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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO CONSISTENTE EN LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DIAGNÓSTICAS COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE MANRESA PARA MUTUA INTERCOMARCAL, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 39 Página 1 de 11

1. OBJETO Las especificaciones contenidas en el presente Pliego se establecen al objeto de contratar un servicio consistente en la realización de pruebas diagnósticas complementarias a los trabajadores protegidos por Mutua Intercomarcal. 2. ALCANCE El servicio que se pretende adjudicar deberá dar cobertura a la población protegida por Mutua Intercomarcal en el ámbito de la ciudad de Manresa y su ámbito de influencia geográfica. La empresa licitadora debe disponer para de la cobertura horaria mínima requerida: - Será preciso cubrir, para las diferentes pruebas de diagnóstico, un horario mínimo de 8 horas diarias de lunes a viernes que deberán estar comprendidas en el rango de franjas horarias de 08:00 a 19:00 horas. - Respecto a esta cobertura mínima exigida, se valorará que el licitador disponga de un horario superior. Especialmente la posibilidad de realizar algunas de las pruebas más esenciales (Radiografías, Resonancias Magnéticas) - De la misma manera se valorará que el licitador disponga de un servicio de urgencias 24 horas al día todos los días del año. 3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A PRESTAR El servicio será realizado por medios propios de la adjudicataria y comprende los recursos humanos y materiales necesarios para la prestación del servicio, a demanda de los Servicios Médicos de Mutua Intercomarcal en el ámbito definido en este pliego. Se entiende por prueba diagnóstica, el acto médico realizado por el personal sanitario, que servirá de ayuda para efectuar una adecuada valoración de la capacidad laboral de los pacientes de Mutua Intercomarcal. El servicio que se preste deberá comprender, principalmente, la realización de las siguientes pruebas diagnósticas complementarias: - Resonancia Magnética (R.M.) - Gammagrafía - Densitometría Se valorará que el licitador disponga de los medios tecnológicos adecuados para la realización de otras pruebas complementarias menos demandadas por Mutua Intercomarcal. Página 2 de 11

El adjudicatario estará obligado a realizar las siguientes actividades: - Realizar las pruebas solicitadas por la Mutua en las propias instalaciones, mediante el protocolo interno de solicitud. - Los profesionales que atiendan al paciente durante el proceso de asistencia sanitaria, o le apliquen una técnica o procedimiento concreto, deberán informarle previamente sobre su finalidad, explicarle en qué consiste, sus riesgos y sus consecuencias, recabando su consentimiento para realizarla. Dicho consentimiento deberá plasmarse por escrito cuando se utilice contraste, anestesia, o suponga inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente. - Realizar el informe resultante de la visita médica según el soporte establecido por Mutua Intercomarcal. - Comunicar urgentemente (dentro las primeras 24 horas) las incomparecencias. - Disponer de una persona de contacto para solucionar cualquier incidente o consulta por vía telefónica. - Facilitar cuantos informes médicos les sean solicitados por el equipo médico de Mutua Intercomarcal en relación con las pruebas realizadas. a. Programación Citas Las solicitudes realizadas por los equipos médicos de Mutua Intercomarcal serán atendidas en menos de 48 horas, valorándose el disponer de una agenda online, que permita al equipo administrativo de Mutua Intercomarcal programar ellos mismos las citas y exploraciones. b. Plazos para la realización de las pruebas Salvo en el caso de que se especifique una fecha concreta posterior en el impreso de solicitud, las pruebas y citaciones se deberán realizar en menos de 24/48 horas. Este plazo se contará desde la mañana siguiente a partir del momento en que se solicite la prueba desde los servicios médicos de Mutua Intercomarcal. Una vez realizada la prueba, se valorará el envío del informe. En ningún caso se aceptarán propuestas en las que se ofrezca que el plazo sobrepase las 72 horas desde la mañana siguiente a la realización de la prueba. c. Contenido del Informe de Valoración El contenido mínimo del informe de valoración de las pruebas complementarias realizadas debe ser: Página 3 de 11

Datos de identificación del paciente. Información Clínica aportada en el impreso de solicitud. Protocolo de realización de la exploración: - Protocolo clínico. - Protocolo de exploración. Incidencias durante la realización de la exploración si los hubiere. Descripción y límites de las zonas anatómicas exploradas. Descripción de los hallazgos significativos, relacionados o no con el diagnóstico. Diagnóstico diferencial y actuaciones recomendadas si fuera necesario. Juicio Clínico (diagnóstico) basándose en los hallazgos de la exploración y en los datos clínicos aportados en los impresos de solicitud. Datos de identificación del especialista que realice el informe y firma del mismo. Identificación del equipo con el que se realizó el estudio. d. Soporte del estudio gráfico e informe La transmisión de la información (estudio gráfico e informe) se realizará de la siguiente forma: Imagen Digital Informes Se requiere que el adjudicatario disponga de un sistema digital de almacenamiento y distribución de imagen médica que cumpla con el estándar DICOM, y que permita la transmisión de imagen vía Internet haciendo uso de conexión VPN. Se establecerá el protocolo de transmisión de las imágenes digitales hacia Mutua Intercomarcal, con la finalidad de poder almacenarlas en su Base de Datos. El adjudicatario debe disponer de una plataforma que permita a los profesionales médicos de Mutua Intercomarcal visualizar, las imágenes de las exploraciones realizadas, desde su propio ordenador siempre y cuando dispongan del informe del paciente. Canal de comunicación: Se utilizará protocolo FTPS seguro, que conlleva el uso de una capa SSL/ TLS debajo del protocolo estándar FTP para cifrar los canales de control y/o datos. Tipo de mensaje: En una fase inicial, se remitirán los informes en formato PDF. EL proveedor estará en disposición, en el momento en que Mutua Intercomarcal así lo disponga, de realizar el intercambio de mensajes según standard HL7 mediante documentos CDA. Los profesionales médicos de Mutua Intercomarcal podrán descargar los informes médicos desde su propio ordenador. Página 4 de 11

En todo caso, el adjudicatario entregará una copia del estudio gráfico y del informe en formato CD. e. Equipamiento Todos los equipos utilizados deberán estar en correcto estado de funcionamiento, siendo de obligado cumplimiento, en todo momento, la observancia de la normativa legal vigente en cuanto a su ubicación, funcionamiento y seguridad, tanto si se trata de equipos electromédicos como de diagnóstico por la imagen. El material fungible que deba utilizarse contará con la certificación CE. Dispondrá de un sistema que permita la gestión informatizada de los datos de los pacientes, así como su archivo que cumpla con la normativa legal vigente en cuanto a confidencialidad y seguridad. La empresa adjudicataria, se obliga a mantener vigente y debidamente legalizada toda la documentación concerniente a la Instalación de Diagnóstico por la Imagen (certificado de Inscripción en Industria de la Instalación, Programa de Garantía de Calidad, Programa de Protección Radiológica, Controles y Memorias anuales pertinentes), de acuerdo con la legislación vigente y, encontrarse la misma a disposición de la mutua, si así fuera preciso. Igualmente, se compromete a garantizar la disposición de personal que ostente las titulaciones profesionales exigidas por la legislación vigente, para la manipulación de la instalación de diagnóstico por la imagen. 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Se informa a los posibles licitadores, a efectos orientativos, que las cuantías previstas inicialmente ascienden a 72.845,52 el 1er año y 72.845,52 para el año de prórroga. Lo anteriormente expuesto no comporta ningún compromiso de gasto por parte de la Mutua, pudiendo ser la cuantía final superior o inferior al descrito. El presupuesto máximo de licitación se establece por precios unitarios, que se acompañarán en la oferta económica. Como orientación para que los licitadores puedan configurar la proposición económica, sin que esta información sea vinculante, se indica que el volumen de servicios a prestar anualmente amparadas en este contrato. Los precios unitarios que se toman con referencia son los siguientes: Página 5 de 11

DESCRIPCIÓN PRECIO UD. UNIDADES TOTAL RESONANCIA MAGNETICA 109,00 610 66.490,00 ARTRO RESONANCIA 185,00 2 370,00 RMN CON CONTRASTE 130,00 10 1.300,00 GAMMAGARFIA OSSIA PARCIAL 75,02 24 1.800,48 GAMMAGRAFIA OSSIA TOTAL 75,02 10 750,20 GAMMAGRAFIA MEDULA OSEA 170,63 1 170,63 SPETC MIOCARDICO 301,62 1 301,62 PERFUSION MIOCARDICA (GATED SPECT) ESTRESS-REPOSO 311,62 1 311,62 GAMMAGRAFIA DE TIROIDES 35,41 1 35,41 SPECT OSEO 169,05 1 169,05 RENOGRAMA MAG3 188,05 1 188,05 GG OSEA CON LEUCOCITOS MARCADOS 379,23 2 758,46 DENSITOMETRIA OSSIA 40,00 5 200,00 En el precio del contrato se consideran incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego. 5. CONDICIONES DEL PERSONAL Y EXIGENCIAS FORMATIVAS Para la prestación de estos servicios el licitador contará con Técnicos Especialistas que cubran todas las necesidades citadas. Así mismo, deberá contar con un médico radiólogo en plantilla. La empresa adjudicataria deberá proporcionar una relación con el personal facultativo, técnico y resto de personal sanitario que intervendrá en la ejecución del contrato, con especificación del horario, acreditando en cada caso la titulación, la especialidad, la colegiación profesional, en su caso, y la formación y experiencia que requiera cada función. El personal que vaya a prestar los servicios objeto de este contrato no podrá estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la normativa vigente. Deberá acreditar que los profesionales que vayan a prestar el servicio de diagnóstico por la imagen poseen las titulaciones profesionales exigidas por la legislación vigente. Mutua Intercomarcal se reserva el derecho, tanto durante el proceso de valoración de las ofertas, como durante la ejecución del contrato, de comprobar, por cualquier medio, que los profesionales cuentan con las especialidades exigidas, debidamente acreditadas. Son de exclusiva responsabilidad de la empresa concertada la titularidad de las relaciones laborales. Así mismo, la empresa adjudicataria deberá contratar, con tal fin, el personal que resulte necesario, el cual dependerá exclusivamente de aquélla, quedando obligada a cumplir respecto de su personal los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario, Página 6 de 11

aplicando en su totalidad el convenio colectivo del sector y el resto de las disposiciones vigentes, tanto en materia laboral como la referida a la prevención y salud en el trabajo. El adjudicatario tendrá suscrito un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que cubra los posibles riesgos derivados de la actividad del servicio prestado a los pacientes, durante toda la vigencia del concierto en los términos y condiciones establecidos en el presente pliego. 6. IDENTIFICACIÓN CORPORATIVA. El personal técnico destinado al movimiento y atención al público estará uniformado e identificado con una credencial personal visible, en la forma que sea exigible por la normativa vigente en todo momento. Corresponderá al adjudicatario la expedición y cancelación de dichas credenciales bajo su responsabilidad. 7. INSPECCIÓN DEL SERVICIO Y CONTROL DEL SERVICIO Mutua Intercomarcal se reserva el derecho a inspeccionar, sin previo aviso, el servicio y extender las correspondientes Actas al efecto, que se trasladarán a la empresa adjudicataria, viéndose obligada a subsanar las deficiencias que en las mismas se contemplen. Los aspectos relativos a dicho control de ejecución del contrato son los siguientes: Comprobar la efectiva prestación del servicio por la empresa adjudicataria, estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para verificar el cumplimiento de lo establecido en su oferta técnica y económica. Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas así como cualquier otra información que le sea solicitada. Requerir a la adjudicatarios los informes o documentos que considere necesarios relacionados con la prestación del servicio. Efectuar comprobaciones sobre calidad del servicio. 8. AUTORIZACIONES De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, el centro sanitario que desee optar a la presente licitación, deberá justificar con carácter previo que dispone de la autorización sanitaria para operar como tal y con las especialidades en su caso que se desee concertar por parte de la Mutua, todo ello expedido por la autoridad sanitaria competente. Por otro lado, deberá acreditar con carácter previo que dispone o ha solicitado a la autoridad sanitaria competente certificado conforme puede concertar los citados servicios sanitarios y/o recuperadores con Mutua Intercomarcal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.5 del Real Decreto 1993/1995. En caso de que esta autorización sea denegada con posterioridad a la adjudicación por haberse solicitado y estar en trámite con anterioridad a la presentación de Página 7 de 11

la oferta en la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el contrato a suscribir, aprobado por la Orden TIN 2786/2009, comportará la nulidad del citado contrato, quedando el mismo rescindido con carácter inmediato. En su caso, y si la autoridad sanitaria competente dispone expresamente que la obligación de tramitar la autorización sanitaria dispuesta en el artículo 12.5 debe ser de Mutua Intercomarcal, no pudiendo tramitar el centro sanitario la misma, el ofertante se compromete a poner a disposición de la Mutua a requerimiento de la misma y con la mayor diligencia posible la documentación necesaria para la tramitación de la citada autorización, produciéndose los mismos efectos señalados en el párrafo anterior en caso de denegación de la citada autorización. 9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La adjudicación recaerá en el licitador que haga la oferta económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, sino teniendo en cuenta una pluralidad de criterios, y sin perjuicio del derecho de Mutua INTERCOMARCAL a declarar desierta la licitación, cuando no exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional sexta de la indicada ley, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación. En el caso de equidad entre estas empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Los criterios que servirán de base para la adjudicación, de acuerdo con el artículo 134 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, serán, por orden decreciente de importancia y con la valoración o ponderación que se les atribuye, los siguientes: CRITERIO DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN Aspectos económicos 55 Valoración Técnica 40 Mejoras 5 Página 8 de 11

Método de valoración de los criterios de adjudicación: Oferta económica Se valorará con una puntuación máxima de 55 puntos, aplicando la fórmula siguiente para las ofertas admitidas: Oa = oferta económica a valorar Om= oferta más económica presentada P = 55 * (Om/Oa) No obstante, podrán ser excluidas las ofertas con valores desproporcionados. A tal efecto se entenderán por tales, aquellas en que la baja económica sea inferior en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética del resto de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. De darse este supuesto, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, de conformidad con lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 136 de la Ley de Contratos del Sector Público. Valoración Técnica Recursos Técnicos y humanos (2 máximo) Sobre 3 Ampliación de horario de atención asistencial con el mínimo establecido en el pliego No se presenta ampliación Ampliación de 1 hora el horario asistencial Ampliación de 2 horas el horario asistencial 2 puntos Apertura del centro para la realización de las pruebas en sábados en horaria de 08:00 a 14:00 horas No disponible Si disponible Equipos de resonancia magnética Una resonancia de al menos 1,5 T Una resonancia de más de 1,5 T 1 punto 4 puntos Disponer de equipo de RM abierta que permita realizar estudios corporales (body) y estudios neurológicos (columna y cráneo) con un imán de 0,3 Tesla o superior No disponible Página 9 de 11

Si disponible 4 puntos Presencia y cualificación del personal: La presencia permanente y continuada en consulta en horario de apertura del centro de al menos un médico especialista en Radiodiagnóstico se valorará con. Se valorará la experiencia acreditada de al menos un médico especialista en radiodiagnóstico superior a 10 años con. Protocolos médicos y de actuación (5 puntos máximo) Sobre 3 Sistema telemático de recepción de solicitudes No, tiene sistema telemático Si, tiene sistema telemático Gestion de quejas y reclamaciones No se facilita sistema Si se facilita sistema 2 puntos Tiempo de ejecución (5 puntos máximo) Sobre 3. Tiempos máximos de espera para visitar al paciente. Tiempo < 20 min 20 min tiempo < 30 min 2 puntos 30min tiempo 1 punto Compromiso de reducción de los plazos máximos para la realización de las pruebas sobre el mínimo exigido en el pliego En el mismo día En las 24 horas 1 puntos Compromiso de disponer de los informes del especialista así como los resultados de las pruebas realizadas, por parte de los servicios de mutua Intercomarcal. En el mismo día En 24 horas a su realización 1 puntos Ubicación y facilidad de acceso (1 máximo). Sobre 3. Página 10 de 11

Situación y acceso, se puntuará la facilidad de acceso al centro concertado en transporte público, en vehículo propio, y acceso a personas con discapacidad o dificultades de movilidad. Parada de autobús a una distancia inferior a 150 metros al centro concertado: indicando expresamente el número/s de autobuses, identificación de la parada más próxima y distancia en metros. Aparcamiento público o privado a una distancia inferior a 150 metros al centro concertado: Deberá indicarse la ubicación del mismo y la distancia en metros al centro propuesto. 2 puntos Distancia en kilómetros desde el centro ofertado a la ubicación de la sucursal que dispone Mutua Intercomarcal en calle Sant Josep, 62 de Manresa: Menos de 3 km Entre 3 km y 3,5km Más de 3,5 km 5 puntos 1 punto Mejoras Sobre un máximo de 5 puntos, las mejoras presentadas serán valoradas en función de su adecuación al servicio a realizar, debiendo aportar un valor añadido, variando en función de su relevancia. Página 11 de 11