REGLAMENTO DE ACADEMIAS

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Transcripción:

REGLAMENTO DE ACADEMIAS utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 1

ÍNDICE PÁG. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LAS ACADEMIAS 4 CAPÍTULO III DEL COORDINADOR DE ACADEMIA 7 CAPÍTULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES 8 CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES 9 CAPÍTULO VI DE LOS EXÁMENES DE ACADEMIA 9 TRANSITORIOS 9 utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 2

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN NORTE DE GUERRERO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 13 DEL DECRETO DE CREACIÓN NÚMERO 183, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE FECHA 2 DE MARZO DE 2004, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE: REGLAMENTO DE ACADEMIAS DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN NORTE DE GUERRERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente ordenamiento regula la integración, atribuciones y funcionamiento de las Academias de Profesores del Organismo Público Descentralizado Universidad Tecnológica de la y de acuerdo a los Lineamientos que establece la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas. Artículo 2.- Se entenderá por Academias, a los órganos colegiados de profesores agrupados por área de conocimiento para promover las actividades necesarias y lograr una educación universitaria de calidad. La Academia constituye el espacio para la discusión, el análisis y el intercambio de ideas académicas. Artículo 3.- La constitución orgánico funcional de la Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero, autorizada por el Consejo Directivo, integrará en la estructura de la Secretaría Académica a las Academias, las cuales se instituirán de la manera siguiente: I. Academias Institucionales: a. Academia de Ciencias Básicas Aplicadas b. Academia de Métodos (Expresión Oral y Escrita y Formación Sociocultural) c. Academia de Lenguas Extranjeras d. Academia de Formación Directiva Academias de División: a. Academia de Formación Tecnológica b. Academia de Formación Pertinente Artículo 4.- La Academia Institucional es aquella que se conforma por docentes, cuyas asignaturas son de competencias de tipo genérico, por lo que sus contenidos son únicos y aplicables a cualquier carrera. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 3

Artículo 5.- La Academia de División es aquella que se conforma por docentes, cuyas disciplinas impartidas, conforman los conocimientos requeridos para cada Programa Educativo. Artículo 6.- En la Universidad Tecnológica de la, todas las Divisiones Académicas dependientes de la Secretaría Académica, se conformarán en Academias Institucionales y de acuerdo a la rama disciplinaria que se trate. Artículo 7.- Los profesores que impartan clases en la Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero, deberán participar en las Academias, independientemente de la carrera a la que estén asignados. La academia se integrará con Profesores de tiempo Completo y Profesores de Asignatura que están impartiendo cátedra en una asignatura, en asignaturas afines o en un área del conocimiento específica. Artículo 8.- Las Academias tendrán un Coordinador designado por el Secretario Académico y Director de Carrera respectiva, que se denominará Coordinador de Academia, cuyas funciones serán las establecidas en el presente Reglamento. Artículo 9.- La constitución de nuevas academias estará a cargo del Secretario Académico. haciéndoles participe de su decisión a las Direcciones de Carrera, quienes convocarán a los profesores que deban integrarlas. Artículo 10.- La asistencia a las juntas de Academia no tendrá pago extra a la carga académica. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LAS ACADEMIAS Artículo 11. Las Academias tendrán como objetivo: I. Planear, programar, ejecutar y evaluar las acciones relativas al proceso enseñanzaaprendizaje, a la investigación científica, tecnológica y educativa. Planear para el inicio de cada cuatrimestre, las actividades de investigación, docencia, vinculación y extensión, para elevar la calidad de la enseñanza en las áreas siguientes: a. Investigación: i. Realizar publicaciones de difusión científica, tecnológica y cultural para la Institución, así como realizar otras publicaciones en revistas nacionales e internacionales. ii. Desarrollar proyectos de investigación de impacto en el proceso de enseñanza-aprendizaje y del logro del perfil del egresado. iii. Propiciar el desarrollo de proyectos de investigación interdisciplinarios e interinstitucionales. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 4

b. Docencia: Universidad Tecnológica de la iv. Promover la participación de los alumnos en distintas actividades de investigación. v. Fomentar la participación de los miembros de la Academia en programas de financiamiento a la investigación. vi. Promover la capacitación y actualización de sus miembros, mediante estudios de posgrado, especialización, talleres, diplomados, seminarios, congresos, y otros; además de la participación en trabajos relacionados con su campo profesional y docente en actos académicos. vii. Solicitar a la Secretaría Académica la impartición de cursos para la actualización, capacitación y profesionalización de sus miembros. i. Integrar los contenidos temáticos que se impartirán de acuerdo a la planeación general establecida. ii. Supervisar el avance programático. iii. Participar en el análisis, evaluación y reestructuración curricular en su disciplina. iv. Analizar y evaluar el 30% de los aspectos teóricos y 70% prácticos de los planes y programas de estudio para proponer los contenidos temáticos. O en el caso del nivel 5A, los correspondientes: 40% teórico y 60% práctico. v. Proponer la adquisición de material didáctico y bibliográfico que sirva como apoyo tanto a los docentes como a los alumnos, para evitar su obsolescencia. vi. Impulsar y participar en la elaboración de libros de texto, apuntes, antologías, monografías, manuales y otros productos que fortalezcan las labores de docencia. vii. Promover la elaboración de prototipos, software o materiales audiovisuales en apoyo a la docencia viii. Analizar, proponer, aplicar e investigar los métodos, técnicas y recursos didácticos que faciliten el proceso enseñanza-aprendizaje, elaborando apuntes de apoyo que incluya práctica y teoría. ix. Cumplir con la planeación de clases por parte de cada integrante y/o mesa de trabajo. x. Propiciar actividades de asesoría y tutoría a estudiantes. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 5

xi. Analizar las dificultades que puedan ser comunes en los estudiantes de los distintos Programas Educativos. xii. Formar un banco de exámenes y material didáctico como apoyo a la evaluación del conocimiento y desarrollo de habilidades de los alumnos. xiii. Evaluar al término de cada cuatrimestre, el desarrollo de los programas de estudio y elaborar el informe correspondiente para la Secretaría Académica y Direcciones de Carrera. xiv. Proponer la actualización de la currícula, considerando las necesidades del sector productivo de bienes y servicios. c. Vinculación: d. Extensión: i. Proponer prácticas, visitas industriales, cursos extracurriculares y congresos a la Secretaría Académica y a las Direcciones de Carrera como refuerzo a los contenidos temáticos. ii. Proponer y realizar cursos de capacitación dirigidos a sectores externos. i. Promover la divulgación de productos del trabajo académico en forma escrita y mediante otros medios. ii. Proponer y participar en la realización de eventos académicos como: congresos, seminarios, simposios y conferencias. Artículo 12.- Las funciones de las Académias serán la de estudiar, evaluar y difundir sistemáticamente las condiciones en las que se realizan la docencia, asesoría, investigación, vinculación y tutoría, con la finalidad de proponer medidas orientadas hacia su mejoramiento y expansión. Artículo 13.- Las Academias sesionarán con Profesores de Tiempo Completo y Profesores de Asignatura en reuniones ordinarias y extraordinarias: I. Las sesiones ordinarias serán celebradas una vez por mes. La calendarización de las mismas será cuatrimestralmente y especificará las fechas, hora y lugar de las reuniones. El calendario de reuniones será acordado en la sesión ordinaria del último mes del cuatrimestre próximo pasado. Las sesiones extraordinarias serán celebradas cuando lo juzguen necesario los miembros de la Academia. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 6

En ambos casos, las sesiones serán presididas por el Coordinador de Academia, responsable por asignatura o quien designe el Director de carrera o Secretario Académico, debiéndose levantar el acta respectiva que firmarán los asistentes. Los acuerdos en las reuniones de Academia serán validados con la asistencia de la mitad más uno de los integrantes de la misma y serán obligatorios para todos. Artículo 14.- La Academia, elaborará anualmente un plan de trabajo y un informe de actividades cuatrimestral acorde a los planes de desarrollo institucional y de la carrera. Ambos incluirán proyectos individuales y de carácter colectivo que los integrantes de la Academia hayan desempeñado en el área de investigación, docencia, vinculación o extensión, registrados ante la Academia. CAPÍTULO III DEL COORDINADOR DE ACADEMIA Artículo 15.- Cada Academia tendrá un Coordinador y cada una de las asignaturas que conforman la Academia tendrá un Responsable por asignatura o mesa de trabajo. Artículo 16.- Para ser Coordinador de Academia y/o Responsable por asignatura, se deberán cubrir los siguientes requisitos: I. Tener nombramiento de Profesor de Tiempo Completo o Profesor de Asignatura; I IV. Tener asignada carga académica; Haber tomado el curso de Inducción al Modelo de la Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero, y Ser miembro de la Academia con una antigüedad mínimo de 2 años. Artículo 17.- La Academia Institucional tendrá un Coordinador General designado por la Secretaría Académica, quien podrá ser sustituido conforme a las necesidades de la Institución. Artículo 18.- El Director de Carrera designará, de entre los profesores al responsable por asignatura o por área de conocimiento. Artículo 19.- En la primera sesión que realice la Academia a partir de la designación del Coordinador, el Secretario Académico o el Director de Carrera, en su caso, darán oficialmente posesión al nuevo Coordinador de Academia y su cargo será honorífico. Artículo 20.- El Coordinador de Academia y responsable por asignatura será separado de su cargo cuando deje de asistir a dos sesiones de academia consecutivas o a cuatro no consecutivas. Artículo 21.- Corresponde al Coordinador General de las Academias Institucionales: I. Representar a la Academia en todos los asuntos de carácter académico. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 7

I IV. Universidad Tecnológica de la Vigilar el cumplimiento de los reglamentos y normas de carácter académico, aplicables en la Universidad Tecnológica de la, así como los acuerdos tomados en la Academia. Coordinar y verificar el cumplimiento de las actividades académicas. Citar a reuniones de academia ordinaria y extraordinaria en coordinación con la Secretaría Académica y Direcciones de Carrera. V. Conducir y moderar la participación de los integrantes de la Academia en el desarrollo de las reuniones, conforme al orden del día. VI. V VI Coordinar la evaluación, seguimiento y control del proceso enseñanza aprendizaje que realice la Academia. Rendir a la Secretaría Académica, el informe cuatrimestral sobre el desarrollo y funcionamiento de la misma. Las demás que le encomiende el Secretario Académico. CAPÍTULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Artículo 22.- Todo integrante de la Academia tiene derecho a: I. Participar en las actividades que organiza la Academia. I IV. Ser reconocido por su desempeño y su calidad de integrante de la Academia. Presentar proyectos de investigación, superación académica, de actualización docente o vinculación. Recibir información de competencia de la Academia a la que pertenece. V. Ejercer opinión en relación a los asuntos que sean tratados en reunión de Academia. Artículo 23.- Es obligación de todos los integrantes de la Academia: I. Conocer y atender las disposiciones del presente Reglamento. I IV. Propiciar un clima de respeto y tolerancia entre los miembros de la Academia. Asistir puntualmente a las reuniones de academia sean presenciales o virtuales. Respetar los acuerdos de la Academia. V. Participar en las comisiones y actividades que se derivan del plan de trabajo. VI. Para el caso de los Profesores de Asignatura, estos deberán participar en por lo menos dos reuniones durante el cuatrimestre. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 8

CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES Artículo 24.- Los profesores que no asistan a las juntas de academia serán sujetos a las siguientes sanciones: I. Para Profesores de Asignatura, la inclusión o exclusión en la asignación de carga académica para el cuatrimestre próximo siguiente. I Para Profesores de Tiempo Completo, será considerado como una falta al desempeño académico, y se registrará en su historial académico. Cuando incumplan una o varias de las disposiciones del presente Reglamento. CAPÍTULO VI DE LOS EXÁMENES DE ACADEMIA Artículo 25.- Los exámenes de Academia aplicados a los alumnos podrán ser: a. Departamentales: son los exámenes elaborados por los miembros que forman parte de las diferentes Academias Institucionales y es único. b. Por asignatura: se entiende al examen elaborado por las Academias por asignatura en cada Carrera. c. Por área de conocimiento: son elaborados por las Academias por área de conocimiento. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero. SEGUNDO.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán analizados y resueltos por el Consejo Directivo. TERCERO.- El Rector de la Universidad Tecnológica de la, instrumentará las acciones necesarias para la impresión y publicación del presente Reglamento para conocimiento del personal. Dado y aprobado por el Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero, en la Ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Gro., en sesión ordinaria a los 28 días del mes de marzo de 2014. utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 9

CONSEJO DIRECTIVO MTRO. ARTURO SALGADO URIÓSTEGUI PRESIDENTE SUPLENTE Y REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN GUERRERO C.P. JAVIER ARVIZU SERAPIO REPRESENTANTE LIC. MARÍA DEL CARMEN SAHAGÚN CASTAÑEDA REPRESENTANTE C.P. FERNANDO MORA PACHECO REPRESENTANTE LIC. YURIDIANA FLORES MARES REPRESENTANTE LIC. ELVIRA DURÁN RAMÍREZ CONSEJERA LIC. MARIO VALDÉZ CASTRO REPRESENTANTE LIC. ANA VIRGINIA RODRÍGUEZ LEYVA CONSEJERA C.P. MARICELA SÁNCHEZ VALLE COMISARIA PÚBLICO ING. JOSÉ GUADALUPE ROMERO MIRANDA CONSEJERO LIC. GENARO SÁNCHEZ ESPINOZA RECTOR utregionnorte_de_guerrero@yahoo.com.mx, rectoria@utrng.edu.mx 10