SOLICITUD DE TARJETA RENFE VISA



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Transcripción:

No olvide adjuntar su fotocopia de DNI junto a esta solicitud cumplimentada SOLICITUD DE TARJETA RENFE VISA 1 1 1 1 1 1 1 1 DATOS PERSONALES TITULAR Nombre Apellidos Domicilio Número Piso Código Postal Localidad Provincia Teléfono ( ) D.N.I. N.I.F. T.R. Nacionalidad Estado Civil: Número: S. C. V. D/S. Fecha Nacimiento Sexo: Vivienda Nº de Personas a su Cargo Hombre Mujer Propia Alquilada Familiar Otra TARJETA ADICIONAL Nombre Apellidos D.N.I. N.I.F. T.R. Nacionalidad Parentesco con Titular Número: Situación Laboral Nombre de la Empresa DATOS PROFESIONALES Pensionista Trabajador por Cuenta Propia Trabajador por Cuenta Ajena Actividad Dirección Localidad Provincia Teléfono Antigüedad (Años) Cargo Profesión ( ) Ingresos Brutos Anuales (en miles de euros) Menos de 9 De 9 a 12 De 12 a 20 De 20 a 42 Más de 42 Otras tarjetas que posee VISA VISA ELECTRON AMEX MASTERCARD DINERS 4B 6000 GRANDES ALMACENES DATOS DE DOMICILIACIÓN BANCARIA Banco o Caja de Ahorros Dirección Localidad Código Cuenta Cliente (C.C.C.) (mirar talonario o libreta) Entidad Oficina D.C. Nº Cuenta Provincia MODALIDAD DE PAGO: Pago Mensual por la Totalidad Pago en Cuotas Mensuales (mín. 10%)...% Pago en Cuotas Mensuales (mín. 30 )...Euros Declaro que todos los datos consignados en este impreso de solicitud son ciertos y haber leído y aceptado todas las condiciones generales que se encuentran a continuación de esta solicitud. Autorizo a Santander Consumer Finance, S.A. a solicitar informes comerciales. FIRMA DEL TITULAR FIRMA DEL BENEFICIARIO En...a...de...de 20... No olvide firmar en todas las páginas 1

TARJETA VISA RENFE CONDICIONES GENERALES La Tarjeta RENFE VISA de Santander Consumer Finance, S.A. (en adelante el BANCO) se rige por las presentes condiciones y las que en lo sucesivo se establezcan. La utilización de la Tarjeta implica su aceptación. 1. El contrato y la tarjeta. El contrato relaciona al BANCO con la persona física o jurídica titular del Contrato (en adelante el Titular). Las tarjetas son propiedad del BANCO y se emitirán con carácter personal e intransferible siempre a nombre de una persona física cuyo nombre y firma figuran registrados en la propia tarjeta (en adelante el Tenedor). Al amparo de este contrato el Titular solicita y el BANCO emite la tarjeta como medio de identificación personal del usuario. El BANCO se reserva el derecho de conceder o denegar la tarjeta, cancelarla en cualquier momento durante su vigencia en las condiciones previstas en este contrato, o no renovarla a su vencimiento. El titular podrá solicitar la emisión de tarjetas adicionales a nombre de otra u otras personas designadas por él aceptando éstos el presente condicionado y respondiendo todos ellos solidariamente frente al BANCO. La utilización de la tarjeta implica la ratificación a la aceptación de su contrato. Las disposiciones realizadas con las tarjetas adicionales, serán cargadas en la Cuenta Tarjeta abierta a nombre del titular de la tarjeta principal, quien solidariamente asume el pago de las mismas con los titulares de las tarjetas adicionales. 2. Utilización. La tarjeta podrá utilizarse hasta la cantidad máxima (límite) que el BANCO comunique al Titular al emitir la tarjeta así como en los extractos mensuales de la Cuenta de Tarjeta de Crédito, para: 1. Adquirir bienes y servicios en los establecimientos adheridos al Sistema dotados con terminal punto de venta o imprinter. 2. Obtener dinero o efectivo en cualquiera de los bancos afiliados al Sistema o cajeros automáticos, con sujeción a las cantidades máximas que por motivos operativos o por razones de seguridad los bancos establezcan. 3. Realizar disposiciones en efectivo con cargo a la TARJETA RENFE VISA mediante llamada telefónica a la Central de Autorización de Tarjetas de EL BANCO (Tfno. 902 32 13 32). Los importes solicitados serán directamente ingresados en la cuenta corriente o libreta de ahorros designada para la domiciliación de los pagos del cliente. Dicha disposición devengará una comisión del 2,5% sobre la cantidad dispuesta con un mínimo de 1,65 euros, cuando la forma de pago sea a fin de mes. Las tarjetas adicionales participan del límite de la principal. 3. Forma de operar. Para poder efectuar operaciones con la tarjeta, el Tenedor deberá: A. Presentar su tarjeta debidamente firmada en el espacio reservado para tal fin. B. Firmar las facturas o comprobantes extendidos por el establecimiento. C. Identificarse mediante exhibición de su Documento Nacional de Identidad. El titular y él/los titulares de tarjetas adicionales autorizan a EL BANCO a grabar y registrar las comunicaciones e instrucciones emitidas por ellos, quienes aceptan expresamente que dichas grabaciones surtan plenos efectos probatorios. Para las disposiciones de efectivo, la utilización conjunta de la tarjeta con el número secreto facilitado por el BANCO, suple a todos los efectos la firma autógrafa. El BANCO está exento de responsabilidades en el caso de falta de atención a la tarjeta por alguno de los establecimientos adheridos, así como de las incidencias que se deriven de la operación realizada entre el establecimiento y el Tenedor. 4. Las cuentas. Se denomina Cuenta de Tarjeta de Crédito a la cuenta abierta al Titular, en la que se registrarán todas las operaciones realizadas con la tarjeta o tarjetas emitidas al amparo de este contrato, así como los intereses, comisiones y gastos a cargo del Titular. El BANCO registrará en la Cuenta de Tarjeta de Crédito dichas operaciones tan pronto como le sean comunicadas por los centros de compensación. Se denomina Cuenta de Domiciliación de Pagos a la cuenta a la vista indicada por el Titular y de la cual es titular en la que se efectuarán los adeudos y abonos procedentes de la liquidación de las operaciones realizadas con la tarjeta o tarjetas emitidas al amparo de este contrato. El Titular deberá designar en la solicitud y mantener operativa dicha Cuenta de Domiciliación de Pagos, domiciliada en cualquier entidad financiera autorizada a operar en el estado español. 2

5. Formas de pago. Para el reembolso de las deudas derivadas de la utilización de la tarjeta, el Titular podrá optar por una de las siguientes modalidades: A. Pago mensual por la totalidad: el importe íntegro de la deuda se satisfará mensualmente en la fecha que figure en el extracto de información mensual de la Cuenta de Tarjeta de Crédito sin posibilidad de aplazamientos. B. Pago mensual aplazado: se satisfará mensualmente en la fecha que figure en el extracto de información mensual de la Cuenta de Tarjeta de Crédito una parte del total de la deuda calculado como: ó en cuotas porcentuales sobre el saldo dispuesto y pendiente de amortizar con un mínimo del 10% y un máximo del 50% (cantidad mínima 30 euros). ó en cuotas mensuales de importe fijo (cantidad mínima 30 euros). La cantidad aplazada pendiente de pago devengará diariamente a favor del BANCO un interés nominal anual especificado en las condiciones particulares de este contrato que será liquidado y adeudado mensualmente conjuntamente con la liquidación, los días 1 de cada mes. Las cantidades dispuestas que excepcionalmente puedan sobrepasar el límite fijado no podrán aplazarse, debiendo reembolsarse íntegramente a la recepción del extracto correspondiente al mes en que se produzcan. El cálculo del devengo se efectuará diariamente multiplicando el importe del dispuesto en el día por el tipo de interés nominal anual establecido y dividiendo el resultado por 36.000. Los intereses a adeudar en la Cuenta de Tarjeta de Crédito al final del periodo de liquidación se obtendrán como suma aritmética de los devengos producidos en cada uno de los días incluidos en dicho periodo. Como consecuencia de todo ello, y a efectos informativos, la tasa anual equivalente (T.A.E.), será la especificada en las condiciones particulares de este contrato calculada conforme a la Circular 8/1990 del Banco de España (BOE Nº 226) y sucesivas modificaciones. No se incluye en la misma los gastos que el titular de la tarjeta pueda evitar en uso de las facultades que le concede el contrato, en particular, y en su caso, los gastos por transferencia de los fondos debidos; los gastos o abonos a terceros; y los gastos por seguros y garantías. 6. La liquidación y los extractos. Llegado el momento el BANCO liquidará conjuntamente con el saldo pendiente de pago todas las operaciones comunicadas hasta la fecha y no incluidas en liquidaciones anteriores registradas en la Cuenta de Tarjeta de Crédito, aplicando a cada una de ellas como fecha de valoración el día en que se realizaron o, en su defecto, la que el centro de compensación comunique al BANCO. Como resultado de la liquidación, el BANCO calculará la cuota a amortizar, así como los intereses, comisiones y gastos, si los hubiesen, y el nuevo saldo pendiente de pago. Como norma general el BANCO liquidará una vez al mes. Se establece como importe mínimo del recibo la cantidad de 6 Euros, por lo que EL BANCO podrá acumular al recibo que gire cualquier saldo inferior a dicho importe que arroje la cuenta. El BANCO remitirá mensualmente por correo al Titular un extracto de Cuenta y Liquidación de Tarjeta de Crédito, donde se reflejarán las operaciones liquidadas, la cuota a amortizar; los intereses, comisiones y gastos, si los hubiesen, y el saldo pendiente de pago. El Titular dará su conformidad o reparos al extracto que le remita el BANCO, en el plazo de DIEZ días hábiles desde la fecha del mismo, entendiéndose en otro caso que da su conformidad al mismo. A estos efectos, no podrá ser objeto de reclamación los retrasos que se produzcan en la inclusión de operaciones por tardanza en la comunicación de las mismas. Se tendrán por recibidas todas las comunicaciones efectuadas al último domicilio señalado por el Titular en el contrato. 7. Reintegro de la deuda. Mensualmente EL BANCO emitirá y pondrá al cobro a nombre del titular, en la cuenta corriente designada para la domiciliación, los recibos que corresponden a los importes resultantes de la Cuenta Tarjeta y de las formas de pago elegidas al efecto. La falta de pago de uno cualquiera de los recibos facultará a EL BANCO para exigir del titular además de la cantidad adeudada, el pago de todos los gastos causados por el impago, y un interés de demora del 2% mensual desde la fecha del impago, así como una comisión por devolución del 5% con un mínimo de 24 euros. La falta de pago de dos o más recibos facultará a EL BANCO además de para reclamar los importes impagados con sus intereses, comisiones y gastos, a considerar vencido el saldo pendiente de la Cuenta Tarjeta, sin necesidad de notificación alguna a su titular. El total adeudado devengará un interés de demora mensual del 2% y tendrá carácter de líquido y exigible a efectos de su reclamación judicial. Por ese concepto, EL BANCO podrá girar un recibo único al Banco o Caja de Ahorros domiciliatarios de los pagos mensuales. Las tasas judiciales, honorarios, costas y gastos ocasionados por la reclamación judicial serán de cuenta y cargo del prestatario. 3

8. Intereses y comisiones. La utilización de los servicios de la Tarjeta generará unas comisiones y gastos, especificados en las condiciones particulares de este contrato, que el Titular autoriza al BANCO a cargar en su Cuenta de Tarjeta de Crédito. Adicionalmente se repercutirán los gastos de correo, teléfono, telex u otros medios de comunicación en cualquier operación que en su trámite así lo requiera, actualizándose éstos en función de las tarifas oficiales postales y de comunicaciones. 9. Utilización en el extranjero. La utilización de la tarjeta fuera de España deberá ajustarse, en todos los casos, al régimen vigente sobre pagos y gastos en el exterior. Para el adeudo de las sumas derivadas de la utilización de la tarjeta en el extranjero, se aplicará el contravalor en euros de la divisa en que se formalizó la operación. Los tipos de cambio serán los vigentes en el momento en que se satisfagan los importes por los diferentes Centros de Compensación. 10. Conservación de la tarjeta 10.1. El titular se responsabiliza, con la debida diligencia, de la conservación y buen uso de la tarjeta y del numero secreto. En casos de extravío, sustracción o falsificación de la Tarjeta o acceso por terceros al número secreto, el Titular deberá notificarlo a EL BANCO de inmediato por telegrama o mediante llamada al teléfono 902 32 13 32. El aviso deberá ser confirmado en la oficina central de SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. (Ciudad Grupo Santander. Avda. de Cantabria s/n 28660-BOADILLA DEL MONTE - Madrid), a la mayor brevedad, por escrito con acuse de recibo y acompañando, en su caso, la correspondiente denuncia ante la autoridad competente. El titular responderá de las disposiciones efectuadas hasta la recepción de la notificación. No obstante dicha responsabilidad quedara limitada a la cantidad de 150 Euros, excepto en aquellos supuestos en que el titular de la tarjeta hubiera actuado con negligencia grave, dolo o incumplimiento de las obligaciones previstas en este contrato. Se entenderá que existe negligencia grave en aquellos supuestos en que el Titular incumpla las obligaciones de custodia de la tarjeta y número secreto, así como las de notificar y confirmar la perdida, sustracción, etc. 10.2. EL BANCO podrá facilitar al titular de la tarjeta, y para su exclusivo conocimiento, un número secreto de identificación personal numero secreto que le permitirá efectuar disposiciones en cajeros automáticos y operaciones que exijan el marcaje del número secreto. El titular deberá adoptar cuantas precauciones sean necesarias para evitar el conocimiento y utilización por terceros del número secreto. No deberá escribir el número secreto de forma inteligible o accesible para un tercero, ni anotarlo en la tarjeta ni documento u objeto que el titular conserve o transporte con la tarjeta. 11. Modificación de las condiciones Los intereses, comisiones y gastos repercutibles serán los expresamente estipulados en las presentes Condiciones Generales y Particulares. No obstante, El BANCO se reserva el derecho de modificar los intereses, comisiones aplicables, los gastos repercutibles y las condiciones del contrato, previa notificación efectuada a el titular de forma individualizada con una antelación de 30 días a su efectiva aplicación. En el supuesto de que el Titular no aceptase las nuevas condiciones, podrá denunciar el contrato notificándolo por escrito a El BANCO en el plazo de 30 días, produciéndose la extinción automática del contrato desde la recepción de dicha notificación sin perjuicio de la subsistencia de las obligaciones previamente asumidas por el Titular, que permanecerán vigentes en sus mismos términos. 12. Cesión del programa. El Titular autoriza al BANCO para ceder, en cualquier momento, total o parcialmente, la emisión, gestión y tratamiento operativo de la tarjeta, incluidas las operaciones ya celebradas, a cualquier entidad perteneciente a Banco Santander Central Hispano, siempre que ello no implique ningún incremento de coste para el Titular. 13. Resolución del contrato y periodo de validez de la tarjeta. El presente contrato tendrá una duración anual renovable tácitamente, si bien podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, quedando resuelto de pleno derecho previa liquidación de las operaciones pendientes. La tarjeta tiene un plazo de validez limitado que figura impreso en la misma y no podrá ser utilizada con posterioridad a su fecha de caducidad. A su vencimiento, la tarjeta se entenderá renovada si 10 días antes del vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus sucesivas renovaciones no se denunciara en contrario por cualquiera de las partes, quedando facultado el BANCO al tiempo de surtir efecto cada renovación para cargar la cuota correspondiente a tal 4

concepto. Así mismo y en sucesivos periodos anuales, el BANCO queda facultado a cargar la cuota anual de uso de la tarjeta. En la renovación se aplicarán las condiciones que el BANCO aplique en ese momento a las nuevas tarjetas, de las que el Titular será informado con la anterioridad indicada. 14. Programas de fidelización de RENFE-Operadora. La autorización por el Tenedor de la tarjeta y el/los beneficiarios de las tarjetas complementarias de la cesión de sus datos personales a RENFE-Operadora en los términos establecidos en la Condición 15.4, conllevarán la inscripción de los mismos en el programa de fidelización de puntos asociado al uso de la citada tarjeta y la aceptación de sus condiciones comerciales. En este caso, el Tenedor y los beneficiarios de las tarjetas complementarias tendrán derecho a disfrutar de las ventajas que, en cada momento, RENFE-Operadora ofrezca a los usuarios de la tarjeta, que se especifican en las condiciones comerciales específicas de RENFE-Operadora para los usuarios de la Tarjeta RENFE VISA que pueden consultarse en la página Web www.renfe.es/www.renfe.com. 15. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: 15.1. El Solicitante y el/los beneficiarios de tarjetas complementarias son informado/s y autoriza/n a Santander Consumer Finance, S.A. y a RENFE-Operadora, para incluir los datos personales que faciliten en el presente formulario en sus respectivos ficheros, así como para su utilización y tratamiento, para la gestión, mantenimiento y control de la ejecución del contrato y el registro de las operaciones suscritas con Santander Consumer Finance, S.A. y RENFE-Operadora. 15.2.- El solicitante y el/los beneficiarios de tarjetas complementarias, en el caso de ser persona física, queda/n informado/s de que sus datos personales, a los que Santander Consumer Finance, S.A. tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitud de contrato, contratación de productos y servicios que tengan lugar por cualquier medio, o de procesos informáticos respecto de datos ya registrados, se incorporan al correspondiente fichero de Santander Consumer Finance, S.A., autorizando a éste al tratamiento de los mismos para su utilización en relación con el desenvolvimiento de este contrato, el desarrollo de acciones comerciales ( a través de correo, mailing, fax, SMS, correo electrónico y cualquier medio telemático) sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, así como para la oferta y contratación con el cliente de los productos y servicios de Santander Consumer Finance, S.A., perdurando su autorización, en relación con este último supuesto, incluso una vez concluida su relación con Santander Consumer Finance, S.A., en tanto no sea revocada. Igualmente autoriza a Santander Consumer Finance, S.A. para tratar sus datos personales para el desarrollo de acciones comerciales y ofertas de productos de Seguros, Agencias de Viaje, Transporte de Viajeros, Telefonía e Internet, Servicios Sanitarios, Tratamientos Estéticos, Prensa y Revistas, Juguetería, Alimentación, Textil, Zapatería, Perfumería, Joyería, Libros y Discos, Educación, Artículos de Deporte, Menaje del Hogar, Automóviles y Accesorios, Motocicletas y Accesorios, Gasolineras, Mobiliario, Electrodomésticos, Electrónica, Informática, Hostelería, Grandes Almacenes, Parques de Ocio, Zoos, Museos, Espectáculos, Energía Eléctrica, Gas, Artículos de Viaje, Televisión por Suscripción, Servicios de Seguridad, Opticas, Bricolaje, Instrumentos musicales, Fotografía, Climatización, Saneamientos, Jardinería, Piscinas y Reformas del Hogar en General. El solicitante y el/los beneficiarios de tarjetas complementarias autorizan la comunicación o cesión de los mencionados datos a Santander Consumer E.F.C, S.A., con el mismo objeto, cuya actividad es la concesión de operaciones de financiación y crédito. El solicitante y el/los beneficiarios de tarjetas complementarias autorizan la comunicación o cesión de los mencionados datos con el mismo objeto, a Santander Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.A., con domicilio en Ciudad Grupo Santander, Avenida de Cantabria s/n 28660 Boadilla del Monte ( Madrid ) y cuya actividad es la de mediación seguros. El solicitante y el/los beneficiarios de tarjetas complementarias quedan informados de que dichas cesiones se producen en este mismo momento. En el caso de cesiones posteriores a favor de otras Sociedades del Grupo, las partes convienen que Santander Consumer Finance, S.A. comunique tales cesiones al interesado en la forma habitual utilizada para informarle de los productos que tenga contratados con esta entidad. 5

15.3.- El Solicitante y el/los beneficiarios de las Tarjetas complementarias queda/n informado/s de que, en caso de no atender los pagos que, por cualquier concepto, sean debidos a Santander Consumer Finance, S.A. en virtud de este contrato, los datos relativos al impago podrán ser comunicados por Santander Consumer Finance, S.A. a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. 15.4.-El Solicitante y/o beneficiarios de tarjetas complementarias autorizan a Santander Consumer Finance, S.A. a ceder sus datos personales derivados de la utilización de la Tarjeta como compras, establecimientos donde se realicen, etc., a RENFE-Operadora, cuya actividad es el Transporte de viajeros y mercancías por ferrocarril, que utilizará tales datos para el seguimiento de la tarjeta, gestión de su club de fidelidad y remisión de información relacionada con el funcionamiento de sus programas de fidelización o cualquier otra información promocional o comercial de los productos y servicios de RENFE-Operadora. El Solicitante y/o beneficiarios de tarjetas complementarias quedan informados de que la primera cesión de datos se produce en este mismo momento. 15.5.- El interesado, puede manifestar su negativa a la comunicación de sus datos y al tratamiento de los mismos para fines distintos de los directamente relacionados con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual, señalando la casilla que corresponda según la opción elegida: El interesado no consiente que sus datos personales sean objeto de cesión a RENFE-Operadora En caso de marcar esta casilla, el Solicitante y/o beneficiarios de tarjetas complementarias no podrán disfrutar de los beneficios del club de fidelidad de RENFE-Operadora a que se refiere la Condición 14 precedente. El interesado no consiente que sus datos personales sean objeto de cesión al resto de entidades mencionadas en la presente cláusula distintas de RENFE-Operadora ni utilizados para la oferta y contratación de otros productos y servicios por SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. 15.6.- La entrega de los datos en relación con el presente documento es obligatoria. 15.7.- Todo lo expuesto se entiende sin perjuicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que prevén las leyes vigentes y en especial la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre para lo que se podrá dirigir por escrito mediante carta dirigida a Santander Consumer Finance, S.A., Ciudad Grupo Santander, Avenida de Cantabria, s/n, 28660 - Boadilla del Monte (Madrid), siendo el responsable del fichero Santander Consumer Finance, S.A. con domicilio a estos efectos en la dirección antes indicada. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación a sus datos de carácter personal incluidos en el fichero de RENFE-Operadora, mediante escrito dirigido a dicha Entidad Pública Empresarial, en Avenida Ciudad de Barcelona nº 6, 28007 (Madrid). 16. El titular manifiesta recibir copia del presente documento debidamente firmado por SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A., así como copia de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles y las fechas de valoración. CONDICIONES PARTICULARES: Comisiones, gastos e intereses. Comisión por emisión por Tarjeta principal...sin coste. Comisión por mantenimiento o renovación de Tarjeta principal...17,00 euros. Comisión por emisión de tarjeta adicional...sin coste. Comisión por mantenimiento o renovación de Tarjeta adicional... 6,01 euros. Comisión por disposiciones de efectivo en ventanillas o cajero automático en España o en el extranjero, de otras entidades de crédito...4,% (mínimo 2,40 euros) Comisión por cancelación anticipada: 1,5 % sobre el importe anticipado. Solo se aplicará para disposiciones efectuadas por modalidades de pago aplazado con intereses. Comisión de cambio por compras realizadas en comercios situados en el extranjero 1% mínimo 1,20 euros.( respecto de aquellas transacciones que se efectúen en moneda distinta del euro ). Comisión por devolución de recibos o cuotas:... 5% (mínimo 24 euros) TIN...1,60% mensual TAE...20,98% 6