H OCT 2018 'Año del Fomento de las Exportaciones' 0000000307 Santo Domingo de Guzmán, D. N., 0 8 OCT 2018 Señor RADHAMÉS CAMACHO CUEVAS, Presidente de la Cámara de Diputados de la República Dominicana. Su despacho. Señor Presidente: Aprobado por el Senado en Sesión de fecha 19 de septiembre del año 2018, pláceme remitirle para los fines constitucionales, el proyecto de ley que declara el 24 de octubre de cada año como día de la Masonería y del Masón Dominicano. Le participo que este proyecto de Ley se originó mediante moción presentada en fecha 12 de septiembre de 2018, por los señores AMARILIS SANTANA CEDANO y JOSÉ RAFAEL VARGAS PANTALEÓN, Senadores de la República por las provincias La Romana y Espaillat, respectivamente. ^v lf REINALDO PARED P Presidente
EL CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA LEY QUE DECLARA EL 24 DE OCTUBRE DE CADA ANO COMO DÍA DE LA MASONERÍA Y DEL MASÓN DOMINICANO. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el nacimiento de la República es la obra del ilustre gran maestro masónico Juan Pablo Duarte, quien creó la sociedad secreta La Trinitaria e iluminó el camino de la soberanía y de la Independencia pura; CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el 2 4 de octubre de 1858 se fundó la gran logia masónica, la organización de carácter A civil más antigua del país, con 160 años de vida continua; CONSIDERANDO TERCERO: Que el extraordinario aporte de los masones se inicia con la Independencia Efímera, liderada por José Núñez de Cáceres, maestro masón de la Logia Filantropía; CONSIDERANDO CUARTO: Que la lucha por la Restauración o Segunda República, fue la obra de esclarecidos líderes nacionalistas, como Gregorio Luperón y Santiago Rodríguez, ilustres masones que combatieron durante todo el período de la anexión a España; CONSIDERANDO QUINTO: Que los masones sufrieron la persecución y el acoso durante la anexión a España, y sus columnas y templos fueron cerrados. Su lucha continuó en la clandestinidad, destacándose los masones de las logias Cuna de América, Nuevo Mundo y La Esperanza;
CONGRESO NACIONAL ASUNTO: Ley que declara el 24 de octubre de cada año como dia de la Masonería y del Masón Dominicano. PAG. CONSIDERANDO SEXTO: Que durante la Tercera República, destacados masones lideraron la oposición a la ocupación de EE.UU. de 1916, entre ellos Don Francisco Henríquez y Carvajal y Francisco J. Peynado; CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que la masonería dominicana, encabezada por la Gran Logia y el Supremo Consejo Grado 33, auspició la Tenida patriótica contra la intervención, celebrada en la Logia Libertad No. 20, templo que se conoce como el bastión de la Tercera República; CONSIDERANDO OCTAVO: Que el Himno Nacional dominicano fue interpretado por primera vez el 17 de agosto de 1883 en los salones de la respetable Logia Esperanza No. 9, en la casa de Las Góndolas, y fue escrito y musicalizado por los masones José Reyes y Emilio Prud'Homme. Esa casa hoy está instituida por decreto presidencial como "Cuna del Himno Nacional"; CONSIDERANDO NOVENO: Que después de la caída de la férrea tiranía de Rafael Leónidas Trujillo, en 1961, se produjeron elecciones nacionales y el país escogió por abrumadora mayoría al ilustre masón profesor Juan Bosch y Gaviño, inaugurando la Cuarta República, después de 30 años de dictadura; CONSIDERANDO DÉCIMO: Que las logias del país exhiben tarjas con los nombres de los héroes, proceres y mártires que ofrendaron sus vidas por la patria;
CONGRESO NACIONAL ASUNTO: Ley que declara el 24 de octubre de cada año como día de la Masonería y del Masón Dominicano. PAG. 3 CONSIDERANDO UNDÉCIMO: Que la filosofía masónica es la doctrina ético-moral que ayuda al mejoramiento del ser humano, de la mano de la ciencia y la cultura. Que los masones desarrollan la práctica de la tolerancia de las ideas, y sus miembros activos son defensores del espacio público de convivencia, paz y libertad, que permite a los ciudadanos convivir en la diferencia; CONSIDERANDO DUODÉCIMO: Que la Comisión Permanente de Efemérides Patrias prepara y organiza cada año los actos y festejos de las jornadas históricas trascendentes para resaltar los valores humanos que han hecho posible la nacionalidad; CONSIDERANDO DÉCIMO TERCERO: Que el 11 de diciembre se celebra el día del masón y fundación de la Gran Logia de la Argentina; que el 28 de marzo está dedicado a celebrar el natalicio de Francisco De Miranda y Día Nacional de la Masonería, y que el 15 de enero se celebra en México el día de la masonería mexicana, en recuerdo del 15 de enero de 1847, cuando se inició como aprendiz de la logia Independencia No. 2 el benemérito libertador Benito Pablo Juárez García; CONSIDERANDO DÉCIMO CUARTO: Que el patrimonio cultural de la nación comprende todos los bienes, valores y símbolos
CONGRESO NACIONAL ASUNTO: Ley que declara el 24 de octubre de cada año como día de la Masonería y del Masón Dominicano. PAG. 4 culturales tangibles e intangibles que son la expresión del pueblo dominicano. VISTA: La Constitución de la República. VISTA: La Ley No. 41-00 del 5 de julio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura. VISTO: El decreto No. 36-97, del 25 de enero de 1997, que crea la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. VISTO: El reglamento No. 4195 del 20 de septiembre de 1969, sobre la Oficina de Patrimonio Cultural. VISTOS: Los reglamentos internos de las Cámaras Legislativas. HA DADO LA SIGUIENTE LEY: Articulo 1.- OBJETO. Esta ley tiene por objeto declarar el día 24 de octubre de cada año como " Día del Masón y la Masonería Dominicana". Articulo 2.- La gran Logia Masónica Dominicana organizará y coordinará anualmente sus actividades conmemorativas, y las diferentes instituciones públicas y privadas, como la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, exhortarán al pueblo dominicano a expresar su reconocimiento a los masones como artífices de la dominicanidad.
CONGRESO NACIONAL ASUNTO: Ley que declara el 24 de octubre de cada año como día de la Masonería y del Masón Dominicano. PAG. Articulo 3.- La presente ley entra en vigencia después de su promulgación y publicación, de acuerdo a lo establecido por la Constitución de la República. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 156 de la Restauración., REINALDO PARED PEREE, Presidente. RAFAEL PORÍ Secretario, MARTÍNEZ, AMARILISJSANTANA CEDANO, Secretaria. lp.
Plantillas - Fiiemaster Page 1 of1 SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Detalle de Iniciativa al 21 de Setiembre del 2018 Número de Iniciativa Tipo de Iniciativa Descripción del Proyecto Historial Materia Anotaciones Especiales Cámara Inicial Veces Devuelto De la Cámara Diputados Conteo de Legislaturas Iniciado Año Legislativo Cuatrienio Legislatura de Inicio Número de Expediente Cámara Diputados Originada por el Poder Número de Oficio Proponentes Comisiones Iniciativa Priorizada Aprobación Presidida Por Secretarios en Aprobación Creado Por Digitado Por Revisado Por Despachado Por Número de Legislatura Vigente Condición Actual : 00776-2018-SLO-SE : Proyecto de Ley : PROYECTO DE LEY QUE DECLARA EL 24 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO DÍA DE LA MASONERÍA Y DEL MASÓN DOMINICANO. : Depositada el 5/9/2018. En Agenda para Tomar en Consideración el 12/9/2018. Tomada en Consideración el 12/9/2018. Liberada de Trámites el 12/9/2018. Aprobada en Primera lectura el 12/9/2018. En Agenda el 19/9/2018. Aprobada en Segunda Lectura el 19/9/2018. En Transcripción Legislativa el 20/9/2018. En Auditoría Legislativa el 20/9/2018. CULTURA Senado de la República 0 Si 12/09/2018 2018 2016-2020 2018-SLO : Senado de la República : Amarilis Santana Cedano y José Rafael Vargas Pantaleón : No : Reinaldo Pared Pérez : Amarilis Santana Cedano y Rafael Porfirio Calderón Martínez Mayra Alcántara Mayra Alcántara Flerida Lara Mayra Alcántara 1 Aprobada c~-> /** r hffn7/sil/yvfilpmaster/wffidiaplantilln asny9thryneh ente=?f169^#ro1errinn=s 1#rnHkjn?i/Q/?ms
K U EL 24 DE OCTUBRE DE CADA ANO LÍA Y DEL MASÓN DOMINICANO, ONSIDERANDO PtíPífelíO: Que el nacimiento de la República es la obra del ilustre gran maestro masónico Juan Pablo Duarte, quien creó la sociedad secreta La Trinitaria e iluminó el camino de la soberanía y de la independencia pura. CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el 24 de Octubre de 1858 se fundó la gran logia masónica, la organización de carácter civil más antigua del país, con 160 años de vida continua. CONSIDERANDO TERCERO: Que el extraordinario aporte de los masones se inicia con la Independencia Efímera, liderada por José Núñez de Cáceres, maestro masón de la Logia Filantropía. CONSIDERANDO CUARTO: Que la lucha por la Restauración o Segunda República, fue la obra de esclarecidos líderes nacionalistas, como Gregorio Luperón y Santiago Rodríguez, ilustres masones que combatieron durante todo el período de la anexión a España. CONSIDERANDO QUINTO: Que los masones sufrieron la persecución y el acoso durante la anexión a España, y sus columnas y templos fueron cerrados. Su lucha continuó en la clandestinidad, destacándose los masones de las logias Cuna de América, Nuevo Mundo y La Esperanza. CONSIDERANDO SEXTO: Que durante la Tercera República, destacados masones lideraron la oposición a la ocupación de EE.UU. de 1916, entre ellos Don Francisco Henríquez y Carvajal y Francisco J. Peynado. CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que la masonería dominicana, encabezada por la Gran Logia y el Supremo Consejo Grado 33, auspició la Tenida patriótica contra la intervención, celebrada en la Logia Libertad No. 20, templo que se conoce como el bastión de la Tercera República. CONSIDERANDO OCTAVO: Que el Himno Nacional Dominicano fue interpretado por primera vez el 17 de agosto de 1883 en los salones de la respetable Logia Esperanza No. 9, en la casa de Las Góndolas, y fue escrito y musicalizado por los masones José Reyes y Emilio Prud'Homme. Esa casa hoy está instituida por decreto presidencial como "Cuna del Himno Nacional". CONSIDERANDO NOVENO: Que después de la caída de la férrea tiranía de Rafael Leónidas Trujillo, en 1961, se produjeron elecciones nacionales y el país escogió por abrumadora mayoría al ilustre masón profesor Juan Bosch y Gaviño, inaugurando la Cuarta República, después de 30 años de dictadura.
CONSIDERANDO DÉCIMO: Que las logias del país exhiben tarjas con los nombres de los héroes, proceres y mártires que ofrendaron sus vidas por la patria. CONSIDERANDO UNDÉCIMO: Que la filosofía masónica es la doctrina ético-moral que ayuda al mejoramiento del ser humano, de la mano de la ciencia y la cultura. Que los masones desarrollan la práctica de la tolerancia de las ideas, y sus miembros activos son defensores del espacio público de convivencia, paz y libertad, que permite a los ciudadanos convivir en la diferencia. CONSIDERANDO DUODÉCIMO: Que la Comisión Permanente de Efemérides Patrias prepara y organiza cada año los actos y festejos de las jornadas históricas trascendentes para resaltar los valores humanos que han hecho posible la nacionalidad. CONSIDERANDO DÉCIMO TERCERO: Que el 11 de diciembre se celebra el día del masón y Fundación de la Gran Logia de la Argentina; que el 28 de marzo está dedicado a celebrar el natalicio de Francisco De Miranda y Día Nacional de la Masonería, y que el 15 de enero se celebra en México el día de la masonería mexicana, en recuerdo del 15 de enero de 1847, cuando se inició como aprendiz de la logia Independencia No. 2 el benemérito libertador Benito Pablo Juárez García. CONSIDERANDO DÉCIMO CUARTO: Que el patrimonio cultural de la nación comprende todos los bienes, valores y símbolos culturales tangibles e intangibles que son la expresión del pueblo dominicano. VISTA: La Constitución de la República de 2010; VISTA: La ley No. 41-00 del 5 de julio del 2000, que creaba la Secretaría de Estado de Cultura; VISTO: El decreto No. 36-97, del 25 de enero del 1997, que crea la Comisión Permanente de Efemérides Patrias; VISTO: El reglamento No. 4195 del 20 de septiembre del 1969, sobre la Oficina de Patrimonio Cultural. VISTOS: Los reglamentos internos de las Cámaras Legislativas. HA DADO LA SIGUIENTE LEY: Artículo 1.- OBJETO. Esta ley tiene por objeto declarar el día 24 de Octubre de cada año como " Día del Masón y la Masonería Dominicana".
Artículo 2.- La gran Logia Masónica Dominicana organizará y coordinará anualmente sus actividades conmemorativas, y las diferentes instituciones públicas y privadas, como la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, exhortarán al pueblo dominicano a expresar su reconocimiento a los masones como artífices de la dominicanidad. Artículo 3.- La presente ley entra en vigencia después de su promulgación y publicación, de acuerdo a lo establecido por la Constitución de la República. Dada en la sala de sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los... PROPONENTES: Dra. Amarilis Santana Senadora de la República Por la Provincia La Romana Si Dr. José Rafael Vargas \ -Senador de la República""'" Por la Provincia Espaillat
SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA SECRETARIA GENERAL LEGISLATIVA "Año del Fomento de las Exportaciones" 00776-2018-SLO-SE Análisis Legislativo Asunto: Revisión del proyecto de ley que declara el 24 de octubre de cada año como día de la Masonería y del Masón Dominicano. Atención: Lie. Mercedes Camarena Abréu-Secretaria General Legislativa interina. Distinguida Secretaria: Tengo a bien remitirle la revisión de la iniciativa descrita en el asunto, depositada el 5 de septiembre de 2018, con nuestras sugerencias, consideraciones y observaciones, presentada por los senadores Amarilis Santana y José Rafael Vargas por las provincias La Romana y Espaillat. Objetivo de esta iniciativa: Declarar el día 24 de Octubre de cada año como día del Masón y la Masonería Dominicana. Comisión recomendada: La Comisión Permanente de iniciativa. Cultura es la recomendada para el estudio de la referida Leves, decreto y reglamentos vinculados a la iniciativa. s Constitución de la República de 2010. s S Ley No. 41-00 del 5 de julio de 2000, que creaba la Secretaría de Estado de Cultura. Decreto No. 36-97, del 25 de enero del 1997, que crea la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. s Reglamento No. 4195 del 20 de septiembre del 1969, sobre la Oficina de Patrimonio Cultural. / Reglamentos internos de las Cámaras Legislativas. Estructure de la iniciativa: S Catorce considerandos. s Cinco vistas. s Tres artículos.
Observaciones: El objetivo de esta iniciativa es declarar el 24 de cada año como día de la Masonería y el masón Dominicano, la cual es considerada como una doctrina moral que trata del mejoramiento del hombre con la ayuda de la Filosofía, la Ciencia y la Cultura. Que luchan en secreto por las personas, en su aspecto físico y espiritual y consiste en la formación ética de los hombres para que sus integrantes sean mejores ciudadanos ante la sociedad. Los masones participaron en la fundación de la sociedad secreta La Trinitaria, en la proclamación del 27 de febrero y en la Guerra de la Restauración. En octubre de 1858 se fundó la Gran Logia Nacional, que es la organización civil más antigua de la República Dominicana. En la independencia dominicana hubo participación de personas ligadas a la masonería, el padre de la patria Juan Pablo Duarte fue masón y bajo esos principios creó la sociedad secreta La Trinitaria en el año 1838, donde se dieron los primeros pasos para la emancipación en el 1844. Otras anotaciones: Según el artículo 279, del Reglamento Interno del Senado, las comisiones una vez hayan concluido los trabajos, rendirán el informe correspondiente, con o sin modificaciones recomendándole al Pleno la aprobación o rechazo del mismo. Las comisiones tienen hasta treinta días hábiles para realizar todas las gestiones que concluyan con la decisión de la comisión. De manera excepcional y previa justificación de la prórroga solicitada, dicho plazo podría extenderse por hasta treinta días hábiles adicionales. Atentamente, Lie. María Josefina Pérez. Abogada ayudante. Corregido Por: Lie. Flérida Lara, Encargada División Trámite Legislativo Nuris Liranzo, Correctora y Estilo Revisado por: Lie. Mercedes Camarena Abréu., Secretaria General Legislativa Interina.