ANEXO III LISTA DE LOS ESTADOS UNIDOS. Sección A. Servicios Financieros. Central



Documentos relacionados
ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE ESTADOS UNIDOS CON RESPECTO A SERVICIOS FINANCIEROS. Nota Introductoria para la Lista de Estados Unidos

Anexo III. Medidas Disconformes sobre Servicios Financieros. Lista de Estados Unidos. Notas Explicativas

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES PARA SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Estados Unidos. Nota Explicativa

Anexo III Medidas disconformes de Estados Unidos con respecto a Servicios Financieros. Nota Introductoria para la Lista de Estados Unidos

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES CON RESPECTO A SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de los Estados Unidos. Nota Introductoria

Texto sujeto a revisión legal para asegurar su precisión, claridad y congruencia Texto sujeto a autenticación de idiomas ANEXO III

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Guatemala. Notas Explicativas

ANEXO III LISTA DE LOS ESTADOS UNIDOS NOTAS INTRODUCTORIAS

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Honduras

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Honduras

ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Costa Rica. Nota Explicativa. el Artículo 12.2 (Trato Nacional);

ANEXO III LISTA DEL PERÚ. Sección A. Servicios Bancarios y Demás Servicios Financieros (Excluidos los Seguros)

Anexo VI. Lista de México. Sección A

ANEXO IV. Lista de Estados Unidos de América (1) Disposiciones El Artículo (a) y (c) (i), respecto a servicios financieros

ANEXO III COSTA RICA NOTAS HORIZONTALES

Anexo III. Medidas Disconformes en Servicios Financieros. Lista de Panamá. Notas Explicativas. el Artículo 12.3 (Trato de Nación Más Favorecida);

LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A. Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros)

ANEXO III. Lista de Honduras. Servicios Financieros. Notas Explicativas

Anexo VI. Lista de El Salvador. Sección A

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Aponte Dalmau

ANEXO III LISTA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

ANEXO III LISTA DE NUEVA ZELANDA NOTAS INTRODUCTORIAS

Medidas Disconformes de Nicaragua con respecto a Servicios Financieros

Anexo VI. Lista del Perú. Sección A. Servicios Financieros

Anexo I Colombia. Todos los sectores. Comercio Transfronterizo de Servicios

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE PANAMÁ NOTAS HORIZONTALES

ANEXO III. Servicios Financieros. Medidas Disconformes. 1. Cada Parte tiene una lista en el presente Anexo en la cual se estipula:

CAPÍTULO DIEZ COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS. comercio transfronterizo de servicios significa suministrar un servicio:

CAPITULO 11: COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS. comercio transfronterizo de servicios o servicio transfronterizo: la prestación de un servicio:

ANEXO III LISTA DE COLOMBIA SECCIÓN I. Servicios bancarios y demás servicios financieros (excluidos seguros)

ANEXO I LISTA DE LOS ESTADOS UNIDOS. Atomic Energy Act of 1954, 42 U.S.C et seq.

REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES

ANEXO II. Lista de Estados Unidos. Comercio Transfronterizo de Servicios e Inversión

ANEXO II LISTA DE LOS ESTADOS UNIDOS. Comunicaciones

ANEXO. de la. Propuesta de Decisión del Consejo

CAPITULO QUINCE COMERCIO ELECTRÓNICO

ANEXO III LISTA DE SINGAPUR NOTAS INTRODUCTORIAS

Comités de donación pequeña: (c) Mil dólares por candidato en cada elección. (a) PAC regular:

CAPÍTULO 11 COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS. comercio transfronterizo de servicios o servicio transfronterizo: la prestación de un servicio:

LEY DE AGOSTO DE 1999

Anexo II. Lista de Chile. Trato de Nación Más Favorecida (artículo11.3)

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Anexo II. Lista de Estados Unidos. Inversión y Comercio transfronterizo de servicios

ANEXO III. Lista de Panamá. Sección I. CPC 811 Servicios de intermediación financiera salvo seguros y fondos de pensiones

APÉNDICE 1 AL ANEXO XVIII REFERIDO EN EL ARTÍCULO 5.4 RESERVAS DE COSTA RICA

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CAPÍTULO 10 COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS

ANEXO III LISTA DE JAPÓN NOTAS INTRODUCTORIAS

Sociedades en derecho Mercantil

Año contributivo comenzado el de de 20 y terminado el de de 20 Número de Seguro Social. bajo las siguientes leyes: Socio ilimitado

Política de Salvaguarda de Activos

NORMAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE BANCOS EXTRANJEROS COMO DE PRIMER ORDEN

Anexo II. Lista de Estados Unidos. Obligaciones Afectadas: Trato de Nación Más Favorecida (Artículos 10.4 y 11.3)

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007

Capítulo Dos. Definiciones Generales. Para los efectos de este Tratado, a menos que se especifique otra cosa:

Enmienda Constitucional Propuesta que se votarán el 30 de Agosto de Departamento de Estado de Florida, División de Elecciones

ANEXO I. Lista de Guatemala. Medidas: Decreto No que reforma Decretos No y 48-72, Arts. 1 y 2

Anexo II Medidas Futuras. Lista de Costa Rica. Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios. servicios aéreos;

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

FONDO DE PENSIONES T-1 SCOTIA CRECER AFP, S. A. Estados Financieros - Base Regulada. 31 de diciembre de 2011

PROYECTO DE NORMA SOBRE LIMITACIONES DE CONCENTRACIÓN DE CRÉDITOS A PARTES RELACIONADAS Y UNIDADES DE INTERÉS

CAPÍTULO 11 SERVICIOS FINANCIEROS. comercio o suministro transfronterizo de servicios financieros: el suministro de un servicio financiero:

ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN

MÉXICO - MEDIDAS QUE AFECTAN A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

64 División: Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

PJD-SGS de setiembre de Máster Javier Cascante Elizondo Superintendente General de Seguros. Estimado señor:

SOCIEDADES DE LAS ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS (BVI)

ISR Personas Físicas Ingresos x Intereses

Anexo I. Colombia. Todos los sectores. Comercio transfronterizo de servicios

C I R C U L A R N 2.015

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON SUBSIDIO RAP

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

Pautas para informar las contribuciones en efectivo y en especie

LISTA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA ANEXO I: MEDIDAS EXISTENTES. Medidas: Código de Comercio, 1971, Artículos 469, 471 y 474

Guía para la Preparación de Normas Prestatarias

Guía del Aseguramiento de Inversiones. ASEGURANDO INVERSIONES r ASEGURANDO OPORTUNIDADES

INSTRUCCIONES GENERALES SOBRE INFORMACION QUE DEBERA PROPORCIONAR TODA PERSONA QUE HABITUALMENTE CONCEDA CREDITOS AL PUBLICO EN GENERAL O A UN SECTOR

CAPÍTULO X. empresa: significa una "empresa" como está definida en el Artículo 2-01 (Definiciones Generales), y la sucursal de una empresa;

Proporcionar a YVL con bienes y servicios en el momento y lugar necesarios y con los estándares requeridos de calidad y cantidad;

Los seguros marítimos y el mercado abierto de seguros - Seguros marítimos obligatorios.

DEFINICIONES Y DOCUMENTOS REQUERIDOS

Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-República Dominicana y Estados Unidos La regulación sobre la prestación de servicios de seguros

Epígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 2. Transferencias y Otras Órdenes de Pago transfronterizas. En vigor a partir del

Comercio Justo México, A.C.

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero

ANEXO III LISTA DE AUSTRALIA. Medidas Disconformes de Australia con respecto a Servicios Financieros. Nota Introductoria para la Lista de Australia

TILA RESPA Integrated Disclosure

Incentivos Exportación de Servicios y para nuevos residentes (Casos de Éxito)

PROPUESTA DE ACUERDO A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE MERLIN PROPERTIES, SOCIMI, S.A

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES

ANEXO VI LISTA DE NICARAGUA. Sección A

ANEXO 11-C SERVICIOS FINANCIEROS. 1. Este Anexo aplica a las medidas que afectan el comercio de servicios financieros 1.

REGLAMENTO PROMOCIÓN. Gane con su Crédito Hipotecario una pantalla LED de 40

RÉGIMEN DE ACTUACIÓN TRANSFRONTERIZA (PASAPORTES) BORRADOR

ANEXO II LISTA DE CANADÁ NOTAS INTRODUCTORIAS

RESOLUCIÓN No. 1 SOBRE LIMITES DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES.

LISTA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS ANEXO II: MEDIDAS A FUTURO. Sector: Servicios Prestados a las Empresas Ingenieros agrónomos

Condiciones sobre crédito de vivienda en dólares y colones

Transcripción:

ANEXO III LISTA DE LOS ESTADOS UNIDOS Sección A Sector: Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Obligaciones Afectadas: Altos Ejecutivos y Juntas Directivas (Art. 12.8) Medida: 12 U.S.C. 72 Todos los directores de un banco nacional deberán ser ciudadanos de Estados Unidos, excepto que el Comptroller of the Currency puede eximir del requisito de ciudadanía a no más de una minoría del número total de directores.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Obligación afectada: Trato Nacional (Artículo 12.2) Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medida: 12 U.S.C. 619 La propiedad extranjera de las corporaciones Edge está limitada a los bancos extranjeros y subsidiarias estadounidenses de bancos extranjeros, mientras que las empresas no bancarias nacionales podrán ser propietarias de tales corporaciones.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medidas: 12 U.S.C. 1463 et seq. & 12 U.S.C. 1751 et seq. La legislación federal y estatal no permite que los servicios de cooperativa de crédito, banco de ahorro o asociación de ahorro (las dos últimas entidades pueden también ser llamadas thrift institutions) sean establecidos en Estados Unidos a través de sucursales de corporaciones organizadas de conformidad a la legislación de un país extranjero.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medida: 12 U.S.C. 3104(d) Un banco extranjero deberá establecer una subsidiaria bancaria asegurada para aceptar o mantener cuentas de depósito nacionales individuales con saldos inferiores a $ 100,000 dólares. Esta disposición no se aplica a una sucursal de un banco extranjero que recibiera depósitos asegurados con antelación al 19 de diciembre de 1991.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Medidas: 15 U.S.C. 80b-2, 80b-3 Se exige a los bancos extranjeros que se registren como asesores de inversión de conformidad con el Investment Advisers Act of 1940 para suministrar servicios de asesoría en materia de valores y de administración de inversiones en Estados Unidos, en tanto que los bancos nacionales* (o un departamento o división separadamente identificable del banco) están exentos del requisito de registro, a menos que asesoren a compañías de inversión registradas. El requisito de registro involucra la mantención de registros, inspecciones, presentación de informes, y el pago de un derecho. *Para mayor claridad, bancos nacionales incluyen subsidiarias bancarias en Estados Unidos de bancos extranjeros.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Medida: 12 U.S.C. 221, 302, 321 Los bancos extranjeros no pueden ser miembros del Federal Reserve System, y por lo tanto, no pueden votar por directores de un Federal Reserve Bank. Las subsidiarias bancarias de propiedad extranjera no están sujetas a esta medida.

Obligación Afectada: Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medidas: 12 U.S.C. 36(g); 12 U.S.C. 1828(d)(4); 12 U.S.C. 1831u(a)(4) Estados Unidos no asume compromisos con respecto al Artículo 12.4 (b) en relación con la expansión, a través del establecimiento de una sucursal o la adquisición de una o más sucursales de un banco sin adquirir la totalidad del banco, por parte de un banco extranjero en otro estados desde su estado de origen, tal como se define ese término en las legislación aplicable. Dicha expansión se otorgará sobre bases de trato nacional de acuerdo con la nota horizontal 2(a), excepto en lo que se indique en esta lista.

Obligación Afectada: Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medida: 12 U.S.C. 1831u La expansión entre estados de un banco extranjero a través del establecimiento de sucursales mediante la fusión con un banco ubicado fuera del estado de origen del banco extranjero, tal como se define ese término en la legislación aplicable, será otorgado sobre bases de trato nacional de acuerdo con la nota horizontal 2(a), excepto en lo que se indique en esta lista.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medidas: 12 U.S.C. 3102(a)(1); 12 U.S.C. 3103(a); 12 U.S.C. 3102(d) El establecimiento de una sucursal federal o de una agencia de un banco extranjero no está disponible en los siguientes estados que podrán prohibir el establecimiento de una sucursal o agencia de un banco extranjero: Las sucursales y agencias podrán ser prohibidas en Alabama, Kansas, Maryland, North Dakota y Wyoming. Las sucursales, pero no las agencias, podrás ser prohibidas en Delaware, Florida, Georgia, Idaho, Louisiana, Mississippi, Missouri, Oklahoma, Texas, y West Virginia. Ciertas restricciones a poderes fiduciarios se aplican a las agencias federales. Nota: Las medidas federales citadas establecen que ciertas restricciones legales estatales aplicarán al establecimiento de sucursales o agencias federales.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Obligación Afectada: Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.3) Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medidas: 15 U.S.C. 77jjj(a)(1) La facultad para actuar como fiduciario único de contratos de oferta de bonos en Estados Unidos está sujeta a una prueba de reciprocidad.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Obligación Afectada: Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.3) Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Medidas: 22 U.S.C. 5341-5342 La designación como primer colocador de valores de deuda del gobierno de Estados Unidos está condicionada a la reciprocidad.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Obligación Afectada: Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.3) Medidas: 15 U.S.C. 78o(c) Un intermediario de valores registrado de conformidad con la legislación de Estados Unidos que tiene su principal domicilio comercial en Canadá, puede mantener sus reservas obligatorias en un banco en Canadá, sujeto a la supervisión de Canadá.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Medidas: 12 U.S.C. 1421 et seq. (Federal Home Loan Banks); 12 U.S.C. 1451 et seq.(federal Home Loan Mortgage Corporation); 12 U.S.C. 1717 et seq. (FederalNational Mortgage Association); 12 U.S.C. 2011 et seq. (Farm Credit Banks); 12U.S.C. 2279aa-1 et seq. (Federal Agricultural Mortgage Corporation); 20 U.S.C. 1087-2 et seq. (Student Loan Marketing Association) Estados Unidos podrá otorgar ventajas, incluyendo pero no limitadas a las siguientes 1, a una o más de las Government Sponsored Enterprises (GSEs) listadas arriba: El capital, reservas, e ingresos de una GSE están exentos de ciertos impuestos. Los valores emitidos por una GSE están exentos del requisito de registro y de informe periódico conforme a la legislación federal de valores. El U.S. Treasury podrá, a su discreción, comprar obligaciones emitidas por una GSE. 1 Para mayor certeza, e independientemente de la ubicación de esta medida disconforme en la Sección A de esta Lista, las Partes entienden que las ventajas o los derechos exclusivos que una Parte otorgue a las entidades especificadas no se limitan solamente a los ejemplos citados.

Servicios Bancarios y los demás (Excluidos Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.3) Acceso al Mercado para Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas (Artículo 12.8) Regional Medidas: Todas las medidas existentes disconformes de todos los estados de los Estados Unidos, el Distrito de Columbia, y Puerto Rico.

Seguros Comercio Transfronterizo (Artículo 12.5) Medidas: 31 U.S.C. 9304 A las sucursales de compañías de seguros extranjeras no les está permitido otorgar fianzas para contratos del gobierno de los Estados Unidos.

Seguros Comercio Transfronterizo (Artículo 12.5) Medidas: 46 C.F.R. 249.9 Cuando más del 50 por ciento del valor de una embarcación marítima se encuentra asegurado por un asegurador que no sea de los Estados Unidos, y el casco de dicha embarcación fue construido de conformidad con fondos de una hipoteca garantizada por el gobierno federal, el asegurado deberá demostrar que el riesgo fue ofrecido primero, substancialmente, en el mercado de los Estados Unidos.

Seguros Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.3) Comercio Transfronterizo (Artículo 12.5) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas (Artículo 12.8) Regional Medidas: Todas las medidas existentes disconformes de todos los estados de los Estados Unidos, el Distrito de Columbia, y Puerto Rico.

Sección B Sector: Obligación Afectada: Seguros Acceso al Mercado para las Instituciones Financieras (Artículo 12.4) Todos Estados Unidos se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que no sea incompatible con las obligaciones de los Estados Unidos de conformidad con el Artículo XVI del AGCS.