NORMATIVA ELECTORAL. Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMATIVA ELECTORAL. Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón."

Transcripción

1 NORMATIVA ELECTORAL Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón. Vigente desde 20/04/2011 hasta 12/03/2015

2 JUNTA ELECTORAL CENTRAL Carrera de San Jerónimo Madrid Tfno.: Fax:

3 Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón. (BOA núm. 44, de 14 de abril de 2003). Versión vigente desde 20/04/2011 hasta 12/03/2015 [PARTE EXPOSITIVA] El artículo 18 del Estatuto de Autonomía de Aragón reconoce la competencia para la aprobación, mediante Ley aprobada en las Cortes, del procedimiento electoral. A su vez, el artículo ª dispone que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno. Partiendo de esta habilitación estatutaria se aprobó la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha Ley, ha sido modificada posteriormente por la Ley 4/1991, de 20 de marzo; Ley 4/1992, de 17 de marzo; Ley 3/1995, de 29 de marzo; Ley 13/1997, de 15 de diciembre; y finalmente por la Ley 10/1999, de 14 de abril. La Disposición Adicional Primera de la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón, faculta a la Diputación General para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su cumplimiento. A su vez, el Decreto 41/1999, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, reguló las condiciones de los locales, urnas, sobres y demás impresos oficiales a utilizar en las elecciones a las Cortes de Aragón, cuyo contenido procede revisar para adecuarlo a las normas reguladoras de los procesos electorales. Así, el artículo 26 de la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón, dispone que la Diputación General de Aragón asegurará la disponibilidad de las papeletas y de los sobres de votación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de dicha ley. Del mismo modo, por el Decreto 52/1999, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, se regularon las dietas y gratificaciones a percibir por el personal que preste servicios en las elecciones a Cortes de Aragón, donde se fijaron las compensaciones a percibir por aquellas personas que prestan servicios en el proceso electoral realizando actividades cualitativamente significativas y que no sean objeto de retribución ordinaria. De acuerdo con los artículos 13.2 y 22.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en el caso de elecciones a Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, las compensaciones se fijan por el Consejo de Gobierno correspondiente, tanto en relación a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma como a las de ámbito inferior. Si hay concurrencia en el tiempo de otros procesos electorales, las mencionadas gratificaciones también serán asumidas por la Administración del Estado. Dado que las elecciones a Cortes de Aragón se celebran simultáneamente con las elecciones locales, y teniendo en cuenta que los cometidos esenciales de las Juntas Electorales de Zona, personal a su servicio, personal de los ayuntamientos, miembros de las mesas electorales y representantes de la Administración, son conjuntos para todas las elecciones y están gratificados por el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril (modificado por el Real Decreto 1382/2002, de 20 de diciembre), la presente disposición sólo contempla las actividades especialmente significativas que impone la Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Junta Electoral Autonómica, Juntas Electorales Provinciales, personal a su servicio, y Jueces de Primera Instancia o de Paz, determinando las compensaciones correspondientes a su mayor esfuerzo. Se hace preciso prever también el pago de gratificaciones y horas extraordinarias que pudieran corresponder al propio personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que intervenga en el proceso electoral. Así pues, por medio de la presente disposición se pretende unificar la normativa existente, sin introducir

4 modificaciones sustanciales en el articulado, regulando en su Capítulo I las condiciones de los locales, urnas, sobres y demás impresos oficiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Aragón, y en su Capítulo II las dietas y gratificaciones a percibir por el personal que presta servicios en dichas elecciones. En consecuencia, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, de acuerdo con el Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 8 de abril de 2003, DISPONGO: CAPÍTULO I. De los locales, urnas, sobres y demás impresos oficiales Artículo 1.Locales 1. Los locales destinados a ejercer el derecho de sufragio en las elecciones autonómicas aragonesas serán preferentemente de titularidad pública y, a ser posible deberá tratarse de edificios destinados a uso docente, cultural o recreativo, siendo accesibles a las personas con limitaciones de movilidad y perfectamente señalizados en lo referente a Secciones y Mesas, todo ello encaminado a cumplir la finalidad que tienen encomendada, facilitando así el ejercicio del derecho de sufragio. 2. Los Ayuntamientos deberán señalizar convenientemente los locales correspondientes a cada Sección y Mesa Electoral. Artículo 2. Urnas 1. Cada Mesa Electoral dispondrá de una urna claramente identificada, reuniendo las características que se señalan en el anexo 1. La identificación se llevará a cabo mediante la fijación del sobre correspondiente a las Elecciones Autonómicas, de forma visible, en la parte anterior y posterior de la urna, de modo que al elector no se le ofrezca duda alguna. La fijación del sobre se realizará de forma que asegure que no se pueda desprender a lo largo del proceso de votación y escrutinio. 2. Cuando el número de electores correspondientes a una mesa lo haga aconsejable, existirá una segunda urna de las mismas características para utilizarse en caso de insuficiencia de la primera. 3. De conformidad con lo establecido en la normativa general reguladora de los procesos electorales, las urnas serán suministradas a las Juntas Electorales de Zona que, previo montaje y precinto a cargo de sus Secretarios, adoptarán las medidas precisas a fin de que se encuentren montadas y en disposición de ser utilizadas el día de la votación y antes de su comienzo. Artículo 3. Cabinas 1. En la misma habitación en la que se desarrolle la votación y en lugar intermedio entre la entrada y la Mesa Electoral existirá, al menos, una cabina en la que el votante podrá seleccionar las papeletas electorales e introducirlas en los correspondientes sobres. En su interior, en los casilleros destinados al efecto, o junto a la misma en una mesa dispuesta para ello, los electores tendrán a su disposición un número suficiente de sobres y papeletas de cada candidatura. 2. De conformidad con lo establecido en las disposiciones reguladoras de los procesos electorales, se dispondrá lo preciso para que las cabinas, que deberán reunir las características y dimensiones señaladas en el anexo 2, una vez suministradas a las Juntas Electorales de Zona, se encuentren montadas y en disposición de ser utilizadas el día de la votación y antes de su comienzo. Artículo 4. Papeletas y sobres 1. El modelo oficial de papeleta reunirá las características y condiciones de impresión señaladas en el anexo 3. Sin perjuicio de lo anterior, las Juntas Electorales Provinciales aprobarán el modelo oficial de las papeletas de votación correspondientes a su circunscripción. En caso de coincidencia en la celebración de Elecciones Locales y Autonómicas, se utilizarán en estas últimas papeletas de distinto color, impresas por 4

5 una sola cara. 2. En las papeletas de votación resultará obligatoria la identificación completa del proceso electoral, así como el año de su celebración. Asimismo, las papeletas electorales expresarán las indicaciones establecidas en el artículo 28 de la Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón. 3. Los sobres serán del mismo color que las papeletas y se ajustarán a las características, dimensiones y condiciones de confección señaladas en el anexo Convocadas las elecciones, la Junta Electoral Provincial aprobará el modelo oficial de las papeletas de votación correspondientes a su circunscripción y lo comunicará a la Administración de la Comunidad Autónoma. Caso de no coincidir el modelo aprobado por la Junta Electoral Provincial con el que figura en el anexo 3 de este Decreto, la Junta Electoral Provincial en su comunicación especificará los concretos cambios sobre el modelo del anexo 3 de este Decreto. Artículo 5. Disponibilidad de papeletas y sobres El Departamento competente en materia de procesos electorales, a través de los funcionarios designados al efecto, pondrá a disposición de los Presidentes de las Mesas Electorales papeletas y sobres de cada candidatura en número suficiente para atender las necesidades electorales. Artículo 6. Eventualidades 1. Si iniciada la votación, o en cualquier momento de la misma, se advirtiera la carencia de papeletas o de sobres de votación, el Presidente lo pondrá en conocimiento de la Junta Electoral de Zona, que dispondrá lo necesario para su suministro, acudiendo si es preciso al Departamento competente en materia de procesos electorales, a la Delegación Territorial de la circunscripción electoral respectiva, o a las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón. 2. Las Delegaciones Territoriales, las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón y el Departamento competente en materia de procesos electorales del Gobierno de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de este Decreto proveerán, en todo momento a las Juntas Electorales de Zona de papeletas y sobres y velarán para asegurar el normal ejercicio de la votación. Artículo 7. Impresos 1. Los impresos que habrán de utilizarse en las Elecciones a las Cortes de Aragón son los que figuran en los anexos 5 al 13, entre los que se encuentran incluidos los impresos comunes a utilizar conjuntamente con el resto de elecciones que se celebran ese día. 2. Si alguna Junta Electoral estimase que, salvando su contenido, debe emplearse otro formato, especialmente por razones de mecanización, podrá hacerlo dando cuenta a la Junta Electoral inmediata superior. 3. Los impresos recogidos en los anexos citados tendrán carácter oficial y se facilitarán por el Departamento competente en materia de procesos electorales a los Presidentes de las Juntas Electorales Provinciales, Juntas Electorales de Zona y Mesas Electorales. CAPÍTULO II. Dietas y gratificaciones Artículo 8. Junta Electoral de Aragón 1. Los miembros de la Junta electoral de Aragón percibirán por cada proceso electoral en el que intervengan durante su mandato, en concepto de gratificación fija, las siguientes cantidades: Presidente: 2.571,59 euros Vicepresidente: 1.000,07 euros Vocales: 928,63 euros 5

6 Secretario: 2.000,12 euros Esta gratificación sufragará tanto el desarrollo ordinario del proceso como las eventuales repeticiones de elecciones o actos de votación que se originen derivados de la celebración del mismo, sin que, por lo tanto, en estos supuestos deba efectuarse ninguna nueva asignación. 2. Todos los miembros de la Junta Electoral de Aragón, incluido el representante de la Oficina del Censo Electoral en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, percibirán por cada una de las sesiones a las que asistan, las cantidades siguientes: Presidente y Secretario: 53,58 euros Vicepresidente y Vocales: 46,43 euros 3. Los miembros de la Junta Electoral de Aragón percibirán las dietas por alojamiento y manutención y los gastos de viaje que se produzcan como consecuencia de la asistencia a las sesiones fuera de su residencia oficial, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias y de actualización. A los efectos anteriores, los miembros de la Junta Electoral de Aragón se considerarán incluidos en el Grupo 2 del Anexo I del citado Real Decreto. 4. Para remunerar los servicios del personal prestados a la Junta Electoral de Aragón se determina la cantidad de 4.643,15 euros. Este importe tendrá carácter limitativo y se distribuirá con base en los criterios que se consideren objetivos, por la Junta electoral de Aragón. 5. El pago de las gratificaciones y dietas señaladas en este artículo se efectuarán con cargo a los presupuestos de las Cortes de Aragón. Artículo 9. Juntas Electorales Provinciales 1. Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales percibirán por su intervención en las elecciones a cortes de Aragón, en concepto de gratificación fija, las siguientes cantidades: Presidentes: 550,03 euros Vocales Judiciales: 185,74 euros Vocales no judiciales: 128,58 euros Delegado Oficina Censo Electoral: 185,74 euros Secretarios: 507,18 euros 2. Esta gratificación sufragará tanto el desarrollo ordinario del proceso como las eventuales repeticiones de elecciones o actos de votación que se originen derivados de la celebración del mismo, sin que, por lo tanto, en estos supuestos deba efectuarse ninguna nueva asignación. Artículo 10. Servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales 1. Para remunerar los servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales se determinan las siguientes cantidades: Junta Electoral Provincial de Zaragoza: 4.521,71 euros Junta Electoral Provincial de Huesca: 1.460,81 euros Junta Electoral Provincial de Teruel: 1.178,65 euros 2. Estos importes provinciales tendrán carácter limitativo y se distribuirán, con base en los criterios que se consideren objetivos, por cada una de las Juntas Electorales Provinciales. Artículo 11. Juzgados de Primera Instancia o Jueces de Paz 1. Los titulares de los Juzgados de Primera Instancia o Jueces de paz que reciban los sobres con la documentación percibirán los gastos de desplazamiento a las sedes de las Juntas Electorales Provinciales, mediante el abono de los gastos de transporte a razón de 0,17 euros por cada kilómetro recorrido y una 6

7 dieta por importe de 39,29 euros. 2. Esta cuantía sufragará tanto el desarrollo ordinario del proceso como las eventuales repeticiones de elecciones o actos de votación que se originen derivados de la celebración del mismo, sin que, por lo tanto, en estos supuestos deba efectuarse nueva asignación. Artículo 12. Otro personal que preste servicios Los miembros de las Juntas Electorales de Zona, el personal a su servicio, el personal al servicio de los ayuntamientos, los miembros de las mesas y los representantes de la Administración, al coincidir las elecciones a Cortes de Aragón con las elecciones locales, únicamente percibirán por su intervención en dichos procesos electorales las dietas y gratificaciones que al efecto determine la Administración del Estado. Artículo 13. Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma que colabore en las actividades propias del proceso de elecciones a Cortes de Aragón, percibirá las gratificaciones u horas extraordinarias que pudieran corresponderle de acuerdo con lo establecido en el Decreto de creación de la Secretaría de Organización del Proceso Electoral. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Medidas transitorias respecto a cabinas y urnas Durante el periodo que resulte necesario para la renovación completa del actual parque de urnas y cabinas electorales, fijando como límite las elecciones a Cortes de Aragón del año 2007, se entenderán vigentes tanto los anexos 1 y 2 del Decreto 41/1999, de 27 de abril, relativos al modelo de urna y cabina electoral, respectivamente, como los anexos 1 y 2 del presente Decreto, por el que se modifican los anteriormente citados. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Cláusula derogatoria 1. Queda derogado el Decreto 41/1999, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las condiciones de los locales, urnas, sobres y demás impresos oficiales a utilizar en las Elecciones a las Cortes de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria única, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto. 2. Queda derogado el Decreto 52/1999, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las dietas y gratificaciones a percibir por el personal que preste servicios en las elecciones a Cortes de Aragón y se adoptan medidas transitorias respecto a las urnas. DISPOSICIONES FINALES Primera. Habilitación de desarrollo 1. Se habilita al Consejero competente en materia de procesos electorales para modificar el contenido de los Anexos del presente Decreto, sin perjuicio de la aprobación por las Juntas Electorales Provinciales del modelo oficial de las papeletas de votación correspondientes a su circunscripción. 2. Se habilita al Consejero competente en materia de procesos electorales para actualizar las cuantías de las dietas y gratificaciones de las personas que participen en los procesos electorales en los órganos mencionados por este Decreto o que desarrollen funciones auxiliares en los procesos electorales, aplicando en su caso el coeficiente deflactor corrector del índice de precios al consumo. 3. Se faculta al Consejero competente en materia de procesos electorales para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el cumplimiento y ejecución de lo previsto en este Decreto. Segunda. Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón». 7

8 ANEXOS. Urnas, cabinas y relación de impresos con expresión de su referencia y contenido (*) Sobres e Impresos comunes a utilizar en las Elecciones Locales y a Cortes de Aragón. Anexo 1. Urna electoral ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 2. Cabina electoral ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 3. Papeletas de votación C.A.3.1. Papeleta de votación a las Cortes de Aragón ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales Anexo 4. Sobres C.A.4.1. C.A.4.4. C.A.4.4.a. C.A.4.5. C.A.4.5.b. C.A.4.5.c. C.A.4.6. C.A.4.7. C.A.4.8. S.2.1.* S.3.1.* S.3.2.a.* Para votación (S.2.2) Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo a los residentes en el extranjero (S.2.2) Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo a los residentes en el extranjero (reverso) (S.3.a) Sobre dirigido al Consulado. Necesita franqueo (S.4.1) Sobre para el envío del voto C.E.R.A. desde España, dirigido a la J.E.P. (S.4.2) Sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial Sobre número 1.- Documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz Sobre número 2.- Documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz Sobre número 3.- Documentación para entregar al funcionario del Servicio de Correos Sobre para la remisión por la Oficina del Censo Electoral de la documentación electoral para votar por correo Sobre para la remisión a los Presidentes de las Mesas Electorales del voto por correo Sobre para la remisión a los Presidentes de las Mesas Electorales del voto de los electores residentes temporalmente en el extranjero (con franqueo) 8

9 S.3.2.b.* S.3.3.* S.6.* S.7.* Sobre para la remisión a los Presidentes de las Mesas Electorales del voto de los electores residentes temporalmente en el extranjero (sin franqueo) Sobre para la remisión a los Presidentes de las Mesas Electorales de las copias de los nombramientos de Interventores Sobre para la remisión de la notificación de la designación como Miembro deuna Mesa Electoral Sobre para el envío a la Oficina del Censo Electoral de la solicitud del certificado de inscripción en el Censo Electoral para el voto por correo ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 5. Constitución de Coaliciones Electorales y presentación de Candidaturas C.A.5.1. C.A.5.2. C.A.5.2.a. C.A.5.4. C.A.5.4.a. C.A.5.5. C.A.5.5.a. Comunicación de la constitución de la Coalición Electoral Presentación de Candidaturas Presentación de canditaturas (reverso) Presentación de candidatos por Agrupación de Electores. Hoja segunda Presentación de candidatos por Agrupación de Electores. Hoja segunda (reverso) Presentación de candidatos por Agrupación de Electores. Hojas siguientes Presentación de candidatos por Agrupación de Electores. Hojas siguientes (reverso) ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 6. Solicitud y certificaciones de la Oficina del Censo Electoral para el voto por correo y para los electores CERA V.C.1.* V.C.1.a* V.C.1.a.a* V.C.1.b* V.C.1.b.a* V.C.1.c* Solicitudes Solicitud para el voto por correo (hoja 1), ejemplar para la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral Solicitud para el voto por correo (hoja 2), ejemplar para el/la interesado/a Solicitud para el voto por correo de los electores temporalmente (hoja 1), ejemplar para la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral Solicitud para el voto por correo de los electores temporalmente (hoja 2), ejemplar para el/la interesado/a Solicitud para el voto de los electores residentes en el entranjero (CERA) 9

10 V.C.2.* V.C.2.a* V.C.2.b* V.C.2.c* Certificaciones Certificado de estar inscrito en el Censo para el voto por correo Comunicación de no figurar inscrito en la lista de electores Certificado de estar inscrito en el Censo de Residentes Ausentes para el voto desde el exterior ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 7. Impresos para designaciones y nombramientos N.1.* N.1.a.* N.1.b.* N.1.c.* N.1.d* N.2.* N.3.* N.3.a.* N.3.b.* N.3.c.* N.3.d.* N.4.* N.4.a* N.4.b* N.5.* N.5.a* N.5.b* Nombramientos miembros de Mesa (impreso de 4 hojas) Nombramiento y citación Acuse de recibo Comunicación datos identificación Comunicación datos identificación - copia Comunicación de la composición de las Mesas a la Junta Electoral de Zona y al Juez de Primera Instancia o de Paz Nombramiento de interventor (impreso de 4 hojas) Matriz Credencial Comunicación a la Presidencia de la Mesa de la que forma parte Comunicación a la Presidencia de la Mesa en cuya lista figura inscrito Nombramiento de apoderado (impreso de 2 hojas) Matriz Credencial Nombramiento de representante de la Administración (impreso de 2 hojas) Credencial Copia ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 8. Impresos para la actuación de las Mesas Electorales 10

11 M.1.* M.1.a.* M.1.b.* M.1.b.a.* M.1.c.* M.3.* Lista numerada de votantes Portada Lista numerada de votantes (primera hoja) Lista numerada de votantes (hojas siguientes) Instrucciones para su cumplimentación Certificación de votación (blocs de 100 hojas) ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales Anexo 9. Documentación para la actuación de las Mesas Electorales C.A.9.1.* C.A.9.2. C.A.9.4. CAHI 9.4. C.A.9.5. CAHI 9.5 C.A.9.6. (A.C.M.) Acta de constitución de la Mesa Electoral Certificación del acta de constitución de la Mesa Electoral Acta de escrutinio de la Mesa Hoja de Instrucciones del "Acta de escrutinio de la Mesa" Acta de la sesión Hoja de Instrucciones del "Acta de la sesión" Certificado de lo consignado en el Acta de la Sesión C.A.9.7. Recibo Juez/a 1ª Instancia o de Paz entrega sobres 1 y 2 C.A.9.8. Recibo funcionario/a de correos de la entrega del sobre número 3 C.A.9.9 Recibo del funcionario/a de la Administración de Justicia justificativo de la entrega de sobres número 1 ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 10. Actas a utilizar por funcionarios consulares (formato electrónico) A.F.C.* A.F.C.a.* Acta a utilizar por los funcionarios consulares (voto CERA) Acta a utilizar por los funcionarios consulares (voto CERA). Anexo ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia 11

12 Anexo 11. Credenciales C.A Credencial de Diputado/a ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 12. Material de transporte C.A.B.1. C.A.B.2. C.A.C.1. C.A.C.2. C.A.C.3. Sobre general de transporte de documentación para las mesas Caja de cartón de transporte de impresos y sobres Carpeta número 1 (color verde) Carpeta número 2 (color azul) Carpeta número 3 (color blanco) ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia Anexo 13. Actas de las Juntas Electorales Provinciales C.A.J.P.1. C.A.J.P.2. C.A.J.P.3. C.A.J.P.4. C.A.J.P.5. C.A.J.P.6. Acta de constitución Acta de escrutinio Acta de la sesión/es de escrutinio Acta de proclamación Acta de constitución voto C.E.R.A. Acta de escrutinio voto C.E.R.A. ** Modificado por Orden de 8 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia ** Modificado por Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales 12

13 8702

14 8703

15 8704

16 8705

17 8706

18 8707

19 8708

20 8709

21 8710

22 8711

23 8712

24 8713

25 8714

26 8715

27 8716

28 8717

29 8718

30 8719

31 8720

32 8721

33 8722

34 8723

35 8724

36 8725

37 8726

38 8727

39 8728

40 8729

41 8730

42 8731

43 8732

44 8733

45 8734

46 8735

47 8736

48 8737

49 8738

50 8739

51 8740

52 8741

53 8742

54 8743

55 8744

56 8745

57 8746

58 8747

59 8748

60 8749

61 8750

62 8751

63 8752

64 8753

65 8754

66 8755

67 8756

68 8757

69 8758

70 8759

71 8760

72 8761

73 8762

74 8763

75 8764

76 8765

77 8766

78 8767

79 8768

80 8769

81 8770

82 8771

DECRETO 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

DECRETO 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón. 1/88 DECRETO 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón BOA 14 Abril 2003 LA LEY 5217/2003 El artículo 18 del Estatuto de Autonomía

Más detalles

DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN

DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN Legislación Autonómica ARAGÓN DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN Texto vigente desde el 31 de marzo de 2007 JUNTA

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 64 Lunes, 6 de abril de 2015 Pág. 24755 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DECRETO 26/2015, de 1 de abril, por

Más detalles

ANEXO XI-Listado de documentación común en caso de concurrencia electoral

ANEXO XI-Listado de documentación común en caso de concurrencia electoral ANEXO XI-Listado de documentación común en caso de concurrencia electoral 1. Documentación común en caso de concurrencia electoral excluyendo las elecciones Locales. MODELOS DE SOBRES S.2.1 Sobre para

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR 2308 Viernes 21 enero 2005 BOE núm. 18 ANEXO D Bajas de códigos adicionales Descripción: Bajas de códigos adicionales. MINISTERIO DEL INTERIOR 1079 ORDEN INT/31/2005, de 17 de enero, por la que se determinan

Más detalles

NÚMERO 64 Viernes, 1 de abril de 2011

NÚMERO 64 Viernes, 1 de abril de 2011 8159 ORDEN de 31 de marzo de 2011 por la que se publican los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en el proceso de elecciones a la Asamblea de Extremadura 2011. (2011050087) Mediante Decreto

Más detalles

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA 7106 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA DECRETO 28/2011, de 18 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR BOE núm. 3 Jueves 3 enero 2008 183 MINISTERIO DEL INTERIOR 57 ORDEN INT/3917/2007, de 27 de diciembre, por la que se determinan los modelos de sobres e impresos comunes a utilizar en las Elecciones a Cortes

Más detalles

ANEXO 6 MODELOS DE SOLICITUD Y CERTIFICACIONES DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL PARA EL VOTO POR CORREO Y PARA LOS ELECTORES CERA

ANEXO 6 MODELOS DE SOLICITUD Y CERTIFICACIONES DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL PARA EL VOTO POR CORREO Y PARA LOS ELECTORES CERA ANEXO 6 MODELOS DE SOLICITUD Y CERTIFICACIONES DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL PARA EL VOTO POR CORREO Y PARA LOS ELECTORES CERA VC.1 Solicitudes. VC.1a Solicitud para el voto por correo (impreso dos

Más detalles

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde Marzo de 2011

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde Marzo de 2011 NORMATIVA ELECTORAL Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. Vigente

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR 10318 Sábado 10 marzo 2007 BOE núm. 60 Precio total de venta al público Euros/unidad D) Picaduras de pipa Amsterdamer (50 g).................... 2,70 Amsterdamer Amarillo (50 g)............. 2,80 Apolo

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR ORDEN INT/218/2004, de 5 de febrero, por. en las elecciones del 14 de marzo de 2004.

MINISTERIO DEL INTERIOR ORDEN INT/218/2004, de 5 de febrero, por. en las elecciones del 14 de marzo de 2004. 5704 Martes 10 febrero 2004 BOE núm. 35 Fecha depósito aceptación Cuba... 21-7-1981 Dominica... 24-6-1988 Ecuador... 20-11-1998 Emiratos Árabes Unidos... 11-12-2003 Eslovenia... 6-7-1992 España... 12-12-2003

Más detalles

I. Disposiciones Generales

I. Disposiciones Generales I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA ORDEN de 4 de marzo de 2015, del Departamento de Presidencia y Justicia, por la que se modifican los anexos 1 a 13 del Decreto 63/2003,

Más detalles

23 IV 2007 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

23 IV 2007 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 7375 desde la recepción de la comunicación sin que la Entidad Local haya efectuado el pago, la persona titular de la Presidencia de la Junta Rectora solicitará la detracción correspondiente de los recursos

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 81 de 9-iv-2015 1/25 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Presidencia Decreto 24/2015, de 8 de abril, por el que se regulan las condiciones de los elementos materiales

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. Ministerio de la Presidencia

Más detalles

Sevilla, 1 de diciembre 2011 BOJA núm. 236 Página núm. 123

Sevilla, 1 de diciembre 2011 BOJA núm. 236 Página núm. 123 Sevilla, 1 de diciembre 2011 BOJA núm. 236 Página núm. 123 Artículo 5. Impresos electorales. 1. Los impresos que habrán de utilizarse en las Elecciones al Parlamento de Andalucía son los que figuran en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. miércoles 7 de septiembre de 2016

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. miércoles 7 de septiembre de 2016 OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD 3830 ORDEN de 1 de septiembre de 2016, de la Consejera de Seguridad, por la que se publican los modelos de actas aprobados por la Junta Electoral Central y

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 84 de 11-iv-2011 1/25 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad Decreto 28/2011, de 6 de abril, por el que se regulan las condiciones

Más detalles

1. Disposiciones generales

1. Disposiciones generales Página núm. 122 BOJA núm. 236 Sevilla, 1 de diciembre 2011 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA DECRETO 344/2011, de 22 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de

Más detalles

24911 REAL DECRETO 1382/2002, de 20 de

24911 REAL DECRETO 1382/2002, de 20 de BOE núm. 305 Sábado 21 diciembre 2002 45017 24911 REAL DECRETO 1382/2002, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos

Más detalles

NÚMERO 64 Viernes, 1 de abril de 2011

NÚMERO 64 Viernes, 1 de abril de 2011 8230 ORDEN de 31 de marzo de 2011 por la que se publican los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en el proceso de elecciones de los vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales

Más detalles

DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA SUMARIO

DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA SUMARIO VIERNES, 1 de abril de 2011 DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA NÚMERO 64 SUMARIO I DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Administración Pública y Hacienda Elecciones. Entidades Locales Menores. Corrección de

Más detalles

Elecciones Generales

Elecciones Generales Elecciones Generales 20 de 2011 Calendario Electoral JUNTA ELECTORAL CENTRAL 2011 ÍNDICE Publicación en B.O.E. del... 3 Real Decreto de Convocatoria... 3 Juntas Electorales... 3 Rectificación del Censo

Más detalles

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES Y DELEGADOS DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES Y DELEGADOS DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL INSTRUCCIONES ECONŁMICO-ADMINISTRATIVAS PARA EL PROCEDIMIENTO DE PAGO DE COMPENSACIONES ECONŁMICAS EN LAS ELECCIONES AUTONŁMICAS 2015 Y DE LOS VOCALES DE LAS JUNTAS VECINALES DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES

Más detalles

CALENDARIO ELECTORAL Elecciones a Cortes Generales 20 de diciembre de 2015

CALENDARIO ELECTORAL Elecciones a Cortes Generales 20 de diciembre de 2015 CALENDARIO ELECTORAL Elecciones a Cortes Generales 20 de de 2015 Índice Actuación Previa...2 Juntas Electorales...2 Rectificación de datos censales en período....2 División de circunscripciones en Secciones

Más detalles

Elecciones al Parlamento Europeo 25 de mayo de 2014

Elecciones al Parlamento Europeo 25 de mayo de 2014 Elecciones al Parlamento Europeo 25 de de 2014 CALENDARIO ELECTORAL Junta Central Convocatoria de elecciones... 2 Juntas es... 2 Rectificación de datos censales en período... 2 División de circunscripciones

Más detalles

ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4. La urna permitirá su precintado por cualquier medio al finalizar cada jornada.

ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4. La urna permitirá su precintado por cualquier medio al finalizar cada jornada. ANEXO 1 URNAS ELECTORALES A. PARA LAS MESAS ELECTORALES La urna permitirá su precintado por cualquier medio al finalizar cada jornada. Asimismo, habrá de ser inviolable o permitir la aplicación de cualquier

Más detalles

CALENDARIO ELECTORAL (Fuente: Ministerio del Interior)

CALENDARIO ELECTORAL (Fuente: Ministerio del Interior) ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO 7 DE JUNIO DE 2009 www.juntaelectoralcentral.es CALENDARIO ELECTORAL (Fuente: Ministerio del Interior) Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones

Más detalles

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 Artículo 3.- Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y las de Zona percibirán, en concepto de gratificación como consecuencia

Más detalles

F A S E FECHA MÁXIMA FECHA MÍNIMA

F A S E FECHA MÁXIMA FECHA MÍNIMA 26-1 27-1 4-2 CONVOCATORIA DE ELECCIONES CONVOCATORIA DE ELECCIONES JUNTAS Y DE 28-1 1-2 FINANCIACIÓN 2-2 PRESIDENTE DE LA JUNTA DE PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL CONSEJERÍA

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 64 Lunes, 6 de abril de 2015 Pág. 24766 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA ORDEN PRE/273/2015, de 1 de abril,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 93 Jueves 17 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31431 III. OTRAS DISPOSICIONES JUNTA ELECTORAL CENTRAL 4188 Resolución de 14 de abril de 2014, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la

Más detalles

Elecciones Generales 20 de diciembre de 2015

Elecciones Generales 20 de diciembre de 2015 Elecciones Generales 20 de 2015 CALENDARIO ELECTORAL Convocatoria Juntas es Rectificación del Censo en período electoral División de circunscripciones en Secciones y Mesas Formación de Mesas electorales

Más detalles

Elecciones Generales 26 de junio de 2016

Elecciones Generales 26 de junio de 2016 Elecciones Generales 26 de de 2016 CALENDARIO ELECTORAL Convocatoria Juntas es Rectificación del Censo en período electoral División de circunscripciones en Secciones y Mesas Formación de Mesas electorales

Más detalles

Consulado General de España en Pekín ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA (27 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

Consulado General de España en Pekín ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA (27 DE SEPTIEMBRE DE 2015) Consulado General de España en Pekín EL CONSULADO GENERAL INFORMA Núm. 15/2015 ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA (27 DE SEPTIEMBRE DE 2015) El próximo día 27 de septiembre se celebrarán elecciones al

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 30563 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN de 6 de octubre de 2014 por la que se establecen los criterios de actuación en los procesos electorales a órganos de representación del personal

Más detalles

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR EXTRACTO LEY ORGÁNICA 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL

Más detalles

Elecciones Municipales 24 de mayo de 2015

Elecciones Municipales 24 de mayo de 2015 Elecciones Municipales 4 de de 01 CALENDARIO ELECTORAL Convocatoria de elecciones Juntas es Rectificación del Censo en periodo electoral División de circunscripciones en Secciones y Mesas Formación de

Más detalles

Elecciones al Parlamento de Cataluña 21 de diciembre de 2017

Elecciones al Parlamento de Cataluña 21 de diciembre de 2017 Elecciones al Parlamento de Cataluña 1 de 017 CALENDARIO ELECTORAL Convocatoria Juntas es Rectificación del Censo en período electoral División de circunscripciones en Secciones y Mesas Formación de Mesas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR Núm. 82 Viernes 4 de abril de 2014 Sec. I. Pág. 28634 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DEL INTERIOR 3597 Orden INT/529/2014, de 28 de marzo, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 605/1999,

Más detalles

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ACTIVIDAD ARTÍCULOS (*) FECHA Decreto de convocatoria (DT 4ª Estatuto y art. 47 Ley 3/1982) 42 3 de agosto Publicación del Decreto de convocatoria en el DOGC

Más detalles

CALENDARIO ELECCIONES MUNICIPALES 2007

CALENDARIO ELECCIONES MUNICIPALES 2007 CALENDARIO ELECCIONES MUNICIPALES 2007 3/04/07 Convocatoria de elecciones municipales. LEGISLACIÓN Art. 42.3 Real Decreto 444/2007, de 2 de abril. CONSTITUCION DE LAS JUNTAS ELECTORALES 06/04/07 a 09/04/07

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 241 Sábado 6 de octubre de 2012 Sec. I. Pág. 71383 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 12488 Orden PRE/2119/2012, de 5 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de

Más detalles

En el apartado 7 del Anexo del citado Acuerdo, «Implantación y Seguimiento del Plan», se prevé la constitución de una

En el apartado 7 del Anexo del citado Acuerdo, «Implantación y Seguimiento del Plan», se prevé la constitución de una DECRETO 58/2005, DE 29 DE MARZO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE MEDIOAMBIENTE POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE

Más detalles

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde 17 de junio de 1988

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde 17 de junio de 1988 NORMATIVA ELECTORAL Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, por el que se regula la constitución de Comisiones Gestoras en Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. Vigente desde 17 de junio

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 66 Martes, 5 de abril de 2011 Pág. 24323 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE INTERIOR Y JUSTICIA ORDEN IYJ/341/2011, de 31 de

Más detalles

CALENDARIO DE ACTUACIONES ELECCIONES 25 DE MAYO DE 2003

CALENDARIO DE ACTUACIONES ELECCIONES 25 DE MAYO DE 2003 CALENDARIO DE ELECCIONES 25 DE MAYO DE 2003 INICIO Expedición del Real Decreto de convocatoria. 31 marzo 31 marzo 42.3 Publicación del Real Decreto de convocatoria. 1 abril 1 abril 42.3 Plazo de envío

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO JUNTA DE ANDALUCIA CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil Servicio de Estudios y Coordinación Electoral INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO En

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO

INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO JUNTA DE ANDALUCIA CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil Servicio de Estudios y Coordinación Electoral INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO RESIDENTES

Más detalles

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea

Más detalles

BOCM. C) Otras Disposiciones I. COMUNIDAD DE MADRID BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Consejería de Economía, Empleo y Hacienda

BOCM. C) Otras Disposiciones I. COMUNIDAD DE MADRID BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Consejería de Economía, Empleo y Hacienda Pág. 44 VIERNES 12 DE ENERO DE 2018 B.O.C.M. Núm. 10 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 16 ORDEN de 9 de enero de 2018, de la Consejería de Economía,

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 12580 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA DECRETO 94/2009, de 30 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil

Más detalles

Núm. 36. Boletín Oficial de Aragón

Núm. 36. Boletín Oficial de Aragón DECRETO 13/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula los seguros de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales BOCM Pág. 10 JUEVES 16 DE ABRIL DE 2015 B.O.C.M. Núm. 89 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 1 ORDEN 889/2015, de 13 de abril,

Más detalles

1. Administración Electoral

1. Administración Electoral PROCESOS ELECTORAIS: 1. Administración Electoral El proceso electoral en España se lleva a cabo bajo la supervisión de la Administración Electoral encargada de garantizar la transparencia y el principio

Más detalles

ELECCIONES A CORTES GENERALES

ELECCIONES A CORTES GENERALES Consulado General de España Lisboa ELECCIONES A CORTES GENERALES El Consulado General de España en Lisboa comunica a los españoles residentes en esta demarcación consular que el 26 de Junio de 2016 se

Más detalles

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde Febrero de 2014

NORMATIVA ELECTORAL. Vigente desde Febrero de 2014 NORMATIVA ELECTORAL Real Decreto 100/2014, de 21 de febrero, por el que se establecen determinadas disposiciones sobre el ejercicio del derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo.

Más detalles

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, 2 DE DICIEMBRE 2018.

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, 2 DE DICIEMBRE 2018. ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, 2 DE DICIEMBRE 2018. El próximo día 2 de diciembre se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía según el Decreto de la Presidenta 8/2018, de 8 de octubre,

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Proyecto de Ley de Convocatoria y Regulación de una Consulta Popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio. Ministerio del

Más detalles

LEY 4/1985, DE 26 DE JUNIO, SOBRE DESIGNACIÓN DE SENADORES REPRESENTANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA

LEY 4/1985, DE 26 DE JUNIO, SOBRE DESIGNACIÓN DE SENADORES REPRESENTANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA Legislación Autonómica Castilla La Mancha LEY 4/1985, DE 26 DE JUNIO, SOBRE DESIGNACIÓN DE SENADORES REPRESENTANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA Texto vigente desde el 20 de enero de

Más detalles

INFORMACIÓN ELECTORAL ELECCIONES A CORTES GENERALES: 26 DE JUNIO DE 2016

INFORMACIÓN ELECTORAL ELECCIONES A CORTES GENERALES: 26 DE JUNIO DE 2016 INFORMACIÓN ELECTORAL ELECCIONES A CORTES GENERALES: 26 DE JUNIO DE 2016 El próximo día 26 de junio se celebrarán elecciones a Cortes Generales según el Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo, de disolución

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación Nacional de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil (ANAV),

Más detalles

REAL DECRETO 1799/2003, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO DE LAS LISTAS ELECTORALES Y DE LAS COPIAS DEL CENSO ELECTORAL

REAL DECRETO 1799/2003, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO DE LAS LISTAS ELECTORALES Y DE LAS COPIAS DEL CENSO ELECTORAL REAL DECRETO 1799/2003, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO DE LAS LISTAS ELECTORALES Y DE LAS COPIAS DEL CENSO ELECTORAL Texto vigente desde 8 de febrero de 2009 JUNTA ELECTORAL CENTRAL

Más detalles

NORMATIVA ELECTORAL. Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. Vigente desde marzo 2014

NORMATIVA ELECTORAL. Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. Vigente desde marzo 2014 NORMATIVA ELECTORAL Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales Vigente desde marzo 2014 JUNTA ELECTORAL CENTRAL www.juntaelectoralcentral.es Carrera

Más detalles

Garantías en la elaboración del censo

Garantías en la elaboración del censo Garantías en la elaboración del censo La inscripción en el censo es obligatoria y los Ayuntamientos la tramitan de oficio. (Art. 32 LOREG) Tiene carácter permanente y se actualiza mensualmente. (art. 35

Más detalles

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 14378 Sábado 17 abril 1999 BOE núm. 92 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 8583 REAL DECRETO 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. Locales utilizables en los procesos

Más detalles

Este documento ha sido descargado de Portal de los profesionales de la seguridad

Este documento ha sido descargado de   Portal de los profesionales de la seguridad LEY 8/2008, DE 23 DE DICIEMBRE, DE MODIFICACION DE LA LEY 2/1992, DE 13 DE MARZO, DE CREACION DEL CONSEJO DE PROTECCION DE LA NATURALEZA. (BOLETIN OFICIAL DE ARAGON NUM 222 DE 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

Más detalles

Relación de Anexos Elecciones al Parlamento de Andalucía 2015 ANEXO 1: APERTURA DE CUENTAS ANEXO 2: ORDEN DE PAGO POR CAJA ANEXO 3: ORDEN DE PAGO POR TRANSFERENCIA BANCARIA INDIVIDUAL ANEXO 4: ORDEN DE

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 39 de 17-ii-212 1/47 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Presidencia Decreto 5/212, de 16 de febrero, por el que se regulan las condiciones de los elementos materiales

Más detalles

REAL DECRETO 605/1999, DE 16 DE ABRIL, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS PROCESOS ELECTORALES. Texto vigente desde el 29 de abril de 2009

REAL DECRETO 605/1999, DE 16 DE ABRIL, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS PROCESOS ELECTORALES. Texto vigente desde el 29 de abril de 2009 REAL DECRETO 605/1999, DE 16 DE ABRIL, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS PROCESOS ELECTORALES Texto vigente desde el 29 de abril de 2009 JUNTA ELECTORAL CENTRAL 2010 Junta Electoral Central Carrera de

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

RESOLUCIÓN DE 27 DE AGOSTO DE 2008, DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL, SOBRE RECLAMACIONES Y CONSULTAS A LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN Y OTROS ASPECTOS DE

RESOLUCIÓN DE 27 DE AGOSTO DE 2008, DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL, SOBRE RECLAMACIONES Y CONSULTAS A LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN Y OTROS ASPECTOS DE RESOLUCIÓN DE 27 DE AGOSTO DE 2008, DE LA OFICINA DEL CENSO ELECTORAL, SOBRE RECLAMACIONES Y CONSULTAS A LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN Y OTROS ASPECTOS DE LA GESTIÓN DEL CENSO ELECTORAL JUNTA ELECTORAL CENTRAL

Más detalles

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

I. Disposiciones Generales

I. Disposiciones Generales 5634 12 Abril 2003 D.O.E. Número 44 Ayuntamiento de Talavera la Real Ayuntamiento de Rosalejo Pruebas selectivas. Edicto de 28 de marzo de 2003, sobre convocatoria para proveer dos plazas de Auxiliar Administrativo...

Más detalles

Mayo 1999 D.O.E. Número 51

Mayo 1999 D.O.E. Número 51 3818 4 Mayo 1999 D.O.E. Número 51 ORDEN de 29 de abril de 1999, por la que se publican los modelos de impresos aprobados por la Junta Electoral Central a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura

Más detalles

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Artículo 1. Naturaleza y adscripción. Artículo 2. Composición.

Más detalles

Consejo de Ministros. Referencia. 3 de noviembre de 2017

Consejo de Ministros. Referencia. 3 de noviembre de 2017 Consejo de Ministros Convocado con arreglo al Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 9977 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN de 1 de abril de 2015 por la que se publican los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en el proceso de

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 26 de abril de 2014

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 26 de abril de 2014 Real Decreto 1799/2003, de 26 de diciembre, por el que se regula el contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 310, de 27 de diciembre

Más detalles

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales Proyecto de Decreto --/2016, de ---de----------, por el que se regula las funciones, composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales de Extremadura. En

Más detalles

LEY 19/2007, DE 17 DE DICIEMBRE, DE DESIGNACIÓN DE SENADORES Y SENADORAS EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

LEY 19/2007, DE 17 DE DICIEMBRE, DE DESIGNACIÓN DE SENADORES Y SENADORAS EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Legislación Autonómica Andalucía LEY 19/2007, DE 17 DE DICIEMBRE, DE DESIGNACIÓN DE SENADORES Y SENADORAS EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA JUNTA ELECTORAL CENTRAL 2010 Junta Electoral

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 5209 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DECRETO 6/2015, de 22 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo de Cooperación

Más detalles

BOA núm. 2, de 4 de enero de 2002

BOA núm. 2, de 4 de enero de 2002 de y el Consejo Asesor en Aragón, por el que se constituye la Comisión Interdepartamental de y el Consejo Asesor en. 1 BOA núm. 2, de 4 de enero de 2002 El problema de las drogodependencias requiere intervenciones

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 3 de septiembre de 2012

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 3 de septiembre de 2012 Real Decreto 427/2005, de 15 de abril, por el que se regula la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local. Ministerio de Administraciones Públicas «BOE»

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL 1 REGLAMENTO ELECTORAL Abril 2018 2 REGLAMENTO ELECTORAL PREÁMBULO. Este Reglamento Electoral regula la elección del Comité Ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información,

Más detalles

Decreto núm. 287/2002, de 26 de noviembre. Decreto núm. 287/2002, de 26 de noviembre. Decreto 287/2002, de 26 noviembre LAN 2002\553

Decreto núm. 287/2002, de 26 de noviembre. Decreto núm. 287/2002, de 26 de noviembre. Decreto 287/2002, de 26 noviembre LAN 2002\553 ( Disposición Vigente ) Decreto núm. 287/2002, de 26 de noviembre. Decreto 287/2002, de 26 noviembre LAN 2002\553 Version vigente de: 9/1/2008 SANIDAD. Establece medidas para el control y la vigilancia

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 23638 I. Disposiciones generales Consejería de Hacienda 3857 DECRETO 186/2017, de 31 de julio, por el que se modifica el límite de incremento, durante 2017, de las retribuciones y la masa salarial del

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA TEXTO CONSOLIDADO

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA TEXTO CONSOLIDADO Decreto 20/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro Público de Convenios Urbanísticos, el Registro Aragonés de Patrimonios Públicos de Suelo y el Registro Administrativo

Más detalles

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO 6334 CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO DECRETO 40/2008, de 7 de marzo, por el que se crea el Patronato del Museo Extremeño e Iberoamericano de Arte Contemporáneo. (2008040046) La Constitución Española de

Más detalles

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones

Más detalles

RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS Y DEL PERSONAL EVENTUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALERS

RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS Y DEL PERSONAL EVENTUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALERS RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS Y DEL PERSONAL EVENTUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALERS Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 277 Miércoles 16 de noviembre de 2016 Sec. III. Pág. 80094 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 10701 Resolución de 2 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Migraciones,

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 2529 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN DECRETO 5/2013, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología

Más detalles