REGLAMENTO INTERNO DE VISITAS INDUSTRIALES LOCALES Y FORÁNEAS DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN PLAN POR COMPETENCIAS
|
|
- Paula Agüero Díaz
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO INTERNO DE VISITAS INDUSTRIALES LOCALES Y FORÁNEAS DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN PLAN POR COMPETENCIAS Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto fijar las políticas, lineamientos, procedimientos y requisitos que deberán observar los funcionarios, docentes y alumnos del Tecnológico de Estudios Superiores de Chimalhuacán en lo sucesivo TESCHI, para la realización de las Visitas Industriales locales y foráneas. Artículo 2. Se entiende por Visitas Industriales a todas aquellas actividades extracurriculares que se realizan fuera del aula en diversas empresas e instituciones relacionadas con la industria en general y que brindan la oportunidad a los alumnos de vivir la experiencia del entorno real de su profesión y así coadyuvar en sus conocimientos y habilidades adquiridas. Artículo 3. Las Visitas Industriales tienen los siguientes objetivos: I. Enriquecer y consolidar los conocimientos teóricos-prácticos que el alumno haya adquirido en las instalaciones del TESCHI; II. Que el alumno conozca e identifique en forma real los procesos sustantivos analizados en su formación académica en el contexto del ejercicio profesional; y III. Permitir que el alumno se vincule en áreas afines a la Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería en Sistemas Computacionales, Ingeniería en Animación Digital y Efectos Visuales, Ingeniería Química, así como en las Licenciaturas en Administración y Gastronomía, mediante la conjunción de la visión teórica y la práctica. IV. Establecer el Procedimiento para la programación de visitas Industriales Versión 1.0 de los estudiantes en los planes y programas de estudio 2010 con un enfoque por competencias profesionales. Capítulo II De los Órganos Responsables de la operación De las Visitas Industriales Artículo 4. Los Órganos del TESCHI, responsables de la coordinación y funcionamiento de las Visitas Industriales son: a. La Dirección; b. La Subdirección Académica; c. Las Jefaturas de Carrera; d. El Departamento de Vinculación; y e. El Departamento de Recursos Humanos y Financieros Artículo 5. Es competencia de la Dirección, vigilar el cumplimiento de las políticas, lineamientos, procedimientos y requisitos contemplados en este Reglamento. Artículo 6. Corresponde a la Subdirección Académica la promoción, autorización, evaluación y desarrollo de las Visitas Industriales propuestas. Artículo 7. Corresponde a las Jefaturas de Carrera, en el ámbito de sus competencias, el instrumentar y coordinar el desarrollo y culminación adecuada de las Visitas Industriales previamente autorizadas. Artículo 8. Es responsabilidad del Departamento de Vinculación: I. Proporcionar el apoyo logístico necesario para la promoción, planeación y desarrollo de las Visitas Industriales, lo anterior en coordinación con las Jefaturas de Carrera; CJ-013-R-AGOSTO
2 II. Promover los canales de comunicación necesarios que permitan que el TESCHI se vincule con las empresas o instituciones que, en su caso, puedan brindar la oportunidad de llevar a cabo las Visitas Industriales dentro de sus instalaciones; III. Establecer las relaciones necesarias con aquellos prestadores de servicios (de transporte terrestre y hospedaje), que cumplan con las políticas y lineamientos de la Institución, a efecto de hacer del conocimiento del Departamento de Servicios Administrativos, las diferentes opciones, que se les presenten. IV. Evaluar las condiciones de seguridad de aquellas instituciones o empresas a donde se pretenda efectuar la Visita Industrial. Lo anterior con base en el informe que presente sobre el status de seguridad el profesor responsable, previamente designado por la Jefatura de Carrera correspondiente; V. Recibir, estudiar y en su caso, emitir en coordinación con la Jefatura de Carrera correspondiente un Dictamen de Procedencia, previo a la autorización, y verificar que las solicitudes de las Visitas Industriales cumplan con los requisitos y condiciones que señala el presente Reglamento; VI. Realizar los trámites relativos a la requisición y el pago de la prima del Seguro que cubre a los Alumnos y al Personal Académico y Administrativo durante los Viajes de Trabajo y Prácticas de Campo, canalizando la documentación para el pago correspondiente al Departamento de Servicios Administrativos; y VII. Comunicar con la debida antelación a las partes involucradas, de la Cancelación, que en su caso, se haga por parte de las instituciones o empresas de la Visita Industrial programada. Capítulo III De las Instituciones y/o Empresas Artículo 9. La realización de las Visitas Industriales, quedará sujeta a las condiciones y requisitos que las instituciones o empresas señalen, entre las que destacan: I. La aceptación o negativa que, por escrito, haga para efectuar la Visita Industrial a sus instalaciones; II. La fecha y hora que ellos determinen; III. El programa de actividades y la designación de un elemento de su personal que supervise el desarrollo de la Visita Industrial, mismo que se coordinará, para tal efecto, con el docente responsable nombrado por el TESCHI; IV. El reglamento interno de la propia institución o empresa, así como las medidas de higiene y seguridad a observarse durante la misma, y V. La cancelación, en su caso, de la Visita Industrial por necesidades de la institución o empresa a visitar. Capítulo IV Requisitos y Condiciones para las Visitas Industriales Artículo 10. Podrán asistir a las Visitas Industriales, todos los alumnos que cumplan con las disposiciones del presente Reglamento y que además reúnan los siguientes requisitos: a. Estar inscritos en el periodo lectivo correspondiente. b. Estar cursando cualquier semestre de las carreras que imparte el TESCHI, CJ-013-R-AGOSTO
3 c. Es obligatorio, sin excepción alguna, contar con seguro facultativo y el seguro que cubre a los alumnos y al personal académico y administrativo durante los viajes de trabajo y prácticas de campo, que corresponda; y. d. Cumplir con los requisitos preestablecidos por las Empresas Artículo 11. Para que las Visitas Industriales locales o foráneas puedan ser autorizadas dentro del programa de actividades docentes del profesor, es condición indispensable, que las solicitudes respectivas se entreguen durante los primeros quince días del inicio del semestre lectivo y que se relacionen e incluyan dentro de los planes y programas de estudios de la Institución. Es en razón de lo anterior que la asistencia a las Visitas Industriales siempre será obligatoria y consecuentemente repercutirá en la evaluación correspondiente. Artículo 12. Las autoridades del TESCHI responsables de la coordinación e implementación de las Visitas Industriales, vigilarán que no se autoricen visitas que impliquen: a. Interferir con las actividades de otras asignaturas o materias, sin acuerdo previo con los docentes y alumnos involucrados; b. Que se efectúen en períodos de exámenes o durante la última semana del semestre que corresponda; c. Que se condicione la asistencia a la obtención de más de tres puntos extras en la evaluación continua; d. Que se realicen en períodos vacacionales; salvo acuerdo de las partes y por necesidades del cumplimiento de la carga académica; e. Traslados antes de las 6:00 hrs. ó después de las 22:00 hrs., salvo en casos necesarios debidamente comprobados por el docente responsable; y f. Estancias en playas, balnearios, bares y discoteques salvo autorización expresa de la Dirección, en los dos primeros casos. Capítulo V Del Procedimiento de Autorización Artículo 13. Con la debida antelación y previo al inicio de un semestre, los docentes presentarán a la Subdirección Académica, mediante el formato Propuesta de Visitas Industriales las propuestas de aquellas instituciones y/o empresas a visitar, esta valorará la viabilidad de la misma y, en su caso, solicitará al Departamento de Vinculación, establezca la comunicación necesaria para realizar las gestiones de autorización correspondiente, por lo que el docente deberá anexar solicitud conteniendo: a. Programa de trabajo y actividades académicas a realizar; b. Grupo o grupos que asistirán; c. Asignatura a la que corresponde la Visita Industrial; d. Objetivos generales y particulares, así como la justificación de la Visita Industrial; y e. Lugar de la Visita Industrial. Artículo 14. El Departamento de Vinculación, en coordinación con la Jefatura de Carrera correspondiente, elaborará de manera conjunta el Dictamen de Procedencia que atienda a la solicitud, en un plazo no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la petición. En el caso de que proceda la solicitud, deberá contar con la autorización de la Subdirección Académica, el Departamento de Vinculación llevará a cabo las gestiones necesarias para establecer contacto y coordinarse con las instituciones o empresas propuestas a visitar. Sí la visita industrial es autorizada por la institución o empresa, el Departamento de Vinculación, informará lo conducente a la Subdirección Académica para que esta, a través de la Jefatura de Carrera correspondiente, nombre al profesor responsable de coordinar dicha visita, mismo que deberá entregar, dentro de los 7 días hábiles siguientes a la notificación, lo siguiente: CJ-013-R-AGOSTO
4 a. Lista de los alumnos participantes con su número de cuenta, teléfono y domicilio, así como la carta compromiso mediante la cual los alumnos manifiestan que se hacen responsables de observar la Legislación del Tecnológico, así como guardar el orden y la disciplina y conducirse con respeto durante la Visita Industrial; b. El importe que corresponda al pago del Seguro que Cubre a los Alumnos y al Personal Académico y Administrativo durante los Viajes de Trabajo y Prácticas de Campo, por cada miembro del TESCHI que asista a la Visita; y c. Plan de Emergencia, en términos de lo dispuesto en el inciso f del artículo 22 de este Reglamento. Artículo 15. A más tardar ocho días hábiles antes de la fecha programada para la Visita Industrial, la Subdirección Académica recibirá del Departamento de Vinculación el oficio de Autorización, mismo que contendrá la lista definitiva de los alumnos que llevaran a cabo la Visita. El Departamento de Vinculación entregará a la Jefatura de Carrera correspondiente, quien a su vez entregará al profesor responsable la siguiente información: a. Reglamento interno, requisitos y programa de la institución o empresa a visitar. b. Carta de presentación y de Agradecimiento del TESCHI debidamente firmadas por el Director, dirigida a la institución o empresa, a visitar, c. La información de los seguros contratados y los números telefónicos de las dependencias universitarias a las que puede recurrir en caso de contingencia. Artículo 16. En caso de que alguna empresa o institución contactada por el Departamento de Vinculación cancele la visita, se notificará por escrito inmediatamente. Capítulo VI Del Transporte en las Visitas Industriales Artículo 17. La contratación del transporte y de los servicios de hospedaje, en su caso, deberán ser hechos directamente por el Departamento de Servicios Administrativos, mismo que se encargara de cubrir los gastos generados por este concepto. Artículo 18. El docente responsable conjuntamente con la comisión de alumnos, verificará que el transporte contratado cuente con: a. Herramientas, señalamientos y refacciones necesarias; b. Un botiquín de primeros auxilios y extintor; c. Un chofer suplente cuando se trate de trayectos de más de ocho horas; d. La cobertura del seguro de viajero correspondiente; y e. Que la unidad sea modelo 2000 en adelante. Artículo 19. El docente responsable tiene la obligación de respetar los tiempos y horarios convenidos en el uso del transporte, previamente establecidos en el itinerario para cada caso. Artículo 20. El docente responsable vigilará que no se ocupen lugares en el pasillo del autobús, por lo que los alumnos no deberán viajar de pie ni se improvisarán asientos, ni más de una persona ocupará un asiento. Tampoco podrán viajar terceros extraños a la institución, salvo autorización expresa de la Subdirección Académica. Cuando se contrate más de un autobús, cada uno deberá contar cuando menos con un docente responsable a bordo. Capítulo VII Obligaciones De los Participantes en las Visitas Industriales Artículo 21. Durante el desarrollo de la Visita Industrial, los alumnos y docentes tienen las siguientes obligaciones: CJ-013-R-AGOSTO
5 a. Llevar consigo una credencial o documento vigente que lo acredite como estudiante o docente del Tecnológico; b. Asistir puntualmente a las instalaciones del TESHI o al punto de reunión para la realización de la Visita Industrial; c. Cumplir con los reglamentos de seguridad de la Institución o Empresa a visitar, a fin de evitar accidentes y daños o perjuicios al material, equipo, maquinaria y/o a las instalaciones; d. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, consumir estupefacientes o psicotrópicos, o cualquier otro tipo de droga o enervante; y e. Abstenerse de causar molestias y daños a las instalaciones de los hoteles o áreas donde se hospeden. Artículo 22. Son obligaciones de los docentes responsables: a. Tramitar ante el Departamento de Vinculación la solicitud de la Visita Industrial, previamente autorizada por la Jefatura de Carrera correspondiente; b. Recabar los formatos de corresponsales de visitas industriales mismos que deberán ir sellados y foliados por la Jefatura de carrera correspondiente; c. Programar la salida y llegada de las Visitas Industriales en las instalaciones del TESCHI; salvo que la Jefatura de Carrera Correspondiente autorice la cita de los alumnos en otro punto, en cuyo caso queda bajo la responsabilidad de los alumnos el medio de transporte que utilicen; d. Conocer y comunicar a los alumnos las sanciones a las que se harán acreedores en caso de incurrir en faltas durante la Visita Industrial; e. Informar a los alumnos de los posibles riesgos o eventualidades que pudieran presentarse antes, durante y después de la visita; f. Elaborar un plan de acción de emergencia que será revisado y avalado por la Subdirección Académica, el cual deberá contener cuando menos: a) Un registro de los alumnos con sus datos generales, antecedentes clínicos (tipo de sangre, alergias, cirugías, estado de salud en general) b) números telefónicos y nombres de las personas que pueden ser notificadas en caso de emergencia; c) Números telefónicos de auxilio; d) Localización de los servicios médicos del lugar donde se efectuará la Visita Industrial; e) Rutas de evacuación en la institución o empresa a visitar, y cuidar en todo momento que los alumnos no realicen actividades que pongan en riesgo su integridad física, como nadar en ríos, presas, asistir a playas o balnearios, etc; g. En caso de que alguna empresa o institución cancele la visita, el docente se compromete a notificar al Departamento de Vinculación la cancelación inmediatamente; h. Asesorar a los alumnos para la solución de los problemas que lleguen a afectar el desarrollo de la Visita Industrial; i. Recabar el pago del Seguro que cubre a los Alumnos y al Personal Académico y Administrativo durante los Viajes de Trabajo y Prácticas de Campo; j. Supervisar que los alumnos porten identificación oficial, con el fin de mostrarla cuando la empresa o Institución lo requiera para tener acceso a sus instalaciones; y k. Que el transporte donde viajan, no se quede parado más tiempo del necesario en lugares donde pudiera haber riesgo, y sin excepción, queda prohibido pernoctar en el vehículo. Artículo 23. Son obligaciones de los docentes responsables en el desarrollo de las Visitas Industriales las siguientes: a. Entregar a la Jefatura de Carrera correspondiente y al Departamento de Vinculación itinerario de viaje con lugar, fecha y hora de salida, así como lugar, fecha y hora de llegada; b. Tener la información general del o los transportes, empresa, número de placas, seguros de vida y del plan de acción de emergencia a que alude el inciso f del artículo 13 del presente Reglamento; c. Viajar en el mismo transporte que los alumnos; d. Contar con teléfono celular o radio que le permitan comunicación en caso de emergencia; e. Cuidar de la seguridad y del buen comportamiento del grupo en general, y f. Cumplir con los objetivos propuestos. Capítulo VIII De los Informes o Reportes al Concluir la Visita Industrial CJ-013-R-AGOSTO
6 Artículo 24. En un plazo no mayor de 3 días hábiles después de realizada la Visita Industrial, el docente responsable deberá entregar un informe o reporte por escrito a la Jefatura de Carrera correspondiente quien a su vez hará llegar a la Subdirección Académica, quien evaluará el logro de los objetivos e informará de la conclusión por resultados a la Dirección. El informe quedará como antecedente para futuras autorizaciones al docente, para tal efecto, se anexará copia de la evaluación al expediente de los docentes y estudiantes participantes. Capítulo IX De las Causas de Suspensión Artículo 25. Se consideran causas de suspensión de las Visitas Industriales: a. En caso de no presentarse el docente responsable; b. Por condiciones climatológicas adversas, y c. Cuando ocurra un accidente, en cuyo caso se justificará el regreso anticipado. Artículo 26. El docente podrá suspender y separar a cualquier alumno de la Visita industrial cuando éste cometa faltas graves tales como daños en propiedad ajena, desobediencia reiterada, agresiones físicas, ingestión de bebidas alcohólicas, drogas o cualquier conducta impropia de un estudiante del TESCHI, debiendo informar de inmediato a la Subdirección Académica para que inicie el procedimiento de aplicación del Reglamento respectivo. Artículo 27. Se fincará responsabilidad a los alumnos que incurran en actos contrarios a la disciplina del Tecnológico en términos de lo dispuesto por el Reglamento para Alumnos, independientemente de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de sus actos. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Reglamento a través del medio de publicación interna del TESCHI. SEGUNDO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación y deberá ser fijado en un lugar visible dentro del TESCHI, para su debida difusión entre la comunidad estudiantil. TERSERO.-Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán analizadas por el Comité Académico del Tecnológico y presentadas como recomendaciones al Director General para su autorización. Aprobado por la Junta Directiva en su Octogésima Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el 03 de diciembre. de M.EN A. JORGE ELEAZAR GARCÍA MARTÍNEZ DIRECTOR DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN Y SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA CJ-013-R-AGOSTO
Artículo 3º. Las Visitas Industriales tienen los siguientes objetivos:
Reglamento Interno de Visitas Industriales Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1º. El presente Reglamento tiene por objeto fijar los requisitos y las condiciones que deberán observar los funcionarios,
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE VISITAS INDUSTRIALES POR PARTE DE ALUMNOS, DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO
Reglamento Interno para Visitas a Empresas. (Rev. 5) De las sanciones. Enero 2017
De las sanciones Cualquier infracción al presente reglamento será sancionada por las autoridades del Instituto de acuerdo con la gravedad de la falta. Reglamento Interno para Visitas a Empresas Carretera
NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO FUERA DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO FUERA DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA CAMPUS DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y AGROPECUARIAS FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO
REGLAMENTO DE LA PRÁCTICA FORÁNEA. Fundamento:
REGLAMENTO DE LA PRÁCTICA FORÁNEA Fundamento: Sesión Ordinaria del H. Consejo Técnico Con el propósito de establecer los procedimientos y requisitos que regulen las Prácticas Foráneas que realicen los
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA APROBADA SU MODIFICACIÓN POR EL H. CONSEJO TÉCNICO EL 3 DE ABRIL DE 2006 ÍNDICE PÁGINA CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS DE CAMPO QUE SE REALIZAN EN LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA Con fundamento en lo dispuesto en los Lineamientos Generales para la realización de las prácticas de campo en la Universidad
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. El presente Reglamento tiene por objeto fijar los requisitos y las condiciones que
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. El presente Reglamento tiene por objeto fijar los requisitos y las condiciones que
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. El presente Reglamento tiene por objeto fijar los requisitos y las condiciones que
REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICAS ESCOLARES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNAM
REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICAS ESCOLARES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNAM CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El objeto del presente reglamento es el de normar las prácticas escolares
CRITERIOS PARA APOYAR PRÁCTICAS DE CAMPO
APROBADO POR EL H. CONSEJO TÉCNICO EL 20 DE AGOSTO DE 2004 CRITERIOS PARA APOYAR PRÁCTICAS DE CAMPO C o n t e n i d o Objetivos Académicos Requisitos Destinos y Duración de la Prácticas Evaluación de las
Instituto de Geología, UNAM
Instituto de Geología, UNAM REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO Y TRABAJO DE CAMPO EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y TESIS DE ESTUDIANTES DE LICENCIATURA Y POSGRADO DEL INSTITUTO
Artículo 2. El presente Reglamento, elaborado por la Comisión Local de Seguridad y aprobado por su Consejo Interno, deberá ser revisado anualmente.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO PENINSULAR EN HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE CAMPO 1. FUNDAMENTO Con el propósito de disminuir
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO I. DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente Reglamento tiene
REGLAMENTO DE VISITAS A EMPRESAS. Instituto Tecnológico de Boca del Río
REGLAMENTO DE VISITAS A EMPRESAS Instituto Tecnológico de Boca del Río Índice CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES... 2 CAPÍTULO II.- DE LAS VISITAS... 2 CAPÍTULO III.- DE LA DURACIÓN... 3 CAPÍTULO IV.-
Con base en las consideraciones anteriores, la Comisión Especial de Seguridad del Consejo Universitario emite los siguientes:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1 o y 16, fracciones I, III, IV, VI, XI y XIII del Reglamento de la Comisión Especial de Seguridad del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ESCOLARES Y VISITAS GUIADAS DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ESCOLARES Y VISITAS GUIADAS DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA. CONSIDERANDO QUE: La Escuela Nacional Preparatoria es una de las instituciones a través de la cual la Universidad
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN U.N.A.M.
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN U.N.A.M. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO PARA LA CARRERA DE LICENCIADO EN INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN Cuautitlán Izcalli, Estado
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
POR: ING. MARTHA ROSELIA VILLAVICENCIO RIVERA Representante Propietario de los Administrativos y Miembro de las Comisiones Especiales de Seguridad y Equidad de Género dentro del Consejo Universitario de
LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE CAMPO DEL INSTITUTO DE ASTRONOMIA, UNAM.
LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE CAMPO DEL INSTITUTO DE ASTRONOMIA, UNAM. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o y 16, fracciones I, III, IV, VI, XI y XIII del Reglamento
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO REGLAMENTO INTERNO DE SALIDAS DE CAMPO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO REGLAMENTO INTERNO DE SALIDAS DE CAMPO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL CAPÍTULO I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento
ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN SESIÓN XXXIV CELEBRADA EL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRES, Y
Reglamento de Prácticas de campo Octubre 22 DE 2003 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ESCOLARES Y VISITAS GUIADAS DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ESCOLARES Y VISITAS GUIADAS DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA. CONSIDERANDO QUE: La Escuela Nacional Preparatoria es una de las instituciones a través de la cual la Universidad
Directorio UNAM FES ACATLÁN
Directorio UNAM Dr. José Narro Robles Rector Dr. Eduardo Bárzana García Secretario General Lic. Enrique del Val Blanco Secretario Administrativo Dr. Francisco José Trigo Tavera Secretario de Desarrollo
ANEXO 1 NORMATIVIDAD UNIVERSITARIA
ANEXO 1 NORMATIVIDAD UNIVERSITARIA Al realizar una práctica de campo, el profesor titular de la materia, los ayudantes de profesor (si los hubiera) y los alumnos deberán conocer las disposiciones que rigen
REGLAMENTO PARA VIAJES ACADÉMICOS
REGLAMENTO PARA VIAJES ACADÉMICOS CICLO ESCOLAR 2018-2019 1 CONTENIDOS MISIÓN, VISIÓN Y VALORES 3 Pagina CAPITULO I. Disposiciones Generales / 4 CAPITULO II. Del Docente responsable del viaje académico
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN U.N.A.M.
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN U.N.A.M. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO PARA LA CARRERA DE LICENCIADO EN INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN Cuautitlán Izcalli, Estado
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ARAGÓN CONSIDERANDO
En sesión extraordinaria del día 6 de septiembre del 2012 el H. Consejo Técnico de la Facultad de Estudios Superiores Aragón aprobó el REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO 2003 INDICE Directorio 3 Disposiciones generales 4 Definición y propósitos 4 De la Organización y procedimientos 5 De la operatividad 7 De los Participantes 8 Profesores
REGLAMENTO DE VISITAS DE OBSERVACIÓN
REGLAMENTO DE VISITAS DE OBSERVACIÓN 26 DE JULIO DE 2004 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN
Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES
Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES 2016 Licenciatura en Entrenamiento Deportivo APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SESIÓN ORDINARIA DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
Profesor responsable Es el titular de la materia y la sección correspondientes y quien organiza la salida de campo.
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Escuela de Biología Consejo de Unidad Comisión de asuntos académicos MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS SALIDAS DE CAMPO DE DOCENCIA CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
CONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I
LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO
REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE CHIAPAS
EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE CHIAPAS, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 24, DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE CHIAPAS Y 10,
REGLAMENTO DE VIAJE ACADÉMICO
REGLAMENTO DE VIAJE ACADÉMICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Se denomina viajes académicos a aquellos que se realizan fuera de Ciudad Obregón, Sonora; que duren más de 2 días, lo que requiere
CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA PRÁCTICAS PROFESIONALES Y DE CAMPO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. El presente reglamento tiene por objeto fijar los requisitos y las condiciones
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CAMPECHE FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICO BIOLÓGICAS PROGRAMA EDUCATIVO DE INGENIERO BIOQUÍMICO AMBIENTAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE LAS UNIDADES DE APRENDIZAJE DEL PE- DE INGENIERO BIOQUÍMICO Reglamento de Prácticas de Campo APROBADO en la XXV Reunión de Academia del PE-Biólogo, efectuada el día
Universidad de Colima Facultad de Ingeniería Electromecánica Reglamento de viajes de estudio
Presentación En la Universidad de Colima, directivos, profesores y personal de servicios hacemos equipo contigo y con tus padres para que cumplas con tus planes académicos con el mayor respaldo posible.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO PARA LA LICENCIATURA DE MÉDICO VETERINARIO ZOOTECNISTA Y LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN-UNAM FUNDAMENTO Con el propósito de
Universidad Autónoma de San Luis Potosí Facultad de Agronomía y Veterinaria
NORMATIVA DONDE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LAS SALIDAS A PRÁCTICAS ESCOLARES Y ACTIVIDADES EXTERNAS DE PROFESORES DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA Y VETERINARIA, UASLP DISPOSICIONES GENERALES Tiene como
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA SALIDAS PROFESIONALES Y PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento tiene como objetivo fijar los requisitos y las
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES LICENCIATURA EN ARQUITECTURA CAPÍTULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1: El presente Reglamento tiene como finalidad establecer los lineamientos para que
OBJETIVOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ASIGNATURA DE ESTADÍA PRÁCTICA DE LA LICENCIATURA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (OPCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA)
REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES Colección Documento Universitario Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales CAPÍTULO I Disposiciones Generales
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La necesidad que existe de reforzar la vinculación entre los Sectores Productivo- Educativo-Social es precisa para lograr que los Institutos Tecnológicos Descentralizados aprovechen
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Noviembre del 2012 0 REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL CONTENIDO PÁG. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1 CAPITULO II DE LAS FORMAS DE PRESTACIÓN DEL
LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE DOCENCIA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS
Página 1 de 10 LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS DE CAMPO DE DOCENCIA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las Prácticas de Campo en la Facultad de Ciencias Biológicas (FCB) de la Universidad
LINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE
LINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPITULO SEGUNDO... 4 PROCEDIMIENTO PARA EL USO
Aprobados en Sesión Número del Consejo Divisional de CBS de la Unidad Lerma, celebrada el 25 de octubre de 2017 mediante acuerdo
LINEAMIENTOS PARA REGISTRO, RENOVACIÓN TERMINACIÓN Y BAJA DE PROYECTOS DE SERVICIO SOCIAL, A REALIZARSE EN LA DIVISIÓN DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y DE LA SALUD DE LA UNIDAD LERMA. Aprobados en Sesión Número
VISITAS ESCOLARES MARZO P 08 HOJA 01 DE 29 M.C.E. GUADALUPE MARTÍNEZ DAUZON L.C.C. DELFINO JÁCOME MARTÍNEZ 4 ANOS 28 DE FEBRERO DE 2014.
HOJA 01 VISITAS ESCOLARES MARZO 2014. TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO 4 ANOS FECHA DE ELABORACIÓN 28 DE FEBRERO DE 2014. FECHA DE REVISIÓN 4 DE MARZO DE 2014. L.C.C. DELFINO JÁCOME MARTÍNEZ ELABORÓ M.C.E.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ REGLAMENTO GENERAL DE GIRAS ACADEMICAS UNIVERSITARIAS
1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ REGLAMENTO GENERAL DE GIRAS ACADEMICAS UNIVERSITARIAS El presente reglamento será de aplicación para los estudiantes, Profesores y administrativos asignados para brindar
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES D-RS Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado)
Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado) El presente reglamento tiene por objetivo establecer las bases y lineamientos generales para la prestación de las prácticas profesionales
PROCEDIMIENTO SALIDAS DE CAMPO FACULTAD DE INGENIERIA
PROCEDIMIENTO SALIDAS DE CAMPO FACULTAD DE INGENIERIA 1. APLICACIÓN: El reglamento de salidas de campo, regula el procedimiento, las obligaciones y compromisos adquiridos por la Universidad, los docentes
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR Capítulo I DEL DEPARTAMENTO Y SUS FUNCIONES Artículo 1.- Objetivos El departamento de control escolar del Centro Universitario Enrique Díaz de León, al que
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE VISITAS Y ESTADIAS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE VISITAS Y ESTADIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y señalar los lineamientos
LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN, EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DE SERVICIO SOCIAL DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS BÁSICAS E INGENIERÍA.
LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN, EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DE SERVICIO SOCIAL DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS BÁSICAS E INGENIERÍA. Aprobado en la Sesión 26 del Consejo Divisional de CBI, Unidad
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO PARA EL USO DEL TRANSPORTE UNIVERSITARIO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO PARA EL USO DEL TRANSPORTE UNIVERSITARIO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE CAPÍTULO III
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Escuela de Biología
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Escuela de Biología Reglamento para las Salidas de Campo de la Escuela de Biología, BUAP. Las salidas de campo forman parte de asignaturas del nivel básico y del
SISTEMA EDUCATIVO UNIVERSIDAD REGIONAL DEL NORTE REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o. El presente Reglamento contiene las normas que deberán observarse para la realización del Servicio Social de los estudiantes y/o pasantes de las distintas
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO EN LA ESCUELA NACIONAL DE ESTUDIOS SUPERIORES, UNIDAD MORELIA (ENES-MORELIA) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES
DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ESCOLARES EN LA ESCUELA NACIONAL DE ESTUDIOS SUPERIORES, UNIDAD MORELIA (ENES-MORELIA) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES
SECRETARÍA DE MARINA COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE MARINA COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE LA DOCUMENTACIÓN PARA EL TRÁMITE Y GESTIÓN DE LAS ADQUISICIONES,
C O N S I D E R A N D O
LINEAMIENTOS PARA VIAJES Y PASEOS RECREATIVOS EN LOS QUE PARTICIPEN LOS BENEFICIARIOS DEL PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN Y SERVICIO A JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO A
REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE RESIDENCIAS PROFESIONALES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento tiene como base establecer los lineamentos y actividades
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL REGIONAL UNIDAD OAXACA Criterios para el registro, control y seguimiento de los alumnos de servicio
REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR
REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR PROPÓSITO DEL REGLAMENTO Homologar las normas, políticas y procesos que ordenan la planeación y organización de
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Psicología Reglamento Interno de Servicio Social
CAPITULO PRIMERO Generales.- Art. 1.- El presente reglamento interno tiene por objeto establecer las bases y lineamientos generales para la realización de 480 horas de Servicio Social de los alumnos que
REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE PERITOS PROFESIONALES
REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE PERITOS PROFESIONALES Con fundamento en el artículo 37, fracción V, de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones en el Estado de Durango, así como en el artículo de
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES La realización de una práctica profesional representa una valiosa oportunidad para
Reglamento del Laboratorio de Computo Especializado
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Computo Especializado!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios...
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO Definición: Se entiende como prácticas de campo a todas aquellas actividades extra aulas que brindan la oportunidad
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES CAPÍTULO III DE LAS UNIDADES RECEPTORAS CAPÍTULO
DATOS GENERALES. Nombre del reglamento: REGLAMENTO DE ESTUDIANTES PARA VIAJES ESCOLARES Y EVENTOS EXTRAMUROS. Tabla de Contenido
DATOS GENERALES Nombre del reglamento: REGLAMENTO DE ESTUDIANTES PARA VIAJES ESCOLARES Y EVENTOS EXTRAMUROS Fecha de Elaboración: 29/10/04 Versión de Fecha: 17/05/07 N de Revisión: 2 Fecha de Revisión:
REGLAMENTO DE SERVICIO PARA PASANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PLAZAS DE VINCULACIÓN Y PROYECTOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD
REGLAMENTO DE SERVICIO PARA PASANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PLAZAS DE VINCULACIÓN Y PROYECTOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INTERACTIVA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INTERACTIVA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento tiene por objeto regular
REGLAMENTO GENERAL DE USO DE LABORATORIOS Y TALLERES 1
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE INGENIERÍA REGLAMENTO GENERAL DE USO DE LABORATORIOS Y TALLERES 1 1. OBJETIVO Y DEFINICIONES OBJETIVO El presente reglamento tiene por objeto establecer
REGLAMENTO DE VISITAS DE ESTUDIO
REGLAMENTO DE VISITAS DE ESTUDIO REGLAMENTO DE VISITAS DE ESTUDIO 1 ÍNDICE CONSIDERANDO... 2 PÁG. CAPÍTULO I... 3 DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II... 4 DE SU NATURALEZA CAPÍTULO III... 5 DE LA ORGANIZACIÓN
Índice 2. Marco legal, Exposición de Motivos y Tipos de Proyectos de Investigación..3
LINEAMIENTOS PARA REGISTRO, PRESENTACIÓN, RENOVACIÓN, TERMINACIÓN Y BAJA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, A REALIZARSE EN LA DIVISIÓN DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y DE LA SALUD DE LA UNIDAD LERMA. Aprobados en
REGLAMENTO DE VIAJES OFICIALES
Universidad de los Altos de Chiapas SC Clave: 07PSU0009X REGLAMENTO DE VIAJES OFICIALES 1 CAPÍTULO I DISPOCISIONES GENERALES Art. 1º. El Presente Reglamente es de observancia general y de carácter obligatorio
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y ESTADÍAS PARA LOS ESTUDIANTES CAPÍTULO II
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y ESTADÍAS PARA LOS ESTUDIANTES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y señalar los lineamientos a que se sujetará
EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO. A través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A
EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO A través de la Profesionales C O N V O C A Al estudiantado de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance de por lo menos
CAPITULO I CAPITULO II
LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. CLAUSTRO DE TESIS División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de
Artículo 2. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
REGLAMENTO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA Título Primero De los derechos, obligaciones y, en su caso, sanciones Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El objeto
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ÍNDICE Considerandos 2 Modalidades 2 Planeación 4 Desarrollo 6 Informe del profesor 8 Disposiciones 8 Transitorio 8 Anexo 1 Anexo
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES FACULTAD DE CIENCIAS DE LA TIERRA Y EL ESPACIO REGLAMENTO INTERNO Julio de 2012 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA REGLAMENTO INTERNO
PROCEDIMIENTO MAESTRO AUTORIZACIÓN VISITA O VIAJE CLAVE: SAL 003
PROCEDIMIENTO MAESTRO AUTORIZACIÓN VISITA O VIAJE CLAVE: SAL 003 ELABORÓ: Vicerrectoría Académica, Lic. Andrés Govela Gutiérrez APROBADO: 24 de julio de 2002 ÚLTIMA MODIFICACIÓN: 21 de noviembre de 2006
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ESCOLARES DE CAMPO
UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ESCOLARES DE CAMPO 1 DIRECTORIO C.P.C. y M.I. OSCAR ERASMO NÁVAR GARCÍA RECTOR DE LA U.J.E.D. M.I. VICENTE REYES ESPINO SECRETARIO GENERAL
COMISION MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MORELIA, MICH. REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
COMISION MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MORELIA, MICH. REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO MORELIA, MICH., DICIEMBRE DE 1997 REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento es de observancia obligatoria para la comunidad estudiantil del Tecnológico
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el lunes 20
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ÍNDICE. Capítulo I. Disposiciones Generales 2. Capítulo II. Delas prácticas de campo 2
1 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DE CAMPO ÍNDICE Capítulo I. Disposiciones Generales 2 Capítulo II. Delas prácticas de campo 2 Capítulo III. Requisitos y condiciones de las prácticas de campo 3 Capítulo IV. De
Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal de Ensenada Baja California
Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal de Ensenada Baja California Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 26 de agosto de 2005 Capitulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- Las disposiciones
Reglamento de Prácticas Profesionales de los Programas de Licenciatura de la Universidad Iberoamericana Puebla
Reglamento de Prácticas Profesionales de los Programas de Licenciatura de la Universidad Iberoamericana Puebla Introducción Las Prácticas Profesionales son una modalidad de aprendizaje situado en organizaciones
REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la integración, organización y
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento establece la estructura, organización requisitos y procedimientos para la prestación del