BLOQUE 1 LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEMP

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Transcripción:

BLOQUE 1 LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEMP

1.1 Habilitación Legal

Disposición adicional 5ª LBRL (modificacion LRSAL) Las asociaciones de Entidades Locales, de ámbito estatal o autonómico Conforme a lo previsto en el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, estas asociaciones podrán crear centrales de contratación. Las Entidades Locales a ellas asociadas, podrán adherirse a dichas centrales para aquéllos servicios, suministros y obras cuya contratación se haya efectuado por aquéllas, de acuerdo con las normas previstas en ese Texto Refundido, para la preparación y adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Con base en lo anterior, la Junta de Gobierno de la FEMP en enero de 2014 aprueba la creación de la Central de Contratación, sus reglamento de funcionamiento e incorpora a la misma los servicios que ya venía prestando., la Central, a partir de ahora, como una Administración Pública.

Nueva LCSP Disposición adicional tercera. Normas específicas de contratación pública en las Entidades Locales Las Entidades Locales, sin perjuicio de la posibilidad de adherirse al sistema estatal de contratación centralizada y a las centrales de contratación de las Comunidades Autónomas y de otras Entidades Locales, tal y como prevé el apartado 3 del artículo 228, podrán adherirse también a las centrales de contratación que creen conforme a esta Ley las asociaciones de entidades locales a que se refiere la disposición adicional Quinta de la LBRL, así como a las creadas por la Administración General del Estado. Disposcion Adioncioanl Terecera, la Central, a partir de ahora, como una Administración Pública.

1.2 Normativa aplicable

Antes de la entrada en vigor de la nueva LCSP,TRLCSP (aprobado por RD 3/2011 de 14 de Nov) Artículos 194,195,203 a 207, sistemas de racionalización de la Contratación Disposición adicional segunda, normas especificas de contratación EELL Directiva 2014/23/UE, Directiva 2014/24/UE y Directiva 2014/25/UE Artículos 33 y 37: Centrales de compras Tras la entrada en vigor de la nueva ley de contratos Sistemas de racionalización técnica de la contratación de Título I capítulo II, artículos 218 a 230. ahora, como una Administración Pública.

1.3 Funcionamiento

Reglamento 1. Para Entidades Locales asociadas a la FEMP y su organismos autónomos y entes dependientes. 2. Voluntariedad en la adhesión y en la contratación 3. Sin coste adicional para la Entidad Local 4. Habilitación para contratar todos los servicios y suministros una vez adherido a la Central (sin necesidad de realizar una adhesión expresa a cada Acuerdo Marco) 5. No se agrega demanda, cada Entidad Local genera su propio contrato al amparo de nuestros Acuerdo Marco, y según lo dispuesto en los pliegos rigen su licitación.

Adhesión 1. Acuerdo expreso del órgano competente de la Entidad Local, organismos autónomos o entes dependientes. Según tipo de EELL, tipo de contrato, normas de funcionamiento/estatutos Pleno Junta de Gobierno Alcaldía/Áreas de Gobierno Consejo Rector, Consejo de Administración y órgano equivalente. 2. Remisión de Acuerdo de adhesión a la FEMP 3. Designación de uno o varios responsables para la gestión del contrato

BLOQUE 2 LA TRAMITACIÓN DE LOS ACUERDOS MARCO Y DE LOS CONTRATOS BASADOS

2.1. Licitación Acuerdos Marco de Servicios y Suministros

Naturaleza jurídica de los Acuerdos Marco Los contratos son jurídicamente ajenos a las Entidades Locales integrantes de la FEMP (no se localiza aún proveedor de servicios por delegación o encomienda):se limita a contratar con un tercero privado que se compromete a contratar con las entidades locales que libremente decidan en las condiciones del contrato con FEMP. La implementación de la Central de Contratación tiene por finalidad licitar sucesivos Acuerdos Marco para seleccionar una o varias empresas adjudicatarias de cada respectiva licitación. Los Acuerdos marco en cuanto constituyen una relación jurídica entre la FEMP y los proveedores seleccionados, son contratos privados (art.19.1 TRLCSP). La actividad de FEMP va más allá de la selección: acompaña a la entidad local en toda la vida del contrato

Licitación de los Acuerdos Marco Licitados como contratos de AAPP y sujetos a regulación armonizada Se cumplen todas las formalidades del TRLCSP para licitación de contratos por AAPP. Contratos por procedimiento abierto Se respetan las publicaciones, los plazos de los contratos SARA (formalización). Se realiza la valoración de ofertas técnicas

Otras características de los Acuerdos Marco Duración máxima 4 años. Periodos de 12/24 meses prorrogables (por doce meses) Modalidades Servicios o Suministros 1 o varios adjudicatarios Con todas las condiciones preestablecidas (adjudicación directa) o con segunda negociación (documento de invitación) Por lotes geográficos y/o tipos de servicio/suministro (Recomendación Directiva) Declaración responsable y Documento Único de Contratación Europeo. Posibilidad de recurso especial en materia de contratación(contratos SARA) Rioja.

Procedimiento de adjudicación

Incidencia de la nueva LCSP. Cuestiones especificas de los Acuerdos Marco Art. 227.4; que excepciona lo dispuesto en el 221, y establece que los Acuerdos Marco podrán celebrarse entre las empresas y entes del sector publico parte del Acuerdo Marco así como otros entes del sector público, siempre que se hubieran identificado en el pliego regulador, y se hubiera hecho constar esta circunstancia en la convocatoria de la licitación. Art. 228.3 establece que la prohibición expresa a que una misma administración, ente u organismo pueda contratar una misma prestación a través de varias centrales de contratación. Y el resto de cambios que afectan a los procedimientos abiertos y normas generales de contratación (preparación, licitación, adjudicación, formalización, publicación)

Incidencia de la nueva LCSP. Cuestiones generales del procedimiento abierto Consultas preliminares (nueva figura) Composición de la mesa de contratación (incompatibilidades) Contenido del perfil del contratante (más información) Criterios de valoración (mayor peso a otros criterios diferentes del precio y vinculados a la calidad del servicio) Condiciones especiales de ejecución (criterios medioambientales, sociales, innovación). Extension a la subcontratación

Obligaciones en materia de contratación electrónica en la licitación de los Acuerdos Marco Presentación electrónica de ofertas Acceso al expediente que conforma el procedimiento de licitación del Acuerdo Marco Notificaciones electrónicas Uso de certificados electrónicos propios e incorporación en plataforma Uso de herramientas de la RED SARA

2.2 La tramitación de los contratos basados

Características Generales (1) Normativa de aplicación aplicable: LCSP, normativa específica recogida en pliego según sector de actividad, pliegos que rigen la licitacion del Acuerdo Marco, Acuerdo Marco y la oferta de la(s) adjudicataria(s) Tramitación y adjudicación del contrato: A través de la plataforma informatica (se especifican tareas necesarias y modelos de referencia) Duración máxima y prórrogas: Según lo establecido en el pliego Solicitud de Garantia: Si, según lo dispuesto en la LCSP Necesidad de Elaboración de pliegos específicos por cada EELL: No Constitucion mesa de contratación: No necesaria Procedimientos internos a realizar por la Entidad Local: Asignación presupuestaria, retención de crédito,informe de intervención (excepción para servicios que no suponen coste) memoria justificativa y demás procedimientos que determine la Entidad Local

Características Generales (2) Publicidad: Publicación de la adjudicación en el perfil del contratante de cada Entidad Local (y demás obligaciones que correspondan según normativa) Asistencia en la tramitación: A través de la FEMP, la asistencia jurídica y la asistencia técnica, tanto para la gestión del expediente en la plataforma cómo para la elaboración de los tramites internos (memora justificativa, valor estimado del contrato.) Fecha relevante del Contrato basado (podrán adjudicarse Contratos basados durante la vigencia del Acuerdo marco) Regulación expresa de las bajas temerarias (derivada de lo establecido en los pliegos que rigen el Acuerdo Marco) Penalizaciones en el Contrato basado (a determinar en el documento de invitación, o en su defecto por lo previsto en el Acuerdo marco). Obligación de presentación de facturas en el Punto de Entrada (Real Decreto 1619/2012 y Ley 25/2013)

Incidencia de la nueva LCSP Fecha relevante para entender que un contrato basado se realiza dentro de la vigencia del Acuerdo Marco. Para los casos en que la tramitación de un contrato basado no requieran de una nueva licitación/negociación, se entiende que la fecha clave es la de la adjudicación Para los casos en que la tramitación del contrato basado si incluye la posibilidad de una nueva licitación/negociación, y se regule expresamente su tramitación en los pliegos, se entenderá que la fecha a tomar en consideración será la del envío de las invitaciones a participar en la nueva licitación, a los adjudicatarios del Acuerdo Marco. No formalización de los contratos basados Según se establece en el párrafo segundo del art. 153.1, no resulta necesario formalizar los contratos basados, elemento que supone una importante simplificación en la tramitación respecto a la actual. Publicación trimestral de la relación de contratos basados (Obligación Central de Contratación)

Obligaciones en materia de contratación electrónica en la formalización de los contratos basados (plataforma central de contratación) Presentación electrónica de ofertas por los adjudicatarios. Acceso al expediente que conforma el procedimiento de licitación del Acuerdo Marco Notificaciones electrónicas Certificados electrónicos FEMP Uso complementario de herramientas de la RED SARA

BLOQUE 3. GESTIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES

Acuerdos Marco en Vigor Asistencia para la gestión de multas de trafico a extranjeros no residentes (procedimiento especifico por ser anterior a la creación de la Central de Contratación). Suministro de electricidad. Suministro de Gas Servicios de Mediación de Riesgos y Seguros

Trámites para la formalización contratos basados en Acuerdos Marco con uno o varios adjudicatarios, pero con condiciones sujetas a negociación por cada EELL (previstas en pliegos y Acuerdo Marco) Generalmente para Acuerdos Marco de Suministros (con o sin lotes) Trámites en plataforma (Asistencia FEMP y modelos) 1. Alta de expediente en plataforma 2. Resolución de inicio 3. Documento de invitación/solicitud oferta.plazo razonable. 4. Presentación electrónica de oferta. Recepción oferta. 5. Resolución de adjudicación (con base a criterios evaluables mediante fórmulas) previstos en los pliegos que rigen el Acuerdo Marco) 6. Notificación de la adjudicación Trámites internos de la Entidad Local 1. Memoria justificativa 2. Informe de intervención 3. Asignación presupuestaria y Retencion de crédito 4. Otros

Trámites para la formalización contratos basados en Acuerdos Marco con único adjudicatario y con todas las condiciones prestablecidas Generalmente para Acuerdos Marco de Servicios (con lotes) Trámites en plataforma 1. Alta de expediente en plataforma 2. Resolución de inicio y adjudicacion (Asistencia FEMP y modelos) 3. Notificación de la adjudicacion Trámites internos de la Entidad Local 1. Memoria justificativa 2. Informe de intervención (sin conlleva gasto) 3. Asignacion prespuestaria y Retencion de crédito 4. Otros

BLOQUE 4. FUTUROS SERVICIOS

Acuerdos Marco en licitación Servicio de asistencia técnica y colaboración para la gestión, recaudación voluntaria y ejecutiva de las multas de tráfico Servicio de Asistencia para la Gestión Tributaria en Vía Ejecutiva por la Central de Contratación de la FEMP Servicio de cobros en el extranjero de sanciones en materia de tráfico a titulares y conductores con domicilio fuera de España

Acuerdos Marco a licitar Suministro de luminarias LED Suministro de combustibles (gasóleos) para calefacción y automoción Servicio de tramitación electrónica, comprobación y verificación de declaraciones responsables Servicios de telefonía móvil y datos, telefonía fija y acceso a internet

Acuerdos Marco en estudio Servicios para el cumplimiento de las obligaciones en materia de contratación (y administración) electrónica Servicios relacionados con la eficiencia energética Servicios relacionados con el cumplimiento de la ley y reglamento de protección de datos, y con el esquema nacional de seguridad Otros servicios y suministros financieramente sostenibles Otras propuestas (comisiones y grupos de trabajo de la FEMP, convenios de colaboración. )

Balance 917 Entidades Locales adheridas (19 millones de habitantes), con representación en todas las CCAAs y provincias. 882 Ayuntamientos 12 EELL supramunicipales 23 entes dependientes Más de 820 usuarios dados de alta en la plataforma Más de 200 contratos basados adjudicados Mas de 35 millones de euros en volumen de contratos

Telefono : 913 643 700 Contacto Correo electronico: centraldecontratacion@femp.es Web: www.femp.es

Muchas gracias por su atención