ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ANDALUZA DE LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS Y LA CONFEDERACIÓN GRANADINA DE EMPRESARIOS



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Transcripción:

ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ANDALUZA DE LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS Y LA CONFEDERACIÓN GRANADINA DE EMPRESARIOS En la Ciudad de Granada a 14 de septiembre de dos mil siete. REUNIDOS De una parte: Don Miguel Ángel Vílchez Pérez, mayor de edad, vecino de Granada, con D.N.I. número 24283167-C, en su calidad de Presidente del Patronato de FAGA. Fundación Andaluza de los Gestores Administrativos (en lo sucesivo FAGA), con CIF G-18.745.877, en nombre y representación de la misma, con domicilio en Granada, calle Frailes nº30, bajo. Y de otra: Don Gerardo Cuerva Valdivia, mayor de edad, vecino Granada, con D.N.I. número 24.250.823-Z en su calidad de Presidente de la Confederación Granadina de Empresarios (en lo sucesivo Confederación), con CIF G-18.038.224, en nombre y representación de la misma, con domicilio en Granada, calle Maestro Montero nº23. Los comparecientes, según intervienen, se reconocen recíprocamente entre sí plena capacidad legal para obligarse de conformidad con lo estipulado en el presente Acuerdo Marco de Colaboración y, a dichos efectos, EXPONEN I.- Que FAGA es una Fundación, constituida el 3 de octubre de 2005 por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Jaén y Almería, de ámbito autonómico andaluz. Dentro del marco general de sus actividades, ha puesto en marcha el servicio de adaptación a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, para facilitar y promover el conocimiento y cumplimiento de las obligaciones que establecen la citada norma legal y las que la desarrollan y complementan. Con este servicio FAGA por un lado, pretende facilitar a la Confederación la ampliación de la oferta de servicios por parte de la misma a sus Asociaciones y de éstas, a sus asociados y por otro, pretende cubrir la necesidad del empresario de estar adecuado a la Ley Orgánica de Protección de Datos y cumplir con los preceptos de la Ley.

II.- Que la Confederación, que aglutina a los empresarios de toda la provincia de Granada, quiere prestar a sus miembros el mayor número posible de servicios de máxima calidad y, sobre todo, utilidad. III.- Todas las Asociaciones miembro de la Confederación pueden acogerse a este Acuerdo Marco, así como las empresas asociadas a dichas organizaciones miembro, firmando el convenio y la correspondiente subrogación en su caso, y disfrutar de los beneficios económicos y de gestión que el mismo ampara. IV.- La base de la colaboración entre FAGA, la Confederación y las Asociaciones miembros de ésta se centra en aunar las actividades encaminadas a la prestación del servicio de Protección de Datos a sus respectivos asociados y compartir los esfuerzos para el beneficio común de las entidades, a cuyo fin acuerdan formalizar el presente Acuerdo Marco de Colaboración, conforme a las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA- COMPROMISOS DE FAGA RESPECTO AL SERVICIO DE LODP: FAGA se compromete a facilitar para su distribución o distribuir la información de carácter publicitario (folletos, póster, flyers, ) necesaria para la correcta difusión del servicio de LOPD entre los asociados. FAGA podría llevar a cabo jornadas informativas a los empresarios. FAGA se compromete a prestar a los empresarios asociados que lo requieran, los servicios que se especifican a continuación, conforme las condiciones que se recogen en el presente Acuerdo Marco y en sus anexos: a) Implantación: Diagnóstico de los Datos. Confección de los modelos oficiales y las gestiones necesarias para la inscripción de los s en el Registro General de Protección de Datos, de la Agencia Española de Protección de Datos. Elaboración del Documento de Seguridad de datos, conforme la normativa vigente. Dossier de los modelos de contrato o las leyendas necesarias para cumplir con las obligaciones recogidas en la normativa vigente en la materia.

b) Mantenimiento: Confección de los modelos oficiales y las gestiones necesarias para la inscripción de las modificaciones que correspondan en los s en el Registro General de Protección de Datos. Actualización del Documento de Seguridad de datos y verificación de las medidas correctoras. c) Auditoría bienal: La Auditoría, para aquellos s que tengan un nivel de seguridad medio o alto, es obligatoria. SEGUNDA - COMPROMISOS DE LA CONFEDERACIÓN: La Confederación se compromete a difundir el contenido del presente Acuerdo Marco entre sus asociados y facilitar a FAGA los medios para la promoción del servicio de LOPD. Para esta difusión se podría llevar a cabo un anuncio de la Fundación o del servicio de LOPD en medios de la Confederación, establecer un enlace con la Fundación en la página Web de la Confederación, y cualquier otra opción que se plantease para el desarrollo de este fin. TERCERA.- OTROS SERVICIOS: Siempre que FAGA ponga en marcha otros servicios que puedan ser de interés, establecerá líneas de colaboración con la Confederación como Anexos al presente Acuerdo Marco de Colaboración. CUARTA.- VIGENCIA El presente Acuerdo Marco tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de su firma y se prorrogará automáticamente por periodos similares si no se denuncia expresamente por alguna de las partes con una antelación mínima de un mes. QUINTA.- RESOLUCION DEL CONTRATO El incumplimiento por cualquiera de las partes de todas o alguna de las obligaciones que, respectivamente, asumen en el presente Acuerdo Marco de Colaboración será motivo de resolución de éste a instancias de la otra, bastando para ello el simple requerimiento fehaciente a dicha parte por la que inste la resolución.

SEXTA.- CONDICIONES ECONÓMICAS: Las condiciones económicas se desarrollan en el ANEXO I y corresponden a lo acordado por las partes que suscriben el presente Acuerdo Marco de Colaboración SÉPTIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS. FAGA se compromete a adoptar e implementar las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y, en particular, las establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, para los datos y s objeto de este documento. De acuerdo con lo expresado en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, no será considerado comunicación ni cesión de datos el acceso por FAGA a los datos de carácter personal de los comercios de la Confederación, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, es necesario para realizar la prestación del servicio contratado. Es por ello que, a todos los efectos de normativa de protección de datos, FAGA será considerado como encargado del tratamiento de los datos de los asociados y, de acuerdo con ello, se establece expresamente que FAGA únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de los empresarios, expresadas en el presente contrato, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos por FAGA al responsable del tratamiento, si así lo requiere por escrito, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. OCTAVA.- FUERO. Las partes contratantes se someten al fuero y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Granada para cuantas acciones o reclamaciones puedan derivarse del cumplimiento, incumplimiento e interpretación de este Acuerdo Marco de Colaboración.

En prueba de conformidad con el contenido íntegro de este documento y su anexo I (condiciones económicas), ambas partes lo firman por duplicado, todo ello en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. FUNDACIÓN ANDALUZA DE LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS CONFEDERACIÓN GRANADINA DE EMPRESARIOS ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO Miguel Ángel Vílchez Pérez Gerardo Cuerva Valdivia

ANEXO I: CONDICIONES ECONÓMICAS Las presentes condiciones económicas están subordinadas al cumplimiento por las partes de los compromisos establecidos en el Acuerdo Marco de colaboración del cual este anexo es parte. Los s establecidos son: Confederación Implantación Mantenimiento Auditoria Bienal 6 o menos s 405,00 48,00 /trimestre SIN CARGO* 48 por No incrementa No incrementa Asociaciones Implantación Mantenimiento Auditoria Bienal 6 o menos s 405,00 48,00 /trimestre 268 48 por No incrementa No incrementa Asociados Implantación Mantenimiento Auditoria Bienal 6 o menos s 405,00 48,00 /trimestre 268 48 por No incrementa No incrementa Asociados con Condiciones Especiales 6 o menos s de empresas con más de 15 trabajadores Implantación Mantenimiento Auditoria bienal 450,00 48,00 /trimestre 375 48,00 por No incrementa Los s reflejados no incluyen el IVA y estarán sujetos a las variaciones del IPC. *En caso de aportar al menos 10 clientes. No incrementa