Dra. Martha Miranda Paredes
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- Roberto Alvarado López
- hace 5 años
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1 ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA Dra. Martha Miranda Paredes ASESORA JURÍDICA HOSPITAL GENERAL DOCENTE AMBATO
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3 ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
4 ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA El/la Profesional de Enfermería tiene como su objetivo el Trabajo en equipo, ejerciendo funciones que son dependientes e independientes, por tanto en el ámbito del ejercicio de su profesión es la responsable de indicar las acciones durante la atención de enfermería, lo que implica el conjunto de deberes derechos y obligaciones, así como prohibiciones, en relación al paciente, sus familiares; y, su equipo de trabajo.
5 ASPECTOS BIOÉTICOS LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA La enfermería se reconoce socialmente como una profesión de servicio, orientada a ayudar, servir y cuidar la salud de las personas. La relación entre enfermera y persona (enferma o sana) es un aspecto de esencial trascendencia para lograr los objetivos y los propósitos de la Salud.
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17 MARCO LEGAL
18 MARCO LEGAL PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA * CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008). * CODIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA. (El Consejo Internacional de Enfermeras). * LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS DEL ECUADOR. * CODIGO DE ETICA PROFESIONAL * LEY ORGANICA DE SERVICIO PÚBLICO LOSEP. * CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL COIP.
19 CONSITUCION POLITICA DEL ECUADOR PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL Nº LUNES 20 DE OCTUBRE DEL ( Contiene : 444 artículos, los cuales están divididos en 9 títulos que a su vez se subdivide en capítulos).
20 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008) Art Se reconoce y garantizará a las personas: 18. El derecho al honor y al buen nombre. La ley protegerá la imagen y la voz de la persona. 19. El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley. 20. El derecho a la intimidad personal y familiar.
21 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR (2008) De la función pública Art No habrá dignatario, autoridad, funcionario ni servidor público exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones. El ejercicio de dignidades y funciones públicas constituye un servicio a la colectividad, que exigirá capacidad, honestidad y eficiencia. (Lo subrayado y con negrillas me corresponde) Art Las normas para establecer la responsabilidad administrativa, civil y penal por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos, se aplicarán a los dignatarios, funcionarios y servidores de los organismos e instituciones del Estado.
22 CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA. El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) adoptó por primera vez un Código internacional de ética para enfermeras en Después se ha revisado y reafirmado en diversas ocasiones, la más reciente es este examen y revisión completados en 2012.
23 CODIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA. Elementos del Código.- (Cuatro elementos principales): 1. La enfermera y las personas. 2. La enfermera y la práctica. 3. La enfermera y la profesión. 4. La enfermera y sus compañeros de trabajo
24 DEONTOLOGÍA "Deontología o Ciencia de la moralidad", es una rama de la ética cuyo propósito es establecer los deberes, obligaciones y éticas que tienen que asumir quienes ejercen una determinada profesión. Habitualmente en esferas especificas como la abogacía, la medicina o el periodismo, pero que deberían extenderse a cualquier otra disciplina 1 en que se trate con seres humanos o seres vivos.
25 DEONTOLOGÍA La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría del deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales de la ética normativa. Un código deontológico es un conjunto de criterios, apoyados en la deontología con normas y valores, que formulan y asumen quienes llevan a cabo una actividad profesional.
26 LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DEL ECUADOR (LEY 57). ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS/ENFERMEROS
27 LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DEL ECUADOR (LEY 57). ARTÍCULO 8.- En las instituciones de la salud públicas o privadas no se podrá contratar personal de enfermería que no posea los respectivos títulos profesionales para el desempeño de las funciones detalladas en el artículo 7 de esta Ley. ARTÍCULO 13.- Son obligaciones de las enfermeras y enfermeros amparados por la presente Ley, las siguientes: a.- Ejercer su profesión aplicando los principios éticos, morales y de respeto a los derechos humanos del paciente;
28 LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DEL ECUADOR (LEY 57). ARTÍCULO 13.- b.- Brindar cuidado directo de enfermería a los pacientes y usuarios, garantizando una atención personalizada y de calidad; c) fue derogado. d.- Dar estricto cumplimiento a las prescripciones y tratamientos indicados por el médico; e.- Las enfermeras y enfermeros están obligados a prestar sus servicios de manera extraordinaria en casos de catástrofes, emergencias, guerras y otras situaciones de gravedad que afecten al país; y, f.- Las demás que les asigne esta Ley y su Reglamento.
29 ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS / OS Art. 1.- Constitúyase la FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS/OS, como Organismo máximo, jurídico y representativo de todas las/os profesionales del ramo, con el fin de garantizar el ejercicio profesional de las enfermeras/os nacionales o extranjeras que hayan revalidado sus títulos.
30 CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS OBJETIVO.- Responder a los problemas éticos actuales de la enfermeras y dar a conocer los valores que defienden la profesión deenfermería. PRECEPTOS FUNDAMENTALES Art 1.- El código de ética de la federación ecuatoriana de enfermeras y enfermeros está constituido por un conjunto sistematizado de principios, normas directivas y deberes que orientan el ejercicio profesional.
31 CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ENFERMERAS Art la enfermera o enfermero deben tener y demostrar una elevada preparación científica, técnica y humanística que asegure la formación de profesionales de alta calidad. RELACIONES PROFESIONALES Art la relación enfermera-equipo de salud demanda una estrecha colaboración, en la cual la enfermera deben cumplir sus funciones con autonomía, asegurando la confianza en el tratamiento que realiza el equipo de salud. SECRETO PROFESIONAL.- Art el secreto profesional comprende no solo a lo que se conozca a en razón del ejercicio profesional, sino también a todos los secretos de la persona que se conozcan en forma implícita o expresa. Ética es abordar los principios y los valores propios que posee un individuo.
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33 IMPLICACIÓN LEGAL DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
34 IMPLICACIONES LEGALES Responsabilidad : *ADMINISTRATIVA & IATROGENIA (PRACTICA PROFESIONAL). *CIVIL * PENAL
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36 IMPLICACIONES LEGALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE ENFERMERIA
37 LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO -LOSEP- SANCIÓN ADMINISTRATIVA Art Sanciones disciplinarias.- Las sanciones disciplinarias por orden de gravedad son las siguientes: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Sanción pecuniaria administrativa; d) Suspensión temporal sin goce de remuneración; y, e) Destitución.
38 LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO SANCION ADMINISTRATIVA Art La amonestación escrita se impondrá cuando la servidora o servidor haya recibido, durante un mismo mes calendario, dos o más amonestaciones verbales. La sanción pecuniaria administrativa o multa no excederá el monto del diez por ciento de la remuneración, y se impondrá por reincidencia en faltas leves en el cumplimiento de sus deberes. En caso de reincidencia, la servidora o servidor será destituido con sujeción a la ley. Las sanciones se impondrán de acuerdo a la gravedad de las faltas.
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40 RESPONSABILIDAD CIVIL
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42 CODIGO INTEGRAL PENAL COIP Artículo 26.- Dolo.- Actúa con dolo la persona que tiene el designio de causar daño. Responde por delito preterintencional la persona que realiza una acción u omisión de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar, y será sancionado con dos tercios de la pena.
43 CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL- COIP. Artículo 27.- Culpa.- Actúa con culpa la persona que infringe el deber objetivo de cuidado, que personalmente le corresponde, produciendo un resultado dañoso. Esta conducta es punible cuando se encuentra tipificada como infracción en este código.
44 EL CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP). Art «Para la determinación de la infracción al deber objetivo de cuidado deberá concurrir lo siguiente: 1. La mera producción del resultado no configura infracción al deber objetivo de cuidado. 2. La inobservancia de leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales, reglas técnicas o lex artis aplicables a la profesión. 3. El resultado dañoso debe provenir directamente de la infracción al deber objetivo de cuidado y no de otras circunstancias independientes o conexas. 4. Se analizará en cada caso la diligencia, el grado de formación profesional, las condiciones objetivas, la previsibilidad y evitabilidad del hecho.
45 CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL - COIP. Artículo 146.-Homicidio culposo por mala práctica profesional.- «La persona que al infringir un deber objetivo de cuidado, en el ejercicio o práctica de su profesión, ocasione la muerte de otra, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. El proceso de habilitación para volver a ejercer la profesión, luego de cumplida la pena, será determinado por la Ley. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años si la muerte se produce por acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas».
46 LA IMAGEN DE ENFERMERÍA El mayor capital humano del Sistema de Salud en el Ecuador, y otros países es el personal de Enfermería, y cuando menciono el Sistema de Salud del Ecuador me refiero al Sector Público y al Sector Privado. Las Enfermeras y Enfermeros debemos enfrentar nuevos retos, y demostrar el valor de nuestra profesión en los servicios de salud y los desafíos que actualmente atraviesa el sector salud. Siendo dirigentes y gestores eficaces, contribuyendo así a mejorar la calidad de atención y la satisfacción de los usuarios/as mediante la aplicación del Proceso de Atención de enfermería, y sobre todo fomentando el trabajo en equipo, entre todos quienes hacemos salud, a favor del centro fundamental de la razón de hacer salud EL PACIENTE
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