NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO FUERA DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
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- Jorge Godoy Vargas
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1 NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO FUERA DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
2 CAMPUS DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y AGROPECUARIAS FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA NORMAS DE PRÁCTICAS DE CAMPO FUERA DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA La presente normatividad tienen por objeto fijar los requisitos y las condiciones que deberán observar los alumnos y trabajadores de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, para la realización de las prácticas de campo. DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I ARTÍCULO I. Se entiende por prácticas de campo a aquellas actividades que se llevan a cabo fuera de las instalaciones de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, programadas en alguna asignatura. ARTÍCULO 2. El registro de las prácticas de campo deben considerar la siguiente información: LICENCIATURA: Asignatura: Periodo de impartición: Profesor Responsable: Forma de localizar al responsable: Tel. Celular: Otro: Profesor(es) adjunto(s) que asistirán: Itinerario: Período de práctica: del de al de Destino: Lugar y hora de salida: Lugar y hora de retorno: Número de alumnos que asistirán a la salida: Vehículo que se utilizará: Monto de gasto previsto (congruente con el presupuesto): $ Objetivo de la práctica: Producto académico esperado: Observaciones (p.e.: condiciones y requisitos especiales para que los alumnos participen en la práctica) ARTICULO 3. Los formatos de registro deberán ser entregados a la Secretaría Académica junto con el programa actualizado de la asignatura. Ambos documentos deberán ser entregados cuando menos 45 días naturales antes del inicio de la asignatura.
3 ARTICULO 4. No se programarán prácticas en períodos vacacionales académicos-administrativos, domingos, días de asueto, última semana de clases del curso ordinario ni durante el periodo de realización de exámenes extraordinarios. ARTÍCULO 5. Si la práctica solicitada o confirmada es cancelada debe ser notificado a la Secretaria Académica. ARTÍCULO 6. Se aplicarán las sanciones pertinentes a los trabajadores y alumnos que incurran en actos contrarios a la disciplina universitaria en términos de la legislación universitaria, contratos colectivos y el reglamento interior de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, independientemente de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de sus actos. CAPITULO II REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN LAS PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 7. Podrán asistir a las prácticas de campo sólo los estudiantes que se encuentren registrados formalmente en la asignatura. No se aceptará la asistencia de personas ajenas a las asignaturas. Sólo se autorizará la asistencia de invitados debidamente registrados por el responsable de la asignatura mediante oficio dirigido a la Secretaría Académica, en su caso. ARTÍCULO 8. Toda práctica de campo deberá ser coordinada al menos por un profesor, que asumirá las responsabilidades de: I. Programar la práctica obligatoria dentro del rediseño del programa de asignatura. II. Registrar formalmente la práctica ante la Secretaría Académica en el periodo establecido. III. Tramitar los permisos necesarios, si los hubiere. IV. Entregar el listado de participantes a la Secretaría Académica, 15 días naturales previos a la realización de la práctica de campo. V. Apegarse al itinerario programado y autorizado por la Secretaría Académica. VI. Procurar que la programación del regreso, se efectúe a una hora en la cual los alumnos encuentren transporte para regresar a sus domicilios. VII. Aprobar un curso de primeros auxilios o acreditar que cuenta con conocimientos suficientes en la materia. VIII. Conocer y comunicar a los alumnos las sanciones que se establecen en el Estatuto Universitario y en el Reglamento Interior de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, a las que se harán acreedores en caso de incurrir en faltas durante la práctica de campo. IX. Informar a los alumnos de los posibles riesgos o eventualidades que pudieran presentarse antes, durante y después de la práctica. X. Deberá contar con los números telefónicos de servicios de emergencia y su localización (hospitales, cruz roja, bomberos, policía, de la aseguradora),
4 XI. XII. XIII. XIV. XV. número de póliza del seguro contra accidentes, formato de aviso de accidente y de reporte médico (lo proveerá la Secretaría Académica). Cuidar en todo momento que los alumnos realicen las actividades con el menor riesgo posible a su integridad física. Informar a los estudiantes cuando se requiera algún entrenamiento físico específico previo (saber nadar, bucear, etc.). Viajar en el mismo transporte y permanecer con el grupo de alumnos todo el tiempo que dure la práctica. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, consumir estupefacientes o psicotrópicos. Tiene la obligación de revisar que el botiquín cuente con lo mínimo necesario para auxiliar en una emergencia. CAPITULO III OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES EN LAS PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 9. Los estudiantes tendrán la obligación de firmar la carta compromiso a través de la cual manifiesten que se hacen responsables de observar la Legislación Universitaria, guardar el orden y disciplina universitaria, así como conducirse con respeto durante la práctica de campo; además de proveer información de antecedentes clínicos que puedan comprometer su participación en la práctica. También deberán: I. Asistir puntualmente a las instalaciones o lugar de reunión que se determine para la realización de la práctica; II. Llevar consigo una identificación oficial y una de la Institución que los acredite como estudiantes de la misma; III. IV. Portar carnet de servicio médico al que tengan derecho. Usar la vestimenta, instrumentos y equipo de protección indicados por el profesor para la participación en la práctica. ARTÍCULO 10.- Durante la práctica abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, consumir estupefacientes o psicotrópicos, así como fumar dentro del autobús. El incumplimiento de esta norma ocasionará la aplicación de las sanciones contempladas en la reglamentación universitaria y en el reglamento interior de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia. ARÍCULO 11.- Cuidar los materiales y equipos proporcionados para la práctica, y en caso de algún daño a éstos, el responsable deberá cubrir los gastos que se generen.
5 CAPÍTULO IV DE LAS CAUSAS DE SUSPENSIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 12. Serán motivos de suspensión de las prácticas de campo. I. La ausencia de los profesores titulares responsables; II. Cuando el grupo o algún alumno cometa faltas graves tales como: daños en propiedad ajena, desobediencia reiterada, agresiones físicas, ingestión de bebidas alcohólicas, drogas o cualquier otra conducta impropia de un universitario, por enfermedad del responsable, mal tiempo, malas condiciones del lugar, accidentes o situaciones que pongan en riesgo la integridad física o la vida de los asistentes a la misma. TRANSITORIO ARTÍCULO 1. Los asuntos no contemplados en la presente normatividad serán resueltos por la administración de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia. Presentada en sesión ordinaria del Consejo Académico el 8 de noviembre de 2011.
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