EMBLEMÁTICA MUNICIPAL DE ARAGÓN
|
|
|
- Daniel Alarcón Salinas
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Emblemata, 2. Pp EMBLEMÁTICA MUNICIPAL DE ARAGÓN Los emblemas municipales autorizados este año de 1996 por el Gobierno de Aragón y cuyos informes habían sido elaborados por la Cátedra «Barón de Valdeolivos», han sido los de Torrijo de la Cañada, Munébrega, Bulbuente, Ojos Negros, Sierra de Luna, Caminreal, Anento, Manchones, Samper del Salz, Santa Cruz de Moncayo y Piedratajada, según consta en los respectivos decretos que seguidamente se reproducen. TORRIJO DE LA CAÑADA (B.O.A., 4 de marzo de 1996) Decreto 29/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Torrijo de la Cañada, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Torrijo de la Cañada, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186,187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 20 de febrero de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Torrijo de la Cañada, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán 377
2 Escudo: Cuadrilongo, de base circular, de azur, con una torre-puerta, de oro, mazonada de sable, cargada sobre la puerta de un escudo ojival con el Señal Real de Aragón, sostenida por ondas recortadas de azur y plata, tres y tres y acostada de dos encinas sinoples, fileteadas de oro. Al timbre, Corona Real abierta. Bandera: Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: Azul, en cuyos dos tercios del batiente se muestran dos fajas onduladas blancas, en el tercio del asta se representan sus armas principales: La torre-puerta cargada del Señal Real de Aragón. Zaragoza, veinte de febrero de mil novecientos noventa y seis. El Presidente de la Diputación General, MUNÉBREGA (B.O.A., 21 de junio de 1996) Decreto 115/1996, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Munébrega, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Munébrega, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de junio de 1996, 378
3 Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Munébrega, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo con base redondeada; de azur, una iglesia de dos torres simétricas, de oro, cargada del Señal Real de Aragón en su tímpano, sumada de una espiga, de plata, y cargada en su puerta, de un racimo, de sinople. Al timbre un coronel abierto compuesto de un aro de oro engastado en piedras preciosas sumado de ocho florones, con perlas intercaladas, de los cuales tres se hallan ocultos. La precisión de los esmaltes se determinará por la escala de Pantone con las siguientes especificaciones: Oro. 871 C. Azur/azul: 294 C. Gules/rojo: 1788 C 2X. Sinople/verde: 356 C. Amarillo: 803 C 2X. Bandera: Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: rojo al centro, entre dos espacios blancos cubiertos, cada uno, por tres listas azules; en el centro del paño se presentan sus armas, de color amarillo (iglesia), blanco (espiga), rojo (palos) y verde (racimo). Zaragoza, once de junio de mil novecientos noventa y seis. El Presidente de la Diputación General, BULBUENTE (B.O.A., 21 de junio de 1996) Decreto 117/1996, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Bulbuente, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Bulbuente, de la provincia de Zaragoza, inició expe - diente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 379
4 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de junio de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Bulbuente, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo, de base redondeada. En campo de gules una torre de plata sumada de una "B", de oro, coronada de lo mismo, sobre fuente semicircular, de oro, cargada de 21 roeles de azur, puestos 20 en la curvatura y el otro, más grande, bajo la puerta, flanqueada de dos chopos, desarraigados, con 5 raigones, de sinople, fileteados de oro. Al timbre, Corona Real Cerrada del Escudo Nacional de España. La precisión de los esmaltes se determinará por la escala de Pantone con las siguientes especificaciones: Oro: 871 C. Plata: 877 C. Azur/azul: 294 C. Gules/rojo: 1788 C 2X. Sinople/verde: 356 C. Amarillo: 803 C 2X. Bandera: Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: rojo al asta en 17/54, en cuyo centro se representan sus armas principales -la torre, blanca, sumada de "B" coronada amarilla, sobre una roca en forma de segmento circular amarillo con veinte círculos azules en abanico y uno del mismo color en el eje-; al batiente, en los 37/54, tres fajas: una central verde que ocupa 22/36, y dos exteriores de 7/36. Zaragoza, once de junio de mil novecientos noventa y seis. El Presidente de la Diputación General, 380
5 OJOS NEGROS (B.O.A., 21 de junio de 1996) Decreto 119/1996, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Ojos Negros, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Ojos Negros, de la provincia de Teruel, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/a985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 11 de junio de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Ojos Negros, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo con base redondeada, que trae, de azur, una torre de plata, mazonada de sable, adjurada del campo, cargada, sobre la clave del arco, de un losangre de Aragón, sumada de un mazo y una barra de oro, puestos en sotuer, y una espiga de lo mismo puesta en palo, y flanqueada de sendos roeles de sable fileteados de oro. Al timbre, Corona Real abierta, que se compone de un aro engastado de piedras y sumado de ocho florones de hojas de apio (de los cuales se ven cinco) con perlas intercaladas. La precisión de los esmaltes se determinará por la escala de Pantone con las siguientes especificaciones: Oro: 871 C. Plata: 877 C. Azur/azul: 294 C. Gules/rojo: 1788 C 2X. Sable/negro: 4 C 2X. Amarillo: 803 C 2X. 381
6 Bandera: Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: en paño azul, dos filas de roeles negros en posición de quintas horizontales (a los 7 y 28 puntos de su altura), entado al asta con el señal real de Aragón (sobre fondo amarillo, cuatro listas horizontales rojas). Zaragoza, once de junio de mil novecientos noventa y seis. SIERRA DE LUNA (B.O.A., 11 de septiembre de 1996) Decreto 174/1996, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Sierra de Luna, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Sierra de Luna, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 29 de agosto de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Sierra de Luna, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán 382
7 Escudo: Cuadrilongo de base circular. En campo de gules, sierra de tres montes, de oro, cargada de cuatro espigas, de sinople, nacientes del centro de la punta y surmontada de creciente ranversado, de plata. Al timbre, Corona Real abierta. La precisión de los esmaltes se determinará por la escala de Pantone (SC) con las siguientes especificaciones: Oro: 871 C. Plata: 877 C. Gules/rojo: 1788 C 2X. Sinople/Verde: 356 C. Amarillo: 803 C 2X. Bandera: Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: Una franja central verde que atraviesa el paño desde el ángulo superior izquierdo al inferior derecho, completando los espacios a uno y otro lado de la franja con color amarillo; en el ángulo superior izquierdo del paño se sitúa un creciente ranversado blanco. Zaragoza, 29 de agosto de CAMINREAL (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 207/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Caminreal, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Caminreal, de la provincia de Teruel, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de reha- 383
8 bilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Caminreal, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente: Escudo: Cuadrilongo de base circular. En campo de plata, la Caridad (mujer sentada, con cabellos de oro, vestida con túnica de azur y manto de gules), con un niño a su regazo, tomando el pecho, con cabellos de oro, desnudo y acostada en los flancos diestro y siniestro por dos niños desnudos con cabellos de oro, afrontados. Al timbre, Corona abierta compuesta de un aro de oro engastado de piedras preciosas, sumado de ocho florones de hojas de apio, con perlas intercaladas, de los cuales tres se hallan ocultos. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: blanca, en cuyos bordes, superior e inferior, se muestra una banda amarilla; a dos tercios del batiente se sitúan tres fajas amarillas y dos rojas, alternando; en el tercio del asta se representan sus armas principales: La Caridad, el tercio del asta queda separado del batiente por medio de una lista de color rojo a mitad de la anchura que la faja situada en los bordes superior e inferior del paño. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. ANENTO (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 208/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Anento, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. 384
9 El Ayuntamiento de Anento, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Anento, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente: Escudo: Cuadrilongo de base circular. De gules, en punta, una montaña hendida, de sinople, fileteada de oro, cargada de un roel de azur; sumada de un castillo de oro mazonado de sable, aclarado de azur y flanqueado de dos escudetes ojivales con el Señal Real de Aragón. Al timbre, Corona Real abierta. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: roja, del asta al centro del pendiente se muestra una faja azul, en cuyo centro se representa un castillo amarillo, y dos triángulos verdes delimitados por los bordes, superior e inferior, y por el centro de la mitad superior e inferior del paño. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. MANCHONES (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 209/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Manchones, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. 385
10 El Ayuntamiento de Manchones, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Manchones, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo de base circular. De gules una fuente de oro, cargada de cinco roeles de azur con una onda de azur perfilada de plata; sumada de una bandera con el Señal Real de Aragón, flameando en asta de oro rematada por cruz patada. Al timbre, Corona Real abierta. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: roja, en cuyo centro se muestra una fuente amarilla sumada de una bandera con el Señal Real, flameando; en la parte superior e inferior del paño se sitúan tres fajas onduladas: la primera y tercera, azules, a dos treintaiseisavos (2/36) de su anchura, y la segunda, amarilla, a tres treintaiseisavos (3/36) de la misma. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. SAMPER DEL SALZ (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 207/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Samper del Salz, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. 386
11 El Ayuntamiento de Samper del Salz, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Samper del Salz, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo de base circular. En campo de gules un sauce arrancado, de tres ramas, de oro; brochantes dos llaves en sotuer, una de oro, en banda y otra de plata, en barra, ambas fileteadas de sable. Al timbre, Corona Real cerrada. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: amarillo, mostrándose en el centro del mismo un losange acostado en uno de sus lados de color rojo y en cuyo interior se representan un sauce de tres ramas amarillo y las llaves, una blanca y otra amarilla; en la parte superior e inferior del paño se muestra una faja roja a dos treintaiseisavos (2/36) de su anchura. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. 387
12 SANTA CRUZ DE MONCAYO (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 211/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186,187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Santa Cruz de Moncayo, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo de base circular. De azur, una montaña de plata, de tres picos, sumado el central de torre de oro, mazonada de sable, sumada a su vez de luna creciente de plata sumada asimismo de cruz latina, de oro. Al timbre, Corona Real cerrada. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: azul, con los cuatro cantones, superiores e inferiores del pendiente y del asta, reducidos en blanco; en el centro del paño se representan sus armas principales: una montaña blanca sumada de una torre amarilla, sumada de una media luna blanca y sumada de una cruz amarilla. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. 388
13 PIEDRATAJADA (B.O.A., 4 de diciembre de 1996) Decreto 212/1996, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Piedratajada, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal. El Ayuntamiento de Piedratajada, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón. y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 19 de noviembre de 1996, Artículo único.- Se autoriza al Ayuntamiento de Piedratajada, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán Escudo: Cuadrilongo de base circular; partido: primero, de gules una piedra tronchada y tajada, de oro, sumada de una cruz de oro, con la bandera del Señal Real de Aragón, segundo, de plata, banda ondeada de azur cargada de una espiga de oro. Al timbre, Corona Real abierta. Bandera: Un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios de su anchura: azul, con dos fajas, blanca y roja, situadas tanto en el borde superior como inferior del paño; en el centro se muestran sus armas principales: una piedra tronchada y tajada, amarilla, en forma de muesca, sumada de una cruz con el Señal Real de Aragón y acompañada en sus flancos por una espiga de trigo amarilla. Zaragoza, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis. 389
EMBLEMÁTICA COMARCAL Y MUNICIPAL DE ARAGÓN
EMBLEMÁTICA COMARCAL Y MUNICIPAL DE ARAGÓN En tanto se prepara un Congreso Internacional de Heráldica y Vexilología Comarcal y Municipal, o unas jornadas científicas de mayor amplitud y calado, bueno será
EMBLEMÁTICA COMARCAL Y MUNICIPAL DE ARAGÓN
EMBLEMÁTICA COMARCAL Y MUNICIPAL DE ARAGÓN Como ya indicábamos en nuestro número anterior, el Gobierno de Aragón ha seguido con el interés de siempre las inquietudes emblemáticas de nuestros pueblos, situando
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Real Decreto 979/2015, de 30 de octubre, por el que se crean el Guión y el Estandarte de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 527/2014, de 20 de junio, por el que se crea el Guión y el Estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos,
VIII GLOSARIO HERÁLDICO
VIII GLOSARIO HERÁLDICO 165 Se incluye un pequeño glosario con las voces y términos heráldicos más utilizados a lo largo del texto A. Abismo. Centro del escudo. Se denomina en abismo a la figura que se
REVISIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL MUNICIPIO DE TIERZ COMO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DOCUMENTO REFUNDIDO SEGÚN APROBACIÓN DEFINITIVA
REVISIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL MUNICIPIO DE TIERZ COMO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DOCUMENTO REFUNDIDO SEGÚN APROBACIÓN DEFINITIVA (INCORPORA PRESCRIPCIONES SEGÚN ACUERDO C.P.O.T. HUESCA,
ANEXO I IDENTIDAD CORPORATIVA. 1. Estará compuesta por el color base gris claro o gris perla metalizado de la carrocería. 2. Logotipos y vinilos:
IDENTIDAD CORPORATIVA ANEXO I 1. Estará compuesta por el color base gris claro o gris perla metalizado de la carrocería. 2. Logotipos y vinilos: Figura 1 a. En el capo delantero: I. Franja en el frente
ESCUDO HERALDICO DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ ANTECEDENTES
ESCUDO HERALDICO DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ ANTECEDENTES Las Diputaciones Provinciales que se crean a raiz de la Constitución de 1812, no se organizan hasta 1833, por tanto, su historia
DESCRIPCIÓN Y FOTOGRAFÍAS DE LOS ESCUDOS QUE SE CONSERVAN EN LA VILLA DE MAGALLÓN
Emblemata,1. Pp. 255-273. DESCRIPCIÓN Y FOTOGRAFÍAS DE LOS ESCUDOS QUE SE CONSERVAN EN LA VILLA DE MAGALLÓN ROSA MARÍA SÁNCHEZ CHÓLIZ* Este trabajo es una descripción de las nueve piezas heráldicas ubicadas
Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y Día de Extremadura
Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y Día de Extremadura DOE Supl. Ext., 15/06/1985 Exposición de Motivos El pueblo de Extremadura en su camino hacia el autogobierno, se constituyó en Comunidad
3. Otras disposiciones
Sevilla, 26 de agosto 2000 BOJA núm. 98 Página núm. 13.621 3. Otras disposiciones CONSEJERIA DE ECONOMIAYHACIENDA RESOLUCION de 26 de julio de 2000, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera,
Elementos básicos de la identidad institucional
1 Elementos básicos de la identidad institucional 1.1. Elementos de identidad institucional de la AGE p.10 1.2. Elementos de identidad institucional del Instituto de Turismo de España p.23 1.3. Integración
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA ESCUDO ALHAMA DE MURCIA
ESCUDO ALHAMA DE MURCIA Manual de identidad corporativa MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA ESCUDO ALHAMA DE MURCIA Diseño y desarrollo 1 ESCUDO ALHAMA DE MURCIA Manual de identidad corporativa Índice Introducción...3
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley 4/1990, de 19 de diciembre, de la Bandera del Principado de Asturias.
Ley 4/1990, de 19 de diciembre, de la Bandera del Principado de Asturias. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias «BOPA» núm. 6, de 9 de enero de 1991 «BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1991 Referencia:
EL EMBLEMA DE LOS CABALLEROS Y DAMAS CADETES HONORÍFICOS DE LA ACADEMIA GENERAL MILITAR DE ESPAÑA EN ZARAGOZA
Emblemata, 12 (2006), pp. 369-372 ISSN 1137-1056 EL EMBLEMA DE LOS CABALLEROS Y DAMAS CADETES HONORÍFICOS DE LA ACADEMIA GENERAL MILITAR DE ESPAÑA EN ZARAGOZA La Academia General Militar, instalada en
EX UMBRA IN SOLEM. Etapa 1 IDENTIDAD VISUAL Redibujo del escudo
EX UMBRA IN SOLEM Etapa 1 IDENTIDAD VISUAL Redibujo del escudo OBJETIVOS Rescatar la imagen heráldica tradicional, mejorando su calidad de reproducción, incluso a tamaño reducido. Dibujar los elementos
Málaga MÁLAGA 407~475. Símbolos de las Entidades Locales de Andalucía
MÁLAGA 407~475 408 ALAMEDA 409 ALFARNATEJO 410 ALGARROBO 411 ALHAURÍN DE LA TORRE 412 ALHAURÍN EL GRANDE 413 ALMÁCHAR 414 ALMARGEN 415 ALMOGÍA 416 ÁLORA 417 ALOZAINA 418 ÁRCHEZ 419 ARCHIDONA 421 ARDALES
REAL ORDEN DEL MÉRITO DEPORTIVO
REAL ORDEN DEL MÉRITO DEPORTIVO (NORMATIVA) DEPENDIENTE DE: MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Real decreto 1523/1982, de 18 de junio (BOE número 167, de 14 de julio). Por el que se crea la Real
Base y altura de triángulos y paralelogramos
44 ase y altura de triángulos y paralelogramos La base de un triángulo o de un paralelogramo es uno cualquiera de sus lados. La altura de un triángulo o de un paralelogramo es un segmento perpendicular
ENFERMERAS DAMAS AUXILIARES DE SANIDAD MILITAR. Antonio Prieto Barrio. c o n d e c o r a c i o n e s. c o m p e n d i o l e g i s l a t i v o
c o m p e n d i o l e g i s l a t i v o de c o n d e c o r a c i o n e s e s p a ñ o l a s Antonio Prieto Barrio ENFERMERAS DAMAS AUXILIARES DE SANIDAD MILITAR Edición actualizada a 7 de diciembre de 2017
Símbolos de Identidad Bandera Escudo Escudo y logotipo para la Administración de Justicia
1 Símbolos de Identidad 1.1.00 Bandera 1.2.00 Escudo 1.3.00 Escudo y logotipo para la Administración de Justicia 1.1.00 Bandera 1.1.01 Introducción. 1.1.01 Versión con y sin escudo. Manual Identidad Corporativa
GENERALIDADES (D.O. 154), (D.O.
GENERALIDADES Varios han sido los parámetros que se han tenido en cuenta a la hora de diseñar los nuevos distintivos. Por un lado, el respeto a la tradición de los que se establecieron cuando se crearon
Consideraciones básicas. Escudo Universidad de Chile
Consideraciones básicas Escudo Universidad de Chile Desarrollado por Vicerrectoría de Extensión y Comunicaciones Universidad de Chile www.uchile.cl I Conformación del Sistema Visual Universidad de Chile:
BANDERA DE LOS EXPLORADORES DE GALLUR
Emblemata, 4. Pp. 401-405 BANDERA DE LOS EXPLORADORES DE GALLUR LEONARDO BLANCO LALINDE* La Organización Exploradores de España fue creada con una estructura y organización similar a las aparecidas sobre
MANUAL DIRIGIDO AL BENEFICIARIO
MANUAL DIRIGIDO AL BENEFICIARIO DE AYUDAS INCLUIDAS EN MEDIDAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA (2014-2020) SOBRE LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. ÍNDICE Consejería de
LABRAS HERALDICAS DE VIANA DO BOLO Y SU COMARCA. Adolfo Taboada Sanz
LABRAS HERALDICAS DE VIANA DO BOLO Y SU COMARCA Adolfo Taboada Sanz Edificio sito en la plaza Mayor, 16, y monumental escudo de armas que preside su fachada. Cuartelado en cruz, trae: 1) seis billetes
Símbolos de las Entidades Locales de Andalucía. Almería
17~103 17 18 ABLA 19 ABRUCENA 20 ADRA 21 ALBÁNCHEZ 22 ALBOLODUY 23 ALBOX 24 ALCOLEA 25 ALCÓNTAR 26 ALCUDIA DE MONTEAGUD 27 ALHABIA 28 ALHAMA DE ALMERÍA 29 ALICÚN 30 ALMERÍA 31 ALMÓCITA 32 ANTAS 33 ARBOLEAS
Símbolos de las Entidades Locales de Andalucía. Granada
201~311 201 202 AGRÓN 203 ALBOLOTE 204 ALBONDÓN 205 ALBUÑOL 206 ALDEIRE 207 ALFACAR 208 ALGARINEJO 209 ALMEGÍJAR 210 ALPUJARRA DE LA SIERRA 211 ARENAS DEL REY 212 ARMILLA 213 ATARFE 214 BAZA 215 BENALÚA
Articulo 1. Se aprueba el adjunto reglamento de banderas y estandarte, guiones, insignias y distintivos.
RCL 1977\1511 DIPOSICIÓN: REAL DECRETO 1511/1977 JEFATURA DEL ESTADO PUBLICACIONES: B.O.E., 21-01-1977, Pág. 9936 9937 AFECTADO POR: - Modificado por Real Decreto 284/2001, de 16 de Marzo. Dado el tiempo
Justificación Descripción Simbología
ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL Servicio de Documentación y Referencia LOGOTIPO Justificación A propuesta de la Comisión de Personal, Gobernación, Régimen Interior y Protección Ciudadana, de fecha 19 de marzo
REGLAMENTO DEL ESCUDO MUNICIPAL DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN, LICENCIADO FERNANDO MARGAIN BERLANGA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
MINISTERIO DE DEFENSA
MINISTERIO DE DEFENSA EL IMNO LA BANDERA EL ESCUDO LA ANDERA E ESCUD EL HIMNO LOS SÍMBOLOS DEL ESTADO ESPAÑOL Los símbolos nacionales son los elementos que representan a los estados, naciones y países.
LEY DE LA BANDERA, ESCUDO E HIMNO DE LA COMUNIDAD. Ley 2/1983, de 23 de diciembre, de la bandera, escudo e himno de la Comunidad de Madrid ( 1 )
Área de Coordinación Legislativa y Relaciones Institucionales Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo S.G.T de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Ley
I. Disposiciones generales
7211 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 1521 ORDEN de 19 de marzo de 2015, por la que se crean y regulan los distintivos oficiales de la permanencia en el servicio
REGLAMENTO DE PROTOCOLO Y CEREMONIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA. TÍTULO I
AREA DE ALCALDIA Y SEGURIDAD CIUDADANA ALCALDIA REGLAMENTO DE PROTOCOLO Y CEREMONIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA. TÍTULO I SOBRE LA CIUDAD DE ALMERÍA, SUS TRATAMIENTOS, TÍTULOS, ATRIBUTOS Y SUS
ANEXO II. Las diferentes divisas estarán constituidas por la agrupación de uno o varios de los siguientes componentes:
ANEXO II DIVISAS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA 1. Descripción. Las divisas de cada categoría se organizan como se describe, excepto cuando vayan situadas en prendas de uniformes especiales, en que lo
Ley 5/1984, de 29 de mayo, de símbolos de Galicia
Ley 5/1984, de 29 de mayo, de símbolos de Galicia (DOG 120, 23/06/1984) Preámbulo El Estatuto de Galicia dispone en su artículo 6º: «1. La bandera de Galicia es blanca, con una banda diagonal de color
Octavio López Rodríguez
Contraluz. Asociación Cultural Cerdá y Rico. Cabra del Santo Cristo HERÁLDICA DE CABRA DEL SANTO CRISTO Octavio López Rodríguez INTRODUCCIÓN Aunque no abunden, sí es cierto que Cabra cuenta con algunos
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117 Miércoles 17 de mayo de 2017 Sec. I. Pág. 40580 CAPÍTULO VIII Distintivo del profesorado Artículo 34. Distintivo de permanencia de la enseñanza en las Fuerzas Armadas. 1. El distintivo de permanencia
Ley 2/1983, de 23 de diciembre, de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid 1
Ley 2/1983, de 23 de diciembre, de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid 1 (BOCM 165, 24/12/1983) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los pueblos necesitan, como expresión de su marcha en común, dotarse
LINAJES REPRESENTADOS EN LA HERÁLDICA MUNICIPAL LEONESA
LINAJES REPRESENTADOS EN LA HERÁLDICA MUNICIPAL LEONESA Una de las características de la heráldica municipal de la provincia de León es la ausencia en sus escudos de armas pertenecientes a linajes. Sin
REGLAMENTO SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y EL USO DEL ESCUDO DE ARMAS DEL MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS.
REGLAMENTO SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y EL USO DEL ESCUDO DE ARMAS DEL MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS. R. AYUNTAMIENTO, NUEVO LAREDO, TAM. Que el Republicano Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas,
VESTIDURAS RESTAURACIÓN DEL RETABLO MAYOR DE LA IGLESIA DE LA SANTA CARIDAD. SEVILLA.
CALCOS COS DE LOS DIBUJOS DE LAS VESTIDURAS RESTAURACIÓN DEL RETABLO MAYOR DE LA IGLESIA DE LA SANTA CARIDAD. SEVILLA. Bárbara Hasbach Lugo Juan Aguilar Gutiérrez Restauradores de obras de arte 1 JOSÉ
Manual de aplicación y convivencia de identidad corporativa para entidades beneficiarias del programa la Caixa Empleo Joven
Proyecto cofinanciado por la Fundación Bancaria la Caixa y por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de Empleo Joven (POEJ), período de programación 2014-2020 - Programa la Caixa
EL ESCUDO DE ARMAS DE UN OBISPO ARAGONÉS EN ZIMBABUE (ÁFRICA, 2007)
Emblemata, 13 (2007), pp. 449-453 ISSN 1137-1056 EL ESCUDO DE ARMAS DE UN OBISPO ARAGONÉS EN ZIMBABUE (ÁFRICA, 2007) LUIS ANTONIO GRACIA LAGARDA* Un aragonés, José Alberto Serrano Antón, fue nombrado Obispo
Manual de normas gráficas Identidad Corporativa de la Universidad de Chile
Manual de normas gráficas Identidad Corporativa de la Universidad de Chile ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 3 CONFORMACIÓN DEL SISTEMA VISUAL UNIVERSIDAD DE CHILE... 4 DIAGRAMACIÓN DEL IMAGOTIPO Y GRILLA DE CONSTRUCCIÓN...
Informe de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía. para dotar de escudo y bandera a la localidad de. Mota del Cuervo.
Informe de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía para dotar de escudo y bandera a la localidad de Mota del Cuervo (Cuenca) 1 1. INTRODUCCION Los escudos y banderas o estandartes son actualmente
A y G Gadego S.A. Collares y pulseras en cuero con plata y dijes para combinar.
Apartado Postal 161-1005 San José. Teléfonos: (00506) 291 0165, (00506) 291 0354; Fax: (00506) 291 0189. Webpage: http://gagonzalez.brinkster.net, E-mail: [email protected], o [email protected] A y
LABRAS HERALDICAS DE PUEBLA DE SANABRIA
LABRAS HERALDICAS DE PUEBLA DE SANABRIA Adolfo Taboada Sanz Castillo de los Condes de Benavente. Fachada principal y fachada sur. A mediados del siglo XV, sobre un rocoso alcor que se eleva entre tres
Escudo nacional del Estado español
Escudo nacional del Estado español Las columnas soportan el lema: "Plus Ultra" (Más Allá) y están coronadas por las coronas imperial del Sacro Imperio Romano Germánico y Real Española, respectivamente,
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1977 Referencia:
Regula Uso Símbolos Nacionales - Pabellón y Escudo -
Ley : 18 del 27/11/1906 Regula Uso Símbolos Nacionales - Pabellón y Escudo - Datos generales: Ente emisor: Asamblea Legislativa Versión de la norma: 2 de 2 del 27/11/1906 Datos de la Publicación: Colección
PINOS ZACATECAS ESCUDO DE ARMAS
PINOS ZACATECAS ESCUDO DE ARMAS ESCUDO DE ARMAS Nuestro escudo de armas conserva la forma de la primera moneda acuñada en este Real de Minas por el Ilustre Ayuntamiento de Sierra de Pinos por el año de
NORMA FORAL 14/1993, DE 5 DE MAYO, SOBRE LA BANDERA, EL ESCUDO DEL TERRITORIO HISTORICO DE ALAVA Y EL LOGOTIPO COMUNICACIONAL DE LA DIPUTACION FORAL
NORMA FORAL 14/1993, DE 5 DE MAYO, SOBRE LA BANDERA, EL ESCUDO DEL TERRITORIO HISTORICO DE ALAVA Y EL LOGOTIPO COMUNICACIONAL DE LA DIPUTACION FORAL. (BOTHA nº 52, de 14 de mayo de 1993) EXPOSICION DE
Imagen Gráfica de la UNIVERSIDAD DE BURGOS
Imagen Gráfica de la BURGOS 1999 Imagen Gráfica de la ÍNDICE 1. ESCUDO...3 1.1. Presentación...3 1.2. Versiones...4 1.2.1. Escudo en color / tintas planas...4 1.2.2. Escudo en color / cuatricomía...5 1.2.3.
ARMAS DE NAVARRA EN LA HERÁLDICA DE CANTABRIA
ARMAS DE NAVARRA EN LA HERÁLDICA DE CANTABRIA Borja del Rivero Sierra El escudo de Navarra actualmente está definido por la ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen foral de Navarra de
Los Símbolos de Liceo Militar Jáuregui son:
Los Símbolos de Liceo Militar Jáuregui son: EL ESCUDO EL ESTANDARTE EL HIMNO EL ESCUDO Y SUS PARTES Antorcha olímpica con una llama roja (parte superior) La Antorcha Olímpica Simboliza la luz que guía
LA HERÁLDICA Y LA INTERPRETACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
LA HERÁLDICA Y LA INTERPRETACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Artículo escrito por el Para la Revista Todo Turismo COLITUR El 25 de Octubre del año 2007 En la ciudad de Cusco Los blasones 1 tienen sus orígenes
HERÁLDICA DE LA HERMANDAD DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA BUENA MUERTE NUESTRA SEÑORA DEL AMOR Y TRABAJO
JESÚS JUAN GOMÉZ TORRES HERÁLDICA DE LA HERMANDAD DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA BUENA MUERTE Y NUESTRA SEÑORA DEL AMOR Y TRABAJO 2 HERÁLDICA DE LA HERMANDAD DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA BUENA MUERTE Y NUESTRA
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES ESCUDO: Descripción del escudo: El escudo se compone de un blasón bordeado de amarillo cuyos dos ángulos inferiores aparecen redondeados y en el centro de la base apuntan hacia
TRABAJO FIN DE GRADO
Propuesta de Conservación-Restauración: Colección de dengues en el Museo Pedagógico Textil TRABAJO FIN DE GRADO Realizado por: Ana Seisdedos Ribera Tutora: Sonia Santos I
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DEL CAMPO DE GIBRALTAR ANUNCIO
t' MANCOMUNIDAD DE MUNiCiPiOS DEL CAMPO DE CIBRALTAR PARQUE LAS ACACIAS -11207 ALGECIRAS (CÁDIZ) TELFS. 956 572 680 956 572 684 FAX 956 604 536 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DEL CAMPO DE GIBRALTAR
LEY QUE REGULA USO SÍMBOLOS NACIONALES - PABELLÓN Y ESCUDO. Ley n. 18 del 27 de noviembre de 1906
LEY QUE Ley n. 18 del 27 de noviembre de 1906 Publicada en Colección de Leyes y Decretos, año 1906 Semestre 2 Tomo 2 Página 748 Ley que regula uso Símbolos Nacionales - Pabellón y Escudo - Artículo 1.-
Informe Histórico para adopción de Escudo y Bandera del Municipio de Sayalonga
Municipio de Sayalonga ESTUDIO HISTÓRICO: VALENTÍN FERNÁNDEZ CAMACHO DISEÑO : FRANCISCO JESÚS MORENO MORENO 1 INDICE 1. INTRODUCCIÓN PÁGINA 3 2. MEMORIA-PROYECTO PÁGINA 4 2 1. INTRODUCCIÓN. En el Año 1.985
ERMITA VIRGEN DEL CONSUELO.- En un extremo del pueblo, junto a los restos de su castillo en un espolón triangular, esta la ermita de construcción
ERMITA VIRGEN DEL CONSUELO.- En un extremo del pueblo, junto a los restos de su castillo en un espolón triangular, esta la ermita de construcción románica del S. XII, en mampostería, cuenta con una sola
LA HERÁLDICA EN OCAÑA
PAG. 20 Nº 1 SITUACIÓN En la Iglesia de S. Juan, capilla de Sta. Ana donde se velaron los Reyes Catolicos, este escudo está situado en dicha capilla adornando las paredes en su parte superior. DESCRIPCIÓN
Decreto 104/1983, de 13 de octubre, por el que se regula la utilización de los símbolos de la Comunidad Autónoma
Decreto 104/1983, de 13 de octubre, por el que se regula la utilización de los símbolos de la Comunidad Autónoma BOCL 18, 05/12/1983 Artículo 1 De conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 del
GAMO. Dama dama MANUAL PRÁCTICO PARA LA MEDICIÓN DE TROFEOS DE CAZA EN ANDALUCÍA. (d)
GAMO Dama dama (d) Medalla de oro Medalla de plata Medalla de bronce 180 puntos. 170 179,99 puntos. 160 169,99 puntos. 64 Ficha oficial de Homologación para Gamo 65 Instrucciones para tomar las medidas
Los símbolos del Reino y de la Real Familia LA CORONA
LA CORONA Revista de estudios en Ciencias Dinásticas, Nobiliarias y Genealógicas. Derecho Dinástico, Público y Privado VOLUMEN 01. AÑO 2016 1 LOS SÍMBOLOS DEL REINO Y DE LA REAL FAMILIA Rodolfo Orantos
Símbolos de las Entidades Locales de Andalucía Sevilla
503~566 503 504 AGUADULCE 505 ALANÍS 506 ALCALÁ DE GUADAÍRA 507 ALCOLEA DEL RÍO 508 ALGÁMITAS 509 ALMADÉN DE LA PLATA 510 AZNALCÁZAR 511 AZNALCÓLLAR 512 BADOLATOSA 513 BORMUJOS 514 CAMAS 515 CAÑADA ROSAL
REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE GOBIERNO. Resolución N 189-R-61 Panamá, 29 de junio de 2015
No 27814-C Gaceta Oficial Digital, miércoles 1 de julio de 2015 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE GOBIERNO Resolución N 189-R-61 Panamá, 29 de junio de 2015 Por la cual se Aprueba Oficialmente el Logotipo
MANUAL PRÁCTICO PARA LA MEDICIÓN DE TROFEOS DE CAZA. (d) Ficha oficial de Homologación para Gamo. Ver Anexo I
GAMO Dama dama (d) Ficha oficial de Homologación para Gamo Ver Anexo I 31 Instrucciones para tomar las medidas 1. Longitud de las cuernas Medida siguiendo la curvatura exterior, desde el borde inferior
APELLIDOS DERIVADOS:
S obre el apellido Bonilla: Según los etimologistas el nombre de lugar Bonilla viene del nombre propio italiano "Bonfiglio" que a su vez viene del nombre latino "Bonusfilius", que quiere decir en castellano
