Expediente nº: IZFE/ CARÁTULA del pliego de cláusulas administrativas particulares

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1.- OBJETO DEL CONTRATO:

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Transcripción:

Expediente nº: IZFE/160021 CARÁTULA del pliego de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE SUMINISTROS Procedimiento: ABIERTO I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. Interconexión por fibra óptica entre edificios de la Diputación Foral de Gipuzkoa e Izfe, S.A. 1.1.- Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: contratación del suministro, instalación y mantenimiento de la interconexión por Fibras Ópticas entre sedes de la Diputación Foral de Gipuzkoa e Izfe, S.A. 1.2.- División por lotes: Sí. 1.2.1.- Número de lotes: Dos. 1.2.2.- El contenido de cada lote se detalla en a continuación: Lote 1: FO a CPD1 en Miramón. Lote 2: FO a CPD2 en Ibaeta. 1.3.- Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)): 32561000 Conexiones de fibra óptica. 2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula 2 correspondiente del pliego de cláusulas administrativas particulares. 1

3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. El presupuesto de gasto indicativo asciende a 520.032 euros + 109.206,72 euros de IVA, resultando un importe total de 629.238,72 euros. El precio de licitación se establece en los siguientes importes máximos anuales, correspondientes a cada uno de los lotes descritos en el pliego de condiciones técnicas, en los que se entenderán incluidos cuantos gastos se produzcan hasta la finalización de la ejecución del objeto del contrato, distribuidos por lotes y anualidades en la forma que se señala a continuación: 2017 2018 2019 2020 totales LOTE 1 78.654,84 78.654,84 78.654,84 78.654,84 314.619,36 LOTE 2 78.654,84 78.654,84 78.654,84 78.654,84 314.619,36 totales 157.309,68 157.309,68 157.309,68 157.309,68 629.238,72 En el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen inferiores a las estimadas inicialmente, se podrá modificar el contrato como consecuencia de tal circunstancia, en los términos previstos en el apartado 18 de esta carátula. 4.- PRECIO Y PAGOS. 4.1.- Sistema de determinación del precio: Precios unitarios conforme a lo previsto en el punto 10.5 del Pliego de Prescripciones Técnicas. 4.2.- Modalidad de pago del precio: Pagos parciales de carácter mensual. 4.3.- Abonos a cuenta. No. 4.4.- Revisión de precios: No. 5.- PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO. 5.1.- Plazo o fecha límite total: Lote 1: 4 años. Lote 2: 4 años. 5.2.- Plazos parciales: En su caso, según Pliego de Prescripciones Técnicas. 5.3.- Prórroga del contrato: Lote 1: Dos prórrogas de un año cada una. Lote 2: Dos prórrogas de un año cada una. 6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: correrán por cuenta del anunciante. 2

7.- GARANTÍAS. 7.1.- Garantía provisional: No. 7.2.- Garantía definitiva: Sí. 5% del presupuesto máximo de licitación, IVA excluido (mediante aval). 7.3.- Garantía complementaria: No. 7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: No es aplicable. 7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No. 7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No. Las garantías se constituirán a favor de: Informatika Zerbitzuen Foru Elkartea Sociedad Foral de Servicios Informáticos IZFE SA, NIF: A20456976. 8.- SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios. 9.- SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES: No. 10.- LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: Según lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Este contrato se halla sujeto al régimen de doble oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Vasco en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. Salvo que del pliego del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula del pliego. 3

12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. 12.1.- De tipo social: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas del pliego. 12.2.- De tipo medioambiental: No. 12.3.- Otras: La adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con las cláusulas 29.7 de esta carátula y 13.4.4 del pliego de cláusulas administrativas particulares. 13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: Véase apartado 14. 14.- PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas del pliego. Sí. Ver las descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el punto 10.4. 15.- SUBCONTRATACIÓN: No. Cada licitador deberá utilizar sus propias infraestructuras. 15.1.- Porcentaje máximo (en el caso de que no se fije otro porcentaje, el máximo será el 60% establecido en el artículo 227.2.e) del TRLCSP): No aplica. 15.2.- Obligación de subcontratar un porcentaje no superior al 50% previsto en el artículo 227.7 del TRLCSP: No. 15.3.- Tiene la licitadora que indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando los datos previstos en el artículo 227.2.a) del TRLCSP: No aplicable. 16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES. 16.1.- Plazos para la recepción. - Total: Ver punto 10.1. del Pliego de Prescripciones Técnicas. 16.2.- Plazo de Garantía: 48 meses. 4

17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes: - El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales. - Las penalidades establecidas, en su caso, en el en el punto 10.4 del Pliego de Prescripciones Técnicas. - Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula correspondiente del pliego de cláusulas administrativas particulares. 17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego: - El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral. 18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO: 18.1.- Modificación del contrato: Circunstancias: La constatación, durante la vigencia del contrato, de la existencia de necesidades reales inferiores a las inicialmente estimadas y/o el traslado a nuevos edificios de IZFE, S.A. y sus clientes en los términos previstos en el apartado 5.1.1 y 5.1.2 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Método de verificación: Informe de la persona responsable del contrato. Alcance: La modificación consistirá en la eliminación o traslado de conexiones del número de unidades de prestación en la cuantía necesaria para cubrir las necesidades reales, sean de los edificios ya incluidos en el contrato, bien de los nuevos de IZFE, S.A. y sus clientes. Porcentaje del presupuesto del contrato al que como máximo pueden afectar: 20%. Procedimiento: El establecido en la cláusula 39 del pliego de cláusulas administrativas particulares. 19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO OBJETO DEL CONTRATO: - El contrato incluye las operaciones que resulten necesarias para la distribución, montaje, colocación, instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar (sí/no): Sí. - El contrato incluye el mantenimiento de los bienes suministrados durante el plazo de ejecución (sí/no): Sí. 5

ENTREGA DE BIENES COMO PARTE DEL PRECIO: La Administración hará entrega de bienes de la misma clase como parte del precio - artículo 294 del TRLCSP- (sí/no): No. CONTROL DE CALIDAD Y VIGILANCIA EN LA FASE DE ELABORACIÓN DE LOS BIENES (artículo 295 del TRLCSP y artículo 67.5.c) del RGLCAP): Según lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Serán a cargo de la contratista las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado que con el límite del 1% del precio total del contrato, ordene el órgano de contratación. LA ADMINISTRACIÓN SE RESERVA LA FACULTAD DE COMPROBAR LA CALIDAD DE LOS BIENES AL TIEMPO DE LA RECEPCIÓN artículo 67.5.g) del RGLCAP- (sí/no, en caso afirmativo, indicar lo que corresponda): Según lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. SUMINISTRO DE FABRICACIÓN (artículo 9.3.c) y concordantes del TRLCSP). En el caso de tratarse de un contrato de suministro de fabricación, indicar las particularidades aplicables: Según lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 6

II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS. 20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS. 20.1.- Entidad adjudicadora: Informatika Zerbitzuen Foru Elkartea Sociedad Foral de Servicios Informáticos IZFE, S.A. 20.2.- Identificación de Órganos y Destinatario: 20.2.1.- Órgano de contratación: Dirección General y Presidencia y Vicepresidencia del Consejo de Administración de IZFE, S.A. 20.2.2.- Destinatario del objeto del contrato: Informatika Zerbitzuen Foru Elkartea Sociedad Foral de Servicios Informáticos IZFE, S.A. 20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Mesa de Contratación de IZFE. La componen las siguientes personas, o personas en quien deleguen: Presidencia: Jefatura de Área de Explotación, Sistemas y Comunicaciones. Vocales: Responsable de Comunicaciones, Técnicos/as de Comunicaciones, Encargado de Compras de IZFE, S.A. y un representante del Servicio de Intervención y Auditorías de la D.F.G. Secretaría: Secretaría del Consejo de Administración de IZFE, S.A. Domicilio: Miramon Pasealekua, 168 Localidad y código postal: 20014 Donostia / San Sebastián 20.4.- Número de expediente: IZFE/160021 20.5.- Contacto personal (indicar, si se desea, el nombre de la persona de contacto): El procedimiento para consultas técnicas es el establecido en el apartado 10 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Consultas administrativas: Departamento de Administración de IZFE. Teléfono: 943112812 Correo electrónico: kontratazioa@gipuzkoa.eus Los interesados pueden formular consultas y solicitudes de documentación complementaria a través de la anterior dirección de correo electrónico. Se realizarán por escrito antes de la fecha límite de obtención de documentación e información que se indica en el anuncio de licitación. Las respuestas a las consultas, que se efectuarán por escrito, y las remisiones de documentación complementaria solicitada se enviarán al interesado por correo electrónico. 7

Si se considerase que el objeto de la consulta o la solicitud de documentación complementaria debieran ser tenidos en cuenta por el resto de posibles interesados en el procedimiento, la respuesta o la documentación se enviará a todos los suscritos en el perfil del contratante. 20.6.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: www.izfe.eus/kontratatzailearen_profila 20.7.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente del pliego. 20.8.- Fecha límite de obtención de documentos e información: 2 de noviembre de 2016. En el perfil del contratante se publicará el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas. 21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 780.048,00 22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: Sí. 23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): Sí. 24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 24.1. El gasto está cofinanciado: En cumplimiento de la normativa relativa a los Fondos Europeos Estructurales de la Unión Europea, se declara que este proyecto seleccionado en el marco del Programa Operativo del País Vasco 2014-2020 está cofinanciado en un 50% por el Fondo de Desarrollo Regional (FEDER). 24.2.- Tramitación anticipada: Sí. La adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo. 25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. 25.1.- Tramitación: Ordinaria. 25.2.- Procedimiento: Abierto. 25.3.- Forma: Pluralidad de criterios de valoración de las ofertas. Ver punto 30 de la presente carátula y punto 10.5 del Pliego de Prescripciones Técnicas. 8

26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización: No. 27.- CONTRATO RESERVADO: No. 28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN. 28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 13:00 horas del 2 de noviembre de 2016. 28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre/s A, B Y C, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula. 28.3.- Lugar de presentación: - Entidad: Departamento de Administración de IZFE. - Domicilio: Miramon Pasealekua, 168 - Localidad y código postal: 20014 Donostia / San Sebastián 28.4.- Perfil del contratante: Web: www.izfe.eus/kontratatzailearen_profila 28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal: - Fax: 943321023 - Correo electrónico: kontratazioa@gipuzkoa.eus 28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): quince días, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados). 28.7.- Admisión de variantes: No. 28.8.- Apertura pública de las ofertas: Lugar de apertura de sobres B: - Entidad: Mesa de Contratación de IZFE. - Domicilio: Miramon Pasealekua, 168. - Localidad: Donostia San Sebastián. La apertura de sobres B se realizará: - Fecha: 25 de noviembre de 2016. - Hora: 12:00 horas. 29.- SOBRE A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» (Véase la cláusula 13 del pliego de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II del pliego de cláusulas administrativas particulares). 9

29.1.- Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) contenido en el Anexo IV del pliego de cláusulas administrativas particulares junto con la documentación indicada en las cláusulas 13.1 y 13.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares. En la parte IV de dicho formulario las empresas licitadoras: pueden limitarse a cumplimentar la sección α de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV. deberán cumplimentar las secciones A, B, C y D de la parte IV. El formulario DEUC será el único documento que la empresa licitadora debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 13.1 y 13.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento. (Ver cláusula 17.1 del pliego de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación del DEUC) 29.2.- Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: 29.2.1.- Clasificación obligatoria: No. 29.2.2.- Las empresas (españolas, empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea y empresas extranjeras de Estados que no son miembros de la Unión Europea) deberán disponer de la siguiente solvencia: Económica y financiera: Requisito/s: Volumen de negocios anual mínimo en el ámbito al que se refiere el contrato de, al menos, los importes que se indican a continuación, durante al menos, uno de los tres últimos años: - Lote 1: 100.000 - Lote 2: 100.000 Técnica o profesional: Requisito/s: El importe anual que el licitador deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución de los últimos tres años, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituye el objeto del contrato, sea igual o superior a los importes que se indican a continuación: - Lote 1: 80.000 - Lote 2: 80.000 29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo. 10

29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta: De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, los licitadores habrán de acreditar en el Sobre A de capacidad para contratar, la comunicación al Registro de operadores del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, del interés en la explotación de una determinada red o en la prestación de un determinado servicio de comunicaciones electrónicas; a tal efecto, bastará con una declaración responsable de que dicha comunicación se ha producido. La/s empresa/s que haya/n presentado la/s oferta/s económicamente más ventajosa/s deberán acreditar la inscripción en el registro de operadores del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. 29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos: Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado. Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación. La indicación de alguno de estos certificados se realizará, en su caso, en la sección A de la parte II del formulario DEUC. 29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: Sí, en la documentación relativa a la oferta técnica. 29.7.- La empresa licitadora o candidata se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios materiales y humanos: Según lo previsto, en su caso, en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. 30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: No. 30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: Sí. 11

30.2.1.- Supuesto general: Sí. Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos LOTE 1: a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas: a.1. Oferta económica. Ponderación: 95 puntos. Fórmula: La puntuación del precio se determinará con 2 decimales y se calculará mediante la interpolación lineal de la oferta presentada, otorgando cero puntos a la oferta que iguale el importe máximo de licitación del lote 1 e incrementando 1,90 puntos por cada 1% de baja, con el límite máximo de baja del 50%, siendo por tanto 95 puntos la puntuación máxima posible a obtener. En caso de empate se tendrán en cuenta las preferencias de adjudicación previstas en el punto 23.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor: Sí. b.1. Calidad del planteamiento técnico. Ponderación: 5 puntos. Para la valoración de la calidad del planteamiento técnico se tendrá en cuenta lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas en su apartado 9. LOTE2: a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas: a.1. Oferta económica. Ponderación: 95 puntos. Fórmula: La puntuación del precio se determinará con 2 decimales y se calculará mediante la interpolación lineal de la oferta presentada, otorgando cero puntos a la oferta que iguale el importe máximo de licitación del lote 2 e incrementando 1,90 puntos por cada 1% de baja, con el límite máximo de baja del 50%, siendo por tanto 95 puntos la puntuación máxima posible a obtener. En caso de empate se tendrán en cuenta las preferencias de adjudicación previstas en el punto 23.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 12

b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor: Sí. b.1. Calidad del planteamiento técnico. Ponderación: 5 puntos. Para la valoración de la calidad del planteamiento técnico se tendrá en cuenta lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas en su apartado 9. RESUMEN CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CRITERIOS AUTOMÁTICOS PUNTOS CRITERIOS JUICIOS DE VALOR PUNTOS LOTE 1 Oferta económica 95 Calidad del planteamiento técnico 5 LOTE 2 Oferta económica 95 Calidad del planteamiento técnico 5 30.2.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No. 31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del pliego). 31.1.- Supuesto general: Sí. Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas: - SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS». Los licitadores incluirán, en este sobre la proposición económica redactada conforme al modelo de proposición económica Anexo VII del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. - SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse: Sí. En este sobre los licitadores incluirán la documentación que se señala en el punto 9 del Pliego de Condiciones Técnicas, tanto en formato papel como en soporte informático. 13

La presentación en el sobre «C» de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. 31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No. 31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: No. 31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras (sí/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): No. 32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: No. 33.- VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP-: No se establecen criterios para apreciar el carácter desproporcionado de las ofertas. 34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No. 35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego. 36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: No. 37.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véase las cláusulas 24 y 25 del pliego de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II del pliego de cláusulas administrativas particulares). 37.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera indicados en la cláusula 29.2.2: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, o en el Registro Oficial en el que deba estar inscrito. 14

Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos de solvencia técnica o profesional indicados en la cláusula 29.2.2: Relación de los principales suministros realizados durante los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado. Asimismo, se acompañará de los certificados expedidos por el órgano competente cuando el destinatario hubiera sido público, y cuando sean privados, mediante certificados o a falta de estos mediante declaración del propio licitante. 37.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos, en su caso, en la cláusula 29.7 de esta carátula (artículo 151.2 TRLCSP): Según lo previsto, en su caso, en el pliego de prescripciones técnicas. 38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP. 39.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO (sí/no): No. 40.- CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN CON NEGOCIACIÓN: No aplica. 15

III.- OTRAS ESPECIFICACIONES. 41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO. 42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO. En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos. Criterios Objeto del contrato Criterios de solvencia técnica y profesional Especificaciones técnicas Criterios de valoración de las ofertas Condiciones especiales de ejecución Inserción laboral Igualdad de mujeres y hombres Prevención de riesgos laborales Condiciones laborales SI SI SI Ambientales *Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas del pliego o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario. 16