COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES DE CAPACITACIÓN PERIODO
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- Celia Benítez Piñeiro
- hace 5 años
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1 ACUERDO No. 722 En Ciudad Universitaria, Distrito Federal, siendo las catorce horas del día veintinueve de abril del año dos mil trece, reunida la Comisión Mixta Permanente de Capacitación y Adiestramiento (CMPCA), en la sala de juntas de la Subdirección de Capacitación y Desarrollo, sita en el costado Norte del Estadio Olímpico México 68, C. P , por parte de la UNAM, los licenciados Eduardo F. Gajá Rodríguez, José Manuel Moreno Vázquez y Adrián R. García Posadas; por el, el licenciado Rodolfo Cruz Terán, el TUM. Martín Godínez Piña y la C. María del Pilar Saavedra Solá, con el propósito de conocer los requerimientos de capacitación de las entidades y dependencias que conforman la UNAM mediante la realización del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación (DNC), al tenor de los siguientes: C O N S I D E R A N D O S 1. Que el Plan de Capacitación y Adiestramiento y los Programas Anuales que lo integren, así como el proceso mediante el cual se determine proporcionar capacitación y adiestramiento al personal administrativo de base de la UNAM, deberán considerar las disposiciones previstas en los artículos 153-A al 153-X, de la Ley Federal del Trabajo (LFT). 2. Que los programas de capacitación y adiestramiento para el personal administrativo de base de la UNAM que la CMPCA acuerde, deberán basarse en las necesidades institucionales que las subcomisiones mixtas de capacitación y adiestramiento (SMCA) de las entidades y dependencias reporten mediante el DNC; 3. Que las necesidades de capacitación y adiestramiento reportadas por las SMCA de las entidades y dependencias deberán considerar información relacionada con los puestos (en lo general), las áreas (en lo específico) y los trabajadores (en lo particular), y 4. Que la atención a los requerimientos de capacitación y adiestramiento deberán redundar en un mejor cumplimiento de las actividades sustantivas de la UNAM, así como a la elevación de las capacidades de los trabajadores, el mejoramiento de su compromiso institucional y su nivel vida. En razón de lo anterior, la CMPCA tiene a bien suscribir los siguientes: A C U E R D O S Primero. Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento (SMCA) de las entidades y dependencias con el apoyo de los Secretarios, Jefes de Unidad y Delegados Administrativos, deberán recopilar al interior de las mismas la información relacionada con las necesidades de capacitación del personal administrativo de base, así como las de enseñanza abierta (Primaria, Secundaria y Preparatoria).
2 Segundo. Tercero. U N A M Las SMCA con el apoyo y participación de los Jefes inmediatos (Confianza y Base), deberán obtener la información directamente en las áreas que conforman las entidades y dependencias para realizar después, el llenado y envío a la CMPCA de los formatos Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete y Ocho (anexos). Cobertura de Plazas (Formatos Uno y Dos). Si el requerimiento de capacitación de alguna Entidad o Dependencia puede atenderse mediante la incorporación de uno o más trabajadores a alguno de los cursos de Promoción Escalafonaria programados por la CMPCA para el año 2014, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la misma, la SMCA deberá presentar ante dicha Comisión por lo menos con 15 días de anticipación al inicio del curso de referencia, el Formato Uno debidamente requisitado junto con un escrito firmado bilateralmente que contenga lo siguiente: Nombre de los trabajadores interesados en participar en el curso que NO hayan registrado su inscripción vía internet en el periodo determinado por la CMPCA, su número de empleado, RFC, nombre del puesto, antigüedad laboral, antigüedad en el puesto. Copia de los documentos que comprueben el cumplimiento del requisito establecido por la CMPCA para el curso solicitado. NOTA. Los trabajadores que hayan registrado su inscripción vía internet y los propuestos mediante el Formato Uno, serán sujetos de la aplicación de los lineamientos y criterios de la CMPCA en igualdad de circunstancias. Si el requerimiento de capacitación de alguna Entidad o Dependencia NO puede atenderse mediante uno de los cursos de Promoción Escalafonaria programados por la CMPCA para el año 2014, ni por algún otro de los contenidos en el Catálogo de Cursos, la SMCA deberá presentar ante dicha Comisión el Formato Dos debidamente requisitado. Cuarto. Actualización y Adiestramiento (Formatos Tres y Cuatro). Las entidades y dependencias que requieran capacitar a sus trabajadores en una función o tarea específica y que ésta pueda ser atendida con alguno de los cursos que la CMPCA tiene previstos en su Catálogo, deberán proporcionar mediante el Formato Tres, los datos de quienes serían considerados para participar en el curso de referencia. Es importante precisar que sólo serán aceptados aquellos trabajadores cuyo puesto se relacione con el curso solicitado, y que cumplan con los lineamientos y criterios establecidos por la CMPCA. El Formato Cuatro será utilizado para solicitar la capacitación de los trabajadores en una función o tarea específica, la cual NO puede ser atendida con alguno de los cursos que la CMPCA tiene previstos en su Catálogo. La necesidad de capacitación diagnosticada para este Subprograma, deberá considerar deficiencias o carencias de conocimiento derivadas de: 2
3 Quinto. Sexto. Séptimo. U N A M i. Cambios en los procesos de trabajo. ii. Manejo de nuevas tecnologías. iii. Personal de nuevo ingreso por contratación, promoción o reubicación de puesto. Cómputo.- (Formato Cinco y Seis). Las entidades y dependencias que deseen capacitar a los trabajadores que requieren utilizar una computadora para el desarrollo de las funciones en el puesto contratado, deberán proporcionar los datos de los mismos mediante el Formato Cinco. Asimismo, mediante el Formato Seis, podrán solicitar la inscripción de aquellos trabajadores que NO requieren utilizar una computadora para el desempeño de sus funciones, pero que tienen el interés de adquirir dicho conocimiento. Los cursos en los que se podrán inscribir a los trabajadores son: Introducción a la Computación, Word 1, Word 2, Excel 1, Excel 2, PowerPoint, Access Básico, Internet y Outlook (Agenda Electrónica). En caso de requerir capacitar a algún trabajador en otro tema relacionado con el manejo y uso de las computadoras, deberán presentar a la CMPCA un escrito firmado bilateralmente con dicho requerimiento. Desarrollo Humano y Superación Personal (Formato Siete). Las entidades y dependencias que requieran capacitar a los trabajadores en temas que contribuyen al mejoramiento de su relación laboral y familiar, así como a la elevación de su autoestima y a renovar su compromiso personal e institucional, entre otros aspectos, deberán proporcionar los datos de los mismos mediante el Formato Siete. La necesidad de capacitación diagnosticada en este campo, deberá: Reforzar la identidad institucional de los trabajadores, y propiciar el mejoramiento de las relaciones interpersonales y el ambiente laboral. Elevar su autoestima y motivación. Fortalecer su capacidad de comunicación y conducta asertiva. Favorecer el control y manejo del estrés. Fomentar el trabajo en equipo. Proporcionar apoyos para la adquisición de conocimientos o el desarrollo de habilidades y destrezas que no correspondan necesariamente a las funciones del puesto contratado, tales como: mecanografía por computadora, taquigrafía, archivo, ortografía y redacción, etc. Programa de Enseñanza Abierta, Primaria, Secundaria y Preparatoria (Formato Ocho). La CMPCA brindará el apoyo a los trabajadores interesados en iniciar, continuar o concluir sus estudios de escolaridad básica dentro del sistema abierto del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), incluyéndolos en cualquiera de los círculos de estudio que a la fecha de la petición estén operando o, de ser el caso, abrir un círculo en sus instalaciones. Para tal efecto, las entidades y dependencias deberán utilizar el Formato Ocho. 3
4 En lo referente al nivel de preparatoria abierta que imparte la SEP y los organismos públicos descentralizados sectorizados a ésta, que a partir del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero del 2012 es parte de la educación obligatoria, se estará a lo que se reglamente y se acuerde al respecto por parte de las instancias correspondientes. Octavo. Noveno. Décimo. Después de haber obtenido la información de las necesidades de capacitación con el apoyo y participación de los Jefes inmediatos (Confianza y Base) de las distintas áreas que conforman la Entidad o Dependencia, y una vez realizada la concentración de la misma en los formatos antes mencionados, los Secretarios, Jefes de Unidad o Delegados Administrativos por conducto de su representación en la SMCA, serán los responsables de incorporar la información contenida en dichos formatos en el Sistema DNC-Base, así como los datos de los representantes de la SMCA. Para tener acceso a dicho sistema se deberá utilizar la clave de la Entidad o Dependencia proporcionada por la Dirección de Sistemas de la DGPE. El acceso al Sistema DNC-Base será del 19 de agosto al 13 de septiembre de La ruta de acceso es rubro CAPACITACIÓN, apartado de DNC PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE. Una vez concluida la incorporación de dicha información, deberá imprimirse un concentrado de la misma, revisarse y, en caso de ser necesario, corregirse y capturarse de nuevo, finalmente deberá imprimirse, firmarse y ser conservada por la SMCA, en tantos iguales para los respectivos representantes. Respecto de los formatos Uno y Dos del Subprograma de Promoción Escalafonaria, se estará a lo dispuesto en el numeral Tercero del presente Acuerdo. Decimoprimero. La CMPCA, con base en la información recibida en el Sistema DNC-Base, así como en la que obtenga de las sedes alternas y otras fuentes, acordará el Programa Anual de Cursos 2014, algunos de los cuales se realizarán centralmente en la Subdirección de Capacitación y Desarrollo (SCD), y otros serán impartidos directamente en las entidades y dependencias al amparo del programa de capacitación desconcentrado, como se especifica en el siguiente cuadro: Programa Subdirección de Capacitación y Desarrollo (SCD). Central Programa Desconcentrado Sedes Alternas Sedes Habilitadas Sedes Foráneas (FES Acatlán, Aragón, Cuautitlán, Iztacala y Zaragoza y CCH Sur y Vallejo). (Cualquier Entidad y Dependencia donde se imparta un curso, distintas de las Alternas y Foráneas. Entidades y dependencias ubicadas en el interior del país. 4
5 Decimosegundo. Tratándose del programa de capacitación desconcentrado, algunos de los cursos podrán ser programados en forma inmediata, y otros requerirán de un tiempo mayor para efectuar la búsqueda del instructor, la preparación del contenido temático y el material didáctico y, en su caso, del equipo y espacio necesarios para su realización. Decimotercero. La LFT prevé que los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a: I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento; II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y III. Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud o de competencia laboral que sean requeridos. Decimocuarto. La LFT prevé que cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir ésta, por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad mediante el correspondiente certificado de competencia laboral o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia respectivo. En este último caso, se extenderá a dicho trabajador la constancia de competencias o de habilidades laborales. Decimoquinto. La CMPCA realizará dos reuniones en el Auditorio de la Dirección de Relaciones Laborales, con los representantes de las SMCA para dar a conocer el Sistema DNC-Base. POR LA UNAM POR EL Lic. Eduardo F. Gajá Rodríguez Lic. Rodolfo Cruz Terán Lic. José Manuel Moreno Vázquez TUM. Martín Godínez Piña Lic. Adrián R. García Posadas C. María del Pilar Saavedra Solá 5
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