Fecha: Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES

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1. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO O TITULO CODIGO

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Transcripción:

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO N CODIGO NOMBRE OFICINA RESPONSABLE 1 08.1 AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES SUB GERENCIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 7 08-1

08.1 AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES 1.0 Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES; estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. 2.5 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.6 Las empresas que están sujetas a este trámite son, aquellas que realizan servicio de telecomunicaciones. 2.7 Es un trámite que tiene el valor de 0.256% de una UIT. 2.8 El Administrado presentara el FUIT, con la totalidad de los documentos requeridos; la falta de uno de ellos impide la aprobación automática de la solicitud. 2.9 El administrado deberá comunicar en un plazo máximo de dos días hábiles antes de iniciar las instalación de la infraestructura de telecomunicaciones solicitada. 2.10 El monto de pago es por S/ 9.80 Pág. 2 de 7 08-1

3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA. 3.1.2 FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al titular de la Entidad solicitando el otorgamiento de la autorización. Consignar número de Partida Registral en caso de Representante Legal. 3.1.3 Copia simple de la Resolución Ministerial mediante la cual se otorga concesión al solicitante para prestar el Servicio Público de Telecomunicaciones. En caso, el solicitante sea una empresa de valor añadido, debe presentar copia simple de la autorización a que se refiere el artículo 33 de la Ley de Telecomunicaciones y en caso sea un proveedor de infraestructura pasiva, copia simple de la constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva. 3.1.4 Plan de obras, el cual debe contener la documentación e información siguiente: a) Cronograma detallado de ejecución del proyecto. b) Memoria descriptiva, detallando la naturaleza de los trabajos a realizar, así como las características físicas y técnicas de las instalaciones, adjuntando los planos de ubicación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, a escala 1/5000. En caso de ejecutarse obras civiles para la instalación de Estaciones de Radiocomunicación, se deben anexar además planos de estructuras, y planos eléctricos, de ser el caso, a escala 1/500 detallado y suscrito por ingeniero civil o eléctrico colegiado, según corresponda. c) Declaración jurada del ingeniero civil colegiado y previsto en el Anexo 4, que indique expresamente que la edificación, elementos de soporte o superficie sobre la que se instalará la Infraestructura de Telecomunicaciones, reúne las condiciones que aseguren su estabilidad y adecuado comportamiento en condiciones de riesgo tales como sismos, vientos, entre otros. d) En el caso de Estaciones de Radiocomunicación la declaración debe considerar además el impacto que las cargas ocasionen sobre las edificaciones existentes, incluyendo el peso de las obras civiles. En ambos casos se anexa un informe con los cálculos que sustentan la declaración jurada efectuada efectos de realizar la fiscalización posterior de lo declarado. Pág. 3 de 7 08-1

e) En caso la obra implique la interrupción del tránsito, se debe adjuntar el plano de ubicación conteniendo la propuesta de desvíos y señalización, e indicar el tiempo de interferencia de cada vía, así como las acciones de mitigación adecuadas por los inconvenientes generados en la ejecución de la instalación estableciendo la mejor forma de reducir los impactos que esto genere. f) Formato de mimetización de acuerdo a lo previsto en la Sección I del Anexo2. g) Carta de compromiso del Operador o del Proveedor de Infraestructura Pasiva, por la cual se compromete a adoptar las medidas necesarias para revertir y/o mitigar el ruido, las vibraciones u otro impacto ambiental durante la instalación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, así como a cumplir los Límites Máximos Permisibles. 3.1.5 Instrumento de gestión ambiental aprobado por el Ministerio. 3.1.6 Indicar el número y la fecha de la constancia de pago. 3.1.7 En el caso que parte o toda la Infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre áreas o bienes protegidos por leyes especiales, se deberá adjuntar la autorización emitida por la autoridad competente. 3.1.8 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB, emitiendo la orden de pago por el valor de S/.9.80 3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. Pág. 4 de 7 08-1

3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite 4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. f) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, g) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 3 literal i). h) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, i) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts.12 (1), 14 (2) y 15 (3). j) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 5 numeral 5.1 k) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts. 7.1 y 17. l) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, m) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 51 y 52. n) Decreto Supremo N 156-2004-EF, T.U.O de la Ley de Tributación Municipal (15.11.2004) y modificatorias, Art. 68 inciso B). o) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 11. Pág. 5 de 7 08-1

MMDM Fecha: MP- p) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 24. q) Acuerdo de Concejo N 278-MML (24.12.2015) Elaborado: Transporte. Verificado: Validado: Pág. 6 de 7 08-1

MMDM Fecha: MP- AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA FUIIT No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Elaborado: Transporte. Verificado: Validado: Pág. 7 de 7 08-1

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE SUB GERENCIA DE OBRAS 1 08.10 CONFORMIDAD DE OBRA EN AREA DE USO PUBLICO PÚBLICAS Y TRANSPORTE. FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 5 08-10

08-10: CONFORMIDAD DE OBRA EN AREA DE USO PUBLICO Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de CONFORMIDAD DE OBRA EN AREA DE USO PUBLICO estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 1.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones (ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transportes. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones (MOF). 2.4 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.5 Proceso gratuito. 3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado por Conformidad de Obra y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA. 3.1.2 El Administrado deberá presentar pruebas de compactación de terreno y de resistencia del concreto y certificados de calidad del asfalto. Estas pruebas deberán ser realizadas por organismos Públicos o Instituciones Privadas debidamente calificadas o Declaración Jurada suscrita por representante legal. 3.1.3 En los casos en los que la naturaleza de las obras sea imposible obtener las muestras a que se refiere el numeral 3.1.2, las empresas de servicios o los responsables de las obras, presentaran Declaración Jurada como garantía de la correcta ejecución de la obra, siendo responsables por cualquier deterior del espacio publico por un lapso de siete años. Pág. 2 de 5 08-10

3.1.4 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB. Tramite gratuito, no se emite orden de pago. 3.2 Tramite Documentario 3.2.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.2.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.2.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.2.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.2.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.2.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.3 Proceso de atención 3.3.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.3.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.3.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente y se emite la Resolución por la Autorización En Área de Uso Publico para Trabajos de Construcción, Modificación y/o Refacción de Sardineles, Veredas y Bermas en original y dos copias. Original va para el Administrado, una de las copias va al expediente y la segunda copia al archivo de Sub Gerencia de Obras Publicas y Transportes. 4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ordenanza No 203-MML (28.01.99) Art. 16, 17 f) Ley No 30477 (29.06.16) Art. 3 g) TUO de la Ley No 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General. Pág. 3 de 5 08-10

h) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 122. i) Ordenanza No 203-MML (28.01.1999) Art. 18 y 19 j) Ordenanza No 467-MDMM (03.06.11) Art. 21 y 22 Pág. 4 de 5 08-10

CONFORMIDAD DE OBRA EN AREA DE USO PUBLICO Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA No Verificar si el expediente esta Ok Si Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente y se emite la Resolución por la Autorización Pág. 5 de 5 08-10

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE SUB GERENCIA DE OBRAS 1 08.11 PERMISO DE OPERACIÓN A PERSONAS JURIDICAS PARA PÚBLICAS Y PRESTAR EL SERVICIO CON VEHICULOS MENORES. TRANSPORTE. FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 7 08-11

08-11 : PERMISO DE OPERACIÓN A PERSONAS JURIDICAS PARA PRESTAR EL SERVICIO CON VEHICULOS MENORES. 1.0 Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de PERMISO DE OPERACIÓN A PERSONAS JURIDICAS PARA PRESTAR EL SERVICIO CON VEHICULOS MENORES; estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área de transporte en vehículos menores (Moto taxis), que los vehículos autorizados se encuentran debidamente registrados en la base de datos de la Corporación Edil. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Testo Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.5 El Proceso detalla el Ingreso de la solicitud y derivar al área responsable, el pago en Caja y la programación de la revisión de características del vehículo. 2.6 Este proceso es referido al Permiso que se otorga a la Asociación de Vehículos Menores, 3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y recibe sustento de operación. En la solicitud se detallan los siguientes datos: a) Apellidos y Nombres del Socio. b) Razón Social de la Persona jurídica incluye número de RUC, nombre y firma del representante legal, domicilio fiscal. c) Padrón de vehículos menores asociados. d) Tarjeta de propiedad de cada uno de los socios de los vehículos. Pág. 2 de 7 08-11

e) Seguro contra accidentes de tránsito vigente, de cada asociado. f) Padrón de conductores asociados. g) Licencia de Conducir, de todos los asociados h) Constancia del Curso de Seguridad Vial, de cada asociado i) Certificado de Operación vigente, emitido por la Corporación Edil., de cada uno de los asociados j) Credencial de conductor autorizado por la Corporación Edil., de cada uno de los asociados 3.1.2 Ingresos de la solicitud k) Se procede a la revisión de los documentos presentados bajo la forma de Declaración Jurada, indicando la razón social, Registro Único de Administrado (RUC), domicilio, nombre y firma del Representante legal; los cuales contienen: Copia simple del Testimonio o Escritura Pública de la Persona Jurídica inscrita en la SUNARP. Indicar el número de la partida electrónica en la cual la persona jurídica está en la SUNARP. Indicar el número de la partida electrónica en la cual está inscrito en la SUNARP, el representante Legal de la persona jurídica. Copias simples del SOAT o CAT de los vehículos ofertados. Copias simples de las Licencias de Conducir de los Conductores propuestos. Copia simple del CITV cuando corresponda. Relación nominal de los vehículos menores indicando la placa de rodaje de cada uno de ellos. Relación nominal de los propietarios y/o conductores indicando los nombres y apellidos, el número de DNI y sus direcciones domiciliarias. Dos fotografías tamaño carnet a color de cada conductor Croquis de ubicación y localización de paraderos propuestos. No esta como requisito la carta de posesión notariada, para el caso de vehículos ligeros alquilados. Indicar el número de recibo o de boleta por los derechos de pagos de: Permiso de Operación o Renovación. Certificado de Operación. Credencial del Conductor. STICKER Pág. 3 de 7 08-11

Inspección Técnica por Paraderos (no es aplicable para la renovación del permiso de Operación) En el caso que dos o más Personas Jurídicas pretendan prestar servicio en un mismo paradero, deberán presentar un convenio de mutuo acuerdo en el cual se comprometan a preservar el orden y el ornato Público. Los derechos de pagos por Permiso de Operación (siempre y cuando procedan), Renovación del Permiso de Operación, duplicados y otros serán: Permiso de Operación. Certificado de Operación Inspección técnica por Paradero Constatación o Verificación Técnica vehicular de funcionamiento. 3.1.3 Si documentación está conforme se emite la orden de pago por S/. 129.80 3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para su inspección. 3.4.2 Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte tiene un plazo máximo de 30 días hábiles, para emitir informe. Pág. 4 de 7 08-11

3.4.3 Si informe es POSITIVO se emitirá la Resolución correspondiente, en original y dos copias. 3.4.4 La Resolución se entrega original al administrado, una copia es remitida al expediente de Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, la otra copia pasara a formar parte de los archivos de Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4.5 De existir observaciones se comunicará a la Persona Jurídica en el plazo máximo de 15 días hábiles; para la subsanación de las mismas. 3.4.6 La solicitud del Permiso de Operación se encuentra sujeta a silencio administrativo negativo. 4.0 Normas a) Constitución Política del Perú Art. 194 modificado por la Ley de Reforma Constitucional 30305. b) Ley N 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. c) Ley N 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Art. 18 inciso a) d) Ley N 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. e) Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y sus Modificatorias. f) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 37, 38, 122. g) Decreto Supremo N 055-2010-MTC (02.12.10). Art. 15, 07, 13, 14 h) Ordenanza N 1693-MML (14.04.13) Art. 23, 24, 25 i) Ley 28839 y Decreto Legislativo 1051 que crean las AFOCAT. j) Decreto Legislativo 1216 Art. 11 que fortalece la Seguridad Ciudadana en Materia de Tránsito y Transporte. k) Decreto Legislativo 1246 que aprueba medidas sobre Simplificación Administrativa. l) Decreto Legislativo 1272 que modifica la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley 29060 Ley del Silencio Administrativo. m) Decreto Supremo 055-2010-MTC que aprueba el nuevo Reglamento de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados. n) Decreto Supremo 058-2003-MTC Reglamento Nacional de Vehículos y sus Modificatorias. o) Decreto Supremo 024-2004-MTC Reglamento Nacional de Seguros Obligatorios contra Accidentes de Tránsito (SOAT). p) Decreto Supremo 040-2006-MTC Reglamento Nacional de las AFOCAT y sus Modificatorias. Pág. 5 de 7 08-11

q) Decreto Supremo 043-2003-MTC Art. 8 que dispone la realización del estudio de oferta y demanda en vehículos menores (Estudio Técnico o Plan Regulador). r) Decreto Supremo 025-2008-MTC que Aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Vehiculares s) Ordenanza N 038-2016-MDMM (16.11.16) t) Decreto de Alcaldia N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) u) Decreto de Alcaldia N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) v) TUO Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo N w) 156-2004-EF y modificatorias (15.11.04), Art. 68 inciso b) x) Decreto Supremo N 055-2010-MTC (02.12.10) tercera y) disposición complementaria y final z) * Acuerdo de Concejo N 338-MML (16.11.2016) Pág. 6 de 7 08-11

PERMISO DE OPERACIÓN A PERSONAS JURIDICAS PARA PRESTAR EL SERVICIO CON VEHICULOS MENORES. Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención Verificar si el expediente esta CONFORME No Subsanación de expediente Si No Se emite la Resolución Resolución Improcedente Pág. 7 de 7 08-11

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO N CODIGO NOMBRE MODIFICACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES POR CAMBIO DE DATOS RESPECTO DEL: 1 08.12 TRANSPORTADOR AUTORIZADO. CONDUCTOR VEHICULO MENOR, INCLUYE BAJA DE VEHICULOS. OFICINA RESPONSABLE SUBGERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE. FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de forma ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en la realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudios y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distrito en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 6 08-12

08-12 : MODIFICACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES POR CAMBIO DE DATOS RESPECTO DEL: TRANSPORTADOR AUTORIZADO. CONDUCTOR VEHICULO MENOR, INCLUYE BAJA DE VEHICULOS. 1.0 Objetivos 1.1 El Objetivo de este documento es de establecer el proceso y forma de cómo mantener actualizado los datos de las asociaciones que prestan el servicio de transporte en vehículos menores (Moto Taxis), contribuir a los trabajos de fiscalización y control vehículos autorizados se encuentran debidamente registrados en la base de datos de la Corporación Edil. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.5 El Proceso detalla el Ingreso de la solicitud y derivar al área responsable, el pago en Caja y la programación de la revisión de características del vehículo. 2.6 Este proceso es referido al Permiso que se otorga a la Asociación de Vehículos Menores. 2.7 Este proceso es Gratuito. 2.8 Programación de la revisión de características del vehículo. 3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y recibe sustento de operación. En la solicitud se detallan los siguientes datos: a) Apellidos y Nombres del Socio. b) Razón Social de la Persona jurídica incluye número de RUC. Pág. 2 de 6 08-12

c) Tarjeta de propiedad de cada uno de los socios de los vehículos. d) Seguro contra accidentes de tránsito vigente, de cada asociado. e) Licencia de Conducir, de todos los asociados. f) Constancia del Curso de Seguridad Vial, de cada asociado. g) El número de permiso de operación otorgado y fecha de vencimiento de la autorización. h) La información que se requiere actualizar o modificar. i) Declaración jurada en la que se indique vigencia de poder respecto a la representación de la persona Jurídica o persona Natural. 3.1.2 Ingresos de la solicitud k) Se procede a la revisión de los documentos, la solicitud de modificación incluye: Dos fotografías tamaño carnet a color del conductor. Certificado de Operación. Credencial del Conductor. STICKER Constatación o Verificación Técnica vehicular de funcionamiento l) Si la documentación está conforme se da un VoBo en señal de conformidad y se inicia el proceso en trámite documentario. 3.2 Tramite Documentario 3.2.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.2.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.2.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.2.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.2.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.2.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. Pág. 3 de 6 08-12

3.3 Proceso de atención 3.3.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para su inspección. 3.3.2 La Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte tiene un plazo máximo de 15 días hábiles, para emitir informe. 3.3.3 De ser Informe POSITVO, se obtiene la aprobación automática del expediente y se emite la Resolución por la Modificacion del Registro Municipal de Vehiculos Menores por Cambo de Datos, en original y dos copias. Resolución original es entregada al administrado, una de las copias va al expediente y la segunda copia al archivo de Sub Gerencia de Obras Publicas y Transportes. 3.3.4 De existir observaciones se comunicará a la Persona Jurídica en el plazo máximo de 15 días hábiles; para la subsanación de las mismas. 3.3.5 La solicitud del Permiso de Operación se encuentra sujeta a silencio administrativo negativo 4.0 Normas a) Constitución Política del Perú Art. 194 modificado por la Ley de Reforma Constitucional 30305. b) Ley N 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. c) Ley N 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Art. 18 inciso a) d) Ley N 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. e) Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y sus Modificatorias. f) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 37, 38, 122. g) Decreto Supremo N 055-2010-MTC (02.12.10). Art. 15, 07, 13, 14 h) Ordenanza N 1693-MML (14.04.13) Art. 23, 24, 25 i) Ley 28839 y Decreto Legislativo 1051 que crean las AFOCAT. j) Decreto Legislativo 1216 Art. 11 que fortalece la Seguridad Ciudadana en Materia de Tránsito y Transporte. k) Decreto Legislativo 1246 que aprueba medidas sobre Simplificación Administrativa. l) Decreto Legislativo 1272 que modifica la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley 29060 Ley del Silencio Administrativo. m) Decreto Supremo 055-2010-MTC que aprueba el nuevo Reglamento de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados. Pág. 4 de 6 08-12

n) Decreto Supremo 058-2003-MTC Reglamento Nacional de Vehículos y sus Modificatorias. o) Decreto Supremo 024-2004-MTC Reglamento Nacional de Seguros Obligatorios contra Accidentes de Tránsito (SOAT). p) Decreto Supremo 040-2006-MTC Reglamento Nacional de las AFOCAT y sus Modificatorias. q) Decreto Supremo 043-2003-MTC Art. 8 que dispone la realización del estudio de oferta y demanda en vehículos menores (Estudio Técnico o Plan Regulador). r) Decreto Supremo 025-2008-MTC que Aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Vehiculares s) Ordenanza N 038-2016-MDMM (16.11.16) t) Decreto de Alcaldia N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) u) Decreto de Alcaldia N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) v) TUO Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo N w) 156-2004-EF y modificatorias (15.11.04), Art. 68 inciso b) x) Decreto Supremo N 055-2010-MTC (02.12.10) tercera y) disposición complementaria y final z) * Acuerdo de Concejo N 338-MML (16.11.2016) Pág. 5 de 6 08-12

MODIFICACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES POR CAMBIO DE DATOS RESPECTO DEL: TRANSPORTADOR AUTORIZADO. CONDUCTOR VEHICULO MENOR, INCLUYE BAJA DE VEHICULOS. Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes No Verificar si el expediente esta Ok Si Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención Verificar si el expediente esta CONFORME No Subsanación de expediente Si No Se emite la Resolución Resolución Improcedente Pág. 6 de 6 08-12

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO N CODIGO NOMBRE OFICINA RESPONSABLE 1 08.13 DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PERMISO DE OPERACIÓN SUB GERENCIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de forma ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en la realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudios y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distrito en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 4 08-13

08-13: DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PERMISO DE OPERACIÓN 1.0 Objetivos 1.1 El Objetivo de este documento es de establecer el proceso y forma de cómo obtener el DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PERMISO DE OPERACIÓN. y contribuir a los trabajos de fiscalización y control que se encuentran debidamente registrados en la base de datos de la Corporación Edil. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud simple del Administrado por Duplicado de Certificado de Permiso de Operación y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA. 3.1.2 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB. Se emite orden de pago. 3.1.3 Si documentación está conforme se emite la orden de pago S/ 38.50 3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago.. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. Pág. 2 de 4 08-13

3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación del expediente en forma automática y se emite Duplicado de Certificado de Permiso de Operación. 4.0 Normas a) Ordenanza N 038-2016-MDMM (16.11.16) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972 (27.05.03). Art. 81 numeral 3.2 e) Decreto Supremo N 055-2010-MTC (02.12.10). Arts. 3.2 y 4 f) Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. g) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 116, 122 h) Ordenanza N 1693-MML (14.04.13) Art. 7. i) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General j) TUO Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo N 156-2004-EF y modificatorias (15.11.04), Art. 68 inciso b) k) Acuerdo de Concejo N 338-MML (16.11.2016) Pág. 3 de 4 08-13

DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PERMISO DE OPERACIÓN Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Pág. 4 de 4 08-13

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO N CODIGO NOMBRE OFICINA RESPONSABLE 1 08.2 AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN SUB GERENCIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 7 08-2

08.2 AUTORIZACION DE INSTALACION DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACION 1.0 Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN; estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Testo Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. 2.5 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.6 Las empresas que están sujetas a este trámite son, aquellas que realizan servicio de telecomunicaciones. 2.7 Es un trámite que tiene el valor de 0.256% de una UIT. 2.8 El Administrado presentara el FUIT, con la totalidad de los documentos requeridos; la falta de uno de ellos impide la aprobación automática de la solicitud. 2.9 El administrado deberá comunicar en un plazo máximo de dos días hábiles antes de iniciar la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones solicitada. 2.10 El monto de pago es por S/ 9.80 Pág. 2 de 7 08-2

3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA: 3.1.2 FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al titular de la Entidad solicitando el otorgamiento de la autorización. Consignar número de Partida Registral en caso de Representante Legal. 3.1.3 Copia simple de la Resolución Ministerial mediante la cual se otorga concesión al solicitante para prestar el Servicio Público de Telecomunicaciones. En caso, el solicitante sea una empresa de valor añadido, debe presentar copia simple de la autorización a que se refiere el artículo 33 de la Ley de Telecomunicaciones y en caso sea un proveedor de infraestructura pasiva, copia simple de la constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva. 3.1.4 Plan de obras, el cual debe contener la documentación e información siguiente: a) Cronograma detallado de ejecución del proyecto. b) Memoria descriptiva, detallando la naturaleza de los trabajos a realizar, así como las características físicas y técnicas de las instalaciones, adjuntando los planos de ubicación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, a escala 1/5000. En caso de ejecutarse obras civiles para la instalación de Estaciones de Radiocomunicación, se deben anexar además planos de estructuras, y planos eléctricos, de ser el caso, a escala 1/500 detallado y suscrito por ingeniero civil o eléctrico colegiado, según corresponda. c) Declaración jurada del ingeniero civil colegiado y previsto en el Anexo 4, que indique expresamente que la edificación, elementos de soporte o superficie sobre la que se instalará la Infraestructura de Telecomunicaciones, reúne las condiciones que aseguren su estabilidad y adecuado comportamiento en condiciones de riesgo tales como sismos, vientos, entre otros. d) En el caso de Estaciones de Radiocomunicación la declaración debe considerar además el impacto que las cargas ocasionen sobre las edificaciones existentes, incluyendo el peso de las obras civiles. En ambos casos se anexa un informe con los cálculos que sustentan la declaración jurada efectuada efectos de realizar la fiscalización posterior de lo declarado. e) En caso la obra implique la interrupción del tránsito, se debe adjuntar el plano de ubicación conteniendo la propuesta de desvíos y señalización, e Pág. 3 de 7 08-2

indicar el tiempo de interferencia de cada vía, así como las acciones de mitigación adecuadas por los inconvenientes generados en la ejecución de la instalación estableciendo la mejor forma de reducir los impactos que esto genere. f) Formato de mimetización de acuerdo a lo previsto en la Sección I del Anexo 2. g) Carta de compromiso del Operador o del Proveedor de Infraestructura Pasiva, por la cual se compromete a adoptar las medidas necesarias para revertir y/o mitigar el ruido, las vibraciones u otro impacto ambiental durante la instalación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, así como a cumplir los Límites Máximos Permisibles. 3.1.5 Instrumento de gestión ambiental aprobado por el Ministerio. 3.1.6 Si el predio es de titularidad de terceros, debe presentar además copia del acuerdo que le perita utilizar el bien, con firmas de las partes legalizadas notarialmente o por el juez de paz en las localidades donde no existe notario. 3.1.7 En caso de predios en los que coexisten unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, el solicitante debe presentar copia simple del acuerdo suscrito con el representante de la Junta de Propietarios, celebrado con las formalidades establecidas en el estatuto y el reglamento interno. Cuando los aires pertenezcan a un único condómino, el acuerdo de uso del predio debe ser suscrito por éste y también por el representante de la Junta de Propietarios. 3.1.8 Indicar el número y la fecha de la constancia de pago. 3.1.9 En el caso que parte o toda la Infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre áreas o bienes protegidos por leyes especiales, se deberá adjuntar la autorización emitida por la autoridad competente. 3.1.10 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB, emitiendo la orden de pago por el valor de S/.9.80 3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. Pág. 4 de 7 08-2

3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite 4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. f) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, g) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 3 literal i). h) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, i) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts.12 (1), 14 (2) y 15 (3). j) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 5 numeral 5.1 Pág. 5 de 7 08-2

k) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts. 7.1 y 17. l) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, m) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 51 y 52. n) Decreto Supremo N 156-2004-EF, T.U.O de la Ley de Tributación Municipal (15.11.2004) y modificatorias, Art. 68 inciso B). o) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 11. p) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 24. q) Acuerdo de Concejo N 278-MML (24.12.2015) Pág. 6 de 7 08-2

AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA FUIIT No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Pág. 7 de 7 08-2

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE REGULARIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES 1 08.3 (Los Operadores/Proveedores de Infraestructura Pasiva SUB GERENCIA DE OBRAS deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones PUBLICAS Y TRANSPORTE instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868) FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 6 08-3

8.3 REGULARIZACION DE LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DETELECOMUNICACIONES (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de Ley No 29868) Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de REGULARIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868); estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 1.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. 2.5 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.6 Las empresas que están sujetas a este trámite son, aquellas que realizan servicio de telecomunicaciones. 2.7 En el caso que parte o toda la infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre áreas o bienes protegidos por leyes especiales, se deberá adjuntar la autorización emitida por la autoridad competente. 2.8 El monto de pago es por S/ 9.80 Pág. 2 de 6 08-3

3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA: 3.1.2 FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al titular de la Entidad solicitando el otorgamiento de la autorización. Consignar número de Partida Registral en caso de Representante Legal. 3.1.3 Copia simple de la constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva. 3.1.4 Plan de obras, el cual debe contener la documentación e información siguiente: a) Memoria descriptiva, detallando la naturaleza de los trabajos a realizar, así como las características físicas y técnicas de las instalaciones, adjuntando los planos de ubicación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, a escala 1/5000. En caso de ejecutarse obras civiles para la instalación de Estaciones de Radiocomunicación, se deben anexar además planos de estructuras, y planos eléctricos, de ser el caso, a escala 1/500 detallado y suscrito por ingeniero civil o eléctrico colegiado, según corresponda. b) Declaración jurada del ingeniero civil colegiado y previsto en el Anexo 4, que indique expresamente que la edificación, elementos de soporte o superficie sobre la que se instalará la Infraestructura de Telecomunicaciones, reúne las condiciones que aseguren su estabilidad y adecuado comportamiento en condiciones de riesgo tales como sismos, vientos, entre otros. c) En el caso de Estaciones de Radiocomunicación la declaración debe considerar además el impacto que las cargas ocasionen sobre las edificaciones existentes, incluyendo el peso de las obras civiles. En ambos casos se anexa un informe con los cálculos que sustentan la declaración jurada efectuada efectos de realizar la fiscalización posterior de lo declarado. 3.1.5 Indicar el número y la fecha de la constancia de pago. 3.1.6 En el caso que parte o toda la Infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre áreas o bienes protegidos por leyes especiales, se deberá adjuntar la autorización emitida por la autoridad competente. 3.1.7 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB, emitiendo la orden de pago por el valor de S/.9.80 Pág. 3 de 6 08-3

3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite 4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. f) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, g) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 3 literal i). h) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Pág. 4 de 6 08-3

i) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts.12 (1), 14 (2) y 15 (3). j) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 5 numeral 5.1 k) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts. 7.1 y 17. l) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, m) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 51 y 52. n) Decreto Supremo N 156-2004-EF, T.U.O de la Ley de Tributación Municipal (15.11.2004) y modificatorias, Art. 68 inciso B). o) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 11. p) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 24. q) Acuerdo de Concejo N 278-MML (24.12.2015) Pág. 5 de 6 08-3

REGULARIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES (Los Operadores/Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868) Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA FUIIT No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Pág. 6 de 6 08-3

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE REGULARIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN 1 08.4 (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva SUB GERENCIA DE OBRAS deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones PUBLICAS Y TRANSPORTE instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868) FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 6 08-4

8.4 REGULARIZACION DE INSTALACION DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACION (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley No 29868) 1.0 Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de REGULARIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868); estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 2.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones(ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar(TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones(MOF). 2.4 Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. 2.5 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.6 Las empresas que están sujetas a este trámite son, aquellas que realizan servicio de telecomunicaciones. 2.7 El Administrado presentara el FUIT, con la totalidad de los documentos requeridos; la falta de uno de ellos impide la aprobación automática de la solicitud. 2.8 El administrado deberá comunicar en un plazo máximo de dos días hábiles antes de iniciar la instalación de la infraestructura de telecomunicaciones solicitada. 2.9 El monto de pago es por S/ 9.80 Pág. 2 de 6 08-4

3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA: 3.1.2 FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al titular de la Entidad solicitando el otorgamiento de la autorización. Consignar número de Partida Registral en caso de Representante Legal. 3.1.3 Copia simple de la constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva. 3.1.4 Plan de obras, el cual debe contener la documentación e información siguiente: a) Memoria descriptiva, detallando la naturaleza de los trabajos a realizar, así como las características físicas y técnicas de las instalaciones, adjuntando los planos de ubicación de la Infraestructura de Telecomunicaciones, a escala 1/5000. En caso de ejecutarse obras civiles para la instalación de Estaciones de Radiocomunicación, se deben anexar además planos de estructuras, y planos eléctricos, de ser el caso, a escala 1/500 detallado y suscrito por ingeniero civil o eléctrico colegiado, según corresponda. b) Declaración jurada del ingeniero civil colegiado y previsto en el Anexo 4, que indique expresamente que la edificación, elementos de soporte o superficie sobre la que se instalará la Infraestructura de Telecomunicaciones, reúne las condiciones que aseguren su estabilidad y adecuado comportamiento en condiciones de riesgo tales como sismos, vientos, entre otros. c) En el caso de Estaciones de Radiocomunicación la declaración debe considerar además el impacto que las cargas ocasionen sobre las edificaciones existentes, incluyendo el peso de las obras civiles. En ambos casos se anexa un informe con los cálculos que sustentan la declaración jurada efectuada efectos de realizar la fiscalización posterior de lo declarado. 3.1.5 Si el predio es de titularidad de terceros, debe presentar además copia del acuerdo que le perita utilizar el bien, con firmas de las partes legalizadas notarialmente o por el juez de paz en las localidades donde no existe notario. 3.1.6 En caso de predios en los que coexisten unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, el solicitante debe presentar copia simple del acuerdo suscrito con el representante de la Pág. 3 de 6 08-4

Junta de Propietarios, celebrado con las formalidades establecidas en el estatuto y el reglamento interno. Cuando los aires pertenezcan a un único condómino, el acuerdo de uso del predio debe ser suscrito por éste y también por el representante de la Junta de Propietarios. 3.1.7 Indicar el número y la fecha de la constancia de pago. 3.1.8 En el caso que parte o toda la Infraestructura de Telecomunicaciones a instalar recaiga sobre áreas o bienes protegidos por leyes especiales, se deberá adjuntar la autorización emitida por la autoridad competente. 3.1.9 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB, emitiendo la orden de pago por el valor de S/.9.80 3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite Pág. 4 de 6 08-4

4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. f) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, g) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 3 literal i). h) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, i) Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts.12 (1), 14 (2) y 15 (3). j) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 5 numeral 5.1 k) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Arts. 7.1 y 17. l) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, m) Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 51 y 52. n) Decreto Supremo N 156-2004-EF, T.U.O de la Ley de Tributación Municipal (15.11.2004) y modificatorias, Art. 68 inciso B). o) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 11. p) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, (18.04.2015). Art. 24. q) Acuerdo de Concejo N 278-MML (24.12.2015) Pág. 5 de 6 08-4

REGULARIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN (Los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva deben regularizar la Infraestructura de Telecomunicaciones instalada con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia Ley N 29868) Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA FUIIT No Verificar si el expediente esta Ok Si CAJA - Orden de pago Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Pág. 6 de 6 08-4

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE SUB GERENCIA DE OBRAS 1 08.5 AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN PÚBLICAS Y DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES. TRANSPORTE. FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 5 08-5

8.5 AMPLIACION DE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES; estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 1.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones (ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones (MOF). 2.4 Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. 2.5 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.6 Las empresas que están sujetas a este trámite son, aquellas que realizan servicio de telecomunicaciones. 2.7 El Administrado presentara el FUIT, con la totalidad de los documentos requeridos; la falta de uno de ellos impide la aprobación automática de la solicitud. 2.8 La ampliación requerida se solicita con al menos diez días antes del vencimiento del plazo originalmente conferido. Pág. 2 de 5 08-5

3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud del Administrado y verifica si el expediente tiene toda la documentación completa, de acuerdo al TUPA: 3.1.2 Solicitud de ampliación de la autorización, indicando y acreditando las razones que la motivan. 3.1.3 Plan de Obras actualizado 3.1.4 La secretaria de mesa de partes verificará que toda la documentación este conforme y dará su VB. Tramite gratuito, no se emite orden de pago. 3.2 Tramite Documentario 3.2.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.2.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.2.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.2.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.2.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.2.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.3 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite Pág. 3 de 5 08-5

4.0 Normas a) Ordenanza N 025-2015-MDMM (04.10.15) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley N 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (27.05.2003). Art. 79 numeral 3.2. e) Ley N 29022, Ley para la expansión de infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, (20.05.2007). Art. 3 y 5. f) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones Art.3 literal i). g) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, Art. 18 numeral 2. h) D.S. N 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley N 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, Art. 17 y 18 numeral 2. Pág. 4 de 5 08-5

AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES. Inicio Ingreso de Solicitud a Mesa de Partes TUPA No Verificar si el expediente esta Ok Si Tramite Documentario SISMUNI Proceso de Atención No Verificar si el expediente esta CONFORME Si Aprobación automática del expediente Pág. 5 de 5 08-5

Sección 1.01 INSTRUCCIÓN DE TRABAJO OFICINA N CODIGO NOMBRE RESPONSABLE AUTORIZACIÓN EN AREA DE USO PÙBLICO PARA SUB GERENCIA DE OBRAS 1 08.7 INSTALACIÓN DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA Y PÚBLICAS Y DESAGUE TRANSPORTE. FUNDAMENTOS 1. Políticas Institucionales El presente documento sirve de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al describir de form ordenada y detallada los procedimientos efectuados por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, en realización de los procesos generados para el cumplimiento de sus funciones. Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte es el órgano encargado de la elaboración y ejecución de estudi y proyectos de las obras de inversión pública, de mejora en tránsito y viabilidad; que desarrolla la Municipalid Distrital de Magdalena del Mar en beneficio de la comunidad. Planificar, organizar y dirigir la elaboración del Plan vial del distrito y regular la circulación vehicular en el distri en coordinación con las municipalidades colindantes de ser el caso. DISTRIBUCIÓN 1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 2. Subgerencia de Obras Públicas y transporte. 3. Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. 4. Sub Gerencia de Tesoreria. 5. Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Central. DIAGRAMA DE FLUJO: Pág. 1 de 5 08-7

08-7: AUTORIZACIÓN EN AREA DE USO PÙBLICO PARA INSTALACIÓN DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA Y DESAGUE Objetivos 1.1 Establecer el procedimiento de AUTORIZACIÓN EN AREA DE USO PÙBLICO PARA INSTALACIÓN DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA Y DESAGUE; estableciendo la forma, los responsables, tiempo de ejecución del referido proceso. 1.2 Dar a conocer al funcionario del área el trámite que tiene por objeto, conocer y supervisar toda obra en área de uso público, ejecutadas por las empresas prestadoras de servicio. 1.0 Generalidades 2.1 Reglamento de Organización y Funciones (ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. 2.2 Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (TUPA). 2.3 Manual de Organización y Funciones (MOF). 2.4 Directivas y Normas emitidas por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte. 2.5 Según Art. 4 del D.Leg. No 1014, no se podrán establecer montos mayores al 1% UIT vigente por concepto del derecho. 2.6 El monto de pago es por S/ 10.10 3.0 Procedimientos 3.1 Ingresos de la solicitud por Mesa de partes Secretaria de Mesa de partes 3.1.1 Atiende solicitud simple del Administrado emitida por la EPS dirigida al titular de la entidad. 3.1.2 Indicar Numero y Fecha de Recibo de Pago 3.1.3 Informe de factibilidad del servicio. 3.1.4 Comunicación de interferencia vial a MML o MDMM, con siete (7) días de anticipación, de ser el caso. 3.1.5 El monto de pago es por S/ 10.10 Pág. 2 de 5 08-7

3.2 Caja El administrado va a caja y procede con pagar la orden de pago. 3.3 Tramite Documentario 3.3.1 El administrado ingresa el expediente a trámite documentario. 3.3.2 El administrado con la solicitud visada por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte y el recibo de pago ingresa la documentación a Tramite Documentario. 3.3.3 El funcionario de Tramite Documentario ingresa al sistema SISMUNI, la documentación correspondiente, generando una solicitud e indicando el requerimiento del administrado. 3.3.4 El sistema emite un No de Expediente, que es entregado al administrado por parte del funcionario responsable de Tramite Documentario. 3.3.5 El funcionario de Tramite Documentario sella el expediente ingresado. 3.3.6 El expediente ingresado es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. 3.4 Proceso de atención 3.4.1 La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, evalúa el expediente y asigna a la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para verificación de documentos. 3.4.2 El expediente es revisado por un inspector técnico del área que cumpla con los requisitos que exige el TUPA. 3.4.3 De estar conforme se obtiene la aprobación automática del expediente. 3.4.4 No se otorga documento de autorización en este tipo de tramite 4.0 Normas a) Ordenanza N 038-2016-MDMM (16.11.16) b) Decreto de Alcaldía N 010-2016-DA-MDMM (16.11.16) c) Decreto de Alcaldía N 011-2016-DA-MDMM (16.11.16) d) Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N 27972(27.05.03). Art. 79 numeral 3.2 e) Ley N 30477 (29.06.2016) Art. 3 f) TUO de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo N 006-2017-JUS (20.03.17) Art. 122. g) Decreto Legislativo N 1014 (16.05.08) y modificatorias Art. 6. h) RDC No 042-2011-SUNASS-CD (28.10.2011) Art.1 i) TUO Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo N 156-2004-EF y modificatorias (15.11.04), Art. 68 inciso b) Pág. 3 de 5 08-7

j) Decreto Legislativo N 1014 (16.05.08) y modificatorias Art. 4. k) Acuerdo de Concejo N 338-MML (16.11.2016) Pág. 4 de 5 08-7

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