CG/056/2008 Guanajuato, Gto., a 19 de diciembre de 2008, vista el acta de la sesión ordinaria efectuada en esta fecha, se desprende de la misma que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, emitió el siguiente: Acuerdo mediante el cual se autoriza al Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, la suscripción del anexo técnico al convenio de apoyo y colaboración con el Instituto Federal Electoral. RESULTANDO: ÚNICO.- Que en la sesión ordinaria del veintiocho de noviembre de dos mil ocho, el Consejo General aprobó el acuerdo CG/045/2008 mediante el cual se autorizó a su Presidente suscribir el Convenio de Apoyo y Colaboración con el Instituto Federal Electoral. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que de conformidad con los artículos 31, párrafos segundo y tercero, de la Constitución Política local, y 46 del código comicial vigente en la entidad, el Instituto Electoral del Estado es un órgano público, autónomo, dotado de independencia funcional, de carácter permanente, con personalidad jurídica, patrimonio propio y facultad reglamentaria, al que corresponde el ejercicio de la función estatal de organizar los procesos electorales. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, definitividad, equidad, objetividad y profesionalismo. SEGUNDO.- Que el artículo 51 del código electoral local, señala que el Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto Electoral del Estado, al que corresponde la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales de carácter estatal. TERCERO.- Que de conformidad con el artículo 63, fracción II, del citado ordenamiento, es atribución del Consejo General dictar normas y previsiones destinadas a hacer efectivas las disposiciones de dicha legislación.
CUARTO.- Que el artículo 63, fracción XXXI, del código comicial, señala que es atribución del Consejo General celebrar convenios con el Instituto Federal Electoral, para la aportación recíproca de apoyo, información y documentación en materia electoral. QUINTO.- Que de conformidad con el artículo 64, fracción V, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, es atribución del Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, suscribir los convenios que el Consejo General apruebe celebrar con autoridades federales, estatales y municipales, así como establecer relaciones de colaboración con éstas. SEXTO.- Que el anexo técnico que se pretende suscribir tiene como objeto establecer las bases y los mecanismos operativos entre el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, en relación con el uso de los instrumentos y productos técnicos que aportará la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para el desarrollo del proceso electoral local; en lo concerniente a la organización y capacitación electoral, y en lo referente al acceso a radio y televisión. Las bases y mecanismos operativos de cada uno de los rubros antes señalados, se describen en forma detallada en el anexo técnico cuya suscripción se autoriza mediante este acuerdo. Por lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, párrafos segundo y tercero, de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; 46, 51, 63, fracciones II y XXXI, y 64, fracción V, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, se somete a la consideración del Consejo General, el siguiente: ACUERDO: PRIMERO.- Se autoriza al Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, la suscripción del anexo técnico al Convenio de Apoyo y Colaboración con el Instituto Federal Electoral, que se contiene en el anexo único. 2
SEGUNDO.- Notifíquese por estrados. TERCERO.- Una vez que haya sido firmado el anexo técnico referido, publíquense éste y el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Con apoyo en lo previsto por los artículos 64, fracción III, y 65, fracción III, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, firman este acuerdo el Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y el Secretario del mismo. 3