SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES"

Transcripción

1 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-019-SCT3-2001, Que establece las restricciones para la operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos a bordo de las aeronaves. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 38 fracción II, 40 fracciones I, III y XVI, 41 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4, 6 fracción III, 17 y 84 de la Ley de Aviación Civil; 117 fracción I del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 6 fracción XIII y 18 fracciones XV y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y demás disposiciones aplicables, y CONSIDERANDO Que la Ley de Aviación Civil establece que en la operación de las aeronaves se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad en su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros, para lo cual atribuye a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la facultad de exigir a los permisionarios y/o concesionarios, que cumplan con ciertos requisitos, con el fin de mantener los niveles de seguridad señalados. Que el Reglamento de la Ley de Aviación Civil señala que es responsabilidad del comandante o piloto al mando de una aeronave mantener el orden y la disciplina a bordo de la misma, pudiendo interrumpir un vuelo para desembarcar a cualquier persona, tripulante o pasajero que ponga en riesgo la seguridad de la operación. Que la gran difusión de aparatos electrónicos portátiles, en especial de los teléfonos celulares y otros dispositivos transmisores de señales de radio, pueden generar interferencias y/o distorsiones en las señales de los sistemas de navegación y/o comunicación de las aeronaves, por lo que resulta indispensable que éstas, al momento de realizar sus operaciones, puedan disponer de la totalidad de sus sistemas electrónicos de ayuda al vuelo, en especial aquellas afectadas al servicio de transporte o las que vuelan en condiciones IFR, es decir, basadas en las lecturas e indicaciones de sus instrumentos. Que la Ley de Aviación Civil señala que la navegación aérea en el espacio aéreo sobre territorio nacional, se rige, además de lo previsto en dicha ley, por los tratados en los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, siendo el caso que México es signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional celebrado en la ciudad de Chicago, Illinois, Estados Unidos de América en 1944, en el cual se establece como principal objetivo, el desarrollo de operaciones aéreas seguras. Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para la emisión de normas oficiales mexicanas, con fecha 26 de septiembre de 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-019-SCT3-2000, Que establece las restricciones para la operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos a bordo de las aeronaves. Que durante el plazo de 60 días naturales a que hace referencia la fracción I del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que aluden los artículos 45 de la ley mencionada y 32 de su Reglamento, estuvo a disposición del público para su consulta. Que en el plazo señalado, los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana de referencia, los cuales fueron analizados en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, dándose respuesta a los mismos a través del Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2001, integrándose a la Norma Oficial Mexicana, las observaciones procedentes, y previa algunas adecuaciones de forma, he tenido a bien expedir la siguiente:

2 Martes 4 de diciembre de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SCT3-2001, QUE ESTABLECE LAS RESTRICCIONES PARA LA OPERACION DE TELEFONOS CELULARES Y APARATOS ELECTRONICOS A BORDO DE LAS AERONAVES 1. Objetivo y campo de aplicación 2. Definiciones y abreviaturas 3. Disposiciones generales 4. Procedimientos INDICE 5. Grado de concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración 6. Bibliografía 7. Observancia de esta Norma 8. De la evaluación de la conformidad 9. Sanciones 10. Vigencia 1. Objetivo y campo de aplicación El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es restringir la utilización de teléfonos celulares, aparatos transmisores-receptores y/o aquellos aparatos electrónicos portátiles personales que, de acuerdo a las políticas del concesionario y permisionario, causen interferencias y/o distorsiones en las señales de los sistemas de navegación y/o comunicación de las aeronaves, y les permita prohibir y/o restringir su utilización a cualquier persona a bordo de las mismas. 2. Definiciones y abreviaturas Para los efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se consideran las siguientes definiciones y abreviaturas: 2.1. Aeronave: Cualquier vehículo capaz de transitar con autonomía en el espacio aéreo con personas, carga o correo Aparatos electrónicos portátiles: Dispositivos, equipos o sistemas electrónicos que, por su ligereza y tamaño, pueden llevarse encima al abordar a la aeronave. Para el caso de la presente Norma, dentro de esta categoría se encuentran computadoras portátiles, cámaras de video, reproductores musicales, aparatos electrónicos de entretenimiento y calculadoras portátiles, quedando exceptuadas de esta clasificación grabadoras de voz portátiles, marcadores de ritmo cardiaco, equipo instalado en la aeronave que forma parte del Certificado de Tipo o de algún suplemento al Certificado de Tipo (por ejemplo: teléfonos, equipo de audio/video, entre otros) y cualquier otro aparato electrónico portátil que el permisionario o concesionario haya determinado que no causará interferencia con los equipos de a bordo de la aeronave Autoridad aeronáutica: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil Aviónica: Equipos e instrumentos electrónicos de la aeronave Certificado de aeronavegabilidad: Documento oficial que acredita que la aeronave está en condiciones técnicas satisfactorias para realizar operaciones de vuelo Concesionario: Sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, a la que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorga una concesión para la explotación del servicio de transporte aéreo de servicio al público nacional regular, y es de pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos, está sujeto a rutas nacionales, itinerarios y frecuencias fijos, así como a las tarifas registradas y a los horarios autorizados por la Secretaría.

3 2.7. IFR: Reglas de vuelo por instrumentos Pasajero: Persona transportada, previo convenio entre éste y el concesionario y/o permisionario de servicios de transporte aéreo Permisionario: Persona moral o física, en el caso del servicio aéreo privado comercial, nacional o extranjero, a la que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorga un permiso para la realización de sus actividades, pudiendo ser la prestación del servicio de transporte aéreo internacional regular, nacional e internacional no regular y privado comercial Secretaría: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes Teléfono celular: Aparato electrónico de comunicación que permite la transmisión y recepción de señales de sonido a distancia. 3. Disposiciones generales 3.1. Todo concesionario o permisionario de servicios de transporte aéreo que opere o pretenda operar, de acuerdo a la Ley de Aviación Civil, deberá cumplir con lo prescrito en la presente Norma Oficial Mexicana Todo concesionario o permisionario de servicios de transporte aéreo, deberá prohibir y/o restringir a bordo de sus aeronaves el uso de teléfonos celulares y aparatos electrónicos portátiles, dado que éstos podrían interferir y/o distorsionar las señales de radio utilizadas por la aviónica de a bordo de dichas aeronaves. 4. Procedimientos 4.1. El concesionario o permisionario de servicios de transporte aéreo será responsable de la aplicación y el cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana Para evitar cualquier interferencia y/o distorsión a los sistemas de navegación o comunicación de una aeronave durante el vuelo, que disminuya la seguridad de las operaciones aéreas, se deberá cumplir con lo señalado en los numerales a siguientes: Está prohibida la activación y operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos portátiles, cuando su portador se encuentre a bordo de alguna aeronave, desde el momento en que se cierren las puertas utilizadas para abordarla y efectuar el vuelo, hasta el momento en que éstas se abran después de efectuarlo, o cuando se esté cargando combustible a la aeronave, aun estando las puertas de ésta abiertas, lo cual deberá ser notificado por los miembros de la tripulación de vuelo a los pasajeros En la información proporcionada a los pasajeros al abordar una aeronave para iniciar un vuelo, durante el mismo y antes de aterrizar, se deberá indicar, por el medio más apropiado, que está prohibida la activación y operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos portátiles, indicando la razón de tal prohibición e indicando cuáles aparatos sí están permitidos y, para aquellos aparatos electrónicos portátiles que de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.2., el concesionario o permisionario de servicios de transporte aéreo haya determinado que no causará interferencia con los equipos de a bordo de la aeronave, y que sí pueden ser utilizados a bordo, el concesionario o permisionario podrá prohibir su uso en aquellas fases del vuelo que considere necesario, excepto los indicados en el numeral , debiendo indicar a los pasajeros dichas restricciones. Dicha restricción deberá estar establecida en su Manual General de Operaciones, según aplique. En cualquier caso se prohíbe la activación y operación de aparatos durante las maniobras de despegue y aterrizaje de aeronaves La presente Norma Oficial Mexicana no es aplicable a: a) Grabadoras de voz portátiles; b) Marcadores de ritmo cardiaco; c) Ayudas auditivas, y d) Equipos instalados en la aeronave que forman parte del Certificado de Tipo o de algún Suplemento al Certificado de Tipo (por ejemplo teléfonos, equipo de audio/video, entre otros).

4 Martes 4 de diciembre de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) En caso de que una persona porte uno de estos aparatos y lo active u opere durante las fases de vuelo en que está prohibido su uso, de acuerdo con lo indicado en la presente Norma Oficial Mexicana y a las políticas del concesionario o permisionario de servicios de transporte aéreo, el personal de vuelo le solicitará que lo entregue para su custodia y le será devuelto al momento del desembarque en el aeropuerto de destino La activación y operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos portátiles a bordo de una aeronave, cuando está siendo reabastecida de combustible o cuando su portador se encuentre embarcando o desembarcando de la aeronave, se encuentra prohibida. Sobre el particular, se deberá acatar lo que establezca la Norma Oficial Mexicana que regule los procedimientos que se deben cumplir para el reabastecimiento de combustible a las aeronaves, que emita la Secretaría En caso de que una persona se niegue a cumplir o reincida en la violación de la presente Norma, será puesta a disposición de la Autoridad Aeronáutica del aeropuerto donde se encuentre o bien del próximo a aterrizar, quien la remitirá ante la instancia correspondiente La activación y operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos portátiles en las zonas próximas a instalaciones de almacenamiento y manejo de combustible por personal del área de operaciones tráfico y rampa, se encuentra regulada por la normatividad correspondiente en materia aeroportuaria. 5. Grado de concordancia con normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración 5.1. La presente Norma Oficial Mexicana es equivalente con los objetivos de seguridad dictados por la Organización de Aviación Civil Internacional. Estos documentos forman parte de las normas emitidas por este organismo internacional y que se describen en el artículo 37 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional de la Organización de Aviación Civil Internacional No existen normas mexicanas que hayan servido de base para su elaboración, dado que al momento no existen antecedentes regulatorios publicados en este sentido. 6. Bibliografía 6.1. Federal Aviation Regulations FAR Part 91 General operation and flight rules sección Portable electronic devices, emitido por la Federal Aviation Administration de los Estados Unidos de América Advisory Circular Use of portable electronic devices aboard aircraft, emitido por la Federal Aviation Administration de los Estados Unidos de América. 7. Observancia de esta Norma 7.1. La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana le corresponde a la Autoridad Aeronáutica, representada por la Dirección General de Aeronáutica Civil. 8. De la evaluación de la conformidad 8.1. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Dirección General de Aeronáutica Civil, verificará el cumplimiento de la presente Norma como sigue: 8.2. A los concesionarios y/o permisionarios de servicios de transporte aéreo, a través de la evaluación y aceptación de los procedimientos implementados en sus respectivos Manuales Generales de Operación, la verificación del cumplimiento con la Norma y la comprobación de que los dispositivos que se permitió funcionar, no causen interferencias sobre el equipo de la aeronave A los pasajeros de aeronaves que presten servicios de transporte aéreo comercial, a través de la instrucción acerca del funcionamiento de los equipos de a bordo de las aeronaves y la verificación en vuelo del cumplimiento de la Norma.

5 9. Sanciones 9.1. Las violaciones a la Norma Oficial Mexicana LEGA01serán sancionadas en los términos de la Ley de Aviación Civil, sus respectivos reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables. 10. Vigencia La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 60 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dada en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil uno.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, Aarón Dychter Poltolarek.- Rúbrica.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2001, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que

Más detalles

CIRCULAR OBLIGATORIA

CIRCULAR OBLIGATORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ALTURAS/ALTITUDES MÍNIMAS DE VUELO POR PARTE DEL CONCESIONARIO, PERMISIONARIO Y OPERADOR

Más detalles

NORMA Oficial Mexicana NOM-043/1-SCT3-2001, Que regula el servicio de mantenimiento y/o reparación de aeronaves y sus componentes en el extranjero.

NORMA Oficial Mexicana NOM-043/1-SCT3-2001, Que regula el servicio de mantenimiento y/o reparación de aeronaves y sus componentes en el extranjero. NORMA Oficial Mexicana NOM-043/1-SCT3-2001, Que regula el servicio de mantenimiento y/o reparación de aeronaves y sus componentes en el extranjero. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

CIRCULAR OBLIGATORIA

CIRCULAR OBLIGATORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD QUE DEBEN SATISFACER LAS PUERTAS DE ACCESO A LA CABINA DE LA TRIPULACIÓN

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 28 de noviembre de 2002 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-040-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Despacho

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-011-SCT3-2001, Que establece las especificaciones para las publicaciones técnicas aeronáuticas. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCT3-2002, Que establece los requisitos técnicos a cumplir por los concesionarios y permisionarios del servicio

Más detalles

Normas Oficiales Mexicanas SCT2

Normas Oficiales Mexicanas SCT2 Fuente : Diario Oficial de la Federación Fecha de publicación: 17 de Octubre 2001 Fecha de cancelación: 30 de Agosto 2002 NOM-033-SCT-2-2000, NORMA OFICIAL MEXICANA TRANSPORTE TERRESTRE-LÍMITES MÁXIMOS

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

INDICE. 1. Objetivo y campo de aplicación 2. Definiciones y abreviaturas 3. Disposiciones generales

INDICE. 1. Objetivo y campo de aplicación 2. Definiciones y abreviaturas 3. Disposiciones generales NORMA Oficial Mexicana NOM-009-SCT3-2001, Que regula los requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento de las oficinas de despacho y las de despacho y control de vuelos. Al margen

Más detalles

Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1995 TEXTO VIGENTE

Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1995 TEXTO VIGENTE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-021-SCT2/1994, PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS "DISPOSICIONES GENERALES PARA TRANSPORTAR OTRO TIPO DE BIENES DIFERENTES A LAS SUBSTANCIAS, MATERIALES

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-018-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Vuelo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

Martes 3 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 32

Martes 3 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 32 Martes 3 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 32 PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT3-2012, Que establece dentro de la República Mexicana los límites máximos permisibles

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES AVISO de cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SCT-2-2000, Transporte terrestre-límites máximos de velocidad para los vehículos de carga, pasaje y

Más detalles

Martes 7 de mayo de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55

Martes 7 de mayo de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55 Martes 7 de mayo de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55 PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-017/5-SCT3-2012, Que establece las especificaciones para el transporte sin riesgos de mercancías

Más detalles

Normas Oficiales Mexicanas SCT2

Normas Oficiales Mexicanas SCT2 Normas Oficiales Mexicanas SCT2 Fuente : Diario Oficial de la Federación Fecha de publicación: 30 de Agosto 2002 NOM-EM-033-SCT-2-2002 NORMA OFICIAL MEXICANA EMERGENTE, TRANSPORTE TERRESTRE-LIMITES MAXIMOS

Más detalles

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA Viernes 2 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA SUPLEMENTO del Programa Nacional de Normalización 2015. Al margen un sello con el Escudo

Más detalles

CIRCULAR OBLIGATORIA

CIRCULAR OBLIGATORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD QUE DEBEN CUMPLIRSE EN LAS AERONAVES DESTINADAS AL TRANSPORTE DE CARGA. 01 de Junio de 2007 CIRCULAR

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

Martes 31 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1

Martes 31 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1 Martes 31 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1 NORMA Oficial Mexicana NOM-220-SCFI-2017, Especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual General de Mantenimiento. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

CONSIDERANDO PREFACIO. En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron: SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

CONSIDERANDO PREFACIO. En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron: SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SCT2/2000, Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos. Al margen un sello con el Escudo

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA No. 17 CLAA_GJN_IMH_ Ciudad de México, a 07 de febrero de 2017

CIRCULAR INFORMATIVA No. 17 CLAA_GJN_IMH_ Ciudad de México, a 07 de febrero de 2017 CIRCULAR INFORMATIVA No. 17 CLAA_GJN_IMH_17.17. Ciudad de México, a 07 de febrero de 2017 Asunto: Publicaciones en el Diario Oficial. El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la siguiente

Más detalles

NORMA Oficial Mexicana NOM-021/5-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Control de Producción. CONSIDERANDO

NORMA Oficial Mexicana NOM-021/5-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Control de Producción. CONSIDERANDO 08ABR.2002 NORMA Oficial Mexicana NOM-021/5-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Control de Producción. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría

Más detalles

TERCERA SECCION SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

TERCERA SECCION SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Martes 26 de abril de 2011 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) TERCERA SECCION SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-039-SCT3-2010, Que regula la aplicación de directivas de

Más detalles

Martes 10 de enero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 8

Martes 10 de enero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 8 Martes 10 de enero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 8 NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-018-SCFI-2016, Especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía

Más detalles

Normas Oficiales Mexicanas SCT2

Normas Oficiales Mexicanas SCT2 Normas Oficiales Mexicanas SCT2 Fuente : Diario Oficial de la Federación PROYECTO NOM-013-SCT-2-1995 PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES DE LA CONSTANCIA DE CAPACIDAD

Más detalles

NUEVA POLÍTICA AERONÁUTICA MEXICANA REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO PARA LA ENTREGA Y AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA

NUEVA POLÍTICA AERONÁUTICA MEXICANA REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO PARA LA ENTREGA Y AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA NUEVA POLÍTICA AERONÁUTICA MEXICANA REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO PARA LA ENTREGA Y AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA La presente ponencia se presenta en concordancia a la Política para Potenciar

Más detalles

09/11/2016 Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT

09/11/2016 Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana 1 Introducción Antecedentes Contenido del Anteproyecto de NOM Principales modificaciones Disposiciones relevantes Conclusiones 1.-Introducción 2 Introducción México

Más detalles

Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28

Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28 Viernes 24 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 28 AVISO por el que se hacen del conocimiento a los usuarios del autotransporte, permisionarios y conductores de vehículos de autotransporte

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-009-SCT3-2001, Que regula los requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento de las oficinas de despacho y

Más detalles

Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1995 TEXTO VIGENTE

Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1995 TEXTO VIGENTE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SCT2-1994, "DISPOSICIONES GENERALES PARA LA LIMPIEZA Y CONTROL DE REMANENTES DE SUBSTANCIAS Y RESIDUOS PELIGROSOS EN LAS UNIDADES QUE TRANSPORTAN MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS".

Más detalles

NORMA Oficial Mexicana NOM-145/2-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Procedimientos del Taller de Aeronáutico.

NORMA Oficial Mexicana NOM-145/2-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Procedimientos del Taller de Aeronáutico. DOF: 17/03/2003 NORMA Oficial Mexicana NOM-145/2-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Procedimientos del Taller de Aeronáutico. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

CP AV-08/06 CARTA DE POLITICA ESPECIFICACIONES DE GPWS / TAWS DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL

CP AV-08/06 CARTA DE POLITICA ESPECIFICACIONES DE GPWS / TAWS DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CARTA DE POLITICA 20 de Diciembre de 2006 Objetivo. El objetivo de la presente Carta de Política es establecer las políticas a seguir para el uso del sistema de advertencia

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 31 de agosto de 2012 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES ACUERDO por el que se dan a conocer las Enmiendas al Convenio Internacional sobre Normas de Formación,

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer los procedimientos de operación del sistema mundial de determinación de la posición

El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer los procedimientos de operación del sistema mundial de determinación de la posición PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-051-SCT3-2000, Que regula los procedimientos de aplicación del sistema mundial de determinación de la posición (GPS), como medio de navegación dentro del espacio

Más detalles

RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010

RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-018-SCT3-2001, Que establece el contenido del Manual de Vuelo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

X SEMINARIO DE PAVIMENTOS AEROPORTUARIOS Visión de la Autoridad Aeronáutica Local SEPTIEMBRE, 2013

X SEMINARIO DE PAVIMENTOS AEROPORTUARIOS Visión de la Autoridad Aeronáutica Local SEPTIEMBRE, 2013 X SEMINARIO DE PAVIMENTOS AEROPORTUARIOS Visión de la Autoridad Aeronáutica Local SEPTIEMBRE, 2013 El pavimento es el primer elemento físico con que toma contacto un avión al aterrizar y es el último antes

Más detalles

Jueves 31 de mayo de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105

Jueves 31 de mayo de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105 Jueves 31 de mayo de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105 ACUERDO por el que se exime de la presentación de documentos, se establecen plazos menores y se establece la afirmativa ficta, en trámites

Más detalles

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 16 de octubre de 2015

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 16 de octubre de 2015 NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-016-SCFI-2015, Productos. Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Pesca.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Pesca. 12-21-93 NORMA Oficial Mexicana 005- PESC-1993, para regular el aprovechamiento de las poblaciones de las distintas especies de abulón en aguas de jurisdiccion federal de la Península de Baja California.

Más detalles

CIRCULAR OBLIGATORIA

CIRCULAR OBLIGATORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE EL EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y NAVEGACIÓN QUE DEBE TENERSE A BORDO DE LAS AERONAVES. 01 de Junio de 2007 CIRCULAR OBLIGATORIA CO AV-07.3/07

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 1. NORMA Oficial Mexicana NOM-003-SCT3-2001, Que regula el uso obligatorio dentro del espacio aéreo mexicano, del equipo transpondedor para aeronaves, así como

Más detalles

NOM-009-SCT CONSIDERANDO

NOM-009-SCT CONSIDERANDO NOM-009-SCT2-1994 NORMA OFICIAL MEXICANA, PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS COMPATIBILIDAD PARA EL ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE SUBSTANCIAS, MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACION Y APROBACION DE UNIDADES DE VERIFICACION PARA

Más detalles

Boletín informativo. Seguridad operacional en la aviación Agosto de 2018

Boletín informativo. Seguridad operacional en la aviación Agosto de 2018 Introducción En cualquier modo de transporte la seguridad es el aspecto primordial que debe garantizarse al usuario. Entre mayor es la velocidad o el número de pasajeros, aumenta la necesidad de mantener

Más detalles

Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de TEXTO VIGENTE

Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de TEXTO VIGENTE ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN MODALIDADES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS Y TURISMO PARA LOS EFECTOS DE INGRESO Y FECHA LÍMITE DE OPERACIÓN DE UNIDADES VEHICULARES

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT3-2012, Que establece los requerimientos para los instrumentos, equipo, documentos y manuales que han de llevarse

Más detalles

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-RECNAT-1995, QUE ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS QUE DEBEN DE TENER LOS MEDIOS DE MARQUEO DE LA MADERA EN ROLLO, ASI COMO LOS LINEAMIENTOS PARA SU USO Y CONTROL. (Publicada

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1974-1PO2-16 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes

Más detalles

CIRCULAR OBLIGATORIA

CIRCULAR OBLIGATORIA CO AV~32/12 DIRECCiÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE EL TIPO DE INSPECCIONES A APLICAR AL PERSONAL QUE INSTRUYE Y SUPERVISA A SOBRECARGOS 10 de septiembre de 2012 ca AV-32/12

Más detalles

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-025-SEMARNAT-1995 QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN TENER LOS MEDIOS DE MARQUEO DE LA MADERA EN ROLLO, ASÍ COMO LOS

Más detalles

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA Norma Oficial Mexicana NOM-042-ECOL-1999, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono,

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACIÓN 2017 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AÉREO

PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACIÓN 2017 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AÉREO PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACIÓN 2017 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AÉREO PRESIDENTE: DIRECCIÓN: YURIRIA MASCOTT PÉREZ AVENIDA

Más detalles

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado REGLA 7.1.5. Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado Los interesados que participan en el manejo, almacenaje, custodia y/o traslado de las

Más detalles

CIRCULAR DE ASESORAMIENTO CA SA-01/2012 R1

CIRCULAR DE ASESORAMIENTO CA SA-01/2012 R1 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR DE ASESORAMIENTO CA SA-01/2012 R1 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PLAN DE VUELO ELECTRÓNICO México, D. F., 8 de octubre

Más detalles

Normas Oficiales Mexicanas SCFI

Normas Oficiales Mexicanas SCFI Fuente : Diario Oficial de la Federación Fecha de publicación: 06 Mayo 2005 NOM-111-SCFI-2005 NORMA OFICIAL MEXICANA, PRÁCTICAS COMERCIALES-ELEMENTOS INFORMATIVOS Y REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado

REGLA Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado REGLA 7.1.5. Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado Los interesados que participan en el manejo, almacenaje, custodia y/o traslado de las

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TIPO PARA CENTROS SCT ÁREA RESPONSABLE: PROCEDIMIENTO: OBJETIVO ESTRATEGICO Permiso de Internación Temporal de Aeronaves Extranjeras Reforzar la prevención de accidentes e ilícitos

Más detalles

DOF 06/03/2017 SECRETARÍA DE SALUD

DOF 06/03/2017 SECRETARÍA DE SALUD DOF 06/03/2017 SECRETARÍA DE SALUD ACUERDO por el que se dan a conocer los modelos de formatos de certificados de defunción y de muerte fetal aprobados por la Secretaría de Salud. Al margen un sello con

Más detalles

D. O. F. 27 de enero de 2006.

D. O. F. 27 de enero de 2006. CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN Y APROBACIÓN DE UNIDADES DE VERIFICACIÓN PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LAS NORMAS INTERNACIONALES EN MATERIA DE SEGURIDAD OPERACIONAL EN AERÓDROMOS CIVILES.

Más detalles

Miércoles 29 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1

Miércoles 29 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1 Miércoles 29 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1 AVISO a todos los permisionarios y conductores de vehículos de autotransporte federal y transporte privado de carga, así como a las cámaras,

Más detalles

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron: SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CONSIDERANDO PREFACIO

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron: SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CONSIDERANDO PREFACIO 09-25-95 NORMA Oficial Mexicana NOM-011-SCT2/1994, Condiciones para el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES AVISO por el que se hacen del conocimiento de todos los permisionarios y conductores de vehículos de autotransporte federal y transporte privado de carga, así como a las cámaras, asociaciones y confederaciones

Más detalles

CONSIDERANDO. México, D.F., a 22 de mayo de El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica. PREFACIO

CONSIDERANDO. México, D.F., a 22 de mayo de El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica. PREFACIO Jueves 29 de junio de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) NORMA Oficial Mexicana NOM-126-SCFI-2006, Prácticas comerciales-requisitos mínimos de información para la prestación de servicios de fotografía,

Más detalles

CAPÍTULO 89. PERMISO ESPECIAL PARA CONDUCIR VUELOS FERRY MEDIANTE UNA AUTORIZACIÓN CONTINUA EN LAS ESPECIFICACIONES DE OPERACIÓN

CAPÍTULO 89. PERMISO ESPECIAL PARA CONDUCIR VUELOS FERRY MEDIANTE UNA AUTORIZACIÓN CONTINUA EN LAS ESPECIFICACIONES DE OPERACIÓN CAPÍTULO 89. PERMISO ESPECIAL PARA CONDUCIR VUELOS FERRY MEDIANTE UNA AUTORIZACIÓN CONTINUA EN LAS ESPECIFICACIONES DE OPERACIÓN 1. CÓDIGOS DE ACTIVIDAD Sección 1. Antecedentes A. Mantenimiento: RESERVADO

Más detalles

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA Viernes 13 de diciembre de DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia

Más detalles

Viernes 13 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Viernes 13 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Viernes 13 de diciembre de DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

Más detalles

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-076-SEMARNAT-1995 QUE ESTABLECE LOS NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE HIDROCARBUROS NO QUEMADOS, MONÓXIDO DE CARBONO

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR. (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13

Más detalles

EXÁMENES MÉDICOS EN OPERACIÓN

EXÁMENES MÉDICOS EN OPERACIÓN EXÁMENES MÉDICOS EN OPERACIÓN EXÁMENES MÉDICOS EN OPERACIÓN La SCT, por conducto de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, practica al personal Técnico Aeronáutico de

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Miércoles 18 de enero de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL REGULACIONES TECNICAS DE AVIACIÓN CIVIL RDAC PARTE 129 OPERACIONES DE EXPLOTADORES AEREOS EXTRANJEROS

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL REGULACIONES TECNICAS DE AVIACIÓN CIVIL RDAC PARTE 129 OPERACIONES DE EXPLOTADORES AEREOS EXTRANJEROS DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL REGULACIONES TECNICAS DE AVIACIÓN CIVIL RDAC PARTE 129 OPERACIONES DE EXPLOTADORES AEREOS EXTRANJEROS NUEVA EDICION Control de Enmiendas RDAC 129 Enmienda Origen Temas

Más detalles

SEGURIDAD NACIONAL Y LA AUTORIDAD AERONÁUTICA SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL SCT-DGAC

SEGURIDAD NACIONAL Y LA AUTORIDAD AERONÁUTICA SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL SCT-DGAC SEGURIDAD NACIONAL Y LA AUTORIDAD AERONÁUTICA SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL SCT-DGAC Octubre 2010 1 SEGURIDAD NACIONAL Ley de Seguridad Nacional Artículo 5.- Para efectos de la presente

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Lunes 15 diciembre 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES ACUERDO mediante el cual se dan a conocer al público en general el domicilio oficial los horarios atención

Más detalles

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-046-SEMARNAT-1993 QUE ESTABLECE LOS NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE BIÓXIDO DE AZUFRE, NEBLINAS DE

Más detalles

REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL: PARTE I: AERONAVES

REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL: PARTE I: AERONAVES Ministerio de Transportes y Comunicaciones Dirección General de Aeronáutica Civil Regulaciones Aeronáuticas del Perú RAP 91 REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL: PARTE I: AERONAVES PARTE II: AVIONES GRANDES

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES BOLETA DE INFRACCION POR EXCESO DE DIMENSIONES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES BOLETA DE INFRACCION POR EXCESO DE DIMENSIONES YURIRIA MASCOTT PÉREZ, Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración

Más detalles

Dirección General de Aeronáutica Civil Dirección General Adjunta de Seguridad Aérea

Dirección General de Aeronáutica Civil Dirección General Adjunta de Seguridad Aérea Dirección General de Aeronáutica Civil Dirección General Adjunta de Seguridad Aérea Temas Antecedentes Factores contribuyentes para las excursiones Áreas de seguridad de extremo de pista (RESA) Acciones

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité

Más detalles

CAPÍTULO 226. PERMISOS ESPECIALES DE VUELO. Sección 1. Antecedentes

CAPÍTULO 226. PERMISOS ESPECIALES DE VUELO. Sección 1. Antecedentes CAPÍTULO 226. PERMISOS ESPECIALES DE VUELO 1. CÓDIGOS DE ACTIVIDAD Sección 1. Antecedentes A. Mantenimiento: RESERVADO B. Aviónica: RESERVADO 3. OBJETIVO Este capítulo provee la guía para la emisión de

Más detalles

COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN POR LA QUE EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE DA RESPUESTA A TV AZTECA, S.A. DE C.V., RESPECTO DE LOS DIVERSOS PLANTEAMIENTOS SOMETIDOS A SU CONSIDERACIÓN MEDIANTE SU REPRESENTANTE LEGAL ANTECEDENTES

Más detalles