INTERVENCIÓN DEL EMBAJADOR DE ESPAÑA ANTE LA ASAMBLEA DE ESTADOS PARTE DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. La Haya, 16 y 17 de noviembre de 2016

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Transcripción:

INTERVENCIÓN DEL EMBAJADOR DE ESPAÑA ANTE LA ASAMBLEA DE ESTADOS PARTE DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL La Haya, 16 y 17 de noviembre de 2016 Me dirijo un año más a esta Asamblea de Estados Parte de la Corte Penal Internacional en su XV sesión, con el especial respeto que me merece este gran tema, el de La Corte Penal Internacional y su papel en un mundo globalizado y complejo como el que vivimos a finales del año 2016. Para España la lucha contra los más graves crímenes internacionales es imprescindible para el mantenimiento de la paz y la justicia internacionales y resulta una exigencia ineludible derivada del Estado de Derecho. Combatir la impunidad, suministrar justicia y proteger a las víctimas, ha de ser una meta irrenunciable de toda la comunidad internacional. Tras sumarme a la declaración presentada por la Unión Europea, permítame comenzar felicitándole por su labor como Presidente de esta Asamblea de Estados Parte, agradeciéndole su dedicación y esfuerzo. Le aseguro que seguirá contando con el decidido apoyo de España durante su mandato. Deseo también agradecer a la Presidenta Fernández de Gurmendi, a la Fiscal Bensouda y a todo el personal de la Corte la intensa labor desplegada durante el último año. Desde el inicio de la preparación del Estatuto de Roma, España ha sido una ferviente defensora de la CPI en su difícil labor de luchar contra la impunidad con los instrumentos del Estado de Derecho internacional. 1

En esa misma línea en 2010 mi país participó de forma activa en la Conferencia de Kampala. En consonancia con ello, el Reino de España depositó muy pronto el instrumento de ratificación de las enmiendas de Kampala, el 24 de septiembre de 2014. La posición española también ha quedado clara con el apoyo suministrado durante el último año a la Corte, desde nuestra posición como Presidente del CAUCUS de amigos de la CPI, promoviendo el diálogo entre los Estados Parte y aquellos que no lo son, favoreciendo con ello el entendimiento entre los mismos. Puedo asegurar que mi país mantendrá en el futuro su tradicional y decidido respaldo a la labor del Tribunal. España cuenta desde 2015 con la Ley de Inmunidades (la Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre) que, tanto en el preámbulo como en su articulado, deja constancia expresa de su compromiso con la Corte. La citada Ley establece que su contenido ha de entenderse, sin perjuicio de las obligaciones internacionales de nuestro país respecto el enjuiciamiento de crímenes internacionales, así como de sus compromisos con la Corte Penal Internacional. En este mismo sentido, al regular en su título V los privilegios e inmunidades de los Jefes de Estado y los Primeros Ministros y Ministros de los gobiernos, la ley deja igualmente claro que lo dispuesto en el presente título, no afectará a las obligaciones internacionales asumidas por España respecto del enjuiciamiento de crímenes internacionales, ni a sus compromisos con la Corte Penal Internacional (artículo 29). En base a ello nunca cabrá alegar en España privilegios o inmunidades de las citadas muy altas autoridades políticas pretendidamente basados en el Derecho consuetudinario, para intentar eludir la acción de la Corte. 2

El año transcurrido desde la última reunión de la Asamblea de Estados Parte ha resultado intenso y fructífero: 23 asuntos en 10 situaciones, 11 situaciones sometidas a examen preliminar y una nueva investigación en manos de la Fiscalía es un balance muy satisfactorio. La Corte ha alcanzado ya una buena velocidad de crucero. El número de casos en que se ha trabajado es siempre relevante, pero también conviene destacar que los exámenes preliminares e investigaciones que la Corte está realizando en la actualidad se extienden a ámbitos geográficos muy variados (África, Asia, Latinoamérica y Europa). Ello es motivo de satisfacción y valoración muy positiva. España solicita que se haga todo lo posible para incrementar la eficacia y eficiencia de la Corte fomentando reformas internas, una política de ahorros y una priorización de las actividades para contener los aumentos presupuestarios. Creo que debe ser un motivo de satisfacción que durante este año se haya sobrepasado ya el umbral de las 30 ratificaciones exigidas para la entrada en vigor de la enmienda del Estatuto de Roma en relación con el crimen de agresión. Con el depósito del instrumento de ratificación por Palestina el 26 de junio de 2016, se cumple con el primer requisito establecido en el Estatuto para dicha entrada en vigor. El siguiente paso será, por tanto, que esta Asamblea acepte en su momento la activación de la jurisdicción. España confía al respecto que la Asamblea pueda adoptar esta decisión con el mayor apoyo posible de Estados Parte. Es imprescindible estudiar con precisión las implicaciones de índole judicial y extrajudicial, que conllevará la nueva competencia de la Corte con el objetivo de evitar problemas futuros en su aplicación. 3

España apoya decididamente la propuesta de Bélgica de enmendar el artículo 8 del Estatuto de Roma, sobre los crímenes de guerra. El ordenamiento jurídico español ya castiga con penas de prisión el empleo de armas biológicas, químicas, radiológicas, municiones de racimo y minas antipersonal, de ahí el apoyo a la propuesta efectuada por Bélgica. Sin embargo lamentamos la falta de inclusión del empleo de armas químicas como crimen de guerra. España igualmente apoya la propuesta de enmienda de las Reglas 101.3 y 144.2.b) de las Reglas de Procedimiento y Prueba y considera que la enmienda a la Regla 165 deberá efectuarse con el máximo respeto a los derechos del imputado. Junto a estos elementos de valoración necesariamente positiva, existen también motivos para una seria preocupación. En estos momentos la CPI está atravesando por un delicado momento. Probablemente el más delicado de toda su historia. Por primera vez desde su creación, ha habido tres Estados que han hecho uso del mecanismo de denuncia, previsto en el artículo 127 del Estatuto de Roma. Por consiguiente cuando transcurra un año desde la notificación abandonarán la Corte. España lamenta profundamente esta situación y ve con inquietud las consecuencias que ello pudiera tener para el futuro de la Corte. España estima que quienes apoyamos decididamente la labor de la CPI debemos ahora tender puentes y ser constructivos, incluyendo un análisis autocrítico para encarar con renovadas fuerzas el futuro de la Corte. Por ello, nos unimos a la invitación que el Presidente de la Asamblea de Estados Parte, Ministro Sidiki Kaba, ha realizado a los Estados concernidos para reconsiderar su posición. 4

La fortaleza de la Corte radica en el compromiso de quienes como Estados Parte han contribuido a la creación y consolidación del más ambicioso proyecto de la historia para la lucha contra la impunidad. Entre esos miembros hay que destacar a muchos países africanos, cuya aportación a este proceso ha sido desde el inicio muy valiosa. Deseo que siga siéndolo en el futuro. La aspiración a la universalidad de la Corte ha de seguir siendo un objetivo básico e irrenunciable. Como también han de serlo los principios conexos de la complementariedad y la cooperación. De hecho, en relación con el último principio mencionado, hago un llamamiento para que se fortalezca la necesaria cooperación con la Corte por parte de todos. Por los Estados, en primer término. Pero también por las Naciones Unidas para que contribuya a mejorar la asunción de las obligaciones en las situaciones remitidas a la Corte. España concluye esta intervención subrayando la importancia capital que la CPI tiene en el mantenimiento de la paz, la justicia y el Estado de Derecho a través de la lucha eficaz contra la impunidad por los más graves crímenes contra la humanidad. Reitero el firme compromiso de mi país en la persecución de ese loable objetivo. Muchas gracias. 5