4. Actividades, gastos subvencionables y no subvencionables.

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Transcripción:

BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A AYUNTAMIENTOS O ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA PARA FINANCIAR OBRAS Y SUMINISTROS DE BAJO COSTE, ANUALIDAD 2017. 1. Objeto y finalidad. Financiar obras y suministros de bajo coste económico. 2. Aplicación presupuestaria. El importe de la presente convocatoria asciende a 833.333,33, de los que el 75% corresponde a la aportación de esta Diputación, tal y como dispone la aplicación presupuestaria 0217.943.762.00.02. En su consecuencia, los Ayuntamientos beneficiarios aportarán, como mínimo el 25% del coste de la inversión aprobada, tal y como se detalla: Importe Plan % Distribución financiera Diputación de Segovia 625.000,00 75 % Ayuntamientos beneficiarios 208.333,33 25 % TOTAL PLAN. 833.333, 33 100 % 3. Beneficiarios. Podrán beneficiarse de esta subvención los Ayuntamientos o ELM de la Provincia con población inferior o igual a 20.000 habitantes. 4. Actividades, gastos subvencionables y no subvencionables. Las obras financiables deberán de poder considerarse como inversión financieramente sostenible conforme a la legislación vigente. La relación de las obras y/o elementos financiables mediante esta línea son: Reparación de redes de servicios públicos. (saneamiento, emisarios, EDAR, comunicaciones y gas) Acondicionamiento y reparación de vías públicas. Reparación de inmuebles municipales. Acondicionamiento y renovación de parques, jardines y espacios públicos. Instalaciones deportivas municipales. Cementerios. Equipos informáticos (Ordenadores, impresoras, etc) Mobiliario urbano municipal.

Medios móviles para la prestación de servicios básicos y/o mantenimiento. Material de prevención, extinción de incendios y emergencias. No serán subvencionables las actuaciones que promuevan el ahorro energético (sustitución de lámparas, equipos de apagado/encendido, sistemas de regulación de nivel lumino, sistemas de climatización, válvulas termostáticas, detectores de presencia, etc ). 5. Cuantía de las ayudas. La ayuda para la obra o suministro municipal subvencionado tendrá un importe mínimo de 1.000,00 y un máximo de 30.000,00 IVA incluido. 6. Compatibilidad de las ayudas. Las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria serán: - Compatibles con otras concedidas por otras Administraciones públicas para la misma finalidad, siempre y cuando el conjunto de todas ellas no sobrepase el 100 % del gasto. - Incompatible para financiar la aportación municipal obligatoria en otros programas de inversión de la Diputación. 7. Criterios de valoración. La Comisión de valoración ponderará las solicitudes presentadas dando preferencia el otorgamiento de la subvención solicitada, a favor de aquellas Entidades Locales que tengan cedida la gestión y recaudación del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) o IAE (Impuesto de Actividades Económicas) a la Diputación Provincial de Segovia. No obstante lo anterior, las solicitudes serán baremadas atendiendo a los siguientes criterios: Que la obra o suministro tenga el carácter de servicio mínimo obligatorio. Hasta 30 puntos. Carencias detectadas de la Entidad peticionaria en la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local. Hasta 10 puntos. Criterio de población: Municipios 500 habitantes. Hasta 15 puntos. Municipios 501 a 1.000 habitantes. Hasta 10 puntos. Municipios 1.001 a 20.000 habitantes. Hasta 5 puntos. Otras inversiones o equipamientos que, no teniendo la condición de obligatorios, sean considerados necesarios para el buen funcionamiento de la

entidad peticionaria, y/o supongan o afecten a la cobertura de las necesidades o servicios de un mayor número de ciudadanos o usuarios. Hasta 40 puntos. Adquisición de equipos para la mejora de la administración electrónica. Hasta 10 puntos. 8. Solicitudes y documentación. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la Diputación Provincial, conforme al modelo del Anexo I a estas Bases, y se presentarán directamente en el Registro de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (LPAC), modificada por la Ley 4/1999. Los interesados deberán presentar: 1. Solicitud de la subvención (Modelo Nº 1) 2. Certificado de intervención. (Modelo Nº 2). 3. Documento técnico descriptivo o memoria valorada de las actuaciones a desarrollar. Indicando: - Objeto de la subvención. - Ubicación de la actuación. (Calle, plaza, paraje, etc). - Descripción pormenorizada del estado actual. (Podrán aportarse fotografías, planos, etc). - Descripción de la actuación. - Presupuesto descompuesto en unidades de obra ejecutada cuyo precio unitario deberá incluir las horas de mano de obra, maquinaria y materiales. En ningún caso se admitirán estos conceptos como partidas independientes. - Presupuesto total con IVA. (firmado por el técnico e indicando la fecha) Todos los apartados indicados, tienen por objeto constituir la documentación mínima suficiente para definir, valorar y ejecutar las obras previstas. Para actuaciones que por sus características, dificultades técnicas singulares o cuya normativa así lo indique, deberá ser redactado un proyecto por técnico competente, recogiendo toda la documentación necesaria conforme a la normativa vigente. En las obras por Administración, será obligatoria la presentación de un proyecto técnico con desglose en presupuestos parciales de los costes de mano de obra, maquinaria y materiales. 9. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 28 febrero de 2017.

De acuerdo con lo previsto en el art. 71 de la LPAC, modificado por la Ley 4/1999, la Diputación Provincial comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, requiriendo a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se tendrá por desistido de su petición. 10. Procedimiento de concesión. Aprobadas las Bases por el organismo competente de la Diputación, la Presidencia realizará convocatoria pública de concesión de ayudas mediante anuncio a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Examinadas y evaluadas las peticiones recibidas, el Presidente de la Corporación o Diputado en quien delegue, el Diputado-Delegado del Área de Acción Territorial, el Interventor Provincial y el Jefe de Sección de Planificación y Cooperación Económica Local, que actuará como secretario, realizará la propuesta de concesión a la Junta de Gobierno. Una vez adoptado los acuerdos de concesión de las ayudas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, la relación de Entidades beneficiarias, cuantía y finalidad de la ayuda concedida. 11. Justificación y plazo. 1.- Para abonar la subvención deberán presentar la siguiente documentación: a) Justificación mediante Facturas de obra o suministro: I. Memoria económica justificativa. Modelo Nº 5. II. Facturas de las obras o suministro referidas al plazo de ejecución de la convocatoria, que incluirán las unidades de obra ejecutada en que ha consistido la actuación. En ningún caso las facturas podrán recoger partidas referidas a conceptos tales como horas de mano de obra, suministro de material salvo que la ayuda concedida fuere un suministro-, maquinaria, gastos generales, beneficio Industrial. También deberán recoger el Visto Bueno con el Recibido y Conforme de la persona u organismo responsable del Ayuntamiento. III. Certificado de financiación de las obras. Modelo Nº 7. b) Justificación obras por administración. I. Memoria económica justificativa obra Modelo Nº 5. II. Carátulas Certificación de obra. (Modelos según Diputación de Segovia) Modelos en http://www.dipsegovia.es/ i. Con aportación Diputación.

ii. Con aportación Ayuntamiento. Certificación (relación valorada) de la obra ejecutada con descomposición de precios en mano de obra, maquinaria y materiales. III. Facturas de justificación de los materiales y/o maquinaria que además recogerán Visto Bueno con el Recibido y Conforme de la persona u organismo responsable del Ayuntamiento. IV. Acta de reconocimiento y comprobación de las obras. V. Certificado de financiación de las obras. Modelo Nº 7. VI. Certificado de referente a los costes de gastos de personal imputado a las obras y Seguridad social. El plazo de presentación de documentos para justificar la subvención finalizará el 31 de octubre de 2017, resultando suficiente justificación la acreditación de gasto en cantidad igual o superior a la subvencionada, sin que el total de la financiación supere el coste de la obra o suministro. Se deberá presentar en el Registro General de la Diputación Provincial, C/ San Agustín 23, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la ley 30/1992, modificada por Ley 4/99, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con carácter excepcional, y por causas singulares y debidamente justificadas, la Presidencia podrá autorizar prórroga de las mismas cuyo plazo no superará los dos meses. Debiendo ser solicitada antes del 30 de septiembre de 2017. Toda solicitud efectuada con posterioridad no será atendida, manteniendo los plazos establecidos en las bases. 3.- De acuerdo con lo dispuesto en al Disposición Adicional Octava de la Ley General de Subvenciones, no se realizará el requerimiento adicional de la justificación a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de forma que el transcurso del plazo de justificación sin que ésta se haya presentado, determinará la pérdida del derecho al cobro de la subvención. 12. Pago. 1.- La subvención se pagará previa presentación de la justificación. Si esta se realizara por importe inferior a la cantidad subvencionada, se abonará proporcionalmente a la parte justificada. 2.- Si se comprueba la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada, se pondrá en conocimiento del beneficiario, concediéndole un plazo de diez días para su corrección. Transcurrido dicho plazo, si persisten los defectos, dará lugar a la pérdida de la subvención. 3. La NO justificación dentro del plazo establecido en la base undécima dará lugar a la pérdida de la subvención.

13. Comprobación de la adecuada utilización de las ayudas concedidas. La Diputación Provincial, por medio de sus técnicos, podrá comprobar la correcta realización de la obra o suministro municipal para el que se otorgó la ayuda y comprobar la gestión de la correcta utilización de los fondos, así como requerir a la Entidad beneficiaria la aportación de información sobre el ejercicio de las actuaciones financiadas. 14. Incumplimiento y reintegro. Dará lugar, de acuerdo con lo que establece el artículo 37 de La Ley General de Subvenciones de 17 de noviembre, Ley 38/2003, a la revocación o cancelación total de la subvención concedida y a la obligación, en su caso, del reintegro de las cantidades percibidas con el correspondiente interés de demora, si procediera, desde el momento del pago de la subvención en los siguientes casos: a. Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello. b. Ausencia total de la documentación justificativa o presentación de la misma fuera de plazo. c. Ausencia parcial de la documentación necesaria para la justificación. d. Ejecución de las acciones subvencionables fuera de plazo. e. Ausencia de los requisitos requeridos para la obtención de la subvención. f. Incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención. g. Falta de adecuación con la finalidad para la que la subvención fue concedida. h. Incumplimiento total o parcial de la actividad o no ejecución de la obra, prestación del servicio o falta del suministro, para el que se concedió la ayuda. i. Obstrucción o negativa por parte de la Entidad beneficiaria a las actuaciones de comprobación y control financiero de la ayuda concedida por la Diputación que imposibilite verificar el correcto empleo dado a los fondos percibidos. 15. Protección de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos de carácter personal que puedan ser recabados para la concesión de ayudas indicas en las presentes bases serán incorporados en ficheros titularidad de la Diputación Provincial de Segovia (en adelante, Diputación), con la finalidad de tramitar y gestionar la solicitud de las mismas. Los datos serán tratados de manera confidencial por parte de la Diputación y sólo serán comunicados a otras entidades públicas que los soliciten en el ejercicio legítimo de sus competencias siempre que se cumplan las exigencias establecidas en la legislación vigente de Protección de Datos.

Las personas afectadas pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la precitada ley, mediante comunicación escrita dirigida a: Diputación Provincial de Segovia - C\ San Agustín, 23-40071 Segovia indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos. 16. Normativa aplicable. Sin perjuicio del contenido de las Bases de la Convocatoria, será de aplicación lo dispuesto por: La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segovia a de de 2017. LA SECRETARIA GENERAL, Mª Lourdes Merino Ibáñez

Datos del solicitante SOLICITUD (MODELO Nº 1) SUBVENCIÓN OBRAS Y SUMINISTROS MUNICIPALES DE BAJO COSTE. ANUALIDAD 2017 Nombre y apellidos... N.I.F.... Dirección... C.P...Localidad... Teléfono...,en su calidad de... de la Entidad. con C.I.F. nº... Domicilio a efectos de notificación... Correo Electrónico:.. Datos del Ayuntamiento: Nombre...C.I.F. Dirección... C.P...Localidad... Provincia...Teléfono... Correo Electrónico:.. SOLICITA: le sea concedida la subvención por importe de. denominada. DECLARA: Que la entidad que represento no se encuentra incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las previstas en el Artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Que SI /NO 1 tiene solicitadas/concedidas otras subvenciones para la misma finalidad. Que se compromete a comunicar a esta Diputación Provincial de Segovia cualquier modificación de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención. AUTORIZA: A la Diputación de Segovia para recabar los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social....a...de... de 2017 Sello y firma SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA 1 Márquese lo que proceda.

Modelo Nº 2 CERTIFICADO DE INTERVENCIÓN MUNICIPAL D/Dª INTERVENTOR/SECRETARIO-INTERVENTOR/A DEL AYUNTAMIENTO DE DEL QUE ES ALCALDE D/Dª CERTIFICA: PRIMERO.- Que la obra que se solicita para su inclusión en el PLAN DE OBRAS Y SUMINISTROS DE BAJO COSTE. ANUALIDAD 2017, denominada se corresponde con el grupo de programa presupuestario nº.denominado SEGUNDO.- (Marque con una cruz lo que proceda) El Ayuntamiento SI CUMPLE con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril. El Ayuntamiento NO CUMPLE con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril, pero la inversión proyectada no conlleva incremento de gastos de mantenimiento, lo cual se encuentra acreditado en el Plan económico-financiero aprobado al efecto. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido el presente en Segovia, a..., de... de dos mil. Vº.Bº EL ALCALDE -PRESIDENTE, (sello y firma)

(MODELO Nº 5) MEMORIA ECONÓMICA OBRAS Y SUMINISTROS MUNICIPALES DE BAJO COSTE, EJERCICIO 2017 D./Dª, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de provincia de Segovia, con CIF. nº C E R T I F I C O: A) Que según se desprende de los datos obrantes en la contabilidad del Ayuntamiento, durante el ejercicio de 201_, referente a la obra Nº denominada han reconocido las siguientes obligaciones: Nº Proveedor CIF proveedor Nº Factura o certificación Fecha reconocimiento certificación o factura IMPORTE TOTAL OBLIGACIONES RECONOCIDAS. B) Que la totalidad de los documentos que han servido de soporte para el reconocimiento de las citadas obligaciones cumplen con los requisitos previstos en la legislación vigente. C) Que se cumple lo previsto en el Artículo 31.1 y 31.3 de la Ley General de Subvenciones en materia de contratación administrativa, y que el Ayuntamiento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. D) Que con fecha, se ha realizado el pago de la cantidad correspondiente a la aportación municipal referida a dicha obra. Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido el presente en a de de 2017. Vº Bº EL ALCALDE, Fdo.:

(MODELO Nº 7) CERTIFICADO DE FINANCIACIÓN DE LAS OBRAS. D/Dª SECRETARIO/A DEL AYUNTAMIENTO DE CERTIFICA: PRIMERO.- Que la inversión denominada., por importe de.. se ha ejecutado en su totalidad y se ha financiado con las siguientes aportaciones: Diputación de Segovia...: Junta de Castilla y León...: Estado...: Ayuntamiento...: Otros...: Total...: SEGUNDO.- Que las subvenciones concedidas no exceden del gasto total realizado en la inversión anteriormente descrita. TERCERO.- Que la documentación acreditativa de la ejecución de esta inversión con la que se justifica a la Diputación de Segovia el gasto realizado, no se utiliza para justificar otras subvenciones públicas o privadas concedidas para idéntico objeto. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido el presente en Segovia, a..., de... de dos mil. (sello y firma) Vº Bº EL ALCALDE, Fdo.: