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REUNIDOS. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto. I.

Transcripción:

CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TLAXCALA EN LO SUCESIVO DENOMINADA "LA UATx", A TRAVÉS DE SU RECTOR, DOCTOR SERAFIN ORTIZ ORTIZ; LA ASOCIACION DE CIUDADANOS POBLANOS UNIDOS POR LA JUSTICIA Y LA ATENCiÓN A VICTIMAS DEL DELITO A.C. EN LO SUCESIVO DENOMINADA "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA", A TRAVES DE SU PRESIDENTE, LIC. JESÚS MIGOYA JUNCO; JUSTICIA CIUDADANA TLAXCALA EN LO SUCESIVO DENOMINADA "JUSTICIA CIUDADANA TLAXCALA", REPRESENTADO POR EL LIC. JOSE GILBERTO TEMOL TZIN MARTINEZ EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: 1. Que es un organismo de servicio público descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena autonomía en su régimen jurídico, económico y administrativo, creado por el Ejecutivo del Estado mediante el decreto No. 95 de fecha 24 de noviembre de 1976. 2. Que de conformidad con el Articulo 4 del Capítulo Primero de la Ley Orgánica, tiene como objetivo impartir la enseñanza superior independiente y ajena a partidos políticos para formar profesionales en la ciencia y en la técnica e investigadores y catedráticos de nivel universitario. Organizar y realizar trabajos de investigación científica. Desarrollar en el individuo cualidades físicas, intelectuales, ética y de solidaridad social. Contribuir a mejorar el nivel físico, moral, cultural, humanístico, científico y técnico de la población del Estado y de la nación, así como fomentar relaciones con otras universidades y centros de estudio de la nación y del extranjero. 3. Que el Dr. Serafín Ortiz Ortiz en su carácter de Rector de la Universidad Autónoma de Tlaxcala está facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a lo establecido en el acta de

Consejo Universitario con fecha 14 de Octubre de 2005, ante Notario Público. 4. Que para efectos del presente Convenio, señala como su domicilio legal Av. Universidad numero 1, Colonia la Loma Xicohtencatl, en la Ciudad de Tlaxcala, C.P. 90000. 1. Que se encuentra legalmente constituida en términos del instrumento notarial número 964, volumen 14, pasado ante la fe del Licenciado Carlos Alberto Julián y Nacer, Notario Público Auxiliar número 57 de los de Puebla, por lo que ésta cuenta con la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio, y que el Lic. Jesús Migoya Junco fue nombrado Presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Justicia Ciudadana por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Consejo, con fundamento en las fracciones VII, IX, del Articulo 4 0 de los Estatutos de la Asociación Civil denominada "ASOCIACION DE CIUDADANOS POBLANOS UNIDOS POR LA JUSTICIA Y LA ATENCION A VICTIMAS DEL DELITO A.C.", por lo que goza de las mas amplias facultades para representar a "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA". 2. Que tiene como sede el domicilio que ocupa en el edificio marcado con el número novecientos veinte, segundo piso de la Avenida veintitrés poniente en la Colonia Chulavista de la Ciudad de Puebla. 3. Que de acuerdo a lo que señala las Fracciones VII y IX, del Articulo 4o de los Estatutos de "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA", tiene entre sus atribuciones la de prestar los servicios sociales cuando lo sean solicitados y participar en sociedades y asociaciones civiles que tengan por objeto el bienestar social, atribuciones todas ellas, bases del presente convenio.

1. Que se encuentra legalmente constituida en términos de la escritura notarial número 35,711 libro numero 396, pasado ante la fe de la Licenciada Maria Josefina del Rayo Cabrera Guarneros, Notario Público número 1, del Distrito Judicial de Morelos Estado de Tlaxcala, e inscrita debidamente ante el registro Publico de la Propiedad y el Comercio del Estado de Tlaxcala, bajo la partida numero 426, a fojas numero 123 frente de la sección quinta, del volumen 14, de fecha 29 d mayo del año 2008, por lo que cuenta con la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio. La personalidad del señor Lic. José Gilberto Temoltzin Martínez, se acredita en términos del acta de asamblea general ordinaria de fecha 12 de Septiembre de 2007. 2. Que tiene como sede, el domicilio ubicado en Avenida Juárez número 58, interior 5 Tlaxcala, Tlax. 3. Que tiene por objeto entre otros, brindar asesoria jurídica gratuita a personas de escasos recursos, comunidades indígenas, así como otros grupos que por motivos de sexo, edad, discapacidad son vulnerables, para lo cual se realizará asistencia para presentar denuncias y querellas ante el Ministerio Público local y federal, Comisión de Derechos Humanos y/o cualqui~r autoridad que resulte competente para conocer de tales diligencias. 4. Dentro de los objetivos: 1. Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas. 2. Capacitar continuamente a los pasantes y personal operativo que colabore en la Asociación. 1. Se reconocen la personalidad con la que comparecen en el presente Convenio, para los efectos que haya lugar derivados de los programas que se instrumenten. 2. El presente Convenio se formula con el interés de realizar acciones conjuntas para fortalecer la vinculación entre "LA UATx", "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA" Y "JUSTICIA CIUDADANA TLAXCALA".

3. Que es su voluntad establecer lazos de colaboración y sumar esfuerzos para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, motivo por el cual están de acuerdo en las siguientes: El presente convenio tiene por objeto: Establecer los lineamientos bajo los cuales, "LA UATx", "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA" Y "JUSTICIA CIUDADANA TLAXCALA", conjuntarán esfuerzos para operar el programa denominado "ORIENTACiÓN y APOYO JURIDICO-PSICOLOGICO GRATUITO A VICTIMAS DEL DELITO", ofreciendo dar asesoria psicológica y apoyo jurídico a toda persona que lo solicite desde el momento en que es victima de un delito, asesoria que realizarán los alumnos de "LA UATx" en el desarrollo de su servicio social, de igual manera pugnar por la implementación de la Mediación como forma de autocomposición asistida de las controversias entre las partes, así como por la puesta en marcha en el Estado del Fondo Permanente de Recompensas. 1. A coadyuvar desde sus respectivos. ámbitos de competencia en la búsqueda de un clima de solidaridad entre los ciudadanos, alentando la denuncia de los delitos ya sea que el ciudadano haya sido victima o simplemente tenga conocimiento de la perpetración de los mismos y hayan tenido el valor de denunciarlos. 2. A promover, desarrollar e impartir cursos, conferencias, seminarios y proyectos conjuntos que desemboquen en el logro del objeto del presente instrumento. 3. A difundir por los medios a su alcance las actividades y resultados que se obtengan en el marco de este convenio.

1. Todas las actividades que se lleven a cabo dentro del programa objeto del presente Convenio, serán a titulo gratuito para los estudiantes. 2. Las partes están de acuerdo en mantener estrecha comunicación sobre las características, requisitos, antecedentes, procesos y organización del programa mencionado. Para el adecuado desarrollo de las actividades que se generen con motivo del cumplimiento del objeto de este convenio, las partes están de acuerdo en integrar una Comisión Técnica, misma que estará integrada por dos representantes de cada institución, siendo el nombramiento de carácter honorífico, por lo tanto, no da derecho a retribución alguna por su desempeño. Durante el desarrollo de las acciones del proyecto, se registrarán acuerdos con base en minutas, mismas que deberán ser consideradas como referencia en la solución de cualquier eventualidad. 2. Coordinar la realización de las actividades señaladas en las cláusulas del presente instrumento. 3. Dar seguimiento e informar periódicamente de los resultados a las partes que representan. 4. Determinar y apoyar las acciones a ejecutar, con el fin de dar cumplimiento al objeto de este acuerdo.

Las partes se comprometen en vigilar que toda la información obtenida en virtud del presente Convenio se aplicará única y exclusivamente al desarrollo del mismo, considerando que esta información no crea derechos ni establece obligaciones distintas a las contenidas en este instrumento. 1. Las partes acuerdan que la realización del programa "ORIENTACiÓN y APOYO JURIDICO-PSICOLOGICO GRATUITO A VICTIMAS DEL DELITO" no establece ninguna relación, obligación o compromiso de orden laboral entre los participantes o entre la "LA UATx", "JUSTICIA CIUDADANA PUEBLA" Y "JUSTICIA CIUDADANA TLAXCALA". 2. Las partes se comprometen a no intervenir en asuntos laborales o sindicales ni en aquellos que comprometan la operación particular de cada parte y sus trabajadores. 1. La duración del presente Convenio será por tiempo indefinido a partir de la fecha de su firma. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado en el momento en que lo considere oportuno, sin necesidad de resolución judicial, mediante aviso por escrito dado a la contraparte, con treinta días de anticipación. 2. La conclusión del Convenio no libera a ninguna de las partes del cumplimiento de los compromisos previamente asumidos. 3. Las partes están obligadas a mantener el presente acuerdo actualizado y se comprometen a proporcionar oportunamente toda clase de información y auxilio requerido para este efecto, así como

modificar su contenido o adicionar el mismo, previo acuerdo entre ellas en el momento en que las circunstancias así lo requieran. Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que nada de lo mencionado en el presente será interpretado como creación de relaciones legales entre las partes. Este Convenio se entenderá como declaración de intención para fomentar auténticos y mutuos beneficios de colaboración. LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO Y ESTANDO LAS PARTES CONFORMES CON EL ALCANCE DE TODAS SUS CLAUSULAS, LO FIRMAN POR DUPLICADO EN LA CIUDAD DE TLAXCALA; A LOS TRECE DíAS DEL MES DE JUNIO DE 2008. POR "JUSTICIA CIUDADANA" TLAXCALA" --i-- LIC. JOSÉ GILBER MARTíN PRESIDENTE MTRO. HECTOR A.F. MARTINEZ DE LA FUENTE ASISTIENDO AL DR. LEOPOLDO ZARATE AGUILAR. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TLAXCALA