y reconocimiento de los derechos indígenas es una medida convincente que se traduce en la manifestación de un respaldo en favor del bienestar común de los hermanos indígenas en Veracruz, tal como sucedió con la reforma del artículo 2 de la Carta Magna vigente, en donde se reconoce que la nación tiene una composición pluricultural, sustentado originalmente en los pueblos indígenas. Sabedores que la importancia y riqueza de la historia y cultura indígena en México es un orgullo que enaltece a la identidad nacional, los diputados locales del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional apoyamos toda causa tendiente al bien común y a la tranquilidad de los pueblos indígenas. Es momento de proponer soluciones eficaces y congruentes con el progreso que se vive en Veracruz. Por ello, toca a la LXI Legislatura Local otorgar su atención pronta a los problemas que aquejan a la población y más a la que habita en las zonas rurales de la entidad porque en ella hay mujeres y hombres que requieren políticas públicas que les permitan obtener una mayor calidad de vida. En el Plan Veracruzano de Desarrollo , dentro de su capítulo I, denominado Veracruz de cara al Siglo XXI, se reconoce que la situación de pobreza y marginación, de inequidad y desventaja, que se agrava en las regiones rurales con alta concentración de población indígena, el 40% de población es del tipo rural. En particular, en el capítulo VIII del citado plan se hace énfasis a la problemática de las comunidades indígenas: Combate a la pobreza y atención a grupos más vulnerables, que en el apartado VIII.3, en otros puntos establece: Diseñar y aplicar programas de desarrollo local y comunitario, en coordinación con municipios y programas federales, en especial en las comunidades indígenas. Impulsar los programas que mejoren a la vivienda en zonas de extrema pobreza. Intensificar programas contra la desnutrición infantil y a favor a la salud integral. Impulsar los programas de alfabetización, capacitación para el trabajo. Programas de salud para la mujer en zonas marginadas, detección de cáncer cérvico-uterino. Impulsar proyectos productivos con perspectiva de género en zonas de pobreza y alta marginación. 163

183 Apoyar a programas de erradicación de la discriminación de la mujer indígena, discapacitados, adultos mayores y otros grupos sociales más vulnerables. Con la presente iniciativa de ley, la Legislatura veracruzana estará respondiendo a un deber proveniente de las reformas a la Constitución, realizadas y aprobadas por el honorable Congreso de la Unión. En dichas reformas emana un imperativo para las legislaturas locales: efectuar adecuaciones a las constituciones locales y en la legislación secundaria, reglamentar lo relativo a los derechos y culturas de los pueblos indígenas. Principalmente, el contenido de esta iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave pretende construir una ley reglamentaria en la Constitución Política en nuestra entidad. Asimismo, el artículo 2 se reconoce que el Estado de Veracruz tiene una composición pluriétnica y multicultural de la que forman parte fundamental sus habitantes y comunidades indígenas. En general, será una ley de 55 artículos, 3 artículos transitorios y 10 capítulos, los cuales tratan los siguientes aspectos: Disposiciones generales; Derechos a los indígenas y a sus comunidades; De los asentamientos indígenas y a las comunidades; De la educación y la cultura; Del derecho a la salud; De los usos y costumbres de las comunidades indígenas; De la procuración y administración de justicia; De la mujer indígena y del Hábitat y el desarrollo y la sustentabilidad de comunidades indígenas. Los pueblos y comunidades indígenas también son parte de México. Defender y velar con mecanismos legales sus derechos y cultura deben constituir un compromiso permanente entre autoridades y sociedad civil. En la geografía veracruzana existen diversos pueblos indígenas. Por ello es relevante estudiar y aplicar toda clase de alternativas que permitan incentivar el crecimiento de su población sin tener que apartarlos de su historia y su cultura. Afortunadamente, en el gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave se han impulsado nuevos mecanismos que permiten acelerar el desarrollo de cada comunidad indígena y a través de los programas sociales en la administración pública estatal, miles de habitantes que viven en zonas rurales han podido salir adelante, aunque se reconoce que aún se tiene mucho por hacer. Hoy más que nunca es de capital importancia que los tres poderes estatales y los ayuntamientos intensifiquen esfuerzos y redoblen acciones con el afán de fomentar el respeto a los derechos y cultura de nuestros hermanos indígenas porque ellos son la raíz y el cimiento de la nación. El bienestar común, la paz social y el progreso en cada uno de los pueblos indígenas del Estado son los principales objetivos que persigue con esta iniciativa de ley y que, una vez aprobada por este honorable Congreso del Estado, permitirá que cientos de miles de veracruzanas y veracruzanos indígenas tengan todas las posibilidades necesarias para vivir y progresar. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave. Es cuanto. (Se incluye la Iniciativa de ley) C. DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E LA QUE SUSCRIBE, DIPUTADA MARÍA BERNARDINA TEQUILIQUIHUA AJACTLE, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTI- TUCIONAL, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 34 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ARTÍCULO 48 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y DEL ARTÍCULO 8 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL MISMO, SOMETO A LA CONSIDERA- CIÓN DE ESTA HONORABLE ASAMBLEA, LA PRE- SENTE INICIATIVA DE LEY DE DERECHOS Y CUL- TURAS INDÍGENAS PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON BASE EN LA SIGUIENTE: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Veracruz es una entidad que goza de gran riqueza histórica y cultural, la cual encuentra sus raíces y cimientos en los pueblos indígenas. 164

184 El progreso que se vive actualmente en la entidad es producto de políticas públicas integrales y con sustento. No obstante, aún existen asignaturas pendientes para poder forjar con plenitud el desarrollo del Estado. Lo anterior evidencia la necesidad de implementar mecanismos legales que faciliten a los pueblos indígenas veracruzanos el sendero hacia su desarrollo. Con esta iniciativa de Ley se pretende aportar de manera firme y determinante un impulso al respeto de los derechos de los pueblos indígenas, grupo vulnerable que por mucho tiempo ha vivido en situaciones de desventaja. Asumir el compromiso por defender el status legal y reconocimiento de los derechos de los indígenas, es una medida convincente que se traduce en la manifestación de un respaldo en favor del bienestar común de los hermanos indígenas en Veracruz, tal como sucedió con la reforma al Artículo 2 de la Carta Magna vigente, en donde se reconoce que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en los pueblos indígenas. Sabedores de que la importancia y riqueza de la historia y cultura indígena en México es un orgullo que enaltece a la identidad nacional, los diputados locales del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, apoyamos toda causa tendiente al bien común y a la tranquilidad de los pueblos indígenas. Es momento de proponer soluciones eficaces y congruentes con el progreso que se vive en Veracruz, y por ello, toca a la Sexagésima Primera Legislatura Local otorgar su atención pronta a los problemas que aquejan a la población, y más a la que habita en las zonas rurales de la entidad, porque en ellas hay mujeres y hombres que requieren políticas públicas que les permitan obtener una mayor calidad de vida. En el Plan Veracruzano de Desarrollo , dentro de su capítulo I denominado Veracruz de cara al Siglo XXI, se reconoce que la situación de pobreza y marginación, de inequidad y desventaja, se agrava en las regiones rurales con alta concentración de población indígena: 40% de la población es del tipo rural. En particular, en el Capítulo VIII del citado Plan, se hace énfasis a la problemática de las comunidades indígenas: Combate a la pobreza y atención a grupos más vulnerables, que en el apartado VIII.3 establece: Diseñar y aplicar programas de desarrollo local y comunitario, en coordinación con municipios y programas federales, en especial en las comunidades indígenas. Impulsar a los programas de mejoramiento de la vivienda en zonas de extrema pobreza. Intensificar programas contra la desnutrición infantil y a favor de la salud integral. Impulsar los programas de alfabetización y capacitación para el trabajo. Programas de salud para la mujer en zonas marginadas (detección de cáncer cérvico-uterino). Impulsar proyectos productivos con perspectiva de género en zonas de pobreza y alta marginación. Apoyar programas de erradicación de la discriminación de la mujer, indígenas, discapacitados, adultos mayores y otros grupos sociales más vulnerables. Con la presente iniciativa de Ley, la Legislatura Veracruzana estará respondiendo a un deber proveniente de las reformas a la Constitución realizadas y aprobadas por el Honorable Congreso de la Unión. En dichas reformas, emana un imperativo para las legislaturas locales: Efectuar adecuaciones a las Constituciones Locales y en la legislación secundaria, reglamentar lo relativo a los derechos y cultura de los pueblos indígenas. Principalmente, el contenido de esta iniciativa de Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, pretende constituir una Ley reglamentaria de la Constitución Política de nuestra entidad. Asimismo, en su Artículo 2 se reconoce que el Estado de Veracruz tiene una composición pluriétnica y multicultural de la que forman parte fundamental sus habitantes y comunidades indígenas. En general, será una Ley de 55 Artículos, 3 Artículos transitorios y 10 capítulos, los cuales tratan los siguientes aspectos: Disposiciones generales; Derechos de los indígenas y sus comunidades; De los asentamientos indígenas y sus comunidades; De la educación y la cultura; Del derecho a la salud; De los usos y costumbres de las comunidades indígenas; De la procuración y administración de justicia; De la mujer indígena; Del Hábitat; y Del desarrollo y la sustentabilidad de las comunidades indígenas. Los pueblos y comunidades indígenas también son parte de México. Defender y velar con mecanismos legales sus derechos y cultura, debe constituir un compromiso permanente entre autoridades y sociedad civil. 165

185 En la geografía veracruzana existen diversos pueblos indígenas, por ello es relevante estudiar y aplicar toda clase de alternativa que permita incentivar el crecimiento de su población sin tener que apartarlos de su historia y su cultura. Afortunadamente, en el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se ha impulsado un nuevo dinamismo que permite acelerar el desarrollo de cada comunidad indígena, y es que a través de los programas sociales de la administración pública estatal, miles de habitantes que viven en zonas rurales, han podido salir adelante, aunque se reconoce que aún se tiene mucho por hacer. Hoy más que nunca es de capital importancia que los tres poderes estatales y los ayuntamientos, intensifiquen esfuerzos y redoblen acciones con el afán de fomentar el respeto a los derechos y cultura de nuestros hermanos indígenas, porque ellos son la raíz y cimiento de la Nación. El bienestar común, la paz social y el progreso en cada uno de los pueblos indígenas del Estado, son los principales objetivos que se persiguen con ésta iniciativa de Ley, y que una vez autorizada por este Honorable Congreso del Estado, permitirá que cientos de miles de veracruzanas y veracruzanos indígenas tengan todas las posibilidades necesarias para vivir y progresar. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Asamblea, la siguiente: INICIATIVA DE L EY DE D ERECHOS Y C ULTURAS I NDÍGENAS PARA EL E STADO L IBRE Y S OBERANO DE V ERACRUZ DE I GNACIO DE LA L LAVE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- La presente Ley es reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es de orden público e interés social y regirá en todo el territorio del Estado en materia de derechos y culturas de los pueblos indígenas y sus comunidades, sus disposiciones constituyen derechos y obligaciones de observancia general para la defensa y el respeto a la cultura, dignidad de las personas, las familias y comunidades indígenas. ARTÍCULO 2.- El objeto de esta Ley es: I. Reconocer la existencia y validez de los sistemas normativos de las comunidades indígenas del Estado, y el derecho de éstas a resolver las controversias entre sus miembros y sus conflictos internos, mediante la aplicación que de tales sistemas hagan sus autoridades indígenas, dentro del ámbito de la autonomía que les otorga la Constitución Federal y la del Estado, y en el marco de pleno respeto a los derechos humanos; II. Garantizar el acceso de las personas y comunidades indígenas a la jurisdicción del estado, haciéndoles partícipes de la misma con la competencia, procedimientos y jurisdicción que consigna la presente Ley, y mediante el establecimiento de normas y procedimientos que les garanticen acceder a la justicia que imparte el estado, en igualdad de condiciones que las personas no indígenas, respetando en todo momento sus usos y costumbres, de acuerdo a las bases establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular del Estado; III. Hacer partícipe al estado y a los ayuntamientos en el desarrollo integral de las comunidades indígenas, mediante la incorporación de las diversas necesidades de las citadas comunidades en los planes estatales y municipales de desarrollo correspondientemente; y IV. Asegurar la participación de la mujer indígena en la vida social, política, económica y cultural en todos los ámbitos de la administración pública; así como brindarle protección en todos los aspectos jurídicos y de salud física y mental que requiere para el desarrollo integral como persona. ARTÍCULO 3.- El Estado de Veracruz tiene una composición pluriétnica y multicultural de la que forman parte fundamental sus habitantes y comunidades indígenas, que tienen y deben gozar, sin excepción, de todas y cada una de las garantías individuales y sociales, y de las libertades y derechos que la constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y las leyes que de ellas emanan, consagran para todas las personas y ciudadanos por el sólo hecho de haber nacido o residir en territorio de la República y en el Estado de Veracruz. ARTÍCULO 4.- Es obligación del Gobierno del Estado y de los municipios prever en el diseño de las políticas públicas, presupuestos y recaudación tributaria bajo su respectiva responsabilidad, la dotación equitativa de recursos públicos en toda la entidad para la crea- 166

186 ción y preservación de las condiciones materiales y jurídicas que impulsen el desarrollo de los indígenas y sus comunidades. Para el diseño de las políticas públicas a que se refiere el párrafo anterior, el Estado y los Ayuntamientos deberán asegurar el concurso y participación de los indígenas a través de sus representantes legalmente acreditados. ARTÍCULO 5.- Esta Ley protege en la entidad a los siguientes pueblos indígenas asentados en él: náhuatl, huasteco, tepehua, otomí, totonaca, zapoteco, popoluca, mixe, chinanteco, mazateco, maya, zoque y mixteco. Así como aquellas personas, familias y comunidades indígenas que residan dentro del territorio veracruzano. ARTÍCULO 6.- El Estado reconoce a las comunidades indígenas su personalidad jurídica propia, para que puedan contraer derechos y obligaciones con el gobierno estatal y con el gobierno del municipio en el que estén asentados. Asimismo, les otorga autonomía en los términos de la fracción IV del Artículo 7 de esta Ley. ARTÍCULO 7.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: I. Estado: La persona moral de derecho público que representa a la entidad federativa de Veracruz de Ignacio de la Llave y su Gobierno, en cuanto a entidad soberana, integrante de la República Mexicana; II. Indígenas: Los individuos que habitan en el territorio del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que comparten un origen étnico común y que libremente se autodefinan y reconozcan como pertenecientes a alguna de las etnias del estado o del país; III. Comunidades: Los grupos sociales, pertenecientes a cada uno de los pueblos indígenas señalados en el Artículo 5 de esta Ley, y que forman una o varias unidades socioeconómicas y culturales; IV. Autonomía: Como partes integrantes del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, las comunidades indígenas tienen la posibilidad de adquirir derechos y obligaciones en razón de la personalidad jurídica que les reconoce el Estado y, por lo tanto, tienen derecho a regular su vida interna en relación con el usufructo de tierras, recursos naturales, organización social, administración de justicia, educación, lenguaje, salud y cultura; V. Usos y Costumbres: Las prácticas, creencias y tradiciones políticas, jurídicas, sociales, económicas, religiosas y culturales en general, que forman parte de la vida cotidiana de las comunidades indígenas y que ellas mismas, libremente y en el ejercicio de sus derechos, asumen, preservan y transmiten de una generación a otra, como valores y signos propios de su identidad; VI. Perspectiva de equidad y género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Contribuye a construir en las comunidades indígenas en el Estado de Veracruz, un lugar en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones; y VII. Empoderamiento de las mujeres: De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es el proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades. ARTÍCULO 8.- Las autoridades estatales, municipales y, en su caso, las autoridades tradicionales, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones jurídicas, así como los particulares, respetarán íntegramente los derechos de los indígenas y sus comunidades. El incumplimiento por parte de las autoridades de lo dispuesto en el párrafo anterior, será motivo de sanción conforme a lo establecido en las leyes que en cada caso correspondan. ARTÍCULO 9.- El Gobernador del Estado, en ejercicio de sus facultades, procederá de manera inmediata a crear la Dependencia o Entidad de la Administración Pública Estatal que tendrá como función, vigilar el exacto cumplimiento de esta Ley, así como recibir y tramitar todas las quejas derivadas del incumplimiento de la misma y de sus disposiciones reglamentarias. ARTÍCULO 10. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente los códigos sustantivos y adjetivos en materia civil y penal, y toda norma- 167

187 tividad vigente para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, según corresponda. CAPÍTULO II LOS DERECHOS DE LOS INDÍGENAS Y SUS COMUNIDADES ARTÍCULO 11.- Los indígenas y sus comunidades tiene derecho a: I. El pleno respeto a sus derechos humanos, a la vida, a la igualdad y la integridad física y moral; II. El respeto a su identidad; III. La libre elección de su residencia; IV. El acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes; V. La educación y a que ésta sea bilingüe y pluricultural; VI. Ejercer el derecho de petición individual y colectivo por escrito, en su propia lengua, en forma pacífica y respetuosa; VII. La asistencia legal en todos los asuntos en los que sea parte un indígena y, en su caso, la autoridad competente le brindará los servicios de un traductor; VIII. La protección de la salud; IX. El disfrute de un ambiente adecuado para su desarrollo; X. Gozar de una vivienda digna y adecuada; XI. Acceder de manera colectiva, al uso y disfrute de los recursos naturales en los términos del Artículo 8 de la Constitución del Estado; y XII. La protección, difusión y libre expresión de su cultura. ARTÍCULO 12.- El estado y los municipios deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias y con el concurso de las comunidades indígenas, promover su desarrollo equitativo y sustentable. Asimismo, deberán impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en el estado y combatir toda forma de discriminación. ARTÍCULO 13.- El Ejecutivo del Estado, en consulta de las comunidades indígenas, definirá y desarrollará programas educativos de contenido regional en los que se reconocerá la herencia cultural indígena. ARTÍCULO 14.- Se garantizará el acceso pleno de los indígenas a la jurisdicción del Estado en todos los juicios que los involucren. Los indígenas tendrán todo el tiempo, el derecho de ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y su cultura. ARTÍCULO 15.- Los ayuntamientos de municipios en donde existan una o varias comunidades indígenas, deberán incorporar de manera proporcional a representantes de las mismas, en los órganos de planeación y participación ciudadana. ARTÍCULO 16.- En los términos de lo dispuesto por el Artículo 71, Fracción VIII de la Constitución Política del Estado, los ayuntamientos estarán facultados para que en la distribución de los recursos que le asigne el Congreso del Estado, sean consideradas de manera prioritaria las comunidades indígenas incorporando de las comunidades, representantes de éstas a los órganos de planeación y participación ciudadana, en los términos de la Ley Orgánica del Municipio Libre. CAPÍTULO III DE LOS ASENTAMIENTOS INDÍGENAS Y SUS COMUNIDADES ARTÍCULO 17.- Quedan prohibidos los reacomodos y desplazamientos de comunidades indígenas, excepción hecha de aquellos casos que provengan de las propias necesidades de dichas comunidades o se motiven por cuestiones de salud, por mandato judicial o cuando el interés público lo requiera. En el caso de que las comunidades indígenas soliciten reacomodo o desplazamiento, deberán justificar plenamente ante los órganos competentes del estado, la existencia y necesidad que origina su petición. Si el reacomodo o desplazamiento encuentra su origen en el interés público, se realizará previo avalúo que practique la autoridad competente. Para tal efecto, se indemnizará a los afectados conforme a lo establecido por las leyes correspondientes aplicables. Para efectos de la reubicación definitiva o temporal, el estado, por conducto de sus órganos competentes y oyendo el parecer de los involucrados, procurará que la misma se realice en sitios o tierras similares o mejores a las que ocupaban, en calidad material y jurídica. 168

188 Si la causa de interés público desapareciera, las comunidades indígenas tendrán prioridad para el retorno a sus tierras. ARTÍCULO 18.- En materia de conflictos agrarios en tierras de comunidades indígenas, el estado proveerá la conciliación y solución del conflicto mediante la intervención de la Procuraduría Agraria, procurando beneficiar a las comunidades indígenas, sin contravenir lo dispuesto por el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CAPÍTULO IV DE LA EDUCACIÓN Y CULTURA ARTÍCULO 19.- El estado, en consulta con las comunidades indígenas, propondrá programas para adaptar la educación básica en sus tres niveles, sobre las siguientes bases: I. La educación indígena impartida por el estado estará fundada en el respeto de las tradiciones y culturas indígenas; será laica, obligatoria y gratuita en sus niveles de primaria y secundaria; II. La educación a indígenas en estos niveles será bilingüe y pluricultural, procurando reforzar su identidad cultural y fortalecer la unidad nacional; y III. Creará programas para capacitar a los alumnos indígenas para que realicen trabajos productivos que les permitan tener una fuente digna de ingresos. ARTÍCULO 20.- Las autoridades educativas promoverán la tolerancia, comprensión y construcción de una relación de igualdad entre las comunidades indígenas y todos los sectores de la sociedad veracruzana y nacional. ARTÍCULO 21.- El estado establecerá un programa de estímulos y becas para los indígenas con el propósito de asegurar sus estudios en los niveles de primaria y secundaria, así como ampliar el acceso a los niveles medio superior, superior y de posgrado, y en particular, para los grados superiores, en su caso, se tomará en consideración los estudios correspondientes que se cursen fuera del país. Para este propósito, el estado destinará al menos el porcentaje correspondiente del total de las becas que otorgan en el área educativa. ARTÍCULO 22.- El estado, en coordinación con las autoridades federales y municipales, impulsará el establecimiento y desarrollo de bibliotecas públicas en las comunidades indígenas de la entidad. Asimismo, el estado deberá establecer un programa editorial de difusión y extensión cultural en lenguas indígenas. La difusión de la Constitución del Estado y las leyes de la entidad en materia civil, penal, laboral, de derechos humanos e indígena, será uno de los rubros que deberá cubrir este programa editorial, en el entendido de distribuir a todas las comunidades, ejemplares impresos en forma bilingüe, así como la participación activa de instructores que faciliten la comprensión de dichos temas. ARTÍCULO 23.- Las comunidades indígenas en los términos del Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Educación y de la Ley de Educación para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tienen derecho a hacer propuestas en esta materia, dentro de los esquemas de participación social que establece la Ley. ARTÍCULO 24.- El estado, conforme a la necesidad en las comunidades indígenas, creará de común acuerdo con ellas, escuelas de educación especial para que los niños, las niñas y los jóvenes indígenas que tengan algún tipo de discapacidad, reciban la atención y educación adecuada. ARTÍCULO 25.- El estado deberá incluir en forma equitativa, recursos para la ejecución de programas destinados al logro del desarrollo físico y mental, destinados preferentemente al bienestar de los niños, niñas y en general, de toda la comunidad indígena. ARTÍCULO 26.- Las comunidades indígenas tienen derecho a vivir dentro de sus tradiciones culturales en libertad, paz y seguridad. Asimismo, les asiste el derecho de mantener y desarrollar sus propias identidades y de ser reconocidos como tales. ARTÍCULO 27.- Las comunidades indígenas poseen el derecho de practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. El estado, a través de sus instituciones competentes y sus programas culturales, en el ámbito de sus atribuciones y con base en el presupuesto de que disponga, apoyará a las comunidades indígenas en el mantenimiento, protección, difusión y desarrollo de todas sus manifestaciones artísticas y culturales. 169

189 ARTÍCULO 28.- Las comunidades indígenas gozan del derecho de establecer sus propios medios de comunicación, en sus propias lenguas, para reflejar debidamente la pluralidad y riqueza cultural del estado en los términos establecidos por la legislación en la materia. ARTÍCULO 29.- Las comunidades indígenas tienen derecho a practicar libremente su religión y a celebrar sus ceremonias, festividades y cultos. El ejercicio público de este derecho debe sujetarse a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias. CAPÍTULO V EL DERECHO A LA SALUD ARTÍCULO 30.- El estado, en concurrencia con los ayuntamientos, deberá poner a disposición de las comunidades indígenas, servicios de salud adecuados, así como proporcionar los medios que les permitan organizar y prestar servicios de salud bajo su responsabilidad, siguiendo siempre las disposiciones legales y respetando las indicaciones de las autoridades en la materia, procurando que las comunidades indígenas gocen de plena salud física y mental. ARTÍCULO 31.- El estado protegerá la medicina indígena tradicional y tomará las medidas necesarias para su conservación y desarrollo. Asimismo, promoverá la investigación y difusión de las mismas a través de instituciones educativas y de salud. El estado llevará a cabo las acciones que sean necesarias de común acuerdo con los médicos indígenas tradicionales para: a) Crear organismos debidamente reconocidos por las autoridades sanitarias; b) Apoyar la creación de organizaciones que les permitan el intercambio de conocimientos y experiencias; c) Permitir e impulsar la creación de centros de herbolaria y consultorios para dar servicio al público; y d) Capacitar y actualizar a los médicos indígenas tradicionales para elevar su eficiencia bajo la perspectiva de elevar la salud de las comunidades indígenas de Veracruz. Todo ello se realizará de acuerdo con la legislación vigente y procurando en todo momento el mayor cuidado para preservar la salud pública. CAPÍTULO VI DE LOS USOS Y COSTUMBRES DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS ARTÍCULO 32.- Los usos y costumbres de las comunidades indígenas son reconocidos por el estado en los términos de las disposiciones vigentes y deberán ser respetadas por las personas e instituciones ajenas a ellas. En la práctica de los usos y costumbres indígenas deberán respetarse los derechos humanos de sus integrantes; además de considerar la perspectiva de equidad y género que esta ley reconoce y otorga. ARTÍCULO 33.- La presente Ley reconoce jurisdicción a las autoridades de las comunidades indígenas, a fin de procurar y administrar justicia en los casos, y de acuerdo con las formalidades que se describen a continuación: Las comunidades indígenas podrán elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno. En la práctica de la elección de las autoridades de las comunidades indígenas, el estado promoverá que se garantice la participación de las mujeres en condiciones de equidad frene a los varones en un marco que respete el pacto federal y la soberanía del estado. Las autoridades indígenas ejercerán jurisdicción en los siguientes casos: a) Cuando se trate de controversias en las cuales ambas partes sean indígenas y que pertenezcan a una misma comunidad y etnia; b) Cuando se trate de usos y costumbres, siempre que no sean violatorias de la ley vigente y, en general, que observen el respeto a los derechos humanos; y c) En todo conflicto interno, se dará relevancia a la dignidad e integridad de las mujeres. ARTÍCULO 34.- Las decisiones tomadas por las autoridades de las comunidades indígenas, con base en sus usos y costumbres y dentro de sus ámbitos jurisdiccionales, sólo podrán ser ejecutadas por las autoridades estatales respectivas cuando se sometan a su convalidación, siempre que no contravengan la Constitución General de la República, ni las leyes vigentes en el estado. 170

190 ARTÍCULO 35.- En los casos de rebeldía o resistencia a la ejecución de las resoluciones de las autoridades indígenas, éstas lo harán saber a las autoridades municipales o del estado, según sea el caso; a fin de que intervengan auxiliándolas en la eficaz ejecución d dichas resoluciones. No podrán las autoridades indígenas, en ningún caso ni bajo ninguna circunstancia hacerse justicia por propia mano, ni ejercer la violencia para reclamar un derecho; en todo momento se garantizará la dignidad, la integridad y el respeto por las garantías individuales que se contemplan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y demás ordenamientos legales relativos a los casos particulares. ARTÍCULO 36.- Cuando exista duda sobre la identidad cultural o la pertenencia de una persona o de alguna comunidad indígena, se respetará el derecho de autoadscripción, el cual, en caso necesario, será corroborado por la autoridad indígena. CAPÍTULO VII DE LA PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA ARTÍCULO 37.- Los órganos del Poder Judicial y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, deberán informar a la Dependencia o Entidad de la Administración Pública Estatal señalada en el Artículo 9 de esta Ley, toda integración de averiguación previa o juicio que se sigan ante los tribunales en el que algún indígena sea parte. ARTÍCULO 38.- El estado reconoce a las comunidades indígenas y a sus integrantes, el ejercicio pleno del derecho de petición. Las autoridades estatales y Municipales están obligadas a recibir y a comunicar, en la misma lengua, el resultado de las promociones que presenten las comunidades indígenas. En su caso, las comunidades indígenas nombrarán un representante legal conforme a sus propios sistemas normativos. ARTÍCULO 39.- Las comunidades indígenas gozarán de plenas garantías contra actos de violencia, reacomodos o desplazamientos forzados, y la separación de familiares sin causa legal justificada, salvo en los casos que el origen sea por disposición judicial o administrativa, debidamente fundada y motivada. ARTÍCULO 40.- En todo procedimiento administrativo o jurisdiccional en que un indígena sea parte, el estado garantizará que el mismo cuente con un traductor, cuando éste no hable o escriba suficientemente y con soltura el idioma español. Los jueces, procuradores y demás autoridades administrativas que conozcan del asunto, bajo su responsabilidad, se asegurarán del cumplimiento de esta disposición. El estado, por el conducto de las autoridades creadas para la defensa del indígena, en coordinación con el Ministerio Público y las autoridades que por razón de sus funciones deban intervenir, vigilarán la eficaz protección a los derechos de los integrantes de las comunidades indígenas, desde el inicio de las averiguaciones previas hasta la consignación de los casos, y verificará que aquéllos cuenten oportunamente con la asistencia de traductores y defensores de oficio bilingües. En materia de fuero común, en los casos en que los indígenas o sus comunidades sean parte, se abrirá de oficio la segunda instancia, a efecto de verificar que los derechos individuales y sociales de aquéllos efectivamente hayan sido reconocidos y respetados. El Tribunal de Alzada revisará las actuaciones de los jueces que conocieron en primera instancia. ARTÍCULO 41.- La autoridad administrativa, laboral, civil, penal, agraria o de cualquier otra índole, ante quienes deban comparecer los niños y las niñas pertenecientes a comunidades indígenas, deberán proporcionarles un traductor y permitir que un familiar cercano los acompañe en todo momento cuando sean presentados ante dicha autoridad. Se evitará, de acuerdo con la legislación vigente aplicable al caso, su internamiento en alguna institución y se procurará, hasta donde sea posible, mantenerlos dentro del seno familiar y su comunidad. ARTÍCULO 42.- Las autoridades deberán considerar la condición sociocultural y económica de los hombres y mujeres indígenas al momento de establecer un pago de las sanciones pecuniarias para la aplicación de beneficios preliberatorios a que tengan derecho. Podrán incorporar el trabajo comunitario como forma de reparación del daño en los casos a que haya lugar. CAPÍTULO VIII DE LA MUJER INDÍGENA ARTÍCULO 43.- El estado reconoce la plena igualdad del hombre y la mujer indígenas. La Ley sancionará cualquier forma de discriminación de las niñas y mujeres indígenas. En todo caso o circunstancia, se obser- 171

191 vará lo previsto en el Artículo 6 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. ARTÍCULO 44.- El estado propiciará, con respeto a las prácticas tradicionales de las comunidades indígenas, la participación plena de las mujeres en su educación, capacitación, formación y profesionalización, para el desempeño de tareas y actividades tendientes a lograr su crecimiento como persona con derechos y responsabilidades bajo la perspectiva de género. ARTÍCULO 45.- Corresponde tanto a la mujer como al hombre indígena, decidir como pareja sobre el número de hijos que quieran tener, planificando la familia con responsabilidad compartida, y dar prioridad a la salud física y emocional de la madre. Para tal efecto, el estado, a través de las autoridades sanitarias correspondientes, apoyará programas de salud sexual y reproductiva. Las relaciones sexuales y la reproducción, incluido el respeto a la integridad de la persona, exigen el respeto y el consentimiento recíprocos y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual. La salud materna de la mujer indígena será una responsabilidad compartida con diversos sectores y niveles de gobierno estatal. ARTÍCULO 46.- La Dependencia o Entidad de la Administración Pública Estatal a que se refiere el Artículo 9 de esta Ley, aplicará programas globales para la asistencia y prevención de la violencia familiar, encaminados a proteger de manera preferente a los niños, niñas y mujeres indígenas, y cualquier miembro de la familia que sufriera maltrato. ARTÍCULO 47.- El estado se compromete a garantizar a las mujeres indígenas el disfrute pleno de los siguientes derechos: I. A la participación directa en la vida social de la comunidad a la que pertenecen; II. A la repartición de los bienes de la herencia; III. A adquirir, poseer y administrar tierras en igualdad de condiciones de los hombres; IV. A ocupar puestos públicos en los tres órdenes de gobierno y en cualquiera de los tres poderes del estado, así como los de elección popular en su caso, conforme a la legislación vigente aplicable; V. Asegurar el desarrollo personal de las mujeres en todos los ámbitos de la vida social, política, económica y cultural mediante el fomento de la dinámica del empoderamiento en la perspectiva de género; y VI. El trabajo de la mujer indígena deberá ser remunerado en igualdad de circunstancias con relación al hombre. Para el ejercicio justo de este derecho, el estado promoverá acciones de formación, capacitación y desarrollo humano dirigidos a las mujeres a fin de igualar las condiciones de género. CAPÍTULO IX DEL HÁBITAT ARTÍCULO 48.- El estado y las comunidades indígenas, a través de las autoridades del ramo ecológico y conforme a la normatividad aplicable, convendrán las acciones y medidas necesarias tendientes a la conservación del medio ambiente y a otras formas de protección de los recursos naturales, para garantizar un desarrollo ecológicamente sustentable. ARTÍCULO 49.- Las obras y proyectos que promuevan el estado, las organizaciones y los particulares, que impacten a las comunidades indígenas en su hábitat, deberán ser analizados y discutidos previamente con dichas comunidades. ARTÍCULO 50.- Las comunidades indígenas podrán recibir de las autoridades ecológicas permiso para administrar áreas naturales protegidas, en los términos del Artículo 27 de la Constitución Federal y de la demás legislación aplicable y bajo supervisión y vigilancia del estado. ARTÍCULO 51.- Las comunidades indígenas tienen facultad de realizar las acciones de vigilancia y establecer disposiciones dirigidas a la conservación y protección de su hábitat, de conformidad con sus usos y costumbres. ARTÍCULO 52.- Todas las comunidades indígenas tienen la obligación de realizar actividades de protección, restauración, conservación y aprovechamiento sustentable e investigación de los recursos naturales que integran su hábitat, para lo cual, podrán contar con el apoyo técnico y financiero del estado, de instituciones educativas y de particulares. Para cumplir con estas finalidades, se suscribirán previamente los acuerdos específicos necesarios. 172

192 CAPÍTULO X DEL DESARROLLO Y LA SUSTENTABILIDAD DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS ARTÍCULO 53.- De acuerdo con la normatividad vigente, el estado y los ayuntamientos podrán convenir la aplicación de recursos económicos con las comunidades indígenas, para la operación de programas y proyectos de desarrollo social sustentable formulados en forma conjunta. Asimismo, establecerán sistemas de control necesarios para el manejo de los recursos y la asistencia técnica requerida, a fin de que se ejerzan en forma eficiente y transparente, debiendo informar oportuna y cabalmente a las comunidades. ARTÍCULO 54.- El estado, de acuerdo con su programa presupuestal, desconcentrará sus servicios para prestarlos con eficiencia y respaldar adecuadamente el desarrollo de las comunidades indígenas en los términos acordados con éstas. ARTÍCULO 55.- El estado deberá incluir en forma expresa en su plan estatal de desarrollo y en los programas derivados del mismo, los acuerdos que establezca con las comunidades indígenas. En el mismo sentido, harán lo propio los ayuntamientos en el plan municipal de desarrollo y sus programas. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial Órgano de Gobierno del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- El Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave hará del conocimiento de la población del Estado, el contenido de la presente Ley. ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones de igual o menor rango que contravengan la presente Ley. Atentamente Xalapa de Enríquez, Veracruz a 17 de marzo de 2009 Dip. María Bernardina Tequiliquihua Ajactle (Rúbrica) * * * - EL C. PRESIDENTE, DIP. MANUEL BERNAL RIVERA: Muchas gracias, diputada. Para su estudio y dictamen se turna a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, de Asuntos Indígenas y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 137 DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD JUVENIL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Conforme al orden del día tiene el uso de la palabra el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su iniciativa de decreto que reforma el artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. - EL C. DIP. CIRILO VÁZQUEZ PARISSI: Buenos días. Con su permiso, señor presidente. Uno de los pilares esenciales en la justicia de menores es, sin duda, la Convención Internacional de los Derechos del Niño, quien a manera de antecedente me permito exponer sus etapas, las cuales son las siguientes: Declaración sobre los Derechos del Niño de Ginebra de 1924, primer instrumento jurídico internacional en la materia, proclamado por la Asamblea de Naciones después de la Primera Guerra Mundial por las condiciones de los niños víctimas y huérfanos con motivo de la guerra. Declaración de los Derechos del Niño de 1959, proclamada por la Asamblea General de la ONU después de la Segunda Guerra Mundial. 1979, Polonia propone elevar la Declaración de los Derechos del Niño de 1959 a rango de Convención, para otorgarle el carácter de vinculante. La Asamblea General de la ONU proclama la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de Todos los países miembros de la ONU han ratificado la Convención, salvo Estados Unidos de América. México ratificó el 21 de septiembre de Es pertinente resaltar lo contenido en el artículo 37 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, en el cual se asientan las bases del sistema de responsabilidad juvenil: Todo niño tiene derecho a la libertad. 173

193 La detención, el encarcelamiento o la prisión deben llevarse a cabo conforme a la Ley. Inciso c) Medidas aplicables como último recurso y durante el periodo más grave. Incido d) Durante la privación de la libertad, el niño debe ser tratado con humanidad, separado de los adultos, con pronto acceso a la asistencia jurídica y derecho a impugnar la legalidad de la detención ante un tribunal o autoridad competente, independiente e imparcial. Bueno, muchas veces cuando llega así al penal, te llegas a topar a los niños con adultos, menores de 18 años junto con adultos. Aquí estamos viendo, por ejemplo, que ese tipo de cosas se debería detener. Es por ello que si tomamos como premisa principal que la Convención sobre los derechos del Niño, al tener precisamente este carácter, es vinculatoria y, por ende, obligatoria al tenor del principio de la supremacía constitucional. Es por ello que al analizar la redacción actual se llega a la conclusión de que es una lista muy extensa de delitos, los cuales debemos aceptar la mayoría son de gran impacto para la sociedad; sin embargo, es prudente señalar que en el caso de la tentativa punible, figura jurídica que tiene por esencia el hecho de realizar una conducta encaminada a cometer un delito y que, sin embargo, por causas ajenas al actor no se consuma. Por tal razón es donde siento que al no haberse consumado tal conducta y atendiendo al principio no de humanidad, sino de justicia, mismo que tiene como fin excluir la represión y adopta procurar la reintegración del infante para que asuma la función constructiva en una sociedad, dicho principio se encuentra consagrado en el numeral 40 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y es uno de los principios rectores de la justicia para menores junto con los de legalidad, debido proceso, especialidad, desjudicialización o mínima intervención, delimitación de la edad mínima de responsabilidad y proporcionalidad. Ahora bien, es pertinente apuntar los documentos internacionales que reflejan los fundamentos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, siendo las siguientes: a) Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores. Reglas de Beijing en Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad en Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil. En la parte medular de las reglas de Beijing se expone que la privación de la libertad debe ser como último recurso y aplicada por el menor tiempo posible. Debe haber medidas alternas a la privación de libertad. Es por ello que debemos aplicar estos principios a lo contenido en tal precepto, mismo que pretendo se reforme. Por ejemplo, en los delitos de tentativa de robo, asalto, lesiones, estragos y corrupción de menores, se puede suprimir como uno de los que necesariamente ameriten privación de la libertad y no se trata de minimizar estos delitos. Lo ideal sería que ningún delito en grado de tentativa fuera considerado como privativo de libertad y sí aplicar la reclusión del menor sin aplicar la reclusión del menor. Sin embargo, considero que estos delitos dentro de los más graves podrían ser considerados los mas sensibles; ejemplo de ello, la tentativa de robo y el asalto, delitos muy comunes y en los cuales bien podría dársele al menor una alternativa que no sea la prisión porque, ojo, tenemos que tener en cuenta que el delito no se consumió, o sea, bien podían valorarse ciertas circunstancias, aunado a que en la justicia de los mayores esto es lo más importante, en los delitos de los mayores en grado de tentativa, los activos sí alcanzan fianza y en la de los niños, no. Cabría hacer la pregunta, por qué a los mayores sí ese beneficio y a los menores no? Suena incongruente. Es por ello que considero procedente, técnicamente y legalmente, otorgarle al menor la oportunidad de que tan sólo con una terapia y tratamiento externo bien cimentados pueda éste lograr una meditación en el sentido de que estuvo a punto de cometer un delito, pero afortunadamente no lo logró y esto sea, precisamente, la base de una reflexión profunda. Esto debe crear conciencia para que posteriormente no vuelva a tratar de hacerlo y así lograr una pronta y absoluta libertad, llevando implícita la readaptación ante la sociedad. No así en los otros casos, en los cuales sean delitos de mayor impacto y mayores consecuencias y que, por ende, necesitan un tratamiento más óptimo y con una vasta atención profesional. 174

194 Ahora bien, no debemos confundir el darle el sentido de ventaja a los menores. Más bien es adecuarnos a las reglas internacionales y se trata, como dije hace rato, no de invocar a la humanidad, sino a la justicia. Por qué al menor se le sanciona más drásticamente que al adulto? Por lo antes expuesto someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa del decreto de la reforma del punto 2 del artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil, para quedar como sigue: Único. Se reforma el punto 2 del artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil para quedar como sigue: Artículo En caso de tentativa punible de los delitos incluidos en este artículo, también podrá aplicarse privación de la libertad a excepción de la tentativa de robo, asalto, lesiones, estragos y corrupción de menores. TRANSITORIOS Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Artículo segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al decreto. Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, 25 de marzo de 2009 Gracias. Diputado Cirilo Vazquez Parissi (Se incluye la iniciativa de decreto) DIP. FERNANDO GONZALEZ ARROYO. PRESIDENTE DE LA H. LXI LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. XALAPA DE ENRÍQUEZ, VER. Con las facultades que me confieren los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 Fracción I y 35 de la Constitución Política Local; 48 Fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 8 Fracción I y 102 del Reglamento Interior del Poder Legislativo; me permito someter a consideración de esta Soberanía el presente Decreto que reforma el punto 2. del artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; Por lo que me permito exponer las razones en que fundo las propuestas de Iniciativa, adición y Reforma, los antecedentes que sirven de base a la propuesta, los elementos materiales y formales que la sustentan y las consideraciones de tiempo, lugar, modo, oportunidad y demás circunstancias, conforma a la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: El nuevo sistema de justicia de menores es sin duda un sistema Garantista, no podemos soslayar que existe una tutela del Estado y la familia; Antes los menores se veían como objetos en el Proceso hoy en día son verdaderos sujetos con personalidad. En tiempos lejanos a los niños en conflicto con la Ley se les aplicaba el sistema penal de los adultos, pero con sanciones reducidas generalmente a una tercera parte. Cumplían penas privativas en establecimientos de adultos. A finales del siglo XIX, en Estados Unidos surge el movimiento Los Salvadores del Niño, con cuatro propuestas: a).- Sustraer a los niños de la justicia penal de adultos; b).- Establecer Tribunales especializados para menores; c).- Extender las acciones de esta jurisdicción especializada hacia todos aquellos niños que se encontraran en situaciones de riesgo o abandono social; y d).- Crear lugares exclusivos para los niños privados de su libertad. Lo anterior, produce la creación del primer Tribunal para Menores en Chicago, Illinois en Posteriormente se establecieron en Europa y Latinoamérica. En México, el primer Tribunal de Justicia para menores se estableció en San Luis Potosí en Uno de los pilares esenciales en la Justicia de Menores es sin duda la Convención Internacional de los Derechos del Niño, quien a manera de antecedentes me permito exponer sus etapas las cuales son las siguientes: I.- Declaración sobre los Derechos del Niño, de Ginebra de 1924, primer instrumento jurídico internacional en la materia, proclamado por la Asamblea de Naciones después de la Primera Guerra Mundial, por las condiciones de los niños víctimas y huérfanos con motivo de la guerra. 175

195 II.- Declaración de los Derechos del Niño de 1959, proclamado por la Asamblea General de la ONU después de la Segunda Guerra Mundial. III , Polonia propone elevar la Declaración de los Derechos del Niño de 1959 a rango de Convención, para otorgarle el carácter de vinculante. La Asamblea General de la ONU, proclama la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de Todos los países miembros de la ONU han ratificado la Convención, salvo Estados Unidos de América. México ratificó el 21 de septiembre de Es pertinente resaltar lo contenido en el artículo 37 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, en el cual se asientan las bases del sistema de responsabilidad Juvenil: a).- Todo niño tiene derecho a la libertad. b).- La detención, el encarcelamiento o la prisión deben llevarse a cabo de conformidad con la Ley. c).- Medidas aplicables como último recurso y durante el periodo más breve. d).- Durante la privación de la libertad, el niño debe ser tratado con humanidad, separado de los adultos, con pronto acceso a la asistencia jurídica y derecho a impugnar la legalidad de la detención ante un Tribunal o autoridad competente, independiente e imparcial. El articulo 18 de Nuestra Carta Magna es claro en el sentido de que menciona que La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Por otra parte es necesario adecuarnos al Principio de Supremacía Constitucional contenido en el numeral 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que a la letra dice: Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados. Es por ello que si tomamos como premisa principal que la Convención sobre los derechos del niño, al tener precisamente este carácter es vinculatoria, y por ende obligatoria al tenor del Principio de Supremacía Constitucional. El numeral 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil, tiene actualmente la siguiente redacción: Artículo La privación de libertad en centro especializado para adolescentes comprendidos en la fracción II del artículo 3 de esta Ley, no podrá ser menor de cuatro años ni exceder los siete años en caso de que fueran encontrados responsables, únicamente en los casos de los delitos siguientes del Código Penal: I. Homicidio. Referido en los artículos: a. 129; b. 130; c. 131; d. 132, y e. 147, párrafo primero II. Lesiones. Que refieren los artículos: a. 137 fracción V; b. 137 fracción VI; c III. Secuestro. Artículo 163. IV. Asalto. Artículo 171 V. Violación. Que refieren los artículos: a. 182; b. 183, y c. 184 VI. Robo. Artículo 205 fracción II inciso b, en el supuesto de violencia física o moral contra las personas. VII. Tráfico de menores. Artículo 243 VII. Estragos. Artículo 265 IX. Corrupción de Menores. Artículo 285 (en el supuesto de obligar) X. Pornografía Infantil. Que refieren los artículos: a. 290, y b. 291 (en el supuesto de obligar) XI. Lenocinio y trata de personas. Que refieren los artículos: a. 292 fracción V última parte; b. 293, y 176

196 c. 294 XII. Terrorismo. Que refieren los artículos: a. 311 párrafo primero; b. 312, y c XIII. Sabotaje, a que se refiere el artículo En caso de tentativa punible de los delitos incluidos en este artículo, también podrá aplicarse privación de la libertad. 3. Al ejecutar una medida de privación de libertad en centro especializado, se deberá computar el período de detención provisional al que hubiere sido sometido el adolescente. Es por ello que al analizar la redacción actual se llega a la conclusión de que es una lista muy extensa de delitos los cuales, debemos de aceptar la mayoría son de gran impacto para la sociedad, sin embargo es prudente señalar que en el caso de la Tentativa Punible figura jurídica que tiene por esencia el hecho de realizar una conducta encaminada a cometer un delito y que sin embargo por causas ajenas al actor no se consuma, por tal razón es donde siento que al no haberse consumado tal conducta y atendiendo al Principio de HUMANIDAD, mismo que tiene como fin, excluir la represión y adopta procurar la reintegración del niño para que asuma una función constructiva en la sociedad. Dicho Principio se encuentra consagrado en el numeral 40 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y es uno de los Principios rectores de la Justicia para Menores junto con los de: Legalidad, Debido Proceso, Especialidad, desjudicialización o mínima intervención, Delimitación de la edad mínima de responsabilidad y Proporcionalidad. Ahora bien, es pertinente apuntar los Documentos Internacionales que reflejan los fundamentos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño siendo las siguientes: a).- Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing- 1985). b).- Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (1990) c).- Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD-1990). En la parte medular de las Reglas de Beijing se expone que la Privación de la Libertad debe ser como último recurso y aplicada por el menor tiempo posible, debe haber medidas alternas a la privación de la libertad. No debemos perder de vista que el carácter vinculante de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México en 1990), obligó la adecuación del sistema jurídico a los principios contemplados en el mismo. De esta manera se reforma al artículo 4º de la Constitución Federal publicada el 7 de abril de 2000 en el Diario Oficial de la Federación), en donde se reconoce a las niños como sujetos plenos de derechos, conforme a la doctrina de la protección integral. Ahora debemos tomar muy en cuenta que la reforma al artículo 18 de la Constitución Federal (publicada el 12 de diciembre del 2005) no fue por iniciativa del Constituyente permanente, sino para cumplir con el compromiso derivado de la ratificación a la Convención de los Derechos del Niño. Es por ello que debemos aplicar estos principios a lo contenido en tal precepto mismo que pretendo se reforme, por ejemplo en los delitos de tentativa de robo, asalto, lesiones, estragos y corrupción de menores, se puede suprimir como uno de los que necesariamente ameriten privación de la libertad, y no se trata de minimizar estos delitos, lo ideal sería que ningún delito en grado de tentativa fuera considerado como privativo de libertad y así aplicar la reclusión del menor, sin embargo considero que estos delitos dentro de los mas graves podrían ser considerados los mas sensibles, ejemplo de ello el robo y el asalto, delitos muy comunes y en los cuales bien podría dársele al menor una alternativa que no sea la Prisión, porque ojo- tenemos que tener en cuenta que el delito no se consumió, o sea que bien podía valorarse ciertas circunstancias, aunado a que en la justicia de mayores en los delitos en grado de tentativa los activos se alcanzan fianza, por lo que es procedente técnicamente y legalmente otorgarle al menor la oportunidad de que tan solo con una terapia y tratamiento externo bien cimentados pueda este lograr una meditación en el sentido de que estuvo a punto de cometer un delito, pero que afortunadamente no lo logró y esto sea precisamente la base para una reflexión profunda en el ente y crear conciencia para que posteriormente no vuelva a tratar de hacerlo y así lograr una pronta y absoluta libertad llevando implícito la readaptación ante la sociedad; no así en los otros casos en los cuales sean delitos de mayor impacto y mayores consecuencias y que por ende necesitan un tratamiento mas optimo y con una basta atención profesional. 177

197 Por lo antes expuesto someto a consideración de esta Soberanía la presente: INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA EL PUN- TO 2 DEL ARTÍCULO 137 DE LA LEY DE RESPON- SABILIDAD JUVENIL PARA EL ESTADO DE VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, Para quedar como sigue: ÚNICO.- Se reforma el punto 2 del artículo 137 de la Ley de Responsabilidad Juvenil, para quedar como sigue: Artículo En caso de tentativa punible de los delitos incluidos en este artículo, también podrá aplicarse privación de la libertad, a excepción de la tentativa de Robo, Asalto, Lesiones, Estragos y Corrupción de Menores. TRANSITORIOS ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este Decreto. XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A 25 DE MARZO DEL 2009 DIP. CIRILO VAZQUEZ PARISSI * * * - EL C. PRESIDENTE, DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Para su estudio y dictamen, se turna a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 67 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE En el desahogo del siguiente punto del orden del día, se le concede el uso de la voz al diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su iniciativa de decreto que adiciona el artículo 67 bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. - EL C. DIP. FEDERICO SALOMÓN MOLINA: Muy buenos días, estimados compañeros diputados, compañeras diputadas, medios de comunicación, medios de comunicación, público que nos acompaña por el día de hoy. Diputado Fernando González Arrollo Presidente de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz Presente Con las facultades que me confieren los artículos 34 fracción I y 35 de la Constitución Política local; 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 8 fracción I y 102 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, me permito someter a consideración de la Diputación Permanente de esta Soberanía la presente iniciativa de decreto que adiciona el articulo 67 bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre vigente para el Estado de Veracruz, por lo que me permito exponer las razones en que fundo la propuesta de iniciativa de decreto que adiciona dicha disposición, así como los antecedentes que sirven de base a la propuesta, los elementos materiales y formales que la sustentan y las consideraciones de tiempo, modo, lugar, oportunidad y demás circunstancias, bajo la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente iniciativa va encaminada a regular la definición de reglas y límites precisos en materia de participación de los servidores públicos en política, esto en virtud de la importancia que en el actual contexto político demanda, lo que hace necesario definir las pautas generales al respecto para garantizar el correcto ejercicio de las facultades y derechos que estos servidores y particularmente los que pertenecen al cuerpo edilicio. El artículo 127 de la Constitución Política establece, dentro de las prohibiciones para los servidores públicos, la prevista en su inciso segundo según la cual: a los empleados del Estado y a sus entidades descentralizadas que ejerzan jurisdicción, autoridad civil o política, cargos de dirección administrativa o que desempeñen en sus órganos judicial, electoral, de control, les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio. 178

198 Previéndose que los servidores públicos encargados de prestar este servicio se avoquen plenamente al ejercicio de sus funciones, estableciendo la prohibición de desempeñar cualquier otro cargo, empleo o comisión en el sector público, privado o social. El establecer la prohibición de que los servidores públicos asuman o desempeñen otro cargo, empleo o comisión en el sector público, privado o social, contribuiría a que dichos servidores públicos se avocaran plenamente a las funciones que les han sido encomendadas. La motivación sustancial de la presente iniciativa es la transparencia con la que los ediles deben desempeñar las funciones encomendadas; para que no se confunda la utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o una campaña política, en el entendido que no se está tratando de realizar una prohibición para que ejerzan actos partidistas, únicamente para que se regule la forma en que pueden hacerlos, sujetando ese derecho a las condiciones que marca la ley regulando este derecho, evitando que el servidor público se convierta en un factor desestabilizador de la función pública, ya que es de todos sabido que el carácter de servidor público le otorga el artículo 108 Constitucional y especifica que éstos están al servicio del Estado y de la comunidad, es decir, están a cargo de los intereses generales, estableciendo la imparcialidad como uno de los principios donde se fundamenta su obligación. Así tenemos que el ejercicio de este derecho no puede constituir un argumento para usar de manera indebida o con parcialidad el cargo en su favor, sacrificando el bien de todos. En ese sentido se propone establecer límites claros dentro de la normatividad para que en el caso de que un edil ejerza este derecho, sea bajo los lineamientos establecidos en esta norma. Esto es, el edil que tenga que asistir a eventos partidistas o comisiones fuera de las establecidas en su encargo como servidor público deberá hacerlo, previa solicitud a la Contraloría de un día económico sin goce de sueldo, misma que deberá ser autorizada en sesión de Cabildo y con ello esté en posibilidades de realizar dichas actividades, pero sin que esto sea en detrimento de las obligaciones contraídas como funcionario público, ya que la intervención en actividades políticas no son compatibles con el desempeño del cargo correspondiente. Adicionalmente la ley prevé que todo servidor público deberá recibir una remuneración económica por la función que desempeñen, así como que deberá también, dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas. Con la reciente reforma electoral se plasman las exigencias propicias para garantizar la transparencia de los procesos electorales, previniendo la indebida participación en política de los servidores públicos. Es por ello que el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional insta a los servidores públicos del Estado a respetar los límites que el ejercicio de esta facultad deban oponerse de manera imparcial, garantizando con ello el libre ejercicio de los derechos políticos de quienes participan activa o pasivamente en las actividades de ese carácter. Con sustento en lo anteriormente expuesto, consideramos pertinente la regulación respectiva para que los ediles en su carácter de funcionarios públicos, que realicen este tipo de actividades, lo hagan dentro del marco legal, garantizando la transparencia e imparcialidad que como principios de la función pública administrativa orientan nuestra actividad, a respetar los derechos políticos que a cada uno nos asiste como quiera que los mismos se ejerzan y a buscar las condiciones óptimas para el normal y correcto desarrollo de los procesos políticos, de manera que no exista indebida injerencia en el ámbito de los derechos ajenos. De lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos citados en el proemio de la iniciativa, se propone la siguiente: INICIATIVA QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 67 BIS DE LA L EY O RGÁNICA DEL M UNICIPIO L IBRE PARA EL E STADO DE V ERACRUZ DE I GNACIO DE LA L LAVE Artículo primero. Se adiciona el artículo 67 bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la llave, para quedar como sigue: Artículo 67 bis. Los ediles que realicen actividades que no sean propias de su encargo deberán hacerlo en los días y horas que no hayan sido destinados para tal efecto. De ser necesario realizarlas en días y horas que afecten las obligaciones propias de su encargo, deberán hacerse con solicitud de día económico sin goce de sueldo y ésta estará sujeta a la aprobación del Cabildo. 179

199 TRANSITORIOS Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. Xalapa, Veracruz, marzo de 2009 Diputado Federico Salomón Molina Es cuanto, señor presidente. (Se incluye la inicitiva de ley) DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROLLO. PRESIDENTE DE LA LXI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ PRESENTE: Con las facultades que me confieren los artículos 34 Fracción I y 35 de la Constitución Política Local; 48 Fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 8 Fracción I y 102 del Reglamento Interior del Poder Legislativo; me permito someter a consideración de la Diputación Permanente de esta Soberanía la presente iniciativa de decreto que adiciona el articulo 67 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre vigente para el Estado de Veracruz. Por lo que me permito exponer las razones en que fundo la propuesta de Iniciativa de decreto que adiciona dicha disposición, así como los antecedentes que sirven de base a la propuesta, los elementos materiales y formales que la sustentan y las consideraciones de tiempo, modo, lugar, oportunidad y demás circunstancias, bajo la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente iniciativa va encaminada a regular la definición de reglas y límites precisos en materia de participación de los servidores públicos en política, esto en virtud de la importancia que en el actual contexto político demanda; lo que hace necesario definir las pautas generales al respecto para garantizar el correcto ejercicio de las facultades y derechos de estos servidores y particularmente los que pertenezcan al cuerpo edilicio. El artículo 127 de la Constitución Política establecía, dentro de las prohibiciones para los servidores públicos, la prevista en su inciso segundo según la cual a los empleados del Estado y sus entidades descentralizadas que ejerzan jurisdicción, autoridad civil o política, cargos de dirección administrativa, o se desempeñen en los órganos judicial, electoral, de control, les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio Previéndose que los servidores públicos encargados de prestar este servicio se avoquen plenamente al ejercicio de sus funciones, estableciendo la prohibición de desempeñar cualquier otro cargo, empleo o comisión en el sector público, privado o social, al establecer la prohibición de que los servidores públicos asuman o desempeñen otro cargo, empleo o comisión en el sector público, privado o social, contribuiría a que dichos servidores públicos se avocarán plenamente a las funciones que les han sido encomendadas. La motivación sustancial de la presente iniciativa es la transparencia con la que los ediles deben desempeñar las funciones encomendadas; para que no se confunda la utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o una campaña política, en el entendido que no se està tratando de realizar una prohibición para que ejerzan actos partidistas, únicamente para que se regule la forma en que pueden hacerlos, sujetando ese derecho a las condiciones que marca la ley regulando este derecho evitando que el servidor público se convierta en un factor desestabilizador de la función pública, ya que es de todos sabido que el carácter de servidor público lo otorga el articulo 108 Constitucional y especifica que estos están al servicio del Estado y de la comunidad, es decir están a cargo de los intereses generales estableciendo la imparcialidad como uno de los principios donde se fundamenta su obligación. Así tenemos que el ejercicio de este derecho no puede constituir un argumento para usar de manera indebida o con parcialidad el cargo en su favor sacrificando el bien de todos. En este sentido se propone establecer límites claros dentro de la normatividad, para que en el caso de que un edil ejerza este derecho sea bajo los lineamientos establecidos en la norma, esto es, el edil que tenga que asistir a eventos partidistas o comisiones fuera de las establecidas en su encargo como servidor publico deberá hacerlo previa solicitud a la contraloría de un día económico sin goce de sueldo, misma que deberá ser autorizada en sesión de cabildo y con ello este en posibilidades de realizar dichas actividades pero sin que sean en detrimento de las obligaciones contraídas como funcionario público, ya que la intervención en 180

200 actividades políticas no son compatibles con el desempeño del cargo correspondiente. Adicionalmente la ley prevé que todo servidor público deberá recibir una remuneración económica por la función que desempeñen, así como que deberá dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas. Con la reciente reforma electoral se plasman las exigencias propicias para garantizar la transparencia de los procesos electorales previniendo la indebida participación en política de los servidores públicos, es por ello que el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional insta a los servidores públicos del Estado a respetar los limites que el ejercicio de esta facultad deban oponerse de manera imparcial, garantizando con ello el libre ejercicio de los derechos políticos de quienes participan activa o pasivamente en las actividades de ese carácter. Con sustento en lo anteriormente expuesto, consideramos pertinente la regulación respectiva para que los ediles en su carácter de funcionarios públicos, que realicen este tipo de actividades, lo hagan dentro del marco legal, garantizando la transparencia e imparcialidad que como principios de la función pública administrativa orientan nuestra actividad, a respetar los derechos políticos que a cada uno nos asiste como quiera que los mismos se ejerzan y a buscar las condiciones óptimas para el normal y correcto desarrollo de los procesos políticos, de manera que no exista indebida injerencia en el ámbito de los derechos ajenos. De lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos citados en el proemio de la Iniciativa, se propone la siguiente: INICIATIVA QUE ADICIONA EL ARTICULO 67 BIS DE LA L EY O RGÁNICA DEL M UNICIPIO L IBRE PARA EL ESTADO DE V ERACRUZ DE I GNACIO DE LA L LAVE ARTÍCULO PRIMERO.- Se adiciona: el artículo, 67 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la llave, para quedar como sigue: Artículo 67 Bis.- Los ediles que realicen actividades que no sean propias de su encargo deberán hacerlo en los días y horas que no hayan sido destinadas para tal efecto, de ser necesario realizarlas en días y horas que afecten las obligaciones propias de su encargo deberán hacerse con solicitud de día económico sin goce de sueldo y esta estará sujeta a la aprobación del cabildo. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. XALAPA, VERACRUZ MARZO DE 2009 DIP. FEDERICO SALOMÓN MOLINA GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Gracias, señor diputado. * * * (Aplausos) Para su estudio y dictamen, se turna a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Gobernación. DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE JESÚS CARRANZA A SUSCRIBIR CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO SOCIAL CON PETRÓLEOS MEXICANOS PARA RECIBIR DE LA PARAESTATAL, PRODUCTOS CONSISTENTES EN ASFALTO AC-20 Y COMBUSTIBLES CON UN VALOR DE $1 984, PARA SER UTILIZADOS EN LA PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS, ASÍ COMO PARA OPERACIÓN DEL PARQUE VEHICULAR Y MAQUINARIA Continuamos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Jesús Carranza a suscribir convenio de colaboración en materia de desarrollo social con Petróleos Mexicanos para recibir de la paraestatal, productos consistentes en asfalto AC-20 y combustibles con un valor de $1 984, para ser utilizados en la pavimentación de caminos, así como para operación del parque vehicular y maquinaria, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y en razón de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) 181

201 Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2do./020/2009, de fecha 16 de febrero de 2009, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Jesús Carranza, junto con el expediente del caso, para poder suscribir convenio para que Petróleos Mexicanos done al municipio asfalto y combustible para la pavimentación de caminos. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política local; 35, fracción XXIV, y 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número DOP- 2178/2008, de fecha 20 de agosto de 2008, signado por el presidente municipal de Jesús Carranza, mediante el que solicita a esta Potestad legislativa la autorización para celebrar convenio de colaboración en materia de desarrollo social con Petróleos Mexicanos, para que esta done al municipio 240 toneladas de asfalto AC-20 y 55 mil litros de combustible, consistente en 20 mil litros de gasolina y 35 mil litros de diesel, con un valor de $1,984, (Un millón novecientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), para ser utilizados en la pavimentación de caminos en la comunidad de Suchilapan, así como para operación del parque vehicular y maquinaria municipales, respectivamente. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 20 de agosto de 2008, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento, a través del presidente municipal y síndico, suscriba el convenio de colaboración en materia de desarrollo social con Petróleos Mexicanos, para que esta done al municipio 240 toneladas de asfalto AC- 20 y 55 mil litros de combustible, consistente en 20 mil litros de gasolina y 35 mil litros de diesel, con un valor de $1,984, (Un millón novecientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), para ser utilizados en la pavimentación de caminos en la comunidad de Suchilapan, así como para operación del parque vehicular y maquinaria municipales, respectivamente. Para lo cual solicitan la previa autorización del H. Congreso. 3. Consta el proyecto de convenio de colaboración en materia de desarrollo social entre el municipio de Jesús Carranza y Petróleos Mexicanos, para la ejecución de las acciones referidas en el antecedente inmediato anterior, donde se señalan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Se toma en consideración que la finalidad del convenio de colaboración en materia de desarrollo social es para que el ayuntamiento reciba productos de esta paraestatal para la realización de obras y acciones de beneficio social que llevará a cabo el municipio, principalmente para la pavimentación asfáltica de caminos de la comunidad de Suchilapan. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Jesús Carranza, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio. En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Jesús Carranza, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de colaboración en materia de desarro- 182

202 llo social con Petróleos Mexicanos para recibir de la paraestatal productos consistentes en asfalto AC-20 y combustibles, con un valor de $1,984, (Un millón novecientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N.), para ser utilizados en la pavimentación de caminos en el municipio, así como para operación del parque vehicular y maquinaria municipales, respectivamente, de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal del honorable ayuntamiento de Jesús Carranza, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * - EL C.PRESIDENTE: Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo que no hay ningún diputado que haga solicitud de uso de la voz. Toda vez que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobado el dictamen. DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE CAMERINO Z. MENDOZA A QUE DISPONGA DE RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS, EJERCICIO 2008 Y, EN CONSECUENCIA, REALICE CONFORME A LA LEY, EL PAGO POR CONCEPTO DE AMORTIZACIÓN DE CAPITAL E INTERESES DEL CRÉDITO CONTRAÍDO CON BANOBRAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2008 En el desahogo del siguiente punto del orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza a que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, ejercicio 2008 y, en consecuencia, realice conforme a la ley, el pago por concepto de amortización de capital e intereses del crédito contraído con BANOBRAS, correspondiente al ejercicio fiscal 2008, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y dado que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/037/2009, de fecha 19 de febrero de 2009, al que se anexa el diverso número SG- DP/2do/1er./2008, de fecha 29 de octubre de 2008, mediante el cual se remite a esta comisión, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Camerino Z. Mendoza, con el expediente que al caso corresponde, para poder erogar recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FAFM), para el pago de diversos pasivos. 183

203 En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 33, fracción XL, de la Constitución Política Local; 18, fracción XLVII, 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dictamen bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha 10 de febrero de 2009, signado por el la presidenta municipal de Camerino Z. Mendoza, por el que solicita a esta Legislatura la autorización para que el ayuntamiento que preside pueda cubrir adeudo con Banobras, con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios. 2. Se encuentra en el expediente copia fotostática certificada del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión extraordinaria número 15, celebrada el 9 de diciembre de 2008, en la que los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento cubra la amortización de capital e intereses de la deuda contraída con Banobras, correspondiente al ejercicio fiscal 2008, por un monto total de $2,789, (Dos millones setecientos ochenta y nueve mil trescientos treinta y nueve pesos16/100 M.N.), con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FAFM), 2008, previa autorización del H. Congreso del Estado. 3. Obran en legajo copias fotostáticas de certificadas por la secretaría del Ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza de los siguientes documentos: a) cuarto informe trimestral del estado que guarda la deuda pública municipal al 31 de diciembre de 2008; y b) formato de propuesta definitiva de inversión del FAFM En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. Considerando las disposiciones legales en la materia, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado que, tanto los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, que reciban los ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad a sus obligaciones financieras, y de acuerdo al planteamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del Ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza es motivada para finiquitar obligaciones financieras para el saneamiento de la hacienda municipal. II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización de referencia. En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, ejercicio 2008 y, en consecuencia realice, conforme a la ley, el pago de $2,789, (Dos millones setecientos ochenta y nueve mil trescientos treinta y nueve pesos16/100 M.N.), por concepto de amortización de capital e intereses del crédito contraído con Banobras, correspondiente al ejercicio fiscal Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presidente municipal constitucional de Camerino Z. Mendoza, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil nueve. 184

204 Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE ACAJETE A ENAJENAR DIVERSOS VEHÍCULOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL Conforme al orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Acajete a enajenar diversos vehículos de propiedad municipal, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y en razón de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable Asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio SG- SO/1er./2º/043/2009, de fecha 19 de febrero de 2009, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud, junto con el expediente del caso, del municipio de Acajete, Veracruz, para que se le autorice enajenar vehículos de propiedad municipal. De conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso d) de la Constitución Política local; y 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio número PM/005/09, de fecha 30 de enero de 2009, signado por el presidente municipal de Acajete, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el que solicita autorización de esta Soberanía para enajenar vehículos de propiedad municipal, que se encuentran malas condiciones mecánicas. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 28 de enero de 2009, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento enajene dos vehículos que se encuentran en malas condiciones mecánicas y que han cumplido su ciclo útil, y dado que su reparación es mucho más costosa que su valor comercial actual, cuyos recurso que se obtengan de su venta será destinado al mantenimiento al resto del parque vehicular. 3. Obra en el legajo avalúos, fotografías y documentos que acreditan la propiedad de los vehículos a favor del municipio. Por tal motivo y sobre la base de los antecedentes que presenta la solicitud referida, la Comisión Permanente de Hacienda Municipal suscribe las siguientes: 185

205 CONSIDERACIONES I. Tomando en consideración que la presente petición es con el fin de enajenar vehículos que han cumplido su ciclo útil y por su malas condiciones mecánicas es muy costosa su reparación, y que el producto de su venta será para realizar mantenimiento a otras unidades del parque vehicular municipal; y II. Una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el ayuntamiento de Acajete, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado. En tal virtud, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de: A C U E R D O PRIMERO. SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUN- TAMIENTO DE ACAJETE, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENAJENAR LAS SIGUIENTES UNIDADES: UNIDAD MARCA MODELO N SERIE CAMIONET A PICK-UP CAMIÓN VOLTEO COSTO PESOS CHEVROLET GCEC2476WZ , FORD 1973 AF5JNJ , SEGUNDO. EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DEBERÁ APEGARSE A LO ESTIPULADO POR LOS AR- TÍCULOS 98, 99 Y SUS FRACCIONES Y, 100 Y SUS FRACCIONES, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENA- CIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO. TERCERO. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUN- TAMIENTO DE ACAJETE, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO. PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL. ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ES- TADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA DE ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Hacienda Municipal Dip. Julio Hernández Ramírez Presidente Dip. Raúl Zarrabal Ferat Secretario Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Toda vez que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE HUATUSCO, TEXISTEPEC Y SAN ANDRÉS TUXTLA A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, TERRENOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL A FAVOR DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON DESTINO A LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN Y DE SALUD Toca el turno a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Huatusco, Texistepec y San Andrés Tuxtla a dar en 186

206 donación condicional, en su caso revocable, terrenos de propiedad municipal a favor del Instituto de Capacitación para el Trabajo del gobierno del Estado, con destino a las secretarías de Educación y de Salud, emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y dado que éstos ya han sido publicados en la Gaceta legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2o./018/2009, de fecha 16 de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen el oficio número 2,546/2008 de fecha 25 de noviembre del año 2008, signado por la C. LIC. MA. BEATRIZ PARDO RUIZ, Secretaria del H. Ayuntamiento de Huatusco, Ver., mediante el cual remite copia certificada del Acta No.70, de la Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 13 de agosto del año 2008, en la cual aprueban formalizar la donación condicional en su caso revocable, un terreno con superficie de hectáreas., ubicado en el sitio denominado AXOL, a favor, del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz, de ese lugar. Corre agregado en el expediente, copia certificada del plano del terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable. De igual forma la certificación del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo No.70 de fecha trece de agosto del año dos mil ocho, en la cual se aprueba la donación, misma que se motiva en que el terreno servirá exclusivamente para la construcción del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz. El Ayuntamiento acredita la propiedad de dicho inmueble a donar, mediante fotocopia certificada de la Escritura Pública No de fecha catorce de abril del año dos mil ocho, elaborada por el C. Lic. Carlos Rendón Bonilla, Notario Público número 1, de la Demarcación Notarial de Huatusco, Ver., debidamente inscrita en forma definitiva bajo el No. 817 del 10 de junio del 2008, en el Registro Público de la Propiedad de la demarcación correspondiente, misma que se anexa a este expediente. Así como la constancia de fecha cinco de enero del año en curso, signado por el C. Lic. Miguel Ángel Flores Rodríguez, Encargado de la oficina Municipal de Catastro del H. Ayuntamiento de Huatusco, Ver., mediante el cual manifiesta que el inmueble a donar corresponde al orden del dominio privado. Así mismo el oficio número 005/2009 de fecha 6 de enero del año 2008, signado por la C. Profra. Zaira Ochoa Valdivia, Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Huatusco, Ver., en el cual acredita que el inmueble a donar no se encuentra destinado a ningún servicio público, ni afecta a terceros. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio del Llave, que señala: los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el reglamento para el gobierno interior del poder legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE HUATUSCO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE., A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL EN SU CASO REVOCABLE, UN TERRENO CON SUPERFICIE DE HECTÁREAS, UBICADO EN EL SITIO DENOMI- NADO AXOL, A FAVOR, DEL INSTITUTO DE CAPA- CITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE VERA- CRUZ, DE ESE LUGAR. 187

207 SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA INSTITUCIÓN EDU- CATIVA ANTES SEÑALADA, LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NE- CESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIE- DAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MU- NICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN A LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE HUATUSCO, VERA- CRUZ Y AL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE VERACRUZ CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. D A D O EN EL SALÓN DE COMISIONES DE LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORA- BLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; A LOS 16 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAÚL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa para su estudio y dictamen, el Acta de Sesión de Cabildo de fecha ocho de agosto del año dos mil seis, aprobado por el Ayuntamiento de TEXISTEPEC, VER., mediante el cual formalizan la Donación condicional, en su caso revocable, del lote de terreno ubicado en calle José María Morelos y Pavón S/N, de la cabecera municipal, perteneciente a ese municipio, mismo que conforma una superficie total de Has., a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Educación, mismo donde se encuentra construida la Escuela Primaria LUIS ECHEVERRÍA ÁLVAREZ, con clave 30EPR3804Z. Corre agregado en el expediente plano del lote de terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable, de igual forma remiten una constancia signada por el C. LUCIEL HILARIO VALDIVIESO, Ex Director de la oficina municipal de Catastro de ese Ayuntamiento, en la que nos especifica que el terreno a donar corresponde al orden del dominio privado del Municipio. Se anexa al expediente en cuestión, fotocopia certificada del Testimonio de Protocolización de fecha 22 de enero del año de mil ochocientos noventa y siete, mismo en el que se constituye el fundo legal del municipio de Texistepec, Ver. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones... Fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las Comisiones Permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE TEXISTEPEC, VER., A DAR EN DONACIÓN CONDI- CIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, EL LOTE DE TE- RRENO UBICADO EN CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN S/N, DE LA CABECERA MUNICIPAL, PERTE- NECIENTE A ESE MUNICIPIO, MISMO QUE CON- 188

208 FORMA UNA SUPERFICIE TOTAL DE HAS., A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DESTINO A LA SE- CRETARÍA DE EDUCACIÓN, MISMO DONDE SE EN- CUENTRA CONSTRUIDA LA ESCUELA PRIMARIA LUIS ECHEVERRÍA ÁLVAREZ, CON CLAVE 30EPR3804Z. SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA LA ESCUELA PRIMARIA LUIS ECHEVERRÍA ÁLVAREZ, LA AUTORIZACIÓN DE DO- NACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECESI- DAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TEXISTEPEC, VERA- CRUZ, Y A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FE- BRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL. DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa para su estudio y dictamen, el oficio de fecha 28 de septiembre del año 2007, signado por el C. Lic. Arturo Tenorio Mortera, Ex Secretario del Ayuntamiento de SAN ANDRÉS TUXTLA, VER., mediante el cual solicita la autorización de este Congreso para formalizar la Donación condicional, en su caso revocable, del lote de terreno ubicado en calle sin nombre S/N, de la colonia Buenavista, perteneciente a ese municipio, mismo que conforma una superficie total de 1, m2, a favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con destino a la Secretaría de Salud, mismo donde se construirá un Centro de Atención para las Adicciones (CAPA). Corre agregado en el expediente plano del lote de terreno, en el cual se especifican sus medidas y colindancias, debidamente firmado y sellado por la autoridad responsable, de igual forma remiten una constancia signada por el C. Gilberto A. Valenzuela Barrios, Director de Catastro Municipal, en la que nos especifica que el terreno a donar corresponde al orden del dominio privado del Municipio. Se anexa al expediente en cuestión, fotocopia certificada de la Escritura Pública número 6,470 de fecha primero de marzo del año dos mil, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la Zona Registral correspondiente, con la cual acreditan la propiedad a favor del Ayuntamiento. En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: los ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones... Fracción XXXV.- dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: en el área de su competencia, las Comisiones Permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente: 189

209 PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS TUXTLA, VER., A DAR EN DONACIÓN CONDICIONAL, EN SU CASO REVOCABLE, EL LOTE DE TERRENO UBICADO EN CALLE SIN NOMBRE S/N, COLONIA BUENAVISTA, DE LA CABECERA MUNICI- PAL, PERTENECIENTE A ESE MUNICIPIO; Y QUE CONFORMA UNA SUPERFICIE TOTAL DE 1, M2, A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VE- RACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE SALUD, MISMO DONDE SE CONSTRUIRÁ UN CENTRO DE ATENCIÓN PARA LAS ADICCIONES (CAPA). SEGUNDO.- EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI AL LOTE DONADO SE LE DIERA UN DESTINO DISTINTO AL DE SER UTILIZADO PARA EL CENTRO DE ATENCIÓN PA- RA LAS ADICCIONES (CAPA), LA AUTORIZACIÓN DE DONACIÓN SE ENTENDERÁ REVOCADA Y SIN NECE- SIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, LA PROPIEDAD SE REVERTIRÁ AL PATRIMONIO DE DICHO MUNICIPIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS TUX- TLA, VERACRUZ, Y A LA SECRETARÍA DE SALUD DE VERACRUZ, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FE- BRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL. DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En razón de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobados los dictámenes. (La asamblea asiente) DICTÁMENES CON PROYECTO DE ACUERDO POR LOS QUE SE AUTORIZA A LOS AYUNTAMIENTOS DE JÁLTIPAN, CAZONES DE HERRERA, COATZACOALCOS Y LERDO DE TEJADA A DAR EN VENTA LOTES DE TERRENO PERTENECIENTES AL FUNDO LEGAL Continuamos con el siguiente punto del orden del día, referente a los dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Jáltipan, Cazones de Herrera, Coatzacoalcos y Lerdo de Tejada a dar en venta lotes de terreno pertenecientes al fundo legal, emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal y toda vez que éstos ya han sido publicados en la Gaceta Legislativa, se propone a la asamblea la dispensa de la lectura de los mismos. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo en votación económica, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura de los dictámenes. (No obstante la dispensa de lectura, se incluyen los dictámenes con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero 190

210 del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen, el oficio sin número de fecha primero de julio del año 2008, signado por el C. Ing. Gerónimo Ortiz de la Cruz, Coordinador de la Tenencia de la Tierra del H. Ayuntamiento de JALTIPAN, VER., el cual remite el Acta de Sesión de Cabildo N 014 fechada el 24 de junio del año 2008; mediante el cual solicita autorización para vender diversos lotes de terreno del fundo legal de ese lugar, en favor de las personas que se mencionan en los expedientes correspondientes. Del análisis a la documentación descrita, se desprende que se han cubierto los requisitos exigidos por ésta H. Legislatura del Congreso del Estado, para llevar a cabo el acto jurídico motivo del presente dictamen. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: Los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que en su artículo 18, del capítulo primero, dispone: Son atribuciones del Congreso : fracción XVI. Autorizar, en su caso, a los Ayuntamientos: inciso d) La enajenación, gravamen, transmisión de la posesión o dominio de bienes, participaciones, impuestos, derechos, aprovechamientos, contribuciones de cualquier tipo de ingreso fiscal que conforme la Hacienda Municipal. De la misma forma es aplicable lo señalado por los artículos 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal que a la letra dicen: Artículo La enajenación de los bienes de dominio privado a los particulares, será para fines habitacionales; excepcionalmente y previa autorización del Congreso o de la Diputación Permanente, en su caso, para otros fines, de preferencia los de beneficio colectivo, debiendo satisfacer los requisitos, limitaciones, modalidades y procedimiento que imponen los siguientes artículos de este Código, la Ley de Desarrollo Regional y Urbano para el Estado de Veracruz, así como los Planes de Desarrollo Estatal, Regional o Municipal. Artículo Serán requisitos para la enajenación a particulares con fines habitacionales, los siguientes: I. Presentar ante el Ayuntamiento solicitud escrita en la que, bajo protesta de decir verdad, se proporcionen los datos requeridos por el mismo; II. Tener modo honesto de vivir, ser mayor de edad y preferentemente jefe de familia; III. Ser vecino del lugar de la ubicación del inmueble por lo menos desde un año antes de la solicitud; IV. Acreditar, mediante Constancia del Registro Público de la Propiedad, no ser propietario de bienes inmuebles; V. Acreditar, mediante constancia expedida por fedatario público, si se encuentra en posesión del predio cuya compra pretende, o ha construido en el mismo; y VI. Acompañar el plano del predio con la indicación de sus linderos, superficie y ubicación, si está en el supuesto de la fracción anterior. Artículo Satisfechos los requisitos señalados en el artículo anterior, el Ayuntamiento, en Sesión de Cabildo y en los términos dispuestos por la legislación aplicable, emitirá el acuerdo correspondiente, en el cual de ser favorable al solicitante, deberán asentarse los datos del beneficiario y del bien a enajenar, así como el precio de venta y la forma de pago. Artículo Si la solicitud de enajenación fuere acordada favorablemente, el Ayuntamiento remitirá el expediente relativo al Congreso, a efecto de que éste o la Diputación Permanente en su caso, previa inspección cuando así se requiera, emita el acuerdo respectivo, que deberá publicarse en la Gaceta Oficial y comunicarse al Ayuntamiento y al interesado. Artículo Autorizada por el Congreso o la Diputación Permanente la enajenación respectiva, se procederá a la elaboración del instrumento notarial, en el cual se estipularán las restricciones a que, de conformidad con lo dispuesto en esta sección, estará sujeto el inmueble. La escrituración se efectuará ante el Notario Público que elija el adquirente, dentro de la Demarcación Notarial que corresponda, según la ubicación del inmueble. Artículo Serán limitaciones para la enajenación a particulares, las siguientes: I. No podrán adquirir en propiedad por si ni por interpósita persona más de un inmueble; II. La extensión superficial no excederá de doscientos metros cuadrados, salvo las situaciones que el Ayuntamiento, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente en su caso, consideren excepcionales; III. En caso de que el precio se pague a pla- 191

211 zos, estos no excederán de tres años, constituyéndose en garantía real el propio bien inmueble; y IV. En ningún caso podrán enajenarse a particulares, áreas de equipamiento urbano de las unidades habitacionales. Artículo La enajenación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien inmueble adquirido dentro de los dos años siguientes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del Ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo. Se determina procedente que la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, apruebe las compraventas a que nos hemos referido. Por lo antes expuesto y fundado, así como realizadas las valoraciones pertinentes a la documentación de referencia; sometemos a su consideración, el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE JALTIPAN, VER., A DAR EN VENTA LOS LOTES DE TERRENO PERTENECIENTES AL FUNDO LEGAL DE ESE LUGAR, MISMOS QUE SE DETALLAN A CONTINUA- CIÓN: Nº NOMBRE UBICACIÓN CRESCENCIA CONTRERAS RODRÍGUEZ MANUELA BAUTISTA SÁNCHEZ ANA GLORIA DOMINGUEZ BAUTÍSTA MARIO VELÁZ- QUEZ ESTUDILLO MARÍA DE LOS ÁNGELES ABAD CRUZ GERARDO ALONSO HERNÁNDEZ ABAD CALLE NIÑO PERDIDO 2 S/N, COL. LAS TINAS CALLE H. GALEANA INT. Nº 914, COL. LAS TINAS CALLE H. GALEANA INT. S/N, COL. LAS TINAS CALLE LINDA VISTA S/N, ESQUINA CARRETERA. TRANSISTMICA, COL. LIC. RAFAEL MURILLO VIDAL CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS S/N, COL. CENTRO CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS S/N, COL. CENTRO SUPERFICIE EN M PRECIO X M ROSA HERNÁNDEZ ALOR GABRIELA IVETTE VALERIO MARTÍNEZ DAMASO ALOR ARRIOLA MANUEL MARTÍNEZ HEREDIA BLANCA ESTELA GUTIÉRREZ CAMACHO DAMIÁN CASTILLA HERNÁNDEZ MARÍA ELENA SÁNCHEZ PULIDO SANDRA LUZ RAFAEL JACINTO ADÍN DE JESÚS SANTIAGO LIBNA DE JESÚS SANTIAGO ROSALBA HERNÁNDEZ DE LA CRUZ CARLOS GÓMEZ ROJAS VIRGEN YANET APARICIO APOLONIO ANERI AMBRO- CIO MARTÍNEZ LAURA BASILIO GUILLÉN JESÚS CHAU MONTESINOS CALLE GUADALUPE VICTORIA Nº 101, COL. LIC. RAFAEL MURILLO VIDAL CALLE 20 DE NOVIEMBRE Nº 205, COL. LAS TINAS CALLE NACIONAL S/N, COL. SAN MIGUEL CALLE 1 S/N, ESQ. CALLE 4, COL. DEPORTIVA AMPLIACIÓN ESTE CALLE PRIVADA SOLIDARIDAD INT. S/N, COL. SAN CRISTOBAL PROL. GUTIÉRREZ ZAMORA S/N, COL. SAN CRISTOBAL CALLE NARCISO MENDOZA Nº 104, COL. FERROCARRILERA CALLE DIAGONAL XALAPA S/N, COL. LIC. RAFAEL MURILLO VIDAL CALLE LEANDRO VALLE S/N, ESQ. NACIONAL COL. SAN MIGUEL CALLE NACIONAL INT. S/N COL. SAN MIGUEL CALLE 15 DE SEPTIEMBRE Nº 505, COL. LAS TINAS CALLE 15 DE SEPTIEMBRE Nº 505 INT. A, COL. LAS TINAS CALLE H. GALEANA S/N, COL. CENTRO CALLE 1 Nº 15, COL. DEPORTIVA AMPLIA- CIÓN ESTE CALLE UNO S/N, COL. AMP. LIC. RAFAEL MURILLO VIDAL CALLE 15 DE SEPTIEMBRE Nº 1915, COL. SAN CRISTOBAL TAL COMO SE DESPRENDE DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 477 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICI- PAL, SE HACE EXCEPCIÓN EN EL PRESENTE POR AU- TORIZARSE LA VENTA DE LOTES CON MÁS DE M2., EN DONDE YA ESTA EDIFICADA LA SU- PERFICIE. SEGUNDO.- EL ACTO JURÍDICO QUEDARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: 192

212 1.-OTORGARSE ANTE NOTARIO PÚBLICO, QUE ELIJA EL ADQUIRENTE. 2.- ESTE ACUERDO DEBERÁ INSERTARSE ÍNTEGRA- MENTE EN CADA INSTRUMENTO NOTARIAL. 3.- DICHO INSTRUMENTO DEBERÁ CONTENER LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 478 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICIPAL, QUE DISPONE: ARTÍCU- LO LA ENAJENACIÓN A PARTICULARES SE SU- JETARÁ A LAS CONDICIONES SIGUIENTES: I. OBLI- GARSE A CONSTRUIR Y HABITAR SU VIVIENDA, EN UN PLAZO DE DOS AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICADA LA AUTORIZACIÓN DE ENAJENACIÓN POR EL CONGRESO; II. NO GRAVAR, NI ARRENDAR O DAR EN USO, APROVECHAMIENTO O EN USUFRUCTO EL BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE ESCRITURACIÓN; SE EXCEPTÚA DE ESTA DISPOSICIÓN EL GRAVAMEN QUE SE CONSTITUYA PARA EDIFICAR SU CASA HABI- TACIÓN, SIEMPRE QUE MEDIE AUTORIZACIÓN EX- PRESA DEL AYUNTAMIENTO; Y III. SI EN EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, EL ADQUIRENTE NO CONCLUYE EL PROCESO DE ESCRITURACIÓN UNA VEZ OBTENIDO EL ACUERDO PARA SU ENAJENACIÓN, SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL MISMO. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE JALTIPAN, VER., Y A LOS INTERESADOS PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA "GACETA OFICIAL", ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FE- BRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE. DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO. DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL. * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen, el oficio número 089/07/2008 de fecha 22 de julio del año 2008, signado por el C. LAE. JORGE ARTURO ZARDONI HERRERA, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de CAZONES DE HERRERA, VER., el cual remite las Actas de Sesión de Cabildo fechadas el 09 de abril y 20 de diciembre del año 2007; mediante el cual solicita autorización para vender diversos lotes de terreno del fundo legal de ese lugar, en favor de las personas que se mencionan en los expedientes correspondientes. Del análisis a la documentación descrita, se desprende que se han cubierto los requisitos exigidos por ésta H. Legislatura del Congreso del Estado, para llevar a cabo el acto jurídico motivo del presente dictamen. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: Los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que en su artículo 18, del capítulo primero, dispone: Son atribuciones del Congreso : fracción XVI. Autorizar, en su caso, a los Ayuntamientos: inciso d) La enajenación, gravamen, transmisión de la posesión o dominio de bienes, participaciones, impuestos, derechos, aprovechamientos, contribuciones de cualquier tipo de ingreso fiscal que conforme la Hacienda Municipal. 193

213 De la misma forma es aplicable lo señalado por los artículos 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal que a la letra dicen: Artículo La enajenación de los bienes de dominio privado a los particulares, será para fines habitacionales; excepcionalmente y previa autorización del Congreso o de la Diputación Permanente, en su caso, para otros fines, de preferencia los de beneficio colectivo, debiendo satisfacer los requisitos, limitaciones, modalidades y procedimiento que imponen los siguientes artículos de este Código, la Ley de Desarrollo Regional y Urbano para el Estado de Veracruz, así como los Planes de Desarrollo Estatal, Regional o Municipal. Artículo Serán requisitos para la enajenación a particulares con fines habitacionales, los siguientes: I. Presentar ante el Ayuntamiento solicitud escrita en la que, bajo protesta de decir verdad, se proporcionen los datos requeridos por el mismo; II. Tener modo honesto de vivir, ser mayor de edad y preferentemente jefe de familia; III. Ser vecino del lugar de la ubicación del inmueble por lo menos desde un año antes de la solicitud; IV. Acreditar, mediante Constancia del Registro Público de la Propiedad, no ser propietario de bienes inmuebles; V. Acreditar, mediante constancia expedida por fedatario público, si se encuentra en posesión del predio cuya compra pretende, o ha construido en el mismo; y VI. Acompañar el plano del predio con la indicación de sus linderos, superficie y ubicación, si está en el supuesto de la fracción anterior. Artículo Satisfechos los requisitos señalados en el artículo anterior, el Ayuntamiento, en Sesión de Cabildo y en los términos dispuestos por la legislación aplicable, emitirá el acuerdo correspondiente, en el cual de ser favorable al solicitante, deberán asentarse los datos del beneficiario y del bien a enajenar, así como el precio de venta y la forma de pago. Artículo Si la solicitud de enajenación fuere acordada favorablemente, el Ayuntamiento remitirá el expediente relativo al Congreso, a efecto de que éste o la Diputación Permanente en su caso, previa inspección cuando así se requiera, emita el acuerdo respectivo, que deberá publicarse en la Gaceta Oficial y comunicarse al Ayuntamiento y al interesado. Artículo Autorizada por el Congreso o la Diputación Permanente la enajenación respectiva, se procederá a la elaboración del instrumento notarial, en el cual se estipularán las restricciones a que, de conformidad con lo dispuesto en esta sección, estará sujeto el inmueble. La escrituración se efectuará ante el Notario Público que elija el adquirente, dentro de la Demarcación Notarial que corresponda, según la ubicación del inmueble. Artículo Serán limitaciones para la enajenación a particulares, las siguientes: I. No podrán adquirir en propiedad por si ni por interpósita persona más de un inmueble; II. La extensión superficial no excederá de doscientos metros cuadrados, salvo las situaciones que el Ayuntamiento, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente en su caso, consideren excepcionales; III. En caso de que el precio se pague a plazos, estos no excederán de tres años, constituyéndose en garantía real el propio bien inmueble; y IV. En ningún caso podrán enajenarse a particulares, áreas de equipamiento urbano de las unidades habitacionales. Artículo La enajenación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien inmueble adquirido dentro de los dos años siguientes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del Ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo. Se determina procedente que la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, apruebe las compraventas a que nos hemos referido. Por lo antes expuesto y fundado, así como realizadas las valoraciones pertinentes a la documentación de referencia; sometemos a su consideración, el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE CAZONES DE HERRERA, VER., A DAR EN VENTA LOS LOTES DE TERRENO PERTENECIENTES AL FUNDO LEGAL DE ESE LUGAR, MISMOS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN: Nº NOMBRE UBICACIÓN ÁNGEL VELAZQUEZ MARTÍNEZ MARIANA HER- NÁNDEZ PÉREZ PATRICIA ESPINAL CRUZ CALLE RÍO TECOLUTLA S/N, LOTE 11, MZNA. 6, BARRA DE CAZONES CALLE RÍO COATZACOALCOS S/N, LOTE 7, MZNA. 8, BARRA DE CAZONES CALLE RÍO TECOLUITLA S/N, ESQ. RÍO PÁNUCO, LOTE 26, MZNA. 6, BARRA DE CAZONES SUPERFICIE EN M2 PRECIO X M $ $ $

214 4 5 HIPOLITO SALINAS RAMÍREZ OBET SANTIAGO GONZÁLEZ CALLE RÍO CAZONES S/N, ESQ. RÍO ATOYAC, LOTE 13, MZNA. 14, BARRA DE CAZONES CALLE RÍO CAZONES S/N, LOTE 02, MZNA. 11, BARRA DE CAZONES $ $ 4.00 SEGUNDO.- EL ACTO JURÍDICO QUEDARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: 1.- OTORGARSE ANTE NOTARIO PÚBLICO, QUE ELIJA EL ADQUIRENTE. 2.- ESTE ACUERDO DEBERÁ INSERTARSE ÍNTEGRA- MENTE EN CADA INSTRUMENTO NOTARIAL. 3.- DICHO INSTRUMENTO DEBERÁ CONTENER LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 478 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICIPAL, QUE DISPONE: ARTÍCU- LO LA ENAJENACIÓN A PARTICULARES SE SU- JETARÁ A LAS CONDICIONES SIGUIENTES: I. OBLI- GARSE A CONSTRUIR Y HABITAR SU VIVIENDA, EN UN PLAZO DE DOS AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICADA LA AUTORIZACIÓN DE ENAJENACIÓN POR EL CONGRESO; II. NO GRAVAR, NI ARRENDAR O DAR EN USO, APROVECHAMIENTO O EN USUFRUCTO EL BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE ESCRITURACIÓN; SE EXCEPTÚA DE ESTA DISPOSICIÓN EL GRAVAMEN QUE SE CONSTITUYA PARA EDIFICAR SU CASA HABI- TACIÓN, SIEMPRE QUE MEDIE AUTORIZACIÓN EX- PRESA DEL AYUNTAMIENTO; Y III. SI EN EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, EL ADQUIRENTE NO CONCLUYE EL PROCESO DE ESCRITURACIÓN UNA VEZ OBTENIDO EL ACUERDO PARA SU ENAJENACIÓN, SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL MISMO. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CAZONES DE HERRE- RA, VER., Y A LOS INTERESADOS PARA SU CONOCI- MIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA "GACETA OFICIAL", ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FE- BRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE. DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO. DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL. * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2o/018/2009, de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen, Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo sin número, de fecha 14 de junio del 2007 signada por el C. Iván Hillman Chapoy, Ex Presidente Municipal de COATZACOALCOS, VER., mediante la cual se solicita autorización para vender un lote de terreno del fundo legal de ese lugar, a favor del C. Alfredo Domínguez Contreras. Del análisis a la documentación descrita, se desprende que se han cubierto los requisitos exigidos por esta Legislatura del H. Congreso del Estado, para llevar a cabo el acto jurídico motivo del presente dictamen. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: Los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el pleno o por la permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. 195

215 Ahora bien, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que en su artículo 18, del capítulo primero, dispone: Son atribuciones del Congreso : fracción XVI. Autorizar, en su caso, a los Ayuntamientos: inciso d) La enajenación, gravamen, transmisión de la posesión o dominio de bienes, participaciones, impuestos, derechos, aprovechamientos, contribuciones de cualquier tipo de ingreso fiscal que conforme la Hacienda Municipal. De la misma forma es aplicable lo señalado por los artículos 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal que a la letra dicen: Artículo La enajenación de los bienes de dominio privado a los particulares, será para fines habitacionales; excepcionalmente y previa autorización del Congreso o de la Diputación Permanente, en su caso, para otros fines, de preferencia los de beneficio colectivo, debiendo satisfacer los requisitos, limitaciones, modalidades y procedimiento que imponen los siguientes artículos de este Código, la Ley de Desarrollo Regional y Urbano para el Estado de Veracruz, así como los Planes de Desarrollo Estatal, Regional o Municipal. Artículo Serán requisitos para la enajenación a particulares con fines habitacionales, los siguientes: I. Presentar ante el Ayuntamiento solicitud escrita en la que, bajo protesta de decir verdad, se proporcionen los datos requeridos por el mismo; II. Tener modo honesto de vivir, ser mayor de edad y preferentemente jefe de familia; III. Ser vecino del lugar de la ubicación del inmueble por lo menos desde un año antes de la solicitud; IV. Acreditar, mediante Constancia del Registro Público de la Propiedad, no ser propietario de bienes inmuebles; V. Acreditar, mediante constancia expedida por fedatario público, si se encuentra en posesión del predio cuya compra pretende, o ha construido en el mismo; y VI. Acompañar el plano del predio con la indicación de sus linderos, superficie y ubicación, si está en el supuesto de la fracción anterior. Artículo Satisfechos los requisitos señalados en el artículo anterior, el Ayuntamiento, en Sesión de Cabildo y en los términos dispuestos por la legislación aplicable, emitirá el acuerdo correspondiente, en el cual de ser favorable al solicitante, deberán asentarse los datos del beneficiario y del bien a enajenar, así como el precio de venta y la forma de pago. Artículo Si la solicitud de enajenación fuere acordada favorablemente, el Ayuntamiento remitirá el expediente relativo al Congreso, a efecto de que éste o la Diputación Permanente en su caso, previa inspección cuando así se requiera, emita el acuerdo respectivo, que deberá publicarse en la Gaceta Oficial y comunicarse al Ayuntamiento y al interesado. Artículo Autorizada por el Congreso o la Diputación Permanente la enajenación respectiva, se procederá a la elaboración del instrumento notarial, en el cual se estipularán las restricciones a que, de conformidad con lo dispuesto en esta sección, estará sujeto el inmueble. La escrituración se efectuará ante el Notario Público que elija el adquirente, dentro de la Demarcación Notarial que corresponda, según la ubicación del inmueble. Artículo Serán limitaciones para la enajenación a particulares, las siguientes: I. No podrán adquirir en propiedad por si ni por interpósita persona más de un inmueble; II. La extensión superficial no excederá de doscientos metros cuadrados, salvo las situaciones que el Ayuntamiento, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente en su caso, consideren excepcionales; III. En caso de que el precio se pague a plazos, estos no excederán de tres años, constituyéndose en garantía real el propio bien inmueble; y IV. En ningún caso podrán enajenarse a particulares, áreas de equipamiento urbano de las unidades habitacionales. Artículo La enajenación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien inmueble adquirido dentro de los dos años siguientes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo. Se determina procedente que la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, apruebe la compraventa a que nos hemos referido. Por lo antes expuesto y fundado, así como realizadas las valoraciones pertinentes a la documentación de referencia; sometemos a su consideración, el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTA- MIENTO DE COATZACOALCOS, VER., A DAR EN VENTA EL LOTE DE TERRENO PERTENECIENTE AL FUNDO LEGAL DE ESE MUNICIPIO, MISMO QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN: 196

216 1.- NOMBRE ALFREDO DOMINGUEZ CONTRERAS UBICACIÓN LOTE 26 MZNA. 341, CALLE AQUILES SERDÁN NÚMERO 306 SUPERFICIE M2 PRECIO TOTAL $82, TAL COMO SE DESPRENDE DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 477 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICI- PAL, SE HACE EXCEPCIÓN EN EL PRESENTE POR AU- TORIZARSE LA VENTA DE LOTES EN DONDE YA ESTA EDIFICADA LA SUPERFICIE. SEGUNDO.- EL ACTO JURÍDICO QUEDARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: 1.- OTORGARSE ANTE NOTARIO PÚBLICO, QUE ELIJA EL ADQUIRENTE. 2.- ESTE ACUERDO DEBERÁ INSERTARSE ÍNTEGRA- MENTE EN CADA INSTRUMENTO NOTARIAL. 3.- DICHO INSTRUMENTO DEBERÁ CONTENER LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 478 DEL CÓDI- GO HACENDARIO MUNICIPAL, QUE DISPONE: ARTÍCULO LA ENAJENACIÓN A PARTICU- LARES SE SUJETARÁ A LAS CONDICIONES SI- GUIENTES: I. OBLIGARSE A CONSTRUIR Y HABI- TAR SU VIVIENDA, EN UN PLAZO DE DOS AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICADA LA AU- TORIZACIÓN DE ENAJENACIÓN POR EL CONGRE- SO; II. NO GRAVAR, NI ARRENDAR O DAR EN USO, APROVECHAMIENTO O EN USUFRUCTO EL BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE ESCRITU- RACIÓN; SE EXCEPTÚA DE ESTA DISPOSICIÓN EL GRAVAMEN QUE SE CONSTITUYA PARA EDIFI- CAR SU CASA HABITACIÓN, SIEMPRE QUE MEDIE AUTORIZACIÓN EXPRESA DEL AYUNTAMIENTO; Y III. SI EN EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, EL AD- QUIRENTE NO CONCLUYE EL PROCESO DE ESCRI- TURACIÓN UNA VEZ OBTENIDO EL ACUERDO PARA SU ENAJENACIÓN, SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL MISMO. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE COATZACOALCOS, VER., Y AL INTERESADO PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS. CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA "GACETA OFICIAL", ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA HONO- RABLE SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA - ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FEBRE- RO DEL DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: A esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio número SG-DP/1er./2º/018/2009 de fecha dieciséis de febrero del presente año, mismo en el que se anexa, para su estudio y dictamen, los oficios números 881 y 1579 de fechas 16 de abril y 08 de agosto del año 2008 respectivamente, signado por el C. Héctor Rubén Llamas León, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de LERDO DE TEJADA, VER., el cual remite las Actas de Sesión de Cabildo N 37 y 85, fechadas el 15 de abril y 07 de agosto del año 2008; mediante el cual solicita autorización para vender diversos lotes de terreno del fundo legal de ese lugar, en favor de las personas que se mencionan en los expedientes correspondientes. Del análisis a la documentación descrita, se desprende que se han cubierto los requisitos exigidos por ésta H. Legislatura del Congreso del Estado, para llevar a cabo el acto jurídico motivo del presente dictamen. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que señala: Los Ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: fracción XXXV.- Dictar, previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, disposiciones que afecten al patrimonio inmobiliario municipal. La enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes inmuebles se podrá otorgar siempre que medie autorización expresa del Congreso del Estado. 197

217 De igual manera el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en su artículo 62, establece: En el área de su competencia, las comisiones permanentes ejercerán las funciones de análisis, estudio y dictamen de los asuntos que les fueren turnados por el Pleno o por la Permanente y participarán en las deliberaciones y discusiones de aquel. Ahora bien, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que en su artículo 18, del capítulo primero, dispone: Son atribuciones del Congreso : fracción XVI. Autorizar, en su caso, a los Ayuntamientos: inciso d) La enajenación, gravamen, transmisión de la posesión o dominio de bienes, participaciones, impuestos, derechos, aprovechamientos, contribuciones de cualquier tipo de ingreso fiscal que conforme la Hacienda Municipal. De la misma forma es aplicable lo señalado por los artículos 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal que a la letra dicen: Artículo La enajenación de los bienes de dominio privado a los particulares, será para fines habitacionales; excepcionalmente y previa autorización del Congreso o de la Diputación Permanente, en su caso, para otros fines, de preferencia los de beneficio colectivo, debiendo satisfacer los requisitos, limitaciones, modalidades y procedimiento que imponen los siguientes artículos de este Código, la Ley de Desarrollo Regional y Urbano para el Estado de Veracruz, así como los Planes de Desarrollo Estatal, Regional o Municipal. Artículo Serán requisitos para la enajenación a particulares con fines habitacionales, los siguientes: I. Presentar ante el Ayuntamiento solicitud escrita en la que, bajo protesta de decir verdad, se proporcionen los datos requeridos por el mismo; II. Tener modo honesto de vivir, ser mayor de edad y preferentemente jefe de familia; III. Ser vecino del lugar de la ubicación del inmueble por lo menos desde un año antes de la solicitud; IV. Acreditar, mediante Constancia del Registro Público de la Propiedad, no ser propietario de bienes inmuebles; V. Acreditar, mediante constancia expedida por fedatario público, si se encuentra en posesión del predio cuya compra pretende, o ha construido en el mismo; y VI. Acompañar el plano del predio con la indicación de sus linderos, superficie y ubicación, si está en el supuesto de la fracción anterior. Artículo Satisfechos los requisitos señalados en el artículo anterior, el Ayuntamiento, en Sesión de Cabildo y en los términos dispuestos por la legislación aplicable, emitirá el acuerdo correspondiente, en el cual de ser favorable al solicitante, deberán asentarse los datos del beneficiario y del bien a enajenar, así como el precio de venta y la forma de pago. Artículo Si la solicitud de enajenación fuere acordada favorablemente, el Ayuntamiento remitirá el expediente relativo al Congreso, a efecto de que éste o la Diputación Permanente en su caso, previa inspección cuando así se requiera, emita el acuerdo respectivo, que deberá publicarse en la Gaceta Oficial y comunicarse al Ayuntamiento y al interesado. Artículo Autorizada por el Congreso o la Diputación Permanente la enajenación respectiva, se procederá a la elaboración del instrumento notarial, en el cual se estipularán las restricciones a que, de conformidad con lo dispuesto en esta sección, estará sujeto el inmueble. La escrituración se efectuará ante el Notario Público que elija el adquirente, dentro de la Demarcación Notarial que corresponda, según la ubicación del inmueble. Artículo Serán limitaciones para la enajenación a particulares, las siguientes: I. No podrán adquirir en propiedad por si ni por interpósita persona más de un inmueble; II. La extensión superficial no excederá de doscientos metros cuadrados, salvo las situaciones que el Ayuntamiento, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente en su caso, consideren excepcionales; III. En caso de que el precio se pague a plazos, estos no excederán de tres años, constituyéndose en garantía real el propio bien inmueble; y IV. En ningún caso podrán enajenarse a particulares, áreas de equipamiento urbano de las unidades habitacionales. Artículo La enajenación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien inmueble adquirido dentro de los dos años siguientes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del Ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo. Se determina procedente que la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, apruebe las compraventas a que nos hemos referido. Por lo antes expuesto y fundado, así como realizadas las valoraciones pertinentes a la documentación de referencia; sometemos a su consideración, el siguiente: 198

218 PROYECTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE LERDO DE TEJADA, VER., A DAR EN VENTA LOS LO- TES DE TERRENO PERTENECIENTES AL FUNDO LEGAL DE ESE LUGAR, MISMOS QUE SE DETALLAN A CON- TINUACIÓN: ACUERDO PARA SU ENAJENACIÓN, SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL MISMO. TERCERO.- COMUNÍQUESE ESTA DETERMINACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE LERDO DE TEJADA, VER., Y A LOS INTERESADOS PARA SU CONOCIMIEN- TO Y EFECTOS. Nº NOMBRE UBICACIÓN GUILLERMO CASTELLANOS SÁNCHEZ TEODORO ORDOÑEZ MORALES JAVIER GONZÁLEZ MOJICA PEDRO ZARATE MORALES PROL. GUADALUPE VICTORIA Nº 119, LOTE 003, MZNA. 32 CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N, LOTE 27, MZNA. 020 AV. PINO SUAREZ Nº 301, LOTE 02, MZNA. 019 AV. PINO SUAREZ S/N, LOTE 004, MZNA. 019 SUPERFICIE EN M2 PRECIO X M $ $ $ $ 9.54 CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA "GACETA OFICIAL", ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXA- GÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ, EL DÍA DIECISEIS DE FE- BRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL TAL COMO SE DESPRENDE DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 477 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICI- PAL, SE HACE EXCEPCIÓN EN EL PRESENTE POR AU- TORIZARSE LA VENTA DE LOTES CON MÁS DE M2., EN DONDE YA ESTA EDIFICADA LA SU- PERFICIE. SEGUNDO.- EL ACTO JURÍDICO QUEDARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: 1.-OTORGARSE ANTE NOTARIO PÚBLICO, QUE ELIJA EL ADQUIRENTE. 2.- ESTE ACUERDO DEBERÁ INSERTARSE ÍNTEGRA- MENTE EN CADA INSTRUMENTO NOTARIAL. 3.- DICHO INSTRUMENTO DEBERÁ CONTENER LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 478 DEL CÓDIGO HACENDARIO MUNICIPAL, QUE DISPONE: ARTÍCU- LO LA ENAJENACIÓN A PARTICULARES SE SU- JETARÁ A LAS CONDICIONES SIGUIENTES: I. OBLI- GARSE A CONSTRUIR Y HABITAR SU VIVIENDA, EN UN PLAZO DE DOS AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICADA LA AUTORIZACIÓN DE ENAJENACIÓN POR EL CONGRESO; II. NO GRAVAR, NI ARRENDAR O DAR EN USO, APROVECHAMIENTO O EN USUFRUCTO EL BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE ESCRITURACIÓN; SE EXCEPTÚA DE ESTA DISPOSICIÓN EL GRAVAMEN QUE SE CONSTITUYA PARA EDIFICAR SU CASA HABI- TACIÓN, SIEMPRE QUE MEDIE AUTORIZACIÓN EX- PRESA DEL AYUNTAMIENTO; Y III. SI EN EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, EL ADQUIRENTE NO CONCLUYE EL PROCESO DE ESCRITURACIÓN UNA VEZ OBTENIDO EL DIP. JULIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ PRESIDENTE DIP. RAUL ZARRABAL FERAT SECRETARIO DIP. EUSEBIO ALFREDO TRESS JIMÉNEZ VOCAL * * * Se ponen a consideración de la asamblea los dictámenes. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz, consulto a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobados los dictámenes. 199

219 DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE LAS VIGAS DE RAMÍREZ A SUSCRIBIR CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN CON EL INSTITUTO VERACRUZANO DE DESARROLLO URBANO, REGIONAL Y VIVIENDA, A EFECTO DE LLEVAR A CABO EL PROGRAMA DE RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PARA ATENDER LOS DAÑOS OCASIONADOS POR EL HURACÁN DEAN EL PASADO 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 Conforme al orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez a suscribir convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de reconstrucción de vivienda para atender los daños ocasionados por el huracán Dean el pasado 22 de agosto del año 2007, emitido por la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, y en razón de que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-DP/1er./2º/061/2009, al que se adjunta el diverso con número de oficio PM/1239/2008 y de fecha 26 de noviembre de 2008, del H. Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Ver; mediante el cual solicita autorización para poder celebrar convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de Reconstrucción de Vivienda, para atender los daños ocasionados con el huracán Dean el pasado 22 de agosto del año 2007 en ese municipio, de acuerdo a las reglas de operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), junto con el expediente del caso. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI g) y 38 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción XVI g), 38, 39 fracción IX y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 59, 61, 62, 65, 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; esta comisión procedió a analizar y formular su dictamen, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Se tiene a la vista el oficio con número PM/1239/2008 y de fecha 26 de noviembre de 2008, signado por el C. José Hernández Mendoza, Presidente Municipal de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, mediante el que solicita autorización de esta Soberanía para poder celebrar convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de Reconstrucción de Vivienda, para atender los daños ocasionados con el huracán Dean el pasado 22 de agosto del año 2007 en ese municipio, de acuerdo a las reglas de operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN). 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo de sesión ordinaria celebrada el 01 de abril de 2008, donde los ediles aprueban por unanimidad el acuerdo para que el Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, a través del Presidente Municipal y el Síndico, celebren el convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior. 3. Anexo al expediente se encuentra copia del proyecto de convenio de colaboración y coordinación para el desarrollo del programa de Reconstrucción, que celebran, por una parte el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a través del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, representado por los CC. Arq. Manuel Barclay Galindo, en su carácter de Gerente General y Arq. José Ignacio Caballero Robles, en su carácter de Encargado de la Gerencia de Promoción y Desarrollo para la Vivienda, a quien en lo sucesivo se le denominará El Instituto, y por la otra, el H. Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Ver., representado por los C. José Hernández Mendoza en su carácter de Presidente Municipal y C. Pascual Hernández Córdoba en su carácter de Síndico Único del H. Ayuntamiento, a 200

220 quien en lo sucesivo se le denominará El Ayuntamiento, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la suscripción del dicho convenio, determinando sus alcances y limitaciones. 4. Se incluye en el expediente la Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia y efectos del ciclón tropical Dean, el día 22 de agosto de 2007, en 66 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, entre ellos el municipio de Las Vigas de Ramírez. Dicha Declaratoria se publicó en el Diario Oficial de la Federación con fecha 18 de octubre de En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se formulan los siguientes puntos: CONSIDERANDO I. Que esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autorización realizada por el H. Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18 fracción XVI g), 38, 39 fracción IX y 47 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 59, 61, 62, 65, 66, 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. II. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción XXIV y 103 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los Ayuntamientos están facultados para celebrar convenios, previa autorización de éste H. Congreso o en sus recesos de la Diputación Permanente; con la Federación para la realización de acciones conjuntas; el Gobierno del Estado y Personas físicas y morales. III. Que la documentación requerida para dar trámite a la autorización por parte de ésta Soberanía, consistente en el Acta de Cabildo de fecha 01 de abril de 2008, en donde consta la aprobación de sus integrantes para la suscripción del presente convenio, certificada por el Secretario, así como la copia fotostática del proyecto de convenio que se somete a aprobación, cumple con los requisitos de forma establecidos. IV. Que de la lectura de la cláusula primera del proyecto de convenio, se desprende que su objeto consiste en llevar el programa de Reconstrucción de Vivienda, para atender los daños ocasionados por la ocurrencia y efectos del ciclón tropical Dean el día 22 de agosto de 2007, conforme a las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN). En la misma cláusula se establece que las acciones a realizar serán las siguientes: 1.- Otorgar un paquete de materiales para la auto reparación de las viviendas que sufrieron daños menores o parciales y totales, mediante los subprogramas 02, 03, 04 y 05 así mismo se le entregará un apoyo económico a través del Programa de Empleo Temporal (P. E. T.) para la ejecución de dichos trabajos. 2.- La reubicación y construcción de un pie de casa con las características que marca la norma, dentro de un lote con los servicios básicos para las viviendas que tuvieron daño total y que se encuentran ubicadas en zona de riesgo, atendiéndose a través del subprograma Dar seguimiento al programa desde la ubicación de bodegas, la organización de los comités de vivienda, la entrega de materiales, la reconstrucción de los daños totales y las reubicaciones, conforme a los Lineamientos y Reglas de Operación del FONDEN. V. Que en la cláusula segunda se especifica que para la ejecución del programa, el Gobierno del Estado y el Gobierno Municipal se comprometen a ejecutar el programa de Reconstrucción de Vivienda en el municipio de Las Vigas de Ramírez. VI. Que en la cláusula cuarta se estipula que el convenio entrará en vigor a partir de su firma y estará vigente hasta la conclusión de las acciones objeto de este mismo; Se podrá revisar, adicionar o modificar de común acuerdo entre las partes, conforme a los preceptos y los levantamientos que lo originan. Las modificaciones deberán constar por escrito y entrarán a partir de su firma. VII. Que los CC. Presidente Municipal y Síndico, respectivamente, del Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, se encuentran facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad con lo regulado por el artículo 36 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre. 201

221 VIII. Que una vez estudiada y analizada la solicitud de autorización, y tomando en cuenta la documentación anexada a la misma, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el presente convenio, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de: ACUERDO PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Las Vigas de Ramírez, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de colaboración y coordinación con el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, a efecto de llevar a cabo el programa de Reconstrucción de Vivienda, para atender los daños ocasionados con el huracán Dean el pasado 22 de agosto del año 2007 en ese municipio, de acuerdo a las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), de acuerdo con el proyecto presentado. SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo al Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a través de los representantes del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, y al Presidente Municipal de Las Vigas de Ramírez, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos procedentes. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil nueve. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Presidenta Dip. Elías Benítez Hernández Secretario Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. Toda vez que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) DICTAMEN CON PROYECTO DE ACUERDO POR EL QUE SE LLAMA AL CIUDADANO ROBERTO PÉREZ PRADO, SÍNDICO SUPLENTE, PARA QUE PASE A EJERCER EL CARGO EN EL AYUNTAMIENTO DE GUTIÉRREZ ZAMORA En el desahogo del siguiente punto del orden del día, proseguimos con el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se llama al ciudadano Roberto Pérez Prado, síndico suplente, para que pase a ejercer el cargo en el ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, emitido por la Comisión Permanente de Gobernación y dado que éste ya ha sido distribuido y publicado en la Gaceta Legislativa, propongo a la asamblea la dispensa de la lectura del mismo. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada la dispensa de la lectura del dictamen. (No obstante la dispensa de lectura, se incluye el dictamen con proyecto de acuerdo) COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN Honorable Diputación Permanente: A los suscritos Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, nos fue turnado por acuerdo del Pleno de esta Soberanía, oficio No. SG- DP/1er/2 /053/2009, de fecha 13 de marzo del 202

222 2009, al que se adjuntó el diverso número 061/2009, de fecha 26 de febrero del año en curso, signado por los CC. Carlos Humberto Silva García y Fernando Luna Santes, Presidente y Secretario del H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual informan del fallecimiento de la Sindica Única, C. Dalia Alvarado Bernal. En atención a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, Fracción XIII y 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, a fin de determinar la procedencia o improcedencia, con base en los siguientes. ANTECEDENTES ÚNICO. Que mediante escrito de fecha 26 de febrero del año 2009, los CC. Carlos Humberto Silva García y Fernando Luna Santes, Presidente y Secretario del H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave, informaron a la Presidencia de este H. Congreso, el fallecimiento del C. Dalia Alvarado Bernal, Sindica Única, al cual adjuntaron Copia simple del Acta de Defunción, de fecha 17 de febrero del dos 2009; Considerando lo anterior, se formulan las siguientes. CONSIDERACIONES I. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 38 y 39, Fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 22 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; así como los diversos 59, 61, 62, 65 y 75 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Gobernación, como Órgano constituido por el Pleno del Congreso, es competente para emitir esta resolución; II. Que el artículo 24 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, previene que en las faltas definitivas de los ediles propietarios, sean llamados los suplentes, correspondiendo al Congreso o a la Diputación Permanente, realizarlo; lo que resulta procedente en el caso, dado que el Sindica Única Falleció; III. Considerando lo expuesto y fundado en los puntos precedentes, así como la documentación que obra en el expediente, se concluye que debe realizarse el llamamiento del Suplente, para que ocupe el cargo de Sindica Única del H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave. En tal virtud, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno, el siguiente Dictamen con proyecto de: ACUERDO Primero.- Llámese al C. Roberto Pérez Prado, Sindico Único Suplente, para que ocupe el cargo de Sindico Único en el H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo al H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero.- Notifíquese el presente Acuerdo al C. Roberto Pérez Prado, para que ocupe el cargo de Sindico Único, en el H. Ayuntamiento de Gutiérrez Zamora, Veracruz de Ignacio de la Llave; Cuarto.- Publíquese este Acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ- SIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA- PA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DIECISIETE DÍAS, DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Comisión Permanente de Gobernación Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Presidente Secretario Dip. Federico Salomón Molina Vocal * * * Se pone a consideración de la asamblea. Se abre el registro de oradores, solicitando a la Secretaría tome nota e informe a esta Presidencia sobre el particular. 203

223 - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo a usted que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz. Es cuanto, diputado presidente. En virtud de que ningún diputado ha solicitado hacer el uso de la voz, consulto a la asamblea si es de aprobarse el dictamen. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobado el dictamen. (La asamblea asiente) PRONUNCIAMIENTO CON ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, RELATIVO AL PROCESO DE DETERMINACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA REFINERÍA, ANUNCIADO POR EL GOBIERNO FEDERAL Con el fin de dar a conocer a esta asamblea mi pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo al proceso de determinación para la construcción de la refinería, anunciado por el gobierno federal, pido respetuosamente al diputado vicepresidente pase a ocupar la Presidencia en tanto paso a tribuna. - EL C. DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Con su permiso, diputado Manuel Bernal, vicepresidente de la Mesa Directiva. Con su venia, diputado vicepresidente. Compañeros y compañeras integrantes de la Diputación Permanente. Público en general. Miembros de la prensa. Quien suscribe, Fernando González Arroyo, diputado de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 8 fracción XI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, someto a consideración de esta honorable asamblea una proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes: CONSIDERACIONES El debate permanente en torno a la implementación de medidas y ejecución de acciones de las que se deriven más y mejores estadios de bienestar general por parte de las tres instancias de gobierno, desafortunadamente, continúa siendo el espacio aprovechado para la crítica, las acusaciones y descalificaciones. Sólo en menor medida ha sido el marco propicio para las proposiciones que realmente lleven a alternativas verdaderas de solución de nuestras problemáticas. En forma prolongada y dando como resultado el hastío de amplios sectores sociales, la clase política se ha encerrado en una discusión estéril sobre lo que se tuvo que hacer y no se hizo; mientras que el grueso de la población sigue preguntándose hasta cuándo será posible y factible el arribo de condiciones que den certidumbre al mejoramiento de su nivel de vida. En sentido autocrítico, reconozco que la desatención en diversos sectores de la producción nacional o las deficientes políticas públicas que han impedido la capitalización de las potencialidades naturales, el aprovechamiento de la mano de obra calificada, la implementación de nuevas tecnologías para aumentar la rentabilidad y productividad, han sumido a éstos en una inercia que corresponde a la realidad de otros tiempos. Creo que habrán de coincidir conmigo que, una vez realizadas las reformas constitucionales correspondientes y de contar con la capacidad económica suficiente, basada en nuestras reservas financieras y de ahorro, el sector de más prioridad para el desarrollo es el de los hidrocarburos. Debe ser impulsado decididamente para constituirse en el eje generador de riqueza a través de la exploración, explotación, producción y refinación, sin dejar, asimismo, de representar el principal activo del patrimonio de los mexicanos y puntal de nuestra soberanía nacional. Durante todo este tiempo la economía global nos ha hecho partícipes de la falta de desarrollo en los modelos energéticos y nos mantiene inmersos, sin duda alguna, en una de las crisis económicas globales nunca antes enfrentada. En consecuencia, si la suma de esfuerzos está orientada a la regeneración de nuestra economía, el camino más seguro es a través de la inversión de capital y generación del empleo, todo bajo el cuidado escrupuloso y planificado de nuestras reservas energéticas y la sustentabilidad ambiental. 204

224 Concientes de su magnitud, debemos estar de acuerdo que todo proyecto relacionado con el petróleo debe convertirse fundamentalmente en un proyecto de desarrollo global de gran impacto social y de gran beneficio ecológico. No obstante las reformas constitucionales para el desarrollo de la paraestatal Petróleos Mexicanos, desde hace años su área de refinación enfrenta una situación crítica, caracterizada por graves restricciones para cumplir su objetivo fundamental como organismo subsidiario, que es el abastecer con eficiencia, calidad, oportunidad, seguridad y a precios competitivos, la demanda de petrolíferos del país. En este contexto, dando un ejemplo de trabajo visionario y sustentable, el anuncio que hace varios meses hizo el gobierno del presidente Felipe Calderón Hinojosa en cuanto a la construcción de la séptima refinería en nuestro país y encontrándonos a escasos días de su determinación y ubicación física, los mexicanos celebramos la decisión del gobierno federal, conscientes de lo que representa dicha obra para el futuro inmediato de México. La propuesta de creación de una nueva refinería en nuestro país tiene como propósito alcanzar las metas establecidas por el Plan Nacional de Desarrollo en cuanto a la creación de una economía competitiva y generadora de empleos. Celebramos, también, el procedimiento optado porque da la oportunidad de someter la decisión al escrutinio de factibilidad técnica y financiera, para que la ubicación de la refinería se establezca en la región que reúna el perfil más accesible para su construcción, dadas las condiciones naturales y de infraestructura que exige la obra por su magnitud e importancia. Ser el Estado de Veracruz y, en específico, la región de Tuxpan, uno de los lugares que cobra relevancia en el marco de la decisión, nos remite a los veracruzanos y veracruzanas al entusiasmo producto de saber que nuestra propuesta alcanza la mejor calificación en cuanto a los aspectos de mayor factibilidad técnica y de rentabilidad económica para su inversión. De acuerdo a los registros e información proporcionada por los expertos en la materia, a través de la presentación de los resultados de estudios y análisis realizados a propósito del lugar de construcción de la nueva refinería, es Tuxpan la mejor opción; lugar ideal desde donde se concentrarían las expectativas de mayor crecimiento económico para los mexicanos. Las ventajas que ofrece Tuxpan son inmejorables. Basta hacer un recuento de las principales características que debe reunir la zona para la construcción de la refinería, para corroborar que es la riqueza natural y la infraestructura existente y por detonar, para darnos cuenta que se acredita como el lugar más estratégico, aquí, sí, en tierras veracruzanas, tierras mexicanas. Para el objeto referido y en específico para el producto final, el Estado de Veracruz posee el elemento técnico de mayor relevancia: el agua. Somos la cuenca hidrológica más grande del país. Si no hay agua no se puede refinar el petróleo y es imposible obtener productos petroquímicos, ya que el hidrógeno obtenido del agua hace posible la conversión de cadenas de carbón/hidrógenos que convierte la gasolina primaria en gasolina de alto octanaje y a los hidrocarburos lineales en plásticos de cadenas cerradas. No sólo se busca la instalación de la refinería, sino, también, asegurar su éxito. No debemos apartarnos que el reto de la refinería tiende a asegurar un suministro confiable, de calidad y a precios competitivos de los insumos energéticos que demandan los consumidores en nuestro país y en el mundo. Encontrarse lo más cerca posible a los grandes centros de mayor demanda. Que la materia prima, para su refinación, acorte costos de transportación por su inmediatez con los grandes yacimientos, permiten por sus rangos de aprovechamiento, mayores ventajas para alcanzar competitividad. La propia paraestatal PEMEX, una vez realizados los estudios pertinentes de todas las propuestas de ubicación de la nueva planta, en los que incluye factores geográficos, económicos, sociales y estratégicos, ha concluido que la rentabilidad que ofrece Tuxpan se determina muy por encima de los valores de otras probables localizaciones. En este sentido, Tuxpan generaría una rentabilidad de 15.6%, el porcentaje más alto en comparación con quienes le siguen en orden de importancia, como Salina Cruz, Oaxaca, con 14.9% o Dos Bocas, Tabasco, con 15.1%, de las nueve ubicaciones propuestas para su estudio, atribuida principalmente a su ubicación cercana de los mercados de mayor tamaño y de la materia prima, como son, entre otros, los yacimientos de Chicontepec, Veracruz, estimada como la principal reserva con que México enfrentará la demanda en el corto y mediano plazo. 205

225 Sumado a lo anterior, por cuanto hace a factores geográficos y sociales, en Tuxpan se localiza la terminal marítima por donde se realiza actualmente la mayor parte de las operaciones de importación de petrolíferos, contando, también, con infraestructura y los poliductos a la zona centro del país, dispuestos para su utilización. No está por demás señalar que Tuxpan tiene una ubicación privilegiada geográficamente, tanto en el contacto fluvial, marítimo y lagunario, como por su localización estratégica en el sistema portuario del Golfo de México y carretero por la próxima conclusión de la autopista a la ciudad de México, que le permitiría compensar sin largos traslados el déficit de energéticos registrado en el valle de México y el altiplano central. Un punto, también, crucial en el probable establecimiento de la refinería en Tuxpan es el monitoreo constante de contaminantes que puede darse de manera ininterrumpida a través de la Dirección General de Institutos Tecnológicos Federales y los de carácter estatal como centros regionales. Compañeras y compañeros diputados, desde el primer día de su ejercicio constitucional, el gobierno de Fidel Herrera Beltrán ha sido un incansable promotor de las bondades, potencialidades y condiciones inmejorables que ofrece la entidad para la instalación de nuevas industrias, acompañando a la promoción de la disposición y apertura gubernamentales para el rápido acceso de la inversión privada y pública. Veracruz, con el trabajo cotidiano de sus hombres y mujeres, se mantiene como uno de los lugares más seguros para la inversión, sobre todo, en cuanto a la proyección estimada de la rentabilidad que en el corto plazo obtienen las empresas que deciden instalarse en este fértil y progresista territorio. Por eso fue que durante las fases del proceso de definición y la muy esperada determinación de la nueva refinería, la atención del gobierno del Estado ha sido acorde a la posición asumida que lo caracteriza. Sin duda, Veracruz tiene la oportunidad histórica de seguir aportando a México, oportunidad que se nos presenta a todos, sin distinción alguna. En ella no importan colores ni identidades partidistas o de credo. Es para todos y para el bien de todos. Aunque algunas voces han tratado de relacionar el proceso de construcción con el de carácter electoral en el que estamos inmersos actualmente. El único sesgo de competencia del primero es porque exige que todos actuemos porque, reitero, el beneficio es común. Los veracruzanos tenemos la confianza y la seguridad en la visión imparcial de servicio que caracteriza al gobierno del licenciado Felipe Calderón Hinojosa, postura que le ha permitido el reconocimiento de los veracruzanos y contar con el gobernador Fidel Herrera Beltrán como su mejor aliado. La oportunidad es motivo para expresar ante la nación que en Veracruz estamos listos para que en Tuxpan se construya la nueva refinería, que hay razones y disponibilidad. La situación no trae consigo disputas ni rivalidades, es sólo el ánimo para contribuir a la riqueza nacional. De tal forma que me permito invitar a cada uno de las compañeras y compañeros diputados, reconociendo puntualmente la coincidencia ya existente entre varios compañeras y compañeros, como es el caso del diputado Manuel Bernal Rivera, para que, sin importar el partido político que representamos, nos una ahora el interés supremo del pueblo veracruzano, para que desde cada uno de nuestros espacios manifestemos nuestra convicción y seguridad de que el titular del Poder Ejecutivo federal habrá de basar su decisión en la mejor opción, la más rentable para México y, de manera irrestricta, brindar nuestro apoyo y reconocimiento a la postura del Ejecutivo del Estado, maestro Fidel Herrera Beltrán, deseándole el mejor de los éxitos en su exposición de motivos en el foro programado para tal efecto. Así, también, dada la importancia, significado y trascendencia del tema, aprovecho esta tribuna para convocar a los sectores productivos, sociales y educativos, a la sociedad civil veracruzana, para atender el llamado de unidad que fortalezca aún más nuestra posición en el proceso de ubicación de nuestra refinería. Por lo anteriormente fundado y motivado, se somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente: PUNTO DE ACUERDO Único. Exhortar de manera respetuosa al licenciado Felipe Calderón Hinojosa, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que, en el ámbito de su competencia, determine a favor de la instalación de la nueva refinería en Tuxpan, Veracruz, por ser el lugar 206

226 que reúne las condiciones técnicas que garantizan la rentabilidad de planta productiva, en el entendido que se busca el beneficio de la nación a través de la participación de Veracruz; así como, también, para que este llamado a la totalidad de las fuerzas políticas representadas en este honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a los sectores productivos, sociales y educativos, a la sociedad civil veracruzana, se constituya en el amplio respaldo que requiere el gobernador del Estado, licenciado Fidel Herrera Beltrán, para que a nombre del pueblo veracruzano exponga, con certeza y contundencia, las ventajas que ofrece el municipio de Tuxpan, que son por demás inmensurables con respecto a las ubicaciones potenciales, como pudieran ser los casos de Cadereyta, Nuevo León; Campeche, Campeche; Dos Bocas, Tabasco; La Cangrejera-Minatitlán, Veracruz; Lázaro Cárdenas, Michoacán; Manzanillo, Colima; Salina Cruz, Oaxaca, y Tula, Hidalgo. Es cuanto, señor vicepresidente Muchas gracias. Muchas, gracias diputado. Se le concede el uso de la palabra al diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda. - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Muchas gracias, señor vicepresidente en funciones de presidente. Parece que la memoria, cuando se manejan puntos vitales para el desarrollo de México, quiere tener héroes en este momento y la historia y la crónica luchan en un punto en cuanto a desarrollo sustentable. Realmente a quien se le ocurre, no, a quien estudia el fondo del desarrollo de este México, que se habla hoy de hidrocarburos, es el maestro Jesús Reyes Heroles, un hombre abierto a los partidos en una época, en donde el Ejecutivo no escucha y no toma en cuenta al Poder Legislativo ni al Poder Judicial, y el maestro Reyes Heroles y que bien, de Tuxpan, el hombre de Tuxpan, el hombre del triunfo moral, que se presenta ante Luis Echeverría y le dice lo que hoy el maestro acaba de tocar como punto central, será la materia pensante del desarrollo tecnológico, lo que lo ubique y es por eso que el diagnóstico industrial, hecho desde la época de los 60, los crueles 60, se analiza primero el medio ambiente, se localizan las funciones, se evalúa cada uno de las matrices y limitaciones y causas de la rentabilidad sustentable. Esto es lo que enmarca el centro nacional de la productividad. Para qué? Para que habiendo también redes de limitaciones, pueda haber diferente planeación de acciones y lograr el objetivo. Todo ese marco fue lo que constituyó al politécnico sustentarle al maestro Reyes Heroles, con mucho tiempo, decir que fuera Tuxpan el electo razonablemente en una logística de un mercado en donde en aquel entonces, con 25 días de exportación, México pagaba su deuda de 1,900 millones de dólares. Qué tiempo, señor! Ah, pero hoy los partidos, en una gran conciencia social, en el disentir, qué bueno que los partidos de izquierda nos hagan hecho pensar que no estaba tan errado el maestro de Tuxpan. A él le cuesta no ser tomado en cuenta para ser presidente de la República. A él le cuesta el aceptar que en el disentir tenía que haber moléculas de ser de razón de escucha. Qué bueno que hoy hay sujetos en el Congreso de la Unión que sólo piden una cuestión. Por no haber habido seguimiento estricto, de 1976 al día de hoy, tenemos una rentabilidad baja en el mercado internacional, ahogados en un resentimiento financiero que esta vez, esta vez no es un error del presidente de la República. Mucha razón asiste a quien me precedió de hablar de un hombre sustentable, no, de un hombre hecho a probidad de todos, Felipe Calderón, con todo y sus miserias humanas, pero, también, con su razón que le asiste supo abrir a los partidos políticos que se necesita más precisión técnica que precisión política. Dice usted bien, materia hidrológica es lo que tiene México, pero, también, los partidos de izquierda, pero que se abra, pero con mucho, con mucho cuidado creció la burocracia. El instituto de pensiones de cada Estado está ahogado y vendrá seguramente dentro de la planeación, que no le queda claro a los mexicanos, un reto, que es lo que viene para México en los próximos 20 años en materia de seguridad social e industrial, un gran reto y lo acaba usted de decir. Yo, como veracruzano, hoy no sólo me inclino ante la razón, me inclino ante aquel héroe, héroe que, de su partido, siempre dijo sus fuerzas y sus debilidades y dijo, si hacen escuchar a esta nación, con estos partidos abiertos a la escucha de todo el pueblo mexicano, habrá siempre sustentabilidad. Muchas gracias, señor. 207

227 - EL C. PRESIDENTE, DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Tiene el uso de la voz el diputado Marco Antonio Núñez. - EL C. DI P. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Muchas gracias, diputado presidente. Hechos son amores. Amor con amor se paga. Si amamos y protegemos al medio ambiente, éste nos amará y no nos golpeará con huracanes cada año que pasan más violentos. Y esto lo digo porque el municipio de Tuxpan reunirá todas las condiciones técnicas que aquí se ha dicho, pero no reúne espacio donde poner esa planta. Tendrían que destruirse más de mil hectáreas de humedales y manglares para poner la refinería en Tuxpan. Yo estoy de acuerdo en gestionar ante nuestra bancada de Acción Nacional para el llamado que hace el maestro Fidel Herrera Beltrán, gobernador constitucional de este Estado, el llamado que hace el diputado Héctor Yunes Landa, al llamado que hace el presidente del Congreso, pero ese esfuerzo lo debemos empujar y hacer, de que esa planta o esa refinería se haga, ya sea en Cangrejera o se haga en Poza Rica, las dos tienen las condiciones para hacer y proteger al medio ambiente, para hacer que esto sea sustentable, como lo dijo el compañero diputado Antonio Remes. Entonces, eso es aquí la queja, o sea, sí vamos, pero no tenemos que progresar destruyendo más al medio ambiente, o sea, Tuxpan no tiene las condiciones de superficie para albergar una refinería, tendrían forzosamente que matarse y destruir más de mil hectáreas de humedal. Poza Rica es lo más cercano al puerto de Tuxpan. Simplemente, nada más que habrían que ponerse los oleoductos para poder llevar al centro del país, al Distrito Federal y los estados circunvecinos, el material refinado por parte del petróleo, que es la materia prima. Tuxpan, simplemente, la logística que se quiere utilizar es que de ahí están los ductos. Cuando se compran las gasolinas o los diesel, llegan vía barco a Tuxpan y vía bombeo la mandan al centro, ésa es su única logística técnica que tiene Tuxpan, pero no tiene, vuelvo a repetir, las mil hectáreas para poder albergar la refinería. Poza Rica sí lo tiene, La Cangrejera sí lo tiene. En ese sentido, señor gobernador, empujemos para que se logre hacer la planta aquí. No por querer generar miles de empleos, no por querer ayudar a la Federación con nuestro Estado, sigamos destruyendo al medio ambiente. No podemos acabarnos el recurso natural de las futuras generaciones que aún no nacen y nos las consumamos nosotros. No es posible. Nos dicen en economía que progreso es bienestar y que el medio ambiente se aguante, que siga ahí contaminado. Si todos estamos hablando de que sí hay, el progreso está contaminado el medio ambiente está contaminado y el progreso debe ser bonanzas y economías sanas. Hoy por hoy, la crisis mundial en este país nos dice lo contrario. Por lo tanto, esa fórmula de que destruyamos el medio ambiente para progresar no está funcionando, no está cumpliendo su función. Debemos nosotros de tener la capacidad, sí, de poder usar la tecnología, de usar el combustible fósil para que, sin seguir destruyendo el medio ambiente, podamos generar riqueza. Tenemos que cambiar modelos que, hoy por hoy, no han funcionado y han demostrado, la economía en el mundo y en este país está sufriendo porque no se ha tenido la responsabilidad al medio ambiente. Es cuanto, diputado presidente. Gracias, diputado Marco. Tiene el uso de la palabra el diputado Dalos Ulises. - EL C. DIP. DALOS ULISES RODRÍGUEZ VARGAS: Con su permiso, señor presidente y compañeros diputados. Celebro en mucho el punto de acuerdo que ha expresado aquí y que otros compañeros, como lo es el maestro Manuel Bernal, como lo hace el maestro Remes y como lo hacen diferentes partidos para llegar a un solo punto, que es el de defender el patrimonio y a los veracruzanos. Señor gobernador, lleva usted para el día de mañana viernes, todo el apoyo de los legisladores priístas, ya expresado aquí por el maestro González Arroyo, para que se defienda su propuesta y de que Veracruz demuestre que la mejor opción para poner la refinería es el punto de Tuxpan. Compañero diputado Marco Antonio Núñez, dicen que para hacer caldo de gallina, primero vamos a tener la gallina y fíjese que yo estoy totalmente de 208

228 acuerdo en preservar los recursos naturales de Veracruz y creo que seré el primero en poner ciertas condicionantes, pero antes vamos a lograr que se haga el proyecto en nuestro Estado, es decir, yo creo que Tuxpan merece la gran oportunidad porque además, históricamente, la primera, la famosa Franja de Oro, a principios del siglo pasado, ahí fue precisamente donde se explotó y creo que le asiste la razón a esa zona para que se ponga la refinería. El lugar no importa, no va a ser en un lugar de manglares, debe ser en un área y si es conurbada con otros municipios, qué bueno, puede ser Tuxpan, Tihuatlán, Cerro Azul. Es, al final de cuentas, el Tuxpan. Tuxpan es el punto que se está discutiendo, sin que deba estar totalmente en el municipio de Tuxpan, pero ahí es donde se cita. Por eso hoy me llama la atención. Vamos a apoyar con todo que nuestro gobernador lleve el apoyo de todos los veracruzanos para que defienda técnicamente que la mejor opción es Veracruz, concretamente en Tuxpan. Ojalá, señor presidente, que lo expuso usted magníficamente con puntos y comas el porqué debe ser aquí, sea tomado en cuenta por las autoridades federales y concretamente por el presidente Felipe Calderón, que es el que va a decidir dónde se va a hacer y no es político, no es electorero, es simplemente que le asiste la razón a la zona y, por supuesto, le asiste la razón a los veracruzanos. Es cuanto. Gracias, diputado Dalos. Les damos la más cordial de las bienvenidas a unas personas que el día de hoy nos visitan y que con mucho gusto y cariño los recibimos aquí en esta sala de sesiones. A las niñas y a los niños del jardín de niños María Esperanza Serrano Muñoz, que están aquí los chiquitines en la parte de atrás. Bienvenidos. (Aplausos) A su maestra Guadalupe Hernández, que son invitados de la diputada Dalia Pérez Castañeda, quien, haciendo trabajo de diputada, los invita para que estén en esta sala de sesiones. Bienvenidos. Gracias, diputada, por este detalle. Le solicito al diputado Manuel Bernal, si hace uso de la Presidencia. - EL C. DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Celebro puntualmente las exposiciones que han hecho aquí en el sentido de la construcción de la refinería en la región de Tuxpan, que pudiera ser, como bien lo dijo el diputado Dalos, en el municipio pudiera ser una zona conurbada de Tuxpan. Nada más, como un dato complementario, quiero decirles que la exposición de motivos estuvo basada en un estudio técnico y en un dictamen técnico que hace la propia paraestatal Petróleos Mexicanos y yo estoy plenamente seguro que debió haber contemplado todos los aspectos que usted, de manera muy atinada, nos ha hecho la observación, diputado Núñez. Créame que yo, también, estoy en el mismo sentido de que no debiéramos permitir que se siga deteriorando el medio ambiente, pero tengo la confianza que el dictamen técnico que emitió PEMEX es tomando en cuenta y en consideración todos esos aspectos. Es cuanto, señor vicepresidente. - EL C. PRESIDENTE, DIP. MANUEL BERNAL RIVERA: Muchas gracias, diputado. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. PRONUNCIAMIENTO CON ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DE LA DIPUTADA DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, RELATIVO A LA COLECTA DE LA CRUZ ROJA Prosiguiendo con el pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo relativo a la colecta de la Cruz Roja, por lo que tiene el uso de la palabra la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional. - LA C. DIP. DALIA EDITH PÉREZ CASTAÑEDA: Con el permiso de la Mesa Directiva. Saludo a los niños que hoy nos acompañan, a todos los presentes. 209

229 Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Diputación Permanente del honorable Congreso del Estado Quien suscribe, la diputada Dalia Edith Pérez Castañeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 84 fracción IX y 132 fracción IV del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, someto a la consideración a esta honorable asamblea el presente anteproyecto de punto de acuerdo, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES Primero. La historia de la benemérita Cruz Roja se remonta hasta el año 1859 cuando en la batalla de Solferino, en Italia, librada entre franceses e italianos contra los austríacos, se causaron unas 40 mil víctimas, contando muertos y heridos y los servicios sanitarios militares no resultaron suficientes para dar la adecuada atención. Muchas víctimas perecieron por el abandono en que se encontraban. Esta situación de magnitud catastrófica para el género humano provocó la reflexión de un ciudadano suizo Henri Dunant, quien sin tomar partido por alguna de las banderas en disputa, con la colaboración de otros habitantes de la región, se dedicó simplemente a dar atención a los heridos. Se trató de una muestra indiscutible de solidaridad humana y un ejemplo que nació en aquél momento, la institución que hoy catalogamos de benemérita, en tanto que está siempre dispuesta a brindar ayuda al necesitado sin discriminación de ningún tipo. La historia de la Cruz Roja también menciona que se eligió ese signo sobre un fondo blanco como un homenaje a Suiza, pues, los colores invertidos de la bandera nacional de aquel país originario de sus fundadores son hoy el símbolo que anuncia la llagada de ayuda inmediata en las situaciones de emergencia. La vigencia de este emblema es tal que en medio de los más enconados enfrentamientos armados, estar bajo el distintivo de la Cruz Roja significa prácticamente estar protegido, pues, ya es una convención internacional respetar a todo el personal que lo usa. En efecto, las personas, de objetos que los portan son neutrales y no deben ser atacados por ninguna de las partes en disputa, sino al contrario, debe brindárseles todo el apoyo a su gestión humanitaria. Segundo considerando. En nuestro país su historia es, también, antigua, pues, según los datos de la propia institución, en 1909, durante el gobierno de Porfirio Díaz y un año antes del inicio de la Revolución Mexicana, el doctor Fernando López se reunió en su casa con otros médicos para organizar la fundación de la Cruz Roja. Ellos mismos relatan que en el propio año la Cruz Roja tuvo su primera participación durante unas fuertes inundaciones en la ciudad de Monterrey. Con posterioridad, atendiendo a sus acciones, el gobierno le otorgó el título de institución de utilidad pública y el 21 de febrero de 1910 se fundó la Cruz Roja Mexicana. Según sus documentos organizativos, la Cruz Roja Mexicana forma parte del movimiento internacional de la Cruz Roja y Media Luna Roja, que tienen como objetivo el prevenir y aliviar el sufrimiento humano, además de contribuir a la paz mundial. Para fortuna de los mexicanos, la red nacional de la Cruz Roja comprende ya más de 486 delegaciones establecidas en todas las entidades del país. Tercero. El pasado 15 de enero, durante una sesión ordinaria de este Congreso, se aprobó un punto de acuerdo para reducir en un 10% el sueldo de todos los diputados integrantes de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado. El objetivo manifestado por todos los grupos legislativos en tal reunión, fue utilizar estos recursos en acciones de asistencia pública y social. Este acuerdo tiene hoy plena vigencia y ha sido aplicado mes con mes con toda puntualidad. Cuarto. Como es sabido, al ser la Cruz Roja Mexicana una institución no lucrativa, sus actividades son realizadas por personal voluntario y funciona gracias a los donativos de los ciudadanos. Además, se ha establecido como una costumbre ya muy arraigada en nuestra población realizar anualmente colectas nacionales que permiten proveer de fondos necesarios para cumplir su función humanitaria. Por supuesto, es pertinente mencionar que, no obstante la aportación de muchos mexicanos, los recursos de que dispone la Cruz Roja nunca resultan suficientes para cubrir todas sus necesidades, pues, a últimas fechas ha diversificado sus actividades y ya no se circunscriben al auxilio de heridos o personas en situación de riesgo, sino que, también, realizan hoy actividades encaminadas a la protección y conservación del ambiente. 210

230 Quinto. Cuando se discutió el punto de acuerdo al que me he referido se mencionaron diversas alternativas para el mejor aprovechamiento de los recursos conseguidos mediante el ahorro establecido en este Congreso, por supuesto, entre ellas se mencionó la posibilidad de orientar este dinero para solventar algunas necesidades de la Cruz Roja. Por ello, en esta ocasión me permito retomar algunos de los argumentos vertidos en la sesión del 15 de enero, ampliamente conocidos por esta asamblea, para proponer un punto de acuerdo que, de aprobarse, permitirá destinar los recursos recaudados en el mes de marzo para donarlos a la benemérita Cruz Roja Mexicana, atendiendo a que en este mismo mes y hasta abril se realiza la colecta anual Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Instrúyase a la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros para que el 10% del sueldo de todos los diputados integrantes de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, recaudados según el acuerdo de fecha 15 de enero de 2009 y correspondientes al mes de marzo, sean donados íntegramente a la Cruz Roja. TRANSITORIO Único. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Xalapa, Veracruz, a los 26 días del mes de marzo Es cuanto. - EL C. PRESIDENTE, DIP. FERNANDO GONZÁLEZ ARROYO: Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. Gracias, diputada Dalia. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO CIRILO VÁZQUEZ PARISSI, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, EN RELACIÓN A LOS ROBOS EN LAS ESCUELAS DEL ESTADO DE VERACRUZ En el desahogo del siguiente punto del orden de día, tiene el uso de la palabra el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su anteproyecto de punto de acuerdo en relación a los robos en las escuelas del Estado de Veracruz. - EL C. DIP. CIRILO VÁZQUEZ PARISSI: Con su permiso, señor presidente. Las cifras de estos años señalan que los robos a las escuelas se van incrementando de 2006 a 2007, creció cuatro veces y en el primer trimestre de 2008, la cifra representó la mitad de las denuncias presentadas el año anterior. Las escuelas del Estado de México son los blancos más acosados por ese tipo de delitos, con 988 reportes en los últimos tres años. Le siguen Veracruz, Jalisco y el Distrito Federal. La situación de inseguridad en las escuelas se vuelve extrema toda vez que no sólo se limita a los robos, lamentablemente, trascienden actos vandálicos como venta y distribución de droga, entre otros delitos, que ponen a los niños y a los jóvenes veracruzanos en graves riesgos. Como legisladores, no podemos ser ajenos a esta problemática que aqueja nuestro Estado, sino en nuestros niños y nuestros jóvenes, la base para el futuro del desarrollo del Estado, no podemos evadir la parte fundamental de la responsabilidad que nos corresponde de hacer frente a esta situación. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado a implementar las medidas necesarias a efecto de combatir el alto índice de delincuencias en las escuelas de todos los municipios de nuestro Estado. Atentamente 26 de marzo de 2009 Diputado Cirilo Vázquez 211

231 Gracias. Tiene el uso de la palabra el diputado Antonio Remes. - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Gracias, señor presidente. Hemos insistido de muchas maneras en los programas de radio, acompañado casi siempre por el licenciado Sergio Vaca, de la escrupulosa situación que se está dando, es cierto, pero en horarios y luego pedir el apoyo directamente de la gente de seguridad pública, pues, no es fácil. Yo hablo directamente en el caso concreto de Veracruz-Boca del Río y lo que comenta quien me precedió, Cirilo, efectivamente, entre las 12 del día y las cuatro de la tarde, señor, se presenta un promedio de 6 robos de lap tops por lo menos en el Tecnológico de Veracruz. Es irónico decir que se estén buscando bandas en el norte o en el sur del estado, por favor, pero si tenemos dos o tres patrullas por ahí, confundidas con otros, pues, definitivamente, no tenemos acierto. Yo personalmente la semana pasada, sí, hablando directamente con el general, quiero comentarle que aunque no fue muy digno de mi parte, pero vuelvo a reiterar lo que dije el lunes de carnaval, no es posible que los diputados vayamos directamente, saquemos al subprocurador de Justicia, llamemos a los ministeriales y vayamos directamente a hacer la operación, nosotros, como si fuéramos ministeriales. Hágame usted el favor. Yo le agradezco al licenciado Peri que tuvo la gentileza con cerca de 30 personas y fuimos a 6 y 8 manzanas personalmente a hacer esta inspección y, entre ellas, una escuela, la Azueta, que parece cómo ratas entran y salen a cualquier hora. Entonces, qué sucede si no tomamos en cuenta esto? Seguimos perdiendo equipo importante en las secundarias, equipo de cómputo sistematizado, se llevan todo, señores, y cada vez el costo social por estudiar es enorme. Hace dos días se dijo y se mantiene y quizás se vaya a mantener el 40% de los estudiantes de las escuelas privadas, sus padres ya no pueden, por un lado. Y, segundo, la seguridad se ha ido al rubro de casi 80%, por lo menos en el nivel primaria en el puerto de Veracruz, por lo cual sí exijo una vez más, señor general López Esquer, que me está escuchando usted en este momento, redoblar directamente ahí, en Juan Enríquez tiene usted para entretenerse, directamente en la Morelos, también. No voy a hablar ahorita de la otra Morelos. Ya es vergonzoso, es vergonzoso que, además de robos, haya violadores y al final de cuentas luego se revoque la salida de los violadores. Increíble. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias. Gracias, diputado Remes. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO FEDERICO SALOMÓN MOLINA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, RELATIVO AL ALZA EN LA CUOTA DE PEAJE DEL PUENTE COATZACOALCOS I Conforme al orden del día, tiene el uso de la voz el diputado Federico Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su anteproyecto de punto de acuerdo relativo al alza en la cuota de peaje del puente Coatzacoalcos I. - EL C. DIP. FEDERICO SALOMÓN MOLINA: Muy buenas tardes. Nuevamente, compañeros diputados y diputadas. Medios de comunicación. Al público en general, en especial, también, aquí a los niños, a los chiquitines que nos acompañan el día de hoy. También, digo, en especial a la propia diputada que tuvo la gentileza, también, y la atención de, pues, de convocarlos e invitarlos a esta sesión para que, pues, obviamente, son el futuro y, también, muy pronto, quizás algún día serán parte, también, de esto, de lo que estamos aquí en este momento, nosotros. Entonces, felicitarlos aquí a los niños, a la directora, a la maestra, también, en especial. 212

232 Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente El que suscribe, diputado Felipe Salomón Molina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración a esta honorable asamblea el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES El Partido Acción Nacional se ha caracterizado por ser un grupo propositito, incluyente, con el fin y el objeto de legislar en pro de Veracruz, actuando con sentido responsable y congruente. Es por ello que nuevamente vengo a esta máxima tribuna a hacer mención sobre el tema que se tocó el 9 de enero del presente año en relación al incremento que había sufrido en la tarifa de peaje del puente Coatzacoalcos I, el cual el gobierno federal dio en concesión al gobierno del Estado y el que ha sido manejado a través de un fideicomiso creado por el gobierno del Estado, en el cual tampoco se ha podido rendir cuentas hasta el momento, a pesar de que se hizo la aclaración de que el incremento representaba un 18% en relación al importe del peaje anterior, lo que a todas luces afectaba el bolsillo de los veracruzanos. Dicho incremento fue autorizado por el gobierno del Estado, haciendo constar una circular firmada por el secretario de Comunicaciones, Marco Theurel Cotero, donde la empresa denominada Cooperación y Conservación de Autopistas Concesionadas se encontraba autorizada para efectuar dicho incremento, ya que ésta únicamente lleva la operación de la autopista, pero quien determina las tarifas es el gobierno del Estado. Esto sin contar con que la Secretaría de Comunicaciones no ha liberado las tarjetas de residentes que los exentará del pago del 50% a los propietarios de los vehículos automotores que vivan a menos de 20 kilómetros de donde se ubica la caseta de cobro. Dicha propuesta tampoco ha prosperado y se ha ido muy lentamente en la cuestión de otorgar esas tarjetas de residentes. Dicho pronunciamiento en esa ocasión contó con el respaldo del diputado Gonzalo Guízar Valladares, donde expresó que estaba totalmente consciente que dicho incremento era totalmente inoportuno y sensible debido al problema de crisis mundial que vivimos y como él mismo lo sugirió sobre este tema, se convirtiera en un anteproyecto de punto de acuerdo para que la concesionaria modificara o intentara mantener los 17 pesos o que el gobierno del Estado subsidiara dicho cobro, ya que inclusive se corría el riesgo de que el Estado perdiera dicha concesión. Por lo anterior y con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de este honorable asamblea el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Único. Se exhorta al gobernador del Estado para que gire instrucciones al secretario de Comunicaciones, Marcos Theurel Cotero, a efecto de que tome las medidas pertinentes para solucionar el problema al aumento de la cuota de peaje en la caseta del puente Coatzacoalcos I. Atentamente Marzo de 2009 Diputado Federico Salomón Molina. Es cuanto, señor presidente. Gracias, diputado. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO CON PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, RELATIVO A LOS SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL EN DEPENDENCIAS DE GOBIERNO Prosiguiendo en el desahogo del orden del día, toca el turno al anteproyecto con punto de acuerdo relativo a los sistemas de manejo ambiental en dependencias de gobierno, presentado por el diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, por lo que tiene el uso de la palabra el compañero diputado Marco Antonio Núñez López. 213

233 - EL C. DIP. MARCO ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ: Gracias, diputado presidente. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente El suscrito, diputado Marco Antonio Núñez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 33 fracción IV de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y los artículos 8 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta Diputación Permanente el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, en base a las siguientes: CONSIDERACIONES En la actualidad, las políticas públicas encausadas a la disminución del impacto ambiental y al aprovechamiento de nuestros recursos naturales deben ser prioridad en las agendas de trabajo de los tres niveles de gobierno. Hablar y enumerar las acciones para fomentar el uso responsable de los insumos diarios no es suficiente. Se deben tomar medidas efectivas y garantes que fomenten el aprovechamiento de los recursos de consumo diario que impactan al medio ambiente. En este contexto es preciso señalar la ausencia del buen aprovechamiento del papel en algunas dependencias gubernamentales, poniendo en riesgo el equilibrio ecológico por el consumo irracional de la materia prima para la elaboración del papel: los árboles. El papel se compone de fibras vegetales, es decir, de materia orgánica o lo que es lo mismo, de elementos que están o han estado vivos. Por este motivo, debemos aprender a valorar la importancia del papel como el resultado de un proceso de fabricación que ha tenido como consecuencia la muerte de un ser vivo, por ende, la alteración de los ecosistemas. Desafortunadamente, hemos vivido con la ilusión que la Tierra es como una gigantesca pieza de recambio que podrá sustituirse cuando se haya deteriorado definitivamente; sin embargo, los recursos naturales de nuestro entorno son limitados, vivimos como una sociedad dominada por el derroche y la cultura de usar y tirar, sin comprender que sin una adecuada protección y valoración del medio ambiente no es posible mejorar la calidad de vida ni garantías de futuro. Hoy en día, a la vista de la evolución social, industrial y ecológica, es un error no tener en cuenta cuestiones medio ambientales y de ahorro. Ya se vislumbra el grave problema que supondrá la escasez de nuestros recursos naturales debido al consumo desmedido de algunos productos manufacturados con elementos biológicos como materias primas. Es por ello que resulta urgente implementar sistemas de manejo ambiental en dependencias de gobierno. Sumar a las instituciones gubernamentales que aún no contemplan con esas disposiciones es una tarea que debemos integrar de manera pronta, pero, sobre todo, efectiva. De acuerdo a las estimaciones de la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional, por cada tonelada de papel reciclado producido se evita talar 15 árboles, consumir 12 mil kilowatts/ hora, utilizar 500 metros cúbicos de agua y emitir 30 kilogramos de partículas contaminantes a la atmósfera. Tomando en cuenta que dicha estimación es preocupante, en el Congreso del Estado de Veracruz cada oficina de los 50 diputados consume un promedio mensual de 20 kilogramos de papel bond. Considerando sólo el consumo de ese recurso estaríamos hablando de mil kilogramos mensuales de papel sólo en el área de diputados, omitiendo todas las demás áreas que convergen dentro de este recinto. Haciendo números, el Congreso del Estado de Veracruz estaría consumiendo al año un promedio de 12 toneladas de papel. De estas 12 toneladas de papel generadas, el 40% podría ser aprovechado cuando cumpla con características para su reciclaje, sin contar el papel periódico que llega diariamente y del cual pocas oficinas consultan, así como archivo muerto. Considerando la recuperación del 40% del papel para reciclar se podría evitar la tala de 72 árboles, rescatar 720 metros cuadrados de bosque, evitar la emisión de 144 kilogramos de partículas a la atmósfera, consumir y contaminar 2,400 metros cúbicos de agua, consumir poco más de 57,600 kilowatts/hora de energía eléctrica y 9.6 metros cúbicos de espacios en los basureros o tiraderos a cielo abierto. 214

234 Compañeros diputados. El papel es un recurso consumible de una vida útil cortísima, por lo que su uso debe ser responsable. Al utilizar el papel aprovechamos parte de la riqueza viva del planeta y si no la cuidamos, corremos el riesgo de perderla. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presento a consideración de la Diputación Permanente el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Primero. Se determine lo conducente para que la Secretaría General de esta Soberanía establezca los lineamientos y estrategias para fomentar el manejo adecuado del uso de papel o sustitución del mismo en un 70% a través de Internet. Segundo. Se exhorta al Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a implementar los lineamientos y estrategias para fomentar el manejo adecuado del uso de papel. Atentamente En Xalapa de Veracruz, a 26 de marzo de 2009 Diputado Marco Antonio Núñez López Es cuanto, diputado presidente. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO CIRILO VÁZQUEZ PARISSI, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, REFERENTE A LA ACTUACIÓN DEL SECTOR SALUD EN EL ESTADO DE VERACRUZ Para el desahogo del siguiente punto de la orden del día, tiene el uso de la voz el diputado Cirilo Vázquez Parissi, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con relación a su anteproyecto de punto de acuerdo referente a la actuación del sector salud en el Estado de Veracruz. - EL C. DIP. CIRILO VÁZQUEZ PARISSI: Negligencia médica es un acto u omisión por parte de un proveedor de asistencia médica que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica y que causa alguna lesión directa o indirectamente al paciente. En pocas palabras, la negligencia médica son los daños físicos causados al paciente por cuidados médicos erróneos e imprecisos. Llevan consigo responsabilidad tanto civil como penal y en los casos de médicos que trabajan para una institución pública, la responsabilidad puede ser, también, administrativa. Si lo hubiéramos atendido ocho horas antes le hubiéramos salvado la manita. Esto es lo que responde un doctor después de dos días de que una niña de dos años que se llama Denisse Mansur Ramos, de Sayula, estuvo esperando a que se le atendiera porque el médico responsable de atenderla no estaba. El médico en turno no estaba. Pues, qué sinvergüenzada es esto? Cómo podemos jugar con la salud de un niño de dos años, si necesita apoyo y necesita atención médica inmediata. Por qué no se le atiende a un niño de dos años cuando necesita esa atención médica? No se nos hace que esto es una negligencia médica y que ésta es falta de atención médica y falta de responsabilidad y de sensibilidad humana? Por supuesto que la es. Llevaba dos días esta familia esperando a que se le atendiera. El angiólogo, que debería estar en guardia, nunca estuvo y qué pasó? Los directivos del hospital se hacían los occisos. Ninguno dio respuesta al caso. Cuando se le buscó ninguno podía atender. Cuando buscaron un especialista dijeron que no podía ese especialista operar en el hospital porque no era su hospital. De qué se trata? De dar atención médica a la gente o de hacernos oídos sordos en la realidad? Me da pena que nuestras autoridades de salud digan que los servicios son maravillosos cuando en realidad son pésimos. Estuve dos días seguidos, dos días seguidos y había gente con otros casos que no se les atendía y los tenían ahí y qué pasaba? Te dabas cuenta que los señores estaban sentados platicando, mientras otros se estaban quejando. Había una muchacha embarazada que esperaba tres días a que la atendieran, hasta que llegué se le atendió y la gente del secretario de Salud no se dignó en ningún momento a dar respuesta al caso, por ejemplo, de la niña. 215

235 No es posible que una niña tenga que utilizar una prótesis ahorita nada más porque no se le atendió ocho horas antes, cuando llevaban dos días buscando al médico. Dos días. Ahorita, ahorita, eso es una sinvergüenzaza. Qué tal si le pasa a uno de nuestros hijos, a uno de nuestra familia? Dicen que siempre la cárcel está llena de pobres y los pobres son siempre los que sufren más. Eso no se debe hacer y hago un llamado, hago un exhorto al secretario de Salud, a que supervise la actuación correcta del Centro de Especialidades Médicas de Xalapa, así como de todos los hospitales, que se pongan a trabajar y lo hago severamente porque todos hemos sufrido eso, todos. Me tocó, también, en la sierra, cuando había una señora que tenía un bisturí aquí. Eso no se hace. Eso es negligencia médica y eso debe tener repercusiones. En segundo, se conmina al director general del Centro de Especialidades Médicas de Xalapa a que deslinde la responsabilidad correspondiente por el caso de la negligencia médica en contra de la menor Denisse Mansur Ramos. Diputado, gracias. Atentamente Cirilo Vázquez 26 de marzo de 2009 (Aplausos) Tiene el uso de la palabra el diputado Antonio Remes. - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Gracias, señor presidente. A ver niños, atiendan un momentito. Quieren ustedes mucho a sus maestras? Eso! Quieren a sus papás? Eso! Les gusta jugar? Eso! Les gusta comer? Sí. También comen choriqueso? No. Hijos, les voy a pedir un favor a los cuatro, eran cinco. Nunca metan un dedo, ni dos, ni tres, ni cuatro, en un molino, en las aspas de un molino, por qué? Porque te los tritura y te sale sangre. Señor presidente, desafortunadamente, a mí me toca el caso de quien me precedió. Efectivamente, sufre la pérdida de cuatro dedos. Yo mismo me comuniqué con el señor secretario de Salud y ya ve que en carnaval siempre es difícil encontrar a alguien. Efectivamente, como dijo Cirilo, no nos damos abasto a veces para escuchar a la gente. Cama 271, si no mal recuerdo. Clínicamente, técnicamente sólo dos dedos eran factiblemente salvados. No había un solo angiólogo, no. No teníamos siquiera el contacto con ningún angiólogo ni de Perote ni de Veracruz. Señor secretario, se le agradece mucho el gesto de aquella noche, se le agradece mucho que el señor secretario particular del gobernador me permitió llegar a usted, lo que sí, junto con el compañero que antes mencionó, días, donde hoy a nivel nacional, políticas cortesanas y sucias con el rendimiento de la medicina y de los servicios médicos, lo mismo se enferma uno en el Seguro Social, que en salubridad, que en el ISSSTE. Los que hemos tenido que cargar a nuestros hijos parece que no podemos llevar a nuestros hijos enfermos después de la doce de la noche del viernes, por qué? Porque en la planeación nacional que se tiene de servicios médicos y de medicina, hay políticas cortesanas, ruines y sucias, desgraciadamente, llegan a los estados. Qué tristeza porque en este momento una criatura de dos años no sólo pierde sus dedos, una parte de su vida se va, directamente. Al igual que quien me precedió, le pido doctor de Lila, que aparte de que ciertamente necesitamos el renglón de salud pública, la plaza, volvamos a abrir estudios con carácter de post grado. Es necesario abrir el abanico directamente para tener las especialidades médicas razonables. Necesitamos una escuela de especialidad de microcirugía, de angiología, medicina interna. 216

236 Vuelva usted la vista atrás porque usted proviene de esa generación. Cuando en el Hospital General, cierto, se daba un pago, pero había un reconocimiento a los estudios, dice bien Cirilo, cómo es posible que no tengamos más especialistas en Veracruz. Podemos hacerlo, usted es un hombre inteligente que nos está escuchando y ciertamente su equipo cargará esta responsabilidad civil e incluso podría ser penal, pero le queda la otra parte, la parte rectora que a usted le ha permitido llegar hasta donde está. Veracruz necesita un reconocimiento no público, sino nacional. Hemos sido señalados como la última escuela de medicina en tener reconocimiento. La escuela que mi padre y mis tíos fundaron para dar grandes médicos, para que aquél que se enfermara tuviera toda la semana el gusto, no, el momento de tener que enfermarse y tener que ir a buscar al doctor, al especialista a su casa, donde nunca, nunca se le negó nada a nadie. Hoy el especialista es un bribón, es un cortesano, es un mentiroso, es alguien que se esconde detrás de una sociedad pública y civil para vender medicinas. Esos cortesanos que vienen del Distrito Federal pagarán tarde o temprano la amputación social de esta vida. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO DEL DIPUTADO ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, EN RELACIÓN AL AUMENTO DE LOS SALARIOS DEL PERSONAL EN GENERAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO Continuamos con el anteproyecto de punto de acuerdo en relación al aumento de los salarios del personal en general de la Procuraduría General de Justicia del Estado, por lo que tiene el uso de la palabra su autor el diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional. - EL C. DIP. ANTONIO DE JESÚS REMES OJEDA: Muchas gracias, señor presidente. Diputado Fernando González Arroyo Presidente de la Diputación Permanente de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Presente El que suscribe, ciudadano diputado Antonio de Jesús Remes Ojeda, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente pronunciamiento con anteproyecto de punto de acuerdo, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES Este anteproyecto con punto de acuerdo viene a ser una continuación del anterior que expuse en esta misma tribuna, cuando hablábamos de los emolumentos de nuestros compañeros. Se hizo referencia a la carga, también, del trabajo, a los oficiales, secretarias de las agencias del Ministerio Público, así como las famosas hojas con códigos y barras de seguridad y que hasta este momento, por cierto, estoy esperando su aprobación. Hoy, sin embargo, expongo otro problema que, sin duda, tiene la misma o tal vez mayor importancia para esa institución. Me referiré a los salarios de los integrantes del Ministerio Público, una institución que jurídicamente es de buena fe, pero que en estos momentos, para asignarles un buen salario a estos empleados, la buena fe quedó para mejor ocasión y es que no podemos concebir que un Ministerio Público mal pagado, hace apenas pocos años la procuraduría estaba mejor pagada que el Poder Judicial del Estado. Para ser más exacto, allá por los años entre 1996 al De ahí a la fecha, los aumentos salariales del Poder Judicial del Estado han sido más sustanciosos que los de la Procuraduría. Seguramente, malos manejos por parte de las personas encargadas de administrar el dinero en esa dependencia. Parece que fue más importante cambiarle el nombre al cargo de oficial mayor al de director administrativo, que plantear programas y estrategias para mejorar los sueldos tanto a agentes del Ministerio Público, oficia- 217

237 les, secretarios, personal administrativo, peritos y policías. Miren nada más, desde 1999 un agente del Ministerio Público, investigador o adscrito, gana 15 mil pesos mensuales, sin descuento de impuestos. Un oficial secretario de ocho mil a diez mil. Este sueldo es vigente desde hace diez años. No hablan más de esa dependencia que se ha gastado en todo menos en su personal, lo que, sin duda, refleja un desinterés de los procuradores que han pasado desde esa fecha y para ser más específicos, Pericles Namorado Urrutia, hoy finado, en paz descanse, el maestro en ciencias Emeterio López Márquez y actualmente Salvador Mikel Rivera, así como de los directores administrativos Alejandro Dávila Vera, Cirilo Rincón Aguilar, Arturo Soberanes Sheppard y Alfredo León Maza. Como ven, conozco la Procuraduría General de Justicia como la palma de mi mano ya que estuve en la anterior comisión, llamada de Procuración y Seguridad, hoy en día dividida, pero que ello no ha sido obstáculo para dejar de estar pendiente de esa institución que, sin duda, como lo he dicho, refleja serias inconsistencias financieras y es que basta leer los principales periódicos y espacios electrónicos de que existen serias inconformidades por parte de sus integrantes y es que no es posible que la tercera dependencia que más dinero recibe en este Estado, aunado al presupuesto federal, que es, sin duda, muy generoso con Veracruz, ya que este Estado es de sus consentidos al otorgar el tercer más alto presupuesto para seguridad, abarcando todo lo que es procuración de justicia, o sea, ministerios públicos, estén tan mal y eso, si a esto le sumamos que actualmente el 60% de los agentes del Ministerio Público municipales y algunos secretarios son pagados por los ayuntamientos, generando con ello compromisos, aunado a que en otros lugares los síndicos fungen como agentes del Ministerio Público. Por cierto, en este punto quiero aprovechar la ocasión para exhortar a mi compañero Leopoldo Torres que dictamine esta iniciativa de Acción Nacional, con lo que queda demostrado que aparte de las ineficiencias financieras de esta institución, en su mayoría priístas, qué lástima que mi compañero Sergio Vaca, precisamente el presidente de la Comisión de Procuración de Justicia no se encuentre, ya que seguramente le entraría gustoso a este tema y miren que es especialista en detectar malos manejos financieros como lo ocurrido en Cardel. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 33 fracción IV y 38 de la Constitución Política del Estado, el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y los artículos 8 fracción XI y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente: ANTEPROYECTO DE PUNTO DE ACUERDO Se exhorta al procurador general de Justicia, licenciado Salvador Mikel Rivera, para que realice los trámites correspondientes para que a la brevedad se les suban los salarios a todo el personal de la Procuraduría, incluyendo personal administrativo. Atentamente Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 26 de marzo de 2009 Antes de retirarme, señor presidente, con mucho respeto, dado que las familias del norte de Veracruz, de Papantla, le piden a la Judicatura poner mucha atención a los jueces en el caso del señor Basilio Picazzo. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias. Túrnese el anteproyecto que nos ocupa a la Junta de Coordinación Política, para los efectos procedentes. PROPUESTA DE CONVOCATORIA AL TERCER PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Conforme al orden del día, solicito al diputado secretario dé lectura a la propuesta de convocatoria al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. - EL C. SECRETARIO: La Diputación Permanente de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 29 fracción I y 41 fracción I de la Constitución Política del Estado, 9 fracción I y

238 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y en nombre del pueblo expide la siguiente: CONVOCATORIA Primero. Se convoca a la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional, cuya apertura tendrá lugar el día 30 de marzo del año 2009 a las 11:00 horas. Segundo. La LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en este periodo de sesiones extraordinarias exclusivamente se ocupará de los siguientes asuntos: Primero. De la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, dictamen con proyecto de Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Segundo. De las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, de Equidad, Género y Familia y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, dictamen con proyecto de Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de Código Hacendario para el Municipio de Orizaba, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Cuarto. De la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Quinto. De la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesca y Alimentación, dictamen con proyecto de decreto por el que se autoriza al ayuntamiento de Acayucan, representado por el presidente municipal, para que los agentes municipales de las comunidades de Quiamoloapan y Esperanza Malota, visen ganado. Sexto. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso de Inversión, Fuente de Pago y Administración de los Ingresos Derivados del Fideicomiso Bursátil del Impuesto sobre Tenencia o Uso Vehicular, a realizar la inclusión en la cartera de proyectos de inversiones públicas productivas de ejecución multianual y la liberación de los recursos solicitados por la Secretaría de Comunicaciones del Estado por la cantidad de treinta y nueve millones de pesos, que serán asignados para el pago de la construcción del camino vecinal Tilapan-Lauchapan del kilómetro al kilómetro , en el municipio de San Andrés Tuxtla. Séptimo. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar a título gratuito un inmueble de propiedad estatal del predio denominado Olmo Viejo, ubicado en el fraccionamiento Linda Vista-Las Ánimas, de la ciudad de Xalapa, a favor de la Universidad Veracruzana, para la ampliación de las instalaciones de la Unidad de Investigaciones. Octavo. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Zentla y Cosamaloapan a contratar un crédito con BANOBRAS, y Noveno. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a enajenar a título gratuito a favor de la Universidad Veracruzana el inmueble denominado Casa de Artesanías, ubicado en la calle Belisario Domínguez número 25 de la ciudad de Xalapa. Tercero. Notifíquese esta convocatoria a los titulares de los poderes Ejecutivo y Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dada en la sala de sesiones Venustiano Carranza de la Diputación Permanente de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 26 días del mes de marzo del año Diputado Fernando González Arroyo Diputado Presidente (Rúbrica) 219

239 Diputado Hugo Alberto Vásquez Zárate Diputado Secretario (Rúbrica) Es cuanto, diputado presidente. Pregunto a la asamblea si es de aprobarse en sus términos la propuesta de convocatoria. Los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (La asamblea asiente) Aprobada en sus términos la convocatoria. - EL C. SECRETARIO: Diputado presidente, informo que se han agotado los asuntos listados en el orden del día. Es cuanto, diputado presidente. Antes de dar por terminada la sesión, agradecemos a los niños del jardín de niños, que el día de hoy nos visitaron, su amable presencia, a sus maestros y a sus madres de familia. Habiéndose agotado los asuntos listados en el orden del día, se levanta la sesión ordinaria. TIMBRE 220

240 El Diario de los Debates correspondiente al Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, fue editado por el Departamento del Diario de los Debates de la LXI Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave. Avenida Encanto esquina Lázaro Cárdenas, C.P , Col. El Mirador, Xalapa-Enríquez, Veracruz, marzo del año El tiraje consta de 15 ejemplares 221

241 222

242 LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE D IPUTACIÓN P ERMANENTE Dip. Fernando González Arroyo Presidente Dip. Manuel Bernal Rivera Vicepresidente Dip. Hugo Alberto Vásquez Zárate Secretario V OCALES Dip. Leopoldo Torres García Dip. Dalia Edith Pérez Castañeda Dip. Julio Hernández Ramírez Dip. Mario González Figueroa Dip. Joel Alejandro Cebada Bernal Dip. Marco Antonio Núñez López Dip. María de los Ángeles Sahagún Morales J UNTA DE C OORDINACIÓN P OLÍTICA Dip. Héctor Yunes Landa Coordinador del Grupo Legislativo del PRI Presidente Dip. Víctor Alejandro Vázquez Cuevas Coordinador del Grupo Legislativo del PAN Dip. Fredy Ayala González Coordinador del Grupo Legislativo del PRD Dip. Eusebio Alfredo Tress Jiménez Partido Convergencia Dip. Julio Chávez Hernández Partido del Trabajo Dip. Joel Arcos Roldán Dip. Martín Becerra González Dip. Elías Benítez Hernández Dip. Jesús Cuauhtémoc Cienfuegos Meraz Dip. Tito Delfín Cano Dip. Saúl Enríquez Hernández Dip. Balfrén González Montalvo Dip. Margarita Guillaumín Romero Dip. Gonzalo Guízar Valladares Dip. Joaquín Rosendo Guzmán Avilés Dip. Erick Alejandro Lagos Hernández Dip. José de Jesús Mancha Alarcón Dip. Clara Celina Medina Sagahón Dip. Alba Leonila Méndez Herrera Dip. Jorge Morales Trinidad Dip. Carlos Nolasco Vázquez Dip. Claudia Nayeli Olivares Mata Dip. Raúl Pazzi Sequera Dip. Ángela María Perera Gutiérrez Dip. Antonio de Jesús Remes Ojeda Dip. Celestino Rivera Hernández Dip. Marilda Elisa Rodríguez Aguirre Dip. Dalos Ulises Rodríguez Vargas Dip. Manuel Rosendo Pelayo Dip. Tomás Rubio Martínez Dip. José Ricardo Ruiz Carmona Dip. Elvia Ruiz Cesáreo Dip. Federico Salomón Molina Dip. María Bernardina Tequiliquihua Ajactle Dip. Renato Tronco Gómez Dip. José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón Dip. Cirilo Vázquez Parissi Dip. Cecilio Viveros Huesca Dip. Raúl Zarrabal Ferat Dip. Manuel Laborde Cruz Partido Revolucionario Veracruzano 223

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