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1 RECUERDA FOTOGRAFÍAS La fotografía de un documento debe de permitir su lectura. Los defectos fotografiados deben de poder identificarse claramente. Adjuntar foto a los defectos técnicos es obligatorio, salvo causa justificada, o que estén claramente identificados en el acta con concreción suficiente. La fotografía de fachada debe de ser descriptiva de la ubicación de la instalación. OBSERVACIONES Es obligatorio trasladar las observaciones del acta a la aplicación. AUSENCIA DE DOCUMENTACIÓN En caso de no disponer de documentación que permita valorar la adecuación al reglamento de los defectos técnicos (p.e. proyecto), siempre marcar defecto otros en previsión de futuros defectos. ESTE DOCUMENTO NO FORMA PARTE DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN. NO ES NECESARIO ADJUNTARLO CON EL RESTO DE DOCUMENTOS DE LA INSPECCIÓN

2 PROTOCOLO DE INSPECCIÓN PARA INSTALACIONES DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO DE GLP ALMACENAMIENTO DE GLP Página 2 de 12 PT-GLP ANEXO 4 PROTOCOLO TÉCNICO INSTALACIONES DE GLP Edición: 3 Fecha de impresión: 06/09/2018 Código de inspección: Fecha:21/05/2013 DATOS GENERALES Nº de Expediente o registro de la DP: Razón social del establecimiento: Titular del establecimiento: Representante Legal: Dirección establecimiento: Domicilio social: Categoría del centro de almacenamiento: Situado en: Estación de servicio Local de pública concurrencia Otro Persona asistente a la inspección: Inspector: CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA INSTALACIÓN (C) Capacidad Botella (Kg.) Nº Botellas (N) (Cn) Capacidad (CxN) (Ct) Capacidad Total (Ct = Cn x 0,65) OBSERVACIONES Firma del inspector y sello OCA:

3 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 3 de 12 T.13 REQUISITOS TECNICOS EN ALMACENAMIENTO EN ESTACIONES DE SERVICIO DE 5ª CATEGORÍA T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) En una misma estación de servicio podrá simultanearse el almacenamiento de: - Envases de GLP para vehículos con motor, - Envases de GLP no rellenables (cartuchos) o depósitos móviles (populares) de hasta 3 kg. de c/u. - Envases de GLP de hasta 15 kg. de capacidad unitaria. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) En el caso de presencia simultánea de varios almacenamientos, se verifica que son independientes, y distan entre sí de 5 m como mínimo. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Almacenamiento de envases de GLP para vehículos con motor, si existe se comprueba que se realiza: En jaulas o expositores específicos para los mismos, con un máximo de 2 alturas separadas. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Almacenamiento de envases y cartuchos de GLP de capacidad unitaria = 3 kg,, si existe se comprueba que se realiza: En jaulas o expositores de 4 alturas máximo. Cada una puede albergar 3 filas de los envases de mayor diámetro. Separación entre jaulas o expositores = 40 cm. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Almacenamiento de envases de GLP de hasta 15 kg de capacidad unitaria: Se comprueba que está realizado en jaulas o expositores específicos para los mismos, con un máximo de 2 alturas separadas. (Si es de más de 3 alturas, debe tener autorización especifica para esa instalación de la Consejería de Industria y cumplir las prescripciones que en ella se indiquen.) T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se comprueba que el almacenamiento se está sitiado en espacios abiertos, pudiendo estar cubierto por la cubierta propia de la estación de servicio, y su piso no quedará a un nivel inferior al terreno que lo circunde. Este emplazamiento no impedirá la circulación de vehículos para el acceso a los distintos servicios de la estación de servicio. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Jaulas y expositores. Se verifica que: - Están construidos con materiales de clase A2-s3,d0 - Disponen de superficie de ventilación, tanto superior como inferior, tal que permita la aireación y circulación de aire. - Fuera de las horas de servicio, no permite la manipulación de los envases desde el exterior por personal ajeno al servicio T (Punto 2 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que la capacidad nominal del centro no es superior a la autorizada. (Ct=Cn x N x 0,65) SI NO NA NC DL DG DC

4 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 4 de 12 T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se comprueba que dispone, como mínimo, de 2 extintores de eficacia mínima unitaria de 21A-113B de 6Kg. cada uno en lugar fácilmente accesible T.14 REQUISITOS TECNICOS EN ALMACENAMIENTO EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES 5ª CATEGORÍA (Ct>150 Kg.) T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se comprueba que los envases de GLP almacenados son: de capacidad inferior a 15 kg, envases de GLP no rellenables (cartuchos) o depósitos móviles (populares) de hasta 3 kg de capacidad unitaria T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que la capacidad nominal del centro no es superior a la autorizada. (Ct=Cn x N x 0,65) T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que los envases están ordenados o ubicados en jaulas o expositores destinados a ello T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que en los escaparates solo se exhiben envases vacíos. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Los límites de las zonas destinadas a la exposición y venta de los envases de GLP están señalados de manera visible. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) A la entrada al establecimiento existe un cartel con la indicación o simbología: PROHIBIDO FUMAR EN LAS ZONAS SEÑALIZADAS, de dimensiones adecuadas para que sea visible con facilidad. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) En la zona donde se encuentran los envases de GLP existen uno o más carteles con la indicación de: PROHIBIDO FUMAR A MENOS DE 5 m DE ESTA ZONA, de dimensiones adecuadas para que sea visible con facilidad. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que las zonas donde se encuentren los envases de GLP estarán situadas en planta baja, su nivel no queda por debajo del terreno circundante y tienen a nivel del suelo una o mas rejillas con ventilación directa T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) El establecimiento comercial deberá estar separado por muros exentos de huecos de otros locales ajenos. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se comprueba que dispone, como mínimo, de 3 extintores de eficacia mínima unitaria de 21A-113B de 6 kg., en lugar fácilmente accesible en un lugar próximo a la zona de exposición y venta. T.15 REQUISITOS TÉCNICOS EN ALMACENAMIENTO EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES 5ª CATEGORÍA (Ct<=150 Kg.) SI NO NA NC DL DG DC SI NO NA NC DL DG DC

5 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 5 de 12 T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) El área asignada para el almacenamientos de envases y cartuchos (cartuchos y populares), deberá estar separada de los lugares en los que puedan existir llamas incontroladas o fuentes de irradiación de calor que incida sobre los mismos. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Los envases están ordenados o ubicados en jaulas o expositores destinados a tal efecto T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) En los escaparates solo podrán exhibirse envases vacíos. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) El área o zona donde se encuentren los envases de GLP dispondrá de ventilación necesaria y en ningún caso, estará situada en sótanos o semisótanos. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que la capacidad nominal del centro no es superior a la autorizada. (Ct=Cn x N x 0,65) T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) El local comercial dispondrá, como mínimo, 2 extintores de eficacia mínima unitaria de 13A-55B de 3 kg, cada uno en lugar fácilmente accesible. T (ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Otros defectos T.16 REQUISITOS TÉCNICOS 4ª CATEGORÍA (DESDE 501 KG. HASTA 1000 KG.) SI NO NA NC DL DG DC T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Están separadas las zonas de almacenamiento de envases llenos de las de envases vacíos y ambas de los lugares destinados a otros servicios. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Están señalizadas las zonas de almacenamiento de envases llenos, las de envases vacíos y los lugares destinados a otros servicios. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Las zonas de almacenamiento se encuentran al aire libre, no disponiendo de ningún tipo de edificación a tal fin, salvo una cubierta como máximo. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Disponer de letrero con la indicación o simbología: GAS INFLAMABLE, PROHIBIDO FUMAR Y ENCENDER FUEGOS, en lugar fácilmente visible. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Ser de una sola planta no subterránea, o cuyo nivel de piso no quede por debajo del nivel del terreno circundante de dicha zona. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Estar delimitada y acondicionada para que la carga y descarga se realice con facilidad mediante medios manuales o mecánicos, T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Estar prohibidas todas las actividades que impliquen la existencia de llamas libres o de cualquier fuente de calor que pueda elevar peligrosamente la temperatura de los envases que contengan GLP T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Estar prohibida la existencia de cualquier sustancia inflamable o fácilmente combustible.

6 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 6 de 12 T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Está previsto que toda persona que penetre en estos locales deposite antes de la entrada todo útil u objeto que pueda producir fuego o chispas, como mecheros, cerillas, etc. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se preverá la fácil salida del personal en caso de siniestro de tal forma que el recorrido máximo real (sorteando cualquier obstáculo) al exterior o a una vía segura de evacuación no será superior a 25 m. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) La disposición de los envases no obstruirá las salidas normales o de emergencia ni será obstáculo para el acceso a equipos o áreas destinados a la seguridad, excepto para superficies de almacenamiento = 25 m2 o cuando la distancia a recorrer para alcanzar la salida sea inferior a 6 m. T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Las zonas de almacenamiento de los envases y la que deba recorrer la carretilla, para la carga y descarga de camiones, poseen un piso sin irregularidades y permitir su maniobrabilidad. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Envases llenos, con válvula de seguridad: están colocados en posición vertical, debiendo alojarse en jaulas en caso de su almacenamiento en más de una altura T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) La iluminación es adecuada para garantizar, en todo momento, la correcta visibilidad en la manipulación de los envases y en la maniobrabilidad de los vehículos. T (Punto 3.3 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) El centro de almacenamiento deberá poseer en todo su perímetro un cerramiento formado al menos por un vallado de 2 m de altura, fijado sólidamente al suelo, y construido de tal forma que impida la manipulación de los envases desde el exterior. T (Punto 2 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se verifica que la capacidad nominal del centro no es superior a la autorizada. (Ct=Cn x N x 0,65) T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Se dispondrá, como mínimo, de 2 extintores de eficacia mínima unitaria de 21A-113B de 6 Kg. cada uno en lugar fácilmente accesible T.17 REQUISITOS TECNICOS 1º ( HASTA KG), 2º ( HASTA KG) Y 3º (1001 HASTA KG) CATEGORÍA T (Punto 2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Se verifica que la capacidad nominal del centro no es superior a la autorizada. (Ct=Cn x N x 0,65) T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Están separadas las zonas de almacenamiento de envases llenos de las de envases vacíos y ambas de los lugares destinados a otros servicios. T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Están señalizadas las zonas de almacenamiento de envases llenos, las de envases vacíos y los lugares destinados a otros servicios. SI NO NA NC DL DG DC

7 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 7 de 12 T T T T T T T T T T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Las zonas de almacenamiento se encuentran al aire libre, no disponiendo de ningún tipo de edificación a tal fin, salvo una cubierta como máximo. (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: Disponer de letrero con la indicación o simbología: GAS INFLAMABLE, PROHIBIDO FUMAR Y ENCENDER FUEGOS, en lugar fácilmente visible. (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: Ser de una sola planta no subterránea, o cuyo nivel de piso no quede por debajo del nivel del terreno circundante de dicha zona. (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: Estar delimitada y acondicionada para que la carga y descarga se realice con facilidad mediante medios manuales o mecánicos, (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: Estar prohibidas todas las actividades que impliquen la existencia de llamas libres o de cualquier fuente de calor que pueda elevar peligrosamente la temperatura de los envases que contengan GLP (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Zona de almacenamiento de envases llenos: Esta zona deberá cumplir los siguientes puntos: Estar prohibida la existencia de cualquier sustancia inflamable o fácilmente combustible (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Está previsto que toda persona que penetre en estos locales deposite antes de la entrada todo útil u objeto que pueda producir fuego o chispas, como mecheros, cerillas, etc. (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Se preverá la fácil salida del personal en caso de siniestro de tal forma que el recorrido máximo real (sorteando cualquier obstáculo) al exterior o a una vía segura de evacuación no será superior a 25 m. (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) La disposición de los envases no obstruirá las salidas normales o de emergencia ni será obstáculo para el acceso a equipos o áreas destinados a la seguridad, excepto para superficies de almacenamiento = 25 m2 o cuando la distancia a recorrer para alcanzar la salida sea inferior a 6 m. (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Las zonas de almacenamiento de los envases y la que deba recorrer la carretilla, para la carga y descarga de camiones, poseen un piso sin irregularidades y permitir su maniobrabilidad.

8 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 8 de 12 T T T T T T T T T (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Envases llenos, con válvula de seguridad: están colocados en posición vertical, debiendo alojarse en jaulas en caso de su almacenamiento en más de una altura (Punto 3.1 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) La iluminación es adecuada para garantizar, en todo momento, la correcta visibilidad en la manipulación de los envases y en la maniobrabilidad de los vehículos. (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Cerramiento. Los recintos propios de los centros, deberán estar rodeados de un cerramiento. Las condiciones de construcción de este cerramiento serán las siguientes: El cerramiento está colocado a 10 m. como mínimo del límite de la zona destinada al almacenamiento de los envases llenos. (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Cerramiento. Los recintos propios de los centros, deberán estar rodeados de un cerramiento. Las condiciones de construcción de este cerramiento serán las siguientes: Edificios: Todos los edificios del centro de almacenamiento deben quedar dentro del cerramiento, (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Cerramiento. Los recintos propios de los centros, deberán estar rodeados de un cerramiento. Las condiciones de construcción de este cerramiento serán las siguientes: Altura: Los lados que den a vías públicas o zonas con ocupación habitual de personas estará formado por un muro continuo con una altura = 2,5 m.; los lados restantes del cerramiento podrán ser de malla metálica con altura = 2 m. sujeta por soportes fijados en el terreno. (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Cerramiento. Los recintos propios de los centros, deberán estar rodeados de un cerramiento. Las condiciones de construcción de este cerramiento serán las siguientes: Aberturas: En el muro del cerramiento no deberán existir otros huecos que los necesarios para la explotación normal del centro. La situación de estos huecos se determinará de forma tal que quede garantizado el aislamiento del centro con respecto a otros locales. Las jaulas se dispondrán de modo que se tenga acceso mediante carretillas elevadoras u otros aparatos adecuados para el movimiento de las jaulas, Los envases llenos de hasta 15 kg. se podrán almacenar hasta 4 alturas, Los envases vacíos de hasta 15 kg. se podrán almacenar hasta 6 alturas,

9 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 9 de 12 T T T T T T T T Envases llenos o vacíos de más de 15 kg. se almacenarán en una única altura. Los centros de 1ª categoría dispondrán de Alarma de incendios en los sectores de incendio. Los centros de 1ª categoría dispondrán de un sistema de vigilancia o detección permanente, propio o contratado, que ejerza la vigilancia de las instalaciones fuera de la jornada de trabajo. El centro dispone de las tuberías y bocas de incendio a presión a =5 bar. equipadas de tipo DN25, convenientemente repartidas, a una distancia mínima de 10 m de la zona de almacenamiento de envases llenos. Lo centros cuyas instalaciones contraincendios no posean suministro exterior de agua estarán dotadas de depósitos de almacenamiento y medios de bombeo. Número de bocas de incendio equipadas: mínimo 6 para categoría 1ª, (Sustitución de la instalación de agua a presión por extintores: Previa autorización del OTC-CCAA, se podrá sustituir aumentando un 50% la dotación de aparatos extintores correspondientes al centro) Número de bocas de incendio equipadas: mínimo 2 para categoría 2ª y 3ª, (Sustitución de la instalación de agua a presión por extintores: Previa autorización del OTC-CCAA, se podrá sustituir aumentando un 50% la dotación de aparatos extintores correspondientes al centro) (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) El centro está dotado con un número mínimo de extintores de incendios, de tipo móvil, sobre ruedas o portátil manual, compatibles con GLP (polvo), siguientes: De 1º Categoría. (Ver tabla 1)

10 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 10 de 12 T T T T (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) El centro está dotado con un número mínimo de extintores de incendios, de tipo móvil, sobre ruedas o portátil manual, compatibles con GLP (polvo), siguientes: De 2º Categoría. (Ver tabla 1) (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) El centro está dotado con un número mínimo de extintores de incendios, de tipo móvil, sobre ruedas o portátil manual, compatibles con GLP (polvo), siguientes: De 3º Categoría. (Ver tabla 1) (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) El centro está protegido contra descargas eléctricas atmosféricas, mediante pararrayos. (No exigible a instalaciones legalizadas con la O. M. 30/11/1970) (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) En el interior del recinto no están permitido lo centros de transformación, ni otro aparellaje de alta tensión. (No exigible a instalaciones legalizadas con la O. M. 30/11/1970) T T (Punto ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) El centro está dotado de comunicación con el exterior (ITC-ICG-02 R.D. 919/ 06) Otros defectos.

11 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 11 de 12 Los defectos documentales no se califican D.10 REQUISITOS DOCUMENTALES 5ª CATEGORÍA SI NO NA DL DG DC D (Punto 4.4 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Existe constancia documental de Comunicación a la Administración y puesta en servicio de la instalación. D (Punto 4.4 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Nuevas Instalaciones: Existe constancia documental de inspección inicial por una OCA en vigor. D (Punto 5 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Instalaciones Existentes: Existe constancia documental de inspección periódica cada 2 años por una OCA en vigor. D (ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Otros defectos. Los defectos documentales no se califican D.11 REQUISITOS DOCUMENTALES 4ª CATEGORÍA SI NO NA DL DG DC D (Punto 4.4 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Existe constancia documental de Comunicación a la Administración y puesta en servicio de la instalación. D (Punto 4.4 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Nuevas Instalaciones: Existe constancia documental de inspección inicial por una OCA en vigor. D (Punto 5 ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Instalaciones Existentes: Existe constancia documental de inspección periódica cada 2 años por una OCA en vigor. D (ITC-ICG-02 R.D. 919/06) Otros defectos. Los defectos documentales no se califican D.12 REQUISITOS DOCUMENTALES 1º ( HASTA KG), 2º ( HASTA KG) Y 3º (1001 HASTA KG) CATEGORÍA SI NO NA DL DG DC D (Punto 4.4 ITC-ICG-02 R.D. 919/2006) Existe constancia documental de Comunicación a la Administración y puesta en servicio de la instalación. D (Punto 4.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/2006) Dispone del Proyecto firmado por técnico facultativo competente y visado D (Art b) R.D. 919/ 2006) Dispone del Certificado de dirección obra D (Punto 4.3 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Nuevas Instalaciones: Existe constancia documental de inspección inicial por una OCA, en vigor. D (Art. 2 R.D. 919/ 2006) Ampliación modificación (con cambio de categoría): Disponen del proyecto, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias. D (Punto 5 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Instalaciones Existentes: Existe constancia documental de inspección periódica cada 2 años por una OCA, en vigor. D (Punto 3 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Dispone de Certificado de inspección inicial y/o rev. periódica de baja tensión. D (Punto 3.2 ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) El material y las instalaciones de lucha contra incendios se encuentran en perfecto estado de funcionamiento. D (ITC-ICG-02 R.D. 919/ 2006) Otros defectos.

12 ALMACENAMIENTO DE GLP Página 12 de 12 Defecto Observaciones (Si se especifican anomalías indicar en la casilla de la izquierda la codificación del defecto) SI: No se ha encontrado defecto en la comprobación. NA: La comprobación no es aplicable. NO: Se ha encontrado defecto en la comprobación. NC: No se ha podido realizar la comprobación.

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