Principales elementos de la Reforma a la Ley de la Propiedad Industrial en materia de Signos Distintivos
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- Gustavo Valdéz Martínez
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1 Principales elementos de la Reforma a la Ley de la Propiedad Industrial en materia de Signos Distintivos
2 Principales elementos de la Reforma
3 Nuevo Concepto de Marca Qué es? Es todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado. ACTUAL REFORMA Se entiende por marca, todo signo perceptible por los s e n t i d o s y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.
4 Qué puedo solicitar? Denominaciones, letras, números Elementos figurativos
5 Qué puedo solicitar? Signos holográficos Reg KIPO Reg KIPO Formas tridimensionales
6 Qué puedo solicitar? Sonidos Reg USPTO Reg USPTO Olores R USPTO
7 Qué puedo solicitar? Imagen comercial Entendida como la pluralidad de elementos operativos; elementos de imagen: incluidos, entre otros, el tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque, la decoración, o cualquier otro que al combinarse, distingan productos o servicios en el mercado. Reg USPTO Reg Oficina de Patentes y Marcas de la India
8 Qué puedo solicitar? Marca Colectiva El artículo 96 de la Ley de la Propiedad Industrial, establece que las asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, legalmente constituidas, podrán solicitar el registro de marca colectiva para distinguir, en el mercado, los productos o servicios de sus miembros respecto de los productos o servicios de terceros.
9 Qué puedo solicitar? Marca de Certificación La característica habitual de una marca de certificación es que el titular de la marca no es quien la utiliza, sino sus usuarios autorizados, con el propósito de garantizar al público destinatario que los bienes o servicios poseen una característica en particular. La marca de certificación es indicadora de calidad de los productos o servicios en cuestión, en cuyo titular recaen la obligación de controlar el uso de dicha marca y la obligación de imponer sanciones en caso de que este uso no fuese conforme con lo previsto en sus reglas de uso.
10 Notificaciones De conformidad con el artículo 183 de la Ley de la Propiedad Industrial, el Instituto notificará quincenalmente, a través de la Gaceta de la Propiedad Industrial: resoluciones, requerimientos, inscripciones y demás actos emitidos por la Dirección Divisional de Marcas, independientemente de la fecha de presentación de tu trámite. La Gaceta podrá consultarse a través de la dirección electrónica O en MARCANET, ingresando tu número de expediente o registro, en el siguiente enlace: Es muy importante tener presente que a partir del 10 de agosto TODAS las notificaciones se realizarán ÚNICAMENTE a través de la Gaceta de la Propiedad Industrial, por lo que se recomienda consultarla los días 15 y último de cada mes, para conocer si existe alguna notificación relacionada con tu trámite. En caso que los días 15 o último de cada mes resulten inhábiles, la Gaceta se publicará el siguiente día hábil.
11 Sistema de Oposición Permite a cualquier persona oponerse a una solicitud de registro de marca, aviso o nombre comercial, por considerar que incurre en alguno de los impedimentos que señala la Ley de la Propiedad Industrial. Brinda mayor seguridad jurídica en el otorgamiento y protección de los derechos de Propiedad Industrial. La tarifa para la presentación de un escrito de oposición se encuentra disponible e n e l s i g u i e n t e e n l a c e : Para cualquier duda, favor de enviar un correo a dm@impi.gob.mx
12 Sistema de Oposición 1 mes para oponerse Notificación Se presenta un escrito de oposición, con las pruebas respectivas y el comprobante de pago. Se notifica al solicitante a través de la Gaceta de la Propiedad Industrial, directamente en la página 1 mes para responder Desahogo de Pruebas y Alegatos El solicitante podrá presentar un escrito de contestación manifestando lo que a su derecho convenga y, en su caso, presente pruebas. Transcurrido el plazo de un mes para presentar la contestación, se tendrán 2 días para formular alegatos. Resolución Transcurrido dichos plazos, se realizará el examen de fondo.
13 Declaración de Uso Únicamente los registros de marca, marca colectiva, aviso comercial o de publicación de nombre comercial otorgados a partir del 10 de agosto de 2018, deberán presentar la declaración de uso a la que se refieren los artículos 128 de la Ley de la Propiedad Industrial y 62 BIS de este Reglamento. ü El titular de una marca esta obligado declarar el uso real y efectivo de ésta en territorio nacional y acompañar a la declaración, el pago de la tarifa correspondiente. ü Esta declaración deberá presentarse durante los tres meses posteriores, contados a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro. DECLARACIÓN DE USO EN LA RENOVACIÓN ü En la renovación del registro de marca se declarará el uso real y efectivo de la marca y deberá acompañar los pagos de las tarifas correspondientes. IMPORTANTE! Si el titular no declara el uso, el registro caducará de pleno derecho.
14 Nuevas Tarifas De conformidad con el Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, a partir del 10 de agosto de 2018, los costos serán los siguientes. Marcas Avisos Comerciales Nombres Comerciales Tarifa anterior $2, $ $ Reforma Tarifa única Presentación física $3, Incluye I.V.A Descuento 10% sobre tarifa única Marca en Línea y Presentación física de marcas: de sonido, de olor, signos holográficos e imagen comercial $2,813.77
15 Nuevas Tarifas Presentación física de Solicitud de Protección de Signos Distintivos. Marca Marca colectiva Marca de certificación Aviso comercial Nombre comercial $3, Presentación en línea. Marca Aviso comercial Nombre comercial $2, No incluye: Marca holográfica Marca de sonido Marca de olor Imagen comercial Presentación física de Solicitud de Protección de Signos Distintivos. Marca holográfica Marca de sonido Marca de olor Imagen Comercial Combinación $2,813.77
16 Nuevas Tarifas Es importante señalar que a partir del 10 de agosto de 2018, deberá presentar el comprobante de pago de la Tarifa vigente. En caso de tener un comprobante de pago (sin presentar) con la Tarifa anterior, deberás solicitar el reembolso del mismo ante el área de Administración del IMPI. Para mayor información, puedes enviar un correo a dm@impi.gob.mx Puedes consultar las nuevas tarifas, en el siguiente enlace:
17 Nuevas Tarifas Para los usuarios del sistema Marca en Línea, se les informa: De conformidad con la ley de la Propiedad Industrial y el Acuerdo que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, deberán presentar las solicitudes que se encuentren en estatus Por finalizar captura, Por pagar y Por firmar, antes del 10 de agosto de De lo contrario, no podrán firmar la solicitud y tendrán que solicitar la devolución del mismo, ante la Dirección Divisional de este Instituto. Para cualquier duda, pueden enviar un correo a marcaenlinea@impi.gob.mx
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