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Transcripción:

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA VECINAL DE ESTA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA EL DÍA 11 DE ABRIL DE 2.014. ASISTENTES: Sr. Alcalde-Pedáneo Don Javier Gómez Dorado. Sres. Vocales Don Cayetano Guerrero Galán. Don Antonio Sánchez García. Doña Concha Ponce Redondo. Don Rubén Lavado Porro. Sr. Secretario de la Entidad Local Menor: Don Jesús S. Párraga Pereira. En Torrefresneda y en el Salón de Sesiones de esta Entidad Local Menor, siendo las veinte horas y treinta minutos del día 11 de abril de 2014, se reúnen los señores anotados más arriba, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Javier Gómez Dorado, asistido del Secretario que suscribe, al objeto de celebrar sesión ordinaria, de acuerdo con en el orden del día que sirve de base a la misma. No asistió público a la sesión. Por el Sr. Presidente se dio por comenzado el acto, siendo la hora antes señalada, hallándose presente la totalidad de los señores anotados más arriba, a excepción de don Antonio Sánchez García, quien excuso su ausencia por motivos laborales. No asiste público a la sesión. ASUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. Leído por el Sr. Secretario el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada el día 8 de enero de 2014, ordinaria, y no teniendo reparos que oponer los señores vocales a la misma, esta es aprobada por UNANIMIDAD por todos los miembros asistentes a la Junta Vecinal. ASUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA.- DACIÓN DE CUENTA SUSCINTA A LA JUNTA VECINAL DE LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA ALCALDÍA DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA, PARA QUE LOS VOCALES CONOZCAN EL DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A LOS EFECTOS DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 22, 2º, A) DE LA Ley 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL Habiendo estado puestas de manifiesto, como uno más de los expedientes de la convocatoria, las Resoluciones adoptadas por la Alcaldía-Presidencia, desde la última sesión de carácter ordinaria celebrada por la Junta Vecinal para su examen y consulta por los miembros de la misma, y no registrándose ninguna intervención, se entiende satisfecha la obligación que para aquél órgano se establece en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a fin de que los Vocales conozcan el desarrollo de la administración municipal a los efectos del control y fiscalización de los órganos de gobierno, previstos en el artículo 22, 2 a) de la Ley 7/12985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ASUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL EN MATERIA DE SANIDAD PARA EL EQUIPAMIENTO DEL CENTRO SANITARIO DE ESTA LOCALIDAD. El Sr. Alcalde, Don Javier Gómez Dorado, manifiesta que aparece publicado en el Diario Oficial de Extremadura, número 65, de fecha 3 de abril de 2014, la Orden de 11 de marzo de 2014, por la que se convocan las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social a las Corporaciones Locales destinadas a la mejora de la infraestructura y equipamiento de los centros y servicios sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en dicha Orden, sigue refiriendo el Sr. Alcalde, se contempla que las subvenciones irán destinadas a financiar los proyectos de: a) Construcción de centros y Servicios sanitarios, b) Reforma de centros y servicios sanitarios y c) Equipamiento de centro y servicios sanitarios (artículo 1); también se exige en la Orden referida, indica el Sr. Alcalde, que la documentación específica, entre otras, para los distintos programas que deberá adjuntarse a la solicitud será, en lo que aquí interesa: b) Para el equipamiento, relación del equipamiento, tanto mobiliario, clínico-instrumental o de instalaciones complementarias, que se pretenda adquirir y certificación del acuerdo aprobando la adquisición (artículo 4.2). En armonía con lo referido anteriormente, y siendo intención de esta Entidad Local Menor solicitar la subvención prevista en la Orden de referencia para el equipamiento del Consultorio Médico, conforme con la documentación obrante en el expediente incoado al efecto, esta Junta Vecinal, tras suficiente deliberación, por UNANIMIDAD de sus miembros presentes, acuerda: Primero.- Aprobar: - La adquisición del equipamiento relacionado, con destino al Centro de Salud de la Localidad de Torrefresneda: DESCRIPCIÓN IMPORTE (euros) 1 Otoscopio y oftalmoscopio de pared completo 480,00 1 Tensiómetro Rister de obesos portátil 59,00 1 Mesa de exploración con elevación eléctrica 685,00 1 Armario para material con puertas enfermería 345,00 1 Jeringa para extracción de tapones 21,20 1 Aspirador secreciones 193,00 TOTAL FACTURA I.V.A. incluido 1.999,47 - Solicitar a la Consejería de Sanidad y Consumo una subvención por la cantidad que de MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (1.999,47 ), necesaria para hacer frente a la totalidad de la adquisición del equipamiento previsto. - El compromiso de la Entidad Local Menor de aportar la diferencia en el caso de que la subvención concedida sea inferior al importe total del equipamiento adquirido. - El compromiso por parte de esta Corporación de destinar el Centro a fines sanitarios por un periodo no inferior a 30 años, salvo autorización expresa de la Consejería de Sanidad y Consumo. Segundo.- Autorizar al Sr. Alcalde para realizar las gestiones y firmas de cuantos documentos sean oportunos con referencia a esta subvención.

ASUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA.- DACIÓN DE CUENTA POR LA ALCALDÍA DEL RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO DE 2013. A continuación, se da cuenta de la Resolución de la Alcaldía de fecha 25 de marzo de 2014, por la que se aprueba la Liquidación del Presupuesto General del ejercicio de 2.013, según lo dispuesto en el artículo 193 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, que arroja un remanente de Tesorería positivo de CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (127.717.70.- ), configurado por las obligaciones reconocidas y liquidadas no satisfechas el último día del ejercicio, los derechos pendientes de cobro y los fondos líquidos a 31 de diciembre, en los siguientes términos: RESULTADO PRESUPUESTARIO Derechos reconocidos netos (a) 329.942,33 Obligaciones reconocidas netas (b) 284.237,30 Resultado presupuestario (c) (a-b) 45.705,03 Desviaciones positivas de financiación (d) 0,00 Desviaciones negativas de financiación (e) 0,00 Gastos financiados con remanente líquido de tesorería (f) 58.004,07 Resultado presupuestario ajustado (c-d+e+f+g) 103.709,10 REMANENTE DE TESORERIA DEL EJERCICIO a) Deudores pendientes de cobro 147.165,54 + De Presupuestos de ingresos, corriente 99.062,92 + De Presupuestos de ingresos, cerrados 46.852,10 + De Otras operaciones no presupuestarias 1.250,52 - Ingresos pendientes de aplicación 0,00 b) Acreedores pendientes de pago 14.757,77 + De Presupuestos de Gastos, corriente 11.971,41 + De Presupuestos de Gastos, cerrados 360,58 + De Otras operaciones no presupuestarias 2.45,78 - Pagos pendientes de aplicación 0,00 c) Fondos líquidos de tesorería 81.228,03 d) Remanente tesorería total 213.635,80 e) Saldos de dudoso cobro 26.112,55 f) Remanente para gastos con F.A. 0,00 g) Remanente para gastos generales 187.523,25 Los saldos de dudoso cobro se han determinado con arreglo a los límites mínimos que determina el artículo 193.bis, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La Junta Vecinal queda enterada. ASUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE DEL INFORME TRIMESTRAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZAS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 3/2004, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MORISIDAD EN LAS

OPERACIONES COMERCIALES. Por el Sr. Alcalde se da cuenta a la Junta Vecinal del Informe emitido por el Sr. Tesorero sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establece medidas del lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales; con el resultado que determina en el informe referido, y que obra en el expediente de su razón; a los efectos de su presentación y debate por la propia Junta Vecinal. En su consecuencia con ello queda cumplida la obligación establecida en la Ley 15/2010, de 5 de julio. ASUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DE LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO DE AYUDA NÚMERO EXPEDIENTE 322.014 PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD MEJORA Y ADECUACIÓN DEL EDIFICIO DE HOGAR RURAL DE LA SECCIÓN FEMENINA PARA USO DE SEDE DE ASOCIACIONES, CONFORME AL DECRETO 6/2011, DE 28 DE ENERO, POR EL QUE SE REGULA EL SISTEMA DE AYUDAS BAJO LA METODOLOGÍA LEADER Y EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN, PARA EL PERÍODO DE PROGRAMACIÓN DE DESARROLLO RURAL 2007/2013. Dada cuenta de la Resolución Provisional dictada por el Consejo Ejecutivo de ADEVAG en fecha 4 de abril de 2014, de concesión de ayuda conforme al Decreto 6/2011, de 28 de enero, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología de desarrollo rural 2007-2013; en virtud de la solicitud de la misma ayuda realizada por esta Entidad Local Menor de Torrefresneda, en fecha 31 de octubre de 2013, y RESULTANDO: que el Consejo Ejecutivo de ADEVAG reunido en sesión de fecha 4 de abril de 2014, resolvió provisionalmente en el sentido de: Primero. Aprobar el proyecto número de expediente 322.014 y conceder una ayuda al AYUNTAMIENTO DE TORREFRESNEDA, con CIF P0619200I, para el desarrollo de la actividad de MEJORA Y ADECUACIÓN DEL EDIFICIO DE HOGAR RURAL DE LA SECCIÓN FEMENINA PARA USO DE SEDE DE ASOCIACIONES. Presupuesto aceptado de la inversión: 21.876,45 euros; Porcentaje de ayuda: 97,14%; Cuantía concedida: 21.250,78 euros RESULTANDO: que de conformidad con lo establecido en el artículo 32.4 del Decreto 5/2011, de 28 de enero, citado, en la resolución indicada, se concede un plazo de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos e informes que estimemos pertinentes ante ese órgano, o en su caso aceptar la ayuda propuesta (según modelo que se adjunta en la propia notificación de la resolución). RESULTANDO: que así mismo y teniendo en cuenta la ayuda concedida, que asciende a 21.250,78 y la ayuda solicitada de 21.876,45, en virtud de acuerdo adoptado por la Junta Vecinal de la Entidad Local Menor de Torrefresneda en fecha 30 de octubre de 2013, se determina que se deberá aportar a ese CEDER nuevo acuerdo del mismo órgano que modifique las fuentes de financiación en siguiente sentido: Ayuda ADEVAG: 21.250,8 ; APORTACIÓN Entidad Fondos Propios: 5.219,72 ; total inversión: 26.470,50. En consecuencia con lo anterior, esta Junta Vecinal, tras pequeña pero suficiente deliberación, por UNANIMIDAD de sus miembros presentes, acuerda: Primero.- Aprobar la modificación de las Fuentes de Financiación en el sentido siguiente: Ayuda ADEVAG: 21.250,78

Aportación Entidad Fondos Propios: 5.219,72 Total Inversión: 26.470,50 Segundo.- Autorizar a don Javier Gómez Dorado, como alcalde-presidente de esta Entidad Local Menor y en representación de la misma, para firmar la solicitud y cuantos documentos sean necesarios en relación con el proyecto de la ayuda Tercero.- Trasládese el presente acuerdo a la Asociación para el Desarrollo de las Vegas Altas del Guadiana (ADEVAG), a los efectos oportunos. ASUNTO SÉPTIMO DEL ORDEN DEL DÍA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN FINAL DE LA OBRA DENOMINADA MEJORA Y ADECUACIÓN DEL EDIFICIO DE HOGAR RURAL DE LA SECCIÓN FEMENINA PARA USO DE SEDE DE ASOCIACIONES. Habiéndose recepcionado las obras denominadas Mejora y Adecuación del Edificio del Hogar Rural de la Sección Femenina para uso de Sede de Asociaciones, conforme al Decreto 6/2011, de 28 de enero, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento para el periodo de programación de desarrollo rural 2007-2013, gestionado por la Asociación de desarrollo de las Vegas Altas del Guadiana (A.D.E.V.A.G), a su terminación, acto al que han concurrido el Sr. Alcalde, don Javier Gómez Dorado; el facultativo, representante de la Entidad Local Menor, don A. Carlos Morillo Carrasco; el adjudicatario del contrato, don Santiago Gómez Pérez, y don Jesús S. Párraga Pereira, en representación de la intervención y en funciones de fiscalización de la gestión económica; levantado el acta correspondiente, en fecha dieciséis de abril de 2014, que han firmado todos los señores asistentes; emitida la certificación final de dichas obras por el arquitecto municipal, don A. Carlos Morillo Carrasco, cuyo resultado es 0,00 euros, por lo que no procede abono alguno al contratista a cuenta de la certificación final de las obras mencionadas; procede que esta Junta Vecinal acuerde la aprobación de la mencionada certificación final, y dentro del de quince días anteriores a la terminación del plazo de garantía, que en este caso es de un año desde la recepción de las obras, se procederá, por este propio órgano, a la aprobación de la liquidación final de la reiterada obra, todo ello, en orden a lo provisto en el artículo 325 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En consecuencia con todo lo anterior, esta Junta Vecinal acuerda, por UNANIMIDAD de todos los miembros presentes lo que sigue: 1.- Aprobar la certificación final de la obra denominada Mejora y Adecuación del Edificio del Hogar Rural de la Sección Femenina para uso de Sede de Asociaciones, que da como resultado 0,00 euros. 2.- Que dentro del plazo de los quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redacte un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, quien responderá de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción; procediéndose a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días. ASUNTO OCTAVO DEL ORDEN DEL DÍA.- ASUNTOS NO COMPRENDIDOS EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN, QUE LOS GRUPOS MUNICIPALES DESEEN SOMETER A

LA CONSIDERACIÓN DE LA JUNTA VECINAL POR RAZONES DE URGENCIA. No se produjeron. RUEGOS Y PREGUNTAS.- No se realizaron. Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Sr. Alcalde, se dio por finalizado el acto, siendo las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día once de abril de dos mil catorce, ordenando levantar la presente acta, que se extiende en seis folios de papel timbrado del Estado de la clase 8ª, serie OD, números 8098094 a 8098099, comprensiva de seis páginas, queda pendiente de aprobación hasta la próxima sesión que se celebre, de todo lo cual como Secretario, certifico. Vº.Bº., EL ALCALDE, Fdo.: Javier Gómez Dorado.