PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL (IPR)
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- Sergio Rodríguez Naranjo
- hace 10 años
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1 PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL (IPR) 1) Conceptos Básicos. 1) Procedimiento i interno UMH y externo OEPM. 2) Modalidades de explotación
2 Qué se entiende por Propiedad Industrial? Un conjunto de derechos exclusivos que protegen tanto la actividad innovadora manifestada en nuevos productos, nuevos procedimientos o nuevos diseños, como la actividad mercantil, mediante la identificación en exclusiva de productos y servicios ofrecidos en el mercado. En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial: Diseños industriales: Signos distintivos (marcas): Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos que tienen una aplicación industrial. Topografías de productos semiconductores:
3 Requisitos de Patentabilidad Son patentables las invenciones que cumplan los siguientes requisitos: Nuevas Actividad Inventiva Aplicación Industrial
4 Excepciones a la patentabilidad 1.- Por no considerarse invención: a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. b) Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas. c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales comerciales, así como los programas de ordenadores. d) Las formas de presentar informaciones. 2.- Por falta de aplicación industrial: los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal. Esta disposición no será aplicable a los productos, especialmente a las sustancias o composiciones ni a las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de tales métodos. 3.- Por contraria al orden público o a las buenas costumbres: a) Los procedimientos de clonación de seres humanos. b) Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano. c) Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.
5 Cuánto dura la protección de la patente y cómo puedo prolongarla? Las Patentes t poseen una duración máxima de 20 años a contar desde la fecha de solicitud de la misma. Una vez transcurrido dicho plazo las invenciones pasan a dominio público y cualquier persona puede utilizarlas l libremente.. NO PUEDEN SER OBJETO DE RENOVACIÓN Únicamente en el caso de las patentes de productos farmacéuticos y fitosanitarios es posible solicitar lo que se conoce como Certificado Complementario de Protección (CCP), que extiende, por un periodo máximo de cinco años, la protección de la patente una vez haya caducado.
6 A quien corresponde la titularidad de una patente universitaria? 1.- Consecuencia de su función de investigación, y que pertenezcan al ámbito de sus funciones docente e investigadora, según el artículo 20.2 de la Ley de Patentes, corresponde a la Universidad. Debe ser notificada inmediatamente a la Universidad id dpor el profesor autor de la misma. El profesor tendrá derecho a participar en los beneficios que obtenga la Universidad de la explotación o de la cesión de sus derechos sobre las invenciones. 2.- Consecuencia de un contrato con un ente privado o público El contrato deberá especificar a cuál de las partes contratantes corresponderá la titularidad de la invención.
7 Qué beneficios proporciona una patente? 1.- La patente confiere a su titular un derecho exclusivo sobre la invención y por tanto, el derecho a impedir a cualquier tercero que no cuente con su consentimiento: a) La fabricación, el ofrecimiento, la introducción en el comercio o la utilización de un producto objeto de la patente o la importación o posesión del mismo para alguno de los fines mencionados. b) La utilización de un procedimiento objeto de la patente o el ofrecimiento de dicha utilización, cuando el tercero sabe, o las circunstancias hacen evidente que la utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento i del titular de la patente. c) El ofrecimiento, la introducción en el comercio o la utilización del producto directamente obtenido por el procedimiento objeto de la patente o la importación o posesión de dicho producto para alguno de los fines mencionados. 2.- La patente confiere a los inventores, Beneficios: Curriculares: aparecer en la patente como inventores es un reconocimiento que es considerado en los baremos de promoción profesional. Económicos: Se pueden obtener ingresos por regalías mediante la concesión de licencias de invenciones patentadas a empresas que tengan la capacidad para comercializarlas. Tal y como se establece en el artículo 20.4 de la Ley de Patentes.
8 Es incompatible publicar en revistas científicas yp patentar? No es incompatible, pero hay que proceder en un orden adecuado. Con la finalidad de cumplir con el requisito de novedad, el contenido de la patente no podrá ser publicado o divulgado en ningún medio antes de solicitar la protección ante el organismo correspondiente. Una vez presentada la solicitud, el contenido de la invención podrá ser publicado sin tener que esperar a que la patente sea concedida.
9 Qué debo hacer cuando he obtenido un resultado que creo que es susceptible de patente? Ponerse en contacto con la OTRI para informar del resultado de investigación y sobre todo NO publicar hasta que no se haya protegido. OTRI En la OTRI se estudia el resultado obtenido, se decide el medio más adecuado de protección del resultado y se informa de los trámites a seguir para llevar a cabo su protección.
10 PROCEDIMIENTO INTERNO PROTECCIÓN 1. Recepción y Estudio del Anexo I de Comunicación de Resultados. 2. Remisión del Anexo a la Comisión Delegada en materia de Propiedad Industrial e Intelectual. 3. Comunicación al investigador decisión de la Comisión Delegada. 4. Inicio de la tramitación de protección en el Organismo correspondiente (comunicación con el Agente de Propiedad Industrial).
11 Qué requisitos formales debe cumplir una solicitud it de patente? t Tal ycomoestablece el art. 21 de la Ley de Patentes, t una solicitud de patente debe contener: Una instancia dirigida al Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Una descripción ió del invento para el que se solicita it la patente t Una o varias reivindicaciones Los dibujos a los que se refieran la descripción o las reivindicaciones Un resumen de la invención Ejemplo de solicitud
12 PROCEDIMIENTO ANTE LA OEPM 1) Fecha de presentación y adjudicación de número de patente. 2) A los 12 meses de la fecha de presentación o de prioridad se comunica la posibilidad de extender la patente internacionalmente: Derecho Prioridad. 3) A los 15 meses desde la fecha de presentación o de prioridad se solicita el INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA TECNICA 4) Tras la realización del Informe sobre el estado de la técnica y una vez transcurridos 18 meses desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, la OEPM procede a la publicación del folleto de la solicitud de patente y del IET. A la vista del Informe sobre el Estado de la Técnica se deberá decidir si: optar por continuar el procedimiento de concesión por la vía del Procedimiento General de Concesión (sin examen de fondo de la solicitud) ó por la vía del procedimiento con examen previo (con examen de fondo) ó valorar la posibilidad de retirar la solicitud de patente antes de su publicación. valorar una posible modificación de aquellas reivindicaciones afectadas por documentos anteriores detectados en el informe sobre el estado de la técnica con el fin de evitar las posibles infracciones de derechos de patente existentes. Emisión de la Resolución y remisión del título de Concesión. L OTRI i f d l La OTRI informa de la tramitación en todo momento.
13 MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN LICENCIA DE PATENTE: la Universidad autoriza a un tercero, socio comercial, a que explote y utilice la patente a cambio de una compensación económica en concepto de regalías. LICENCIA DE KNOW-HOW: mediante dicho contrato el propietario del know-how se obliga a comunicar el know-how y a autorizar su uso a la otra parte con las condiciones i y límites temporales, territoriales i o de otro tipo pactados en el acuerdo, generalmente a cambio de una contraprestación económica, en dinero o en especie. CONTRATO DE VALIDACIÓN DE PATENTE O PRUEBA DE CONCEPTO: probar la viabilidad comercial del objeto de patente. APORTACIÓN DE PATENTES, SOFTWARE O KNOW-HOW A UNA EMPRESA DE BASE TECNOLÓGICA: mediante contrato se regula la transferencia de tecnología de la Universidad (titular de la tecnología) a una entidad mercantil creada para explotar comercialmente conocimiento o tecnologías derivadas de la investigación realizada en la Universidad.
14 .muchas gracias. OTRI Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación Edificio Rectorado y Consejo Social Teléfono: [email protected]//[email protected]@umh Begoña García Jaen
15 ANEXO I COMUNICACIÓN DE RESULTADOS A PROTEGER Inventores/Autores de la UMH (por orden de importancia): Nombre y apellidos: DNI Departamento Extensión telefónica Vinculación con la UMH Porcentaje participación* Subtotal Inventores/Autores de otras entidades (por orden de importancia): Nombre y apellidos DNI Organismo Vinculación con el Organismo Porcentaje participación* Subtotal TOTAL (*) Porcentaje de participación de cada inventor/autor en la obtención de la invención/obra. De no especificarse, se entenderá que es a partes iguales para todos ellos. Investigador de contacto: (Responsable de la interlocución con la OTRI, y persona con quien se intercambiarán las comunicaciones relacionadas con el procedimiento de protección y explotación.) Título de la invención/obra: Firma de todos los inventores/autores NOMBRE Y APELLIDOS Fecha: FIRMA Los arriba firmantes declaran que: tienen interés en que el resultado sea protegido NO tienen interés en que el resultado sea protegido [En caso de haber declarado tener interés en que el resultado sea protegido, por favor cumplimente este apartado] Rev: Diciembre /2010 Anexo I / Página 2 de 3
16 Los arriba firmantes proponen que esta invención/obra se acoja a la modalidad de asunción de gastos y reparto de beneficios: 6.1.a b 2 quedando este aspecto, en cualquier caso, sujeto a la decisión de la Comisión Delegada en materia de Propiedad Industrial e Intelectual, decisión que los inventores/autores se comprometen a aceptar. Palabras Clave relevantes para la búsqueda de antecedentes 3 : Español: Inglés: Origen del resultado: Información sobre publicación del resultado: Si ha sido publicado o comunicado oralmente / es objeto de tesis doctoral / es objeto de trabajo de fin de carrera / se han editado pósters en foros o ferias / ha habido difusión en internet/ libros...: indicar fecha y lugar de la publicación / comunicación. Si no se ha publicado todavía, ha sido enviado el artículo a alguna revista?, se tiene intención de publicar / presentar próximamente? Indicar fecha estimada de publicación en ambos casos. Comentarios: BREVE RESUMEN DE LA INVENCIÓN / OBRA CON LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ESENCIALES (máximo 1-2 páginas). (Adjuntar dibujos explicativos de la solución del problema, ventajas comparadas a los productos o procedimientos ya existentes, así como áreas de aplicación) 1 Los gastos corren por cuenta de la Universidad, y los beneficios de la explotación se distribuirán del siguiente modo: 25% Universidad, 25% Departamento / Instituto, 50% Inventor/es. 2 Los gastos corren por cuenta de fondos propios del equipo investigador, y los beneficios de la explotación se distribuirán del siguiente modo: 10% Universidad, 10% Departamento / Instituto, 80% Inventor/es. 3 Completar sólo en caso de propiedad industrial.
17 GRADO DE DESARROLLO DE LA INVENCIÓN 4 Elegir entre las siguientes opciones la que más se aproxime al grado de desarrollo de la invención: se ha realizado en laboratorio, exclusivamente; se ha realizado en planta piloto; requiere ulteriores desarrollos para su comercialización o implantación industrial; existe prototipo preparado para su desarrollo y comercialización. En el caso de que sea necesario un desarrollo para la explotación comercial, éste tendría: Dificultad técnica: elevada media baja Coste económico: elevado medio bajo Comentarios adicionales relacionados con este punto: Documento a adjuntar 5 : Documento de búsqueda en bases de datos bibliográficas, realizada por los inventores 4 Completar sólo en caso de propiedad industrial 5 Se recomienda adjuntar esta búsqueda
18 Rev: Diciembre /2010 Anexo I / Página 2 de 3
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