CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EDUCATIVOS EN LOS CENTROS ESCOLARES CURSO 2018/19

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1.- OBJETO, FINALIDAD Y CONDICIONES PARA LA CONCESION DE LA SUBVENCION.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Transcripción:

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EDUCATIVOS EN LOS CENTROS ESCOLARES CURSO 2018/19 PRIMERO: OBJETO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. La Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Parla establece las siguientes bases para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de programas educativos de carácter escolar y extraescolar, presentados por: Escuelas Infantiles, Casas de Niños, Centros de Educación Infantil y Primaria y Centros de Secundaria. Los proyectos deben estar aprobados por el Consejo Escolar del Centro. Son subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad e igualdad. Tienen como finalidad promover la participación de toda la Comunidad Educativa, profesorado, padres y madres y alumnado en el desarrollo de iniciativas que vengan a mejorar la calidad de la educación en los Centros Escolares del Municipio de Parla. SEGUNDO: BENEFICIARIOS. Podrán presentar proyecto todas las Escuelas de Educación Infantil, Casas de Niños, Centros de Educación Infantil y Primaria, Centros de Secundaria del Municipio de Parla y Entidades que gestionen dichos Centros. Los proyectos pueden ser promovidos por: Claustro de profesores y profesoras, un grupo de profesores y profesoras, asociaciones de Padres y Madres y otras posibles combinaciones. En cualquier caso deberán ser aprobados por el Consejo Escolar del Centro y van destinados a la Comunidad Educativa de Parla. Cada Centro Educativo podrá presentar un máximo de 2 proyectos. Los centros participantes no podrán estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad presentes en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. TERCERO: PROGRAMAS Y PROYECTOS TE Bajo el título de: QUÉ BONITO ES MI CENTRO Serán objeto de subvención preferente: - Los proyectos que impliquen a toda la comunidad educativa: profesores, padres, alumnos y asociaciones que desarrollen buenas prácticas pedagógicas encaminadas a favorecer la apertura del centro al barrio y la comunidad, el cuidado, el respeto y embellecimiento del mismo, así como el desarrollo de actividades lúdico-educativas, que muestren al centro como un referente de convivencia y de participación. - Los proyectos que desarrollen aprendizaje de contenidos, competencias y valores a través de la realización de actividades que embellezcan el centro con el objetivo de mejorarlo. - Proyectos que den a conocer la vida y las actividades del centro al barrio. - Proyectos que buscan compartir con los vecinos/as del barrio, sensibilización y cambio de actitudes ante problemáticas sociales. 1

Si se hacen programas, carteles, o presentaciones públicas de la actividad, deberán incluir el logo de la Concejalía de Educación. CUARTO: EXCLUSIONES. Quedan excluidos de esta convocatoria: - Aquellos centros que no cumplan los requisitos de las presentes bases. - Aquellos que hayan sido beneficiarios de una subvención municipal de las mismas características que la presente convocatoria. - Aquellos en los que no se haya justificado alguna subvención con anterioridad a la presente convocatoria. - Aquellos que sean deudores por cualquier concepto de la Hacienda Municipal. - Aquellos que estén incursos en causas de incapacidad del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. QUINTO: PRESUPUESTO. La cuantía máxima destinada a la convocatoria para el total de proyectos que se presentan a subvención asciende a 14.000 La cuantía máxima individual por proyecto subvencionado será inferior a 3.000. Este gasto se imputará a la aplicación 326.489.06 Ayudas y Subvenciones a Centros Educativos. SEXTO: DOCUMENTACIÓN. Para la presente convocatoria será necesario aportar de manera digital con registro en la sede electrónica del Ayuntamiento, en los registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales la siguiente documentación: 1. Solicitud. 2. Fotocopia del D.N.I. del representante del centro. 3. Declaración responsable del Director/a o presidente/a del AMPA, que no está incursa en causas de incapacidad del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones (el Ayuntamiento de Parla facilitará el modelo de declaración jurada). 4. Declaración responsable del Director/a o presidente/a del AMPA, de la no percepción de subvenciones públicas para la financiación de las actividades que se presentan a subvención (el Ayuntamiento de Parla facilitará el modelo de declaración jurada). 5. Declaración responsable del Director/a o presidente/a del AMPA de que la entidad no tiene deudas con la Administración tributaria ni con la Hacienda Municipal, así como con la Seguridad Social (el Ayuntamiento de Parla facilitará el modelo de declaración jurada). 6. Proyecto educativo, incluirá los siguientes apartados: - Título del proyecto - Ficha de datos del Centro Educativo: - Nombre Centro Educativo - Dirección - INF. del centro - Nombre de la persona representante - Teléfono - Número de la cuenta corriente - Fundamentación: realizar una breve descripción de las razones de la puesta en marcha de este proyecto en el centro. 2

- Objetivos que se pretenden conseguir. Actividades: breve descripción de las actividades que se van a desarrollar. - Presentación de trabajos en la Exposición de Proyectos, en Abril- Mayo de 2019. - Destinatarios/as. - Cronograma del proyecto, detallar las actividades que se van a realizar organizadas en el tiempo. - Recursos: - Económicos: presupuesto detallado de gastos e ingresos previstos para su realización con especificación, en su caso, de aquellas otras entidades públicas o privadas a las que se haya solicitado o hayan concedido ayudas para la actividad objeto de la solicitud, indicando la cuantía de las mismas. - Humanos: profesorado, monitores/as, padres y madres etc., que van a intervenir en el proyecto. - Materiales y equipamiento: Recursos que aporta el Centro o el AMPA Recursos que tiene que aportar el Ayuntamiento. 7. Certificado del secretario/a de la aprobación del proyecto en el Consejo escolar. SÉPTIMO: PLAZO DE PRESENTACIÓN. El plazo de admisión de solicitudes finaliza el 20 DE DICIEMBRE DE 2018. Si las solicitudes no reunieran los datos exigidos o no vinieran acompañadas de la documentación necesaria, se requerirá al interesado/a para que en el plazo de diez días subsane los defectos, previniéndole de que en caso contrario, su solicitud se archivará sin más trámite. OCTAVO: CRITERIOS. Para los criterios de valoración de los proyectos serán los siguientes (siendo necesario presentar la aprobación del Consejo Escolar), asignándole a cada uno la puntuación que se indica, sobre un total de 10 puntos: - Afinidad con el objeto de esta convocatoria (si no se cumple este punto, el resto de los apartados no se valora). 3 puntos - La participación de todos los miembros de la comunidad educativa: alumnado, familias, profesorado y personal no docente. 2 puntos - Se valorarán actuaciones de coordinación y colaboración con Asociaciones de Vecinos/as, Mujeres, Juveniles, Culturales, etc. del Municipio de Parla, al objeto de embellecer el centro. 1 puntos - Compromiso de participación en la exposición de proyectos de los centros educativas que participen en la convocatoria (deberá ir explicado en el proyecto). 1 puntos. - Se valorará la participación de los centros: - Entre 2 y 10 aulas, 1 punto. - Entre 11 y 25 aulas, 2 puntos. - Mas de 25 aulas, 3 puntos. La cantidad económica que se asigna a cada punto, será el resultado de dividir el total de la subvención por el total de puntos concedidos. 3

NOVENO: COMISIÓN PARA LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La propuesta de subvención se resolverá como máximo en un mes a partir de la finalización del plazo de presentación. La propuesta de subvención será notificada por escrito a cada Centro Educativo. La Comisión de selección de los proyectos estará compuesta por: Concejal Delegado de Educación. Técnico de Educación Un/a Director/a de una Escuela de Educación Infantil o Casa de Niños. Un/a Director/a de un Centro de Educación Infantil y Primaria. Un Director/a de un Instituto de Educación Secundaria La Secretaria General del Ayuntamiento ó persona a quién delegue, que actuará como Secretario/a. DÉCIMO: ÓRGANO CONCEDENTE El Ayuntamiento de Parla concederá las subvenciones a través de Decreto del Concejal Delegado de Hacienda, Patrimonio, Cultura, y Educación. La propuesta se basará en el informe emitido por la Comisión de Adjudicación de la cláusula novena. DÉCIMO PRIMERO: OBLIGACIONES DE LOS CENTROS Los beneficiarios de las subvenciones quedan obligados a: - Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización del programa propuesto. - No modificar el programa para el que se concedió la subvención sin la previa conformidad de la Concejalía de Educación. - Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención concedida que estime oportuno la Concejalía de Educación. - Justificar la subvención concedida de acuerdo con las normas establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de lo que dispongan las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal. - Devolver el importe de la subvención cuando se compruebe una modificación del proyecto, sin la previa conformidad de la Concejalía de Educación, de los fines en razón de los que se concedió la subvención y cuando el gasto no se haya justificado en plazo y forma. - Presentar una memoria del programa/ proyecto subvencionado. - La actividad a realizar durante todo el curso escolar 2018/19 quedará plasmada en la exposición de proyectos educativos que se realizará en la Casa de la Cultura. DECIMO SEGUNDO: JUSTIFICACIÓN. Desde el 13 de mayo hasta 7 de junio de 2019 los Centros deberán presentar de manera digital con registro en la sede electrónica del Ayuntamiento, en los registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales la siguiente documentación: - Memoria explicativa de la actividad realizada. 4

- Certificación del secretario del centro, indicando la relación numerada de todos los documentos (facturas a nombre del centro o el AMPA con los requisitos legalmente requeridos) que se presentan para justificar la subvención en la que se indicará: proveedor, concepto (nombre genérico), importe, actividad a la que se refiere, fecha, número de factura y la suma del importe total. - Documentos acreditativos de los pagos realizados. Si se ha pagado al contado que en la factura ponga cobrado y firmada por el proveedor y si se pagan por transferencia bancaria, copia de la transferencia. - Declaración responsable del director/a, presidente/a del AMPA que el importe de la subvención percibida, para esta actividad, programa..., en ningún caso ha superado el coste de las mismas (el Ayuntamiento de Parla facilitará el modelo de declaración jurada). - Se presentarán facturas originales. Las facturas de gastos irán debidamente formalizadas por importe de la subvención concedida y documentos acreditativos de los pagos realizados. No se podrán adquirir gastos de primer establecimiento o inversión, como: ordenadores, fotocopiadora, proyector, videocámara..., o cualquier otro bien que por su naturaleza sea susceptible de duración superior a un año. No podrán presentarse facturas correspondientes a gastos generales de la asociación: comunidad de vecinos, agua, luz, teléfono, gas... En caso de que finalizados los plazos previstos para la justificación (memoria y facturas), ésta no se haya efectuado, se requerirá al interesado/a para que lo haga a partir de la notificación por parte de la Concejalía de Educación. El retraso o la no presentación de los justificantes, producirá la obligación de devolver las cantidades no justificadas y en su caso, la inhabilitación para percibir nuevas subvenciones, sin perjuicio de satisfacer el interés legal. DÉCIMO TERCERO: PUBLICACIÓN. De acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, estas bases se expondrán para su conocimiento público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Parla y en el tablón de anuncios de la Concejalía de Educación. Parla, a 15 de noviembre de 2018. Fdo. Raúl Romano Yuste Técnico de Educación 5