CUOTAS VOLUNTARIAS NECESIDAD O ARBITRARIEDAD. Universidad De Guadalajara

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1 CUOTAS VOLUNTARIAS NECESIDAD O ARBITRARIEDAD Universidad De Guadalajara POR: LIDIA SABINA NERI HERNANDEZ CARRERA: ABOGADO GRADO: 3 A PROFESOR: DR. JOSÉ DE JESUS COVARRUBIAS DUEÑAS 1

2 Índice 1. Introducción 3 2. Educación.4 3. Reforma.6 4. Distribución de recursos Opiniones Conclusión 19 7.Propuesta Bibliografía 21 2

3 1. INTRODUCCIÓN La educación en México es un tema muy polémico en cuanto a la economía se refiere, por eso decidí abordar este tema, debido a que se tienen distintas opiniones y puntos de vista en relación a lo que estipula el artículo tercero constitucional. En dicho artículo se señala como debe ser impartida la educación en el país, quienes son los encargados de impartirla y lo más importante a quien le corresponde la distribución de los recursos destinados para la educación en el país. Sin embargo cada persona tiene una interpretación distinta de la ley y es donde se dan ideas equivocadas. Dentro del ensayo se presentan opiniones de padres de familia, que dan su punto de vista de la educación y de si debería o no ser gratuita en el país. 3

4 2. Educación ARTICULO 3o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado federación, estados, distrito federal y municipios, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias. La educación que imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentara en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. La educación, es un derecho como se señala en la constitución de los estados unidos mexicanos, además debe ser gratuita, laica y responsabilidad del estado. Para comenzar con este ensayo, creo que se debe definir primeramente lo que es la educación. La palabra educación viene del latín educare, que significa crear, nutrir o alimentar. Esto quiere decir que es la manera en que se debe alimentar o hacer crecer el conocimiento, habilidades y destrezas, en este caso en específico de la población mexicana. Conocimiento que debe ser adquirido desde la edad de 4 años aproximadamente, edad en la cual se debe ingresar a la educación preescolar, que si bien muchas personas no le dan tanta importancia, en la constitución está establecido como educación obligatoria. Y es este el medio en el cual los niños comienzan a desarrollarse y a socializar entre sí. Donde poco a poco van adquiriendo los conocimientos básicos del ser humano para su correcto desarrollo y desenvolvimiento social, entre otras cosas que estan garantizadas a lo largo del artículo que deben ser desarrolladas por los niños. Partiendo desde este grado de educación, en el que usualmente los niños se dedican a aprender lo básico para su desarrollo, se observa que desde el momento en que los niños ingresan al sistema educativo se ven condicionados a recibir correctamente la educación. Que muchas veces no es por falta de buenos 4

5 docentes, sino por la falta de atención de los padres de familia. Estos son quienes deben enseñar los valores fundamentales a los niños y los docentes quienes deben reforzar dichos valores para el sano crecimiento del infante. Porque partiendo de los valores que se les deben inculcar en el hogar, es la forma en que los niños podrán desarrollarse. Pues desde casa debe fomentarse el interés académico y la responsabilidad de cumplir con los derechos y obligaciones que se le dan desde el momento en que nace en territorio mexicano. Cuando se les fomenta a ser responsables con las obligaciones que se tienen, los niños comienzan a dar prioridades a las actividades que deben desarrollar. La educación es una pieza clave para el desarrollo de un país por eso debe enfatizarse en la vigilancia del cumplimiento de los programas de estudio se debe de haber, buscando como meta principal, la calidad en la enseñanza, desde el nivel preescolar, para dotar de los elementos necesarios al infante, para que cuente con los elementos cognoscitivos indispensables, y para que en la primaria y secundaria, no carezca del conocimiento necesario para elevar el nivel académico en el país. Dichos programas deben ser desarrollados de acuerdo con el entorno en que se encuentran los infantes y ateniendo sus necesidades. Porque no se le puede dar la misma educación a un habitante de una comunidad indígena que la que se le da a un niño de la ciudad. Y no porque se le esté discriminando a uno u otro, sino por el hecho de que los niños estan en un entorno completamente distinto, y se le deben considerar los conocimientos que ya se han adquirido Por eso los programas de la secretaria de educación quien es la encargada de desarrollar dichos planes, debe saber qué grado de conocimiento se tiene en la zona en la cual está situada una institución educativa, para poder desarrollar planes que vayan acordes con la población a la que se le pretende elevar el nivel educativo. 5

6 3. REFORMA ARTICULO 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. el estado - federación, estados y municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. la educación primaria y la secundaria son obligatorias. la educación que imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentara en el, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. I. garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa; II. el criterio que orientara a esa educación se basara en los resultados del progreso científico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además: a) será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; b) será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra Independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y 6

7 c) contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos; III. para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción ii, el ejecutivo federal determinara los planes y programas de estudio de la educación primaria, secundaria y normal para toda la república. Para tales efectos, el ejecutivo federal considerara la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale; IV. toda la educación que el estado imparta será gratuita; V. además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, señaladas en el primer párrafo, el estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educación superior- necesarios para el desarrollo de la nación, apoyara la investigación científica y tecnológica, y alentara el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura; VI. los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. en los términos que establezca la ley, el estado otorgara y retirara el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación primaria, secundaria y normal, los particulares deberán: a) impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción ii, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción iii, y b) obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley; 7

8 VII. las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a si mismas; realizaran sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinaran sus planes y programas; fijaran los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administraran su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normaran por el apartado a del artículo 123 de esta constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la ley federal del trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere, y VIII. el congreso de la unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la república, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la federación, los estados y los municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan. Artículo 3º (reformado). Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. 8

9 El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa; II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además: a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; b) Será nacional, en cuanto sin hostilidades ni exclusivismos atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura; c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos, y d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos; III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el 9

10 ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las Instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo; IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita; V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos incluyendo la educación inicial y a la educación superior necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura; VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán: a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción III, y b) Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley; VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes 10

11 y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere; VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá: a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema; b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la 11

12 calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social. La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual, con previa comparecencia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el Ejecutivo Federal. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal. Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia. 12

13 La Junta de Gobierno de manera colegiada nombrará a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley. La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones. Las reformas que se le hicieron al artículo, son solo en algunas de sus fracciones. La primera es el primer párrafo, donde se agrega la educación media superior, la cual pasa a ser educación obligatoria como la preescolar, primaria y secundaria. En la fracción III se señala que para dar pleno cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo y fracción II el Ejecutivo Federal determinara los planes y programas de estudio, así como los diversos sectores involucrados en la educación, los maestros y padres de familia en los términos que la ley señale. Aunque al parecer estos últimos no han sido muy involucrados en los planes de estudio, o por lo menos eso es lo que se aprecia, debido a que en los últimos años han aumentado las protestas en diferentes estados por parte de los maestros, quienes se quejan de diversas arbitrariedades que s eles cometen. Aunque en la ya citada reforma se les involucra con sus respectivos limites en los programas de educación, parece ser que no estan de acuerdo con el cambio del artículo. Es importante señalar que en esta misma fracción se agregó como serán agregados al servicio docente y la designación de direcciones y demás cargos en los distintos niveles educativos. Con esto se busca colocar en cada cargo a el docente más capacitad con mejores conocimientos, todo esto se realizara mediante un concurso. Y se hará respetando todos los derechos de los docentes y se harán nulos todos los cargos que no sean obtenidos mediante dicho concurso y conforme a la ley. Exceptuando lo señalado en la fracción VII de este artículo, debido a que la educación superior se gobierna bajo su propia responsabilidad. Además se agregó la fracción IX en el cual se habla de la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con 13

14 personalidad jurídica y patrimonio propio, quien es el encargado de evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. En el mismo se explica cuáles son los criterios que deberá llevar a cabo para la evaluación. Las reformas y adiciones echas en el artículo han creado un sinfín de opiniones, que al parecer lejos de mejorar la educación, se ha visto afectada por parte de los docentes que si bien estan en todo su derecho de defender su opinión han causado un rezago aún más grande en nuestros niños debido a sus insistentes manifestaciones en los estado, al no estar de acuerdo con la nueva evaluación que se señala. Y viéndolo desde el punto de vista de los padres de familia y los niños, esto solo los ha retrasado más en su aprendizaje que siendo escaso se ha vuelto nulo para algunos pequeños que llevan varios meses sin profesores debido a las protestas. 14

15 4. Distribución de recursos Citando lo que nos dice textualmente la constitución en su fracción VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan En el 2015 la cifra total destinada para el sector educativo fue de 305,057 MDP, mientras que para el 2016 fue de 299,359 MDP haciendo un recorte de 5,697 MDP, para el tan importante sector educativo del país, quien se encarga de El presupuesto proyectado para el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) se incrementó en 220 millones de pesos, al pasar de mil 20 millones en 2015 a mil 240 millones para Sin embargo, en el 2016 el organismo autónomo deberá atender la evaluación de 250 mil trabajadores de la educación, mientras que en el 2015 examino a solo 150 mil. Y todas estas cifras millonarias no parecen ser utilizadas para lo que fueron destinadas, pues mientras el gobierno proporciona el dinero para mejorar la infraestructura de las escuelas, la creación de estas y demás gastos que se demandan, parece ser que el dinero jamás llega a su destino. Si no a los bolsillos de los altos funcionarios de esta dependencia. Y esto no lo digo yo, lo dice la mayoría de los ciudadanos que se ven verdaderamente afectados por la falta de recursos en las instituciones públicas y hasta los mismos maestros que son quienes se dicen más afectados por el escaso presupuesto que se les brinda 15

16 5. Opiniones Dentro de las opiniones recabadas entre los padres de familia se aprecia que el 70% de los ciudadanos creen que es mejor la educación privada, puesto que debido a que se está generando un presupuesto mes con mes, se tienen mejores opciones y oportunidades de manejar una mejor educación. Y el 30% restante que creen que la educación pública es mejor, es porque alguno de ellos no creen tener los recursos necesarios para pagar una escuela particular para sus hijos, mas no descartan la idea de que se tiene una mejor calidad educativa. Teniendo en cuenta estas dos opiniones, se presenta la siguiente gráfica. 16

17 Encuesta 1 Como considera la educación actualmente en el país Buena Mala Regular Esta de acuerdo con que haya escuelas publicas Sí No Cree que las cuotas son una necesidad Sí No Cree que las escuelas privadas tiene una mejor calidad educativa Sí No Cree que la creación de un nuevo modelo educativo en el que no existan las escuelas públicas ayudaría a mejorar la calidad educativa Sí No Opinión sobre las escuelas semi-privadas creo que no importa si es pública o privada, lo importante es darles la oportunidad de estudiar a las personas que realmente lo deseen. Porque las personas tienen capacidades diferentes y habilidades diferentes. 17

18 Encuesta 2 Como considera la educación actualmente en el país Buena Mala Regular Esta de acuerdo con que haya escuelas publicas Sí No Cree que las cuotas son una necesidad Sí No Cree que las escuelas privadas tiene una mejor calidad educativa Sí No Cree que la creación de un nuevo modelo educativo en el que no existan las escuelas públicas ayudaría a mejorar la calidad educativa Sí No Opinión sobre las escuelas semi-privadas si estaría bien, aunque creo que sería muy difícil lograr el balance entre lo que se plantea y lo que se puede hacer 18

19 6. Conclusión. La educación siempre va a ser un tema muy polémico en cualquier parte del mundo, porque de esto depende el desarrollo del país entre otras cosas. Actualmente creo que sería mejor dejar de lado lo que se entiende como escuela publica y manejarlo como una institución semi-particular, porque no dejaría de tener el presupuesto que se le da por parte del gobierno, sino que esos recursos deberían ser empleados en el salario de los profesores, administrativos y materiales didácticos, mientras que las mensualidades que serán otorgadas por los padres de familia sean utilizadas para los gastos de cada institución en particular. Dentro del salario de los ciudadanos se debería contemplar la aportación de estas cuotas mensuales a las instituciones públicas para que no se vea afectado su bolsillo, esto sería como un bono extra que tendrían que pagar las empresas a los trabajadores, que a su vez es un beneficio porque al aportar este recurso a las nuevas instituciones se van a tener alumnos más preparados y con una mejor calidad educativa. Otro punto muy importante que creo que se debe de tomar en cuenta es el desarrollo de valores y amor a la patria que señala el artículo, lo cual parece ser que está desapareciendo día a día. Los niños ya no sienten el mismo amor a la patria que años atrás, hoy se enfocan en modelos profesionales de otros países en lugar de optar por querer desarrollarse en su país natal. Y creo que esto también se debe a que no hay amor a su país, un amor a todo lo que representa ser ciudadano y ser mexicano. Actualmente los niños desean ser todo menos mexicano, porque debido a las modas y fanatismos que nosotros mismos les ayudamos a alimentar desde pequeños, los hace creer que en cualquier lugar del mundo podrán triunfar menos en su país de origen. Esto es a falta de valores, valores que deben ser inculcados desde el hogar, y que deben ser reforzados en las aulas, agregando el amor a la patria. La idea de las escuelas que considero serian semi-particulares creo que es una buena opción para el país, porque ayudara a mejorar la calidad educativa de los niños y principalmente al desarrollo. Teniendo en cuenta que para esto se deberán crear leyes para garantizar el cumplimiento de todas las partes involucradas. 19

20 7. Propuesta Mi propuesta seria que se intentara hacer el modelo educativo antes mencionado donde se eliminen las instituciones públicas y se contemplen solo las semi-privadas, las cuales tendrían una mejor calidad educativa, e impulsarían el desarrollo del país. Puesto que la distribución de los recursos sería distinta y se busca generar educación especializada a cada sector del país. Los profesores estarán más capacitados y ofrecerán un mejor nivel educativo con sus respectivos derechos, además esto estará establecido mediante leyes y normas que el poder legislativo se encargara de expedir, de manera oportuna y específica para que el cumplimiento sea pleno y conforme a la ley. Este modelo educativo quizá se vea un tanto difícil de aplicar puesto que habrá algunas instituciones privadas (empresas) que se negaran a aportar el mencionado bono a sus trabajadores para que sea posible cubrir la cuota mensual. Pero se abrirán centros de información para explicarles que lejos de afectarlos económicamente les ayudara, porque se generaran egresados con mayores capacidades y principalmente con valores bien fundamentados que podrían ser sus trabajadores y generar mayores ganancias a largo plazo. 20

21 8. Bibliografía -Covarrubias Dueñas José de J. Dos siglos de constitucionalismo en México. Editorial Porrúa. México Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - -Diario oficial. Segunda sección de poder ejecutivo. Consutado el 25 de noviembre del En file:///c:/users/t/downloads/leyes_secundarias_de_la_reforma_educativa_ley_ General_de_Educacion.pdf -Solís Arturo. Forbes. Consultado 25 de noviembre de En /#gs.NXffERA 21

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