IMPRESO SOLICITUD PARA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES 1. DATOS DE LA UNIVERSIDAD, CENTRO Y TÍTULO QUE PRESENTA LA SOLICITUD

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1 Identificador : IMPRESO SOLICITUD PARA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES 1. DATOS DE LA UNIVERSIDAD, CENTRO Y TÍTULO QUE PRESENTA LA SOLICITUD De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales UNIVERSIDAD SOLICITANTE CENTRO CÓDIGO CENTRO Universidad Europea del Atlántico Facultad de Ciencias de la Salud NIVEL DENOMINACIÓN CORTA Máster Psicología General Sanitaria DENOMINACIÓN ESPECÍFICA Máster Universitario en Psicología General Sanitaria por la Universidad Europea del Atlántico RAMA DE CONOCIMIENTO CONJUNTO Ciencias de la Salud HABILITA PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS NORMA HABILITACIÓN Sí Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, BOE de 14 junio de 2013 SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS CARGO MANUEL ANTONIO MASIAS VERGARA Director Escuela Politécnica Superior Tipo Documento Número Documento NIE X S NOMBRE Y APELLIDOS CARGO RUBEN CALDERON IGLESIAS Rector Tipo Documento Número Documento NIF W RESPONSABLE DEL TÍTULO NOMBRE Y APELLIDOS CARGO RUBEN CALDERON IGLESIAS Rector Tipo Documento Número Documento NIF W 2. DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN A los efectos de la práctica de la NOTIFICACIÓN de todos los procedimientos relativos a la presente solicitud, las comunicaciones se dirigirán a la dirección que figure en el presente apartado. DOMICILIO CÓDIGO POSTAL MUNICIPIO TELÉFONO Calle Isabel Torres Santander PROVINCIA FAX ruben.calderon@uneatlantico.es Cantabria / 57 REPRESENTANTE LEGAL

2 3. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos solicitados en este impreso son necesarios para la tramitación de la solicitud y podrán ser objeto de tratamiento automatizado. La responsabilidad del fichero automatizado corresponde al Consejo de Universidades. Los solicitantes, como cedentes de los datos podrán ejercer ante el Consejo de Universidades los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación a los que se refiere el Título III de la citada Ley , sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa que ampare los derechos como cedentes de los datos de carácter personal. El solicitante declara conocer los términos de la convocatoria y se compromete a cumplir los requisitos de la misma, consintiendo expresamente la notificación por medios telemáticos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59 de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. En: Cantabria, AM 5 de diciembre de 2017 Firma: Representante legal de la Universidad 2 / 57

3 1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO 1.1. DATOS BÁSICOS NIVEL DENOMINACIÓN ESPECIFICA CONJUNTO CONVENIO CONV. ADJUNTO Máster Máster Universitario en Psicología General Sanitaria por la Universidad Europea del Atlántico LISTADO DE ESPECIALIDADES existen datos Ver Apartado 1: RAMA ISCED 1 ISCED 2 Anexo 1. Ciencias de la Salud HABILITA PARA PROFESIÓN REGULADA: Psicología Psicólogo General Sanitario RESOLUCIÓN Resolución de 3 de junio de 2013, BOE de 4 de junio de 2013 NORMA Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, BOE de 14 junio de 2013 AGENCIA EVALUADORA Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación UNIVERSIDAD SOLICITANTE Universidad Europea del Atlántico LISTADO DE UNIVERSIDADES CÓDIGO UNIVERSIDAD 083 Universidad Europea del Atlántico LISTADO DE UNIVERSIDADES EXTRANJERAS CÓDIGO existen datos LISTADO DE INSTITUCIONES PARTICIPANTES existen datos UNIVERSIDAD 1.2. DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS EN EL TÍTULO CRÉDITOS TOTALES CRÉDITOS DE COMPLEMENTOS FORMATIVOS / 57 CRÉDITOS EN PRÁCTICAS EXTERNAS CRÉDITOS OPTATIVOS CRÉDITOS OBLIGATORIOS CRÉDITOS TRABAJO FIN GRADO/ MÁSTER LISTADO DE ESPECIALIDADES ESPECIALIDAD existen datos 1.3. Universidad Europea del Atlántico CENTROS EN LOS QUE SE IMPARTE LISTADO DE CENTROS CÓDIGO CENTRO Facultad de Ciencias de la Salud Facultad de Ciencias de la Salud Datos asociados al centro TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO CRÉDITOS OPTATIVOS PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA Sí PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN

4 60 60 TIEMPO COMPLETO ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS TIEMPO PARCIAL ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA PRIMER AÑO RESTO DE AÑOS NORMAS DE PERMANENCIA Sí 4 / 57

5 2. JUSTIFICACIÓN, ADECUACIÓN DE LA PROPUESTA Y PROCEDIMIENTOS Ver Apartado 2: Anexo COMPETENCIAS 3.1 COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES BÁSICAS CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo. GENERALES CG1 - Aplicar los fundamentos de la bioética y el método de deliberación en la práctica profesional, ajustándose a su ejercicio como profesional sanitario a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias y a la confidencialidad de la información y de la protección de datos personales de los y las pacientes. CG2 - Adquirir, desarrollar y poner en práctica un concepto de salud integral, en donde tengan cabida los componentes biopsicosociales de la misma, conociendo el marco de actuación del psicólogo general sanitario y sabiendo derivar al profesional especialista correspondiente. CG3 - Desarrollar su trabajo desde la perspectiva de la calidad y la mejora continua, con la capacidad autocrítica necesaria para un desempeño profesional responsable, que conduzca a un grado de excelencia en el conocimiento y aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres. 3.2 COMPETENCIAS TRANSVERSALES existen datos 3.3 COMPETENCIAS ESPECÍFICAS CE1 - Adquirir, desarrollar y poner en práctica un concepto de salud integral, en donde tengan cabida los componentes biopsicosociales de la misma, de acuerdo con las directrices establecidas por la OMS. CE2 - Aplicar los fundamentos de la bioética y el método de deliberación en la práctica profesional, ajustándose su ejercicio como profesional sanitario a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. CE3 - Mostrar habilidades de comunicación interpersonal y de manejo de las emociones adecuadas para una interacción efectiva con los pacientes, familiares y cuidadores en los procesos de identificación del problema, evaluación, comunicación del diagnóstico e intervención y seguimiento psicológicos. CE4 - Analizar críticamente y utilizar las fuentes de información clínica. CE5 - Utilizar las tecnologías de la información y la comunicación en el desempeño profesional. CE6 - Redactar informes psicológicos de forma adecuada a los destinatarios. CE7 - Formular hipótesis de trabajo en investigación y recoger y valorar de forma crítica la información para la resolución de problemas, aplicando el método científico. CE8 - Conocer el marco de actuación del psicólogo general sanitario y saber derivar al profesional especialista correspondiente. CE9 - Desarrollar su trabajo desde la perspectiva de la calidad y la mejora continua, con la capacidad autocrítica necesaria para un desempeño profesional responsable. CE10 - Saber comunicar y comunicarse con otros profesionales, y dominar las habilidades necesarias para el trabajo en equipo y en grupos multidisciplinares. CE11 - Dominar las obligaciones y responsabilidades del personal sanitario relativas a la confidencialidad de la información y de la protección de datos personales de los pacientes. CE12 - Conocer en profundidad la naturaleza psicológica del comportamiento humano, así como los factores sociales y biológicos que pueden afectarlo. 5 / 57

6 CE13 - Conocer en profundidad la naturaleza psicológica de los trastornos del comportamiento humano. CE14 - Conocer en profundidad los factores psicosociales asociados a los problemas de salud y enfermedad. CE15 - Conocer en profundidad los factores biológicos y psicosociales asociados a los problemas de salud y enfermedad, especialmente los relacionados con la salud mental. CE16 - Conocer en profundidad los distintos modelos de evaluación e intervención en el campo de la Psicología General Sanitaria, así como las técnicas y procedimientos que de ellos se derivan para el abordaje de los trastornos del comportamiento y los factores psicológicos asociados con los problemas de salud. CE17 - Planificar, realizar y, en su caso, supervisar el proceso de evaluación psicológica del comportamiento humano y de los factores psicológicos asociados con los problemas de salud para establecer la evaluación de los mismos. CE18 - Diseñar, desarrollar y en su caso supervisar y evaluar planes y programas de intervención psicológica, en función de la evaluación psicológica y de las variables individuales y sociales concurrentes en cada caso. CE19 - Conocer las actividades necesarias para la constitución, puesta en marcha y gestión de una empresa, sus distintas formas jurídicas y las obligaciones legales, contables y fiscales asociadas. CE20 - Dominar la normativa vigente en el ámbito sanitario español. CE21 - Realizar actividades de promoción y de educación para la salud psicológica individual y comunitaria. 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1 SISTEMAS DE INFORMACIÓN PREVIO Ver Apartado 4: Anexo REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Requisitos de Acceso: Según lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, podrán acceder a estos estudios los estudiantes que reúnan cualquiera de las siguientes condiciones: Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. Los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior podrán acceder sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster. En caso de alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, se evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos. Criterios de Admisión: Atendiendo a la Orden ECD 1070/2013, constituirá un requisito necesario para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria, la posesión del título de Licenciado/Graduado en Psicología unido, en su caso a una formación complementaria que garantice que el interesado ha obtenido, al menos, 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario. En el caso de un título no obtenido en una institución universitaria del Espacio Europeo de Educación Superior, podrá acceder al Máster sin necesidad de homologación, previa comprobación de que dicho título acredita un nivel equivalente a los correspondientes títulos universitarios españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a los estudios de posgrado. El proceso de admisión al Máster comienza por remitir por correo postal o mensajería a la Sección de Admisiones de Postgrado la documentación siguiente: Solicitud de Admisión cumplimentada Currículo Vitae actualizado Fotocopia del DNI (sólo candidatos españoles) o NIE o pasaporte (sólo candidatos extranjeros) Fotocopia del Certificado de estudios / Expediente académico (finalizado o en último curso de la titulación universitaria) Dos fotografías tamaño pasaporte, en color. Una vez recibida la documentación, la Comisión de Admisiones al Máster en Psicología General Sanitaria integrada por la responsable de Coordinación de Ordenación Académica, la Dirección del Departamento de Admisiones, el Director Académico del Máster y dos profesores del Máster comprobará que la titulación presentada da acceso a la titulación, según lo establecido en los arts. 15 y 16 del Real Decreto 1393/2007 y lo establecido en el apartado C de la Orden ECD 1070/2013, y analizará las solicitudes recibidas con el fin de determinar la adecuación de los candidatos a los estudios de Máster. En esta fase de admisión serán considerados los siguientes criterios: Expediente académico del alumno (80%) Otros méritos vinculados al ámbito de la titulación (becas y premios relacionados con la titulación, formación de posgrado en titulaciones afines, experiencia profesional relacionada con la titulación) (20%) La Comisión Académica del Máster, se reserva el derecho de realizar entrevistas a los candidatos, en el caso de posibles dudas que puedan surgir al estudiar la documentación presentada. Concluida la valoración y análisis de los candidatos, la Comisión de Admisiones, aprueba o rechaza la solicitud. Una vez finalizada esta fase, el candidato recibe información escrita sobre su admisión, que se adelanta por teléfono y/o por correo electrónico, sobre el resultado del proceso de admisión y sobre la formalización de su inscripción en el Programa, la documentación definitiva, debidamente legalizada si así se requiriese por la naturaleza de los documentos aportados, que debe entregar para iniciar el proceso de preinscripción /reserva de plaza y posterior matrícula. 6 / 57

7 Preinscripción Una vez comunicada la admisión, los candidatos deben realizar la reserva de plaza. Esta preinscripción, y su pago económico, garantiza la plaza del candidato en el programa de Máster de la Universidad. Matrícula Los candidatos preinscritos y con reserva de plaza que deseen formalizar su matrícula académica en la Universidad deberán, dentro de los plazos señalados, seguir los siguientes pasos: Entrega de documentación: acreditar documentalmente que han superado los requisitos establecidos por la legislación universitaria española para poder comenzar/continuar sus estudios universitarios en la Universidad Europea del Atlántico. Formalización del proceso de matrícula vía Internet: El servicio de automatrícula de la página Web de la universidad permite a los estudiantes admitidos realizar todos los trámites académicos, económicos y administrativos, sin tener que desplazarse físicamente a la Universidad. Los alumnos admitidos formalizarán su automatrícula en los plazos que se indiquen. Para ello, recibirán en su domicilio, junto con su carta de admisión, la clave de acceso y contraseña personal necesarios para poder realizar su automatrícula académica y económica. Formalizada la automatrícula tras la comprobación de la documentación presentada, el candidato adquiere la condición de alumno de la Universidad Europea del Atlántico. En el proceso de automatrícula, el alumno cuenta en todo momento con la asistencia técnica de los Servicios Informáticos. Abono del coste de la matrícula anual de la titulación de postgrado para la que resultó admitido. La tasa de preinscripción / reserva de plaza es una parte del coste de la matrícula anual. 4.3 APOYO A ESTUDIANTES La Universidad Europea tiene muy interiorizados los procedimientos de los sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados. De manera general todos los Departamentos, tanto Académicos como de Servicios, están siempre orientados a facilitar el acceso a la Universidad del alumnado de nuevo ingreso. La Universidad organiza para los alumnos de nuevo ingreso, antes del comienzo oficial de las clases, un Curso de introducción y adaptación a la Universidad (Semana Cero). En estas jornadas, se introduce al alumno en la estructura de la Universidad y en el estudio de la titulación que han decidido cursar. Asimismo, se complementa con formación específica de apoyo a sus futuras asignaturas del primer curso y presentaciones en las que diferentes departamentos de la Universidad explican su funcionamiento y accesibilidad. Durante este curso, se presenta a los alumnos al profesor que será su Tutor, generalmente un profesor a tiempo completo del departamento académico responsable de la titulación. Los principales departamentos y personas que participan en este asesoramiento son: 1. Equipo de Dirección del Departamento. El Decano la Facultad o Centro, junto con el Coordinador del título, presenta al personal de apoyo, al profesorado, el plan de estudios, el sistema de enseñanza y la forma de evaluación prevista. Se trata de una introducción sobre qué se les va a exigir. Igualmente también se expone la normativa académica general, y la específica de la titulación. 2. Claustro Docente. Son los profesores encargados de impartir docencia. 3. Secretaría General presenta la normativa interna de aplicación para los alumnos, donde se informa sobre sus derechos y deberes, así como los aspectos legales en cuanto a su estancia en la Universidad: permanencia, obtención del título, etc. 4. Biblioteca. Igualmente presenta el uso de los recursos bibliográficos, así como del sistema de préstamos, carnet de estudiante, horarios y localización. 5. Centro de Asesoramiento Profesional. Es el encargado de realizar la exposición de la orientación profesional durante su estancia en la Universidad y su posterior inserción laboral. 6. Área y Servicio de Asociaciones, Clubes y Deportes. Muestra las actividades culturales y eventos deportivos dentro de la comunidad universitaria Uneatlantico y dentro del ámbito interuniversitario. 7. Departamento de Programas Internacionales. Explica las actividades culturales y educativas para extranjeros, así como los programas de intercambio, Universidades de acogida, niveles lingüísticos requeridos, ayudas, etc. 8. El Departamento de Sistemas Informáticos informa acerca de los recursos informáticos de la Universidad e imparte un curso sobre su utilización para un mejor aprovechamiento, el uso de los servicios al alumnado y la extranet de los estudiantes, a través de la cual podrán agilizar trámites y solicitudes, así como consultar notas, actualizar su currículo, consultar documentos y reglamentaciones y estar informados de noticias importantes. Durante esta semana se muestran todas las instalaciones, la ubicación de los departamentos con los que van a tratar durante su estancia en la Universidad Europea del Atlántico, y se les presenta a las personas a las que deben dirigirse cuando tengan cualquier duda. Asimismo, se les entrega el carnet de la Universidad, las tarjetas con las que podrán realizar sus fotocopias e impresiones, se les enseña la forma de hacerlo y se les ofrece una charla coloquio sobre la situación actual del sector audiovisual. Asimismo, se programan sesiones monográficas adicionales sobre la Biblioteca Virtual de la Universidad y los recursos electrónicos, como del Campus Virtual y el Sistema de Servicios al Alumnado, que se dirige desde el principio a la interacción Universidad-Alumno. A partir de ese momento, el apoyo y la orientación al alumno se realizan, a través de los siguientes cauces: Profesor-Coordinador, cuya función es la de animar, estimular y dirigir el aprendizaje de los alumnos. El Coordinador está en comunicación permanente con el Centro de Orientación e Inserción al Empleo (COIE) para facilitar la orientación profesional de los alumnos, y coordina las actividades de búsqueda de prácticas que realizan y la bolsa de empleo. También coordina los temas comunes con el claustro de profesores del grupo. En este sentido, se mantiene informado al resto de los profesores del grupo y se toman las medidas oportunas, en su caso, sobre posibles incidencias como faltas reiteradas de asistencia, bajo rendimiento, etc. A su vez, informa a los alumnos sobre las recomendaciones que en las reuniones del profesorado se han hecho sobre su aprendizaje, su rendimiento y su actitud en las diferentes asignaturas y actividades. Igualmente facilita la comunicación de la dirección de la facultad y de Secretaría General con los estudiantes, e informa a los estudiantes de las comunicaciones urgentes y actividades académicas (conferencias, seminarios, etc.) planificadas a lo largo del curso. Profesor-Tutor. Cada alumno cuenta con el asesoramiento y apoyo de un Profesor-Tutor de Trabajo de Fin de Máster, que el Coordinador selecciona tras la propuesta razonada del estudiante, un procedimiento que se describe con mayor detalle en esta Memoria, al dar cuenta de la planificación del programa. Centro de Orientación e Inserción al Empleo (COIE). Desde el punto de vista profesional, la Universidad dispone de un departamento específico, el COIE, que procura la vinculación entre empresas y alumnos mediante un trato individual y personalizado. Este Centro tiene un conocimiento completo del perfil académico y profesional de todos y cada uno de los alumnos, lo que permite adecuar las necesidades de cada una de las empresas colaboradoras a las necesidades formativas e intereses profesionales de cada alumno. El COIE procura la vinculación entre empresas y alumnos mediante un trato individual y personalizado. Este Centro tiene un conocimiento completo del perfil académico y profesional de todos y cada uno de los alumnos, lo que permite adecuar las necesidades de cada una de las empresas colaboradoras a las necesidades formativas e intereses profesionales de cada alumno. El COIE tiene el objetivo principal de favorecer la formación práctica de todos los estudiantes, así como apoyar el desarrollo de competencias y habilidades profesionales. Sus principales funciones son las siguientes: 7 / 57

8 Orienta y asesora profesionalmente a los alumnos mediante entrevistas personales, seminarios de formación, talleres de asesoramiento, etc. Acerca al alumno la realidad profesional y empresarial a través del Programa de Prácticas Formativas en Empresas e Instituciones. Fomenta el desarrollo de las habilidades y capacidades profesionales completando su formación en el ámbito profesional, mediante la gestión y coordinación de Seminarios en Competencias y Habilidades Profesionales. Facilita la inserción laboral de los titulados mediante la gestión de su Bolsa de Empleo, presentaciones de empresas y foros de empleo. El COIE es, en definitiva, el departamento responsable de desarrollar un vínculo entre las necesidades e intereses de los alumnos y la demanda de estudiantes/profesionales por parte de las empresas e instituciones. Las vías de información y comunicación con los alumnos y empresas que el COIE desarrolla son las siguientes: Entrevistas personales de asesoramiento y selección. Los coordinadores del COIE realizan entrevistas personales con cada uno de los alumnos que van a iniciar periodo de prácticas formativas, obteniendo información sobre los intereses y aptitudes de cada uno de ellos y así conseguir una adaptación lo más idónea posible al perfil de los puestos solicitados por las empresas. Así se les informa y asesora de manera personalizada por el coordinador de su titulación, sobre los aspectos relacionados con su perfil e inquietudes profesionales, con las prácticas formativas y el mercado laboral en general. Correos electrónicos informativos semanales dirigidos a los alumnos con las ofertas más interesantes recibidas por el departamento. Tablones informativos. Llamadas telefónicas informativas y de seguimiento y tutorización de las prácticas. Presentaciones de Empresas. Foro de Empleo, donde nuestros alumnos y antiguos alumnos conocen de primera mano el perfil de los profesionales que requieren las empresas, las necesidades de éstas, así como sus políticas de selección. Seminarios de Formación, organizados en diferentes sesiones en función de las distintas áreas de conocimiento impartidas en nuestra Universidad. El objetivo es informar a los alumnos sobre todo lo relativo a las prácticas obligatorias, dar a conocer el departamento y prepararles para su primera presentación en el mundo laboral: Técnicas de búsqueda, redacción de currículum vitae y carta de presentación, simulación de entrevistas profesionales, dinámicas de grupos, test psicotécnicos, etc. 4.4 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias MÍNIMO MÁXIMO 0 0 Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios MÍNIMO MÁXIMO 0 13 Adjuntar Título Propio Ver Apartado 4: Anexo 2. Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia Laboral y Profesional MÍNIMO / 57 MÁXIMO A los efectos prevenidos en la legislación vigente y de aplicación, con el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, se entiende por reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad Europea del Atlántico de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en ésta u otra Universidad, son computados en otras distintas a efectos de obtención de un título oficial. Serán objeto de reconocimiento en las nuevas enseñanzas los créditos obtenidos por el estudiante: a) Los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril. b) La experiencia laboral y profesional acreditada siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al título. En este sentido, se tomarán como criterio académico general los perfiles definidos para el título. c) El resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta las competencias y los conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal. El número máximo de créditos de los supuestos a) y b) no podrá ser superior, en su conjunto, al 15% del total de créditos que constituyen el Plan de Estudios. Asimismo la transferencia de créditos implica la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. El reconocimiento de créditos deberá ser solicitado por el estudiante en el momento de formalizar su matrícula. Excepcionalmente y con autorización explícita se podrá establecer un plazo diferente al mencionado. El estudiante deberá asimismo abonar las tasas académicas que se establezcan al efecto.

9 Criterios para el reconocimiento de créditos y su justificación en los supuestos a) y b): 1.- Para los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos a que se refiere el artículo 34.1 de la ley Orgánica 6/201, de 21 de diciembre, de Universidades se aplicarán los criterios siguientes: CRITERIO Nº 1.- Se aplicará el criterio habitual de reconocimiento de créditos, esto es, se procederá al reconocimiento cuando exista una identidad sustancial entre las competencias de la materia cursada en la titulación de origen y las competencias de la materia que se reconoce. Este criterio se justifica por la práctica habitual en el reconocimiento de créditos universitarios CRITERIO Nº 2.- El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el presente plan de estudios, considerando que este porcentaje engloba en su conjunto el reconocimiento de los supuestos a) y b). Este criterio se justifica porque así lo establece el mencionado Real Decreto 861/2010. obstante lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.4 del Real Decreto 1393, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el apartado anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimiento en su totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por el título oficial para el que se solicita el reconocimiento. 2.- En el caso de reconocimiento por experiencia laboral y profesional acreditada, se aplicarán los criterios siguientes: CRITERIO Nº 3.- Se realizará el reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, si dicha experiencia está relacionada con las competencias inherentes al título en la materia objeto de reconocimiento. La duración mínima de la experiencia profesional que ha de tener el candidato para poder optar a la valoración de la misma ha de ser de al menos 18 meses. La acreditación se podrá fundamentar en informes y/o certificados emitidos por las empresas o entidades en las que se desarrolló la actividad, Colegios profesionales, etc. Esto se justifica en la propia redacción del Real Decreto 861/2010 que exige la acreditación de esa experiencia y parece lógico que esa acreditación sea realizada por terceros debidamente reconocidos. La presentación de este tipo de informes y/o certificados que acrediten la experiencia laboral y profesional será condición necesaria, pero no suficiente, para el reconocimiento de esos créditos, puesto que finalmente será la Universidad Europea del Atlántico, la que decida si procede o no, el reconocimiento de los créditos a la vista de la acreditación presentada, en aplicación de la legislación vigente, en el ejercicio de su autonomía universitaria y conforme a su procedimiento interno de reconocimiento de créditos. CRITERIO Nº 4: El reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, junto con los cursados en otras enseñanzas superiores, tendrá un límite máximo del 15% del total de los créditos que constituyen el presente plan de estudios. Esto se justifica porque así lo establece el mencionado Real Decreto 861/2010. CRITERIO Nº 5.- En el presente plan de estudios, la única materia sujeta a reconocimiento por experiencia laboral y profesional acreditada es la materia Prácticas Externas. Teniendo en cuenta que esta materia es de 30 créditos y que el máster en su totalidad tiene 90 créditos, se establece como máximo el número de 13 créditos de reconocimiento por experiencia laboral y profesional acreditada, correspondientes al 15%. Cristerio Nº 6.- La duración mínima que el estudiante deberá acreditar para solicitar dicho reconocimiento es de 18 meses. El tipo de experiencia profesional que haya tenido el alumno será susceptible de reconocimiento siempre que haya estado vinculado durante el tiempo indicado a una práctica laboral afín a la realización de tareas y funciones directamente relacionadas con el ámbito profesional del máster, y en la que se pueda constatar que el alumno ha desarrollo las competencias correspondientes. CRITERIO Nº 7.- Los créditos por experiencia profesional podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, asociados a esa previa experiencia profesional y los correspondientes a la materia objeto de reconocimiento. En ningún caso se realizará un reconocimiento general de créditos en función de años de experiencia ni ningún otro criterio general similar. CRITERIO Nº 8.- En el reconocimiento de experiencia profesional, no se admitirá cualquier tipo de experiencia profesional, relacionada lejanamente con las competencias de la asignatura cuyo reconocimiento se solicita, sino que se reconocerá solamente en el caso de una buena adecuación entre esas competencias y la práctica profesional. Se evitará también el reconocimiento si dicha experiencia por parte del estudiante hubiera sido breve. Por lo tanto la Comisión de Reconocimiento de Créditos valorará en el momento del reconocimiento un equilibrio entre características de esa experiencia, ámbito donde se ha desarrollado y duración estipulada de la misma. CRITERIO Nº 9: - Como establece la orden ECD/1070/2013, los alumnos matriculados en el máster que hayan superado el primer año de formación al que se accede por la superación de la prueba selectiva anual para el acceso a 9 / 57

10 la Formación Sanitaria Especializada (PIR), se les reconocerá por las universidades los créditos correspondientes a las prácticas externas que tengan pendientes de realizar. La Universidad Europea del Atlántico pondrá especial cuidado en el proceso de reconocimiento de créditos por experiencia profesional, que se aplicará con un criterio restrictivo y una correlación clara entre experiencia y competencias reconocidas, para un desarrollo correcto y ordenado del nuevo escenario legal, y en el marco de las instrucciones emanadas de la ANECA tanto en los procesos de verificación como con vistas a los procesos de acreditación de los títulos. En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos de fin de grado y máster. Procedimiento utilizado por la universidad para reconocer los aprendizajes previos de los estudiantes en el proceso de admisión a las enseñanzas conducentes al título. Los estudiantes deberán presentar en Secretaría Académica la documentación siguiente: Certificación Académica Personal (original o fotocopia compulsada) en la que conste la denominación de las materias, la tipologías de las mismas, el número de créditos ECTS y la calificación obtenida por el estudiante. En el caso de los créditos mencionados en los apartados a) y b) deberán presentar el programa detallado de las materias (original sellado o fotocopia compulsada). En el caso de los créditos mencionados en el apartado c) deberán presentar la documentación acreditativa de la experiencia profesional y laboral. La Universidad podrá asimismo solicitar cuanta documentación adicional estime por conveniente. La Secretaría Académica remitirá la documentación presentada a la Comisión Académica que dictará el informe académico favorable o desfavorable al reconocimiento y/o transferencia solicitado por el estudiante. Posteriormente, el Rector expedirá la correspondiente Resolución rectoral reconociendo o denegando dicho reconocimiento. Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su Expediente Académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título, caso de que sea solicitado. El reconocimiento de los créditos en los supuestos b) y c) no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremo del expediente. rmativa propia de la universidad A continuación se incluye la normativa de la propia Universidad Europea del Atlántico relativa a la permanencia y continuación de estudios en títulos de máster y en otros títulos de posgrado, la cual puede encontrarse publicada en la página web de la universidad, en concreto en la URL NORMATIVA DE PERMANENCIA Y CONTINUACIÓN DE ESTUDIOS EN TÍTULOS DE MÁSTER UNIVERSITA- RIO Y EN OTROS TÍTULOS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO. I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea del Atlántico aprobó por acuerdo de su Patronato, de fecha 4 de noviembre de 2013, la normativa de permanencia acorde con la normativa universitaria vigente y el marco del modelo de enseñanza/aprendizaje que establece el Espacio Europeo de Educación Superior. II. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente normativa regula el régimen de permanencia del alumnado matriculado en la Universidad Europea del Atlántico en los estudios conducentes a los títulos de Máster Universitario, Máster Propio y en otros títulos posgrado referidos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. III. TIPOS DE MATRÍCULA Para cada curso académico la Universidad Europea del Atlántico ofrece tres tipos de matrícula de carácter ordinario en función del número de créditos de la misma: a tiempo completo, a tiempo parcial y reducida en atención a la discapacidad. Estos criterios son aplicables a cualquiera de las modalidades que se impartan en la Universidad Europea del Atlántico (presencial, semipresencial y/o a distancia ). 10 / 57

11 1. En las enseñanzas oficiales de Máster Universitario y en los estudios universitarios de Máster Propio los estudiantes con matrícula a tiempo completo podrán matricularse de un mínimo de 31 y un máximo del número máximo de créditos establecido en el Máster Universitario para un periodo anual (en su defecto 60 créditos ECTS por curso académico). Se establece que un crédito ECTS equivale a 25 horas de dedicación global del estudiante. En los otros títulos de posgrado y títulos propios los estudiantes podrán matricularse de las asignaturas, materias, módulos y créditos que la propia naturaleza y ordenación de las enseñanzas de este específico programa se determinen por la Comisión de Estudios de Posgrado. 1. La matrícula a tiempo parcial en los estudios de Máster Universitario y de Máster Propio implica que los estudiantes podrán matricularse de un mínimo de 6 y un máximo de 30 créditos ECTS por curso académico. El alumnado formalizará este tipo de matrícula en atención a circunstancias de orden personal, laboral o de rendimiento académico que así lo aconsejen. 2. La matrícula reducida en atención a la discapacidad está dirigida a estudiantes que por razón de su situación deben acometer un número inferior de créditos para obtener tasas de éxito razonables. Para que el alumnado pueda acogerse a este tipo de matrícula, además de presentar su certificado de discapacidad expedido por el órgano competente, debe contar con un informe favorable de la Comisión de Estudios de Posgrado que vincule discapacidad con rendimiento académico. Los límites de matriculación de créditos para este tipo de matrícula queda fijado entre 6 y 60 créditos ECTS. IV. RÉGIMEN DE PERMANENCIA 1. El estudiante podrá matricularse dos veces por asignatura, materia o módulo, más una tercera matrícula excepcional, denominada en la tradición universitaria española como de gracia, que será solicitada al Rector siempre que su rendimiento académico supere el 50% y no haya sufrido sanción disciplinaria alguna. Para el cálculo del rendimiento se tendrá en cuenta el número de créditos superados respecto a los matriculados, sin computar el reconocimiento de créditos. Dicha solicitud en todo caso vendrá avalada y con informe favorable de la Comisión de Estudios de Posgrado. En caso de no superar la asignatura, materia o módulo deberá abandonar esa titulación en esta universidad. 1. Como regla general en cada curso académico se dispondrá de una convocatoria ordinaria y otra convocatoria extraordinaria para cada asignatura, materia o módulo matriculada y no superada en la convocatoria ordinaria. 2. Las convocatorias a las que se refiere este artículo se computarán sucesivamente, entendiéndose agotadas aunque el alumno no se presente a examen. obstante, la aplicación de esta norma podrá ser objeto de dispensa en los supuestos de enfermedad grave u otra causa acreditada, mediante Resolución del Rector previo informe de la Comisión de Estudios de Posgrado de la Universidad Europea del Atlántico. 1. Los estudiantes del Máster Universitario que entre las convocatorias ordinaria y extraordinaria de un año académico no hayan aprobado ninguna asignatura, materia o módulo no podrán proseguir sus estudios en la titulación del Máster en que hubieren estado matriculados. obstante, podrán iniciar estudios en otras titulaciones de Máster o de Posgrado de la Universidad. 2. Los estudiantes que continúan estudios, o de nueva matrícula que suponga reconocimiento de créditos de otros títulos, deberán superar anualmente, al menos, el 10% de los créditos matriculados para continuar estudios. Están exentos de este porcentaje el alumnado al que le resten 12 créditos o menos para concluir sus estudios. 3. Los estudiantes tendrán que matricularse obligatoriamente de todas las asignaturas, materias o módulos matriculadas y no superadas en el curso/os anterior, a excepción de las asignaturas de carácter Optativo. Ningún estudiante podrá matricularse de asignaturas nuevas mientras no lo haga de todas las matriculadas y no superadas en el curso o cursos anteriores, con la excepción anteriormente señalada. 4. Así mismo, sólo se podrán matricular de la asignatura "Trabajo final de Máster" los estudiantes que hayan superado un mínimo del 50% créditos ECTS correspondiente al título de Máster. V. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA 1. Para los estudiantes que cursen enseñanzas en la modalidad presencial, se establece la obligatoriedad de la asistencia a clases como parte esencial del proceso de enseñanza/aprendizaje y de su evaluación. 2. Para los estudiantes que cursen enseñanzas en las modalidades semipresencial o a distancia, deberán utilizar el sistema tecnológico que la universidad pone a su disposición para el seguimiento, proceso de enseñanza y evaluación continua que se establezca en el Programa de esa titulación. VI. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA 1. Los estudiantes que hayan superado asignaturas, materias o módulos con objetivos competenciales similares en enseñanzas universitarias oficiales podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes. 2. Se podrán reconocer créditos obtenidos en enseñanzas universitarias conducentes a titulaciones propias si el estudiante ha superado asignaturas o materias con objetivos competenciales similares en otros estudios de posgrado cursados en ésta u otra universidad, así como la experiencia profesional demostrada, dentro de los límites, porcentajes y criterios establecidos por la normativa universitaria de aplicación. Se excluye de este reconocimiento el Trabajo Fin de Máster. VII. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA 11 / 57

12 1. La Universidad se reserva el derecho de continuar ofertando o no un Máster Universitario, Máster Propio o Título de Posgrado que se haya ofertado en años anteriores. 2. En el supuesto de que la Universidad, a través de su Patronato, considerase proceder a la modificación y/o extinción de un Plan de estudios o Título de cualquiera de las enseñanzas indicadas en el numeral anterior, se adoptarán todas las medidas y garantías necesarias para que los estudiantes puedan finalizar dichos estudios. VIII. DISPOSICIÓN FINAL La presente normativa entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo Rector de la Universidad Europea del Atlántico. 4.6 COMPLEMENTOS FORMATIVOS 12 / 57

13 5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS 5.1 DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS Ver Apartado 5: Anexo ACTIVIDADES FORMATIVAS Actividad dirigida: Clases expositivas Actividad dirigida: Seminarios y talleres Actividad dirigida: Clases prácticas Actividad supervisada: Corrección de actividades Actividad supervisada: Tutorías (individual - grupo) Actividad supervisada: Actividades de foro Actividad supervisada: Prácticas externas Actividad supervisada: Tutorías Trabajo de Fin de Máster Actividad autónoma: Estudio personal y lecturas Actividad autónoma: Elaboración de trabajos (individual/grupo) Actividad autónoma: Trabajo en campus virtual Actividad autónoma: Preparación de clases Actividades de evaluación 5.3 METODOLOGÍAS DOCENTES Método expositivo Estudio y análisis de casos Resolución de ejercicios Aprendizaje basado en problemas Aprendizaje orientado a proyectos Aprendizaje cooperativo/trabajo en grupos Trabajo autónomo Metodología de prácticas externas 5.4 SISTEMAS DE EVALUACIÓN Actividades de evaluación continua y formativa Examen final Informe de evaluación de las prácticas externas Memoria de prácticas externas Trabajo de Fin de Máster Defensa presencial del Trabajo de Fin de Máster 5.5 NIVEL 1: Módulo Básico Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Fundamentos Científicos y Profesionales de la Psicología Sanitaria Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral 6 13 / 57

14 Sí NIVEL 3: Fundamentos científicos y metodológicos de la psicología sanitaria Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Obligatoria 3 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL 3 Sí NIVEL 3: Fundamentos profesionales del psicólogo sanitario Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Obligatoria 3 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL 3 Sí 14 / 57

15 RESULTADOS DE APRENDIZAJE En esta materia se esperan los siguientes resultados de aprendizaje por parte de los alumnos: Conocer los aspectos legales relevantes que regulan la práctica de la psicología en España (principios éticos y código deontológico). Valorar los deberes y responsabilidades de la profesión. Conocer los principios de la protección de datos (LOPD). Identificar los criterios de elección de la forma jurídica y los trámites generales a tener en cuenta en el proceso de constitución y puesta en marcha de una empresa. Comprender y ser capaz de analizar la investigación y el rigor en los contextos clínicos. Conocer las características básicas del Sistema Sanitario Español. Conocer el papel del psicólogo en el contexto sanitario. Conocer las competencias generales y específicas que debe perfeccionar un psicólogo sanitario. Conocer el modelo biopsicosocial en profundidad, así como las principales variables psicológicas, sociales y físicas implicadas en este modelo. Identificar los contextos sanitarios donde hay que profundizar para la concienciación de los demás profesionales del abordaje biopsicosocial de la enfermedad. Conocer cómo se interrelacionan los tres principales sistemas biológicos, así como predecir las posibles repercusiones psicológicas y físicas de esta interrelación CONTENIDOS Asignatura Fundamentos científicos y metodológicos de la psicología sanitaria: Particularidades de la investigación en el entorno socio-sanitario. Aspectos éticos. El método científico y su conceptualización. Paradigmas de investigación. El proceso de investigación científica. Búsqueda y presentación de la información científica. Concepción teórica de la investigación. Diseño de la investigación científica. Concepción metodológica de la investigación. Resultados de la investigación. Asignatura Fundamentos profesionales del psicólogo sanitario: Ámbitos de actuación del psicólogo general sanitario. Planificación estratégica de un servicio psicológico. Control de la gestión de los servicio psicológico en un entorno socio sanitario. Marco legal y normativo de la psicología sanitaria. Contextualización del Sistema Sanitario Español. Código deontológico y ética profesional en psicología. Confidencialidad (LOPD). Competencias del psicólogo en el ámbito sanitario. Habilidades básicas del desempeño profesional en ámbitos multidisciplinares OBSERVACIONES COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Aplicar los fundamentos de la bioética y el método de deliberación en la práctica profesional, ajustándose a su ejercicio como profesional sanitario a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias y a la confidencialidad de la información y de la protección de datos personales de los y las pacientes. CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo TRANSVERSALES existen datos ESPECÍFICAS CE2 - Aplicar los fundamentos de la bioética y el método de deliberación en la práctica profesional, ajustándose su ejercicio como profesional sanitario a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. 15 / 57

16 CE3 - Mostrar habilidades de comunicación interpersonal y de manejo de las emociones adecuadas para una interacción efectiva con los pacientes, familiares y cuidadores en los procesos de identificación del problema, evaluación, comunicación del diagnóstico e intervención y seguimiento psicológicos. CE8 - Conocer el marco de actuación del psicólogo general sanitario y saber derivar al profesional especialista correspondiente. CE10 - Saber comunicar y comunicarse con otros profesionales, y dominar las habilidades necesarias para el trabajo en equipo y en grupos multidisciplinares. CE11 - Dominar las obligaciones y responsabilidades del personal sanitario relativas a la confidencialidad de la información y de la protección de datos personales de los pacientes. CE19 - Conocer las actividades necesarias para la constitución, puesta en marcha y gestión de una empresa, sus distintas formas jurídicas y las obligaciones legales, contables y fiscales asociadas. CE20 - Dominar la normativa vigente en el ámbito sanitario español ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Actividad dirigida: Clases expositivas Actividad dirigida: Seminarios y talleres Actividad dirigida: Clases prácticas Actividad supervisada: Corrección de actividades Actividad supervisada: Tutorías (individual - grupo) Actividad autónoma: Estudio personal y lecturas Actividad autónoma: Elaboración de trabajos (individual/grupo) Actividad autónoma: Trabajo en campus virtual Actividad autónoma: Preparación de clases 15 0 Actividades de evaluación METODOLOGÍAS DOCENTES Método expositivo Estudio y análisis de casos Resolución de ejercicios Aprendizaje cooperativo/trabajo en grupos Trabajo autónomo SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Actividades de evaluación continua y formativa Examen final NIVEL 1: Módulo Específico Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Evaluación e intervención en psicología sanitaria Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER ECTS NIVEL 2 24 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral Obligatoria 16 / 57

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